2025PX-000021-0000100001 · SICOP 20250802892
Contratación para la renovación del soporte y actualización de licencias Oracle
Banco Nacional de Costa Rica
Banco Nacional de Costa Rica ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡4 y quedó en firme el 06/11/2025. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡4
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
—
Quién ganóen firme 06/11/2025
- Oracle de Centroamerica$9 518 714,51
Informe de recomendación de Karen Bolaños Mora, 05/11/2025 · adjuntos: Comité recomendación y acto final.zip (1.92 MB)
Fechas clave
- Se publicó25/08/2025 17:25 · hace 14 meses
- Límite para 26/08/2025 23:59 · hace 14 meses
- Cierre de ofertas05/09/2025 23:59 · hace 13 meses
- de ofertas08/09/2025 09:00 · hace 13 meses
- publicado06/11/2025 19:26 · hace 11 meses
- Adjudicación 06/11/2025 19:27 · hace 11 meses
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 01/09/2025 23:59 → 05/09/2025 23:59
- Apertura de ofertas: 02/09/2025 09:00 → 08/09/2025 09:00
- Límite de observaciones a la apertura: 03/09/2025 09:00 → 09/09/2025 09:00
Nota de la institución. Aclaraciones Extemporáneas: aplican conforme establece el artículo 93. Modificaciones, prórrogas y aclaraciones, RLGCP, "Las que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados."
Contexto
- Banco Nacional de Costa Rica adjudicó ₡11 624,5 millones en 94 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Soporte de Software (licencia, Todo Tipo)4 c/u · ₡4,004 c/u₡4,00
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 13 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 80 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Oferta económica 100 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Oracle de CentroamericaGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Aprobado por el Comité de Licitaciones, de acuerdo con lo normado en el Reglamento de los órganos de contratación administrativa del Banco Nacional de Costa Rica, publicado en LA GACETA N° 243 de la fecha 21-12-2022. Acuerdo CDL-2025-1875-09
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Conforme complemento al pliego de condiciones, apartado D. Condiciones especiales.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Conforme complemento al pliego de condiciones, apartado C. Servicios/ Requerimientos técnicos mínimos.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Conforme complemento al pliego de condiciones, apartado E. Condiciones generales.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. F.7 MULTAS Multas en ejecución contractual • Multa por incumplimiento en el plazo de entrega de certificado CSI’s En caso de incumplirse con el plazo de entrega los certificados CSI’s), de conformidad con lo indicado en el punto C.5 Certificación apartado Requerimientos técnicos mínimos. Condiciones Generales, plazo de entrega, el banco aplicará una multa del 2% del monto total anual del contrato, por cada día hábil de atraso hasta un máximo del 25% del monto total anual del contrato de soporte contratado, luego de lo cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública el banco podrá valorar la resolución del contrato así como el reclamo de los daños y perjuicios que se deriven de dicho incumplimiento, previo del debido proceso correspondiente. • Multa por incumplimiento en la atención de Incidentes técnicos En caso de incumplirse con el plazo de atención de incidentes técnicos, de conformidad con lo indicado en el punto D.1 Soporte técnico. Condiciones Generales, el banco aplicará una multa del 5% sobre el costo total anual de soporte contratado, al momento del evento, por cada día hábil de atraso hasta un máximo del 25% del costo total anual de soporte contratado, luego de lo cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública el banco podrá valorar la resolución del contrato así como el reclamo de los daños y perjuicios que se deriven de dicho incumplimiento, previo del debido proceso correspondiente. Procedimiento de cobro de multas en ejecución contractual Las demás multas derivadas de la fase de ejecución contractual indicadas anteriormente serán aplicadas de forma automática a partir de la mera constatación del supuesto de hecho dispuesto en los puntos anteriores, según el porcentaje indicado en cada uno de los supuestos. Recursos contra el acto que determine la multa en fase de ejecución contractual En contra del acto de imposición de la multa por parte del órgano competente, cabrán los recursos de revocatoria y apelación establecidos en el artículo 47 de la Ley General de Contratación Pública y 117 de su Reglamento, el recurso de revocatoria será resuelto por el órgano que dictó el acto y el de apelación por el Gerente General. La interposición de los recursos de cita por parte de “ORACLE DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA” no suspenderá la aplicación de la multa, ello de conformidad con el artículo 148 de la Ley General de la Administración Pública. Cobro de multas derivadas de la fase de ejecución contractual El cobro de las multas en fase de ejecución contractual se realizará con cargo a los saldos de facturas pendientes de pago. En caso de que no existan facturas pendientes de pago para el cargo de las multas impuestas durante la ejecución contractual, el banco procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. En caso de ejecución de la garantía de cumplimiento, el banco otorgará un plazo de tres días hábiles a Oracle de Centroamérica, S.A., para que restituya el monto original de dicha garantía, bajo pena que, de no hacerlo, ello constituirá un incumplimiento contractual que facultará al banco a resolver el contrato, así como a imponer sanciones y determinar la responsabilidad civil de Oracle de Centroamérica, S.A.,, previo trámite del procedimiento especial dispuesto al efecto en la Ley General de Contratación Pública. Oracle de Centroamérica, S.A., entiende, acepta y reconoce que en caso de que no existan facturas pendientes de pago ni garantía de cumplimiento suficiente contra las cuales ejecutar el cobro de las multas, el banco se reserva el derecho a recurrir a los Tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el procedimiento especial establecido para sancionar a Oracle de Centroamérica, S.A., en los artículos 118 y 119 de la Ley General de Contratación Pública. Todo monto por concepto de las multas en fase de ejecución contractual, que no pudiese ser cobrado a cargo de facturas pendientes de pago o la garantía de cumplimiento, así como por los costos derivados de los incumplimientos citados en los puntos anteriores, serán comunicados a Oracle de Centroamérica, S.A., mediante resolución u oficio, en cuyo caso deberán ser cancelados en la oficina de Infraestructura y Compras en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al comunicado por parte del banco, bajo el entendido que, de no cumplirse con tal pago en el plazo establecido, el banco podrá tener por incumplido el contrato. La oficina de Gestión de Infraestructura, seguridad y nube que pertenece a la Dirección de Operación de Soluciones, en su condición de Administrador General del Contrato determinará los daños y perjuicios ocasionados por cualquier incumplimiento, así como la valoración de la gravedad del incumplimiento para efectos aplicar los procedimientos especiales establecidos en la Ley General de Contratación Pública, para la ejecución de garantía, resolución contractual, responsabilidad civil, las eventuales sanciones administrativas, de conformidad con los artículos 15 y 17 párrafo tercero del Reglamento Orgánico de Contratación Pública del Banco Nacional de Costa Rica , publicado en La Gaceta No. 243 del 21/12/2022 Alcance No. 278.
Documentos del cartel1
- Complemento pliego de condiciones y anexosPDF · 778 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Rebeca Salas Soto
Gestión de Servicios de TI
Paula Roses Fuentes
Direccion de Operación y Servicios Tecnológicos
Joel Josué Estrada Víquez
INFRAESTRUCTURA SERVICIOS DIGITALES
Wendy Sanchez Madrigal
Dirección de Operaciones y Servicios Tecnologicos
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 01/10/2026 13:09. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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