2026XE-000628-0000400001 · SICOP 20260702097
SE-CONTRATACION DIRECTA ESCASA CUANTIA ADQUISICION DE VALVULAS PRINCIPALES DE SISTEMA DE ENFRIAMIENTO DE UNIDADES DG-217 1-2026
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡11,7 millones y quedó en firme el 22/09/2026. Se recibieron 5 ofertas de 5 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡11,7 millones
Ofertas recibidas
5
de 5 empresas
Oferta más baja
—
Quién ganóen firme 22/09/2026
- TecnosagotLa más barata de 5$12 430,00
Informe de recomendación de Viviana Solis Alfaro, 17/09/2026 · adjuntos: CCSS, Hacienda y FODESAF.pdf
Fechas clave
- Se publicó12/08/2026 08:57 · hace 2 meses
- Límite para 13/08/2026 12:00 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas19/08/2026 23:59 · hace 54 días
- de ofertas20/08/2026 07:30 · hace 53 días
- publicado22/09/2026 09:56 · hace 20 días
- Adjudicación 22/09/2026 09:57 · hace 20 días
Nota de la institución. Todas las aclaraciones serán atendidas cuando no cambie el objeto del negocio, ni constituyan una variación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Valvula Mariposa de Hierro Ductil Tipo Lug, Diametro Nominal 150 Mm, Presión Máxima de Trabajo 1,6 Mpa (235psi), Extremos Bridados Clase 150, Disco de Acero Inoxidable, Apertura de 0° a 90°.2 c/u · $24 285,782 c/u$24 285,78
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡9,9 millones – ₡11,7 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| TecnosagotGanó | 100 | 100 |
| Novatec Industrial | 81,18 | 81,18 |
| Proyectos de Ingenieria y Suministro de Equipos | 75,92 | 75,92 |
| CC Instrumentacion Industrial | 62,14 | 62,14 |
| Sensar LS | 52,75 | 52,75 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
De conformidad con el acto tomado mediante secuencia SICOP 0782026522100826 del 22 de setiembre de 2026. Se comunica el acuerdo de adjudicación el día 22 de setiembre de 2026.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Los oferentes deberán presentar junto con la oferta, los siguientes documentos:
- El oferente deberá presentar una declaración jurada que certifique contar con tres (3) años de experiencia en la venta o suministro de repuestos de los bienes objeto de este concurso. La declaración deberá incluir el nombre de las empresas y las fechas correspondientes relacionadas con la actividad.
- Todas las líneas indicadas en el requerimiento deben ser repuestos originales y nuevos, no se aceptarán equivalentes o repuestos refaccionados, por lo cual el oferente debe adjuntar una nota de fábrica que así lo demuestre.
- El oferente debe entregar junto con la oferta catálogos técnicos (información técnica de fábrica) que muestre las características de los productos ofrecidos, así como las marcas, modelos, presiones de trabajo o prueba, dimensiones, designaciones, normas o cédulas, número de parte, códigos de fábrica, o cualquier otro dato importante de conocer sobre los repuestos cotizados.
- Toda la documentación presentada deberá estar en idioma español.
El ICE se reserva el derecho de verificar la autenticidad de toda la documentación aportada, la cual debe ser en idioma español, si no se presentan las certificaciones antes mencionadas, el oferente será descalificado de esta contratación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
PARTIDA 1, Linea 1:
- Válvula mariposa motorizada.
- Modelo de referencia: EVFRA-7.
- Diámetro nominal: DN150 (150mm).
- Presión nominal: Igual o mayor a 16 bar.
- Presión de trabajo: Igual o mayor a 2,3 bar.
- Para fluido: Agua.
- Temperatura del fluido: Entre 22°C y 35 °C.
- Doble brida según: EN-JS1030.
- Disco de acero dúplex tipo: 1.4462.
- Sellos: NBR.
- Orificios de brida de acuerdo con: PN EN1092/ISO7005.
- Actuador eléctrico similar o igual al tipo: AUMA SG 05.1
- Potencia: Igual o mayor 0,15Kw.
- Torque: Igual o mayor a 130 Nm.
- Voltaje: 1FS 110/120V.
- Tiempo de cierre y apertura: entre 15 y 18 segundos.
- Indicador de posición mecánica y eléctrica.
- Protección: IP67.
- El actuador debe tener la posibilidad de operación manual en caso de emergencia.
- Actuador con alambrado interno: de acuerdo TPA16R1AA-101-000.
- Este actuador, debe venir con selector para operación local y remota, con botones de accionamiento de abrir, cerrar y paro.
- La distancia entre la base de la manivela y la parte posterior del actuador no debe superar los 22 cm de longitud (esta es una restricción por espacio físico).
- Debe suministrar la cantidad de pernos tuercas y arandelas para montaje de las 2 válvulas en ambas bridas.
- Aportar los manuales del fabricante de operación, mantenimiento, montaje, usuario y lista de partes tanto del actuador como de la válvula en idioma español, (se aceptará traducción libre).
- El actuador eléctrico que va detrás de la manivela para apertura y cierre manual debe poseer las siguientes características de referencia:
- Marca: Auma
- Tipo: SK00 56-2/80
- Nr.: Z033.453
- Nr: 1002NM 41324
- Voltaje: de 1VAC A 127VAC, 60Hz
- Corriente: 2.0A
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
El Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, Institución Autónoma de la de la República de Costa Rica, domiciliado en San José y con cédula jurídica Nº 4-000-042139-02, invita a participar en la contratación de “Adquisición de válvulas principales de sistema de enfriamiento unidades PH Garita DG-2171-2026”.
Periodo 2027 un monto de 24 285,78 USD
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato que corresponde a presupuestos de años futuros, la División Generación incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la División Generación se compromete a dotar del debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria
Con la oferta el oferente deberá presentar las siguientes declaraciones bajo fe de juramento:
Las declaraciones juradas solicitadas en el documento “Declaraciones juradas y certificaciones”. (Ver anexo de SICOP).
Sistema Integrado de Gestión (Declaración jurada).
a) Que cumplirá la Política de Sostenibilidad del Grupo ICE, establecida en la Sesión 6255 del 12 de marzo del 2018.
b) Que conoce la Política del Sistema Integrado de Gestión.
CRITERIOS SOSTENIBLES
El oferente deberá presentar con su oferta declaración jurada de que en caso de resultar adjudicado para efectos del embalaje de los bienes, garantizara que los mismos son fácilmente separables y que es su responsabilidad el manejo responsable conforme lo establecido en la legislación nacional vigente y de mediante lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos de la empresa.
Indagatoria Precio ofertado:
El ICE solicitará la presentación de la estructura de precios para efectos de analizar la razonabilidad de los precios, mediante solicitud de aclaración vía SICOP como parte de la etapa de indagatoria, únicamente a los oferentes elegibles, conforme el artículo 42 inciso f del RICA, es decir, ante diferencia del ±15% del monto estimado vrs el ofertado elegible.
BANDAS DE TOLERANCIA
Para determinar la razonabilidad del precio, dentro de la cual se considerará como aceptable el precio ofertado, la administración establece la banda de tolerancia para la partida 1:
| 4. Cálculo de Bandas de Tolerancia | ||||||||
| Objeto | Metodología: % razonabilidad (X) Combinado ( ) | Cantidad requerida | Monto estimado/consumo anual USD | |||||
| Moneda (USD) | ||||||||
| Devest.P | Mínimo | Máximo | ||||||
| Partida 1 (VALVULA MARIPOSA DE HIERRO DUCTIL TIPO LUG, DIAMETRO NOMINAL 150 mm, PRESIÓN MÁXIMA DE TRABAJO 1,6 MPa (235PSI), EXTREMOS BRIDADOS CLASE 150, DISCO DE ACERO INOXIDABLE, APERTURA DE 0° A 90°.) | 457,15 | 11 497,80 | 12 501,19 | 2 | 24 285,78 | |||
| Total USD | 24 285,78 | |||||||
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites.
A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
- Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
- Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
- Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 21 del Reglamento al título II Ley 8660.
La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera de las bandas, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
CONDICIONES DE ENTREGA DE BIENES POR PARTE DEL CONTRATISTA
- Los elementos suministrados deberán ser entregados en óptimas condiciones, nuevos, sin presentar signos de utilización previa, ni golpes, daños superficiales o de funcionamiento.
- Los bienes deben estar identificados por su debida marca, modelo, número de serie o número de parte, para su recepción, y garantizar la trazabilidad de un repuesto nuevo.
- Las personas que ingresen a las Plantas deberán conducirse correctamente y acatar las normas disciplinarias que el ICE mantiene en sus instalaciones. Durante la permanencia en las instalaciones del ICE, estará sujeto a las normas disciplinarias que la Institución mantiene dentro de sus instalaciones. El irrespeto de tales normas faculta al ICE para solicitar el retiro de dichas personas sin responsabilidad alguna para el Instituto. El ICE se reserva el derecho de admisión.
- El contratista debe de contar con el personal necesario para la descarga de los artículos.
- El costo de cualquier daño a los bienes del ICE, causado por personal o equipo del contratista, correrá por cuenta de este último previo debido proceso.
- Debe realizar la solicitud en el SICOP (con 10 días hábiles de anticipación a la fecha máxima de entrega de los equipos en sitio) para coordinar la recepción de los equipos en las instalaciones ICE, y verificar la anuencia para recibirle el día y la hora indicados.
- Las personas que ingresen a la Planta deberán portar su identificación, y como mínimo pantalón largo, camisa con mangas, zapatos de seguridad o cerrados, suela de goma y tacón bajo. Dentro de las instalaciones de la Institución, está PROHIBIDO FUMAR, el uso o la posesión de drogas, o ingresar a las mismas bajo los efectos del alcohol.
- Es responsabilidad del contratista, completar el formulario adjunto al cartel NG-80-FO-81-037 “Solicitud de ingreso a particulares a obras del negocio generación” y enviarlo por correo al Administrador de Contrato. Es necesario presente al momento de ingreso el documento debidamente autorizado por el ICE, de lo contrario, por directriz de la Administración Superior el personal de vigilancia (institucional o privada) en el puesto de ingreso no le permitirá el acceso (Ver archivo adjunto en SICOP).
ESPECIFICACIONES REFERENTES AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN.
- No podrán ingresar vehículos a las instalaciones de la Planta que presenten fugas (de aceites), sin RTV al día, y / o permiso de circulación vigente.
Los insumos deben ser embalados utilizando materiales reciclados y reciclables.
No se acepta empaques de estereofón.
Deberá retirar todos los desechos propios de los bienes entregados (tales como empaques, protecciones, cajas y plásticos) y será su responsabilidad destinarlos al lugar correspondiente según la Legislación Nacional vigente.
CLÁUSULA DE DESEMPATE
En caso de empate en precio entre varias ofertas para una misma partida se adjudicará al oferente que ofrezca la mayor potencia garantizada.
En caso de que el empate persista, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente, y se utilizará la moneda. De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento.
De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento (presenciales), el cual se incluirá en el Sistema Digital Unificado.
PAGO
SOBRE LA FACTURACIÓN
a) La factura deberá ser electrónica, emitida conforme a la legislación fiscal vigente.
b) La factura deberá ser emitida tras la entrega efectiva y recepción conforme del bien o servicio, declarada por el administrador de contrato. Las facturas emitidas con anterioridad a la recepción definitiva en SICOP, serán rechazadas de oficio y deberán emitirse nuevamente.
c) El pago se realizará en un plazo no mayor a treinta (30) días naturales a partir de la recepción conforme emitida por el administrador de contrato.
d) La factura deberá ser enviada electrónicamente al correo facturasice@ice.go.cr, y de forma simultánea se deberá realizar la solicitud de pago en el módulo de SICOP establecido para tal fin, anexando la factura emitida. De no completar este paso no se procederá con el registro del pago. Las solicitudes de pago donde no se anexe la factura serán rechazadas de oficio.
e) La factura deberá contener:
- Número de pedido (MM), N° contrato y N° de procedimiento SICOP
- Descripción detallada del bien entregado
- Unidad de medida, cantidad y precio unitario
- Monto total
- Condiciones de pago pactadas
- Cédula jurídica: 4-000-042139
- Razón social: Instituto Costarricense de Electricidad
- Nombre comercial: ICE
- Domicilio: San José, San José, Mata Redonda, Sabana norte, Avenida Las Américas, frente al boulevard, avenida principal.
Código de actividad económica: 401002 Generación y/o distribución de energía eléctrica (hidráulica, convencional, térmica, etc).
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Si existiera atraso en la entrega del suministro o la prestación del servicio de acuerdo con las condiciones del pliego de condiciones, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal 0.4% según lo indicado en el Anexo ESTIMACION CLAUSULA PENAL por cada día natural del valor de la parte incumplida.
Documentos del cartel4
- declaraciones juradas y certificacionesPDF · 154 KB
- INGRESO PARTICULARESDOC · 113 KB
- anexo politica corporativaPDF · 389 KB
- estimacion clausula penalDOCX · 174 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Enrique Jiménez Zumbado
3050
Enrique Jiménez Zumbado
3050
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 13:59. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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