2025LD-000182-0022030101 · SICOP 20250902780
Obras Menores Data Center, adquisición de equipo nuevo y traslado de equipos a otras ubicaciones
Municipalidad de Cartago
Municipalidad de Cartago ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡37,5 millones y quedó en firme el 20/10/2025. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡37,5 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡35,0 millones
6,6 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 20/10/2025
- Consorcio Electrotecnica S.A - Soporte CriticoNo era la más barata (2.ª de 3)₡37 469 703,26
Informe de recomendación de Karla Melissa Monge Chacon, 16/10/2025 · adjuntos: Pedido 26786.pdf, PROV-F-08 Requisitos Administrativos-Legales.pdf, Analisis Técnico Obras Menores Data Center 2025LD-000182-0022030101...pdf, PT-OF-1423-2025-No.2025LD-000182-0022030101.pdf, Hacienda Electrotecnica.png, Hacienda Soporte Critico.png
Fechas clave
- Se publicó24/09/2025 08:31 · hace 13 meses
- Límite para 26/09/2025 · hace 13 meses
- Límite para 29/09/2025 · hace 13 meses
- Cierre de ofertas30/09/2025 07:59 · hace 13 meses
- de ofertas30/09/2025 08:00 · hace 13 meses
- publicado16/10/2025 14:00 · hace 12 meses
- Adjudicación 20/10/2025 08:26 · hace 12 meses
1 recibidas, 1 respondidas.
Nota de la institución. La Municipalidad de Cartago es exenta de impuestos por lo que se recuerda presentar sus ofertas sin impuestos. Se les recuerda a todos los oferentes presentar los documentos firmados digitalmente y con firma valida de lo contrario se solicitará certificar la firma. Los oferentes deben presentar la estructura porcentual del precio, la tabla de presupuesto detallado únicamente la debe presentar el adjudicatario según el artículo 103 del reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
Contexto
- Municipalidad de Cartago adjudicó ₡4 508,2 millones en 242 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Instalacion y Desinstalación de Aire Acondicionado1 · ₡37 474 627,001₡37 474 627,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡31,9 millones – ₡37,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 5 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 90 % · CRITERIOS INNOVACIÓN 5 % · PYME 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡506 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 90 | CRITERIOS INNOVACIÓNmáx. 5 | PYMEmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Confort Climatico de Costa Rica | 90 | 5 | 5 | 100 |
| Consorcio MZ Proyectos | 79,35 | 5 | 5 | 89,35 |
| Consorcio Electrotecnica S.A - Soporte CriticoGanó | 84,03 | 5 | 0 | 89,03 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Toda vez que se han cumplido las diferentes etapas del proceso y que la oferta presentada cumplió con lo solicitado se procede a la comunicación del acto de adjudicación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Requisitos de admisibilidad
3.1
Requisitos de admisibilidad de la contratación
Cada oferente deberá completar la información de acuerdo con el siguiente cuadro y adjuntar la evidencia solicitada haciendo referencia al # de requisito
1 Los oferentes deberán de presentar carta de fabricante haciendo constar que la empresa cuenta con al menos 5 años de ser implementador y distribuidor en Costa Rica de aires acondicionados; Deberá indicar desde cuando es integrador autorizado del fabricante de los equipos y o materiales.
2 Los oferentes deberán de presentar referencias como mínimo de 5 proyectos similares donde haya utilizado las soluciones del fabricante, los proyectos deberán haber sido desarrollados dentro de los 12 meses previos a la fecha, para cada proyecto deberá incluirse al menos la siguiente información:
Cada oferente deberá completar la información de acuerdo con el siguiente cuadro y adjuntar la evidencia solicitada
Datos de contacto que den referencia sobre la ejecución de proyectos
Nombre de la empresa o institución.
Contacto
Teléfono.
Correo electrónico
Número de Procedimiento de SICOP
Descripción del proyecto.
3 Los oferentes deberán presentar una declaración jurada donde indiquen que cuentan con un centro propio de monitoreo 24 x 7, dentro de sus mismas instalaciones, donde se puedan visualizar las variables eléctricas y alarmas del equipo, con el fin de garantizar una respuesta proactiva ante un evento, por esta razón los equipos deberán ser monitoreada durante el periodo de garantía (24 x 7) que opere mediante un número gratuito 800. No se admiten números de celular. Se debe presentar declaración jurada y certificado por un notario público
4 Los oferentes deberán de contar con el personal los técnicos e ingenieros a cargo del mantenimiento, la instalación, ensamblado, puesta en marcha y mantenimiento de los equipos deberán ser certificados por el fabricante en el equipo especifico ofertado, por lo que esa certificación debe ser tanto en la marca como en el modelo ofrecido. Los técnicos y los ingeniero deben tener al menos 2 años de pertenecer a la planilla del oferente o demostrar la subcontratación que no supere el 50% del objeto , para lo cual debe aportar una copia de los certificados de fábrica y una copia de la planilla de la CCSS o la declaración de los subcontratistas según articulo 49 de la LGCP Por lo tanto, el oferente deberá contar con al menos 4 técnicos y 2 ingenieros eléctricos, electrónicos, mecánicos u electromecánicos con al menos 5 años de estar incorporado en el CFIA, para lo cual deberán aportar su respectiva constancia de incorporación activo y al día.
5 El oferente deberá contar con al menos un Ingeniero, Administrador de Proyectos: El cual debe estar debidamente incorporado al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, con credenciales vigentes (constancia de incorporación activo y al día), con un mínimo de cinco (5) años de incorporación al mismo, Debe haber administrado mínimo tres proyectos de construcción de Centros de Datos de características similares u con capacidades iguales o superiores a los equipos y servicios solicitados en esta contratación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Especificaciones Técnicas
Mantenimientos y reparación a los Data Center y a los equipos de enfriamiento de los Data Center de la Municipalidad de Cartago, lo que deberá de incluir.
a)
Mantenimiento de aires acondicionados actuales:
Revisión, mantenimiento y reubicación de los aires acondicionados existentes del Data Center Principal, a los Data Center de los Edificios del Plantel Municipal, Edificio de Seguridad, y Museo Municipal.
b)
Mantenimiento obras menores
•
Reparación del repello de las paredes del Data Center principal.
•
Pintura del Data Center principal área a pintar 40 mts cuadrados de pared con pintura de color Blanca, la pintura deberá de ser pintura especial para Data Center, el oferente deberá de demostrar que la pintura cuenta con los requisitos para Data Center.
•
Mantenimiento e instalación de las acometidas eléctricas para los aires acondicionados en cada uno de los edificios.
c)
Instalación de equipo nuevo
•
Instalación y puesta en marcha de una unida de aire acondicionado de precisión del tipo “Entre Filas” con capacidad nominal de refrigeración de 35 kW el cual deberá de incluir las siguientes características:
1)
Certificaciones: La unidad de Aire Acondicionado de Precisión deberá de ser certificada CSA C22.2 N236/UL 1995 para Equipos de calentamiento y enfriamiento, por lo que deberá de tener la marca del logo CSA c-us. De igualmente, deberá de tener la certificación AHRI, de manera que la operación del equipo asegure sus condiciones de operación bajo el estándar AHRI 1360.
Control de calidad: Todos los equipos deberán de ser probados en fabrica previo a su despacho. El fabricante deberá de contar con una certificación de calidad ISO 9001.
3)
Submittal: Se deberá de entregar submittals del equipo ofertado, el cual deberá de incluir la siguiente información: Diagramas unifilares, datos de dimensionamiento, datos eléctricos, datos capacidades, así como dibujos y diagramas de tuberías y conexiones eléctricas.
4)
Capacidad de refrigeración: 1 sistema de Aire Acondicionado de Precisión, de expansión directa de refrigerante, con una capacidad de refrigeración nominal mínima de 35 KW, el cual tendrá al menos 32 kW de capacidad sensible y 35 kW de capacidad total basado en una temperatura de aire de retorno de 29,4 ºC de temperatura de bulbo seco y 32% de humedad relativa.
5)
Sistema Redundante: el equipo propuesto deberá de tener la capacidad de comunicación equipos de manera que trabajen en redundancia en caso de fallo o alarma de alguna de las unidades. De igual manera deberá de poder comunicarse con las unidades existentes en el Data Center, lo anterior sin la necesidad de instalar ningún dispositivo adicional ajeno a los equipos, eliminando así posibles puntos de fallo.
6)
Configuración Física: La unidad evaporadora requerida de ser del tipo “entre filas” donde el desfogue del aire debe realizarse por la sección frontal directo al pasillo frío y el retorno por la parte trasera de la misma directamente desde el pasillo caliente. Debido a las características y limitaciones de espacio, el ancho de la unidad evaporadora no deberá de sobrepasar los 60 centímetros.
7)
Los paneles exteriores serán de acero de calibre 20 y recubierto de polvo con pintura de color negro para proteger contra la corrosión. Los paneles laterales deberán de tener doble pared con un aislamiento polimérico de 12.5 mm, y con esto aumentar la rigidez de la unidad. La unidad será montada en ruedas para una instalación rápida y siempre con pies de nivelación. La entrada de los paneles perforados de entrada y salida tendrán 81% área abierta. La puerta trasera deberá ser estilo de rack.
El gabinete debe tener todos los componentes que sean de fácil acceso para servicio y mantenimiento. El panel de acceso de servicio superior deberá proveer el acceso adicional a la parte superior de los componentes del sistema. El acceso de lado debe ser innecesario, excepto para una reparación mayor debido a la característica entre pasillo del equipo.
9)
Alimentación Eléctrica: será definida por el fabricante, en modo trifásico 208 Voltios, 60 Hz, Nativo. No se aceptarán arreglos con transformadores para llegar a este voltaje.
10)
Sección de Ventiladores: La unidad deberá estar equipada con un máximo de dos ventiladores centrífugos de transmisión directa con aletas curvadas hacia atrás y con motores electrónicamente conmutados de corriente continua. La velocidad del ventilador debe ser variable y regulada automáticamente por el controlador del equipo a través de todos los modos de operación. Cada ventilador tendrá su propio motor y regulador de la velocidad que proporciona un nivel de redundancia. Todos los impulsores deberán de ser de acero y deben estar equilibrados. Los ventiladores de conexión EC tendrán colectivamente como máximo 1,1 kW, capaz de manejar al menos 5500 metros cúbicos por hora.
Bafle de alimentación de aire: La unidad debe contar con bafles modulares ajustables, para deflectar y encausar el aire de suministro, por ende, se encontrarán en la parte frontal de la unidad donde se da la corriente de descarga de aire. Los segmentos de deflector modulares deberán ser fácilmente reconfigurable para redirigir el flujo de aire, pero debe ser parte de la versión estándar de la máquina y no una adición posterior a la misma.
12)
Compresor: Será de tipo scroll con capacidad variable de operación desde 20-100% utilizando refrigerante ecológico R410A. Esta capacidad variable se deberá lograr de manera mecánica y no por medio de un variador de velocidad, reduciendo la posibilidad de generación de ondas armónicas que puedan afectar la infraestructura eléctrica del edificio.
El compresor tendrá un motor refrigerado por gas de succión, con aisladores de vibración, sobrecarga térmica interna, botón de reinicio de alta presión manual, válvulas de servicio Rotalock, un transductor baja presión y de alta presión, calentador de cárter, bomba de aceite centrífuga interna, y una velocidad de funcionamiento de 3500 rpm a 60 Hz. El compresor será situado fuera de la corriente de aire y se le podrá dar mantenimiento desde la parte trasera de la unidad.
14)
Filtros: El canal de filtro deberá ser una parte integral del sistema, que se encuentra entre el gabinete y la parte trasera servicio. Deberá tener dos filtros de 4 pulgadas de espesor con calificación MERV8 (basado en AHSRAE 52.2-2007). La unidad deberá de incluir una alarma en caso de obstrucción de los filtros.
15)
Sistema de Control: El sistema deberá de contar con un microprocesador de control que despliegue información en una pantalla táctil de al menos 9 pulgadas, montada sobre un soporte ergonómico y accesible desde el exterior de la maquina sin necesidad de abrir ninguna puerta o panel de mantenimiento.
16)
El control deberá de ser desplegado por medio de menús. Deberá de poder desplegar un menú de usuarios que muestra alarmas activas, log de eventos, datos de manera gráfica, estatus general de la unidad (Incluyendo monitoreo y condiciones del cuarto, estatus de operación en porcentaje de cada función, fecha y hora), total de horas en operación y datos de sensores remotos.
17) El menú de servicio permitirá definir parámetros de operación de temperatura y humedad, temporizadores, alarmas, calibración de sensores, configuración de la red del sistema, programación de mantenimientos y modos de diagnósticos.
18)
Deberá de tener la capacidad de solicitar contraseña en caso de que se quiera cambiar parámetros de operación del sistema y/o acceder al menú de servicio.
Las Alarmas deberán estar en capacidad de poder monitorear y avisar cuando se presenten las siguientes condiciones:
i.
Alta temperatura.
ii.
Baja temperatura.
iii.
Alta humedad.
iv.
Baja humedad.
v.
Falla en los ventiladores.
vi.
Cambio de filtros
vii.
Pérdida de flujo de aire
viii.
Pérdida de potencia
ix.
Problemas del sistema de humidificación
x.
Alta cabeza de presión
xi.
Baja presión de succión
xii.
Alarmas personalizables
xiii.
Fugas bajo piso elevado
xiv.
Detección de humo
xv.
Unidad encendida en Standby
xvi.
Corto Ciclaje de los compresores: Más de 10 arranques del compresor en menos de 60 minutos.
La unidad suministrada deberá tener la capacidad de comunicarse con alguna otra unidad igual a la propuesta, de manera directa y sin la utilización de ningún dispositivo de control externo a la unidad. Deberán de poder trabajar de manera coordinada mediante las siguientes modalidades:
21)
Modalidad paralela: las unidades trabajan a la vez con base en mediciones de temperatura y humedad de sensores remotos ubicados en los gabinetes
22)
Modalidad Independiente: Las unidades trabajan de manera independiente con base en sus propias mediciones de temperatura y humedad.
23)
Cada unidad deberá de tener la capacidad de instalar hasta 10 sensores remotos para control de temperatura y humedad en gabinetes.
24)
Deberá de tener al menos los siguientes métodos de Control:
i.
Capacidad de enfriamiento: Mediante sensores en el suministro del aire, retorno del aire o mediante de sensores remotos
ii.
Velocidad de los abanicos: Mediante sensores en el suministro, retorno, sensores remotos.
iii.
Compensación de Temperatura
iv.
Control de humedad
v.
La unidad deberá de tener la característica de poder auto reiniciarse inmediatamente después de una perdida de potencia.
Monitoreo: La unidad de Aire Acondicionado deberá de tener la capacidad de ser monitoreada por medio de los siguientes protocolos: HTTP/HTTPS, Velocity Protocol, email, SMS, SNMP v1-v2c-v3, BACnet IP, BACnet MSTP, Modbus TCP, Modbus RTU.
26)
Deberá de tener la capacidad de mandar alertas de la operación del Aire Acondicionado de Precisión por medio de correo electrónico.
27)
Trabajo continuo: La unida de aire acondicionado deberá estar diseñada para operar las 24 horas del día los 365 días del año.
28)
El equipo deberá estar cubierto por una garantía de dos años con visitas mensuales de mantenimiento preventivo, así como atención 24/7 (correctivo).
29)
Unidad condensadora: Deberá ser enfriada por aire, diseñada para trabajar a la intemperie, utilizará un serpentín con tecnología de micro canal y abanico de transmisión directa con motor electro conmutados de corriente continua exclusivos para el abanico el cual tendrá la capacidad de variar la velocidad de giro del abanico sin necesidad de utilizar variador de frecuencia. Deberá tener una capacidad nominal mínima de rechazo de calor de al menos 55 kW seleccionado para trabajar en condiciones ambientales de 35 grados Celsius
La instalación mecánica se realizará de conformidad con los manuales y especificaciones técnicas del fabricante, acatándose siempre, excepto donde se indique lo contrario, las últimas disposiciones de ASHRAE de los E.U.A, del Código Eléctrico de Costa Rica, y cualquier otra normativa vigente y que sea aplicable, la cual quedará formando parte de estas disposiciones.
31)
La alimentación eléctrica de las unidades de AAP se realizará desde los tableros eléctricos designados por la Municipalidad, los cuales se encuentra debidamente instalados y operando al frente de la Suite A, tanto para el brazo eléctrico A como para el brazo eléctrico B.
Instrucciones para la instalación del aire de precisión
La empresa que resulte adjudicada deberá de realizar la instalación eléctrica y mecánica completa de la unidad de Aire Acondicionada de Precisión adquirida, así como el arranque y configuración de parámetros de operación del equipo
Todas las instalaciones hechas por la empresa adjudicataria, serán realizadas de manera nítida y estética a juicio de la Dirección de TIC y Mantenimiento de la municipalidad y podrán ser rechazadas si no cumplen con estas condiciones.
Equipo y materiales totalmente nuevos: Todo el equipo y materiales ofertados deben ser totalmente nuevos y que no contenga partes reconstruidas o reparadas, para ser considerado en la calificación. Deberá presentar una declaración jurada.
Taller: Para ser considerado en la calificación, el proveedor deberá indicar mediante declaración jurada, que cuenta con taller propio autorizado por el fabricante para dar mantenimiento a los equipos ofertados, así mismo deberán de contar con el respectivo stock de repuestos del equipo ofertado en la propuesta.
La instalación mecánica del aire acondicionado de precisión debe incluir lo siguiente:
•
Instalación mecánica del sistema del aire acondicionado.
•
Ubicación de la unidad evaporadora dentro del centro de datos y el condensador remoto en la losa a construir en la zona exterior del centro de datos.
•
Instalación y ubicación de tubería de refrigeración en tubería de cobre rígido tipo L con soldadura de plata al 15%.
Instalación y ubicación de tubería de drenaje dentro del centro de datos en cobre rígido tipo L con soldadura de plata al 15%, fuera del centro de datos con tubería PVC SDR 17.
•
Instalación y ubicación de tubería de agua dentro del centro de datos en cobre rígido tipo L con soldadura de plata al 15%, fuera del centro de datos con tubería PVC SDR 17.
•
Precarga de refrigerante.
•
Entrega y pruebas de funcionamiento de las unidades.
•
Pruebas de presión en las tuberías de 350 PSIG a 24 horas.
•
Pruebas respectivas de arranque de los equipos de A/C.
•
Soportes de tubería del tipo B-Line a una distancia máxima entre soportes de 1.20 metros.
•
Documentación con los diagramas y planos de la instalación eléctrica y mecánica completa.
Repuestos: En contratista debe de tener al menos dos kits de repuestos de cada modelo ofertado. La institución se reserva el derecho de visitar las instalaciones para corroborar este punto.
Mantenimiento: Se debe incluir una visita de mantenimiento preventivo realizado de manera bimensual durante un año.
Se deberá de realizar visitas de mantenimiento correctivo a la unidad cada vez que sea necesario y durante el periodo de garantía. Para estos efectos, el oferente deberá contar con un numero 800 gratuito y con disponibilidad 24/7 para atender averías.
En caso de que exista una mejora o actualización del software durante el mantenimiento se
deberá dar capacitación a seis funcionarios de la institución, en todos aquellos aspectos nuevos y operativos del equipo. Se deben abarcar los temas que los administradores del contrato indiquen.
Datos Generales y Observaciones para el contratista:
•
Toda la instalación eléctrica debe de ser en tubería EMT certificada UL
•
Los equipos deberán de usar refrigerante R410A amigable con el ambiente que no daña la capa de ozono y tiene mayor eficiencia de enfriamiento.
•
Se debe de instalar un protector de sobre voltaje en cada equipo, para minimizar daños debido a fluctuaciones eléctricas. Mismo debe de ser parte del monto de cada una de la unidad de aire acondicionado.
•
Debe de incluir sus breakers para puesta en operación del equipo eléctrico.
•
No se aceptará utilizar tubería, soportes, cables, ni equipos existentes. Todo debe de ser instalado con materiales nuevos y previamente avalados por el administrador de esta licitación.
•
Los equipos deben de cumplir con certificación: AHRI, E.C.A, DEKRA, GOLDFIN, Los equipos deben de venir con botón de emergencia, función anti-fría, des humificador independiente, modo de suspensión, bajo nivel de ruido, temporizador de 24 horas, reinicio automático, drenaje dual.
•
El manual de uso de los equipos adquirir debe de venir totalmente en español o bien el oferente deberá de aportar el manual en español, así como cualquier otra información o anexo que se considere pertinente.
•
Se debe de indicar en la oferta, aspectos tales como: marca, modelo, casa fabricante, país de procedencia y otros que se consideren relevantes.
•
El equipo debe ser instalado tanto mecánica, como eléctrica (breakers, interruptores de seguridad, conductores en número, calibre requeridos y/o cualquier tipo de protección que se requiera) su bomba de condensado, mantenimiento preventivo anual con visitas de forma trimestral, además del costo de los materiales, herramientas, tuberías y mano de obra. Se debe de tomar dentro de la oferta desmontar el aire acondicionado existente, esto implica toda tubería existente, gabinetes y otros que sean parte del equipo a reemplazar.
•
Será responsabilidad del adjudicatario después de realizar los trabajos correspondientes, dejar el espacio en óptimas condiciones. Donde el adjudicatario deba de hacerse cargo por el acarreo de los escombros, equipo en desuso o desechos que se produzcan producto de los trabajos realizados. Para la limpieza el adjudicatario deberá de disponer de sus propios utensilios y materiales de limpieza.
•
El Palacio Municipal no cuenta con bodegas para el almacenaje de los equipos y o herramientas, para lo que correrá por parte del adjudicatario lo respectivo.
El adjudicatario deberá de contar con su propio plan de seguridad ocupacional, donde vele por la protección de sus colaboradores y los usuarios tanto internos como externos del Palacio Municipal, Plantel Municipal, Edificio de Seguridad y Museo Municipal, además deberá contemplar la utilización de herramientas adecuadas para cumplir con lo requerido en la presente contratación, por ejemplo, andamios, escaleras, equipos y demás, así también en la vestimenta y decoro de cada uno de sus funcionarios y técnicos.
•
El adjudicatario deberá de hacerse responsable de reparar y pagar por cuenta propia, las pérdidas y/o daños que sufran las obras o materiales, así como activos de la propiedad de la Municipalidad de Cartago o de terceros, cuando sean ocasionados por su personal, por lo que el resguardo y bien cuido de lo que es parte en su momento de la planta física municipal correrá por su resguardo en seguridad.
•
Todo el personal que este en planta realizando trabajos deberá de portar el carnet que lo identifique como personero del adjudicatario. Así como previamente reportado ante el administrador del contrato.
•
En caso de requerirse el mantenimiento correctivo, el adjudicatario deberá de coordinar con el administrador de esta licitación, para que se dé el visto bueno para proceder con la compra de los repuestos y la mano de obra, según corresponda, bajo una valoración previa, si es que lo mencionado no es por garantía tanto de mano de obra o de los equipos adquiridos, de tal forma se procederá con lo indicado. Todo esto de forma escrita para el expediente digital que se llevara.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA
(Licitación Reducida LD)
“OBRAS MENORES A LOS DATA CENTER, ADQUISICIÓN DE EQUIPO NUEVO DE ENFRIAMIENTO Y TRASLADO DE LOS EQUIPOS A OTRAS UBICACIONES DE DATA CENTER DE LA MUNICIPALIDAD DE CARTAGO”
SECCION I
CONDICIONES GENERALES
- OBJETO DEL CONTRATO.
Contar con un contratista que atienda la instalación y movilización de los equipos de enfriamiento en los data center y gestiona las reparaciones menore en ellos Revisión, mantenimiento, instalación de equipo y reubicación de los aires acondicionados existentes del Data Center Principal, a los Data Center de los Edificios del Plantel Municipal, Edificio de Seguridad, y Museo Municipal.
VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS
|
Se llevará a cabo una única visita al sitio de los trabajos, la cual se ha programado para las 09:00 horas del día 25 de setiembre del 2025, teniendo como punto de partida el Área de TIC y siendo coordinada por el Lic. Daniel Ramírez González, Encargado de TIc. |
- ADMINISTRADORES DEL CONTRATO:
Se definen al Lic. Daniel Ramírez González, Encargado de TIc, como Administrador de este contrato, los cuales tendrán las funciones definidas en el Artículo 15 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago y Circular PROV-CIR-003-2024, del 26 de abril del 2024, emitida por el Área Administrativa Financiera y la Proveeduría.
- CONSULTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES:
EL Departamento de Proveeduría es la dependencia encargada de tramitar esta contratación, por lo tanto, cualquier consulta deben ser presentadas única y exclusivamente por la Plataforma de SICOP.
Toda comunicación, consultas, aclaraciones se realizarán únicamente por SICOP, no se tomarán como válido consultas o aclaraciones por teléfono o correo electrónico. (Artículo 9 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago).
- FINANCIAMIENTO Y FORMA DE PAGO:
La Municipalidad financia esta contratación con recursos propios, pero para este proceso se realizará de acuerdo al art. 38 de la Ley General de Contratación Pública, el cual indica:
… se permite dar inicio a procesos de contratación, incluso cuando el presupuesto total requerido para la ejecución del contrato no se encuentra completamente liberado, siempre y cuando exista una razonable certeza de su disponibilidad futura. En este marco normativo, se hace del conocimiento que el presupuesto necesario para llevar a cabo esta adquisición específica se encuentra actualmente en trámite de modificación, y posterior aprobación ante el Concejo Municipal. Esto implica que, al momento de presentar esta solicitud, los recursos económicos correspondientes aún no han sido totalmente liberados ni incorporados al presupuesto vigente, pero se están realizando las gestiones pertinentes para garantizar su disponibilidad en el momento oportuno. Por lo tanto, el inicio del procedimiento de contratación se fundamenta en la expectativa legítima de contar con el respaldo presupuestario requerido, en apego a la normativa vigente y conforme a los principios de eficiencia y planificación administrativa.
Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38 LGCP y 87 RLGCP, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel]Archivo adjunto), consta certificación o comprobante de contenido presupuestario.
El presente proceso licitatorio es de:
|
Obra: Obra pública: (Artículos 71 LGCP, 171 y 172 RLGCP), por unidades de ejecución, debiendo cotizar tomando en cuenta lo indicado en las Especificaciones técnicas. |
Que, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/[1. Información general] presupuesto total estimado) se detalla presupuesto total estimado del presente procedimiento. Y cuenta con un disponible de ¢ 37.474.627.00 (Treinta y siete millones, cuatrocientos setenta y cuatro mil, seiscientos veintisiete colones exactos)
Forma de pago: El pago se hará con giro a 30 días naturales mediante transferencia electrónica, en un solo tracto, todo de acuerdo con el recibido conforme y el visto bueno de la factura por parte del Administrador del Contrato. Y de conformidad a lo establecido en el Art. 18 inciso a) Pago por Resultados del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación o bien en colones costarricenses, todo de conformidad con lo que establece la Ley General de Contratación Pública y su reglamento, conforme a los artículos 18 y 19 RLGCP.
Los tipos de cambio usados en este proceso son los del BCCR.
Que el Contratista deberá tomar en cuenta, al momento en que la Municipalidad le realice el pago, lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en lo que interesa reza de la siguiente manera:
Artículo 30.- Retenciones en la fuente. Toda empresa pública o privada, sujeta o no a uno o varios de los impuestos contenidos en la Ley, así como los entes no sujetos y las demás instituciones y sujetos a los que hacen referencia los artículos 3, 23, 28 ter y 31 quater de la misma ley, están obligadas a actuar como agentes de retención o percepción del impuesto que surja cuando se paguen o acrediten, según corresponda, rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales, rentas sujetas a los impuestos sobre rentas del capital y ganancias y pérdidas del capital, rentas remesadas al exterior, o cuando se dé alguno de los demás supuestos enumerados en este artículo.
Las rentas a que hace referencia el párrafo anterior se entenderán pagadas en el momento en que el beneficiario de estas reciba las sumas dinerarias de manera efectiva y se considerarán acreditadas cuando el beneficiario de tales rentas tenga derecho a exigirlas.
Según sea el caso, deberán observarse las siguientes disposiciones:
[…
vii. Rentas originadas en licitaciones, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos establecidos en el inciso g) del artículo 23 de la Ley. Están obligados a retener el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos, por las rentas que se originen en licitaciones, públicas o privadas, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por estos y que se paguen o acrediten a favor de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país. En estos casos, la retención será del dos por ciento (2%) sobre el monto total de tales rentas puestas a disposición del contribuyente, excepto cuando se trate de:
- i) Transacciones que se efectúen entre entes públicos que se encuentren exentos o no sujetos al impuesto sobre las utilidades.
- ii) Pagos efectuados a personas no domiciliadas en el país, cuando estos estuviesen gravados con el impuesto sobre remesas al exterior.
iii) Créditos o pagos efectuados a personas o entidades exentas del Impuesto sobre las Utilidades.
- iv) Pagos sobre los cuales se hubiere efectuado la retención del tres por ciento (3%) a que se refiere el inciso e) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- v) Operaciones que no excedan de un salario base según lo establecido en el artículo 2 de la Ley No. 7337.
La Administración se encuentra facultada para modificar por resolución, el monto establecido.
La retención a que alude este acápite será considerada como un pago a cuenta del impuesto sobre las utilidades que corresponda cancelar al contribuyente. Asimismo, a solicitud del contribuyente, la Administración Tributaria podrá autorizarla aplicación de los montos retenidos a los pagos parciales del impuesto sobre las utilidades del período correspondiente.
Las retenciones de impuesto descritas en todos los incisos anteriores deberán practicarse por parte del agente retenedor en el momento en que se efectúe o acredite el pago respectivo, lo que ocurra primero…]
DE LA FACTURA Y SU TRAMITACIÓN
Toda factura derivada de esta licitación, que deba tramitarse ante este Municipio, deberá ser cargada, junto con los archivos XML, en el Sistema Digital Unificado (S.D.U.), y remitida posteriormente al correo electrónico facturaelectronica@muni-carta.go.cr, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Número de cuenta IBAN.
- Indicar el nombre del departamento al que se le brinda la adquisición del activo, servicio o suministro.
- Indicar en la factura el número de contratación (no el número de contrato).
- Consignar como medio de pago "transferencia".
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Información sobre Facturación |
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Razón Social |
Municipalidad de Cartago |
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Cédula jurídica |
3-014-042080 |
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Teléfono |
2550-4475 / 2550-4668 |
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Correo |
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Dirección |
Cartago, Distrito |
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Actividad comercial |
Municipalidades y Concejos de distrito |
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Código de actividad |
751103 |
DE LA RECEPCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
Para coordinar la entrega de bienes (activos o suministros), debe realizar la solicitud de recepción en el S.D.U. y, una vez aprobada por el administrador del contrato, debe escribir al correo electrónico almacen@muni-carta.go.cr, indicando el número de contrato notificado y el número de solicitud de recepción registrado en el S.D.U. Para flexibilizar la agenda de recepción de bienes, debe indicar al menos dos fechas y horas tentativas para la entrega de estos.
El día coordinado para la entrega, debe presentarse el representante de la empresa o quien este designe, con una copia del contrato que incluya únicamente las líneas a entregar, así como la factura o remito del entregable.
- PRESENTACION DE LA OFERTA:
La oferta se presentará únicamente por el sistema Integrado de Compras (SICOP), (Artículo 16 LGCP, 25 RLGCP), asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria. Lo anterior basado en el artículo 40 del Reglamento de SICOP y Artículo 119 RLGCP.
La Administración no autoriza la presentación de ofertas por medios electrónicos de transmisión de datos como casilleros electrónicos, correos electrónicos u otros medios.
Por el solo hecho de presentar la oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica. Según el Art 123 del RLGCP
Forman parte de la oferta, la información ingresada en el sistema y los documentos que la acompañen (entiéndase los archivos anexos que adjunto el oferente). Una vez presentada la oferta en el sistema SICOP, no podrá ser retirada, entendiéndose que la misma pertenece a la Municipalidad. (Artículo 48 LGCP,118 y 119 RLGCP)
La Administración, según lo indicado en los Artículos 125 inciso d), 129 al 131 del RLGCP, aceptará Ofertas en Consorcio cumpliendo con las siguientes condiciones:
- Se aceptarán la participación de dos (2) o más personas jurídicas y/o físicas en consorcio, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmadas en el respectivo acuerdo consorcial. Alguna de las personas Consorciadas deberá tener la experiencia en el objeto del contrato. Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de forma solidaria, como si fuesen una única contraparte. Artículo 48 LGCP y 125 RLGCP.
- Incorporar en el SICOP, anexo a la oferta, el acuerdo del consorcio debidamente protocolizado en el que consten los términos que regularán las relaciones de las partes y de éstas con la Administración, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 129 del RLGCP.
El acuerdo consorcial cubrirá al menos los siguientes aspectos:
- Calidades, incluido domicilio y medio para recibir notificaciones y capacidad de las partes.
- Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago. (Líder)
- Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, experiencia, compromisos y obligaciones que asumiría cada integrante en las fases del procedimiento contractual.
- El porcentaje de la participación de cada uno de ellos.
- Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.
- Cada uno de los Integrantes del Consorcio debe aportar las declaraciones firmadas digitalmente, en caso de que las firmas sean autógrafas, deberán estar debidamente autenticadas por abogado.
- De resultar adjudicado el Consorcio, se rendirá una garantía que respalde el cumplimiento de manera solidaria. Esta garantía de cumplimiento deberá cumplir con lo indicado en el pliego de condiciones.
NOTA: Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo completamente por aparte y de forma independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser tenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
IMPORTANTE
En caso de que el Oferente ofrezca en su propuesta, personal Profesional Técnico, operario, entre otros, deberá adjuntar copia de la planilla de la CCSS actualizada, en la cual conste que estos, forman parte de su equipo de trabajo, en caso de no serlo, indicar si será subcontratado, debiendo aportar la información correspondiente, señalada en el apartado 6 del pliego de condiciones, en caso de que no se encuentre en la planilla, y tampoco sea subcontratado, favor adjuntar declaración jurada firmada digitalmente en la cual, se indique que de resultar adjudicatario del presente procedimiento licitatorio, se compromete a adjuntar, previo a la formalización del contrato, copia de la planilla de la CCSS, con la incorporación del personal propuesto.
- DE LA SUBCONTRATACIÓN:
Indicar si en la propuesta se da la figura de la Subcontratación, de ser positiva la respuesta, aportar, los requerimientos contenidos en los artículos, 18, 29, 49 de la LGCP y 21, 32, 33, 126 y 133 RLGCP. (Listado de los subcontratistas, objeto de la subcontratación, y porcentaje de la subcontratación, el cual no puede superar el 50% del monto total del contrato). Así como debidamente firmadas digitalmente, las declaraciones juradas que constan en (Expediente electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del pliego de condiciones] Ingreso del pliego de condiciones/ [F. Documento del pliego de condiciones] Declaración jurada Actualizada).
De relevancia indicar que una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta, como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada.
Asimismo; deberá el Subcontratista estar inscrito en SICOP. Debiendo estar al día con (CCSS, FODESAF, Tributación Directa/Hacienda) y aportar copia de la Licencia comercial y constancia emitida por el Departamento de Patentes de la Municipalidad en donde posee la licencia (s) de funcionamiento, donde se indique que se encuentra activa y al día en el pago del impuesto respectivo, o adjuntar norma que lo exonere.
Deberá adjuntar el Subcontratista carta de compromiso actualizada, con indicación del número de Licitación, en la cual se indique, que en caso de que el Oferente resulte Adjudicatario fungirá como subcontratista en el cumplimiento del objeto contractual de la Licitación, la cual debe estar firmada digitalmente y en un formato en el cual se pueda validar, en caso de que la firma sea autógrafa, esta debe estar autenticada por abogado.
El subcontratista deberá aportar póliza de Riesgos del Trabajo vigente a la fecha y permiso sanitario en caso de que corresponda.
En caso de que el Subcontratista sea persona jurídica, adjuntar personería jurídica notarial con un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y estar al día con el impuesto de personas jurídicas.
Si es una Persona Física aportar declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”. Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
En caso de que el Subcontratista, tenga la obligación de encontrarse incorporado a un Colegio Profesional, deberá aportar certificación vigente, emitida por el Colegio, en la cual se indique que se encuentra habilitado y al día con sus obligaciones. (cuotas).
__________________
El Oferente debe aportar en caso de que se dé la subcontratación, todas las declaraciones juradas y certificaciones requeridas en el pliego de condiciones, con respecto a esté.
- DEL PAGO DE TIMBRE DEL COLEGIO DE PERIODISTAS
Conforme a lo establecido en la Ley 5527, “Ley de Creación del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica” y la Circular MH-DCoP-CIR-0079-2024, de fecha 29 de octubre del 2024, la cual establece el cálculo y registro en el SDU, del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica en los procesos de Contratación pública de servicios de publicidad. Debiéndose entender, que “…debe pagarse cuando se factura publicidad en espacios informativos, ya sean en prensa, radio, televisión o medios digitales. Esto aplica para medios con multiplataformas. Por ejemplo: En el caso de periódicos digitales, -según criterio de la Procuraduría-, el pago procede si se considera un medio de circulación diaria y la pauta no está incluida en la factura del medio impreso de publicación semanal o mensual. Si ya fue cobrado como parte del impreso, no se debe pagar nuevamente para evitar doble imposición…”.
Asimismo, según criterio de la Institución de cita en importante tener claro que, “...la Internet es un soporte…”, ósea no es un medio de comunicación, por si sola, como lo es una emisora de radio, un canal de televisión o un periódico impreso. La Internet puede ser el “canal” o “vehículo” (soporte) a través del cual un medio formal, difunde contenido publicitario institucional.
Por tanto, El Oferente deberá incluir en su precio, cuando corresponda, el monto referente a dicho Timbre. El mismo debe desglosarse en la oferta económica de manera separada. En caso de no cumplir con el requerimiento, podrá la oferta considerarse incompleta para efectos del análisis económico y la adjudicación correspondiente.
Para efectos de pago, el Administrador del Contrato, el Almacén Municipal y la Tesorería, deberán verificar de previo, que el monto por concepto de Timbre aparezca en la factura, desglosado adecuadamente, y que se encuentre cancelado según lo exige la normativa y conforme al precio adjudicado. El Contratista debe adjuntar constancia del pago o adhesión del timbre.
En caso de que no se presente constancia o está, esté incompleta. La Municipalidad no tramitará el pago al Contratista, hasta tanto no se acredite debidamente el pago del timbre por el monto correspondiente.
De relevancia señalar que el Oferente, es quien debe incluir el monto del timbre como parte del precio total ofertado de manera separada. Y es a quien le corresponde realizar la cancelación.
- MEJORA DE PRECIOS
En atención a lo indicado por la norma en los artículos 90 y 99 respecto a la mejora de precios con el objeto de priorizar el principio del valor por el dinero, el principio de conservación del acto administrativo y el principio de eficiencia y eficacia en la gestión de compras públicas se establece el siguiente procedimiento:
- El analista técnico del proceso deberá gestionar por escrito mediante oficio formal, solicitud a proveeduría de convocatoria a mejora de precios, indicando las causales que dan justificación a dicha solicitud.
- La proveeduría a través del colaborador asignado procederá en plazo no mayor a un día hábil a generar mediante la plataforma SICOP, convocatoria formal a gestionar la mejora de precios de las ofertas presentadas.
- Se brindará para la presentación de dichas mejoras por parte de los oferentes, un plazo de un día hábil en caso de licitaciones reducidas, un plazo de tres días hábiles en caso de las licitaciones menores y un plazo de cuatro días hábiles en caso de las licitaciones mayores, para la presentación de las nuevas propuestas económicas, las cuales deberán contener manifestación expresa de que con dicha mejora de precios no se están afectando o bien desmejorando las calidades, cantidades, características y las condiciones originalmente ofertadas.
- Cada oferente en caso de que se presente a la convocatoria a mejora de precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además, de la estructura del precio sin descuento.
- Para efectos de evaluación de precios, se tomarán los ofertados en la sección mejora de precios, los cuales serán confidenciales hasta el momento de apertura de la mejora de precios.
- El procedimiento en el sistema SICOP será conforme lo establece el módulo especial para dicha finalidad.
La oferta deberá presentarse en idioma español, no obstante, la literatura técnica, podrán presentarse en otro idioma con la correspondiente traducción oficial al español. Artículo 118 RLGCP.
- DECLARACIONES JURADAS, CERTIFICACIONES, CONSTANCIAS Y OTROS
Todas las certificaciones requeridas en este pliego de condiciones deben de haber sido expedidas de la siguiente manera: en un plazo no mayor a 30 días naturales (Notario) o 15 días naturales (Registro Nacional) con respecto a la fecha programada para la apertura de ofertas
DECLARACIONES JURADAS
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Las declaraciones juradas requeridas en del presente proceso se regirán y deberán ser rendidas, por los Oferentes y subcontratistas, según lo estipulado en los artículos 18, 28 y 29 LGCP, 32 inciso c), y 33 del RLGCP. Así como también se deberá mediante declaración jurada, declarar si se encuentran inhabilitados o en proceso de inhabilitación con la Administración Pública. Artículo 118 LGCP.
En (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel] Archivo adjunto), consta machote de declaraciones juradas. |
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En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en las declaraciones juradas, presentadas en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantienen invariables Artículo 29 LGCP. |
Además, cada oferente y subcontratista debe aportar:
Si es una Persona Física: declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
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En el caso de las declaraciones juradas, serán rendidas bajo fe de juramento con las responsabilidades y delitos que ello conlleva en caso de indicar información falsa. No será necesario rendirlas ante notario público, deberán estar firmadas digitalmente, y en caso de que las firmas sean autógrafas, las mismas deberán estar autenticadas por abogado. |
CERTIFICACIONES
- Persona Física
Si se trata de una persona física, se debe consignar claramente todas las calidades el nombre completo, estado civil, profesión u oficio, número de cédula de identidad, copia de la cédula de identidad y dirección exacta, números telefónicos y correo electrónico.
- Persona Jurídica
Si es una persona jurídica, deberá aportar una Certificación de Personería expedida por Notario Público que consigne: citas de inscripción y personería, denominación o razón social, plazo social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial.
CONSTANCIAS
- Constancia de estar al día con el Pago de las cuotas obrero-patronales de la Caja Costarricense del Seguro Social. La misma será verificada en la página web de dicha Institución.
Esta sección se regirá conforme a lo establecido en el artículo 14 inciso f, del LGCP.
- En caso de que al momento de verificarlo en el SICOP o el portal de consultas de la CCSS no se encuentra inscrito como patrono ante la CCSS, y del objeto licitado se derive tal obligación, la Administración le solicitará explicación, la que, en caso de resultar insatisfactoria de acuerdo con los lineamientos establecidos por la CCSS, provocará la exclusión del concurso y la denuncia ante las autoridades correspondientes de cobro de la CCSS.
- De conformidad con la normativa vigente sobre la materia, durante toda la ejecución del objeto contractual, el administrador del servicio verificará que la empresa contratante se encuentre al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, para lo que verificara de oficio dicho estatus en la página oficial, o ante circunstancias particulares podrá solicitar, que se le proporcionen las certificaciones correspondientes.
- Constancia de estar al día con FODESAF e Impuestos Nacionales (Situación Tributaria/Hacienda). (Las mismas serán verificadas en las páginas web de cada Institución).
Si se determina que no están al día con dichas obligaciones, se realizará una única prevención para que corrijan dicha situación, de no corregirse en el plazo otorgado se dará la descalificación de la oferta del proceso de licitación, esto conforme al artículo 50 del LGCP.
- Patente Municipal:
- De acuerdo al artículo 88 del Código Municipal y al artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, todo Oferente y subcontratista de este proceso tiene que tener al momento de la apertura una licencia de funcionamiento Municipal (patente) permanente en el lugar donde se encuentre el domicilio fiscal de la empresa, con indicación de la actividad para la que se está cotizando (la cual debe ser acorde al proceso licitatorio concursado) Deberá presentar con la oferta una constancia emitida por el Departamento de Patentes de la Municipalidad en donde posee la licencia (s) de funcionamiento donde se indique que se encuentra activa y al día en el pago del impuesto respectivo. El Departamento de Proveeduría solicitará el criterio tanto técnico como legal al Área Tributaria mediante el Departamento de Patentes, para que indique si la patente aportada junto a la oferta está acorde en todos sus extremos a este proceso de licitación.
- Si el participante goza de alguna exoneración de este requisito tendrá que aportarlo junto con la oferta.
- Para este proceso de contratación NO se permitirá participar a oferentes que solo tengan Licencias de funcionamiento temporal; que presenten licencias de funcionamiento (patentes) que no están a nombre de la persona física o jurídica que está presentado la oferta o que aporten documentos de que apenas están tramitando la patente permanente respectiva, o bien licencias de funcionamiento que no sean atinentes al objeto del presente proceso licitatorio.
- Los oferentes y subcontratistas que sean patentados de este Municipio o cuenten con propiedades en el cantón central de Cartago, deben de estar al día con la licencia comercial, servicios municipales y el tributo de Bienes Inmuebles.
- Es importante mencionar que a los oferentes que se les adjudique un proceso de contratación de escasa cuantía o licitación que pertenezcan a otro Cantón y realicen el hecho generador en el Cantón Central de Cartago, deberán tramitar además la licencia de funcionamiento temporal una vez adjudicada la licitación; trámite que deberá de realizar en la Plataforma de Servicios de la Municipalidad de Cartago, a efectos de que paguen impuesto correspondiente a la Municipalidad de Cartago por el monto ofertado. En caso de que corresponda.
Definición de Hecho Generador: El hecho generador o sea el ejercicio de una actividad lucrativa en una jurisdicción territorial determinada esto es en un cantón específico.
- OTROS
- Seguros y obligaciones patronales:
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia de la póliza de Riesgos del Trabajo, en la cual conste que mantienen vigente y al día los pagos por concepto dicho concepto y el Contratista, copia de la póliza de Responsabilidad Civil en el caso de que resulten adjudicatarios. (lesión o muerte a terceras personas).
- El contratista deberá asumir y mantener al día en forma amplia total y general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono por concepto de cargas sociales, derivados del Código de Trabajo o reglamentos y leyes conexas.
- Se entiende que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista o subcontratistas.
- Si durante la ejecución del servicio por supervisión propia o denunciada se comprueba que las pólizas no se tienen o están vencidas, la Municipalidad podrá rescindir el contrato por el incumplimiento del Contratista.
- El contratista deberá cumplir las disposiciones de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 6727.
- Se debe presentar por parte de los Contratistas las pólizas correspondientes de previo a iniciar la Contratación y en caso de que se deba suscribir un contrato de previo a la ratificación de este.
- La copia de la póliza adquirida por el Contratista deberá ser presentada ante el Supervisor respectivo y una copia a la Proveeduría Municipal a efecto de ser incorporada al Expediente Administrativo respectivo.
- Lo anterior según lo establecen los Art. 201, 203, 209 del CÓDIGO DE TRABAJO y los Art. 2 y 7 del REGLAMENTO GENERAL DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO (LEY 6727).
- Permiso Sanitario
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia, del permiso sanitario, el cual deberá estar vigente al día de la apertura.
- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
En cuanto a las formas de rendir la garantía de cumplimiento (si así se solicitara en el formulario SICOP), así como sus vigencias y devolución, se tramitaran según lo disponen los artículos 44 de la LGCP,110 al 115 del RLGCP.
- Devolución de la garantía
El Contratista deberá realizar la solicitud de devolución de la garantía de cumplimiento u otra que le haya sido requerida, en el sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), dirigiendo la solicitud al departamento de Tesorería Municipal, el cual será el encargado de realizar las gestiones correspondientes, de conformidad con el artículo 11 inciso e) y f) RICPM.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Municipalidad haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual. Artículo 113 RLGCP
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NOTA: Toda garantía presentada a favor de la Municipalidad de Cartago, deberá estar libre de cualquier condicionamiento y su ejecutoriedad debe estar consignada como inmediata a favor de la Administración, misma que debe quedar expresada en el documento expedido por la entidad financiera correspondiente.
- ELEGIBILIDAD DE OFERTAS
Es elegible la oferta que se ajuste a las condiciones formales, legales, económicas y especificaciones técnicas del pliego de condiciones, de tal manera que cualquier incumplimiento de orden significativo a éste, constituye motivo de exclusión de concurso. Artículo 137 RLGCP.
- Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como la restante normativa aplicable a la materia.
- Los potenciales oferentes podrán presentar objeciones o plantear las consultas según los artículos 95 LGCP, 253, 254 y 255 RLGCP.
- CLAUSULAS PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Que el artículo 24 del RLCP, establece el actuar ético e íntegro de los sujetos distintos a la Administración, señalando que las actuaciones que con ocasión de la actividad de contratación pública realicen deberán ser de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídico, durante todas las etapas del procedimiento de contratación. Por lo que:
- La Municipalidad en sus procesos de contratación pública, NO PERMITIRÁ que a su personal, profesional, administrativo, técnico y operativo, se les solicite realizar actos contrarios a sus deberes y obligaciones como funcionarios públicos, se les soborne, se le ofrezca o suministre cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al art. 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación, o se les solicite influir indebidamente en cualquier etapa de la contratación, en beneficio de los Oferentes o Contratistas ( Artículos 119 LGCP incisos a), e), s).) De detectarse algún tipo de corrupción inmediatamente, se realizarán las denuncias ante la instancia correspondientes, En caso de que se encuentre en la etapa de apertura, análisis y recomendación del acto final, la ofertas será descalificada del concurso y si se encuentra en la etapa de Ejecución, se procederá a realizar las diligencias necesarias para la Resolución del contrato y en caso de que proceda la inhabilitación
- Los Oferentes y Contratistas deberán abstenerse de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante.
- No se tolerará actos de corrupción de ninguna naturaleza dentro de los procedimientos de contratación de bienes, obras y servicios. No podrán participar en dichos procedimientos personas físicas o jurídicas que tengan conflictos de interés con los funcionarios institucionales y autoridades que formen parte del Concejo Municipal.
En por lo que con base en los antes expuesto los Oferentes deberán aportar junto con su oferta, mediante declaración jurada, compromiso anticorrupción y de buenas prácticas comerciales, con fundamento en lo establecido en el Artículo 24 inciso c) RLGCP).
- ADJUDICACION
- La Municipalidad de Cartago tomará la decisión de adjudicación según plazo indicado en el sistema Integrado de Compras (SICOP).
- Para resultar adjudicatario, debe el oferente haber cumplido con lo dispuesto en la normativa vigente sobre Contratación Pública, haber cumplido con cada una de las Condiciones y Características solicitadas en el pliego de condiciones; así como de resultar su oferta como la mejor calificada.
- La Adjudicación quedará en firme, transcurrido el plazo para la interposición de los recursos respectivos de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y el Reglamento a dicha ley.
- En caso de presentarse recurso en contra del acto de adjudicación, la Administración procederá a solicitar al recurrente y al adjudicatario que prorroguen la vigencia de la oferta, las cuales deberán ser otorgadas dentro del plazo perentorio que se les concede para la presentación de estas.
- FORMALIZACION CONTRACTUAL
La formalización contractual se llevará a cabo conforme lo establecen los artículos 274 y 275 RLGCP.
- La ejecución contractual derivada de esta contratación estará sujeta a la emisión previa de una orden de compra y/o contrato mediante SICOP, que constituye el documento formal que emite la Municipalidad de Cartago suscrita por los funcionarios competentes y refrendo en caso de que corresponda.
- Con base en el Reglamento de Refrendo de Contratos de la Contraloría General de la República, esta contratación deberá contar con el Refrendo correspondiente.
- El pago de los timbres podrá realizarlo mediante entero a favor del Gobierno de Costa Rica y deberá subir el comprobante al Sistema SICOP.
El proceso establecido para la formalización contractual es el siguiente:
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Primero: Adjudicación en firme. |
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Segundo: Presentación de la garantía de cumplimiento, timbres fiscales y demás documentos a solicitarse. |
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Tercero: Redacción de contrato por parte de la Municipalidad. |
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Cuarto: Firma de contrato entre las partes mediante SICOP. |
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Quinto: Refrendo Interno o contralor, según corresponda. |
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Sexto: Notificación de contrato refrendado. (si corresponde el refrendo) |
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Séptimo: Notificación de la Orden de Inicio. |
- NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones se realizarán por medio de la Plataforma de SICOP.
- RECURSOS
Los recursos del presente proceso serán presentados en el plazo definido por la norma, siendo competente para su resolución, la Instancia que define la ley ´General de Contratación Pública y su Reglamento. (Título IV, Capítulo I, Régimen Recursivo, RLGCP)
- DESGLOSE ESTRUCTURA DEL PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO
18.1 EN RELACION CON LA ESTRUCTURA DEL PRECIO, el oferente deberá completar el siguiente cuadro, en cada línea de pago.
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COMPONENTE |
MONTO ¢ |
PORCENTAJE % |
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Mano de obra |
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Insumos |
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Gastos Administrativos |
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Subcontratos |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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TOTAL |
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Nota: El componente de Subcontrato e Imprevistos, será utilizado en caso de que corresponda.
18.2 PRESUPUESTO DETALLADO
El ADJUDICATARIO deberá presentar un PRESUPUESTO DETALLADO, en el cual se haga referencia al desglose de cada uno de los componentes de la estructura del precio. Dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, todo de conformidad con lo establecido en el Art. 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, siguiendo el formato adjunto:
|
De relevancia indicar que, en los contratos de servicios, cuando la remuneración no se encuentre regulada por tarifas (aranceles obligatorios), la oferta deberá contener la estructura del precio, y quien resulte adjudicatario, deberá adjuntar el presupuesto detallado. Artículo 214 RLGCP |
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Precio |
Detalle |
Monto |
Porcentaje |
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Costos directos |
Salarios |
¢ |
% |
|
Cargas sociales |
¢ |
% |
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Herramientas |
¢ |
% |
|
|
Materiales |
¢ |
% |
|
|
Equipo |
¢ |
% |
|
|
Viáticos y consumibles |
¢ |
% |
|
|
Costos indirectos |
Servicios |
¢ |
% |
|
Gastos administrativos |
¢ |
% |
|
|
Seguros y pólizas |
¢ |
% |
|
|
Subcontratos |
Subcontratos |
¢ |
% |
|
Imprevistos |
Imprevistos |
¢ |
% |
|
Utilidad |
Utilidad |
¢ |
% |
En caso de no presentarse en ese plazo, La Municipalidad declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la LGCP.
19. CRITERIO DE DESEMPATE DE LAS OFERTAS
En caso de empate de las ofertas, se considerará como factor de evaluación de desempate, una puntuación adicional a las PYME que hayan demostrado su condición a la Administración, de acuerdo con el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública, mediante el siguiente detalle:
- PYME de industria: 5 puntos
- PYME de servicio o agropecuaria: 5 puntos
- PYME de comercio: 2 puntos
En caso de que el empate persista, el desempate se definirá según lo dispuesto en el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública.
- REAJUSTE DE PRECIO
Todo según lo establecido en los artículos del 107 al 109 RLGCP. Derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos en contratos de suministro de bienes y servicios y obra.
- OTRAS CONDICIONES
- Objetivo de las Especificaciones Técnicas Generales.
Las especificaciones establecidas en el pliego de condiciones tienen por objeto el establecer los requerimientos de los bienes, servicios y obras que la Municipalidad desea adquirir.
En vista de lo anterior, el oferente debe conocer y aceptar las mismas, así como las consecuencias y responsabilidades en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en el pliego de condiciones no se hallan indicado. Artículo 90 RLGCP.
Es indispensable que la empresa oferente cuente durante todo el proceso previo y de ejecución, con el respaldo técnico de expertos en las distintas áreas, esto con el objetivo de amparar, y si es del caso, mejorar las condiciones preestablecidas en este documento.
- Alcance de las Especificaciones Técnicas Generales.
Si se identificara la posible existencia de algún tipo de omisión, ésta deberá ser notificada, antes de presentar la oferta formal para la ejecución de los trabajos, por medio escrito y a través de la Plataforma SICOP. De lo contrario cualquier situación durante el proceso de la contratación no añadirá ningún cargo adicional al monto original del contrato, por concepto de omisiones sin resolver.
No se aceptan cambios en los requerimientos, salvo que se hayan solicitado por escrito y cuenten con su respectivo visto bueno por parte de los Administradores asignados por la Municipalidad de Cartago, o bien exista una justificación de peso en la que medie el juicio experto y que sea completamente demostrable.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Las multas, tal y como lo establecen los artículos 46 y 47 de la Ley de Contratación Pública y el artículo 116 del Reglamento de Contratación Pública, son sanciones económicas contempladas en el pliego de condiciones que se pueden aplicar ante defectos en la ejecución del contrato. El mismo artículo 46 establece los elementos a considerar en la fijación de las multas, a saber, el monto, plazo, riesgo, repercusiones de un eventual incumplimiento para el servicio que se brinde o para el mismo interés público. De conformidad con lo anterior, se considera que la multa es el medio idóneo para estimular al contratista a ejecutar el contrato tal y como se ha formalizado, garantizando tanto el cumplimiento de los fines de éste, así como la debida satisfacción de las obligaciones contractuales. En esa misma línea, en la aplicación de las multas se deben considerar criterios de proporcionalidad y razonabilidad, de manera que se pueda garantizar el equilibrio económico del contrato y la debida satisfacción del interés público que se persigue. Conscientes que los incumplimientos que originan el cobro, deben estar completamente claros en los documentos que son parte integral del cartel, la Municipalidad de Cartago se ha dado a la tarea de establecer en el presente documento la fundamentación técnica y financiera de las multas que a criterio de la Administración le permitirán garantizar que el contrato será ejecutado en las condiciones pactadas o será debidamente resarcida en aquellas situaciones donde el contrato no se cumpla en las condiciones previstas. Los interesados en participar en los concursos deben tener en cuenta que el monto de la multa es definitivo, cuando el cartel queda en firme durante el proceso de invitación, por lo que no se admitirán reclamos posteriores (durante la ejecución contractual) sobre las estimaciones monetarias definidas o el procedimiento aplicable a la ejecución de las multas. Por otra parte, tal y como lo establece el artículo del Reglamento de Contratación Pública, la Municipalidad no requiere demostrar la existencia del daño o perjuicio para proceder con la aplicación de la multa Procedimiento para la ejecución de las multas El cobro de la multa se hará con cargo a las retenciones de la factura a cancelar o saldos pendientes de pago, sin embargo, se llevará a cabo un procedimiento que se detalla a continuación a) Propósito Detallar las actividades a realizar por los Administradores del Contratos de la Municipalidad de Cartago para llevar a cabo el control de la ejecución de multas. b) Alcance Este procedimiento incluye las actividades que van desde que se ha identificado la necesidad de realizar la aplicación del cobro de una multa por parte del administrador del contrato hasta que sea comunicada al Contratista por medio de la plataforma SICOP y se haya hecho efectivo el cobro de esta. c) Responsables • Del personal de las Unidades Solicitantes y Técnicas de la Municipalidad que intervienen en el proceso conocerlo, cumplirlo y ejecutarlo. • Del Administrador del Contrato que interviene en el proceso conocerlo, cumplirlo y ejecutarlo. d) Abreviaturas • LCP: Ley de Contratación Pública. • RLCP: Reglamento a la Ley de Contratación Pública. • OC: Orden de Compra. e) Normativa aplicable • Ley de Contratación Pública, Ley Nº 9986 y su Reglamento. f) Conceptos claves • Bien: Todo objeto mueble o inmueble, material o inmaterial, susceptible de satisfacer las necesidades del interés público. • Cartel de Contratación: Pliego de condiciones administrativas, legales y técnicas bajo las cuales se rige el procedimiento de compra. • Cláusula penal: Multa que se le cobra al contratista por la ejecución tardía o anticipada en la entrega de los bienes o servicios contratados. • Garantía de cumplimiento: Monto que se le pide al adjudicatario como una forma de garantizar el cumplimiento fiel del contrato por parte del contratista. • Multas: Sanciones económicas contempladas en el pliego de condiciones que se pueden aplicar ante defectos en la ejecución del contrato • Servicio: Conjunto de actividades y servicios ofrecidos, que por su naturaleza son prestados por personas físicas o jurídicas a la institución, para el desarrollo de las actividades Institucionales. g) Formularios o documentos de respaldo • Expediente del cobro de la multa. Detalle de las multas y justificación: El proceso de contratación se promueve para Mantenimiento y reparación a los Data Center y de los equipos de enfriamiento de los Data Center de la Municipalidad de Cartago Con el objetivo de determinar los defectos en la ejecución del contrato se procederá a clasificar en función de las obligaciones contractuales establecidas en el pliego de condiciones. Como parte del análisis de los costos a los que se han estimado las multas debemos partir que en esta contratación se requiere específicamente tres perfiles diferentes de puestos que los podemos relacionar con el Decreto de Salarios Mínimos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a saber: Un profesional responsable, con el título de Licenciado, equivalente a un Profesional 1 de la Municipalidad de Cartago, con un salario base de ¢771.100,00 • Dos técnicos, con nivel de Técnico de Educación Superior, equivalente a un Trabajador Oficios Especializados 2 de la Municipalidad de Cartago, con un salario base de ¢503.100,00 • Personal de Mantenimiento, equivalente a un Trabajador de Servicios 1 de la Municipalidad de Cartago, con un salario base de ¢420.600,00 A partir de lo anterior, considerando que las cargas patronales de la Municipalidad son de aproximadamente un 50%, tal y como se muestra a continuación: Cuenta Descripción Porcentaje 0.03.03 Decimotercer mes (Aguinaldo) 8.33% 0.03.04 Salario escolar 8.19% 0.04.01 Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense de Seguro social 9.25% 0.04.05 Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal 0.50% 0.05.01 Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social 5.25% 0.05.02 Contribución Patronal del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias 3.00% 0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 1.50% 1.06.01 Seguros (Riesgo Laboral) 1.32% Cesantía 8.33% Vacaciones (aproximadamente) 4.33% Total 50.00% El costo del salario en ¢ para los puestos indicados sería el siguiente: Tipo de trabajador salario bruto Cargas sociales (50%) Total, Salario mensual Salario Semana Salario Día Salario Hora Profesional 1 771 100,00 385 550,00 1 156 650,00 266 919,23 53 383,85 6 672,98 Trabajador Oficios Especializados 2 503 100,00 251 550,00 754 650,00 174 150,00 34 830,00 4 353,75 Trabajador de Servicios 1 420 600,00 210 300,00 630 900,00 145 592,31 29 118,46 3 639,81 De conformidad con lo anterior, si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado, el contratista deberá pagar a la Administración por concepto de multa por cada situación que se presente y en caso de ser reiterativos los incumplimientos de la misma naturaleza en un mismo año, la Administración estará facultada de tomar las medidas administrativas aplicables según lo establecido en la Ley General de Contratación Pública y su reglamento. A partir de la información anterior se establecería el razonamiento de los montos de las cláusulas penales aplicables en caso de los incumplimientos detallados en el cartel según la valoración de su impacto en la gestión institucional, tal y como se plantea a continuación. Condición Detalle Nivel de la falta Cláusulas Justificación Incumplimiento de plazos contractuales: Atraso injustificado en la entrega de los trabajos de mantenimiento o instalación de equipos. ALTA Se aplicará la suma de 34.830,00 que representa el costo diario de un trabajador de oficios especializados. Por cada día de atraso hasta un máximo de 10 días. Atribuible a la empresa La Municipalidad tendría la responsabilidad eventualmente de asumir que el funcionario no tenga equipo para trabajar por lo que se darán atrasos en sus funciones. Fallas que afecten la continuidad del datacenter: Cualquier acción u omisión del contratista que provoque interrupción en el funcionamiento de los sistemas críticos (climatización, electricidad, seguridad física). ALTA Se aplicará la suma de 34.830,00 que representa el costo diario de un trabajador de oficios especializados. Por cada día de atraso hasta un máximo de 10 días. Atribuible a la empresa La Municipalidad tendría la responsabilidad eventualmente de asumir que el funcionario no tenga equipo para trabajar por lo que se darán atrasos en sus funciones. Sanciones Multa por atraso en la entrega: En caso de presentarse atrasos en la entrega, que afecten la entrega de servicios. ALTA Porcentaje diario (ej. 0,5% del valor total del contrato) por cada día natural de retraso. La Municipalidad tendría la responsabilidad eventualmente de asumir que el funcionario no tenga equipo para trabajar por lo que se darán atrasos en Multa por interrupción del servicio del data center atribuible al contratista: En caso de presentarse interrupciones de los servicios que dependen de los sistemas en el Data Center ALTA Monto fijo por hora/día de afectación (ej. ₡100.000 por hora). La Municipalidad tendría la responsabilidad eventualmente de asumir que el funcionario no tenga equipo para trabajar por lo que se darán atrasos en
Cláusula penal. Cláusula penal: Multa que se le cobra al contratista por la ejecución tardía o anticipada en la entrega de los bienes o servicios contratados.
Documentos del cartel9
- CONDICIONES GENERALES ULTIMA VERSIONPDF · 717 KB
- CRONOGRAMA ADMINISTRATIVOPDF · 635 KB
- INFORMACION SOBRE SUBCONTRATOSDOCX · 3,3 MB
- DECLARACION JURADA ACTUALIZADADOCX · 3,3 MB
- ESTUDIO DE MERCADOPDF · 819 KB
- ESPECIFICACIONES TECNICASPDF · 553 KB
- DECISION INICIALPDF · 2,4 MB
- FICHA TECNICAPDF · 512 KB
- JUSTIFICACION ART 38PDF · 2,3 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Daniel Ramirez Gonzalez
área de tic
Daniel Ramirez Gonzalez
área de tic
Karla Melissa Monge Chacon
PROVEEDURIA
Genesis Carolina Bermudez Campos
Proveeduría
Jenny Patricia Elizondo Camacho
Encargado del concurso · PROVEEDURIA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 22/09/2026 09:54. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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