2026LD-000008-0016600012 · SICOP 20260603352
Servicios de arrendamiento de equipo administrado para transmisiones de Concejo Municipal y sus dependencias
Municipalidad de Sarchí
Municipalidad de Sarchí ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡64,6 millones y quedó en firme el 17/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡64,6 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡750 000
98,8 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 17/09/2026
- Sonivision₡750 000,00
Informe de recomendación de Yulithza Michelle Ulloa Acuña, 08/09/2026 · adjuntos: REVISION DE OFERTAS TRANSMISIÓN DE SESIONES PROVEEDURÍA.pdf, 0040- REVISION FINAL DE OFERTA TRANSMISIÓN DE SESIONES.pdf, MS-SJ-OF-0056-2026 Proveeduría. Transmisión.pdf
Fechas clave
- Se publicó14/08/2026 10:11 · hace 58 días
- Límite para 17/08/2026 23:59 · hace 55 días
- Límite para 18/08/2026 23:59 · hace 54 días
- Cierre de ofertas26/08/2026 11:00 · hace 46 días
- de ofertas26/08/2026 11:00 · hace 46 días
- publicado11/09/2026 08:41 · hace 30 días
- Adjudicación 17/09/2026 07:50 · hace 24 días
El cartel fue modificado (3 versiones publicadas).
Nota de la institución. La Proveeduría recibirá las aclaraciones y si son de carácter técnico se remitirán a la unidad solicitante. Se adjunta las condiciones específicas junto con su evaluación y generales. Se adjunta cronograma de proceso de contratación.Debido a Recurso de objeción recibido, se amplía el plazo de apertura en 3 días hábiles. Leáse correctamente:"EL OFERENTE", en los siguientes puntos 1.5 DECLARACIONES JURADAS 1.7 PLAZO DE ENTREGA Y ORDENES DE PEDIDO 1.17 RAZONABILIDAD DEL PRECIO 1.18 DESGLOSE DE PRECIO 3. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
Contexto
- Municipalidad de Sarchí adjudicó ₡486,4 millones en 29 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Alquiler de Reproductor Industrial Audiovisual1 · ₡750 000,001₡750 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡54,9 millones – ₡64,6 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 450000 durante 48 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 4 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : precio 90 % · CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio economico 10 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,5 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | preciomáx. 90 | CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio economicomáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| SonivisionGanó | 90 | 0 | 90 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto final de LICITACIÓN REDUCIDA No. 2026LD-000008-0016600012, Servicios de arrendamiento de equipo administrado para transmisiones de Concejo Municipal y sus dependencias.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
No aplica
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
“Servicios de arrendamiento de equipo administrado para transmisiones del Concejo Municipal y sus dependencias” (mensualmente)"
DECLARACIÓN JURADA SOBRE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN:
El oferente deberá presentar declaración jurada en donde manifieste que cumple con todas las condiciones de la presente contratación y que el dispositivo a ofertar cumple con todas las especificaciones técnicas solicitadas en este pliego de condiciones.
DECLARACIÓN JURADA PERSONAL TÉCNICO:
Declaración jurada que cuenta con al menos dos técnicos especializados en soporte del servicio a ofertar, haciendo constar que esos técnicos tienen los conocimientos para brindar soporte a las herramientas.
DECLARACIÓN JURADA SISTEMA DE TIQUETES PARA SOPORTE TÉCNICO:
El oferente deberá presentar una declaración jurada en la que certifique que dispone de una plataforma de soporte técnico accesible mediante sitio web propio, que permita la gestión integral de incidencias y solicitudes de servicio. La plataforma deberá contar con mecanismos de atención ágiles, tales como sistema de tickets, chat en línea, asistencia remota u otros canales digitales que faciliten la comunicación y atención oportuna de los requerimientos.
Asimismo, deberá permitir el registro y seguimiento de casos, la consulta del estado de las solicitudes, el historial de atención y la interacción entre las partes durante el proceso de resolución. La solución deberá contemplar la creación de usuarios para el personal autorizado de la Municipalidad y garantizar el acceso seguro a la plataforma.
El oferente deberá indicar en su propuesta el enlace web de la plataforma de soporte ofrecida.
DECLARACIÓN JURADA SOBRE EXPERIENCIA:
El oferente deberá aportar una declaración jurada firmada por su representante legal, en la que manifieste bajo fe de juramento que posee más de quince (15) años de experiencia comprobada en la implementación, configuración, soporte o desarrollo de soluciones de naturaleza similar al objeto de la presente contratación, en cuanto a instalación y/o administración del servicio. Además, deberá indicar que la empresa cuenta con al menos diez (10) proyectos de este tipo. Dicha declaración deberá mencionar el tiempo total de experiencia, una descripción general de los proyectos o soluciones en los que ha participado y la confirmación de que la información consignada es veraz y verificable.
La Administración podrá, en cualquier momento del procedimiento o durante la ejecución contractual, verificar la veracidad de la información aportada. El incumplimiento o falsedad en la declaración será causal de descalificación o resolución contractual, conforme a lo establecido en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
CERTIFICACIONES
Currículo de los técnicos
El oferente deberá presentar el currículo completo de los técnicos de soporte que usará durante la ejecución del contrato. Debe presentar todos los atestados necesarios para garantizar que son competentes para brindar este soporte, tales como pero no limitados a, títulos académicos, títulos de capacitaciones o entrenamientos en soluciones de audio y video similares o de las marcas ofertadas.
Asimismo, cuando aplique, deberán presentarse las certificaciones técnicas del personal responsable de la instalación, configuración o soporte de la solución, que demuestren su competencia y formación en la tecnología ofertada.Todo cambio en el personal técnico durante la ejecución del contrato deberá reportarse
al fiscalizador del contrato y deberá presentar los mismos atestado para su aprobación.
El oferente deberá presentar en su oferta la estructura de precio por la línea, tanto en
valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta, con el detalle de al menos los siguientes componentes: los costos directos, los costos indirectos, la utilidad.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Aptitud para contratar con la administración
Sólo podrán contratar con la Administración las personas físicas o jurídicas que cuenten con plena capacidad de actuar, que no tengan impedimento por alguna de las causales de incapacidad para contratar con la Administración, y que demuestren su idoneidad legal, técnica y financiera, según el objeto a contratar.
Se presume la capacidad de actuar de cualquier oferente nacional o internacional inscrito en el Registro de Proveedores del SICOP. Así mismo, se presume que quien suscribe una oferta en dicho Sistema, posee capacidad legal para ello.
Considerado lo anterior, para efectos de identificación de oferente y posible contratista, así como con el objetivo de verificar la aptitud indicada, los oferentes deberán de presentar lo siguiente en su oferta:
- Personas físicas
En el caso de personas físicas, deberá aportar copia del documento de identificación, nombre completo, domicilio y demás calidades.
- Personas jurídicas
En el caso de personas jurídicas, deberá aportar una certificación notarial con no más de tres meses de emitida en la que indique:
- Quien ostenta la representación judicial y extrajudicial, indicando sus calidades y si puede actuar de forma conjunta o separada.
- La naturaleza y propiedad de las acciones.
- Las citas de inscripción en el Registro Público, de la sociedad, del personero acreditado y el domicilio social.
- En caso de que las acciones pertenezcan a varias personas jurídicas, deberá indicarse el nombre de los accionistas de estas.
- Extranjeros
Si el oferente es extranjero, los documentos que presenten deben estar legalizados de acuerdo con la Ley de Seguridad Consular de Costa Rica o autenticados por un notario público costarricense actuando en el extranjero. Aportar documento de identificación de Migración y Extranjería para personas físicas extranjeras residentes y aquellas acreditadas en una categoría especial.
- Condiciones y declaraciones juradas
El oferente, así como los subcontratistas propuestos en la oferta, deben de presentar y cumplir con lo siguiente:
- Presentar declaración jurada sobre: Declarar el tipo de proveedor de que se trate, es decir, proveedor nacional o extranjero. Si el proveedor es extranjero, deberá indicar el país de origen. Si el proveedor es extranjero deberá declarar que acepta someterse a los Tribunales y Leyes de Costa Rica, en todo lo concerniente a los trámites del procedimiento licitatorio, la ejecución del contrato y los reclamos por responsabilidad que se derivan del mismo, con renuncia expresa de su jurisdicción. En caso de que el proveedor sea una micro, pequeña o mediana empresa, debe acreditar esa condición, conforme lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N.º 8262 del 02 de mayo de 2002, y su Reglamento, así como su categoría, fecha de inscripción. En el caso de que se trate de una cooperativa que comparta características de micro, pequeñas y medianas empresas, deberá acreditar dicha condición, según los lineamientos establecidos por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y las instituciones que por su competencia corresponda.
- Presentar declaración jurada sobre: Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración y que no está inhabilitado para participar en los procedimientos de contratación pública, de conformidad con la Ley N.° 9986 y el reglamento a la Ley. En caso de que le alcance alguna de las prohibiciones establecidas en dichas normas, deberá indicar con cuál institución tiene esta afectación y que cuenta con la desafectación por alguno de los supuestos previstos en el artículo 30 de la Ley N.° 9986.
- Presentar declaración jurada sobre: Los oferentes que se presenten utilizando la figura de empresas PYMES con el objetivo de obtener estos beneficios, inclusive lo relacionado a la metodología de evaluación, deberán de declarar bajo fe de juramento que no pertenecen a empresas de grupos de interés económico.
- Presentar declaración jurada sobre: El oferente y el subcontratista deben presentar la declaración del compromiso del actuar ético e íntegro [Se adjunta en formato editable].
- Presentar declaración jurada sobre: Si el oferente y el subcontratista son personas físicas, deben presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Presentar declaración jurada sobre: Si el oferente o subcontratista son personas jurídicas deben presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas, según corresponda, la naturaleza de sus acciones y a quien pertenecen. Además, deben presentar como parte de esta declaración, información precisa y completa sobre sus beneficiarios finales, incluido el nombre completo y documento de identificación. En los supuestos donde los accionistas sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá de comprender, además, la información señalada anteriormente respecto a estas últimas. La declaración de los beneficiarios finales debe de ajustarse a lo estipulado en el Decreto Ejecutivo N.° 44390-H, Reglamento del registro de transparencia y beneficiarios finales.
- Los oferentes y subcontratistas deberán estar al día, o con arreglo de pago vigente, con las obligaciones tributarias nacionales. Dicha condición será verificada en los sitios digitales de las siguientes entidades e instituciones:
- Caja Costarricense de Seguro Social. Obligación obrero-patronal del oferente y subcontratistas de estar al día o con arreglo de pago vigente. En el caso de oferentes físicos o extranjeros, deben cumplir con los Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.
- Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
- Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda.
En el caso de entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo 3 de la Ley N.° 9986, y cualesquiera empresa extranjera, de conformidad con el artículo 14, inciso f) de la ley citada, que contraten en el territorio nacional deberán declarar que respecto a las personas trabajadoras que contraten para realizar los servicios que presten en el país se encuentran al día con las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
- En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en la declaración jurada presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable. Todo lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N.° 9986 y artículo 32 inciso c) y 33 del reglamento a la Ley. Por lo que, en caso de que no se pueda constatar a través del SICOP, se solicitará por medio de una prevención a subsanar. Es obligación del oferente y de los subcontratistas al momento de participar en un procedimiento licitatorio, mantener actualizada la sección del SICOP en que se solicitan las siguientes declaraciones juradas:
- Que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la Ley N.° 9986 y el reglamento a la Ley.
- Que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo 28 de la Ley N.° 9986, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de la misma Ley.
- Tratándose de personas jurídicas deberán indicar, en la declaración jurada, la naturaleza y propiedad de las acciones.
La información declarada respecto a los beneficiarios finales será únicamente para consulta y verificación por parte de la Administración contratante a fin de verificar las prohibiciones establecidas en el artículo 28 incisos c) y k) de la Ley General de Contratación Pública. No deberán presentar la declaración jurada de beneficiarios finales quienes estén expresamente exceptuados en la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, Ley N.º 9416, del 14 de diciembre de 2016. Esta condición deberá ser acreditada mediante el documento emitido por el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales al momento de realizar el registro, o mediante otro documento idóneo que respalde dicha excepción.
No se requiere que las declaraciones juradas sean autenticadas con por notario público, pero sí firmadas por la persona que tenga el poder para hacerlo.
- Subcontratación
El contratista podrá subcontratar parcialmente la ejecución del objeto contractual, siempre que dicha posibilidad haya sido indicada expresamente en su oferta y se ajuste a las condiciones establecidas en la N.° 9986, el reglamento a la Ley, el presente pliego de condiciones y el pliego de especificaciones técnicas. La totalidad de la subcontratación no podrá exceder el cincuenta por ciento (50%) del monto total de la oferta.
Para tales efectos, deberán cumplirse y, en lo conducente, aportar las siguientes condiciones u obligaciones:
- Cumplir y presentar las obligaciones señaladas en el punto “I.6. Condiciones y declaraciones juradas” del presente pliego de condiciones generales.
- La subcontratación es el contrato por el que el contratista encomienda a un tercero la realización de una parte esencial del objeto del contrato, con organización de medios y riesgos a cargo del subcontratista. No se considera subcontratación, los contratos de aprovisionamiento necesarios para la realización de lo pactado frente a la Administración, sean estos bienes o servicios. No se considera subcontratación, la adquisición de suministros, aun cuando éstos conlleven su propia instalación, ni tampoco los compromisos asumidos por cada uno de los participantes consorciados que presentan oferta en conjunto.
- La subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral frente a la Administración por la correcta ejecución del objeto contratado, manteniendo la responsabilidad exclusiva sobre todas las obligaciones contractuales asumidas. El contratista tampoco podrá alegar cláusulas de confidencialidad con los subcontratistas para impedir el acceso a la información que le sea requerida por la Administración, salvo los casos expresamente protegidos por ley.
- Con la oferta deberá aportarse el listado de las personas físicas o jurídicas propuestas como subcontratistas, indicando para cada una de ellas el objeto de la subcontratación y el porcentaje de participación en las prestaciones a realizar junto con el costo total de la oferta.
- Deberá aportarse carta de aceptación suscrita por el representante legal del subcontratista o por la persona física correspondiente, en la que manifieste expresamente su conformidad para participar como subcontratista en el presente procedimiento.
- El oferente deberá de indicar el porcentaje de subcontratos en el desglose de precio, lo cual podrá ser subsanado únicamente si la justificación del oferente en la etapa de revisión de las ofertas aclara el rubro en el cual se incluye originalmente, sin que exista variación o ventaja indebida. Entiéndase que el oferente deberá de justificar, si es así solicitado por la Administración, todos los componentes del desglose de precio que justifiquen lo anterior.
- La identificación del subcontratista y su porcentaje de participación deberán registrarse en los formularios correspondientes del Sistema Digital Unificado (SICOP) al momento de la presentación de la oferta. Según lo dispuesto en los artículos 49 de la Ley N.° 9986 y 133 del reglamento a la Ley, se reconoce la posibilidad de subsanar el listado de subcontratistas, en el tanto la referencia de los mismos con sus respectivos porcentajes de participación se encuentre definidos en la oferta; es decir, ante la omisión total desde la oferta de un subcontrato, no se puede incorporar en un momento posterior, dado que se afectaría la estructura de costos y el esquema de negocio propuesto por el oferente desde la oferta, salvo acto motivado en contrario. De manera que es factible subsanar el tema de los subcontratos ofertados, siempre y cuando la corrección del error u omisión no implique una variación de los elementos esenciales de la oferta [precio]y con ello se coloque a un oferente en posibilidad de obtener una ventaja indebida.
- Conforme a lo previsto en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública, la Administración podrá excepcionalmente y de manera razonada habilitar en el pliego de especificaciones técnicas la posibilidad que un mismo subcontratista sea ofrecido por diferentes oferentes, siempre que se acredite que en el mercado exista un número limitado de eventuales subcontratistas. En caso de que un subcontratista haya participado en varias ofertas y el pliego de condiciones no contemple expresamente esta posibilidad, la Administración requerirá a los oferentes que acrediten la existencia de un número limitado de subcontratistas en el mercado para el objeto de la contratación. Si luego del análisis de los estudios técnicos, la Administración determina que dicho argumento no es válido y que la participación del mismo subcontratista en varias ofertas resulta improcedente, podrá, en un escenario excepcional, urgente o de riesgo que comprometa la satisfacción del interés público, valorar la posibilidad de continuar el procedimiento con las ofertas recibidas; en cuyo caso prevalecerá entre las dos o más ofertas elegibles aquella que presente mejor calificación aplicando el sistema de evaluación. Esta decisión se adoptará bajo su responsabilidad, teniendo en cuenta la supremacía del interés general y la aplicación del principio de eficiencia. Lo anterior deberá constar en un acto motivado que formará parte del expediente electrónico respectivo. Por lo que, en principio, una misma persona física o jurídica únicamente podrá participar en un mismo procedimiento como oferente individual, integrante de una oferta conjunta, integrante de un consorcio o subcontratista. Lo anterior, a excepción de que se acredite que en el mercado existe un número limitado de eventuales subcontratistas, lo que será establecido en las condiciones técnicas o deberá ser acreditado por el oferente. En caso de que la Administración determine que no sea procedente ese argumento o acreditación, el oferente deberá adjuntar la manifestación del subcontratista en la que indique con cuál oferta continúa en el procedimiento. De no aportar dicha manifestación y se derive de los estudios técnicos que es improcedente su participación como subcontratista en varias ofertas, provocará la exclusión del concurso de todas aquellas ofertas en que figure como subcontratista. Esto último será mediante acto motivado.
- Los subcontratistas deberán cumplir con los requisitos de registro e información establecidos para el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, conforme a la normativa vigente.
- La Administración se reserva el derecho de verificar, en cualquier momento del procedimiento o durante la ejecución contractual, el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidas para los subcontratistas.
- El adjudicatario podrá reemplazar a un subcontratista en cualquier momento con el visto bueno de la Administración, previa verificación de que cumple con los mismos requisitos del subcontratista anterior.
- Licencia municipal e impuesto patente
- Los oferentes domiciliados fuera del cantón de Sarchí deberán presentar copia de la licencia municipal de su respectiva municipalidad, en la cual los faculte para realizar la actividad lucrativa que oferta, por lo que deben aportar una constancia emitida por la municipalidad dónde indique que están autorizados y que se encuentran al día con el pago del impuesto de la licencia (patente), o bien presentar recibo de pago, esto conforme el artículo 88 del Código Municipal.
- Los oferentes domiciliados fuera del cantón de Sarchí pueden omitir la presentación de la constancia de encontrarse al día con el pago de impuestos de la patente, si cuentan en su municipio con una plataforma virtual donde se pueda verificar la actividad a que se dedica el oferente y que esté al día con los pagos de patente. Los oferentes solo deben indicar en su oferta el enlace o la indicación de donde la administración pueda verificar dicha información.
- Para los oferentes domiciliados en el cantón de Sarchí, deberán presentar copia de la licencia comercial que los faculte para brindar la actividad requerida y la Proveeduría verificará que se encuentre al día con el pago del impuesto de la patente.
- Pólizas
De acuerdo con lo establecido en los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo, el oferente debe presentar la Póliza de Riesgos de Trabajo en la que se indique la vigencia, el estado, tarifa, monto asegurado, prima y que se valide que la actividad económica para la cual fue suscrita corresponde a la actividad económica para la cual está siendo contratada.
Documentos del cartel11
- Certificación presupuestariaPDF · 174 KB
- Pliego de condiciones técnicasPDF · 686 KB
- Dj Sobre la ausencia de conflictos de interés YulitzaPDF · 215 KB
- Dj Actuar ético de oferentes y subcontratistasDOCX · 20 KB
- DJ Sobre la ausencia de conflictos de interés [Lineth] fdPDF · 195 KB
- DJ Sobre la ausencia de conflictos de interés Transmiciones CarlosPDF · 338 KB
- DJ Sobre la ausencia de conflictos de interés Jean CarloPDF · 215 KB
- CronogramaPDF · 686 KB
- Condiciones generalesPDF · 922 KB
- Decisión InicialPDF · 840 KB
- PLIEGO MODIFICADOPDF · 809 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jean Carlo Barquero Castro
Secretaría del Concejo Municipal
Jean Carlo Barquero Castro
Secretaría del Concejo Municipal
Lineth Arce Valverde
Legal
Carlos Andrey Alpízar Vega
Tecnologias de Información
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 07/10/2026 04:45. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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