2025LY-000003-0021700001 · SICOP 20250601649
CONSTRUCCIO DE GIMNASIO PARA ENTRENAMIENTO DE GIMNASIA EN EL COMPLEJO DEPORTIVO PARA LA MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Municipalidad de Heredia
Municipalidad de Heredia ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡1 100,0 millones y quedó en firme el 11/11/2025. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡1 100,0 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡1 128,8 millones
2,6 % por encima del presupuesto
Quién ganóen firme 11/11/2025
- Saga IngenieriaLa más barata de 3₡1 128 800 000,00
Informe de recomendación de Enio Vargas Arrieta, 29/10/2025 · adjuntos: RESOLUCION RECOMENDACION N° 49-2025.pdf
Fechas clave
- Se publicó13/06/2025 12:18 · hace 16 meses
- Límite para 25/06/2025 23:59 · hace 16 meses
- Límite para 25/06/2025 23:59 · hace 16 meses
- Cierre de ofertas06/08/2025 10:00 · hace 14 meses
- de ofertas06/08/2025 10:00 · hace 14 meses
- publicado29/10/2025 10:45 · hace 12 meses
- Adjudicación 11/11/2025 15:04 · hace 11 meses
2 recibidas, 2 respondidas.
El cartel fue modificado (5 versiones publicadas).
Contexto
- Municipalidad de Heredia adjudicó ₡4 932,4 millones en 246 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Construccion de Edificio1 · ₡1 100 000 000,001₡1 100 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡935,0 millones – ₡1 100,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
Lo que exige el cartel
- : 50000000 durante 18 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 90 días naturales
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : MENOR PRECIO 55 % · EXPERIENCIA 35 % · EVALUACION FINANCIERA 10 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 65 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡508,86 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | MENOR PRECIOmáx. 55 | EXPERIENCIAmáx. 35 | EVALUACION FINANCIERAmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Saga IngenieriaGanó | 55 | 35 | 10 | 100 |
| Vim | 53,98 | 35 | 10 | 98,98 |
| Consorcio Condeco-valdesol | 52,5 | 35 | 10 | 97,5 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Artículo 259. Supuestos. El recurso de apelación deberá presentarse ante la Contraloría General de la República mediante el sistema digital unificado dentro de los ocho días hábiles siguientes a la comunicación del acto final, cuando se recurra el acto final de una licitación mayor
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Considerar lo solicitado en SICOP en “Sección de Términos y Condiciones” en cuanto a:
- Considerando los artículos 32 y 33 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública debe el oferente y subcontratistas mantener actualizada la información que hayan aportado al momento de solicitar su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas para cada proceso de contratación en el que quieran participar
El oferente deberá cumplir con el inciso C del artículo 32 del Reglamento
Adicionalmente, la Municipalidad de Heredia verificará el estado de las obligaciones del oferente y subcontratista, señaladas en el pliego de condiciones, mediante consulta en línea en el sitio web de cada entidad competente en la materia; asimismo, la Administración podrá constatar en cualquier momento, el cumplimiento por parte del oferente y subcontratista de estas obligaciones, en virtud del artículo 122 del Reglamento.
- El oferente y miembros consorciados, si corresponde, deberán presentar licencia comercial que coincida sustancialmente con el objeto del concurso, en virtud de la resolución Nº R-DCA-0770-2022 emitida por la Contraloría General de la Republica.
- No se aceptará sustituciones del personal(es) ofertado durante las negociaciones del contrato a menos que ambas partes convengan en que las demoras excesivas en el proceso de selección hacen inevitable tal sustitución o por razones de muerte o incapacidad médica. Si éste no fuera el caso, y si se determinara que en la propuesta se ofrecieron los servicios del personal profesional sin confirmar su disponibilidad, el Consultor podrá ser descalificado. Cualquier suplente propuesto deberá tener calificaciones y experiencia equivalentes o mejores que el candidato original.
- Clausula hostigamiento sexual.
- ACTUAR ETICO E INTEGRO DE OTROS SUJETOS DISTINTO A LA ADMINISTRACION
En virtud del artículo 24 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública inciso c, se compromete el oferente a:
- i) No suministrar objetos, servicios u obras de inferior calidad a la ofrecida, el ofrecimiento o suministro de cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al artículo 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación;
- ii) La abstención de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante;
iii) La introducción o invocación de hechos falsos en su oferta o en cualquier etapa del procedimiento;
- iv) La obtención ilegal de información que lo coloque en una situación de ventaja frente a otros oferentes;
- v) La utilización de forma ilegítima de una PYME que pertenezca a un mismo grupo de interés económico para obtener beneficios dispuestos en la Ley General de Contratación Pública en su favor y;
- vi) La abstención de incurrir en prácticas colusorias o anticompetitivas que distorsionen el funcionamiento normal del mercado y lesionen la Hacienda Pública.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
CONFORME OFICIOS
DIP-0094-2025 Especificaciones Gimnasio de Gimnasia
ESPECIFICACIONES TECNICAS GIMNASIO DE HEREDIA
PlanosGimnasioGimnasia
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONFORME OFICIO CONDICIONES GENERALES 2025LY-000003-01
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Las sanciones o multas por incumplimientos específicos del contrato se aplicarán al servicio según se indican a continuación: No presentación o atrasos en la presentación del programa de trabajo (original y/o corregido) y sus actualizaciones, respecto al tiempo establecido por la unidad supervisora durante la ejecución contractual. b. Presentación incompleta del programa de trabajo c. Inicio tardío de actividades respecto a la “orden de inicio” emitida. d. Atrasos en la ejecución de los trabajos objeto de esta contratación, respecto a lo indicado en el programa de trabajo aprobado y vigente. e. Atraso en la conclusión de la corrección de defectos f. Suspensión injustificada de actividades del proyecto de conformidad con el programa de trabajo aprobado y vigente. g. No cumplimiento de visitas al sitio de obra del Director Técnico (i) h. Incumplimiento de medidas de controles ambientales, control de calidad y faltas a la seguridad e higiene laboral (salud ocupacional). i. El contratista o su personal no se presentan a las reuniones de coordinación establecidas por la Contraparte Institucional. j. Atrasos y no colocación del señalamiento preventivo o dispositivos de seguridad con relación al plan de manejo de tránsito de seguridad vial aprobado. k. Atrasos o la no realización de la limpieza parcial o final, del sitio y sus alrededores. l. No presentación al inicio de la obra del rótulo informativo del proyecto IV. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTOS EN EL SERVICIO Se aplicará una multa correspondiente al valor de ¢200.000 por cada incumplimiento antes indicado, no pudiendo acumular el contratista más de 3 (tres) faltas por mes de la lista mencionada anteriormente, pues en tal caso se considerará un incumplimiento del contrato por parte del contratista y la Municipalidad estará facultada para resolver unilateralmente el contrato de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Contratación Administrativa. El pago de las multas se cobrará reteniendo su equivalente de la facturación mensual que deba cancelársele al contratista, según lo que sea reportado por el Administrador de Proyecto que la Municipalidad acredite debidamente para tal fin, y su valor se retendrá de la facturación en trámite o pendiente de pago por parte de la Municipalidad. V. PROCEDIMIENTO PARA IMPONER SANCIONES. Previo a la imposición de cualquier sanción de Los ítems mencionados, se realizará una prevención al contratista para la corrección inmediata de la falta, en un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas naturales pasado el cual se aplicará obligatoriamente la sanción si el incumplimiento no ha sido corregido. Para cualquier deficiencia técnica que impida la prestación del servicio de acuerdo a lo pactado, o cualquier incumplimiento de las leyes y reglamentos costarricenses que no estén contempladas en las cláusulas anteriores y que sean detectadas por la Municipalidad en la ejecución del contrato, se prevendrá al adjudicatario para su inmediata corrección, pudiéndose otorgar hasta un máximo de tiempo de 1 (un) mes para que se efectúen las modificaciones necesarias. Caso contrario, verificado que persiste el incumplimiento, la administración podrá resolver el contrato.
Cláusula penal. Las sanciones o multas por incumplimientos específicos del contrato se aplicarán al servicio contratado según se indican a continuación: a. Incumplimiento del plazo de entrega: En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del contrato el adjudicatario deberá pagar por ese concepto, el valor del 0.01% por día hábil (de lunes a viernes) de atraso hasta un máximo del 3% de las obras. El pago de las multas se cobrará reteniendo su equivalente de la facturación mensual que deba cancelársele al contratista, según lo que sea reportado por la Encargada de Proyectos debidamente acreditada para tal fin, y su valor se retendrá de la facturación en trámite o pendiente de pago por parte de LA MUNICIPALIDAD. II. PROCEDIMIENTO PARA IMPONER SANCIONES. Previo a la imposición de cualquier sanción del ítem mencionado, se realizará una prevención al contratista para la corrección inmediata de la falta, en un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas naturales pasado el cual se aplicará obligatoriamente la sanción si el incumplimiento no ha sido corregido.
Documentos del cartel9
- EXONERACION IVAPDF · 471 KB
- PLANOS - ESPECIFICACIONESZIP · 114,6 MB
- ESPECIFICACIONESPDF · 1,6 MB
- ESPECIFICACIONESPDF · 809 KB
- CONDICIONES GENERALESPDF · 317 KB
- MODIFICACIONPDF · 573 KB
- MODIFICACIONPDF · 225 KB
- MODIFICACIONPDF · 471 KB
- MODIFICACIONPDF · 225 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Alonso Alvarado Oviedo
Unidad de Participación y Transparencia
Alonso Alvarado Oviedo
Unidad de Participación y Transparencia
Enio Vargas Arrieta
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 16:11. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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