2025LY-000002-0019200001 · SICOP 20250802089
Construcción del Parque Turístico Punta Nahomí Quepos, Puntarenas
Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico
Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico publicó esta compra con un presupuesto de ₡1 263,4 millones, pero terminó sin adjudicar. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡1 263,4 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡1 261,8 millones
0,1 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó21/08/2025 15:17 · hace 14 meses
- Límite para 02/09/2025 23:59 · hace 14 meses
- Límite para 02/09/2025 23:59 · hace 14 meses
- Cierre de ofertas23/09/2025 12:00 · hace 13 meses
- de ofertas23/09/2025 12:00 · hace 13 meses
- publicado02/03/2026 09:00 · hace 7 meses
- Adjudicación 06/04/2026 12:02 · hace 6 meses
2 recibidas, 2 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 11/09/2025 12:00 → 23/09/2025 12:00
- Apertura de ofertas: 11/09/2025 12:00 → 23/09/2025 12:00
Nota de la institución. Se Aclara que INCOP no es un ente exonerado, por lo tanto, se debe reflejar el impuesto de venta en la oferta. E incluir el IVA en el SICOP. Se solicita a los señores oferentes por favor incluir en la oferta, número de cuenta dé cuenta iban certificada por el banco esto para efectos, que de ser adjudicado la cancelación del bien servicio sea cancelado por transferencia. a la hora de facturar el servicio favor incluir, en la factura, por favor incluir en la factura número de procedimiento ejemplo 2025LD-000xxx y numero de Orden de Compra, facilitar número de cuenta IVAN ya sea BCR o BN o cualquier entidad para el respectivo trámite de pago una vez, finalizado el contrato Correos para envió de factura skohk28@gmail.com Juan jamadrigal@incop.go.cr
Quién ganóen firme 06/04/2026
- Adjudicatario no indicado en el acto final
- Línea no adjudicada (Recubrimientos y Construcciones (reyco)): SICOP registra ₡1 261 822 413, pero el informe de adjudicación no la adjudica (una línea repetida, una oferta que no ganó o una partida declarada desierta o infructuosa); el explorador no la suma.
Informe de recomendación de Jorge Felix Rios Coronado, 23/01/2026
Contexto
- Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico adjudicó ₡2 329,4 millones en 128 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Construccion de Parque al Aire Libre1 · ₡1 263 379 921,911₡1 263 379 921,91
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡1 073,9 millones – ₡1 263,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 70 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,7 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 10 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 90 días naturales
- Contrato por 8 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 70 % · Metodología 10 % · Experiencia 10 % · Certificado pymes o mipymes 5 % · Politica Ambiental -Contar con politica ambiental o contar con elementos requeridos en la politica según el bien y servicio-- 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡506,39 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 70 | Metodologíamáx. 10 | Experienciamáx. 10 | Certificado pymes o mipymesmáx. 5 | Politica Ambiental -Contar con politica ambiental o contar con elementos requeridos en la politica según el bien y servicio--máx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Recubrimientos y Construcciones (reyco) | 70 | 10 | 10 | 5 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica decision de declaratoria Desierto de scuerdo a resolucion creterio tecnico, CR-INCOP-DOP-ING-2026-0207 oficio CR-INCOP-GG-2026-0026 CR-INCOP-RESOLUCIÓN-GG-2026-0046 acuerdo de JD acuerdo No. 7 firme, tomada en la sesión No. 4511 celebrada el 16 de enero de 2026
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
3.1 ADMISIBILIDAD E INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
a)
Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones legales y las especificaciones y condiciones técnicas solicitadas.
b)
El oferente que no presente la documentación y forma de presentar la información de su oferta conforme a los anexos que la administración proporcione se considerarán no admisibles.
c)
Será inamisible el oferente que indique un plazo menor al 80% del plazo establecido en la vigencia del apartado 2.2.
d)
Los oferentes deberán contar con un mínimo de 10 años de experiencia real como empresa constructora, a partir de su inscripción en el CFIA. Se tomará como inadmisibles las ofertas donde el oferente no cumpla con el mínimo de años de experiencia solicitado.
e)
El oferente que no cuente con experiencia en proyectos que hayan entregado siguiendo la normativa vigente del ICE.
f)
El oferente que no cuente con experiencia en proyectos con categorización de obra civil en Áreas Ambientalmente Frágiles (AAF).
g)
La propuesta que indique un plazo de entrega superior a 240 días calendario sobre el plazo de ejecución, de conformidad con el punto “1.6 PLAZO DE ENTREGA” del presente documento, se considerará inadmisible.
h)
Será inadmisible la oferta que presente en la estructura del desglose de los componentes del precio una utilidad menor al 10%.
i)
Será inadmisible la oferta que presente el informe financiero anual del Auditor Externo con el último periodo fiscal más antiguo que el permitido. Ver Anexo #11: Metodología Financiera.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El oferente deberá examinar todos los documentos que forman parte de la contratación en la plataforma SICOP, incluyendo entre otras, las especificaciones, los planos constructivos, viabilidad ambiental (Declaración Jurada de Compromisos Ambientales (D1+DJCA), Plan de Gestión Ambiental, entre otros), estudio de suelos, estudio de geofísica, memoria descriptiva, documentos adjuntos, formularios por llenar y otros.
La literatura técnica y demás documentación que dé soporte a la propuesta constituirán parte integral de la oferta. En caso de contradicción entre distintos extremos de la propuesta prevalecerá la que mejor se ajuste al pliego de condiciones, de conformidad con el artículo 48 del LGCP.
Las instrucciones y descripciones de las obras y de los materiales que se dan en éstas y otras partes de los documentos de contratación no se repiten necesariamente en la lista de cantidades y precios o en otros documentos.
La referencia especificada en la lista de cantidades y precios a cláusulas y planos no implica que el oferente no deba considerar cualquier otra cláusula o plano que pueda estar relacionados con el tema.
El costo total para cumplir con todas las estipulaciones, condiciones, obligaciones, especificaciones, planos y demás responsabilidades, tanto descritas en el contrato como las necesarias para llevar a cabo las obras especificadas, incluyendo, pero de ningún modo limitado a, todos los costos, utilidades, gastos generales, aranceles, seguros e impuestos, estarán distribuidos e incluidos en los precios unitarios insertados en la lista de cantidades y precios, a menos que esté especificado explícitamente de otra manera en el cartel. Por consiguiente, el contratista no deberá reclamar pago adicional o extra con respecto a ninguna obra o método de construcción o cualquier otra estipulación del contrato, así no aparezca un ítem correspondiente en la lista de cantidades y precios.
El trabajo incluye el suministro por parte del contratista de todos los materiales, equipo, maquinaria, insumos y mano de obra, necesarios para construir la obra tal y como se define en los Anexos y de acuerdo con los estándares de calidad que se definen en las especificaciones técnicas generales y que son parte integral de este pliego de condiciones (Los documentos se complementan entre ellos y lo que se exige en uno será tan obligante como si se exigiera en todos).
Las estructuras y obras que componen el proyecto deberán ser construidas conforme a la ubicación, alineamiento, niveles y forma definidas en los planos constructivos y las condiciones técnicas que se definen en la documentación aportada en los Anexos, para lo cual el contratista deberá hacer el replanteo inicial y comprobar constantemente con su cuadrilla de topografía, el terreno y las estructuras conforme a los planos constructivos del proyecto.
Todo lo anterior de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente pliego de condiciones, el Código Sísmico de Costa Rica, el Código de Cimentaciones de Costa Rica, el Reglamento de Construcciones, el Manual CR-2020, los compromisos ambientales adquiridos por el desarrollador en la Viabilidad Ambiental (Formulario D1+Pronóstico-Plan de Gestión Ambiental), Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, Directriz 50 de MINAE, las Normas para la Colocación de Dispositivos de Seguridad para Protección de Obras, Normas y Regulaciones a nivel regional y/o nacional, entre otros reglamentos vigentes de cumplimiento obligatorio.
Si existieran discrepancias entre los planos y las especificaciones escritas, deberán ser sometidas ante el Director de Inspección de Obra, que contrate la Administración para su decisión antes de ser planificadas, ejecutadas y ofertadas. En todo caso los dibujos a escala mayor rigen sobre los de escala menor, las dimensiones rigen sobre las escalas y, las especificaciones escritas rigen sobre los planos.
El Director de Inspección de Obra, que contrate la Administración, tendrá la autoridad técnica y administrativa y la vocería en representación del contratante frente al contratista. Contará con un Regente Ambiental aportado por el Contratista, dicho Regente será fiscalizado por el Regente Ambiental del INCOP y por el Director de Inspección de Obra.
1.2.1 ESPECIFICACIONES ÍTEM
1.2.1.1 Trámites ante Instituciones.
Se refiere al desarrollo de todas las actividades previas que deberá efectuar el contratista con el fin de posicionarse en el sitio de proyecto y estar listo para iniciar la ejecución de las obras.
Esta ejecución podrá dar inicio hasta que se cuente con los permisos y visados pertinentes, los cuales deberá consultarlos con suficiente antelación con el contratante y el Director de Inspección de Obra, cualquier atraso en el inicio por este aspecto no será motivo de reclamo por parte del contratista.
De previo a la ejecución de obras, el proyecto deberá contar con los respectivos instrumentos de control ambiental (ICO’s) gestionados y aprobados según los requerimientos de la Resolución Nº 1733-2021-SETENA anexa a este cartel. Asimismo, el contratista debe tener toda la logística preparada para cumplir todas las obligaciones ambientales derivadas del Expediente Administrativo D1-0464-2021-SETENA del cual el contratista debe tener conocimiento detallado (la información puede ser estudiada y recopilada en las oficinas centrales de la SETENA).
Se recuerda que los Instrumentos de Control y Seguimiento Ambiental (ICOS), que comprenden el nombramiento de un responsable ambiental, una bitácora ambiental digital y el pago de la garantía ambiental; deberán tramitarse, al menos con un mes de antelación ante la SETENA, antes de iniciar los trabajos.
Previo al inicio de la fase constructiva, el contratista deberá presentar o demostrar que cuenta con los respectivos sellos o visados de los planos por parte del CFIA, así como contar con la respectiva bitácora digital del proyecto (CFIA), haber realizado el pago de la garantía ambiental correspondiente incluida en la lista de cantidades y contar con la bitácora ambiental digital debidamente habilitada ante la SETENA.
1.2.1.2 Garantía Ambiental
Para el cumplimiento de los ICO´s ambientales, el contratista deberá depositar un monto por la garantía ambiental del proyecto, que asciende a los CRC 870 550.00 (ochocientos setenta mil quinientos cincuenta colones exactos), conforme a los requerimientos e indicaciones de la SETENA, a nombre o a favor del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico, según Resolución Nº 1733-2021-SETENA.
Este pago deberá efectuarse durante los primeros 5 días hábiles, una vez girada la orden de inicio, con el fin de que se tenga suficiente tiempo para gestionar los ICO´s por parte de la Administración.
El pago se realizará contra el recibo o comprobante de pago realizado a las cuentas habilitadas por SETENA para estos fines. Se reitera que este pago será a nombre del INCOP. No se reconocerá ningún monto adicional por esta gestión del contratista.
El costo de financiamiento de esta garantía se considerará incluido en la oferta.
Durante la ejecución de las obras, el contratista con su regente ambiental designado deberá cumplir con todos los compromisos, requerimientos y obligaciones ambientales derivados de la viabilidad ambiental contenida en el Expediente Administrativo D1-0464-2021-SETENA (Resolución N°1733-2021-SETENA.), para lo cual podrá apersonarse ante la SETENA para revisar y estudiar el expediente. Se adjunta en anexo el Pronóstico-Plan de Gestión Ambiental que incluye el cuadro del P-PGA y el Código de Buenas Prácticas Ambientales, a efectos de que sea estudiado detalladamente por los oferentes, previa presentación de su oferta.
El Regente Ambiental designado por el Contratista gestionará la bitácora ambiental digital del proyecto.
Queda establecido que, de existir algún tipo de sanción económica al proyecto por parte de la SETENA y si dichas causas son imputables al contratista, éste último asumirá el pago de la sanción. Es decir, si por incumplimientos del contratista la SETENA ejecuta el pago de la garantía ambiental, el contratista deberá asumir dicha pérdida. En caso de que la sanción supere el pago a la SETENA, el Contratante estará facultado para llevar a cabo los rebajos correspondientes de las estimaciones o pagos pendientes para la recuperación de los montos por tal ejecución; teniendo inclusive la posibilidad de ejecutar el monto de la garantía de cumplimiento rendida por el contratista.
1.2.1.3 Movilización
El contratista deberá considerar todo el trabajo correspondiente a suministrar, transportar y administrar su organización constructiva integral, al lugar de la obra, incluyendo personal, maquinaria y equipo mecánico, materiales y todo lo necesario para instalarse y dar inicio al proceso constructivo.
La movilización del contratista se iniciará una vez dada la Orden de Servicio denominada Orden de Inicio de Obras por parte del Director de Inspección de Obra, que contrate la Administración. El oferente anotará en la lista de cantidades y precios, el monto que estime de movilización para cubrir el desplazamiento del personal, maquinaria, equipo y materiales al sitio de las obras y el costo de las instalaciones provisionales y de servicios públicos que se estimen necesarios para el desarrollo del proyecto.
En caso de que el contratista requiera remover instalaciones existentes tipo mallas, rótulos, bancas y otros elementos existentes en el sitio y que se vayan a utilizar posteriormente, los mismos deberán ser restituidos al finalizar el proyecto sin costo adicional para la Administración, en caso de que el Director de Inspección de Obra, que contrate la Administración determine su uso como indispensable para las operaciones en el sitio. De previo a iniciar obras, deberá consignarse en un acta entre las partes, aquellas instalaciones que deberán reponerse al finalizar el proyecto.
Será responsabilidad del contratista, siempre que sea necesario, obtener los permisos y cumplir con lo pertinente, en cuanto a la movilización del equipo en vías públicas nacionales o mediante transporte marítimo.
Deberá contemplar el suministro eléctrico por medio de plantas generadoras eléctricas y el suministro de agua potable por medio de bidones o cisternas, o bien, buscar alternativas viables en el sitio para proveerse de estos servicios públicos.
Deberá proveer una cabina sanitaria, como mínimo, por cada 12 colaboradores, si el proceso de limpieza se realiza una vez a la semana. Se podría extender a una cabina por cada 20 colaboradores, si la limpieza se realiza 2 veces a la semana o mediante certificación de permiso de uso de servicios sanitarios cercanos al proyecto, los cuales deberán estar limpios y aseados de manera permanente, durante el plazo que dure la obra. En caso de que existan mujeres en el equipo de trabajo, deberá de proporcionarse una cabina exclusiva para ellas.
El contratista deberá de contar dentro de su personal con un encargado de limpieza, disponible el 100% del desarrollo del proyecto, que será, además, el encargado de vigilar el cumplimiento de las medidas sanitarias que dicte el Ministerio de Salud en el momento de la ejecución de la obra. Para esto, el contratista deberá de considerar dentro de sus costos todos los implementos de limpieza (eco amigables con el ambiente) y de protección personal requeridos por las directrices aplicables, de tal manera que estén 100% accesibles a todo el personal del contratista en obra.
Deberá contar con un área de separación de residuos sólidos, debidamente señalada y gestionar su adecuada disposición final ante un gestor autorizado por la autoridad sanitaria. Todo material o residuo generado deberá de ser clasificado de acuerdo con las 3 R: Reducir, Reutilizar y Reciclar. Así mismo, se debe concientizar al personal sobre la correcta separación.
Mientras se les da el adecuado tratamiento, los residuos podrán ser almacenados temporalmente en el área del proyecto; para ello el contratista destinará una zona debidamente delimitada en donde mantendrá de la manera más ordenada y segura posible, los residuos separados e identificados de acuerdo con su categoría. Si después de una valorización, se determina que los mismos deben ser retirados para un tratamiento final adecuado; se deberá evitar acumulaciones que generen obstaculización, malos olores o contaminación. El retiro de los residuos no valorizables deberá de efectuarse como mínimo una vez al mes o con mayor frecuencia, de acuerdo con la cantidad generada y el espacio asignado. De igual forma, el contratista debe considerar dentro de sus costos ofertados, el debido almacenamiento, movilización y tratamiento final de los residuos, por lo que deberá previamente informarse de los gestores y sitios autorizados más cercanos para el tratamiento de cada tipo de residuo y demostrar de manera documentada dicha gestión.
Se deberá asegurar a la Administración que el traslado final de los residuos (escombros) a los sitios autorizados venga respaldado con una boleta debidamente sellada y firmada por el responsable del sitio autorizado en el cual se deberá indicar: nombre del proyecto, fecha y hora, peso trasladado y nombre del responsable por parte del Contratista que está trasladando los residuos. Dicha boleta deberá ser anexada al informe mensual a entregar a INCOP por parte del contratista.
EI contratista deberá habilitar un espacio de oficina mínimo de 3m x 6m en los alrededores del sitio de las obras para que el Director de Inspección de Obra y el Inspector permanente ambos contratados por la Administración, realicen sus labores técnicas de control de calidad y de supervisión de las obras. Deberá proveerse una mesa con seis (6) sillas, una pizarra acrílica y una mesa para revisión de planos, en este espacio de 18 metros cuadrados, con conexión eléctrica mediante planta generadora, aire acondicionado e internet satelital con al menos 30MB de velocidad de descarga y 10MB de carga. Además, se deberá tener al alcance del Director de Inspección de Obra y el Inspector permanente ambos contratados por la Administración una impresora/escáner para hojas tamaño carta (a modo de préstamo), con la provisión de tinta para toda la duración de la ejecución del proyecto para que el Director de Inspección de Obra y el Inspector permanente ambos contratados por la Administración, puedan imprimir 25 páginas promedio al mes, durante el desarrollo del proyecto. Deberá contar con servicio sanitario de uso exclusivo para el Director de Inspección de Obra, el Inspector permanente, el equipo de inspección y los representantes de la Administración que fiscalizarán la obra, el cual deberá de estar limpio y aseado de manera permanente. Cualquier otro costo relacionado con la inspección, revisiones o controles efectuados por la Administración correrán por cuenta del contratista adjudicado.
En el sitio deberán permanecer guardas de seguridad las 24 horas.
No se permitirá la realización de campamentos para los trabajadores en el área del proyecto, por lo que el oferente deberá contemplar realizar su campamento en terrenos o predios fuera de esta área y tomar en consideración la contratación de personal local en la medida de sus posibilidades, según la oferta del lugar, como un aporte en cuanto a responsabilidad social con la comunidad.
Deberá instalarse el rótulo que solicita SETENA bajo los estándares solicitados por dicha Institución y los dos (2) rótulos indicados en el apartado Anexos con las medidas indicadas, previo al inicio de los trabajos. Los costos de esos rótulos serán asumidos por la empresa contratista adjudicada, además de todos los rótulos y señalamientos necesarios para la prevención, identificación de áreas y demarcación de zonas de riesgo dentro del proyecto, esto incluye que deberá delimitarse con boyas la zona marítima con posible afectación de las maniobras constructivas requeridas durante el proceso de construcción de los trabajos relacionados con la rampa, previniendo así cualquier incidente con usuarios externos y sus embarcaciones.
En las oficinas del contratista debe contarse con un kit antiderrames para sustancias peligrosas con una capacidad no menor a 10 galones (37,85 L) en buenas condiciones y completo; además de 6 cascos y 6 chalecos limpios adicionales, para proporcionarlos a las personas visitantes al proyecto. Así mismo, extintores en buenas condiciones y en cantidad suficiente para cada frente de trabajo habilitado, un área de hidratación de trabajadores con hidratante frío, área de comedor para los colaboradores, espacio para separación de residuos del proceso constructivo, espacio para separación de residuos valorizables de uso general con recipientes debidamente identificados, rotulación correspondiente de cada área (baños, comedor, oficinas, bodega) y de prevención (prohibido paso a particulares, uso obligatorio de equipo de protección personal, obras con maquinaria), botiquín de primeros auxilios, según requerimiento de la normativa del Decreto Ejecutivo N° 13466-TSS denominado Reglamento General de los Riesgos del Trabajo y Reglamento General de Seguridad e Higiene de Trabajo y reforma contenida en el Decreto Ejecutivo N°39611-MTSS, bloqueador solar accesible para todos su colaboradores, además los trabajadores deberán usar mínimo: zapatos de seguridad, chaleco reflectivo, mangas para evitar exposición solar, casco y anteojos permanentemente. Además de arnés de seguridad, chalecos salvavidas, caretas, equipo de buceo, o cualquier otro equipo de protección según sea el requerimiento de cada actividad y según lo indique el encargado de Salud Ocupacional permanente en obra. Los implementos de seguridad ocupacional e higiene ambiental deben de considerarse en su totalidad en los costos indirectos del proyecto; la cantidad total debe ser acorde con la cantidad necesaria estimada por el oferente para la ejecución del proyecto.
Se insiste que, previo al inicio de la fase constructiva, el contratista deberá presentar o demostrar que cuenta con los respectivos sellos o visados de los planos por parte del CFIA, así como que cuenta con la respectiva bitácora del proyecto (CFIA) y haber realizado el pago de la garantía ambiental correspondiente y habilitación de la bitácora digital ante SETENA.
1.2.1.4 Condiciones de emplazamiento
Antes de iniciar los trabajos, el contratista deberá inspeccionar el emplazamiento en conjunto con el Director de Inspección de Obra, que contrate la Administración para establecer sus condiciones generales, las cuales deberán ser consignadas por escrito en un acta suscrita por las partes, la cual se complementará con fotografías, si en opinión del Director de Inspección de Obra, que contrate la Administración resulta necesario.
Así mismo, el contratista deberá verificar la ubicación y los niveles de los puntos de referencia existentes, e instalar puntos de referencia adicionales para sus trabajos, los cuales no deberán afectarse como consecuencia de las actividades de construcción. Los niveles del terreno y las dimensiones de las características morfológicas del sitio descritas en planos se consideran correctos, pero no se da garantía de ello, por lo que el contratista deberá realizar sus propios levantamientos y mediciones de verificación y replanteo, en la manera y en el momento en que lo considere necesario, siempre en coordinación con el Director de Inspección de Obra, que contrate la Administración.
Siempre que los niveles o dimensiones estén mostrados en los planos, ellos primarán sobre las medidas tomadas a escala. Estas últimas se utilizarán solamente en ausencia de información más precisa en los planos o en otros documentos.
En el evento de presentarse discrepancias entre los Planos y las Especificaciones Técnicas, éstas últimas rigen sobre los Planos. Sin embargo, la más estricta o conservadora deberá considerarse como la que rige y deberá considerarse como la referencia. De considerarse que los detalles en planos o especificaciones son insuficientes, el oferente y /o futuro contratista llamará la atención previa a la presentación de la oferta, por lo que no se reconocerán costos adicionales por detalles faltantes o discrepancias en los planos que no se hayan señalado previo a la presentación de las ofertas. Lo anterior, ya que es un requisito para presentar la que el oferente tenga amplia experiencia en proyectos de similar o mayor complejidad del presente, y que haya examinado el proyecto y su documentación a profundidad.
En caso de que el contratista requiera remover instalaciones existentes tipo mallas,
rótulos o bancas, los mismos deberán ser restituidos al finalizar el proyecto sin costo adicional para la Administración.
1.2.1.5 Desmovilización y limpieza
Este apartado contempla todos los trabajos de cierre, los cuales se refieren al desarrollo de todas las actividades que deberá ejecutar el contratista una vez finalizadas las obras, con el fin de entregar el proyecto listo y limpio a la Administración.
El contratista, a la finalización de la obra, deberá remover todas las instalaciones temporales, limpiar el sitio de escombros y retirar los equipos y materiales que hayan sobrado de la ejecución del proyecto.
Los materiales remanentes pagados por el INCOP al contratista, que resulten reutilizables a criterio del Director de Inspección de Obra, que contrate la Administración, deberán ser trasladados por el contratista al Plantel de la Municipalidad de Quepos, junto con cualquier material remanente que haya aportado la Administración o el Estado para el proyecto, conforme a estas especificaciones, lo anterior sin costo para la Administración.
Aquellos materiales que resulten para desecho deberán ser depositados por el contratista en un lugar debidamente autorizado y gestionado por él para tal fin (el cual deberá definirlo en la reunión de pre-inicio), conforme a las medidas ambientales provenientes de la licencia ambiental tramitada ante la SETENA, lo cual queda sujeto a la verificación del Inspector Director de Obra que contrate la Administración y el Inspector permanente, y el Regente Ambiental del proyecto Es importante indicar que durante todo el proceso constructivo deberán de aplicarse el adecuado manejo de los residuos generados, de conformidad con lo establecido en Ley para la Gestión de Residuos N° 8839, Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 37567-S-MINAET-H, Reglamento Sobre el Manejo de Residuos Sólidos Ordinarios N° 36093-S, Reglamento para la Declaratoria de Residuos de Manejo Especial N° 38272-S, Decreto sobre Manejo de Residuos Peligrosos N° 41527-S-MINAE.
El sistema de desmovilización deberá ser tal que no cause daños a los pavimentos ni a las propiedades, de lo contrario el contratista deberá reparar y regresar a la misma condición aquello que por causa suya se dañó.
Adicionalmente, el contratista deberá desarrollar y entregar los planos “As Built” de las obras, tal como han sido construidas. Será un juego hecho a una escala apropiada y que indique claramente cualquier desviación o adaptación del diseño original. Estos planos serán revisados y aprobados por el Director de Inspección de Obra, que contrate la Administración y serán firmados de manera digital por el Profesional Responsable de la Dirección Técnica del contratista. Estos documentos deberán venir acompañados de la copia de la certificación de que la bitácora del y lo adicional respetando lo del pliego de condiciones porcentaje de subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas. El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de esta ley. Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico. En casos excepcionales, cuando se acredite que en el mercado existe un número limitado de eventuales subcontratistas, la Administración podrá, de manera razonada, habilitar en el pliego de condiciones la posibilidad que un mismo subcontratista sea ofrecido por diferentes oferentes. En su oferta se deberá presentar de acuerdo a la Ley de contratación administrativa en su Artículo 29 las declaraciones juradas de los subcontratistas propuesto, así como la certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de las empresas indicadas según el Artículo 133 del RLGCP. Esta información deberá ser actualizada por el contratista 8 días hábiles anteriores a la orden de inicio de construcción. Para lo cual el oferente deberá completar el Anexo 4 e incorporar la documentación correspondiente
f)
El oferente extranjero deberá brindar en su plica una declaración de someterse a la jurisdicción y tribunales nacionales para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan surgir del contrato, con
su jurisdicción, de conformidad con el Artículo 121 del RLGCP.
g)
Es obligación del oferente presentar su propuesta en idioma español y en caso de presentación de panfletos o documentación adicional en otros idiomas, ésta deberá ser en forma electrónica y hacerse acompañar mínimo de una traducción libre de su texto.
Se recuerda, para el caso de presentación de documentos emitidos en el exterior, siendo el oferente adjudicado, deberá presentar dichos documentos para su validez y eficacia en Costa Rica, apostillados en la etapa de ejecución contractual.
h)
No se permite la cotización parcial de partida ni el cobro separado del transporte, acarreo y/o descarga. Se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el Artículo 41 de la LGCP y el Artículo 98 párrafo in fine del RLGCP.
i)
El oferente asumirá todos los costos asociados a la preparación y presentación de su oferta, y la Administración Licitante no tendrá responsabilidad ni obligación alguna respecto de tales costos, independientemente del desarrollo o resultado del concurso.
j)
La Administración licitante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, de anular el proceso de Licitación, y, de rechazar todas las ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna para con los oferentes.
k)
De presentarse alguna circunstancia con la cual el oferente, adjudicatario o contratista llegare a incumplir con el objeto del contrato o el plazo de entrega, invoque o introduzca hechos falsos, se impondrá el régimen sancionatorio aplicable a la etapa del proceso de contratación, y de acuerdo a los hechos, que se den; sin detrimento de las responsabilidades civiles y penales, que, se le pueden endilgar, así como la eventual ejecución de la garantía de cumplimiento, y el monto al descubierto, que, se le adeude a la Administración Licitante.
l)
Se utilizará el Registro de Proveedores y Subcontratistas del Sistema Digital Unificado, para verificar esta condición; así como, la declaración jurada del régimen de prohibiciones y sus actualizaciones registradas en el Sistema; la
experiencia para prestar el objeto que se licita, los antecedentes y las sanciones, el historial de cumplimiento de contrataciones con la Administración Pública, las fusiones o transformaciones de la empresa, según lo indicado en el Artículo 18 de la LGCP.
m)
La omisión en el presente pliego de condiciones de aquellas disposiciones impuestas por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento a todos los potenciales oferentes en la presente licitación en relación con el objeto contractual, no lo exime de su cumplimiento.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
2.1 GENERALIDADES
a)
Toda persona física o jurídica interesada en participar en esta contratación, deberá concurrir con la utilización de la plataforma electrónica denominada SDU, presentado su propuesta debidamente firmada por quien tenga poder suficiente para ello.
En caso de aportarse poderes especiales, se requiere que estos cuenten con las especificaciones propias de cada mandato conforme la normativa vigente y el número correspondiente a la contratación en la que se participa y para la cual se otorga. Conforme a la normativa vigente establecidas sobre los poderes especiales.
b)
Se presumirá la capacidad legal de quien suscribe la oferta en el precitado sistema, además, se requiere contar con aptitud para pactar y no tener impedimento para contratar con la Administración, todo según las estipulaciones normativas contenidas en la LGCP y el RLGCP. La Administración Licitante verificará en el SDU, la información provista por el oferente sobre el régimen de prohibición.
c)
El interesado en participar en condición de Pequeña y Mediana Empresa (PYME), deberá estar registrado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y acreditado en el Registro de Proveedores de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.
El oferente deberá proporcionar el documento vigente que lo acredite con una “Certificación PYME”, emitida por la Dirección General de Pequeña y Mediana Empresa del MEIC. Cuyo giro comercial sea acorde al objeto de esta contratación.
Todo lo anterior en cumplimiento a la normativa vigente y presentado en el formato establecido en la normativa.
d)
De haber considerado dos o más oferentes, participar bajo la figura del consorcio, se dispone que un oferente solo puede participar en un consorcio para este concurso y se recuerda la obligación de estipular en el “Acuerdo Consorcial” la designación de un representante, “…con poder suficiente para actuar durante la fase de estudios de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago”.
En el caso de que el consorcio quiera acreditarse como PYME todas las partes que conforman dicho consorcio están obligadas a ser PYME y a estar acreditadas como activas y al día en el registro de DIGEPYME para obtener el puntaje en la evaluación.
Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte. En caso de adjudicación, la formalización contractual será firmada digitalmente por todos los consorciados, salvo que se haya conferido poder suficiente a determinada persona, sin perjuicio de que también comparezca una sociedad constituida al efecto, cuando ello haya sido requerido en el pliego de condiciones o las partes así lo hayan solicitado en su oferta.
En aquellos casos en que se constituya una sociedad anónima esta responderá de manera solidaria, junto con los integrantes del consorcio, frente a la Administración contratante.
Las PYMES podrán participar bajo los consorcios previstos en el Artículo 48 de la LGCP, así como también podrán utilizar la figura de los consorcios PYME regulados en la Ley para el Fomento de la Competitividad de la PYME mediante el desarrollo de consorcios, Ley 9576 de 22 de julio de 2018, en cuyo caso, gozará de los mismos beneficios establecidos al amparo de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262 de 2 de mayo de 2002.
No se permitirá que los oferentes de grupos económicos utilicen la figura de PYME para obtener los beneficios para ese tipo de empresas dispuesto en el RLGCP y en leyes especiales, según lo establecido en el Artículo 78 del citado Decreto.
e)
En la oferta se deberá indicar el listado de los subcontratistas, así como el objeto de subcontratación, con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. La totalidad del j)
La Administración licitante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, de anular el proceso de Licitación, y, de rechazar todas las ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna para con los oferentes.
k)
De presentarse alguna circunstancia con la cual el oferente, adjudicatario o contratista llegare a incumplir con el objeto del contrato o el plazo de entrega, invoque o introduzca hechos falsos, se impondrá el régimen sancionatorio aplicable a la etapa del proceso de contratación, y de acuerdo a los hechos, que se den; sin detrimento de las responsabilidades civiles y penales, que, se le pueden endilgar, así como la eventual ejecución de la garantía de cumplimiento, y el monto al descubierto, que, se le adeude a la Administración Licitante.
l)
Se utilizará el Registro de Proveedores y Subcontratistas del Sistema Digital Unificado, para verificar esta condición; así como, la declaración jurada del régimen de prohibiciones y sus actualizaciones registradas en el Sistema; la
experiencia para prestar el objeto que se licita, los antecedentes y las sanciones, el historial de cumplimiento de contrataciones con la Administración Pública, las fusiones o transformaciones de la empresa, según lo indicado en el Artículo 18 de la LGCP.
m)
La omisión en el presente pliego de condiciones de aquellas disposiciones impuestas por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento a todos los potenciales oferentes en la presente licitación en relación con el objeto contractual, no lo exime de su cumplimiento. Todo oferente debe mantener actualizada la información incluida en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, al momento de presentar su oferta, aún y cuando no se presente alguna variación en la información aportada en dicho registro, de conformidad con lo que establece el artículo 33 Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
o)
Tendrán prohibido participar como oferentes, en forma directa o indirecta.
Las personas físicas que no se desempeñen como funcionarios del ente que promueve el concurso, o personas jurídicas que hayan intervenido como asesoras en cualquier etapa del procedimiento de contratación, que hayan participado en la elaboración de las especificaciones, los diseños y los planos respectivos, en la etapa de ejecución o deban participar en su fiscalización posterior, tendrán prohibida la participación en el procedimiento en el que hayan intervenido. Esta prohibición no se aplicará en los supuestos en que se liciten conjuntamente el diseño y la construcción de la obra, las variantes alternativas respecto de las especificaciones o los planos suministrados por la Administración, ni en aquellos casos derivados de un contrato de asociación público - privada donde se presenten tales supuestos.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. ✓ Incumplimiento de la visita del profesional de Dirección Técnica. Si el ingeniero responsable de la Dirección Técnica del proyecto falta o incumple en su visita mínima de cada 7 días calendario al proyecto sin una correspondiente justificación de fuerza mayor que sustente su ausencia, se le aplicará una multa al Proyecto: Construcción del Parque Turístico Punta Nahomí Quepos, Puntarenas 62 Contratista correspondiente al equivalente de 4 horas profesional (tiempo mínimo estimado para realizar una inspección semanal por parte del DT), de acuerdo con la última publicación vigente del monto establecido de hora profesional por el CFIA. Al momento de realización del presente cartel este monto por hora está establecido en ₡37.700,00 por lo que la multa diaria por este incumplimiento será de ₡150.800,00. De igual manera cada visita realizada por el director técnico deberá de respaldarse con su correspondiente anotación en la bitácora del CFIA, la NO anotación se tomará como una ausencia del profesional y se aplicará la multa equivalente al monto señalado anteriormente. ✓ Incumplimiento de la permanencia del profesional Residente de Obra. Ante el incumplimiento en la permanencia del profesional asignado a la labor de Ingeniero Residente por cada día laboral del proyecto, entiéndase día laboral de acuerdo con el rol de horarios establecidos en conjunto con la Administración, se aplicará una multa equivalente al costo de un día laboral calculado del salario base mensual de un profesional en licenciatura establecido por el CFIA. Al momento de realización del presente cartel este monto por mes está estipulado en ₡784.139,53 por lo que la multa diaria por este incumplimiento tomando en consideración 8 horas ordinarias y 2 extraordinarias será de ₡35.939,73. ✓ Incumplimiento de la permanencia del directo técnico eléctrico - electromecánico. Si el ingeniero responsable de la Dirección Técnica eléctrica del proyecto falta o incumple en su visita mínima de cada 7 días calendario al proyecto sin una correspondiente justificación de fuerza mayor que sustente su ausencia, se le aplicará una multa al Contratista correspondiente al equivalente de 4 horas profesional (tiempo mínimo estimado para realizar una inspección semanal por parte del DT eléctrico), de acuerdo con la última publicación vigente del monto establecido de hora profesional por el CFIA. Al momento de realización del presente cartel este monto por hora está establecido en ₡37.700,00 por lo que la multa diaria por este incumplimiento será de ₡150.800,00. De igual manera cada visita realizada por el director técnico eléctrico deberá de respaldarse con su correspondiente anotación en la bitácora del CFIA, la NO anotación se tomará como una ausencia del profesional y se aplicará la multa equivalente al monto señalado anteriormente. ✓ Incumplimiento de la permanencia en obra del responsable ambiental y de salud ocupacional El incumplimiento de la permanencia en obra del responsable ambiental y de salud ocupacional, se aplicará una multa equivalente al costo de un día laboral calculado con base al salario base de un profesional en bachillerato establecido por el CFIA. Al momento de realización del presente cartel este monto por mes está estipulado en ₡638.299,51 por lo que la multa diaria por este incumplimiento Proyecto: Construcción del Parque Turístico Punta Nahomí Quepos, Puntarenas 63 tomando en consideración 8 horas ordinarias y dos extraordinarias será de ₡33.782,21. ✓ Incumplimiento de la permanencia en obra del Superintendente (maestro de obras). Ante el incumplimiento en la permanencia del Superintendente de Obra se aplicará una multa equivalente al costo de un día laboral calculado del salario base de un maestro de obras según el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Al momento de realización del presente cartel este monto diario de salario está estipulado en ₡15.983,96, por lo que la multa diaria por este incumplimiento tomando en consideración 8 horas ordinarias y dos extraordinarias será de ₡21.977,94. ✓ Incumplimiento en lineamiento de Salud Ocupacional. Si un colaborador del contratista es sorprendido sin el equipo de protección personal, el contratista se hará acreedor de una multa equivalente a un salario mínimo de un operario en construcción, establecido por MTSS por cada colaborador que infrinja esta obligación y podrá reintegrarse a laborar hasta tanto corrija la falta presentada. Si el incumplimiento persiste en un mismo colaborador, la Administración podrá aplicar la multa las veces que sea reportado y a su vez solicitar el cese del personal recurrente en la falta. Al momento de realización del presente cartel este monto de salario diario de un operador de construcción está estipulado en ₡13.767,45, por lo que esta sería la multa por este incumplimiento. y ademas lo consignado en pliego de condiciones
Cláusula penal. Donde: • M = monto de la cláusula penal. • MC= monto del contrato. • PC = plazo de ejecución. • DA= Días calendario de atraso en alcanzar el avance definido por el Director de Inspección de Obra que contrate la Administración. El cobro de la cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo, en concordancia con el Artículo 117 del RLGCP. En el evento que el monto por concepto de la imposición de esta cláusula alcance el 25% del monto del contrato, se tendrá como incumplimiento grave imputable al contratista y se procederá con la resolución del contrato. y ademas lo consignado en pliego de condiciones
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A quién contactar en la institución
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Presidencia Ejecutiva
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 15:45. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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