2026LE-000013-0022030101 · SICOP 20260600608
28298 - Diseño y construcción de ampliación de sitio del Puente Santa Gertrudis a 02 carriles sobre camino 30125600.
Municipalidad de Cartago
Municipalidad de Cartago ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡570,8 millones y quedó en firme el 25/08/2026. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡570,8 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡550,2 millones
3,6 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 25/08/2026
- Piedra y Ureña Asesores Financieros y ConstructoresLa más barata de 3₡550 152 329,30
Informe de recomendación de Jose Enrique Núñez Rangel, 28/07/2026 · adjuntos: AGV-OFI-692-2026 Análisis de ofertas 2026LE-000013-0022030101.pdf, AAF-OFI-184-2026 2026LE-000013-0022030101.pdf, PT-OFI-960-2026 SICOP 2026LE-000013-0022030101.pdf, LICITACIÓN MENOR Nº 2026LE-000013-0022030101 PUENTE SANTA GERTRUDIS.pdf (4.85 MB), Recomendacion 2026LE-000013-0022030101.pdf
Fechas clave
- Se publicó09/06/2026 16:01 · hace 4 meses
- Límite para 12/06/2026 23:59 · hace 4 meses
- Límite para 12/06/2026 23:59 · hace 4 meses
- Cierre de ofertas25/06/2026 07:30 · hace 4 meses
- de ofertas25/06/2026 07:30 · hace 4 meses
- publicado12/08/2026 09:58 · hace 2 meses
- Adjudicación 25/08/2026 17:26 · hace 47 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado (2 versiones publicadas).
Contexto
- Municipalidad de Cartago adjudicó ₡4 508,2 millones en 242 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Construccion o Remodelación de Puentes1 · ₡547 771 965,801₡547 771 965,80
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡485,1 millones – ₡570,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 70 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,7 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 7 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 5 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 70 % · EXPERIENCIA 15 % · PYME 10 % · CRITERIOS SOCIALES 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 85 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Recursos presentados1
Recurso de revocatoria contra el acto de infructuosidad
ANA CRISTINA VAN DER LAAT ULLOA · 19/08/2026 · Resuelto
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡454,64 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 70 | EXPERIENCIAmáx. 15 | PYMEmáx. 10 | CRITERIOS SOCIALESmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Piedra y Ureña Asesores Financieros y ConstructoresGanó | 70 | 15 | 10 | 5 | 100 |
| Constructora Meco | 50,34 | 15 | 0 | 5 | 70,34 |
| Puente Prefa | 36,75 | 15 | 10 | 5 | 66,75 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Según el artículo 62 inciso i de la LGCP 139 acto final del procedimiento, 140 plazo para dictar el acto final y caducidad del procedimiento y 141plazo para dictar el acto final RLGCP, se da el plazo de ley para presentación de apelación al acto de adjudicación de la contratación en mención.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Anexo N°1: Tabla - 3.1.1 Requisitos de admisibilidad del oferente:
En caso de Oferta independiente:
Oferente / Empresas en Consorcio Número de Registro CFIA Año de inscripción ante CFIA Proyectos / registro de experiencia (Número de Licitación). Número de Contrato APC Longitud del proyecto construido (metros) Empresa 1. 2. 3. 4. 5.
Anexo N°2: Estructura de costos y presupuesto detallado:
El oferente deberá presentar su oferta conforme a la siguiente estructura de costos. Detalle Monto Porcentaje (%)
1. Costos Directos
1.1.
Costo de Posesión de Maquinaria
1.2.
Costo de Posesión de Equipo
1.3.
Repuestos
1.4.
Llantas
1.5.
Combustibles
1.6.
Lubricantes
1.7.
Asfalto
1.8.
Emulsión asfáltica
1.9.
Mezclas asfálticas en caliente
1.10.
Cementos hidráulicos
1.11.
Concretos hidráulicos
1.12.
Lastres
1.13.
Bases y subbases
1.14.
Encofrados de Madera
1.15.
Encofrados de Metal
1.16.
Tubería PVC para Agua Potable
1.17.
Tubería PVC para Aguas Residuales
1.18.
Tubería PEAD para Agua Potable
1.19.
Tubería de Concreto
1.20.
Hierro para Conducción de Aguas
1.21.
Acero de Refuerzo
1.22.
Acero Estructural
1.23.
Guardacaminos metálicas
1.24.
Canastas para gavión
1.25.
Señalización Vial Vertical
1.26.
Demarcación Vial Horizontal
1.27.
Otros Materiales
1.28.
Mano de Obra Directa
2. Costos Indirectos
2.1.
Insumos Indirectos
2.2.
Gastos Administrativos
2.3.
Seguros y Pólizas
2.4.
Servicios
…detallar servicio…
3. Subcontratos
3.1.
Subcontratos
4. Imprevistos
4.1.
Imprevistos
5. Utilidad
5.1.
Utilidad
Total
Nota: (*) El adjudicatario deberá presentar a la Administración el presupuesto detallado dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. De acuerdo con lo establecido en el Artículo No. 103 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
El adjudicatario deberá presentar a la Administración el presupuesto detallado dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. De acuerdo con lo establecido en el Artículo No. 103 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
Estructura de Costos
Licitación N°
Nombre del proyecto:
Nombre de la Empresa:
Renglón de Pago
Descripción (anotar el número o descripción de la actividad según el renglón de pago solicitado en el sumario de cantidades)
Unidad
Cantidad
Indicar
Indicar
CR-
Materiales ofertados para la ejecución de las obras
Longitud de acarreo
Descripción del material (anotar las características del material según las especificaciones)
Unidad
Rendimiento total
Unidad de medida rendimiento
Cantidad
Costo unitario
Monto
Maquinaria y equipos ofertados para la ejecución de las obras
N* equipos
Descripción del equipo o maquinaria (anotar marca, modelo, potencia, capacidad, etc.)
Rendimiento total
Rendimiento total
Unidad de medida rendimiento
Cantidad horas
Costo hora
Monto
Personal y mano de obra ofertados para la ejecución de las obras
N* equipos
Descripción del equipo o maquinaria (anotar la función o rol de cada una de las personas que estarán participando en las diferentes actividades)
Rendimiento total
Unidad de medida rendimiento
Cantidad horas
Costo hora
Monto
Total, Precio Unitario Anexo N°3: Tabla - 3.1.2 Requisitos de admisibilidad del personal:
Equipo de Trabajo Número de Carné CFIA Proyectos / registro de experiencia (Número de Licitación y Número de Contrato APC). Año de Ejecución Monto del Contrato Longitud del proyecto construido (metros) Diseñador estructural. 1. 2. 3. 4. 5.
Ingeniero responsable (Director Técnico).
1.
2.
3.
4.
5.
Ingeniero Residente 1. 2. 3.
Ingeniero Topógrafo
1.
2.
3.
4.
5.
Especialista en Seguridad Laboral e Higiene Ambiental 1.
Maestro de Obras
N/A
1.
2.
3.
4.
5.
Anexo N°4: Maquinaria y equipo por utilizar en el proyecto:
Estructura de Costos
Licitación N°
Nombre del proyecto:
Nombre de la Empresa:
ID equipo maquinaria
Marca
Tipo y modelo (año fabricación)
Potencia HP KW
Descripción (se debe indicar de manera resumida las principales actividades que se ejecutarán)
Equipo maquinaria propio
Equipo maquinaria no propia (subcontratada)
Se debe indicar todo el equipo y maquinaria que se estará utilizando para la ejecución de cada uno de los renglones de pago o líneas solicitadas. En caso de que el adjudicatario requiera realizar algún cambio respecto a lo cotizado, debe presentar la solicitud formal con la debida justificación al Área Técnica durante la reunión pre inicio, por ninguna razón este cambio será por equipo o maquinaria de características y capacidad inferiores a la cotización, sino que deberá ser por equipo y maquinaria con condiciones iguales o superiores respecto a lo cotizado.
Representante Legal____________Firma de Representante Legal____________Autentificación de firma__________
Anexo N°5: Carta de compromiso del profesional y experiencia:
Compromiso de personal profesional
Licitación Menor No. 2026LE-000XXX-0022030101
“Diseño y ampliación de sitio del puente Santa Gertrudis a 02 carriles en el camino 30125600”
Nombre de la empresa
El Suscrito, ____________________, profesional en el área de ____________________, portador de la cédula de identidad número ____________________ e incorporado ante el Colegio Federado de Ingeniero y Arquitectos con el número de carné ____________________, hago constar que conozco la oferta técnica y económica presentada por la empresa ____________________ para el proceso de contratación de la licitación No. ____________________ y manifiesto mi compromiso de participar como ingeniero desarrollando el rol de ____________________ durante la ejecución del contrato, en caso de que esta empresa resulte adjudicada.
Mi participación dentro del proyecto se ajustará a lo requerido por la Administración, actuando acorde a la normativa técnica y ética dentro del campo de ingeniería.
Profesional asignado
Firma del profesional
Se debe aportar este formulario para cada uno de los profesionales que estarán participando dentro del proyecto. Estos profesionales deben cumplir con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones.
Presentación curriculum vitae
Curriculum Vitae del personal propuesto
Licitación Menor No. 2026LE-000XXX-0022030101
“Diseño y ampliación de sitio del puente Santa Gertrudis a 02 carriles en el camino 30125600”
Nombre de la empresa
Nombre del profesional:
Profesión:
Cargo Actual:
Años con la firma:
Nacionalidad:
Cargo por desempeñar:
Preparación académica
No.
Institución
Lugar
Periodo
(mes/ año a mes año)
Título obtenido
1
2
3
Se debe aportar este formulario para cada uno de los profesionales que estarán participando dentro del proyecto. Estos profesionales deben cumplir con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones.
Anexo N°6: Señalamiento vertical informativo de las obras:
Las dimensiones de la siguiente señal deberán ser de 0,80 metros x 1,00 metros y deberán ser colocadas en los frentes de trabajo en una zona visible, delimitando el inicio y final de las obras.
OBRAS POR CONTRATO
Conservación vial para la Red Vial Cantonal
Proceso de contratación: ________________
Inversión económica: ___________________
Administrador: Área de Gestión Vial.
Anexo N°7: Señalamiento vertical informativo de las obras:
Municipalidad De Cartago
Área Técnica De Gestión Vial
Matriz, Plan De Gestión Ambiental y Social
Evaluación De Proyectos De Infraestructura Vial
Descripción del parámetro a revisar
Estado
Frecuencia
Observaciones
Vagonetas cargadas con la góndola cubierta.
Diaria.
Aplicación de riesgo para control de polvo.
Diaria.
Apilamiento de materiales cubiertos.
Diaria.
Velocidad regulada del equipo y maquinaria.
Diaria.
Motores apagados cuando no están trabajando.
Diaria.
Equipo y maquinaria con RTV y en buen estado.
Semanal.
Prohibido verter materiales en causes o zonas protegidas.
Semanal.
Limpieza antes, durante y después de los procesos constructivos.
Diaria.
Al cierre de actividades, las áreas de campamento deberán ser limpiadas, las estructuras retiradas y el área rehabilitada a su condición anterior.
Diaria.
Delimitar las áreas de trabajo de forma tal que la maquinaria y/o equipo, transite por el derecho de vía actual, en caso de áreas para garaje y de maquinaria y equipo pesado, deberán ubicarse en zona impactada dentro del mismo derecho de vía.
Semanal.
La mezcla del concreto hidráulico se deberá efectuar sobre una plataforma adecuada, protegiendo el suelo, lejos de los cursos de agua o áreas ambientalmente frágiles.
Prohibido hacerlo en el suelo, en caso de derrame, limpiar inmediatamente.
Semanal.
Durante la noche, no dejar maquinaria estacionada dentro de la calzada existente.
Diaria.
Limpiar las llantas de las vagonetas antes de que éstas abandonen o ingrese en el área del proyecto, cuando estás deja residuos.
Diaria.
Coordinar con la empresa de servicios públicos competente para prevenir y eventualmente daños y demás.
Semanal.
Mantener un botiquín de primeros auxilios en el área del proyecto.
Semanal.
Nombre del Proyecto:
Esta matriz no exime al contratista del cumplimiento del documento de Buenas Prácticas Ambientales de SETENA.
Inspector Municipal:
Contratista
Fecha de revisión:
Anexo N°8: Estimación de cantidades del proyecto:
Renglón CR-2020 Detalle Cantidad Unidad Precio Unitario Precio total
1. Etapa de Diseño
CR.105.03
1.1.
Especificaciones, planos y dibujos
1
Gbl
2. Obras Preliminares
CR.151.01
2.1.
Movilización
1
Gbl
CR.203.05
2.2.
Remoción de estructuras y disposición de escombros y residuos
1
Gbl
CR.152.05
2.3.
Topografía y estaqueado para puentes
1
Gbl
3. Construcción
3.1. Cimentación
CR.565.01
3.1.1.
Pilotes Preexcavados y colados en sitio
504
3.1.2. Subestructura
CR.208.01
3.1.3.
Excavación para estructuras mayores
600
m³
CR.208.03
3.1.4.
Relleno para estructuras mayores
250
m³
CR.552.07
3.1.5.
Sello de Concreto (18 Mpa)
15
m³
CR.552.01
3.1.6.
Concreto hidráulico para estructuras mayores clase A (28 MPa)
195
m³
CR.554.02
3.1.7.
Acero de refuerzo de baja aleación, INTE 06-09-02 (ASTM A706M grado 60)
17500
Kg
CR.569.01
3.1.8.
Encofrado
1
Gbl
CR.251.01
3.1.9.
Escollera clase: piedra ligada con concreto
170
m³
3.2. Superestructura
CR.564.01
3.2.1.
Accesorios de Apoyo
8
Und
CR.555.01
3.2.2.
Acero de Estructural (vigas, diafragmas, atiezadores y conectores)
35500
kg
CR.563.01
3.2.3.
Pintura para estructuras
1
Gbl
CR.569.01
3.2.4.
Encofrado
1
Gbl
CR.554.02
3.2.5.
Acero de refuerzo de baja aleación, INTE 06-09-02 (ASTM A706M grado 60)
9000
kg
CR.552.01
3.2.6.
Concreto hidráulico para estructuras mayores clase A (28 MPa)
65
m³
CR.567.01
3.2.7.
Junta Impermeabilizante
20
m
CR.618.01
3.2.8.
Baranda New Jersey
60
m
CR.617.03
3.2.9.
Baranda de protección peatonal
25
m
3.3. Accesos de aproximación
CR.204.03
3.3.1.
Excavación en la vía
300
m³
CR.615.01
3.3.2.
Aceras con loseta táctil
80
m²
CR.552.01
3.3.3.
Concreto hidráulico para estructuras mayores clase A (28 MPa)
25
m³
CR.554.02
3.3.4.
Acero de refuerzo de baja aleación, INTE 06-09-02 (ASTM A706M grado 60)
2200
Kg
CR.301.01
3.3.5.
Subbase de agregados
160
m³
CR.301.02
3.3.6.
Base de agregados
200
m³
CR.414.01
3.3.7.
Riego de Imprimación
510
L
CR.405.01
3.3.8.
Capa de mezcla asfáltica en caliente tipo AB preparada en planta central, diseñado por la metodología Marshall
110
Tm
CR.618.01
3.3.9.
Baranda New Jersey
10
m
CR.618.04
3.3.10.
Terminales de New Jersey
10
m
CR.617.03
3.3.11.
Baranda de protección peatonal
40
m
CR.617.01
3.3.12.
Sistema Flex Bean
50
m
3.4. Sistema Pluvial
CR.209.01
3.4.1.
Excavación para otras estructuras
60
m³
CR.209.02
3.4.2.
Excavación de zanjas
140
m³
CR.209.03
3.4.3.
Relleno para otras estructuras
60
m³
CR.209.04
3.4.4.
Relleno de fundación para otras estructuras
125
m³
CR.617.01
3.4.5.
Tubería de alcantarillado de concreto con refuerzo clase III de 800 mm
50
m
CR.604.01
3.4.6.
Pozo de Registro
4
Und
CR.604.03
3.4.7.
Cabezales
2
Und
CR.604.04
3.4.8.
Tragantes
6
Und
CR.604.04
3.4.9.
Marcos metálicos y parillas
6
Und
CR.608.01
3.4.10.
Cuneta Revestida
100
m2
CR.609.01
3.4.11.
Cordón y caño
80
m
3.5. Señalización
CR.634.01
3.5.1.
Demarcación de línea continua, color Blanca
170
m
CR.634.01
3.5.2.
Demarcación de línea continua, color Amarilla
160
m
CR.634.15
3.5.3.
Captaluces
120
Und
CR.633.01
3.5.4.
Instalación de señal
8
Und
4. Obras Complementarias
CR.635.01
4.1.
Señales Verticales de Control Temporal del Transito (Acorde a PMT)
1
Gbl
5. Reubicación del puente peatonal existente
N/A
5.1.
Reubicación del puente
1
Gbl
N/A
5.2.
Descapado y Pintura.
1
Gbl
6. Mantenimiento Rutinario – puente vehicular existente
N/A
6.1.
Lavado y limpieza
1
Gbl
N/A
6.2.
Pintura
1
Gbl
CR.634.01
6.3.
Demarcación de línea continua, color Amarilla
30
m
Total
Nota: (*) Se adjuntará la tabla anterior en el anexo N°9, para mantener las líneas establecidas por la administración, la oferta deberá apegarse estrictamente al pliego de condiciones, con el fin de establecer un punto de estudio en igualdad para la totalidad de los oferentes.
No se admitirá ninguna variación en la tabla de estimaciones de cantidades del proyecto, ni inclusión de nuevos renglones, por lo que se solicita cotizar la totalidad de las líneas descritas en la misma, manteniendo el orden establecido.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
4.
Especificaciones técnicas:
4.1.
Aspectos generales:
La oferta por presentar deberá tomar como referencia en todos sus extremos, Los estudios preliminares adjuntos en el Anexo N°9, insumo producto de la licitación N°2025LD-000195-0022030101 “Estudios preliminares para construcción de puentes sobre caminos 30125600 y 30102900 en los distritos de Guadalupe y Corralillo (Santa Gertrudis)”.
4.2.
Disposiciones para el adjudicatario:
El adjudicatario del proceso administrativo deberá cumplir con las siguientes condiciones que dispone la Administración para dar inicio con la ejecución de las obras, y para garantizar un sano y ágil proceso constructivo con la finalidad de cumplir el objeto contractual del proceso de contratación pública.
4.2.1. Reunión Preinicio
La reunión preinicio de obras tendrá como objetivo la coordinación previa de las labores entre las partes, además de la revisión y aprobación final de los documentos que forman parte de las condiciones y especificaciones técnicas para el adjudicatario, y las cuales se detallan en el presente apartado. La documentación descrita más adelante deberá ser entregada a la Administración (Área de Gestión Vial) el día de la reunión preinicio. Dicha reunión tiene carácter de obligatoriedad. Esta será coordinada una vez se emita la notificación del contrato.
Documentos técnicos (deberán ser aportados por el contratista el día de la reunión preinicio).
i.
Bitácora de Obra del CFIA, para lo anterior el documento de exoneración de obra pública será facilitado por esta Unidad Técnica de Gestión Vial de manera adjunta a la convocatoria de la reunión preinicio, por lo cual debe presentarse la bitácora de obra en dicha reunión. El trámite respectivo para el registro de la obra debe realizarlo el Contratista, así como el aporte de la bitácora, custodia y cierre de la misma posterior al finalizar las obras.
ii.
Plan de Manejo de Tránsito Temporal para implementar durante la ejecución de la obra. Este plan debe ajustarse a lo especificado en el decreto ejecutivo No 38799-MOPT “Reglamento de Dispositivos de Seguridad y Control Temporal de Tránsito para la Ejecución de Trabajos en las Vías”, acorde a la descripción que se indica más adelante.
iii.
Pólizas de riesgos del trabajo y responsabilidad civil.
iv.
Lista de maquinaria y equipo a utilizar, misma que debe ser consecuente con la información aportada en la oferta original, adjuntando los documentos probatorios de que se encuentra al día con el pago de los derechos de circulación, las revisiones técnicas vehiculares para los vehículos y maquinaria, así como, las tarjetas de pesos y dimensiones vigentes que así lo requieran.
v.
Plan de Autocontrol de Calidad detallado.
4.2.2. Programa de Trabajo
Cuando la Administración presente al adjudicatario la orden de inicio, este tendrá un plazo de 05 días hábiles para presentar el programa de trabajo (cronograma de obra), considerando cada una de las actividades y cantidades solicitadas por la Administración. El Contratista debe cumplir con los requisitos establecidos en la Sección 155 del CR-2020, y con las observaciones citadas en este documento. La revisión y aprobación del programa estará a cargo del Área de Gestión Vial, posterior a la aprobación de este, este programa de trabajo adquirirá la formalidad del caso y será el programa oficial de la entrega por realizar.
El programa de trabajo debe contener una descripción breve, con un desglose detallado de todas las actividades solicitadas y plazos de ejecución propuestos, indicando los horarios y jornadas de trabajo a implementar. El Área de Gestión Vial tendrá un plazo máximo de 02 días hábiles para aceptar o rechazar la propuesta del programa. En caso de no ser aprobada la propuesta, será devuelta al contratista con las indicaciones respectivas, para su corrección. El contratista tendrá un plazo de 03 días hábiles a partir del momento de la devolución, para entregar el programa de trabajo corregido.
El incumplimiento de este requisito impedirá el inicio o reanudación de las actividades en el proyecto según sea el caso. Además, se debe considerar que mientras el programa no sea aprobado, el contratista no podrá iniciar las labores de construcción, con excepción de la movilización de elementos o maquinaria, el control del tránsito y servicios e instalaciones de obra temporales.
El programa de trabajo aprobado será la base para las siguientes actividades:
•
Control de avance físico y financiero.
•
Control de plazo para la entrega requerida.
•
Control de las suspensiones de plazo (totales o parciales que afecten la ruta crítica).
•
Control de recursos asignados por actividad.
•
Control de rendimientos.
•
Determinación de los traslados en la fecha prevista de terminación.
•
Evaluación de los reclamos administrativos del Contratista.
El Programa de Trabajo debe ser actualizado por el contratista conforme se avance en las diferentes entregas, y será indispensable la presentación actualizada para realizar las estimaciones físicas y económicas para gestionar los pagos; este programa debe ser entregado tanto en formato físico como digital, utilizando algún software o sistema que permite visualizar las actividades a realizar con los duraciones y cronologías constructivas (actividades predecesoras y sucesoras) mediante un diagrama de Gantt o similar. Para este programa de seguimiento y control de obra se deberá incorporar como mínimo la siguiente información:
•
Nombre del proyecto.
•
Número de licitación.
•
Nombre del contratista.
•
Nombre de los ingenieros (director de obra y residente).
•
Tiempo total autorizado para la ejecución del contrato con su fecha de finalización.
•
Tipo de programa de trabajo (inicial o actualización).
•
Fecha efectiva, propuesta o autorizada para el inicio del programa u obra.
•
Porcentaje de trabajo ejecutado previamente y tiempo utilizado previamente.
•
Recursos económico-ejecutados.
Cuando surja una eventualidad, situación o circunstancia que requiera una prórroga en el plazo o reconocimiento de este, deberá ser solicitada vía oficio administrativo por el Contratista mediante SICOP, acorde a lo indicado en la sección CR 109.03 Plazo de ejecución del contrato.
4.2.3. Estructura Técnico-Administrativa
Se debe aportar un detalle organizacional que contenga los roles y funciones de todo el personal asignado al proyecto, que muestre los nombres, la jerarquía y responsabilidades de cada uno de los encargados de la ejecución del proyecto (en concordancia con lo considerado en la oferta original). En caso de realizar algún cambio del personal profesional, se debe aportar la solicitud del Contratista con respectiva carta de compromiso del nuevo profesional (según el formato del Anexo N°5) y la respectiva certificación del CFIA, este profesional deberá cumplir con la experiencia establecida para este proceso. La Administración podrá aceptar discrecionalmente el cambio y, de no ser aprobada la participación del nuevo profesional, se deberá cumplir con la propuesta original de la oferta.
4.2.4. Plan de Autocontrol de Calidad
El plan de autocontrol de calidad del contratista deberá ser con base a los parámetros de calidad y criterios de aceptación establecidos para cada uno de los renglones de pago del CR-2020 y normas INTECO (en caso de aplicar) solicitados en los respectivos procesos constructivos. Adicionalmente, este plan de autocontrol deberá presentarse de acuerdo con el plan de trabajo, y debe considerar todos los ensayos y muestreos que se establezca en el CR-2020 y normativa técnica atinente para cada una de las actividades, indicando el nombre, designación, frecuencia, cantidad de ensayos y sitio de muestreo de los ensayos a realizar, de manera que se asegure una infraestructura con altos estándares de calidad según la normativa nacional.
El plan de muestreo aleatorio debe indicar claramente la forma de asegurar la aleatoriedad del muestreo.
El autocontrol de calidad de los materiales y procesos que conforman las líneas o renglones de pago solicitados en este documento deberá ser asumido y realizado por el oferente que resulte adjudicado, quedando a discreción del oferente si el mismo será un subcontrato o un servicio, siendo que esta condición deberá ser indicada claramente dentro de su oferta. Para la gestión y administración de este programa de control de calidad se debe contar con un consultor de calidad, debidamente acreditado ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA). Este plan de autocontrol de calidad deberá ajustarse a la disposición SC-02-2001 MOPT-CONAVI y lo especificado en cada una de las sesiones y subsecciones del CR-2020 de las actividades solicitadas para la aceptación de las obras, adicional se deberá contemplar el control de calidad para:
•
Pintura de vigas (espesores para sistema 4).
•
Demarcación Horizontal (reflectometría).
El oferente debe cumplir con los parámetros técnicos establecidos en las presentes especificaciones del pliego de condiciones. Para ello, el contratista deberá entregar un informe de laboratorio que indique expresamente que se cumple con lo indicado supra, este informe se deberá entregar al final de la obra. Adicional, la Administración podrá solicitar un estudio extraordinario cuando lo considere pertinente. Así mismo, la Administración podrá realizar discrecionalmente pruebas de control de calidad.
La Administración se reserva el derecho de disponer de un laboratorio de materiales y consultor de calidad para la verificación de la calidad de los materiales y procesos constructivos desarrollados por el adjudicatario. El laboratorio de materiales y consultor de calidad dispuestos por el oferente no podrá ser el mismo que eventualmente utilizará la Administración (Ingeniería Gamboa IGSA, S.A., producto del proceso 2023LD-000209-0022030101).
Cada ensayo y su resultado deberán estar referenciado al criterio de aceptación del renglón de pago ensayado, mostrando los rangos o tolerancias de aceptación permisibles y el resultado obtenido producto del ensayo, esto específicamente para los procesos de colocación, compactación y acabado de mezcla asfáltica.
Todas las actividades para el autocontrol de calidad de los materiales, productos y procesos del proyecto serán responsabilidad exclusiva del contratista y los resultados deberán respaldarse mediante la presentación semanal, mensual (o según se establezca la frecuencia) de las constancias de calidad generadas a partir de las pruebas pertinentes, realizadas por su laboratorio debidamente aceptados por la Administración, así como la entrega del Certificado Final de Calidad de la Obra Terminada. La Administración no realizará ningún pago adicional por concepto de esta actividad, pues deberá ser considerado dentro de los costos económicos de la oferta original.
Las muestras deben ser tomadas por el personal del consultor de calidad, y siempre bajo la presencia de un inspector de obra vial del Área de Gestión Vial. El Ingeniero Residente o Técnico encargado de obtener las muestras debe dejar constancia por escrito en el libro de bitácora con las debidas referencias de los ensayos realizados.
La periodicidad para la entrega de los informes de calidad y sus resultados será definida entre las partes y dependerá de los trabajos realizados, estos documentos deben ser remitidos al Área Técnica para el respectivo control y aceptación de la obra y facturación. Los reportes o informes deben contener toda la información y documentación del periodo en análisis y obras realizadas. Las constancias de calidad deben ser presentadas mediante un documento original, con el respectivo membrete de la firma, selladas y firmadas por el profesional responsable, además deben incorporarse las conclusiones y recomendaciones de cada caso en particular, en este apartado el organismo encargado del autocontrol de calidad deberá expresar el cumplimiento a satisfacción o no de cada material o proceso constructivo según los criterios de aceptabilidad establecidos en el CR-2020 o en las demás normas, así como las recomendaciones para la corrección de algún desperfecto que se presente. En caso de ser necesario, la Administración tendrá acceso a las memorias de cálculo de laboratorio. No serán de recibido los informes que no cuente con las conclusiones y recomendaciones, tal y como se mencionó anteriormente.
De evidenciarse alguna carencia en la calidad o acabado de los materiales y procesos, el contratista deberá corregir lo observado mediante las observaciones y medidas correctivas que se manifiesten.
Cuando la empresa solicite la recepción definitiva de la obra, se debe emitir un certificado final de calidad de obra terminada (materiales y procedimientos constructivos), se debe adjuntar el informe final del consultor de calidad, el cual debe contener el historial (cuadros resumen, gráficos, memorias, fotografías, etc.) y criterios de aceptabilidad, declarando expresamente el cumplimiento de la obra acorde a los requisitos contractuales. El informe final de calidad debe concluir con una declaración por parte del responsable o consultor de calidad, en donde exprese el resultado final de los ensayos de los materiales y procesos constructivos.
Los atestados mínimos para el consultor de calidad serán según el siguiente detalle:
Cuadro N° 1: Experiencia mínima requerida para el consultor de calidad:
Experiencia mínima para el personal profesional
Descripción o rol del profesional
Experiencia mínima solicitada
Director Técnico: profesional en ingeniería civil o en construcción con grado académico de licenciatura (mínimo). Experiencia en planificación, construcción, rehabilitación, mejoramiento y mantenimiento de vías y puentes y/o supervisión de estas, procesos de control y verificación de la calidad, revisión e interpretación de resultados de ensayos e informes de calidad, tanto para materiales como para procesos constructivos.
10 años
La oferta debe indicar un listado con los nombres de los ensayos y su designación que eventualmente se estarían realizando para cada renglón de pago de acuerdo con las actividades solicitadas. Se debe adjuntar una lista de los ensayos acreditados (debe tener acreditado como mínimo 6 ensayos) ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), según la norma INTE-ISO/IEC-17025 vigente.
4.2.5. Protección de las obras y personal (plan de higiene, seguridad y salud ocupacional):
El Contratista debe velar la protección de los trabajos y obras existentes en el sitio, la protección de la zona de las obras, la protección de los vehículos y peatones, y asumir la responsabilidad ante algún daño provocado a las infraestructuras aledañas durante la ejecución de este proyecto. Las áreas de circulación disponibles para el tránsito de peatones y vehículos deben permanecer libres de obstáculos y de cualquier tipo de material, además se deberán delimitar y demarcar todos los pasos peatonales que se dispondrán para la circulación de las personas, acorde al Plan de Manejo de Tránsito.
Los apilamientos de materiales en campo, no podrá obstruir el paso o tránsito, y deberán cubrirse con lonas o plásticos y delimitar las áreas o perímetros con dispositivos reflectivos. Es responsabilidad exclusiva del contratista ejecutar las acciones necesarias para asegurar un adecuado control del polvo en la obra durante las jornadas de trabajo y posterior a ellas, así como disponer de todos los desechos en un lugar apto previamente aprobado por el Área Técnica, se deberá aportar la documentación del lugar destinado para el depósito de los desechos, con la debida habilitación o autorización para tal fin.
Los trabajos realizados deben garantizar que el nivel final de superficie de ruedo generado coincida con los niveles de los pozos, tragantes y registros de los sistemas existentes para el manejo y buen funcionamiento de los sistemas actuales (potable, pluvial, sanitaria, telecomunicaciones) o demás obras complementarias a la infraestructura vial existentes, por lo cual es responsabilidad del contratista extraer los elementos existentes (tapas, rejillas, etc.), durante el proceso constructivo, colocarlos a nivel y adecuadamente posterior a las obras para evitar las diferencias de niveles en la superficie final, considerando los respectivos bombeos generados a la superficie de ruedo y demás detalles constructivos.
En caso de ser necesario, se debe realizar algún tipo de limpieza especial con solventes o productos de composición química con cuidados especiales, se deberán considerar todas las medidas de seguridad para el personal, dado la naturaleza tóxica de algunos productos de limpieza, se exigirá la remoción, el almacenamiento y la disposición adecuados de todos estos desechos acorde con las leyes de protección del medio ambiente.
Todo el personal profesional y técnico deberá utilizar en todo momento los implementos necesarios para salvaguardar la seguridad laboral e integridad de su personal, tales como casco, chaleco retrorreflector, guantes, lentes de seguridad, arnés o líneas de vida, etc., todo lo anterior según la naturaleza de las obras ejecutadas.
Se debe disponer en campo de cabañas sanitarias (la cantidad dependerá del número de colaboradores en campo, al menos 1 cabaña por cada 12 personas) para que los colaboradores de la empresa cuenten con un espacio adecuado para realizar sus necesidades fisiológicas, no será admitido de ninguna manera que los colaboradores de la empresa utilicen áreas públicas para este tipo de actividades, estas cabañas deben recibir el respectivo mantenimiento sanitario periódicamente.
Por ningún motivo se puede utilizar indumentaria o accesorios con signos externos de alguna otra institución ajena a la Municipalidad de Cartago. Los costos económicos incurridos para la aplicación de los detalles citados anteriormente deberán ser asumidos por el contratista.
4.2.6. Plan de Manejo de Tránsito en Obra:
Como se indicó anteriormente, el contratista deberá elaborar y presentar un plan para el manejo temporal de tránsito para implementar durante el proceso constructivo, el cual deberá cumplir con lo establecido en el decreto ejecutivo N°38799-MOPT “Reglamento de dispositivo de seguridad y control temporal de tránsito para la ejecución de trabajos en las vías”. Es indispensable que durante la ejecución de las obras el contratista deberá realizar todo el señalamiento temporal de los desvíos provisionales para las rutas alternas o dentro de la propia ruta a intervenir y quitarlas cuando se inhabiliten o finalice el proyecto, de conformidad con las directrices de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT); los costos que esto genere serán cubiertos por el contratista y deberán ser incluidos en la oferta económica. Estas rutas alternas deberán tener la característica de contar en todo momento con las señales disponibles en campo, de manera que se trasmita y guie de manera oportuno a los usuarios sobre las vías alternas disponibles.
Se debe contemplar que el puente existente debe estar habilitado, es decir no es posible cerrar el paso en la vía de manera indefinida, si se podrán hacer cierres temporales con previa autorización de la administración, para la debida comunicación a la población.
Este plan de manejo de tránsito deberá considerar la colocación de dispositivos preventivos para los peatones y población vulnerable, así como facilitar los medios para el paso provisional de peatones sobre el sitio de las obras, de manera que siempre se resguarde la integridad de todas las personas transeúntes.
Dentro del señalamiento vertical para el control temporal de tránsito, se debe considerar la colocación de rótulos informativos sobre el proyecto (uno al inicio y otro al final del tramo), con el detalle que se muestra en el Anexo N°6. Este rótulo informativo deberá colocarse en los frentes de trabajo, por lo cual será responsabilidad del contratista estar reubicando el mismo de manera visible en el campo. Incorporar dentro de las señales que formarán parte del Plan de Manejo de Tránsito una cantidad razonable de rótulos con la leyenda “Trabajos en la vía”, estos rótulos deberán tener el logo de la Municipalidad de Cartago bien visible.
Todo el Plan de Control de Tránsito debe venir acompañado de un croquis de la zona donde se muestren los dispositivos que se utilizarán en las zonas de trabajo, así como un croquis con el señalamiento de las rutas alternas y demás detalles que considere el contratista. La propuesta y puesta en marcha de este plan, debe considerar los elementos y dispositivos necesarios para realizar los controles viales pertinentes, así como todo el personal necesario y exclusivo para estas acciones. El personal destinado para estas labores debe dedicarse únicamente a las actividades señaladas en este plan.
4.2.7. Protección al medio ambiente:
Como parte de la responsabilidad ambiental y desarrollo de infraestructura sostenible con el medio ambiente, la Unidad Técnica de Gestión Vial de la Municipalidad de Cartago aplicará una matriz denominada “Plan de Gestión Ambiental y Social” (ver Anexo N°7).
En dicha matriz se establecen algunos aspectos relacionados al cuido del entorno natural con su respectiva frecuencia, los cuales deberán ser acatados con obligatoriedad por el contratista para preservar y velar por el bienestar del medio ambiente. Lo anterior con la finalidad de no generar modificación o afectación que pueda repercutir de manera negativa en el entorno natural. Esta matriz estará siendo valorada periódicamente por el Área de Gestión Vial para velar y garantizar por el cumplimiento de esta. Además de lo anterior, el Contratista deberá facilitar las condiciones para mantener el respeto y buena conducta de sus colaboradores, será responsabilidad del contratista el comportamiento de sus cuadrillas de trabajo en relación con todas las personas asociadas a las obras y entorno en general. En caso de ser necesario (acorde a la cantidad de trabajadores, zonas de intervención) se debe de disponer de cabañas sanitarias, centros de reunión para consumo de alimentos, centros de acopio de materiales, etc.
Esta matriz no exime al contratista del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código de Buenas Prácticas Ambientales de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA. El contratista puede solicitar o realizar la modificación, considerando como mínimo los parámetros que fueron indicados en la matriz, la responsabilidad de la ejecución y cumplimiento de todas las medidas establecidas en la matriz será del contratista, se deberá llevar un diario para el control de todas estas actividades aportado y resguardado por el contratista, además el contratista deberá asumir el costo económico para el desarrollo de cada medida.
4.2.8. Inspección de la obra vial:
La Unidad Técnica de Gestión Vial será la dependencia municipal que asumirá la administración del contrato y la inspección de las obras, contando con la presencia diaria de un Inspector de Obra Vial, y las visitas periódicas de los Ingenieros del Área Técnica.
La empresa contratista será la encargada de la dirección técnica, mediante su director técnico e Ingeniero Residente. El Director Técnico deberá visitar el sitio de obras, al menos una vez a la semana y consignarlo en la bitácora del CFIA. El Ingeniero Residente deberá permanecer en sitio a diario, para dar continuidad a las obras, controlar los procesos constructivos y solventar cualquier eventualidad que se pueda presentar. Deberá realizar todas las anotaciones respectivas en la bitácora del CFIA, así como atender las sugerencias y recomendaciones que registren en dicha bitácora los funcionarios de la Unidad Técnica Vial. El maestro de obras o encargado de cuadrillas deberá permanecer a tiempo completo en el sitio de las obras y deberá mantener informado en todo momento al Ingeniero Residente de cualquier inconveniente, situación y estado general de la ejecución de las obras.
La inspección de las obras durante el proceso constructivo se llevará a cabo mediante métodos visuales, certificaciones de calidad, conformidad determinada y ensayada, valor de trabajo, inspección en planta y en sitio; lo anterior será acordado entre las partes, y se realizará de acuerdo con lo establecido en la subsección “Aceptación del trabajo” del CR-2020. Del mismo modo regirá la sección 107 del CR-2020, para considerar los parámetros de aceptación, control y pago de las obras, aceptación parcial y final de las obras.
Durante la ejecución y progreso de las obras, se estarán considerando los lineamientos y procedimientos descritos en la sección “Ejecución y progreso” del CR-2020. Lo anterior en relación con el inicio y ejecución de obras, determinación y extensión de tiempo del contrato, ordenes de servicio y modificación, y demás aspectos atinentes a la naturaleza de las obras solicitadas.
Para la medición y cuantificación de los materiales, así como de los pagos respectivos, se establecerán los métodos de medición expuestos en la sección “Medición y pago” del CR-2020, el método será elegido entre las partes, de manera tal que durante todo el proceso constructivo se guarde uniformidad para la medición de los materiales a utilizar. De acuerdo con el método seleccionado, se deben aportar los documentos y memorias que se consideren necesarios, no obstante, para todo tipo de material se debe entregar la boleta respectiva al inspector municipal una vez que el material ingrese al sitio del proyecto.
Paralelamente a lo anterior, la Administración verificará aleatoriamente los espesores, anchos, bombeos y otros parámetros establecidos en la especificación de cada uno de los materiales y sus procesos constructivos, con la finalidad de garantizar que efectivamente se cumpla con las estructuras y características definidas en las especificaciones.
Es importante mencionar que, como parte de la inspección y verificación de las obras, el Área de Gestión Vial por medio de un ente debidamente acreditado podrá realizar ensayos para la verificación de la calidad de los materiales y procesos constructivos, dichos ensayos serán insumo y base para generar los pagos respetivos, estos serán realizados bajo disposición y discrecionalidad de la Administración. En caso de existir alguna disconformidad entre los resultados del autocontrol del Contratista y la verificadora de calidad de la Administración, el Contratista deberá realizar un tercer ensayo para corroborar los datos. Por lo anterior se deberá definir y establecer en la reunión de inicio la programación de los ensayos, a fin de que ambos entes o laboratorios ensayen la misma muestra y el mismo proceso constructivo durante el mismo periodo de tiempo.
El Contratista tendrá que asignar alguna persona encargada en las obras para recibir notificaciones.
4.2.9. Otras consideraciones importantes para el contratista:
1.
Permiso del propietario registral de los terrenos donde se dispondrán los escombros y/o materiales producto de movimientos de tierra, material orgánico producto del descuaje y remoción de árboles y demás actividades, así como residuos sólidos ordinarios. Este terreno debe cumplir con la normativa requerida, y contar con un plan para el apilamiento y procesamiento de los desechos generados durante las fases constructivas.
2.
Declaración Jurada emitida por el contratista que exonera de toda responsabilidad a la Administración, en cuanto a los costos generados por alimentación, alojamiento u otros gastos para cubrir las necesidades del personal de la empresa.
3.
Declaración Jurada emitida por el contratista, en la cual se responsabilice por los daños materiales o físicos que resulten de perjuicios a la infraestructura pública y privada, así como asumir las reparaciones respectivas cuando sea procedente.
4.
Declaración jurada emitida por el contratista, donde manifieste que los equipos fijos (por ejemplo, plantas de asfalto, quemadores, plantas de concreto y otros), dispondrán en todo momento de los filtros, silenciadores y capta-polvos que contribuyan a disminuir la contaminación sónica y las partículas suspendidas.
5.
Declaración jurada emitida por el contratista en la cual exprese estar de acuerdo con la matriz denominada “Plan de Gestión Ambiental y Social” y el respectivo cumplimiento de esta durante todas las fases del proyecto.
6.
Presentar los documentos técnicos relacionados a los diseños de mezcla asfáltica para pavimento, diseño de concretos, y demás documentos técnicos relacionados a los materiales a utilizar.
7.
Todos los materiales que serán acarreados a los sitios de las obras por medio de vagonetas o cualquier otro equipo similar, deberán ser transportados con las góndolas debidamente cerradas y cubiertas, con sus respectivos marchamos colocados desde la planta de producción e inalterados, para garantizar la entrega certera del material según la boleta de despacho, misma que debe ser entregada al inspector municipal una vez que llegue al sitio de las obras.
8.
Los niveles finales de la superficie de ruedo y las distintas tapas de los sistemas de servicios públicos (acueductos, alcantarillado sanitario, etc), deben coincidir para no generar desniveles que puedan ser percibidos por los usuarios de las vías; de manera que siempre que sea necesario se deberán ajustar o subir estos elementos (tapas) mediante prácticas constructivas adecuadas, que garanticen la funcionabilidad de estas sin alteraciones prematuras.
4.2.10. Especificaciones constructivas:
El Área de Gestión Vial como dependencia administradora del contrato, establece la siguiente serie de características y condiciones técnicas de carácter obligatorio para todos los potenciales oferentes que manifiesten interés en participar del proceso de contratación pública; por lo anterior las acotaciones descritas a continuación deben ser valoradas y tomadas en cuenta para la elaboración y presentación de las respectivas ofertas económicas. Del mismo modo en cada una de las ofertas económicas debe ser evidente la consideración y manifestación de estos parámetros técnicos, de manera que todos los lineamentos descritos en el presente documento sean respetados y acogidos en todo momento durante los procesos constructivo.
El proyecto deberá se desarrollado considerando todas las disposiciones establecidas en los siguientes documentos que respaldan la normativa técnica en la materia a nivel nacional, de acuerdo con lo establecido por el Ente Rector Vial, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
•
Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-2020 modificadas o ampliadas en su última edición.
•
Manual de Puentes de Costa Rica, M-P 2024.
•
Manual de Especificaciones Generales para la Conservación de Caminos, Carreteras y Puentes.
•
Manual de construcción para caminos, carreteras y puentes MC-83.
•
Normas y diseños para la construcción de carreteras.
•
Código de Buenas Prácticas Ambientales, emitido por la Secretaría Técnica Ambiental Nacional.
•
Código Sísmico de Costa Rica CSRC en su última edición
•
Lineamiento para el diseño sismorresistentes de puentes CFIA en su última edición.
•
Reglamento para concreto estructural y comentarios ACI 318-08 en su última edición.
•
Manual de construcción en acero AISC en su última edición.
•
Especificaciones para puentes de carreteras AASTHO-LRFD en su última edición.
•
Especificaciones para diseño sismorresistentes de puentes en carretera AASTHO LRFD en su última edición.
•
Especificaciones para soldadura AWS D1.1 WELDING CODE en su última edición.
•
Decreto ejecutivo No 25235-MTSS Reglamento de Seguridad en Construcciones. •
Ley No. 7600. Ley de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.
•
Decreto Ejecutivo No. 40137-MOPT Reglamento a la Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal.
•
Decreto Ejecutivo No. 40139-MOPT Oficialización de la Norma Técnica para el Desarrollo y la Conservación de la Red Vial Cantonal.
•
Decreto Ejecutivo No. 31363-MOPT del 02 de junio de 2003 (Reglamento de circulación de por carreteras con base en el peso y las dimensiones de los vehículos de carga).
•
Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito (SIECA).
•
Especificaciones de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA).
•
Planos y/o esquemas y demás disposiciones contractuales
•
Y demás normas, códigos, leyes, reglamentos, decretos, entre otros, atinentes a la materia de infraestructura y seguridad vial, según los lineamientos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes; cumpliendo en su totalidad para cada una de las actividades solicitadas por la Administración.
4.3.
Confección de Planos y Diseños / Fase de Diseño:
El adjudicatario deberá entregar planos completos con todos los elementos que componen la solución constructiva del puente Santa Gertrudis, tramitados ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, y se debe ejecutar el registro de responsabilidad por Diseño y Construcción.
4.4.
Desarrollo del Proyecto / Fase Constructiva:
El adjudicatario deberá realizar el trámite de bitácora digital previo al inicio de las obras constructivas y deberá registrar al profesional municipal que designe la administración, por concepto de inspección.
Al finalizar la obra, el adjudicatario deberá realizar la entrega formal de los planos As-Built por medio de la plataforma SICOP con copia a la administración vía correo electrónico a los apartados heinercm@muni-carta.go.cr y ronnyrf@muni-carta.go.cr.
4.4.1
El proyecto por desarrollar contempla 03 intervenciones:
a.
La ampliación de sitio del puente existe a 02 carriles.
b.
Reubicación del puente peatonal, del costado aguas abajo, al costado aguas arriba de la estructura del puente existente.
c.
Mantenimiento rutinario del puente existente.
4.4.1.1.
Ampliación de sitio del puente existe a 02 carril Se define como la construcción de un puente independiente de la estructura actual de un carril, misma que se mantiene, es decir, el proyecto a desarrollar contempla la construcción de infraestructura para la habilitación del paso en sentido oeste a este, destinando el puente actual para el flujo vehicular en sentido este a oeste como se muestra a continuación:
Imagen #2: Referencia – flujo vehicular
Nota: (*) Se hace la aclaración que la imagen #2 es únicamente de referencia para la ubicación general del puente, los bastiones del puente a construir se deberán referenciar a la par de los bastiones del puente existente, es decir en la ubicación de los aletones del puente existente.
4.4.1.2. Estructura:
El diseño deberá desarrollar la estructura de un puente de una vía con un paso peatonal adosados con vigas de acero sobre estribos de concreto reforzado, con una longitud de 30 m y un borde libre de 1,0 m.
Se debe tomar en cuenta un emplazamiento del puente con un sitio de cimentación tipo S2 en Zona III (según el documento Lineamientos para el Diseño Sismorresistente de Puentes, CFIA, 2013).
4.4.1.3. Capacidad estructural:
El puente por diseñar debe cumplir con la normativa citada supra, con el fin de que se asegure el comportamiento adecuado de la estructura ante cualquier estímulo por cargas propias y temporales, eventos naturales, comportamiento térmico y cualquier otro agente que influya en la modelación y análisis de este. Esta estructura debe considerar una carga temporal de diseño HL-93.
4.4.1.4. Geometría:
Para efectos de licitación, se deberá considerar para la oferta, la estructura y longitud de drenaje indicada en la siguiente tabla con el propósito de que todos los posibles contratistas oferten basándose en los mismos parámetros.
Cuadro N° 2: Geometría del Puente a construir: Geometría del puente por construir Tipo de estructura
Puente vehicular Longitud mínima
30,00 metros
Número de carriles
1 Ancho de carril
4,40 metros. Pendiente longitudinal
Por diseño Bombeo de la calzada hacia ambos lados
2% Aceras peatonales (deben cumplir con la Ley 7600)
1 Ancho libre por acera
1,20 metros Baranda peatonal
Acero Número de tramos libres
1 Número de subestructuras
2
Imagen #3: Emplazamiento de la estructura en sitio.
4.4.1.5. Cimentaciones:
Se deberá tomar como referencia una cimentación mediante bastiones estándar para vigas W27x94, sobre pilotes preexcavados y colados en sitio de 21,0 m de longitud, con el diámetro a seleccionar por el diseñador entre 60 cm y 100 cm.
Se debe considerar proteger ambos estribos y el lecho con un delantal de ripio (riprap), cuya extensión corresponde a 7,5 m con respecto a la base del estribo.
4.4.1.6. Rellenos de aproximación:
Para los rellenos de aproximación se recomiendan taludes con inclinación 1H:1V, con material granular que cumpla con las especificaciones del CR-2020.
4.4.1.7. Demoliciones por ejecutar:
a.
Se debe considerar la demolición del bastión sin uso, en la ubicación del puente a construir, mismo que se muestra a continuación Se debe considerar la demolición de los aletones a la margen aguas abajo del puente existente, ya que esta será la zona donde se construirán los bastiones del puente a construir, contemplado en el numeral 3.1 del presente documento.
Imagen #5: Imagen de los aletones a demoler.
4.4.2.
Reubicación del puente peatonal, del costado aguas abajo, al costado aguas arriba de la estructura del puente existente:
Se define como la reubicación del puente peatonal a la margen norte del puente existe, anclado a la estructura de este, por lo que se debe contemplar el desmontaje de este, ubicado actualmente en la margen sur del puente vehicular y el transporte para la nueva posición solicitada, según el detalle a continuación: la estructura y el repintado con 02 capas, con pintura anticorrosiva minio rojo (2 capas) y un acabado final de pintura anticorrosiva color amarillo, ambas en aceite.
El adjudicatario está en la obligación de presentar al Inspector los catálogos de la clase y marca de pintura que piensa utilizar, así como las fichas técnicas de cada producto que se utilizará, ya que el modo de empleo del producto debe ser según se indique en las instrucciones de la ficha técnica de este. Será el inspector quien dará el visto bueno al material para su utilización.
A continuación, se presentan imágenes del estado actual de la estructura: 4.4.3.
Mantenimiento rutinario del puente existente:
Se define como el mantenimiento general, que incluye:
a.
Lavado y limpieza de la estructura existente.
b.
Pintura general (incluyendo infraestructura de seguridad).
c.
Redefinición de la demarcación vial.
d.
Cambio de flex beam (sesión en mal estado, de 3,05m).
e.
Cambio de las juntas de expansión en ambos extremos de la estructura.
A continuación, se incluye la fotografía de la sección de flex beam en mal estado Nota: (*) Se debe considerar que la estructura existente consiste en un puente de 30m de largo y un ancho de carril de 4,40m, además se indica que existe una tubería potable anclada a la estructura del puente existente en la margen norte, la misma será reubicada por el Área Técnica de Acueductos de la Municipalidad de Cartago, sin embargo, se deben considerar los anclajes en el puente peatonal a cada 1,00 m.
4.5. Hidrología e Hidráulica General del proyecto:
El diseñador deberá modelar la estructura para un evento extremo con periodo de retorno de 500 años, así mismo, deberá procurar que exista una luz mínima de 1,50 (un metro con cincuenta centímetros) metros entre el tirante hidráulico estimado y el punto más bajo de la superestructura propuesta.
Adicionalmente deberá considerar las obras de protección de la estructura como aletones y escolleras para la protección del cauce.
4.6. Estimación de cantidades del proyecto:
Para cada una de las líneas o renglones de pago que se estarán solicitando, el adjudicatario deberá atender, cumplir y garantizar todas las especificaciones técnicas establecidas en el Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-2020, en sus últimas versiones actualizadas y ampliadas, para todos los renglones de pago requeridos.
Las líneas que deberán ser cotizadas por los interesados corresponden a los renglones de pago que el Área de Gestión Vial proyecta utilizar, considerando obras similares realizadas recientemente. En este sentido se presenta a continuación el detalle de los renglones de pago del CR-2020 tal cual deberá ser considerados en las ofertas económicas.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA
(Licitación Reducida - LD)
“CONSTRUCCIÓN, DISEÑO Y AMPLIACIÓN PUENTE SANTA GERTRUDIS”
SECCION I
CONDICIONES GENERALES
- OBJETO DEL CONTRATO.
Adquisición de los servicios de diseño y construcción de ampliación de sitio del Puente Santa Gertrudis a 02 carriles sobre camino 30125600, con una estructura de bastiones de concreto reforzado, vigas de acero y losa de concreto, con un ancho mínimo de 4,40m y un largo de 30m, además de la construcción de un paso peatonal adosado con un ancho mínimo de 1,20m, así como la reubicación del puente peatonal existente y el mantenimiento del puente vehicular existente.
VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS
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Se llevará a cabo una única visita al sitio de los trabajos (obra), la cual se ha programado para las 10 horas del día 11 de junio del 2026, teniendo como punto de partida el plantel municipal y siendo coordinada por el Ing. Ronny Rojas Fallas e Ing. Heynner Céspedes Muñoz, Encargados del proceso por parte del Área de Gestión Vial
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- ADMINISTRADORES DEL CONTRATO:
Se definen a Ronny rojas Fallas y Heiner Cespedes Múñoz como Administrador de este contrato, el cual tendrá las funciones definidas en el Artículo 15 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago y Circular PROV-CIR-003-2024, del 26 de abril del 2024, emitida por el Área Administrativa Financiera y la Proveeduría.
- CONSULTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES:
EL Departamento de Proveeduría es la dependencia encargada de tramitar esta contratación, por lo tanto, cualquier consulta deben ser presentadas única y exclusivamente por la Plataforma de SICOP.
Toda comunicación, consultas, aclaraciones se realizarán únicamente por SICOP, no se tomarán como válido consultas o aclaraciones por teléfono o correo electrónico. (Artículo 9 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago).
- FINANCIAMIENTO Y FORMA DE PAGO:
La Municipalidad financia esta contratación con recursos propios incorporados en el presupuesto ordinario, los cuales se encuentran debidamente aprobados por la Contraloría General de la República,
Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38 LGCP y 87 RLGCP, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel]Archivo adjunto), consta certificación o comprobante de contenido presupuestario.
El presente proceso licitatorio es de:
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1. Obra pública: (Artículos 71 LGCP, 171 y 172 RLGCP), definir la modalidad ,el tipo de contrato (Artículos 71 LGCP y 175 RLGCP (Construcción con diseño detallado, contrato de diseño y construcción, contrato llave en mano, contrato de conservación o mantenimiento, contrato por niveles de servicio, o la combinación de los tipos anteriores) y la modalidad de cotización (Artículo 71 LGCP y 175 RLGCP, precios unitarios, suma alzada, costo más porcentaje (o por administración), o cualquier otra que resulte aplicable). |
Que, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/[1. Información general] presupuesto total estimado) se detalla presupuesto total estimado del presente procedimiento. Y cuenta con un disponible de ¢547 771 965.80. (Quinientos cuarenta y siete millones setecientos setenta y un mil novecientos sesenta y cinco colones con ochenta céntimos )
Forma de pago: El pago se hará con giro a 30 días naturales mediante transferencia electrónica, de forma parcial todo de acuerdo con el recibido conforme y el visto bueno de la factura por parte del Administrador del Contrato. Y de conformidad a lo establecido en el Art. 18 inciso a) Pago por Resultados del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación o bien en colones costarricenses, todo de conformidad con lo que establece la Ley General de Contratación Pública y su reglamento, conforme a los artículos 18 y 19 RLGCP.
Los tipos de cambio usados en este proceso son los del BCCR.
Que el Contratista deberá tomar en cuenta, al momento en que la Municipalidad le realice el pago, lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en lo que interesa reza de la siguiente manera:
Artículo 30.- Retenciones en la fuente. Toda empresa pública o privada, sujeta o no a uno o varios de los impuestos contenidos en la Ley, así como los entes no sujetos y las demás instituciones y sujetos a los que hacen referencia los artículos 3, 23, 28 ter y 31 quater de la misma ley, están obligadas a actuar como agentes de retención o percepción del impuesto que surja cuando se paguen o acrediten, según corresponda, rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales, rentas sujetas a los impuestos sobre rentas del capital y ganancias y pérdidas del capital, rentas remesadas al exterior, o cuando se dé alguno de los demás supuestos enumerados en este artículo.
Las rentas a que hace referencia el párrafo anterior se entenderán pagadas en el momento en que el beneficiario de estas reciba las sumas dinerarias de manera efectiva y se considerarán acreditadas cuando el beneficiario de tales rentas tenga derecho a exigirlas.
Según sea el caso, deberán observarse las siguientes disposiciones:
[…
vii. Rentas originadas en licitaciones, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos establecidos en el inciso g) del artículo 23 de la Ley. Están obligados a retener el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos, por las rentas que se originen en licitaciones, públicas o privadas, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por estos y que se paguen o acrediten a favor de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país. En estos casos, la retención será del dos por ciento (2%) sobre el monto total de tales rentas puestas a disposición del contribuyente, excepto cuando se trate de:
- i) Transacciones que se efectúen entre entes públicos que se encuentren exentos o no sujetos al impuesto sobre las utilidades.
- ii) Pagos efectuados a personas no domiciliadas en el país, cuando estos estuviesen gravados con el impuesto sobre remesas al exterior.
iii) Créditos o pagos efectuados a personas o entidades exentas del Impuesto sobre las Utilidades.
- iv) Pagos sobre los cuales se hubiere efectuado la retención del tres por ciento (3%) a que se refiere el inciso e) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- v) Operaciones que no excedan de un salario base según lo establecido en el artículo 2 de la Ley No. 7337.
La Administración se encuentra facultada para modificar por resolución, el monto establecido.
La retención a que alude este acápite será considerada como un pago a cuenta del impuesto sobre las utilidades que corresponda cancelar al contribuyente. Asimismo, a solicitud del contribuyente, la Administración Tributaria podrá autorizarla aplicación de los montos retenidos a los pagos parciales del impuesto sobre las utilidades del período correspondiente.
Las retenciones de impuesto descritas en todos los incisos anteriores deberán practicarse por parte del agente retenedor en el momento en que se efectúe o acredite el pago respectivo, lo que ocurra primero…]
DE LA FACTURA Y SU TRAMITACIÓN
Toda factura derivada de esta licitación, que deba tramitarse ante este Municipio, deberá ser cargada, junto con los archivos XML, en el Sistema Digital Unificado (S.D.U.), y remitida posteriormente al correo electrónico facturaelectronica@muni-carta.go.cr, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Número de cuenta IBAN.
- Indicar el nombre del departamento al que se le brinda la adquisición del activo, servicio o suministro.
- Indicar en la factura el número de contratación (no el número de contrato).
- Consignar como medio de pago "transferencia".
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Información sobre Facturación |
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Razón Social |
Municipalidad de Cartago |
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Cédula jurídica |
3-014-042080 |
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Teléfono |
2550-4475 / 2550-4668 |
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Correo |
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Dirección |
Cartago, Distrito |
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Actividad comercial |
Municipalidades y Concejos de distrito |
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Código de actividad |
751103 |
DE LA RECEPCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
Para coordinar la entrega de bienes (activos o suministros), debe realizar la solicitud de recepción en el S.D.U. y, una vez aprobada por el administrador del contrato, debe escribir al correo electrónico almacen@muni-carta.go.cr, indicando el número de contrato notificado y el número de solicitud de recepción registrado en el S.D.U. Para flexibilizar la agenda de recepción de bienes, debe indicar al menos dos fechas y horas tentativas para la entrega de estos.
El día coordinado para la entrega, debe presentarse el representante de la empresa o quien este designe, con una copia del contrato que incluya únicamente las líneas a entregar, así como la factura o remito del entregable.
- PRESENTACION DE LA OFERTA:
La oferta se presentará únicamente por el sistema Integrado de Compras (SICOP), (Artículo 16 LGCP, 25 RLGCP), asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria. Lo anterior basado en el artículo 40 del Reglamento de SICOP y Artículo 119 RLGCP.
La Administración no autoriza la presentación de ofertas por medios electrónicos de transmisión de datos como casilleros electrónicos, correos electrónicos u otros medios.
Por el solo hecho de presentar la oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica. Según el Art 123 del RLGCP
Forman parte de la oferta, la información ingresada en el sistema y los documentos que la acompañen (entiéndase los archivos anexos que adjunto el oferente). Una vez presentada la oferta en el sistema SICOP, no podrá ser retirada, entendiéndose que la misma pertenece a la Municipalidad. (Artículo 48 LGCP,118 y 119 RLGCP)
La Administración, según lo indicado en los Artículos 125 inciso d), 129 al 131 del RLGCP, aceptará Ofertas en Consorcio cumpliendo con las siguientes condiciones:
- Se aceptarán la participación de dos (2) o más personas jurídicas y/o físicas en consorcio, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmadas en el respectivo acuerdo consorcial. Alguna de las personas Consorciadas deberá tener la experiencia en el objeto del contrato. Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de forma solidaria, como si fuesen una única contraparte. Artículo 48 LGCP y 125 RLGCP.
- Incorporar en el SICOP, anexo a la oferta, el acuerdo del consorcio debidamente protocolizado en el que consten los términos que regularán las relaciones de las partes y de éstas con la Administración, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 129 del RLGCP.
El acuerdo consorcial cubrirá al menos los siguientes aspectos:
- Calidades, incluido domicilio y medio para recibir notificaciones y capacidad de las partes.
- Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago.(Líder)
- Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, experiencia, compromisos y obligaciones que asumiría cada integrante en las fases del procedimiento contractual.
- El porcentaje de la participación de cada uno de ellos.
- Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.
- Cada uno de los Integrantes del Consorcio debe aportar las declaraciones firmadas digitalmente, en caso de que las firmas sean autógrafas, deberán estar debidamente autenticadas por abogado .
- De resultar adjudicado el Consorcio, se rendirá una garantía que respalde el cumplimiento de manera solidaria. Esta garantía de cumplimiento deberá cumplir con lo indicado en el pliego de condiciones.
NOTA: Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo completamente por aparte y de forma independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser tenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
IMPORTANTE
En caso de que el Oferente ofrezca en su propuesta, personal Profesional Técnico, operario, entre otros, deberá adjuntar copia de la planilla de la CCSS actualizada, en la cual conste que estos, forman parte de su equipo de trabajo, en caso de no serlo, indicar si será subcontratado, debiendo aportar la información correspondiente, señalada en el apartado 6 del pliego de condiciones, en caso de que no se encuentre en la planilla, y tampoco sea subcontratado, favor adjuntar declaración jurada firmada digitalmente en la cual, se indique que de resultar adjudicatario del presente procedimiento licitatorio, se compromete a adjuntar, previo a la formalización del contrato, copia de la planilla de la CCSS, con la incorporación del personal propuesto.
- DE LA SUBCONTRATACIÓN:
Indicar si en la propuesta se da la figura de la Subcontratación, de ser positiva la respuesta, aportar, los requerimientos contenidos en los artículos, 18, 29, 49 de la LGCP y 21, 32, 33, 126 y 133 RLGCP. (Listado de los subcontratistas, objeto de la subcontratación, y porcentaje de la subcontratación, el cual no puede superar el 50% del monto total del contrato). Así como debidamente firmadas digitalmente, las declaraciones juradas que constan en (Expediente electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente[2. Información del pliego de condiciones] Ingreso del pliego de condiciones/[F. Documento del pliego de condiciones] Declaración jurada Actualizada).
De relevancia indicar que una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta, como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada.
Asimismo deberá el Subcontratista estar inscrito en SICOP. Debiendo estar al día con (CCSS, FODESAF, Tributación Directa/Hacienda) y aportar copia de la Licencia comercial y constancia emitida por el Departamento de Patentes de la Municipalidad en donde posee la licencia (s) de funcionamiento, donde se indique que se encuentra activa y al día en el pago del impuesto respectivo, o adjuntar norma que lo exonere.
Deberá adjuntar el Subcontratista carta de compromiso actualizada, con indicación del número de Licitación, en la cual se indique, que en caso de que el Oferente resulte Adjudicatario fungirá como subcontratista en el cumplimiento del objeto contractual de la Licitación, la cual debe estar firmada digitalmente y en un formato en el cual se pueda validar, en caso de que la firma sea autógrafa, esta debe estar autenticada por abogado.
El subcontratista deberá aportar póliza de Riesgos del Trabajo vigente a la fecha y permiso sanitario en caso de que corresponda.
En caso de que el Subcontratista sea persona jurídica, adjuntar personería jurídica notarial con un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y estar al día con el impuesto de personas jurídicas.
Si es una Persona Física aportar declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”. Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
En caso de que el Subcontratista, tenga la obligación de encontrarse incorporado a un Colegio Profesional, deberá aportar certificación vigente, emitida por el Colegio, en la cual se indique que se encuentra habilitado y al día con sus obligaciones. (cuotas).
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El Oferente debe aportar en caso de que se dé la subcontratación, todas las declaraciones juradas y certificaciones requeridas en el pliego de condiciones, con respecto a esté.
- DEL PAGO DE TIMBRE DEL COLEGIO DE PERIODISTAS
Conforme a lo establecido en la Ley 5527, “Ley de Creación del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica” y la Circular MH-DCoP-CIR-0079-2024, de fecha 29 de octubre del 2024, la cual establece el cálculo y registro en el SDU, del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica en los procesos de Contratación pública de servicios de publicidad. Debiéndose entender, que “…debe pagarse cuando se factura publicidad en espacios informativos, ya sean en prensa, radio, televisión o medios digitales. Esto aplica para medios con multiplataformas. Por ejemplo: En el caso de periódicos digitales, -según criterio de la Procuraduría-, el pago procede si se considera un medio de circulación diaria y la pauta no está incluida en la factura del medio impreso de publicación semanal o mensual. Si ya fue cobrado como parte del impreso, no se debe pagar nuevamente para evitar doble imposición…”.
Asimismo según criterio de la Institución de cita en importante tener claro que, “...la Internet es un soporte…”, ósea no es un medio de comunicación, por si sola, como lo es una emisora de radio, un canal de televisión o un periódico impreso. La Internet puede ser el “canal” o “vehículo” (soporte) a través del cual un medio formal, difunde contenido publicitario institucional.
Por tanto, El Oferente deberá incluir en su precio, cuando corresponda, el monto referente a dicho Timbre. El mismo debe desglosarse en la oferta económica de manera separada. En caso de no cumplir con el requerimiento, podrá la oferta considerarse incompleta para efectos del análisis económico y la adjudicación correspondiente.
Para efectos de pago, el Administrador del Contrato, el Almacén Municipal y la Tesorería, deberán verificar de previo, que el monto por concepto de Timbre aparezca en la factura, desglosado adecuadamente, y que se encuentre cancelado según lo exige la normativa y conforme al precio adjudicado. El Contratista debe adjuntar constancia del pago o adhesión del timbre.
En caso de que no se presente constancia o está, esté incompleta. La Municipalidad no tramitará el pago al Contratista, hasta tanto no se acredite debidamente el pago del timbre por el monto correspondiente.
De relevancia señalar que el Oferente, es quien debe incluir el monto del timbre como parte del precio total ofertado de manera separada. Y es a quien le corresponde realizar la cancelación.
- MEJORA DE PRECIOS
En atención a lo indicado por la norma en los artículos 90 y 99 respecto a la mejora de precios con el objeto de priorizar el principio del valor por el dinero, el principio de conservación del acto administrativo y el principio de eficiencia y eficacia en la gestión de compras públicas se establece el siguiente procedimiento:
- El analista técnico del proceso deberá gestionar por escrito mediante oficio formal, solicitud a proveeduría de convocatoria a mejora de precios, indicando las causales que dan justificación a dicha solicitud.
- La proveeduría a través del colaborador asignado procederá en plazo no mayor a un día hábil a generar mediante la plataforma SICOP, convocatoria formal a gestionar la mejora de precios de las ofertas presentadas.
- Se brindará para la presentación de dichas mejoras por parte de los oferentes, un plazo de un día hábil en caso de licitaciones reducidas, un plazo de tres días hábiles en caso de las licitaciones menores y un plazo de cuatro días hábiles en caso de las licitaciones mayores, para la presentación de las nuevas propuestas económicas, las cuales deberán contener manifestación expresa de que con dicha mejora de precios no se están afectando o bien desmejorando las calidades, cantidades, características y las condiciones originalmente ofertadas.
- Cada oferente en caso de que se presente a la convocatoria a mejora de precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además, de la estructura del precio sin descuento.
- Para efectos de evaluación de precios, se tomarán los ofertados en la sección mejora de precios, los cuales serán confidenciales hasta el momento de apertura de la mejora de precios.
- El procedimiento en el sistema SICOP será conforme lo establece el módulo especial para dicha finalidad.
La oferta deberá presentarse en idioma español, no obstante, la literatura técnica, podrán presentarse en otro idioma con la correspondiente traducción oficial al español. Artículo 118 RLGCP.
- DECLARACIONES JURADAS, CERTIFICACIONES, CONSTANCIAS Y OTROS
Todas las certificaciones requeridas en este pliego de condiciones deben de haber sido expedidas de la siguiente manera: en un plazo no mayor a 30 días naturales (Notario) o 15 días naturales (Registro Nacional) con respecto a la fecha programada para la apertura de ofertas
DECLARACIONES JURADAS
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Las declaraciones juradas requeridas en del presente proceso se regirán y deberán ser rendidas, por los Oferentes y subcontratistas, según lo estipulado en los artículos 18, 28 y 29 LGCP, 32 inciso c), y 33 del RLGCP. Así como también se deberá mediante declaración jurada, declarar si se encuentran inhabilitados o en proceso de inhabilitación con la Administración Pública. Artículo 118 LGCP.
En (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel] Archivo adjunto), consta machote de declaraciones juradas. |
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En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en las declaraciones juradas, presentadas en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantienen invariables Artículo 29 LGCP. |
Además, cada oferente y subcontratista debe aportar:
Si es una Persona Física: declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
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En el caso de las declaraciones juradas, serán rendidas bajo fe de juramento con las responsabilidades y delitos que ello conlleva en caso de indicar información falsa. No será necesario rendirlas ante notario público, deberán estar firmadas digitalmente, y en caso de que las firmas sean autógrafas, las mismas deberán estar autenticadas por abogado. |
CERTIFICACIONES
- Persona Física
Si se trata de una persona física, se debe consignar claramente todas las calidades el nombre completo, estado civil, profesión u oficio, número de cédula de identidad, copia de la cédula de identidad y dirección exacta, números telefónicos y correo electrónico.
- Persona Jurídica
Si es una persona jurídica, deberá aportar una Certificación de Personería expedida por Notario Público que consigne: citas de inscripción y personería, denominación o razón social, plazo social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial.
CONSTANCIAS
- Constancia de estar al día con el Pago de las cuotas obrero-patronales de la Caja Costarricense del Seguro Social. La misma será verificada en la página web de dicha Institución.
Esta sección se regirá conforme a lo establecido en el artículo 14 inciso f, del LGCP.
- En caso de que al momento de verificarlo en el SICOP o el portal de consultas de la CCSS no se encuentra inscrito como patrono ante la CCSS, y del objeto licitado se derive tal obligación, la Administración le solicitará explicación, la que, en caso de resultar insatisfactoria de acuerdo con los lineamientos establecidos por la CCSS, provocará la exclusión del concurso y la denuncia ante las autoridades correspondientes de cobro de la CCSS.
- De conformidad con la normativa vigente sobre la materia, durante toda la ejecución del objeto contractual, el administrador del servicio verificará que la empresa contratante se encuentre al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, para lo que verificara de oficio dicho estatus en la página oficial, o ante circunstancias particulares podrá solicitar, que se le proporcionen las certificaciones correspondientes.
- Constancia de estar al día con FODESAF e Impuestos Nacionales (Situación Tributaria/Hacienda). (Las mismas serán verificadas en las páginas web de cada Institución).
Si se determina que no están al día con dichas obligaciones, se realizará una única prevención para que corrijan dicha situación, de no corregirse en el plazo otorgado se dará la descalificación de la oferta del proceso de licitación, esto conforme al artículo 50 del LGCP.
- Patente Municipal:
Patente Municipal:
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código Municipal y el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, los oferentes y subcontratistas deberán cumplir con las disposiciones legales aplicables para el ejercicio de actividades lucrativas en el territorio nacional.
- En ese sentido, los oferentes deberán contar con una licencia municipal de funcionamiento (patente) vigente y al día presentando una constancia para acreditar su estatus, emitida por la municipalidad correspondiente al domicilio fiscal de la persona física o jurídica, o bien acreditar su cumplimiento previo al inicio de la ejecución contractual, cuando así corresponda conforme a la naturaleza de la contratación y al lugar donde se materialice el hecho generador. El Departamento de Proveeduría solicitará el criterio tanto técnico como legal al Área Tributaria mediante el Departamento de Patentes, para que indique si la patente aportada junto a la oferta o bien la verificada para la formalización contractual está acorde en todos sus extremos a este proceso de licitación.
- La Administración verificará el cumplimiento de este requisito ya sea en la apertura de las ofertas si cumple o en la fase de ejecución contractual, por tratarse de un requisito de cumplimiento legal accesorio y no de idoneidad técnica o sustantiva de la oferta, de conformidad con la jurisprudencia reiterada de la Contraloría General de la República R-DCP-SICOP-00305-2025, por lo que la omisión, diferencia o falta de acreditación de la patente municipal al momento de la apertura de ofertas no será causal de exclusión.
- En caso de que el oferente o adjudicatario goce de algún régimen de exoneración legal respecto de este requisito, deberá acreditarlo oportunamente.
- No se permitirá la utilización de licencias de funcionamiento que no se encuentren a nombre de la persona física o jurídica adjudicataria para efectos de la ejecución contractual.
- Los oferentes y subcontratistas que se encuentren patentados en este Municipio o que posean propiedades en el cantón central de Cartago deberán encontrarse al día en el pago de la licencia comercial, servicios municipales y el tributo de bienes inmuebles, lo cual será verificado por la Administración previo al inicio de la ejecución del contrato.
- Cuando el adjudicatario pertenezca a otro cantón y realice el hecho generador en el cantón central de Cartago, deberá tramitar la licencia de funcionamiento temporal, únicamente en los casos en que legalmente corresponda, previo al inicio de la ejecución contractual, a través de la Plataforma de Servicios de la Municipalidad de Cartago, a efectos del pago del impuesto respectivo por el monto adjudicado.
- Para los casos de oferentes o adjudicatarios domiciliados fuera del territorio nacional, la exigencia de la patente municipal y demás permisos de funcionamiento será verificada previo al inicio de las labores contractuales, en caso de que la actividad objeto del contrato se desarrolle en el país, siendo responsabilidad de la Administración constatar su cumplimiento en el momento procesal oportuno.
Definición de Hecho Generador: El hecho generador o sea el ejercicio de una actividad lucrativa en una jurisdicción territorial determinada esto es en un cantón específico.
- OTROS
- Seguros y obligaciones patronales:
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia de la póliza de Riesgos del Trabajo, en la cual conste que mantienen vigente y al día los pagos por concepto dicho concepto y el Contratista, copia de la póliza de Responsabilidad Civil en el caso de que resulten adjudicatarios. (lesión o muerte a terceras personas).
- El contratista deberá asumir y mantener al día en forma amplia total y general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono por concepto de cargas sociales, derivados del Código de Trabajo o reglamentos y leyes conexas.
- Se entiende que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista o subcontratistas.
- Si durante la ejecución del servicio por supervisión propia o denunciada se comprueba que las pólizas no se tienen o están vencidas, la Municipalidad podrá rescindir el contrato por el incumplimiento del Contratista.
- El contratista deberá cumplir las disposiciones de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 6727.
- Se debe presentar por parte de los Contratistas las pólizas correspondientes de previo a iniciar la Contratación y en caso de que se deba suscribir un contrato de previo a la ratificación de este.
- La copia de la póliza adquirida por el Contratista deberá ser presentada ante el Supervisor respectivo y una copia a la Proveeduría Municipal a efecto de ser incorporada al Expediente Administrativo respectivo.
- Lo anterior según lo establecen los Art. 201, 203, 209 del CÓDIGO DE TRABAJO y los Art. 2 y 7 del REGLAMENTO GENERAL DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO (LEY 6727).
- Permiso Sanitario
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia, del permiso sanitario, el cual deberá estar vigente al día de la apertura.
- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
En cuanto a las formas de rendir la garantía de cumplimiento (si así se solicitara en el formulario SICOP), así como sus vigencias y devolución, se tramitaran según lo disponen los artículos 44 de la LGCP,110 al 115 del RLGCP.
- Devolución de la garantía
El Contratista deberá realizar la solicitud de devolución de la garantía de cumplimiento u otra que le haya sido requerida, en el sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), dirigiendo la solicitud al departamento de Tesorería Municipal, el cual será el encargado de realizar las gestiones correspondientes, de conformidad con el artículo 11 inciso e) y f) RICPM.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Municipalidad haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual. Artículo 113 RLGCP
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NOTA: Toda garantía presentada a favor de la Municipalidad de Cartago, deberá estar libre de cualquier condicionamiento y su ejecutoriedad debe estar consignada como inmediata a favor de la Administración, misma que debe quedar expresada en el documento expedido por la entidad financiera correspondiente.
- ELEGIBILIDAD DE OFERTAS
Es elegible la oferta que se ajuste a las condiciones formales, legales, económicas y especificaciones técnicas del pliego de condiciones, de tal manera que cualquier incumplimiento de orden significativo a éste, constituye motivo de exclusión de concurso. Artículo 137 RLGCP.
- Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como la restante normativa aplicable a la materia.
- Los potenciales oferentes podrán presentar objeciones o plantear las consultas según los artículos 95 LGCP, 253, 254 y 255 RLGCP.
- CLAUSULAS PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Que el artículo 24 del RLCP, establece el actuar ético e íntegro de los sujetos distintos a la Administración, señalando que las actuaciones que con ocasión de la actividad de contratación pública realicen deberán ser de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídico, durante todas las etapas del procedimiento de contratación. Por lo que:
- La Municipalidad en sus procesos de contratación pública, NO PERMITIRÁ que a su personal, profesional, administrativo, técnico y operativo, se les solicite realizar actos contrarios a sus deberes y obligaciones como funcionarios públicos, se les soborne, se le ofrezca o suministre cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al art. 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación, o se les solicite influir indebidamente en cualquier etapa de la contratación, en beneficio de los Oferentes o Contratistas ( Artículos 119 LGCP incisos a), e), s).) De detectarse algún tipo de corrupción inmediatamente, se realizarán las denuncias ante la instancia correspondientes, En caso de que se encuentre en la etapa de apertura, análisis y recomendación del acto final, la ofertas será descalificada del concurso y si se encuentra en la etapa de Ejecución, se procederá a realizar las diligencias necesarias para la Resolución del contrato y en caso de que proceda la inhabilitación
- Los Oferentes y Contratistas deberán abstenerse de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante.
- No se tolerará actos de corrupción de ninguna naturaleza dentro de los procedimientos de contratación de bienes, obras y servicios. No podrán participar en dichos procedimientos personas físicas o jurídicas que tengan conflictos de interés con los funcionarios institucionales y autoridades que formen parte del Concejo Municipal.
En por lo que con base en los antes expuesto los Oferentes deberán aportar junto con su oferta, mediante declaración jurada, compromiso anticorrupción y de buenas prácticas comerciales, con fundamento en lo establecido en el Artículo 24 inciso c) RLGCP).
- ADJUDICACION
- La Municipalidad de Cartago tomará la decisión de adjudicación según plazo indicado en el sistema Integrado de Compras (SICOP).
- Para resultar adjudicatario, debe el oferente haber cumplido con lo dispuesto en la normativa vigente sobre Contratación Pública, haber cumplido con cada una de las Condiciones y Características solicitadas en el pliego de condiciones; así como de resultar su oferta como la mejor calificada.
- La Adjudicación quedará en firme, transcurrido el plazo para la interposición de los recursos respectivos de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y el Reglamento a dicha ley.
- En caso de presentarse recurso en contra del acto de adjudicación, la Administración procederá a solicitar al recurrente y al adjudicatario que prorroguen la vigencia de la oferta, las cuales deberán ser otorgadas dentro del plazo perentorio que se les concede para la presentación de estas.
- FORMALIZACION CONTRACTUAL
La formalización contractual se llevará a cabo conforme lo establecen los artículos 274 y 275 RLGCP.
- La ejecución contractual derivada de esta contratación estará sujeta a la emisión previa de una orden de compra y/o contrato mediante SICOP, que constituye el documento formal que emite la Municipalidad de Cartago suscrita por los funcionarios competentes y refrendo en caso de que corresponda.
- Con base en el Reglamento de Refrendo de Contratos de la Contraloría General de la República, esta contratación deberá contar con el Refrendo correspondiente.
- El pago de los timbres podrá realizarlo mediante entero a favor del Gobierno de Costa Rica y deberá subir el comprobante al Sistema SICOP.
El proceso establecido para la formalización contractual es el siguiente:
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Primero: Adjudicación en firme. |
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Segundo: Presentación de la garantía de cumplimiento, timbres fiscales y demás documentos a solicitarse. |
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Tercero: Redacción de contrato por parte de la Municipalidad. |
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Cuarto: Firma de contrato entre las partes mediante SICOP. |
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Quinto: Refrendo Interno o contralor, según corresponda. |
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Sexto: Notificación de contrato refrendado. (si corresponde el refrendo) |
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Séptimo: Notificación de la Orden de Inicio. |
- NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones se realizarán por medio de la Plataforma de SICOP.
- RECURSOS
Los recursos del presente proceso serán presentados en el plazo definido por la norma, siendo competente para su resolución, la Instancia que define la ley ´General de Contratación Pública y su Reglamento. (Título IV, Capítulo I, Régimen Recursivo, RLGCP)
- DESGLOSE ESTRUCTURA DEL PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO
18.1 EN RELACION CON LA ESTRUCTURA DEL PRECIO, el oferente deberá completar el siguiente cuadro, en cada línea de pago.
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COMPONENTE |
MONTO ¢ |
PORCENTAJE % |
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Mano de obra |
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Insumos |
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Gastos Administrativos |
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Subcontratos |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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TOTAL |
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Nota: El componente de Subcontrato e Imprevistos, será utilizado en caso de que corresponda.
18.2 PRESUPUESTO DETALLADO
El ADJUDICATARIO deberá presentar un PRESUPUESTO DETALLADO, en el cual se haga referencia al desglose de cada uno de los componentes de la estructura del precio. Dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, todo de conformidad con lo establecido en el Art. 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, siguiendo el formato adjunto:
|
De relevancia indicar que, en los contratos de servicios, cuando la remuneración no se encuentre regulada por tarifas (aranceles obligatorios), la oferta deberá contener la estructura del precio, y quien resulte adjudicatario, deberá adjuntar el presupuesto detallado. Artículo 214 RLGCP |
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Precio |
Detalle |
Monto |
Porcentaje |
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Costos directos |
Salarios |
¢ |
% |
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Cargas sociales |
¢ |
% |
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Herramientas |
¢ |
% |
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Materiales |
¢ |
% |
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Equipo |
¢ |
% |
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Viáticos y consumibles |
¢ |
% |
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Costos indirectos |
Servicios |
¢ |
% |
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Gastos administrativos |
¢ |
% |
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|
Seguros y pólizas |
¢ |
% |
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Subcontratos |
Subcontratos |
¢ |
% |
|
Imprevistos |
Imprevistos |
¢ |
% |
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Utilidad |
Utilidad |
¢ |
% |
En caso de no presentarse en ese plazo, La Municipalidad declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la LGCP.
19. CRITERIO DE DESEMPATE DE LAS OFERTAS
En caso de empate de las ofertas, se considerará como factor de evaluación de desempate, una puntuación adicional a las PYME que hayan demostrado su condición a la Administración, de acuerdo con el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública, mediante el siguiente detalle:
- PYME de industria: 5 puntos
- PYME de servicio o agropecuaria: 5 puntos
- PYME de comercio: 2 puntos
En caso de que el empate persista, el desempate se definirá según lo dispuesto en el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública.
- REAJUSTE DE PRECIO
Todo según lo establecido en los artículos del 107 al 109 RLGCP. Derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos en contratos de suministro de bienes y servicios y obra.
- OTRAS CONDICIONES
- Objetivo de las Especificaciones Técnicas Generales.
Las especificaciones establecidas en el pliego de condiciones tienen por objeto el establecer los requerimientos de los bienes, servicios y obras que la Municipalidad desea adquirir.
En vista de lo anterior, el oferente debe conocer y aceptar las mismas, así como las consecuencias y responsabilidades en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en el pliego de condiciones no se hallan indicado. Artículo 90 RLGCP.
Es indispensable que la empresa oferente cuente durante todo el proceso previo y de ejecución, con el respaldo técnico de expertos en las distintas áreas, esto con el objetivo de amparar, y si es del caso, mejorar las condiciones preestablecidas en este documento.
- Alcance de las Especificaciones Técnicas Generales.
Si se identificara la posible existencia de algún tipo de omisión, ésta deberá ser notificada, antes de presentar la oferta formal para la ejecución de los trabajos, por medio escrito y a través de la Plataforma SICOP. De lo contrario cualquier situación durante el proceso de la contratación no añadirá ningún cargo adicional al monto original del contrato, por concepto de omisiones sin resolver.
No se aceptan cambios en los requerimientos, salvo que se hayan solicitado por escrito y cuenten con su respectivo visto bueno por parte de los Administradores asignados por la Municipalidad de Cartago, o bien exista una justificación de peso en la que medie el juicio experto y que sea completamente demostrable.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Clausulas penales y multas aplicables al presente proceso de contratación. Para ejecutar las sanciones de clausula penal o multa, la Municipalidad, a través del administrador del contrato designado, en un plazo máximo de diez días hábiles a partir de la causal, deberá emitir un acto motivado con indicación de la prueba que lo sustente. Dicho acto motivado deberá ser de inmediato notificado a la proveeduría institucional y al contratista, así deberá a su vez quedar incorporado en el expediente electrónico correspondiente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La Municipalidad deberá resolver la revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a su interposición y la apelación dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para resolver el recurso de revocatoria. El recurso de revocatoria será atendido por el administrador del contrato quien emitió el acto inicial mientras que el recurso de apelación será atendido por el alcalde municipal. La aplicación de este procedimiento no incidirá en la continuidad de la ejecución del contrato. De lo resuelto en la aplicación de la sanción, una vez que la misma se encuentre en firme, se notificará por parte del administrador del proceso, tanto a la Proveeduría Municipal como a la Tesorería Municipal para el debido tramite de aplicación de dicha sanción a los pagos correspondientes, señalando específicamente, la cuantía a la que corresponderá dicha sanción. De determinarse que no deben aplicarse las multas o sanciones, el trámite de pago de la factura continuará de manera normal. Lo anterior en cumplimiento con el artículo 40 del Reglamento Interno de Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago. 4.1. Clausula Penal Metodología para la estimación de la cláusula penal a aplicar: Para la presente contratación se establece un factor de multa diario posterior a la fecha establecida como plazo de entrega, el cual corre a partir de la notificación del contrato, para las Unidades Técnicas como prestador de servicios, es de vital importancia la disposición de todos los insumos destinados a sus labores diarias en el tiempo establecido en el contrato, por lo que, se determinan los siguientes factores como fundamentos para determinar el monto diario de multa: Acorde a la matriz anterior, se asignará una cláusula mediante la sumatoria de puntos obtenidos, calificando con la siguiente tabla: Descripción de factores: Factor N°1: Repercusiones por incumplimiento: Alta: igual a 30 puntos si el incumplimiento o atraso afecta un proyecto o meta ligado a la prestación del servicio del Departamento. Media: igual a 20 puntos si el incumplimiento o atraso afecta el desarrollo y cumplimiento de las metas del Departamento ligadas al POI. Baja: igual a 10 puntos, si el incumplimiento no genera afectación al servicio y el cumplimiento de las metas de Departamento. Factor N°2: Riesgos por incumplimiento: Acorde al mapa de riesgo de la Unidad Técnica de Gestión Vial, se determinan los siguientes criterios: Alto: igual a 30 puntos si el incumplimiento o atraso, pone en riesgo muy alto la eficiencia, eficacia o la continuidad de los servicios internos y externos, así como ingresos o imagen institucional. Medio: igual a 20 puntos si el incumplimiento o atraso, pone en riesgo alto la eficiencia, eficacia o la continuidad de los servicios internos y externos, así como ingresos o imagen institucional. Moderado: igual a 10 puntos si el incumplimiento o atraso, pone en riesgo medio o bajo la eficiencia, eficacia o la continuidad de los servicios internos y externos, así como ingresos o imagen institucional. Factor N°3: Importancia del Plazo: Alto: Igual a 20 puntos: cuando el plazo de entrega es fundamental para el cumplimiento de las metas de la Unidad. Medio: igual a 10 puntos: cuando el plazo de entrega es importante para el cumplimiento de las metas de la Unidad. Moderado: igual a 5 puntos: cuando el plazo de entrega es de importancia media o baja para el cumplimiento de la Unidad. Factor N°4: Cuantía del contrato: Alto: igual a 20 puntos, cuando la cuantía del contrato es igual o exceda los ₡695,259,109.00. Medio: igual a 10 puntos, cuando la cuantía del contrato es inferior a ₡695,259,109.00 y mayor a ₡173,814,832.00. Moderado: igual a 5 puntos, cuando la cuantía del contrato sea menor a ₡173,814,832.00. Estimación de la penalización: Acorde a la metodología anterior se estima: Por lo tanto, en caso de atraso en la entrega del bien o servicio requerido de acuerdo con las condiciones de estas especificaciones técnicas, el contratista deberá pagar a la Municipalidad de Cartago, por concepto de cláusula penal por cada día calendario de atraso, una cantidad equivalente al 1,00%, del total del monto contractual adjudicado, de forma escalonada por día de atraso, teniendo como tope para el pago de multas hasta un máximo del 25%, del monto límite superior del contrato, momento en que se considerara que ha habido incumplimiento del contrato. El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. El cobro por concepto de multas se regirá según lo dispuesto en los artículos 45, 46 y 47 de la LGCP. Consecuentemente, el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contempladas en dichos instrumentos dará lugar a la rescisión del respectivo contrato si la Municipalidad lo estima pertinente, sin perjuicio de accionar en la vía jurisdiccional el resarcimiento de daños y perjuicios a la Municipalidad en virtud del incumplimiento contractual. 7.2. Multas Si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado, el adjudicatario deberá pagar a la Administración por concepto de multa por cada situación que se presente y en caso de ser reiterativos los incumplimientos de la misma naturaleza durante la ejecución del contrato, la Administración estará facultada de tomar las medidas administrativas aplicables según lo establecido en la Ley de Contratación Pública y su reglamento. Metodología para la estimación de las multas a aplicar: Como parte del análisis de los costos a los que se han estimado a partir de que en esta contratación se requiere específicamente dos perfiles diferentes de puestos que los podemos relacionar con el Decreto de Salarios Mínimos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a saber: • Un profesional responsable, con el título de Licenciado, equivalente a un Profesional 1 de la Municipalidad de Cartago, con un salario base de ₡1,260,000.00. • Un funcionario operativo, equivalente a un Inspector de la Municipalidad de Cartago, con un salario base de ₡686,000.00 El desglose de costos del salario para los puestos indicados sería el siguiente: Tipo de trabajador Salario Bruto Cargas sociales (10,83%) Total, Salario mensual Salario Semana Salario Día Salario Hora Profesional 1 ₡1,260,000.00 ₡136,458.00 ₡1,123,542.00 ₡280,885.50 ₡56,177.10 ₡7,022.14 Inspector ₡672,000.00 ₡72,777.60 ₡599,222.40 ₡149,805.60 ₡29,961.12 ₡3,745.14 Condiciones que serán sancionadas: Condición Detalle Nivel de la falta Multa Justificación Uso de materiales y/o insumos en mal estado o defectuosos. Si se logra evidenciar materiales e insumos en mal estado debido a deficiencias en la confección, transporte o entrega de los mismos. Baja Aplicarse la suma de ₡56,177.10 que representa el costo diario de un Profesional 1 por fiscalización y se procederá con una minuta para su documentación. La Municipalidad tendría la responsabilidad, eventualmente de retrasar las obras al solicitar el reemplazo de los insumos solicitados.
Cláusula penal. Clausulas penales y multas aplicables al presente proceso de contratación. Para ejecutar las sanciones de clausula penal o multa, la Municipalidad, a través del administrador del contrato designado, en un plazo máximo de diez días hábiles a partir de la causal, deberá emitir un acto motivado con indicación de la prueba que lo sustente. Dicho acto motivado deberá ser de inmediato notificado a la proveeduría institucional y al contratista, así deberá a su vez quedar incorporado en el expediente electrónico correspondiente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La Municipalidad deberá resolver la revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a su interposición y la apelación dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para resolver el recurso de revocatoria. El recurso de revocatoria será atendido por el administrador del contrato quien emitió el acto inicial mientras que el recurso de apelación será atendido por el alcalde municipal. La aplicación de este procedimiento no incidirá en la continuidad de la ejecución del contrato. De lo resuelto en la aplicación de la sanción, una vez que la misma se encuentre en firme, se notificará por parte del administrador del proceso, tanto a la Proveeduría Municipal como a la Tesorería Municipal para el debido tramite de aplicación de dicha sanción a los pagos correspondientes, señalando específicamente, la cuantía a la que corresponderá dicha sanción. De determinarse que no deben aplicarse las multas o sanciones, el trámite de pago de la factura continuará de manera normal. Lo anterior en cumplimiento con el artículo 40 del Reglamento Interno de Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago. 4.1. Clausula Penal Metodología para la estimación de la cláusula penal a aplicar: Para la presente contratación se establece un factor de multa diario posterior a la fecha establecida como plazo de entrega, el cual corre a partir de la notificación del contrato, para las Unidades Técnicas como prestador de servicios, es de vital importancia la disposición de todos los insumos destinados a sus labores diarias en el tiempo establecido en el contrato, por lo que, se determinan los siguientes factores como fundamentos para determinar el monto diario de multa: Acorde a la matriz anterior, se asignará una cláusula mediante la sumatoria de puntos obtenidos, calificando con la siguiente tabla: Descripción de factores: Factor N°1: Repercusiones por incumplimiento: Alta: igual a 30 puntos si el incumplimiento o atraso afecta un proyecto o meta ligado a la prestación del servicio del Departamento. Media: igual a 20 puntos si el incumplimiento o atraso afecta el desarrollo y cumplimiento de las metas del Departamento ligadas al POI. Baja: igual a 10 puntos, si el incumplimiento no genera afectación al servicio y el cumplimiento de las metas de Departamento. Factor N°2: Riesgos por incumplimiento: Acorde al mapa de riesgo de la Unidad Técnica de Gestión Vial, se determinan los siguientes criterios: Alto: igual a 30 puntos si el incumplimiento o atraso, pone en riesgo muy alto la eficiencia, eficacia o la continuidad de los servicios internos y externos, así como ingresos o imagen institucional. Medio: igual a 20 puntos si el incumplimiento o atraso, pone en riesgo alto la eficiencia, eficacia o la continuidad de los servicios internos y externos, así como ingresos o imagen institucional. Moderado: igual a 10 puntos si el incumplimiento o atraso, pone en riesgo medio o bajo la eficiencia, eficacia o la continuidad de los servicios internos y externos, así como ingresos o imagen institucional. Factor N°3: Importancia del Plazo: Alto: Igual a 20 puntos: cuando el plazo de entrega es fundamental para el cumplimiento de las metas de la Unidad. Medio: igual a 10 puntos: cuando el plazo de entrega es importante para el cumplimiento de las metas de la Unidad. Moderado: igual a 5 puntos: cuando el plazo de entrega es de importancia media o baja para el cumplimiento de la Unidad. Factor N°4: Cuantía del contrato: Alto: igual a 20 puntos, cuando la cuantía del contrato es igual o exceda los ₡695,259,109.00. Medio: igual a 10 puntos, cuando la cuantía del contrato es inferior a ₡695,259,109.00 y mayor a ₡173,814,832.00. Moderado: igual a 5 puntos, cuando la cuantía del contrato sea menor a ₡173,814,832.00. Estimación de la penalización: Acorde a la metodología anterior se estima: Por lo tanto, en caso de atraso en la entrega del bien o servicio requerido de acuerdo con las condiciones de estas especificaciones técnicas, el contratista deberá pagar a la Municipalidad de Cartago, por concepto de cláusula penal por cada día calendario de atraso, una cantidad equivalente al 1,00%, del total del monto contractual adjudicado, de forma escalonada por día de atraso, teniendo como tope para el pago de multas hasta un máximo del 25%, del monto límite superior del contrato, momento en que se considerara que ha habido incumplimiento del contrato. El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. El cobro por concepto de multas se regirá según lo dispuesto en los artículos 45, 46 y 47 de la LGCP. Consecuentemente, el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contempladas en dichos instrumentos dará lugar a la rescisión del respectivo contrato si la Municipalidad lo estima pertinente, sin perjuicio de accionar en la vía jurisdiccional el resarcimiento de daños y perjuicios a la Municipalidad en virtud del incumplimiento contractual. 7.2. Multas Si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado, el adjudicatario deberá pagar a la Administración por concepto de multa por cada situación que se presente y en caso de ser reiterativos los incumplimientos de la misma naturaleza durante la ejecución del contrato, la Administración estará facultada de tomar las medidas administrativas aplicables según lo establecido en la Ley de Contratación Pública y su reglamento. Metodología para la estimación de las multas a aplicar: Como parte del análisis de los costos a los que se han estimado a partir de que en esta contratación se requiere específicamente dos perfiles diferentes de puestos que los podemos relacionar con el Decreto de Salarios Mínimos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a saber: • Un profesional responsable, con el título de Licenciado, equivalente a un Profesional 1 de la Municipalidad de Cartago, con un salario base de ₡1,260,000.00. • Un funcionario operativo, equivalente a un Inspector de la Municipalidad de Cartago, con un salario base de ₡686,000.00 El desglose de costos del salario para los puestos indicados sería el siguiente: Tipo de trabajador Salario Bruto Cargas sociales (10,83%) Total, Salario mensual Salario Semana Salario Día Salario Hora Profesional 1 ₡1,260,000.00 ₡136,458.00 ₡1,123,542.00 ₡280,885.50 ₡56,177.10 ₡7,022.14 Inspector ₡672,000.00 ₡72,777.60 ₡599,222.40 ₡149,805.60 ₡29,961.12 ₡3,745.14 Condiciones que serán sancionadas: Condición Detalle Nivel de la falta Multa Justificación Uso de materiales y/o insumos en mal estado o defectuosos. Si se logra evidenciar materiales e insumos en mal estado debido a deficiencias en la confección, transporte o entrega de los mismos. Baja Aplicarse la suma de ₡56,177.10 que representa el costo diario de un Profesional 1 por fiscalización y se procederá con una minuta para su documentación. La Municipalidad tendría la responsabilidad, eventualmente de retrasar las obras al solicitar el reemplazo de los insumos solicitados.
Documentos del cartel15
- DECISIÓN INICIALPDF · 369 KB
- ESTUDIO DE MERCADOPDF · 1,1 MB
- FICHA TÉCNICAPDF · 901 KB
- PERFIL DEL PROYECTOPDF · 3,1 MB
- ACREDITACIÓN DE PROYECTOPDF · 676 KB
- CRONOGRAMAPDF · 768 KB
- ANÁLISIS FINANCIERODOCX · 20 KB
- DECLARACIÓN JURADADOCX · 3,3 MB
- SUBCONTRATOSDOCX · 31 KB
- PEDIDOPDF · 358 KB
- CONTENIDO PRESUPUESTARIOPDF · 819 KB
- CONDICIONES GENERALESPDF · 748 KB
- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MODIFICADASPDF · 18,5 MB
- ANEXODOCX · 461 KB
- DOCUMENTO TOPOGRAFÍADWG · 5,2 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Heynner Andres Cespedes Muñoz
Departamento Construcción y Mejoras de Obra
Ronny Alexander Rojas Fallas
Unidad Técnica de Gestión Vial
Gabriela Redondo Cordero
PROVEEDURIA-LEGAL
Genesis Carolina Bermudez Campos
Proveeduría
Jose Enrique Núñez Rangel
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 03/10/2026 15:45. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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