2026LY-000004-0012300001 · SICOP 20260400118
ALQUILER DE LOCAL POR CONSTRUIR PARA LA OFICINA REGIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES EN SANTA CRUZ
Tribunal Supremo de Elecciones
Tribunal Supremo de Elecciones ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡388,8 millones y quedó en firme el 18/06/2026. Se recibieron 2 ofertas de 1 empresa. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡388,8 millones
Ofertas recibidas
2
de 1 empresa
Oferta más baja
₡97,2 millones
75 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 18/06/2026
- Carlos Kok Way Sanchez Wong₡97 200 000,37
Informe de recomendación de Marcela Maria Mora Gonzalez, 25/05/2026 · adjuntos: DS NOTA ACLARATORIA SOBRE CERTIFICACIÓN DE USO DE SUELO.pdf, Estudio de Ofertas-Alquiler OR SANTA CRUZ.xlsm, Evaluación Santa Cruz.xlsx, Matriz de evaluación 26LY-4.xlsx, CCSS, FODESAF, ST, Sanciones.docx, O-PROV-0159-2026 CDIR Informe recomendacion 2026LY-000004-0012300001.pdf, O-PROV-0159-2026 CDIR Informe recomendacion 2026LY-000004-0012300001.docx
Fechas clave
- Se publicó13/04/2026 09:24 · hace 6 meses
- Límite para 23/04/2026 23:59 · hace 6 meses
- Límite para 23/04/2026 23:59 · hace 6 meses
- Cierre de ofertas05/05/2026 09:30 · hace 5 meses
- de ofertas05/05/2026 09:31 · hace 5 meses
- publicado05/06/2026 15:26 · hace 4 meses
- Adjudicación 18/06/2026 07:25 · hace 4 meses
Nota de la institución. De conformidad con la Ley de Contratación Pública y su Reglamento las consultas y comunicaciones relacionadas con la contratación se deben realizar exclusivamente por medio del SICOP, atendiendo la información de contactos que se visualizan en el expediente electrónico.
Contexto
- Tribunal Supremo de Elecciones adjudicó ₡4 491,8 millones en 252 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Arrendamiento de Local Comercial36 · ₡97 200 000,0036₡97 200 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡330,5 millones – ₡388,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 3 años
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Precio 80 % · Láminas de cubierta aislantes 10 % · Pyme 5 % · Instalación de película reflectiva en vidrios 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡457,85 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 80 | Láminas de cubierta aislantesmáx. 10 | Pymemáx. 5 | Instalación de película reflectiva en vidriosmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Carlos Kok Way Sanchez WongGanó | 80 | 10 | 5 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica la adjudicación del trámite 2026LY-000004-0012300001: ALQUILER DE LOCAL POR CONSTRUIR PARA LA OFICINA REGIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES EN SANTA CRUZ.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- La zona donde está ubicado el terreno debe ser catalogada como comercial, cumplir con el plan regulador establecido por la Municipalidad y con el Manual de Requerimientos Físicos y Estandarización de Espacios de Oficinas, para Edificios Administrativos del Ministerio de Hacienda. Debe estar ubicado dentro de un radio de 500 m del Parque Central de Santa Cruz, Guanacaste.
Justificación: el área definida como aceptable se determinó con base en criterios de seguridad, accesibilidad y operatividad, priorizando la exclusión de zonas con riesgo de inundación, según información levantada durante la visita técnica y referencias de la comunidad, así como su proximidad al centro urbano y a ejes de transporte público.
- Esta ubicación deberá contar con los siguientes requisitos:
- Ubicarse frente a vía pública asfaltada con acera, cordón y caño en las fachadas que vean a la calle, que garantice la canalización de las aguas pluviales.
- Ubicarse cerca de la línea de servicio público de autobuses, de manera que permita a las personas funcionarios y usuarias el cómodo acceso al local.
- Contar con todos los servicios públicos, además del servicio de recolección de basura (público o privado).
- Las redes o instalaciones subterráneas para servicios públicos (energía, agua, telecomunicaciones) deberán localizarse a lo largo de calles, aceras, islas o camellones que permita la conexión de los servicios.
- Presentar plano catastrado de la finca o lote.
- Declaración jurada donde se manifieste que la oferta cumple con lo siguiente:
1) Sobre la fuente de financiamiento para la construcción del local.
2) Área de construcción de 240 m² como mínimo para cumplir con las áreas internas y externas mínimas requeridas, y con un frente de 12 m lineales como mínimo y 14.5 m lineales como máximo.
3) El área de terreno para construir deberá tener como mínimo el área requerida para la construcción del local y hasta un máximo del 20% del área de construcción, es decir, 288 m² como máximo.
4) El inmueble deberá encontrarse dentro de un radio de 500 m del Parque Central de Santa Cruz, Guanacaste. Esta ubicación deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Ubicarse frente a vía pública asfaltada con acera, cordón y caño en las fachadas que vean a la calle, que garantice la canalización de las aguas pluviales.
- Ubicarse cerca de la línea de servicio público de autobuses, de manera que permita a las personas funcionarios y usuarias el cómodo acceso al local.
- Contar con todos los servicios públicos, además del servicio de recolección de basura (público o privado).
- Las redes o instalaciones subterráneas para servicios públicos (energía, agua, telecomunicaciones) deberán localizarse a lo largo de calles, aceras, islas o camellones que permita la conexión de los servicios.
5) Alineamientos y Retiros:
- a) Se deberán acatar los retiros y alineamientos exigidos por el Plan Regulador o, en su defecto, lo establecido en el Reglamento de Construcciones.
- b) Si el predio colinda o contiene líneas de transmisión eléctrica de alta tensión, es obligatorio tramitar el alineamiento ante la entidad competente.
6) Restricciones sobre la ubicación del inmueble:
- No deberá encontrarse dentro de centros comerciales, zonas residenciales o condominios.
- No deberá colindar con ríos o acequias en un radio de 100 metros lineales.
- No deberá ubicarse en zonas vulnerables a amenazas naturales o con riesgo de desastre.
- Deberá presentar un 0% de avance de obras y no haberse realizado movimientos de tierras. Además, deberá ser de una sola planta, sin entrepisos, y no contar con ningún tipo de construcción, ni sobre ni debajo del terreno. En caso de existir alguna edificación u obra, el oferente deberá comprometerse, mediante declaración jurada, a demolerla en su totalidad.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- Forma de pago:
Por mes vencido, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 18 y 19 de su Reglamento.
* Datos para la emisión de la factura electrónica:
- Cédula Jurídica o Física: 2400042156
- Nombre o Razón Social de la Empresa: Tribunal Supremo de Elecciones
- Provincia: San José
- Cantón: Central
- Distrito: Carmen
- Dirección exacta: Costado Oeste del Parque Nacional
- Persona de contacto y número de teléfono:
- Héctor Chacón Barquero hchaconb@tse.go.cr o unidadfiscalizacion@tse.go.cr / 2287-5555 ext 3472.
La factura electrónica se debe cargar como documento anexo al solicitar la recepción (provisional/definitiva) en el módulo respectivo en SICOP, para luego proceder con la gestión de pago.
La factura electrónica se debe cargar como documento anexo al solicitar la recepción (provisional/definitiva) en el módulo respectivo en SICOP, para luego proceder con la gestión de pago.
De conformidad con lo establecido en la Resolución N.° MH-DGT-RES-0027-2024 de la Dirección General de Tributación, se comunica a los eventuales contratistas para efectos de facturación electrónica el código de la Actividad Económica y Subclase inscrita para el TSE, según el detalle siguiente:
- Código actividad económica: 751101
- Código subclase: 8411.0
La factura electrónica deberá incluir la siguiente información:
- Número de contratación.
- Descripción del bien o servicio según indica el contrato en SICOP.
- Cuenta IBAN:
3.1 La Cuenta IBAN debe ser en colones y perteneciente al Contratista.
3.2 En los casos de casas extranjeras, también se debe incluir la cuenta cliente en colones del representante en Costa Rica, porque el movimiento se le registra al representante, pero el pago efectivo se le hace a la empresa extranjera.
2- Lugar de entrega: Dentro de un radio de 500 metros del parque central de Santa Cruz.
Justificación: el área definida como aceptable se determinó con base en criterios de seguridad, accesibilidad y operatividad, priorizando la exclusión de zonas con riesgo de inundación, según información levantada durante la visita técnica y referencias de la comunidad, así como su proximidad al centro urbano y a ejes de transporte público.
3-Plazo de entrega:
A partir de la fecha que se indique en la orden de inicio que gire el Administrador del contrato que comunicará por medio del sistema SICOP. La fecha de finalización de la segunda prórroga del contrato actual vence el 18 de junio del 2028 según información suministrada por la UFEC.
La oficina Coordinadora de Servicios Regionales manifiesta que debido a que el inmueble actualmente arrendado no se ajusta a las necesidades institucionales se realiza la presente licitación para contratar un nuevo alquiler en Santa Cruz. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula V, contenida en el Adéndum n.° 2 del contrato de arrendamiento del inmueble destinado a la Oficina Regional del Registro Civil en el cantón de Santa Cruz.
El contratista dispondrá de un plazo de siete meses para la construcción del inmueble una vez que la Sección de Ingeniería y Arquitectura brinde el visto bueno a los planos constructivos.
4- Plazo de ejecución:
El contrato tendrá una vigencia original de 3 (tres) años y podrá prorrogarse en forma automática por 3 (tres) períodos iguales para un máximo de 12 (doce) años de contrato.
El Tribunal podrá concluir este contrato en cualquier momento –sin responsabilidad alguna de su parte– siempre y cuando notifique al arrendante al respecto, con al menos tres meses de antelación. El contratista podrá concluir la relación contractual siempre y cuando notifique al Tribunal al respecto, con al menos dieciocho meses de antelación a la fecha de vencimiento del periodo respectivo.
El monto estimado de la contratación para el primer período contractual (36 meses) se estima en ₡ 97.200.000,00.
La Administración tomará las previsiones presupuestarias para honrar los compromisos en los distintos ejercicios económicos.
5-Garantía de cumplimiento:
Conforme a la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos (LGAUS), el propietario del inmueble no está obligado a rendir ninguna clase de garantía de cumplimiento a favor de la Administración.
6-Sanciones, multas y cláusula penal:
Sanciones: Conforme lo establece el artículo 118 de la Ley General de Contratación Pública. Los contratistas que, durante el curso de los procedimientos de contratación, incurran en las causales previstas en los artículos siguientes, serán sancionados con inhabilitación, según corresponda, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 121 de la ley en mención.
Multa: Ante un eventual incumplimiento de los plazos establecidos en los puntos 12) y 13) del apartado Obligaciones del Contratista son tareas de pintura y mantenimiento general de las instalaciones, el monto de multa será igual al que corresponda a un día de trabajo de un trabajador de ocupación calificada de conformidad con la escala de salarios mínimos establecidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, vigente en el momento del incumplimiento. El monto del rebajo resultante se aplicará en la facturación por concepto de alquiler una vez notificado por el Administrador del Contrato.
Cláusula Penal: De conformidad con el artículo 47) de la Ley General de Contratación Pública y artículo 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, de presentarse un incumplimiento del plazo establecido en el punto 3) del apartado Obligaciones del Contratista en el que se le brinda al adjudicado un plazo de 07 meses para gestionar los permisos respectivos ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, municipalidad, entre otros y realizar la construcción de la oficina regional, se aplicará al monto mensual del alquiler un rebajo del 3% por cada día natural de atraso en la entrega del local, hasta un máximo de un 25% del monto adjudicado anualmente. Dicho rebajo será aplicado a la facturación pendiente de pago mensualmente en forma total, cuando no supere el 25% del precio facturado. Sin embargo, si el rebajo a aplicar supera el 25% de la facturación, se aplicará la sanción a las facturas presentadas consecutivamente a cobro, hasta satisfacer el monto de la sanción.
Se adjunta la Tabla de estimación para calcular clausulas penales. El administrador del contrato no gestionará el cobro de la cláusula penal, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o atribuible a la Contraparte Técnica debidamente comprobadas.
El estudio técnico de multas y cláusulas penales se encuentra en el anexo Informe técnico para la determinación de multas y clausulas penales.
8- Administrador del contrato: Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual
Personas de contacto y números de teléfonos:
Mariana Gómez Bolaños mgomezb@tse.go.cr / 2287-5406, 2287-5555 ext. 3478
Héctor Chacón Barquero hchaconb@tse.go.cr / 2287-5407, 2287-5555 ext. 3472
Esteban Salazar León esalazar@tse.go.cr / 2287-5555 ext. 8063
Jennifer Badilla Calderón jbadillac@tse.go.cr / 2287-5555 ext. 5405 ó 7526
9- Contraparte Técnica, verificación técnica de ofertas:
Aspectos administrativos: Diana María Rodríguez Barrantes.
Aspectos técnicos: Tito José Alvarado Contreras.
De conformidad con la Ley de Contratación Pública y su Reglamento las consultas y comunicaciones relacionadas con la contratación se deben realizar exclusivamente por medio del SICOP, atendiendo la información de contactos que se visualizan en el expediente electrónico.
10- Encargado de consultas:
Tito José Alvarado Contreras.
De conformidad con la Ley de Contratación Pública y su Reglamento las consultas y comunicaciones relacionadas con la contratación se deben realizar exclusivamente por medio del SICOP, atendiendo la información de contactos que se visualizan en el expediente electrónico.
11- Unidad Usuaria:
Departamento de Coordinación de Servicios Regionales.
12-Sistema de Evaluación:
Ver: “Anexo 15-Sistema de Evaluación”.
|
Precio |
80% |
|
Criterios sustentables |
15% |
|
PYMES |
5% |
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Total |
100% |
El sistema de evaluación estará en función de la mayor cantidad de puntos obtenidos por los factores de menor precio del alquiler ofertado y de los criterios sustentables:
Precio: 80%: El puntaje correspondiente al precio se otorgará de acuerdo con la fórmula con que cuenta el sistema SICOP.
Criterios Sustentables 15%:
Criterios sustentable ambientales:
Construcción del inmueble con materiales que contribuyan al bajo consumo energético.
- Se considerará la construcción de la cubierta de techos con lámina tipo panel sándwich que posea propiedades térmicas, de forma que garantice una Transmitancia Térmica de 1,07 – 0,50 W/m2 K (vatios por metro cuadrado kelvin). Para tal efecto, el oferente deberá presentar la ficha técnica del material propuesto, en la que se indique de forma clara el valor de transmitancia térmica correspondiente.
- Se evaluará la inclusión de una película reflectiva en los vidrios de fachada que cuente con un Coeficiente de Ganancia de Calor Solar (SHGC: Solar Heat Gain Coefficient) igual o inferior a SHGC ≤ 0.57 y una transmitancia térmica (valor U) igual o inferior a U ≤ 1.01 W/m2 K (vatios por metro cuadrado kelvin).
Dentro de las características generales debe contar con los siguientes porcentajes de luz visible:
Transmitida 35%
Reflejada 7%
Reducción de Reflejos 61%
En cuanto a los criterios sustentables se calificarán de la siguiente forma:
- Láminas de cubierta aislantes 10%:
Transmitancia térmica
Más de 1,07 W/m2K 0%
Entre 1,07 – 0,80 W/m2K 5%
Entre 0,81 – 0,50 W/m2K 10%
- Instalación de película reflectiva en vidrios de fachada 5%:
Instalación de película reflectiva
SHGC > 0.57 U > 1.01 W/m2K 0%
SHGC ≤ 0.57 U ≤ 1.01 W/m2K 5%
Criterio PYMES 5%: Para comprobar la condición de PYME, el oferente deberá acreditar su condición adjuntando la certificación DIGEPYME que para tales efectos emite el Ministerio de Industria y Comercio (MEIC). La certificación debe estar vigente al momento de la apertura.
13- Criterios de Desempate: En caso de darse un empate, una vez aplicada la metodología de evaluación; se considerará como criterio de desempate una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración, de la siguiente manera:
PYME de industria 5 puntos
PYME de servicio 5 puntos
PYME de comercio 2 puntos.
En caso de que el empate entre PYMES persista se definirá por la suerte, según se estipula en el artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
14-Especificaciones técnicas:
Ver anexo 3: ET-IA-03-2025 v01.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1-El oferente deberá presentar su oferta en moneda nacional (colones), según lo dispuesto en la Directriz Presidencial n.°085-H, publicado en el alcance de la Gaceta n.° 197 del 14 de agosto de 2017.
2- Los oferentes deberán presentar dentro de sus ofertas Declaración Jurada, con relación a la información correspondiente a los beneficiarios finales consta en el formulario electrónico del Registro de proveedores y subcontratistas.
Para ello, se puede utilizar el siguiente formato:
DECLARACIÓN JURADA
El suscrito (a), (nombre), (calidades), con cédula de identidad número: (nombre y número de cédula o documento de identificación), como (indicar si es Apoderado, representante legal o está legitimado para rendir esta declaración jurada) de la empresa (nombre de la empresa), cédula jurídica (número de cédula jurídica), me presento ante ustedes para DECLARAR BAJO FE DE JURAMENTO, el día de hoy (fecha), que: la información correspondiente a los beneficiarios finales, consta en el formulario electrónico del Registro de proveedores y subcontratistas.
Atentamente,
(Nombre y número de cédula)
(Indicar si es Apoderado, representante legal o está legitimado para rendir esta declaración jurada)
(Firma digital)
Lo anterior, según publicación de Aviso de la Dirección de Contratación Pública, en el Diario Oficial La Gaceta No. 94 del 29 de mayo de 2023.
3- De conformidad con lo establecido en el artículo 24, inciso c del Reglamento a la Ley General de Compras Públicas, los oferentes deberán manifestar su adhesión a los compromisos anticorrupción y buenas prácticas comerciales durante todo el plazo de la relación contractual, mediante declaración jurada presentada con su plica. El documento deberá contemplar:
“i) El compromiso formal de no suministrar objetos, servicios u obras de inferior calidad a la ofrecida, el ofrecimiento o suministro de cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al artículo 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación.”
“ii) La abstención de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante.”
“iii) La introducción o invocación de hechos falsos en su oferta o en cualquier etapa del procedimiento.”
“iv) La obtención ilegal de información que lo coloque en una situación de ventaja frente a otros oferentes.”
"v) La utilización de forma ilegítima de una PYME que pertenezca a un mismo grupo de interés económico para obtener beneficios dispuestos en la Ley General de Contratación Pública en su favor.”
“vi) La abstención de incurrir en prácticas colusorias o anticompetitivas que distorsionen el funcionamiento normal del mercado y lesionen la Hacienda Pública.”
4- El Oferente podrá cotizar en cualquiera de las formas que establece el artículo 125 del Reglamento a la Ley 9986 en los incisos a), c) y d). No se aceptarán ofertas alternativas.
5- Las ofertas serán sometidas a estudios jurídicos, técnicos y presupuestarios por las unidades competentes.
6-El oferente deberá indicar en su oferta la persona responsable de atender consultas sobre lo ofertado (brindando el nombre, número de teléfono y dirección de correo electrónico, así como el horario disponible para poder contactarlo).
7-El oferente debe contar con póliza de Riesgos del Trabajo que cubra a su personal. Debe adjuntar a su oferta electrónica, una copia de esta.
8- El oferente deberá presentar plano catastro y certificación literal emitida por el Registro Nacional y, en caso de no ser el propietario, el poder autenticado suficiente y rendido ante la Autoridad Notarial o presentado e inscrito ante el Registro Nacional de la Propiedad, según sea el caso que le confiere la potestad de disponer del bien.
10- Certificación, emitida por la Municipalidad de Santa Cruz con no más de un mes de haber sido emitida, que conste se encuentra al día con el pago de impuestos territoriales.
11- El oferente deberá presentar el Certificado de Uso del Suelo emitido por la municipalidad del cantón donde se ubicará la sede regional, que acredite la conformidad de uso (oficinas/administración), según el plan regulador vigente. El certificado debe indicar, como mínimo, el uso, retiros, cobertura, densidad, altura, frente y área mínima. Si la municipalidad no cuenta con un plan regulador, deberá indicar los requerimientos del Reglamento de Construcciones. Dicho certificado es un documento que acredita la conformidad del uso de un predio con la normativa vigente. El certificado debe autorizar el uso comercial del predio.
12- El oferente deberá adjuntar a su oferta fotografías actuales del terreno en el que se construirá (estas no pueden tener una antigüedad mayor a 15 días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas). Para la comprobación de las fechas, el oferente deberá adjuntar una nota firmada donde indique la fecha en la que se tomaron las fotografías.
13- El oferente debe presentar cartas emitidas por los entes competentes sobre la disponibilidad de agua potable, de medidor eléctrico, de telefonía y de alcantarillado sanitario. Para este último, en caso de no contar con dicha disponibilidad, debe presentar un estudio de infiltración para la implementación de tanque séptico.
14- El oferente deberá presentar el currículum de un profesional responsable (Arquitecto, Ingeniero Civil o Ingeniero en Construcción) con una experiencia superior a 10 años en proyectos similares al del objeto contractual, quien será responsable de la construcción ante el CFIA. Para la comprobación de este requisito, el oferente deberá adjuntar el currículum del profesional y una certificación de incorporación al CFIA, con una emisión no superior a los 12 meses.
Además, se deberá incluir una declaración jurada, firmada por el profesional, en la que se indique que el mismo fue informado por el oferente sobre su participación como parte del equipo de trabajo (Anexo # 6).
Con respecto al personal que se le solicita al oferente, debido a lo establecido en la CIRCULAR DGABCA-0093-2022 del 28 de setiembre de 2022; deberá adjuntarse dentro de los requisitos como: “LA EXPERIENCIA, LOS ATESTADOS, LA CAPACIDAD TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DEL EQUIPO DE TRABAJO”, declaración jurada emitida por el personal propuesto que acredite que el técnico fue informado por el oferente de su participación como parte del equipo de trabajo propuesto. (Se adjunta Circular y ejemplo de declaración).
15- El monto por cotizar en SICOP es el del plazo del primer periodo contractual, es decir, por 3 años, el cual se tendrá por cierto y definitivo. Se aclara que el costo asociado a las labores de mantenimiento del inmueble debe ser considerado como un gasto operativo a cargo del arrendador. En consecuencia, el monto correspondiente a dichos mantenimientos deberá estar contemplado dentro del precio mensual de alquiler ofertado.
16- De conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública, y artículo 167 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en el caso de los arrendamientos de bienes inmuebles resultará aplicable la Ley 7527 “Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos” en lo que corresponda al reajuste de la renta o el precio.
17- Reajuste de la renta:
El oferente deberá incluir la información relativa a la Estructura de Precio y demás aspectos relacionados con éste, que permitan un eventual Reajuste o Revisión de Precios, ver documento Anexo: "Cláusulas Reajuste de Precios (servicios)".
La renta podrá ser reajustada cada año, a partir de la fecha de vigencia del contrato, y a solicitud del arrendante.
El reajuste se efectuará en un porcentaje igual al que se obtenga como producto de la inflación que muestre el Índice Oficial de Precios al Consumidor (IPC) emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, (INEC), acumulado durante los doce meses anteriores y se aplicará sobre la base del último precio pagado. Si la citada tasa de inflación resulta mayor al 10% se aplicará el porcentaje a que se refiere el inciso b) del artículo 67 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos (LAUSU).
La solicitud de reajuste deberá hacerse por escrito, adjuntando la respectiva certificación del INEC, sobre el citado porcentaje de aumento del IPC. En caso de que arrendante no gestione el pago de los reajustes de renta, según lo estipulado, estos podrán prescribir según el ordenamiento jurídico que rige esta materia (Urbanos y Suburbanos).
Cuando el precio del arrendamiento sea en moneda extranjera, se mantendrá la suma convenida por todo el plazo del contrato, sin derecho a reajuste, según lo establecido en el artículo 67 Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos (Ley N.º 7527).
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Ante un eventual incumplimiento de los plazos establecidos en los puntos 12) y 13) del apartado Obligaciones del Contratista son tareas de pintura y mantenimiento general de las instalaciones, el monto de multa será igual al que corresponda a un día de trabajo de un trabajador de ocupación calificada de conformidad con la escala de salarios mínimos establecidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, vigente en el momento del incumplimiento. El monto del rebajo resultante se aplicará en la facturación por concepto de alquiler una vez notificado por el Administrador del Contrato.
Cláusula penal. De conformidad con el artículo 47) de la Ley General de Contratación Pública y artículo 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, de presentarse un incumplimiento del plazo establecido en el punto 3) del apartado Obligaciones del Contratista en el que se le brinda al adjudicado un plazo de 07 meses para gestionar los permisos respectivos ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, municipalidad, entre otros y realizar la construcción de la oficina regional, se aplicará al monto mensual del alquiler un rebajo del 3% por cada día natural de atraso en la entrega del local, hasta un máximo de un 25% del monto adjudicado anualmente. Dicho rebajo será aplicado a la facturación pendiente de pago mensualmente en forma total, cuando no supere el 25% del precio facturado. Sin embargo, si el rebajo a aplicar supera el 25% de la facturación, se aplicará la sanción a las facturas presentadas consecutivamente a cobro, hasta satisfacer el monto de la sanción. Se adjunta la Tabla de estimación para calcular clausulas penales. El administrador del contrato no gestionará el cobro de la cláusula penal, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o atribuible a la Contraparte Técnica debidamente comprobadas. El estudio técnico de multas y cláusulas penales se encuentra en el anexo Informe técnico para la determinación de multas y clausulas penales."
Documentos del cartel17
- 16-Cronograma SOC 0062026002800030 Mayor v.02XLSX · 41 KB
- 15-CDIR-0042-2024 (Rango tolerancia)PDF · 113 KB
- 14-Ficha técnica del logo del TSEJPG · 942 KB
- 13-Tabla de estimación de claúsula penalPDF · 143 KB
- 12-Informe técnico- multas y claúsula penalPDF · 410 KB
- 11-Cláusula penal multas o sanciones 24FEBDOCX · 10 KB
- 10-Propuesta conceptual de la OR tipo C-firmadoPDF · 174 KB
- 9-Fachada de la oficina regionalJPG · 82 KB
- 8-Cronograma de actividadesPDF · 287 KB
- 7-Guía para cumplimiento de la Directriz 11 MINAEPDF · 1,2 MB
- 6-Declaración jurada del profesionalPDF · 72 KB
- 5-Circular DGABCA-0093-2022PDF · 430 KB
- 4-4000027274 SC ALQUILER LOCAL OR SANTA CRUZ L-2 PAPA 2026PDF · 3,5 MB
- 3-ET-IA-03-2025 v01 Alquiler OR Santa CruzPDF · 3 MB
- 2-Estudio de mercado OR Santa CruzPDF · 4,6 MB
- 1-O-DE-0512-2026-PROV-Aprobación de SCPDF · 236 KB
- PLIEGO DE CONDICIONESDOCX · 41 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Hector Ricardo Chacon Barquero
Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual
Esteban Salazar Leon
Dirección Ejecutiva
Jennifer Vanessa Badilla Calderon
Dirección Ejecutiva
Mariana Gomez Bolaños
Dirección Ejecutiva
Wilson Antonio Rodriguez Solano
Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual, Dirección Ejecutiva.
Jonathan Gerardo Hernandez Rodriguez
Proveeduría
Diana Rodriguez Barrantes
Dirección Ejecutiva
Tito José Alvarado Contreras
Ingeniera y Arquitectura
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
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