2025LY-000006-0015500001 · SICOP 20250500845
Construcción de Sendero El Gavilán en el Parq Nacional Tortuguero Limón COD 24-RDHC-0034-1959
Instituto de Desarrollo Rural
Instituto de Desarrollo Rural ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡1 511,3 millones y quedó en firme el 26/08/2025. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡1 511,3 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡1 449,1 millones
4,1 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 26/08/2025
- Contact SitesNo era la más barata (2.ª de 3)₡2 041 756 001,99
Informe de recomendación de Daniela Maria Campos Hernandez, 22/07/2025
Fechas clave
- Se publicó09/05/2025 12:01 · hace 17 meses
- Límite para 21/05/2025 23:59 · hace 17 meses
- Límite para 21/05/2025 23:59 · hace 17 meses
- Cierre de ofertas09/06/2025 09:00 · hace 16 meses
- de ofertas09/06/2025 09:00 · hace 16 meses
- publicado12/08/2025 16:01 · hace 14 meses
- Adjudicación 26/08/2025 13:37 · hace 14 meses
5 recibidas, 5 respondidas.
El cartel fue modificado (2 versiones publicadas).
Contexto
- Instituto de Desarrollo Rural adjudicó ₡23 718,7 millones en 181 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Construccion de Carreteras1 · ₡1 511 264 116,911₡1 511 264 116,91
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡1 284,6 millones – ₡1 511,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 60 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,6 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 8 % durante 10 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 90 días hábiles
- Contrato por 3 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 60 % · Experiencia 20 % · Criterio Sostenible-Social 5 % · Criterio Sostenible-Ambiental 5 % · Visita Previa 5 % · Localía (cantón) 2,5 % · Localía (provincia) 2,5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 80 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡510,68 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 60 | Experienciamáx. 20 | Criterio Sostenible-Socialmáx. 5 | Criterio Sostenible-Ambientalmáx. 5 | Visita Previamáx. 5 | Localía (cantón)máx. 2,5 | Localía (provincia)máx. 2,5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Infra Ecologia | 60 | 20 | 5 | 5 | 5 | 2,5 | 2,5 | 100 |
| Contact SitesGanó | 42,58 | 20 | 0 | 0 | 5 | 0 | 0 | 67,58 |
| Recubrimientos y Construcciones (reyco) | 26 | 20 | 5 | 5 | 5 | 0 | 0 | 61 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica la adjudicación
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Vease Pliego de condiciones adjunto
-Asignar la condición de confidencial únicamente a los documentos que cumplen con la definición de Documento confidencial
-Presentación de línea de crédito para capital de trabajo
- Presentación de la Hoja de cotización o Estructura de costos de la oferta
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Vease el pliego de condiciones adjunto
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El objeto del presente Concurso, consiste en la realización del Concurso de Licitación Mayor para consiste en el proceso licitatorio para la contratación de una empresa o consorcio para que desarrolle la etapa constructiva del Sendero Elevado El Gavilán, de la Región de Desarrollo Huetar Caribe, Oficina de Desarrollo Territorial de Cariari, que incluya lo indicado en este pliego de condiciones y todos los elementos indicados en planos constructivos, especificaciones técnicas y demás documentación adjunta en este documento.
17.2 Esquemas y especificaciones
La magnitud y características de la obra están definidas en los esquemas de construcción, especificaciones técnicas de construcción y en los otros documentos contractuales. El CONTRATISTA deberá tener pleno conocimiento de los mismos.
Si durante la ejecución de la obra el CONTRATISTA propusiera cambios en los diseños realizados por el INDER, deberá indicar con toda claridad al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO la naturaleza de su proposición, para su estudio y decisión. Si dichos cambios implicaren rediseño de la obra, el rediseño y los nuevos planos que se requieran, serán preparados por el CONTRATISTA, sin costo adicional para el INDER y sujetos a la aprobación del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
El INDER no reconocerá aumentos en el costo de la obra por concepto de cambios que el CONTRATISTA propusiera. En el caso de que la proposición implique reducción del costo de la obra, el INDER queda obligado únicamente al pago de los costos en que efectivamente haya incurrido el CONTRATISTA.
17.3 Errores, discrepancias, omisiones
El CONTRATISTA no podrá aprovecharse de los errores u omisiones que hubiere en los esquemas de construcción o en las especificaciones técnicas de construcción. Si durante el curso de ejecución de la obra, el CONTRATISTA hallare cualquier error, discrepancia y omisión en los esquemas de construcción o en las especificaciones, lo notificará inmediatamente por escrito al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
Cuando la discrepancia no fuere aclarable por medio de estas reglas, decidirá el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
17.4 Instalaciones y servicios provisionales
El CONTRATISTA deberá proporcionar y pagar por su cuenta, todas las instalaciones provisionales, tales como rótulos, bodegas, oficinas, cabañas sanitarias, acceso al sitio y demás facilidades similares necesarias para llevar a cabo la obra.
Si el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO lo solicitare, el CONTRATISTA dejará de destruir o de remover alguna mejora que haya sido necesaria para facilitar el suministro, instalación o prueba y cuya utilidad o utilización cese para el CONTRATISTA al terminar la Contratación. El provecho de la mejora quedará siempre a favor del INDER y queda estipulado que el valor residual se considerará nulo para el CONTRATISTA.
El Contratista deberá prever la planeación y ejecución de las obras e instalaciones requeridas para el cumplimiento de todas las actividades propias de la construcción: Almacenamiento de materiales, herramientas y equipos, señalización, etc. Todo debe quedar limpio y su remoción es responsabilidad del Contratista.
El Contratista deberá contar con su propio sistema de seguridad, por lo que sus herramientas y materiales corren por su cuenta antes de la recepción de la obra. Toda acción en cuanto a seguridad debe coordinarse previamente con el coordinador de la obra que nombrará la administración.
18. ALCANCE DE LA CONTRATACIÓN
18.1 Documentos contractuales
Se considerarán incorporados a la contratación las condiciones generales y especiales indicadas en este Cartel, los esquemas de construcción de la obra, las especificaciones técnicas, la Oferta presentada por el CONTRATISTA, las aclaraciones que realice el INDER, el acto de adjudicación, la orden de compra, la orden de inicio y todos los demás documentos suscritos y aceptados por ambas partes, así como la normativa legal y reglamentaria que le resulte aplicable.
18.2 Discrepancia entre Documentos
Todos los anteriores documentos son complementarios y lo que en ellos se especifique resulta obligatorio para las partes.
En caso de que hubiere discrepancia entre ellos, se aplicarán las siguientes reglas:
- Los dibujos a escala mayor regirán sobre los de escala menor.
- Las dimensiones indicadas en números regirán sobre las medidas a escala.
- Las especificaciones técnicas de construcción regirán sobre los esquemas de construcción, salvo en los casos en que las primeras indiquen lo contrario.
19. EQUIPO, MAQUINARIA Y MANO DE OBRA
19.1 Equipo, Materiales y Herramientas
Todos los materiales y equipos que suministre el CONTRATISTA y que queden incorporados a la obra deberán ser nuevos y de las calidades indicadas en las Especificaciones Técnicas.
El equipo y las herramientas que se usen en la obra serán nuevos o por lo menos deberán estar dentro del período de vida útil y en perfectas condiciones de funcionamiento. También deberán ser adecuados en cuanto a su capacidad y en otras características importantes, para obtener con ellos el rendimiento que se considere indispensable.
El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO deberá ordenar el retiro de cualquier equipo o herramientas que no considere adecuadas, y exigir al CONTRATISTA que lo sustituya por unas que satisfagan las necesidades del Proyecto.
19.2 Mano de obra
Toda la mano de obra deberá ser suficiente en cantidad y capacidad y el trabajo que ejecute de primera calidad, a juicio del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
Toda la mano de obra deberá ser suficientemente calificada y el trabajo que ejecuta de primera calidad, a juicio de los Inspectores en coordinación con los fiscalizadores del SINAC. Cada área o sistema, debe ser respaldado por el profesional correspondiente de acuerdo a las normativas del CFIA.
El Contratista tendrá la obligación de proveer la mano de obra indicada y calificada para cada uno de los procesos constructivos.
El Contratista será el único responsable de velar por la seguridad y bienestar de sus trabajadores, alimentación, hospedaje, salud ocupacional y cargas sociales. Este será también el responsable del comportamiento y vestimenta aprobada por la inspección, de éstos mismos dentro del entorno del sitio de trabajo.
Es absolutamente prohibido el fumado, consumo de alcohol y el uso de drogas ilegales dentro del Parque, se pide el despido inmediato de quien lo incumpla.
El Propietario no tendrá ningún vínculo ni responsabilidad laboral con los trabajadores y Sub-Contratistas que utilice en la obra, sin embargo, la Inspección y Fiscalización pueden notificar la no aprobación de cualquiera de ellos que no cumpla un adecuado comportamiento personal o de buen trabajo.
Todo el personal debe minimizar el contacto con los turistas y su conducta no debe atentar con las normas sociales, so pena de despido inmediato.
20. LABORES PELIGROSAS; CONDICIONES DE SALUD OCUPACIONAL:
Cuando el CONTRATISTA deba efectuar trabajos que signifiquen riesgo de daño a sus empleados, a otras personas, a la propiedad de terceros, deberá tomar todas las precauciones y las medidas de seguridad que fueren necesarias, de acuerdo con el Reglamento de Seguridad en las Construcciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y de las demás leyes, decretos y reglamentos aplicables.
Todos los operadores deberán de estar protegidos por las normas de seguridad que establecen la ley. El Contratista será el único responsable de velar por la seguridad de su personal y mantendrá el equipo de seguridad necesario y al alcance de los trabajadores, el mismo debe estar en perfectas condiciones y adecuado para que cada funcionario desarrolle su labor.
Su personal deberá utilizar el equipo y herramientas de protección y seguridad recomendadas por los reglamentos de ley y por las instituciones relacionadas con este campo, tales como: casco, lentes, mascarillas, chalecos, guantes, arnés, entre otros. Los costos correspondientes al cumplimiento de esta normativa deberán estar reflejados en el presupuesto detallado del proyecto.
Deben cumplirse todas las normas de seguridad laboral prescritas por el INS y el Ministerio de Trabajo, incluyendo señalizaciones, cintas, barreras y otros medios de protección, así como los equipos de seguridad para cada oficio y/o herramienta, debiendo la inspección retirar aquellos trabajadores que no cumplan los requisitos.
21. CONTROL DEL TRABAJO
21.1 Fiscalización
El INDER designará un ADMINISTRADOR DEL CONTRATO que actuará en la obra y tendrá a su cargo la fiscalización de la misma en conjunto con el SINAC y la Inspección técnica contratada por el SINAC. El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO tendrá libre acceso a todos los sitios del proyecto en todo momento.
21.2 Facultades del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO estará autorizado para:
- Verificar la ejecución por parte del contratista de todos actos previos que sean necesarios para garantizar la correcta ejecución del contrato; por ejemplo, pólizas, permisos, licencias, planes de trabajo y otros.
- Emitir la orden de inicio en contratos de obra o servicios, o cuando así corresponda según las condiciones contractuales. Caso contrario la fecha de inicio corresponde a la fecha de la formulación de la orden de compra en el SIFAT.
- Verificar que la garantía de cumplimiento se encuentre vigente, tanto en plazo como en monto durante toda la ejecución contractual. En caso de que este por vencerse deberá de solicitar al Contratista su debida actualización y verificar la presentación correspondiente.
- Verificar que el contratista se encuentre al día, durante toda la ejecución contractual, con las obligaciones de la seguridad social, tales como CCSS, Fodesaf, Impuesto a las Sociedades, Ministerio de Hacienda.
- Tratándose de contratos en los que la empresa adjudicada requiera contratación de personal, verificar que se cumpla con las directrices emitidas por las autoridades del gobierno, en relación al cumplimiento de derechos laborales relativos al pago de los salarios mínimos, riesgos del trabajo y demás disposiciones relativas a la seguridad social y ocupacional de los trabajadores.
- Gestionar ante la Proveeduría y en coordinación con el contratista, las modificaciones que se requieran. Dichas gestiones deben hacerse cumpliendo en todo momento los requisitos establecidos en el Artículo 184. “Modificación unilateral” ordinaria del contrato de obra pública Tener en cuenta que cualquier modificación en el objeto contractual, el monto y el plazo de entrega adjudicados, requiere la aplicación del procedimiento de modificación contractual.
- En caso de incumplimientos, solicitar a la Proveeduría Institucional la aplicación de cláusulas penales, multas, ejecución de garantías, rescisión o resolución del contrato cuando se advierta fundamento para ello, según la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento con toda la información necesaria para que se pueda llevar adelante el procedimiento administrativo correspondiente.
- En general, para fomentar la política de cero papeles instruida por la Presidencia Ejecutiva en la Circular INDER-PE-880-2021, toda comunicación relacionada con el contrato en esta fase, debe preferiblemente realizarse con documentos electrónicos Como medida general debe tenerse presente que el expediente administrativo del contrato es un único expediente y en ese sentido, tienen la obligación de mantener el expediente digital de SICOP debidamente actualizado.
- Brindar en forma oportuna cualquier informe o reporte que sus superiores o desde la Proveeduría Institucional se le solicite sobre el estado de ejecución del objeto contractual.
- Solicitar al CONTRATISTA que los equipos, maquinaria y herramientas usadas en la obra sean sustituidas, o aumentadas, si la ejecución no avanzara satisfactoriamente debido a esa circunstancia.
- Solicitar que el personal empleado en la obra sea aumentado o exigir el reemplazo de aquel trabajador que se considere evidentemente incapaz, ineficiente, descuidado, insubordinado u objetable en cualquier aspecto que vaya en detrimento del trabajo.
- Solicitar el descubrimiento de alguna parte del trabajo para verificar su corrección. Si al inspeccionarlo no resultare aceptable a juicio del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, el descubrimiento, la restauración y el retiro de las partes residuales correrá por cuenta del CONTRATISTA En caso de que el trabajo resultare aceptable, el costo de las labores antes dichas será pagado por el INDER.
- Interpretar los esquemas de construcción y las especificaciones, en caso de discrepancia entre ellos, real o aparente. Verificar y realizar las pruebas necesarias para la aceptación de las diferentes partes de la obra.
- Inspeccionar, aprobar o rechazar cualquier trabajo total o parcialmente, que no se apegue a los requerimientos indicados en las especificaciones técnicas y a los términos de esta contratación.
- Realizar la verificación, estimación, aprobación y trámite de todas las facturaciones que se deban realizar al CONTRATISTA, sean estas facturas por obra ordinaria, extraordinaria, reajuste de precios, etc. Además, deberá realizar la recepción provisional y definitiva de la obra, y tramitar el finiquito definitivo de la contratación.
- Ubicar en el terreno las referencias necesarias para la correcta ejecución de la obra, calcular los reajustes correspondientes a las facturas.
- Justificar técnicamente la necesidad de efectuar modificaciones o trabajos extraordinarios en las obras bajo su supervisión.
- Registrar en los planos constructivos todas las modificaciones realizadas.
- Verificar que el CONTRATISTA disponga de todos los diseños, especificaciones, Cronogramas de trabajo, permisos y demás documentos contractuales.
- Exigir al CONTRATISTA el cumplimiento de las leyes laborales y de seguridad industrial.
- Analizará y autorizará el cambio de maquinaria en casos de fuerza mayor, cuando así lo solicite el adjudicatario, siempre y cuando la misma sea igual o superior a la máquina que presentó en su oferta o previo un análisis técnico determinará cual es la maquinaria idónea al momento de presentarse una situación particular en el proyecto.
Por su parte la Región de Desarrollo Huetar Norte designará un funcionario como SUPERVISOR REGIONAL que actuará en la obra y tendrá a su cargo la fiscalización de la misma por parte de la Dirección Regional. El SUPERVISOR REGIONAL tendrá libre acceso a todos los sitios del proyecto en todo momento.
21.3 Facultades del Supervisor Regional
- Informar al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO sobre el aumento o disminución de los equipos, maquinaria y herramientas usadas en la obra
- Informar al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO del aumento o disminución del personal empleado en la obra y solicitar el reemplazo de aquel trabajador que se considere evidentemente incapaz, ineficiente, descuidado, insubordinado u objetable en cualquier aspecto que vaya en detrimento del trabajo.
- Informar al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de alguna irregularidad en el trabajo para que solicite su corrección.
- Actuar como enlace entre el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO y el SÚPER INTENDENTE para la correcta ejecución de las obras.
- Coordinar con el representante comunal el seguimiento y reporte de los controles que llevarán en el sitio e informarlos al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO las cantidades de materiales y horas máquina laboradas por la CONTRATISTA en la ejecución del proyecto.
- Colaborar en la realización de las pruebas necesarias para la aceptación de las diferentes partes de la obra.
22. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA OBRA
El INDER, por medio del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, tendrá autoridad para suspender la obra, en todo o en parte y por el período que considere necesario, ya fuere debido a condiciones que justifiquen tal medida, o por incumplimiento de la Contratación por parte del CONTRATISTA. Sin embargo, si esa suspensión fuere superior a 30 días naturales, se requerirá aprobación de la Gerencia o Presidencia Ejecutiva del INDER.
Si fuera necesario suspender la obra por un tiempo indeterminado, el CONTRATISTA tomará la debida precaución para impedir daños o deterioros en la obra y construirá estructuras temporales de protección donde se le ordene. El CONTRATISTA no suspenderá la obra sin el permiso previo, explícito y escrito del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
23. MEDICIONES Y PAGOS
23.1 Pagos parciales
Se harán pagos parciales por avance de obra (Estimaciones de Obra), a cuenta del total de la suma convenida, con base en las mediciones preliminares hechas por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. Concluidas las obras objeto de la contratación, el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO procederá a la determinación final de las cantidades de obra ejecutadas y procederá a certificar el monto final de la contratación.
Queda estipulado que las partidas indicadas en la hoja de cotización, representan el costo de la totalidad de los materiales, maquinaria, equipos, transporte, herramientas, topografía, mano de obra y demás bienes y servicios que resulten necesarios para la correcta ejecución de las obras objeto de esta Contratación, así como los gastos administrativos y demás costos directos e indirectos y la utilidad del CONTRATISTA.
Si se descubriere algún defecto, o hubiere una duda razonable sobre la calidad de cualquier parte del trabajo terminado, no se realizará el pago de dicho trabajo defectuoso o dudoso, hasta que el mismo haya sido debidamente reparado o las dudas se hubieren aclarado.
23.2 Presentación de las facturas y trámites de pago
En cada estimación de obra deberá hacerse constar el monto neto de lo facturado. A cada factura deberá adjuntarse: nota de solicitud de pago, la tabla de seguimiento del proyecto, con la respectiva descripción de las cantidades pagadas en cada facturación y cronograma de obra actualizado
La factura original, así como los documentos anexos deberán presentarse al Proceso de Infraestructura, los cuales serán revisados por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO y emitirá un informe con visto bueno para proceder a tramitar el pago.
Las facturas electrónicas deberán ser dirigidas al correo electrónico del Ingeniero ADMINISTRADOR DEL CONTRATO para su aprobación, adjuntándole los documentos de respaldo antes mencionados.
23.3 Reajuste de Precios.
El CONTRATISTA tendrá derecho a que se le reconozca el reajuste de precios según lo establecido en el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento, Decreto N° 36943-MEIC, cuando así proceda y lo solicite expresamente, adjuntando la información necesaria en la que fundamenta su reclamo (solicitud para pago de reajuste, la estimación y copia de la factura a reajustar, la memoria de cálculo, cronograma de trabajo vigente, índices que utilizó en el cálculo).
El Proceso de Infraestructura revisará y analizará la solicitud; si la misma procede el CONTRATISTA presentará la factura para el pago correspondiente, en caso contrario, se le devolverá al CONTRATISTA con las observaciones y deficiencias detectadas para lo que corresponda.
24. RESPONSABILIDADES LEGALES
24.1 Permisos y licencias
Según lo establecido en el convenio específico CONVENIO ESPECIFICO DE CONTRAPRESTACIONES RECÍPROCAS ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) Y EL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN (SINAC) para este proyecto, y la cláusula tercera inciso 4) va a Asumir toda la responsabilidad de los permisos correspondientes para la correcta ejecución del proyecto, la cual estará a cargo del ACTo.
24.2 Responsabilidad por daños a terceros
En caso de ocurrir daños a terceros durante la realización de los trabajos, la responsabilidad que se derivare de ellos corresponderá en su totalidad al CONTRATISTA
24.3 Responsabilidad patronal
La responsabilidad patronal será única y exclusivamente del CONTRATISTA, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre el INDER y los trabajadores o empleados del CONTRATISTA.
24.4 Resolución y Unilateral de la Contratación por parte de INDER
El INDER se reserva el derecho de resolver o rescindir la Contratación en los términos que se establecen en los Artículos del 113 al 117 de la LGCP.
25. ACEPTACIÓN Y FINIQUITO:
25.1 Recepción Provisional
Una vez concluida la obra, el contratista dará aviso formal por escrito al fiscalizador de la obra por parte de la Administración para que establezca la fecha y hora para la recepción provisional, el cual dispondrá de quince días hábiles para ello, Esta se realizará de conformidad con el Artículo 188 RLGCP y bajo las siguientes características:
Cuando el CONTRATISTA juzgue que la obra objeto de esta Contratación está totalmente concluida y en condiciones de ser entregada, informará por escrito al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, para que éste fije la fecha y hora hábiles respectivas para proceder a la recepción provisional. En caso en que el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO determine que la obra no se ha concluido en todos sus elementos, así lo expresará por escrito al CONTRATISTA y no se podrá realizar la recepción provisional. Si el CONTRATISTA no concluye la obra objeto de la contratación en el plazo aprobado y por tanto, la notificación de la conclusión de la obra para la fijación de la fecha para la recepción provisional se excede de este, se procederá conforme lo indicado en la cláusula penal de este este documento.
25.2 Recepción Definitiva
La Administración dispondrá de un plazo de dos meses, contado a partir de la recepción provisional a satisfacción o bajo protesta, para efectuar la recepción definitiva y verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en Artículo 189. Recepción definitiva de obras públicas del RGLCP
La recepción final y definitiva de la obra a entera satisfacción del INDER se realizará luego de transcurridos el plazo que se le da al CONTRATISTA para reparar las deficiencias encontradas. Si la obra no se encuentra a entera satisfacción del INDER, de acuerdo con los términos de esta Contratación, la recepción definitiva se realizará bajo protesta del INDER y así constará en el acta de recepción definitiva.
Una vez efectuada la recepción definitiva y si esta es a entera satisfacción del INDER, se dará por terminada la Contratación y recibida totalmente la obra, con lo cual quedará el CONTRATISTA exento de ulterior obligación, con excepción de las responsabilidades que determina la Ley General de Contratación Pública N° 9986 y su reglamento.
26. PAGO FINAL AL CONTRATISTA
Una vez realizada la recepción definitiva de la obra a entera satisfacción del INDER, el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO procederá, con diligencia razonable, a determinar con toda certeza el valor del trabajo total ejecutado por el CONTRATISTA a los precios establecidos en la Oferta, o fijados por órdenes de modificación y el valor total de toda la obra adicional, en caso de existir éste. El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO entonces certificará dicha estimación final y la fecha de conclusión de la obra y tramitará los documentos. Una vez realizada la tramitación de dichos documentos por parte del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, el INDER realizará el pago del monto respectivo dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles, sin reconocimiento alguno de intereses sobre este monto por parte del INDER.
La aceptación por el CONTRATISTA de dicho pago, hecho de acuerdo con la estimación final, liberará al INDER, sus funcionarios, agentes y empleados, de todos los reclamos y responsabilidades hacia el CONTRATISTA, exceptuando sólo reclamos contra el INDER por cualquier cantidad retenida por él, en el momento de tal pago.
Asimismo, de inmediato procederá el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO con la elaboración el finiquito técnico correspondiente que dará por recibidas las obras.
27. RENUNCIA A INTERESES
El INDER no tendrá obligación de pagar y el CONTRATISTA, por consiguiente, desiste del derecho de recuperar intereses con respecto a dineros que el INDER es obligado a retener por razones de juicios, órdenes, decretos o procesos judiciales.
28. CONSIDERACIONES AMBIENTALES
El CONTRATISTA está obligado a realizar todas las acciones necesarias con el fin de evitar daños al ambiente durante todo el tiempo que dure el proceso constructivo de las obras.
Si durante el proceso constructivo, el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO determina que, por dolo, imprudencia o negligencia, el CONTRATISTA está realizando acciones que están produciendo daños al ambiente, se le exigirán las medidas correctivas que se estimen convenientes para subsanarlos y evitarlos. En caso de que el CONTRATISTA no atienda en forma diligente y oportuna las medidas correctivas que se le indiquen, el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO podrá detener la totalidad del trabajo, bajo responsabilidad total del CONTRATISTA hasta que la situación sea corregida. El tiempo que se detenga el trabajo por este concepto no podrá ser considerado a efecto de una prórroga en el plazo de ejecución de la obra.
De igual manera, se entiende que el CONTRATISTA conoce el alcance de los artículos 11 y 13 de la Ley 6703 del Patrimonio Arqueológico. Por lo que, cualquier daño a restos arqueológicos sin el conocimiento del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, son responsabilidad del CONTRATISTA.
III. Documentación que debe aportar el ADJUDICATARIO
El Adjudicatario dispondrá de un plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato para presentar la documentación que se indica a continuación, la cual, en caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley:
29. MEMORIA DE CÁLCULO O PRESUPUESTO DETALLADO
- Deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato
- En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley
- Revisará el presupuesto detallado aportado por el adjudicatario, verificando que sea concordante con la estructura de precio de la oferta, tanto en valores absolutos como en la o las monedas en que cotizó su precio
- En caso de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá ajustar el presupuesto a dichos valores.
- El presupuesto detallado corresponde a la memoria de cálculo efectuada y que sustenta el precio cotizado, todo lo cual se refleja en la estructura del precio presentada con la oferta
- Deberá indicar el formato y el nivel de detalle o desagregación con que deberá presentar el adjudicatario el presupuesto detallado
- El Adjudicatario deberá adjuntar el presupuesto detallado(como se muestra en el formato Anexo N°6) y la estructura de costos (como se muestra en el formato del Anexo 7), Los mismos serán utilizados por la Administración para la verificación de los precios unitarios de cada reglón de pago (estudio de razonabilidad de precios de la oferta) así como para la verificación de cumplimiento de los salarios mínimos del personal contemplado en dicha memoria, para lo cual se utilizará la lista vigente de “Salarios mínimos del Sector Privado” emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
- Se aclara que las propuestas económicas deberán cumplir lo señalado en la Resolución No. R-DCA-199-2015 de fecha 10 de marzo del 2015, de la Contraloría General de la República (CGR), que versa sobre la composición de la memoria de cálculo (desagregación de maquinaria y personal) y sobre la aplicación de los salarios mínimos
- Se analizarán los costos revisando los recursos necesarios para cada renglón de pago (insumos, salarios, cargas sociales, pólizas, costos de maquinaria, rendimientos de las brigadas de trabajo y otros) a fecha de presentación de las ofertas, esto con la finalidad de estimar cada uno de los precios unitarios de los renglones de pago que conforman el proyecto objeto de este proceso licitatorio. Para los renglones de pago que requieran el suministro y acarreo de agregados, se consideran la(s) fuente(s) de materiales que utilizarán los oferentes y las que llegue a localizar la Administración en la zona de influencia del proyecto.
30. CRONOGRAMA DETALLADO DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
- El OFERENTE deberá incorporar en su Oferta un Cronograma detallado de la ejecución del proyecto y la entrega de la obra objeto de esta Contratación, empleando para dicho análisis cualquiera de los métodos de programación en uso. En él se indicarán las actividades más importantes con sus respectivas cantidades de obra, rendimientos, transportes y duraciones de acuerdo con los diferentes renglones de pago, dicho cronograma deberá ser coincidente con las memorias de cálculo.
- El adjudicatario deberá presentar un cronograma de las tareas a realizar, el cual será validado y aprobado por el Administrador del Contrato antes de dar la orden de inicio.
31. DOCUMENTACIÓN DE LABORATORIO Y CONSULTOR DE CALIDAD Y DE LA TOPOGRAFIA
- El oferente deberá presentar documentación que respalde que el subcontrato de laboratorio propuesto para la realización de los muestreos, ensayos y pruebas de laboratorio, se encuentra debidamente acreditado ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), según lo establece la Ley No. 8279.De acuerdo al Artículo 133. Subcontratación del RLGCP, un subcontratista en varias ofertas, provocará la exclusión del concurso de todas aquellas ofertas en que figure como subcontratista
Deberá aportar la información del consultor de calidad que firmará los informes del laboratorio propuesto para la realización de los muestreos, ensayos y prueba.
Deberá aportar cartas de compromiso del representante del laboratorio declarado en los subcontratos y del ingeniero parte del laboratorio que firmará los informes, en las mismas se debe indicar su aceptación de llevar a cabo los servicios de control de calidad para el proyecto de este concurso.
- Se deberá indicar el porcentaje de participación y toda la documentación indicada en la sección de “SUBCONTRATACION”. El oferente deberá indicar en memoria de cálculo, el costo por los servicios de laboratorio requeridos
- El servicio de topografía para ejecución de la obra es responsabilidad y costo exclusivo del Contratista lo cual se deberá ver reflejado en la memoria de calculo que acompañará su oferta, ya que dicho costo es un costo directo del proyecto. Aspecto que como mínimo debe considerar la marcación en sitio y control, de alineamiento del cerramiento perimetral)
- Para el caso del servicio de Topografía el oferente deberá presentar documentación que respalde que el subcontrato propuesto para la realización del servicio requerido, así mismo según lo establece la Ley No. 8279. De acuerdo con el Artículo 133. Subcontratación del RLGCP, un subcontratista en varias ofertas provocará la exclusión del concurso de todas aquellas ofertas en que figure como subcontratista.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Vease el pliego de condiciones adjunto
CONDICIONES GENERALES DEL CONCURSO
1. PRESENTACIÓN.
El INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL, conforme a la Ley General de Contratación Pública, en adelante LGCP, Ley N° 9986 y su reglamento (en adelante RLGCP) y la Ley 9036 del 29 de mayo del 2012 de y en atención al acuerdo tomado por la Junta Directiva en artículo No. 6 de la Sesión Ordinaria 35, celebrada el 20 de septiembre de 2024, mediante el cual se aprueba las metas del Plan Operativo Institucional, para el ejercicio económico 2025 , mediante el cual se aprueba las metas del Plan Operativo Institucional, para el ejercicio económico 2024 y la justificación realizada mediante oficio INDER-GG-DRT-RDHC-OFI-0324-2025 de la Región de Desarrollo Huetar Caribe, Oficina Territorial de Cariari, contenida el Número de Solicitud de Contratación 0062025004700013 por conducto del Servicio de Infraestructura Rural, como oficina técnica especializada de apoyo a la Proveeduría Institucional, se procede a la presentación del presente documento complementario (Pliego de Condiciones) para el Concurso de Licitación Mayor para la Construcción del Sendero Universal El Gavilán, en el sector Cuatro Esquinas del Parque Nacional Tortuguero del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en Barra de Tortuguero, Limón, que se menciona a continuación:
2. GLOSARIO DE TÉRMINOS
En la interpretación del presente este documento se entenderán los términos de la siguiente manera:
INDER:
Instituto de Desarrollo Rural (INDER), antes Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), de acuerdo a la Ley 9036, Artículo 14 del 29 de noviembre del 2012
ADJUDICACIÓN:
Es el acto final mediante el cual una vez hechos los estudios y valoración de las ofertas el Inder selecciona que más convenga a la satisfacción del interés público
ADJUDICATARIO:
Persona física o jurídica que fuere favorecida con la adjudicación
OFERENTE:
Persona física o jurídica que presenta una Oferta para el Proyecto a que se refiere este Concurso.
HOJA DE COTIZACIÓN:
Es el formulario que el INDER suministra a los presuntos oferentes para que se indiquen, los precios unitarios y globales de los diferentes renglones de pago.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO:
Será el profesional responsable de la administración del contrato por parte del INDER. Estará encargado de la inspección y control de calidad de las obras objeto de este Concurso.
DIRECTOR TECNICO
Profesional de la Empresa adjudicada, miembro del CFIA, encargado de la dirección técnica de la obra.
SUPERVISOR REGIONAL:
Funcionario representante de la Región de Desarrollo Huetar Norte del INDER, que tendrá a su cargo la fiscalización de la obra por parte de la Dirección Regional.
CONTRATISTA:
Persona física o jurídica que, por contrato suscrito con el INDER, realice el proyecto de Contratación de materiales y mano de obra (llave en mano) para la construcción de 13692.00 metros de líneas de electrificación en el Asentamiento Medio Queso de la Región de Desarrollo Huetar Norte, Oficina de Desarrollo Territorial de Santa Rosa, por el precio adjudicado.
SUPERINTENDENTE O CAPATAZ:
Representante del CONTRATISTA, con autoridad suficiente para actuar en su nombre y coordinar sus actividades con el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
ESQUEMAS DE CONSTRUCCIÓN:
Todos los dibujos, esquemas y diagramas que el INDER suministra como base para la ejecución de las obras objeto de esta contratación.
ESPECIFICACIONES TECNICAS:
Descripción y enumeración de las características de materiales, equipo y dimensiones del objeto de este Concurso.
PRECIO:
La suma de dinero por la cual el Oferente se compromete a la ejecución de las obras a que se refiere este Concurso de acuerdo con las especificaciones técnicas.
CONTRATO:
Documento que suscribirá el INDER con el adjudicatario en la plataforma SICOP, una vez firme el acto de adjudicación, en el cual quedará formalizada la contratación que se promueve.
LGCP:
Ley General de Contratación Pública No 9986 y sus reformas
RLGCP:
Reglamento Ley General de Contratación Pública
SICOP:
Sistema Integrado de compras públicas
SINAC:
Sistema Nacional de Áreas de Conservación
MINAE:
Ministerio del Ambiente y Energía
ASP:
Área Silvestre Protegida
ACTO:
Área de Conservación Tortuguero
PNT:
Parque Nacional Tortuguero
3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El INDER requiere contratar la Construcción del Sendero Universal El Gavilán, en el sector Cuatro Esquinas del Parque Nacional Tortuguero del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en Barra de Tortuguero, Limón.
El Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), está promoviendo la presente licitación para adecuar el Sendero Gavilán como sendero de accesibilidad universal.
Esta adaptación se plantea como respuesta a la urgencia que tiene este parque de atender de manera responsable a las personas con capacidades especiales, además de ofrecer a los visitantes una salida corta, de fácil recorrido en caso de presentarse emergencias de cualquier tipo dentro de este parque nacional, o bien por emergencias meteorológicas reiteradas del Caribe.
También permite brindar al público general cuya cantidad está aumentando significativamente un recorrido seguro, de uso permanente todo el año por ser zona inundable, además de minimizar y confinar el impacto sobre los múltiples y representativos ecosistemas por los que recorre.
Dicho proceso comprende las obras que se describen a continuación, considerando la obra totalmente terminada y lista para su normal operación.
Remodelación del Sendero Gavilán, dividido en cuatro partes:
- Parte 1: Acondicionar el Sector 1 del Sendero El Gavilán.
- Parte 2: Acondicionar el Sector 2 del Sendero El Gavilán.
- Parte 3: Construir la Torre de Control de la Playa.
- Parte 4: Construir el Mirador Vertical contiguo al Sendero Gavilán.
Se estima un área aproximada para las siguientes bahías: Valle Sangrillo 77m2, bahía prototipo 43m2, bahía de intersección 99 m2.
4. INFORMACIÓN GENERAL DEL CONCURSO.
4.1 Documentos que Recibe “El Oferente”
Como parte de este Cartel, entre otros, se anexan los siguientes documentos: Guía de especificaciones técnicas, se suministra en el apartado IV de este cartel. Formulario de Hoja de Cotización, Formulario del Presupuesto detallado; Planos Constructivos y presupuesto de obra suministrado por Sinac. El oferente debe presentar su propuesta en el formato de Desglose del monto de oferta, indicando por aparte los porcentajes correspondientes a costos directos, costos directos, utilidad e imprevistos, todo de acuerdo con lo especificado en los planos de construcción y especificaciones técnicas
4.2 Fuente de los recursos
La presente contratación es financiada con recursos del presupuesto 2025 del Inder del presente año y en caso de que la ejecución de las obras trascienda el presente periodo presupuestario, la Administración tomará las medias presupuestarias correspondientes a fin de garantizar la debida ejecución de la obra en el año o años siguientes.
5. OFERTA
La oferta deberá presentarse conforme la Directriz Nº 044-H del Ministerio de Hacienda “DIRECTRIZ DE USO DE LA MONEDA NACIONAL EN LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS, DIRIGIDA AL SECTOR PÚBLICO”, donde se indica en su Artículo l º -Las entidades y órganos del Poder Ejecutivo, a partir de la publicación de la presente Directriz, deberán efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, estableciendo el requisito desde el pliego de condiciones de las contrataciones pública.
5.1 Presentación de La Oferta
El Inder verificará el estado de no morosidad tanto en el pago de las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense del Seguro Social, el aporte de planillas a favor de FODESAF y el pago del impuesto de las sociedades, de conformidad con lo regulado en la Ley No. 9024, "Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas" y su situación Tributaria ante el Ministerio de Hacienda.
5.2 Información confidencial en las ofertas
Se informa que, para el presente proceso de contratación, debe tomar en consideración al momento de generar su oferta en el Sistema Digital Unificado- lo siguiente:
La condición de “confidencial” que brinda dicho Sistema para adjuntar los anexos de las ofertas, es para uso exclusivo del oferente y puede ser seleccionado con un “SI” en la casilla correspondiente, en tanto en la oferta se introduzcan “documentos” que cumplían esa condición.
(…) Documento confidencial: Es aquel documento calificado, mediante acto razonado por la institución usuaria de oficio a solicitud de la parte interesada, como secreto comercial, industrial o económico, según lo regulado por la normativa especial aplicable a la institución usuaria, el cual será de acceso restringido. Incluye los procedimientos para la adquisición de objetos con seguridades calificadas.
De acuerdo al artículo 15 de la Ley Nº 9986 y artículo 30 del RLGCP, los documentos no se deben incluir como “confidenciales” ya que únicamente aplica para los documentos supracitados; así el oferente deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, indicando los folios o archivos que estima confidencial, la justificación y el sustento jurídico respectivo.
Será motivo de exclusión de la oferta el incumplimiento de lo señalado en los párrafos anteriores, por cuanto violenta: La Constitución Política, la Ley de Contratación Pública, su Reglamento, y los principios: buena fe, igualdad, transparencia, publicidad, ética, entre otros.
5.3 Documentos que deben Acompañar la Oferta
Se establecen para el presente concurso los siguientes requisitos:
- El oferente deberá adjuntar con su oferta la Hoja de Cotización según el formato establecido por la Administración (ver anexo Hoja de Cotización), la estructura de costos de la oferta según el formato establecido por la Administración (ver anexo Desglose del monto de oferta)
- Las ofertas que se presenten a nombre de una persona jurídica, deberán indicar el nombre completo de la Empresa Constructora. Se acompañará certificación oficial del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica de que la empresa y el Director Técnico, se encuentran incorporados y habilitados para el ejercicio profesional a fin de cumplir con lo que establece la Ley Orgánica, el Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras y el Reglamento Especial para el Miembro Responsable de Empresas Constructoras, todos del mencionado CFIA. Estas certificaciones deberán ser presentadas en el formato oficial en que las emita dicho ente. Igualmente. Las ofertas que se presenten a nombre de una persona física, deberán aportar certificación oficial del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de que se encuentra incorporado y habilitado para el ejercicio profesional.
- En caso de ofertas en consorcio, se deberá presentar con su oferta el acuerdo consorcial de conformidad con lo establecido en el Artículo N 129 del RLGCP, donde se indique lo establecido por ley, como documentación de respaldo, nombrar una empresa líder, quien ostenta la representación del consorcio para responder subsanes, aclaraciones, firmar contratos, facturar, entre otros. La experiencia del consorcio se valorará de acuerdo al Artículo 127. Experiencia en consorcio del RLGCP.
- Los documentos no se deben incluir como “confidenciales” ya que únicamente aplica cuando se solicitan Estado Financieros; cualquier otro documento que sea confidencial deberá indicarlo en el sistema digital unificado con sus motivos y sustento jurídico con la finalidad de cumplir lo preceptuado en el artículo 15 de la Ley Nº 9986 (artículo 30 RLGCP).
- Póliza de Riegos de trabajo
- El OFERENTE deberá presentar junto con su oferta la Póliza Riesgos de Trabajo vigente al momento de la apertura y mantenerla vigentes durante toda la ejecución de la contratación de resultar adjudicado
- Si el OFERENTE ya dispone de pólizas suscritas que cubran esos riesgos, bastará con que así lo demuestre.
- El ADJUDICADO debe inscribir el proyecto objeto de este concurso ante el INS y presentar al INDER la certificación emitida por dicha Institución, como requisito previo para emitir la “Orden de Inicio del proyecto” tal y como lo establece la “Norma Técnica del Seguro Obligatorio de Riesgos de Trabajo” publicado en La Gaceta N° 250 del 24/12/2010. El Contratista contará con tres días hábiles para realizar dicha inscripción una vez se le notifique el refrendo del contrato.
- Lista de obras similares ejecutadas (iniciadas y finalizadas) en los últimos tres años, las cuales se cuentan hacia atrás a partir de la fecha de recepción de las ofertas. No se aceptarán como obras ejecutadas para obtener puntaje: acueductos u cualquier otro tipo de obra que no sea similar a los trabajos a ofertar. Para obtener puntaje en el elemento de adjudicación “Obras Ejecutadas” el constructor deberá indicar, para cada una de las obras propuestas, la siguiente información:
- Nombre de la obra.
- Ubicación
- Nombre del propietario y número de teléfono donde se pueda localizar.
- Descripción General de la obra incluyendo el tipo de trabajo, distancia y especificación técnica.
- Monto de la obra
- Fecha de inicio y fecha de término
Para las obras ejecutadas en el Inder, se aceptará que se presente un formulario o listado en el que se consigne la información solicitada, para lo cual debe indicar el número de proceso de licitación para el que se ejecutó la obra.
La institución verificará la información que se aporte para este caso y solicitará cualquier información adicional. Cualquier error, falsedad u omisión será motivo para no asignar puntaje en este aspecto.
Para realizar esta valoración la empresa de deberá utilizar de forma obligatoria el formato contenido en el Anexo “Experiencia de la empresa”
- En atención Decreto Ejecutivo N°43433-H modificado el pasado 4 de marzo de 2022, en el Alcance No. 47 en La Gaceta No. 43, todo proveedor nacional deberá declarar bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante notario público y serán admisibles en documento separado o bien como parte del texto de la propuesta. Deberá contener obligatoriamente, como mínimo la siguiente información:
- Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen. Además, cada proveedor oferente también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial. En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas.
- El oferente deberá aportar los documentos probatorios que se encuentra al día con la licencia comercial y con las obligaciones tributaria ante la Municipalidad del cantón donde se encuentra domiciliada la empresa. No se aceptarán patentes que no correspondan al giro comercial correspondientes al objeto del concurso.
5.4 Precio y Precios Unitarios
- El precio deberá ser cierto y definitivo, sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones regulados en el artículo 43 LGCP.
- Los oferentes deben cotizar precios unitarios y totales. Si la sumatoria de los precios unitarios excede el precio total, la oferta se comparará con el mayor precio
- El Inder NO se encuentra exento del pago de impuestos. Las ofertas deberán presentarse con el impuesto al valor agregado que corresponda según el objeto contractual que se esté solicitando dispuesto en la legislación vigente y sus transitorios (Ley 9635 de Fortalecimiento a las Finanzas Públicas, directriz DGABCA-0064-2019 del 05 de diciembre 2019 del Ministerio de Hacienda, CIRCULAR INDER-GG-AF-025-2019, de fecha 10 de diciembre de 2019 y Circular INDER-GG-AF-ADM-PI-480-2020 del 04 de junio 2020 del Instituto de Desarrollo Rural). El impuesto respectivo debe incluirse en el apartado de la plataforma Sicop designado para tal efecto; es decir, debe venir separado del precio unitario.
- En caso de que el proveedor pertenezca a algún segmento con excepción de porcentaje que contemple la ley, deben presentar las certificaciones o comprobantes que justifiquen las razones por las cuales la oferta tiene una tarifa del iva diferenciada.
- En caso de presentar rubros adicionales deben realizarlos de conformidad a lo indicado en la directriz DGABCA-0013-2020 del 04 de setiembre 2020.
5.5 Plazo de Ejecución del Proyecto
- El plazo máximo de ejecución de este proyecto será de 240 días naturales contados a partir de la orden de inicio que gire el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. No se aceptarán y será motivo de descalificación del concurso, ofertas con un plazo menor a 210 días naturales por considerarse riesgoso para la Administración.
- Si el plazo expira en un día no hábil, se tendrá como vencido el primer día hábil siguiente.
- El plazo máximo de ejecución contractual se ha establecido a partir de la brigada de maquinaria y equipo indicado en la cláusula “Equipo a Utilizar” como referencia, considerando rendimientos de equipo y mano de obra en periodos de ocho horas.
5.6 Cronograma
El OFERENTE deberá incorporar en su Oferta un Cronograma detallado de la ejecución del proyecto y la entrega de la obra objeto de esta Contratación, empleando para dicho análisis cualquiera de los métodos de programación en uso. En él se indicarán las actividades más importantes con sus respectivas cantidades de obra, rendimientos y duraciones. Dicho plan de trabajo debe ser acorde con la maquinaria y el equipo ofertado
5.7 Presentación de Estados Financieros básicos
De conformidad con el Artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y Artículos 101 y 106 del Reglamento, el oferente o al menos uno de los integrantes del consorcio deberá demostrar que tiene a su disposición una o más líneas de crédito para capital de trabajo, por un monto no menor al 35% del monto de la oferta, con el objetivo de satisfacer los requerimientos de flujo de efectivo durante el desarrollo de la obra.
Dicha línea de crédito deberá tener una vigencia que cubra el plazo estimado del contrato.
Cada una de las líneas de crédito que presenten debe ser respaldada mediante una certificación bancaria, emitida directamente por una institución financiera supervisada por la SUGEF, sean estas públicas o privadas; además deben indicar que al momento de emisión esté disponible y que será exclusiva para el proyecto que se está ofertando.
Si la oferta es presentada en consorcio, las empresas que lo conforman deberán indicar en el acuerdo consorcial cuál de ellas aportara la capacidad de solvencia financiera y presentar la línea de crédito a su nombre.
Con el objetivo de facilitar la elaboración de la certificación bancaria se adjunta en el anexo 8 un formato que se recomienda entregar a la entidad financiera para que respalde el requisito solicitado que será verificado por la Administración. La no presentación de dicho requisito, será motivo de exclusión de la oferta
6. OFERTAS PARCIALES
No serán admitidas para selección las ofertas parciales.
7. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura de ofertas se realizará en fecha y hora señaladas en la plataforma del SICOP, y procederá a determinar cuáles de las ofertas son aceptables desde el punto de vista legal, técnico y económico (razonabilidad de precios) de la siguiente manera:
- El INDER procederá a verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales pertinentes, establecidos en el presente documento y/o determinados en la LGCP, su reglamento y sus leyes conexas.
- El INDER, procederá a verificar el cumplimiento de todos los requisitos técnicos. Se tendrá por elegibles técnicamente las ofertas que cumplan con todos los requisitos de admisibilidad y técnicos establecidos en el Pliego de condiciones y sus anexos.
- El INDER, realizará el análisis económico (razonabilidad de precios) según lo establecido en los apartados siguientes.
8. RAZONABILIDAD DE PRECIO
La Administración, con el fin de determinar el tipo de procedimiento de contratación a utilizar (contratación Mayor, Menor o Reducida), así como para reservar el contenido presupuestario requerido para ejecutar las obras, efectúa una estimación del costo preliminar, para lo cual utiliza un presupuesto base establecido por un profesional en la rama del proyecto a desarrollar
Dicha estimación se actualizará una vez recibidas las ofertas, para lo cual, de las ofertas que resulten admisibles se calculará un promedio. Aquellas cuyo precio se ubique dentro del rango del ± 20% (veinte por ciento), serán consideradas razonables. Fuera de esa banda serán considerados, excesivos (+) o ruinosas (-).
De conformidad con lo establecido en el artículo 44 del RLGCP, a las ofertas admisibles cuyo precio quede por fuera de las citadas bandas. En caso de que no se pueda justificar que el precio difiera con los rangos de tolerancia, la Administración adoptará la decisión de declarar infructuoso el concurso.
Se realizará un análisis económico de la razonabilidad de los precios ofertados considerando para ello como referencia los cálculos por la Administración.
Los precios unitarios deberán calcularse a la fecha de las ofertas; por lo que, los costos de los materiales, mano de obra y equipo-maquinaria, deberán actualizarse a ese momento, según los siguientes criterios:
- Precios de mercado de materiales de construcción en proyectos de construcción de líneas eléctricas.
- Costos de la mano de obra, los cuales son referenciados por los Decretos Ejecutivos emitidos por el Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social (MTSS), más cargas sociales y derechos laborales.
- Rendimientos de materiales, mano de obra, equipo y maquinaria adecuados al proyecto, según su criterio y la recolección de información.
- Visita al sitio de la obra.
En razón de lo anterior, para realizar análisis de la razonabilidad de los precios, los elementos esenciales de orden técnico serán:
- La presentación de los sumarios de cantidades completos (incluyen todos los renglones de pago) detallando precios unitarios y totales.
- Presentación de la estructura de costos global
- Presentación del cronograma de trabajo y rendimientos por actividad de conformidad al cronograma de obra.
9. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE OFERTAS
La calificación total se realizará de la siguiente forma:
- Precio 60 puntos
- Experiencia __________20 puntos
- Criterios sustentables ______________________15 puntos
Distribuidos de la siguiente forma:
c.1) Localía (cantón) ______________________2.5 puntos
c.2) Localía (provincia)____________________ 2.5 puntos
c.3) Criterio sostenible-Social ________________ 5 puntos
c.4) Criterio sostenible-Ambiental_____________ 5 puntos
- Visita al sitio______________________________5 puntos
Estos factores se aplicarán de la siguiente forma:
- Precio:
Se evaluará dividiendo el “precio total mínimo ofertado” entre el “precio establecido por el oferente” y se multiplicará por 60.
Precio mínimo ofertado
-------------------------------------- X 60 = puntaje obtenido
Precio de la oferta a evaluar
El monto total cotizado por las obras, se calculará contra los ítems enumerados en la hoja de cotización. En caso de discrepancia entre el monto total de la oferta y el cálculo con base en los precios unitarios, prevalecerá el monto calculado con base en los precios unitarios presentados en la oferta.
- Experiencia (20 puntos):
Este criterio será evaluado con base a la lista de obras similares presentada según lo solicitado en el apartado: “Documentos que deben acompañar la oferta” específicamente en la lista de obras ejecutadas. Se asignará el puntaje de la siguiente manera:
b.1) Obras tipo torres (5 puntos): Se asignará 1 punto por cada obra similar ejecutada en los últimos diez años, hasta un máximo de 5 puntos.
Por obra similar en este inciso se entenderá:
La construcción de estructuras metálicas esbeltas, de 15 metros de
altura o superior contados a partir del nivel del terreno.
b.2) Obras lineales peatonales (15 puntos): Se consideran en este apartado dos tipos de obra con un puntaje para cada una:
b.2.1) Aceras, rampas, senderos sobre terreno, con una longitud mínima de 400 m o un área mínima de 500 m2.
b.2.2) Estructuras elevadas de uso peatonal como puentes, pasarelas, senderos elevados, rampas metálicas, escaleras, con una longitud mínima de 20 m.
Se asignarán 2 puntos por cada obra similar al inciso b.2.1 ejecutada en los últimos diez años y 4 puntos por cada obra similar al inciso b.2.2 ejecutada en los últimos diez años, hasta un máximo de 15 puntos entre ambos tipos de obra similar b.2.1 y b.2.2.
Para efectos de justificar cada proyecto mencionado, el oferente debe ser consistente con sus atestados incluidos en la oferta, es decir, se deberán aportar constancias de recibo a satisfacción de obra extendida por parte del cliente o propietario. La constancia debe incluir la siguiente información:
- Nombre del contratante que solicitó la obra.
- Detalle de la obra (tipo de obra, descripción general, costo de las obras y
dimensiones de los trabajos según sea el caso).
- Fecha de inicio y conclusión de la obra.
- Consignar que la obra se ejecutó a satisfacción en tiempo y calidad, sin ejecución de garantías o multas.
Se aceptará que se presente un formulario o listado, a título de Declaración Jurada, en el que se consigne la información solicitada, únicamente para obras ejecutadas en el INDER.
En caso de que, el propietario de la obra que se presenta como experiencia no sea una institución pública, se deberá adjuntar constancia o certificación del CFIA donde conste que las obras fueron inscritas ante dicho ente.
La institución se reserva el derecho de verificar de la forma que estime conveniente, toda la información que se aporte para este caso y cualquier error, falsedad u omisión será motivo para no asignar puntaje en este aspecto, lo anterior según corresponda.
Además, se reserva la potestad de solicitar cualquier información adicional o realizar cualquier verificación de la información presentada.
- c) Criterios Sustentables
En caso de ofertas en Consorcio, para poder obtener puntaje en cada uno de los rubros correspondiente a Localia, Criterio Social y Criterio Ambiental, cada miembro integrante del Consorcio deberá de cumplir con los requisitos aquí indicados, caso contrario no obtendrá puntaje.
c.1) Localía (cantón) (2.5%) y Localía (provincia) (2.5%)
De conformidad con el Acuerdo de Junta Directiva Artículo No. 3 de la Sesión Ordinaria 13, celebrada el 9 de abril de 2018, la aplicación de este rubro será de la siguiente manera:
- Proveedores cuyas operaciones se ubican en el mismo Cantón del lugar de la construcción de las obras: 2.5 puntos.
- Proveedores cuyas operaciones se ubican en la misma Provincia del lugar de la construcción de las obras: 2.5 untos
Dicha información se verificará con la presentación de la Patente Comercial, solicitada en el apartado “Documentos a aportar con la oferta”
c.3) Criterios Sociales (5%)
Demostrar por medio de planillas que al menos 15% de sus trabajadores son mayores de 50 años y que todos ellos cuentan con al menos 6 meses continuos de laborar en la empresa. Para ello debe aportar copia de las últimas seis (6) planillas mensuales de la empresa, reportadas a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) por el oferente y un listado, con el detalle del personal contratado que cumple con dichas condiciones (plazo y edad), se debe indicar: el nombre completo, número de cedula nacional o de residencia vigente, la fecha de nacimiento, fecha de ingreso a la empresa y puesto que desempeña. (Estas personas deben aparecer incluidas en las últimas seis (6) planillas mensuales de la empresa, anteriores a la fecha de la apertura de las ofertas. No se considerarán los integrantes de la Junta Directiva, ni accionistas de la empresa, para el otorgamiento de puntos en este criterio
c.4) Criterios ambientales (5%)
Obtendrá este puntaje la empresa que cuenta con Certificación de Bandera Azul Ecológica lo que le permitirá demostrar ante terceros que su empresa aporta a la sostenibilidad ambiental, la misma debe estar vigente a día de la apertura. De igual manera se le asignarán los puntos a la empresa que cuente con la Certificación Carbono Neutral al igual que la anterior, debe estar vigente al día de la apertura y ambas deberán ser emitidas por el ente competente autorizado para este fin.
- d) Visita al sitio
Para la asignación del puntaje correspondiente a este rubro, el oferente o un representante de éste deberá presentarse en el lugar convocado por medio del sistema Sicop, a la fecha y hora indicadas y firmar el Acta de asistencia. El acta se ofrecerá para firma antes de iniciar y al final del recorrido. La anotación en el acta debe ser legible, e identificar claramente al oferente o a uno de sus miembros en caso de consorcio. Si una vez recibidas las ofertas, no es posible asociar ninguna de las firmas con uno de los oferentes, no se asignarán los puntos.
9.1 Criterios de Desempate
En caso de presentarse un empate entre dos o más ofertas, en la suma de los factores evaluados, el criterio a utilizar para seleccionar a los proveedores es el siguiente:
- PYMES: De acuerdo al Decreto Ejecutivo número 37427-H, publicado en La Gaceta el 12 de diciembre 2012, se procederá a asignar de forma adicional la siguiente puntuación:
- a) PYME de Industria: 5 puntos.
- b) PYME de Servicio: 5 puntos.
- c) PYME de Comercio: 2 puntos.
- De persistir el empate se efectuará un sorteo en presencia de un representante de los oferentes que ostentan esa condición; un abogado de la Institución y el analista encargado del trámite, previa convocatoria. Su inasistencia se entenderá como renuncia a participar, quedando excluido del sorteo, el cual se realizará con los presentes. Para el sorteo se utilizarán papeles, uno de ellos tendrá la palabra "Ganador", cada representante sacará de una bolsa un papel o plástica y resultará adjudicatario el que saque el papel con la palabra "Ganador". El sorteo se efectuará en la Proveeduría Institucional y se levantará el acta respectiva.
9.2 Adjudicación
La adjudicación será aprobada por la Gerencia General o Junta Directiva, según corresponda como Órganos Competentes según Ley 9036 “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y oficio GG-1377-2016 del 15 de noviembre de 2016.
9.3 Readjudicación
- El Inder readjudicará a la segunda mejor oferta calificada en caso de incumplimiento por parte del adjudicatario, ya sea en:
- No presentar la garantía de cumplimiento y especies fiscales en el plazo legal establecido.
- Renuncia de la adjudicación.
- Por no presentar la documentación requerida al adjudicatario en el apartado “Documentos a aportar por el adjudicatario” dentro de los 8 días hábiles establecido por ley una vez dictado el acto final
- Esta readjudicación será aprobada por la Gerencia General como Órgano Competente según Ley 9036 “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y oficio GG-1377-2016 del 15 de noviembre de 2016
II. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCION
10. FIRMA DE CONTRATO
Una vez quede firme el acto, el adjudicatario deberá firmar el respectivo contrato digitalmente en modulo que tiene establecido el SICOP para este fin, en el cual quedarán establecidas las condiciones fundamentales de las obligaciones que las partes asumieron a través del este documento, la oferta y el acto de adjudicación. En lo que corresponde a el INDER, el contrato está exento de especies fiscales conforme lo establece el Artículo 7, inciso b. de la Ley N° 6735 del 29 de marzo de 1982. El adjudicatario deberá aportar las especies fiscales que requiere el contrato en la parte que a Él le corresponde.
11. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
- De acuerdo con lo que al efecto establece el artículo el CONTRATISTA está obligado a verificar la legalidad y corrección del procedimiento de contratación seguido para la adjudicación a su favor de la contratación, así como en la ejecución de este. En virtud de esta obligación, el CONTRATISTA no podrá alegar desconocimiento del ordenamiento jurídico aplicable en la especie, para fundamentar gestiones resarcitorias o para eludir responsabilidades originadas en tales incorrecciones. Dentro de esta obligación, el CONTRATISTA deberá comunicar a los respectivos jerarcas administrativos las incorrecciones que detecte, a efecto de salvar su responsabilidad eventual en el caso.
- El tiempo que requiera el CONTRATISTA para corregir el trabajo deficientemente ejecutado, no modifica el plazo total de entrega de la obra.
- Todas las obligaciones derivadas de la realización del trabajo, tales como Riesgos Profesionales, Relaciones Obrero ‑ Patronales, Salud Ocupacional y otras, serán responsabilidad total del CONTRATISTA, liberando al INDER totalmente de cualquier conflicto que por estas causas se establezca.
- El CONTRATISTA debe demostrar que se encuentra al día en el pago de las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense del Seguro Social y en caso de incurrir en mora durante la ejecución del contrato, esta circunstancia será motivo de resolución contractual, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4 del artículo 74 de la Ley Orgánica de la Caja Costarricense del Seguro Social, según reforma efectuada mediante Ley 7983 Ley de Protección al Trabajador.
- El CONTRATISTA deberá suscribir y mantener vigentes durante toda la ejecución de la contratación las siguientes pólizas de seguro:
- Riesgos de Trabajo
- Responsabilidad civil adecuada contra accidentes y responsabilidad por daños a terceras personas, y a la propiedad de terceros.
- Póliza de seguro sobre vehículos y maquinaria, cubriendo la responsabilidad civil en los términos especificados en el punto b).
El CONTRATISTA debe inscribir el proyecto objeto de este concurso ante el INS y presentar al INDER la certificación emitida por dicha Institución, como requisito previo para emitir la “Orden de Inicio del proyecto” tal y como lo establece la “Norma Técnica del Seguro Obligatorio de Riesgos de Trabajo” publicado en La Gaceta N° 250 del 24/12/2010. El Contratista contará con tres días hábiles para realizar dicha inscripción una vez se le notifique el refrendo del contrato.
Si el CONTRATISTA ya dispone de pólizas suscritas que cubran esos riesgos, bastará con que así lo demuestre.
- Se entiende que el CONTRATISTA libera al INDER de cualquier reclamación de terceras personas que pudiera presentarse por la ejecución de las obras objeto de este Concurso.
- El CONTRATISTA empleará únicamente personal que sea cuidadoso y competente. El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO puede exigir que se sustituya a cualquier persona o personas empleadas por el CONTRATISTA que a su juicio resulte incompetente, negligente o se oponga a obedecer instrucciones. Estas personas no podrán ser reinstaladas en los trabajos realizados por el CONTRATISTA sin el consentimiento escrito del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
12. OBLIGACIONES DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA.
12.1 El Director Técnico.
El CONTRATISTA podrá actuar por sí mismo como DIRECTOR TECNICO del trabajo si cuenta con los atestados correspondientes. Este profesional deberá comprometerse a ejercer dirección técnica por parte del contratista, haciendo anotaciones periódicas en la bitácora de obra, guardando las directrices que se mencionan en el “Reglamento especial del cuaderno de bitácora en obras” del CFIA, publicado en Diario Oficial La Gaceta No. 171 del 5 de setiembre de 1997. Deberá realizar como mínimo 1 (una) visita por semana para inspecciones al proyecto y es quién asume la responsabilidad profesional del mismo.
13. MULTAS Y CLÁUSULA PENAL
13.1 Multa:
En el caso de entrega que no cumple con lo solicitado y que ocasione una erogación presupuestaria adicional para el INDER, el contratista será responsable de cubrir los costos inherentes en que incurra el Inder para poder cubrir la necesidad pública que se está buscando.
13.2 Clausula Penal:
13.1 Si existiera atraso en la entrega de la obra y este atraso no fuera justificado satisfactoriamente ante el INDER, el CONTRATISTA deberá pagar al INDER por concepto cláusula penal, el equivalente al cinco por mil (5/1000) del monto total de la contratación, por cada día natural de atraso en la entrega de las obras objeto de la contratación a entera satisfacción del INDER, hasta un máximo del 25 por ciento (25%) del monto adjudicado, de conformidad con el Artículo 117 RLGCP
13.2 El INDER se reserva el derecho de hacer efectiva la cláusula penal por entrega tardía, aplicando a ella los saldos de pago pendientes.
14. CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
De conformidad con lo establecido en el artículo 277 del RLCPA la contratación que se formalice mediante este Concurso no podrá ser cedida ni traspasada en modo alguno a terceros, salvo autorización expresa y por escrito del INDER y de la Contraloría General de la República, cuando corresponda.
15. SUBCONTRATACIÓN
De acuerdo al Artículo 133 RLGCP, el CONTRATISTA no podrá subcontratar por más de un cincuenta por ciento del monto total de la obra lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad
Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas
16. OTRAS CONDICIONES
- Cualquier condición no prevista en este documento se regirá de conformidad con las disposiciones pertinentes a la Ley General De Contratación Pública y su Reglamento.
- Las Empresas podrán visitar el sitio del proyecto, para lo cual deben coordinar con el encargado del INDER en el territorio que se detalla a continuación:
Para los oferentes que presenten su oferta sin realizar la visita al sitio se asumirá que conocen el lugar, las condiciones del trabajo, accesibilidad al proyecto por caminos públicos, cantonales e internos del asentamiento, fuentes de material, etc.
El INDER no recibirá reclamos sobre este aspecto, así mismo el contratista asumirá todos los imprevistos que implique la ejecución del proyecto. Debido a la ubicación del proyecto, y a las condiciones del sitio se recomienda altamente asistir a la visita pre-oferta para conocer los aspectos antes mencionados, para hacer la visita, los oferentes deberán tomar en cuenta las opciones de transporte hasta el sitio y vestimenta especial.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En el caso de entrega que no cumple con lo solicitado y que ocasione una erogación presupuestaria adicional para el INDER, el contratista será responsable de cubrir los costos inherentes en que incurra el Inder para poder cubrir la necesidad pública que se está buscando.
Cláusula penal. Si existiera atraso en la entrega de la obra y este atraso no fuera justificado satisfactoriamente ante el INDER, el CONTRATISTA deberá pagar al INDER por concepto cláusula penal, el equivalente al cinco por mil (5/1000) del monto total de la contratación, por cada día natural de atraso en la entrega de las obras objeto de la contratación a entera satisfacción del INDER, hasta un máximo del 25 por ciento (25%) del monto adjudicado, de conformidad con el Artículo 117 RLGCP
Documentos del cartel5
- PresupuestoPDF · 215 KB
- CronogramaPDF · 666 KB
- HOJA DE COTIZACIONXLSX · 41 KB
- PLANOSPDF · 8,5 MB
- Pliego de CondicionesPDF · 1,4 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Esteban Riba Solís
Infraestructura
Daniela Campos Hernández
Encargado del concurso · Infraestructura
Esteban Riba Solís
Infraestructura
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 01/10/2026 16:53. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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