2026XE-000120-0001101142 · SICOP 20260702207
Compra de Bencilpenicilina, código 1-10-02-4400
Caja Costarricense de Seguro Social
Caja Costarricense de Seguro Social ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡22,5 millones. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡22,5 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
—
Quién ganó
- Bio Tech PharmaLa más barata de 2$32 925,00
Informe de recomendación de Arturo Retana Villalobos, 23/09/2026 · adjuntos: Consultas 28 setiembre 2026.pdf, RptPrecalificadoMaterial (5) 28-09-2026.pdf
Fechas clave
- Se publicó30/07/2026 08:08 · hace 2 meses
- Límite para 11/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Límite para 11/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas13/08/2026 08:59 · hace 2 meses
- de ofertas13/08/2026 09:00 · hace 2 meses
- publicado05/10/2026 15:46 · hace 7 días
Nota de la institución. En el cumplimiento de la normativa, se les informa a los potenciales oferentes que tanto para las aclaraciones al pliego de condiciones como para los recursos de objeción, se cuentan con las respectivas herramientas y medios para su presentación, utilizando correctamente los distintos módulos del SICOP según los distintos actos a los cuales se tiene en una etapa específica, dichos manuales están disponibles en la página principal del SICOP y son de acceso libre para cualquier oferente que así lo requiera.
Contexto
- Caja Costarricense de Seguro Social adjudicó ₡102 517,7 millones en 3 843 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Bencilpenicilina 1200000 Unidades en Polvo para Inyeccion, Frasco Ampolla 4 a 5 Ml o Bencilpenicilina 1200000 Unidades, 2 Ml en Suspension Acuosa para Inyeccion, Inyectable, Frasco Ampolla 2 Ml o Bencilpenicilina 1200000 Unidades, Polvo para Suspension Inyectable Frasco Ampolla 7 Ml, Via de Administracion Intramuscular (precalificado)75 000 c/u · ₡22 500 000,0075 000 c/u₡22 500 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡19,1 millones – ₡22,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 94 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,94 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 16 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días naturales
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 94 % · Acciones afirmativas en materia de integridad, ética y prevención del soborno 6 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 94 | Acciones afirmativas en materia de integridad, ética y prevención del sobornomáx. 6 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Bio Tech PharmaGanó | 94 | 6 | 100 |
| Vitalis SA Ci | 69,94 | 6 | 75,94 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
TIEMPO PARA PRESENTAR RECURSOS AL 15/10/2026 23:59
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Según ficha técnica anexa al pliego de condiciones.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
De acuerdo con la Ficha Técnica.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Consideraciones de orden general
Con la oferta se debe presentar y/o indicar lo siguiente:
Cuando se trate de una oferta del exterior, el formulario de oferta SICOP, debe ser completado con toda la información de la propuesta a nombre de la firma extranjera; quien será la oferente ante la administración, y adjuntará en los anexos los documentos del representante en el país.
- Precio Unitario por cotizar por el Oferente es: UNIDAD DE MEDIDA FA.
- Según oficio DFE-AFEC-0557-2026. En la Ficha Técnica de este medicamento se identifica una presentación farmacéutica. Se avala técnicamente.
- El oferente debe presentar junto con su oferta, una declaración jurada donde se indique que lo ofertado corresponde con lo precalificado
- De conformidad con lo regulado en los artículos 15 de la Ley General de Contratación Pública y 30 de su Reglamento, en caso de presentar o facilitar documentación considerada como “confidencial”, se deberá aportar justificación de los motivos y su sustento jurídico para mantener la documentación confidencial.
- Permiso de funcionamiento sanitario de la actividad comercial vigente (circular DABS-AABS-0494-2021).
- De conformidad con el artículo 42 de la Ley de General de Contratación Pública y el artículo 102 de su Reglamento, así como el artículo 15 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, todo oferente deberá presentar la siguiente estructura, tanto para productos y/o servicios de producción nacional como aquellos productos y/o servicios importados y aplica para moneda nacional o extranjera, tanto en valores absolutos como porcentuales. Adicionalmente debe indicar la moneda origen de los costos por elemento del costo (rubro) tal y como se indica a continuación:
|
Elemento o |
Valor Absoluto |
Valor porcentual |
Moneda Origen del costo. |
|
Mano de obra directa |
0,00 | 00,00% |
|
|
Mano de obra indirecta |
0,00 | 00,00% |
|
|
Insumos directos |
0,00 | 00,00% |
|
|
Insumos indirectos |
0,00 |
00,00% |
|
|
Subcontrataciones |
0,00 |
00,00% |
(*) |
|
Imprevistos |
Excluido* |
No aplica |
N/A |
|
Utilidad |
0,00 |
00,00% |
N/A |
|
Total |
0,00 |
100% |
N/A |
Notas:
- La suma de los valores absolutos y porcentuales deberá corresponder al precio total ofertado y totalizar 100,00 %, utilizando dos decimales.
- El oferente deberá incluir dentro de la estructura todos los costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución del objeto contractual.
- No podrán incorporarse componentes distintos de los establecidos en la presente estructura. Cuando existan otros costos asociados a la oferta, estos deberán incorporarse dentro del componente que corresponda según su naturaleza.
- El oferente deberá tomar en cuenta lo que se indica en la circular DABS-AABS-1011-2026, el cual se adjunta al pliego de condiciones.
El oferente deberá presentar la estructura del precio tanto en valores absolutos como porcentuales, con los siguientes componentes mínimos, asimismo, en cuanto a los costos directos e indirectos deberán detallarse los rubros principales que los componen.
*EXCLUSION DEL RUBRO DE IMPREVISTOS EN CONTRATOS DE MEDICAMENTOS E INSUMOS MÉDICOS*
Fundamentación
La contratación de medicamentos e insumos médicos se distingue por su alto grado de estandarización y precisión en cada etapa del proceso, desde la formulación de los pliegos de condiciones hasta la entrega final al usuario. Los productos involucrados en estos contratos están regidos por estrictas especificaciones técnicas, que definen su composición, calidad, condiciones de almacenamiento y requisitos de transporte, lo que reduce significativamente la posibilidad de variaciones inesperadas durante la ejecución.
En el ámbito de las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), tanto fabricantes como proveedores deben cumplir con protocolos internacionales que exigen controles sistemáticos de cada lote producido, validación de procesos críticos y monitorización constante de variables, como temperatura, humedad y tiempo de entrega. Estos procedimientos, respaldados por auditorías periódicas y certificaciones oficiales, hacen que el margen de incertidumbre sea mínimo en comparación con otros tipos de contratación, como obras o servicios, donde las condiciones operativas pueden variar considerablemente.
Además, los sistemas modernos de trazabilidad permiten rastrear cada unidad desde su producción hasta su distribución final, garantizando la identificación inmediata de cualquier anomalía y facilitando acciones correctivas en tiempo real. La gestión de riesgos en este sector se basa en la anticipación y el control estricto, apoyados por normativas nacionales e internacionales y por mecanismos de farmacovigilancia y control de calidad exigidos por los entes reguladores.
Por otro lado, los productos ofertados suelen estar disponibles en el mercado bajo condiciones contractuales claras, precios estables y plazos definidos, lo que disminuye la probabilidad de que ocurran eventos imprevistos que generen sobrecostos o atrasos. Cualquier modificación relevante en el suministro, como cambios de formulación, presentación o fabricante, está sujeta a aprobación previa por parte de la Administración y debe estar debidamente fundamentada.
Toda la argumentación que precede deriva de la naturaleza propia del objeto contractual, tanto en lo relacionado con su composición, así como en las características propias de la ejecución contractual que no requieren dentro del desglose del precio el rubro de imprevistos, tal es el caso del objeto del presente procedimiento, en ese sentido la Contraloría General de la República en la resolución R-DCP-SICOP-01811-2025 refirió:
“… la Administración debe tener presente que la estructura del precio tal y como se solicita en el artículo 102 del RLGCP es obligatoria para obra y servicios, sin embargo, para otros objetos contractuales podría requerirse el rubro de imprevistos, siempre y cuando se justique las razones para su incorporación de frente a la naturaleza del objeto, explicación que debe constar en el expediente del concurso”.
Bajo esa misma inteligencia, en la resolución R-DCP-SICOP-01858-2025 respecto de los imprevistos de forma concisa se estimó que “…esta obligatoriedad se aplica únicamente a las licitaciones cuyo objeto es la adquisición de servicios o la ejecución de obra pública, y no así a aquellas cuyo propósito es la adquisición de bienes…”.
Finalmente, la exclusión del rubro de imprevistos en este tipo de contratos no solo responde a la previsibilidad técnica y operativa del suministro, sino que también favorece la transparencia y la optimización de los recursos públicos, alineándose con los principios de eficiencia y valor por dinero establecidos en la legislación vigente. En este contexto, la inclusión de imprevistos resultaría innecesaria y podría distorsionar la comparabilidad de ofertas, además de contravenir la naturaleza propia del objeto contractual”.
- Para la presente compra rigen las Condiciones Generales para la Contratación Pública en la C.C.S.S.” Ver condiciones y declaraciones para la completez de su oferta.
- Declaración jurada de los beneficiarios finales y naturaleza y propiedad de las acciones (sea persona física o jurídica), según art. 32, inciso c), punto vi. del RLGCP y debe estar registrada en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas de SICOP.
- Indicar los empaques del producto de acuerdo con la ficha técnica y las cantidades establecidas.
- Indicar país de origen, marca y fabricante.
- La garantía de cumplimiento que se debe rendir para esta contratación corresponde al 10% del monto total referencial adjudicado.
- Certificado de Registro de Equipo y Material Biomédico: En concordancia con lo solicitado en la ficha técnica, referente a la presentación del Certificado de Equipo y Material Biomédico (en adelante EMB) para aquellos productos que así lo requieran, se debe considerar lo siguiente: Es responsabilidad de la casa comercial registrante verificar que la información contenida en el EMB sea coincidente con la información aportada en la oferta, por lo que los datos contenidos en su plica deben ser correspondientes con el dispositivo aprobado por el Área de Equipo y Material Biomédico de la Unidad de Registros de la Dirección de Regulación de Productos de Interés Sanitario del Ministerio de Salud y además el mismo debe encontrarse vigente. Es responsabilidad del interesado mantener actualizado su EMB para lo cual tiene la obligación de notificar ante el Ministerio de Salud, cualquier modificación o ampliación de información pertinente y solicitar los cambios y/o ajustes respectivos mediante un trámite de post-registro, para que de esta forma la información contenida en el registro sea coincidente con la información del insumo ofertado ante la Administración. En caso de que no aplique el registro sanitario de equipo y material biomédico (EMB), debe el proveedor adjuntar el documento del Ministerio de Salud que respalde la no aplicación de este requisito.
- De acuerdo con el oficio GL-DABS-0708-2023 de fecha 11 de mayo 2023, señor oferente favor tomar en cuenta lo siguiente: “Una vez iniciada la fase de ejecución de los contratos es obligación del contratista utilizar los formularios establecidos en el Sistema único de compras públicas SICOP durante toda la fase de ejecución contractual. La asignación de citas para entrega, recepción de consultas y otras gestiones, está sujeta a la comunicación que se realice por esta vía como UNICO medio autorizado para la tramitación de actos relacionadas con esta etapa”.
- “Es obligación de los contratistas cumplir a cabalidad con las característica requeridas del bien contratado, por lo que, en caso de solicitar a la administración la exención de algún requisito, tales como variaciones en los meses de caducidad, cambio en requisitos de embalajes, empaques y necesidad de otros insumos para el consumo de los productos, entre otros, deberá comprometerse a reponer el producto en caso de materializarse riesgos asociados a dicho exención así como aportar y/o reponer los accesorios y/o bienes adicionales que se requieran para el consumo del mismo o en su defecto, reconocer los costos adicionales en los que incurra la institución” (oficio DABS-AABS-0929-2025).
- CLÁUSULA DE DESEMPATE: Procedimiento en caso de empate en puntuación de ofertas: En caso de empate, se convocará a los oferentes cuyas propuestas hayan obtenido la misma puntuación a un sorteo público, el cual se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP). … Se considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el presente reglamento, la Ley 8262 y sus reglamentos.”:
PYME de Industria 5 puntos
PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos
PYME de Comercio 2 puntos
No obstante, la unidad solicitante podrá establecer previamente alguna otra variable de desempate, en cuyo caso se aplicará en primera instancia dicha cláusula (Oficio DABS-AABS-0953-2025).
16. Cualquier cambio en la representación legal de una persona jurídica, previa suscripción contractual deberá acompañarse de una personería que acredite la respectiva facultad.
- Lugar de entrega y modalidad logística: La entrega de los bienes objeto de contratación se efectuará bajo condiciones INCOTERM DDP (Delivered Duty Paid), en el lugar que determine la Administración en la orden de pedido o en los protocolos de ejecución contractual.
La Administración podrá, según sus necesidades operativas, requerir la entrega de los productos en cualquiera de los siguientes centros logísticos institucionales:
- a) Centro de Distribución Central (San Francisco de Dos Ríos);
- b) Centro de Distribución Especializado Frigorífico (La Uruca); o
- c) Centro de Distribución Regional (Puntarenas); sin perjuicio de que, en casos debidamente justificados, se establezca la entrega en sitio o en otra sede institucional que se encuentre debidamente habilitada para la recepción del producto.
La determinación del punto de entrega no constituye una modificación de las condiciones contractuales, sino el ejercicio de una facultad administrativa orientada a la eficiencia logística y al adecuado funcionamiento de la cadena de abastecimiento institucional.
En caso de que la Administración disponga entregas en sedes distintas al Centro de Distribución Central, se aplicarán los protocolos técnicos y administrativos específicos que regulen la recepción, muestreo, análisis y liberación de productos, los cuales serán definidos con el contratista. El oferente deberá considerar cualquiera de los puntos de entrega señalados, de forma que se garantice el cumplimiento integral de las condiciones pactadas.
18. Gestión obligatoria de solicitud de entrega, programación de cita y requisitos previos para la recepción de bienes:
Gestión obligatoria de solicitud de entrega, programación de cita y requisitos previos para la recepción de bienes: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley General de Contratación Pública, N.° 9986, y el artículo 25 de su Reglamento, el adjudicatario deberá gestionar obligatoriamente la solicitud de entrega de los bienes objeto del contrato a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), previo a solicitar cualquier cita de entrega ante el Área de Almacenamiento y Distribución (ALDI) de la Caja Costarricense de Seguro Social. Como condición indispensable para la asignación de cita en la agenda del ALDI, el adjudicatario deberá aportar el “número de entrega” generado por el SICOP, el cual constituye requisito habilitante para la recepción física de los bienes. No se tramitarán solicitudes de cita ni se recibirán bienes cuya gestión no haya sido previamente registrada en dicho sistema. Según Oficio GL-DABS-0045-2026, del 09 de enero de 2026 y Circular DABS-AABS-0022-2026, de fecha 13 de enero de 2026. Tratándose de medicamentos, el Contratista deberá, será responsable de planificar, gestionar y suministrar oportunamente las sustancias o materiales de referencia requeridos para la verificación del control de calidad de los medicamentos entregados a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), conforme al método analítico aplicable. Estos materiales podrán incluir, entre otros, estándares del principio activo, compuestos relacionados, estándares internos, materiales para adecuación del sistema, impurezas, placebo u otros que resulten necesarios para demostrar la aptitud del método analítico. Antes de programar cada entrega del medicamento en el ALDI, deberá iniciar la gestión solicitando al LNCM, al correo sr_lncm@ccss.sa.cr , la Confirmación de Existencias de Sustancias de Referencia con un mínimo de quince (15) días naturales de antelación a la fecha prevista de entrega, adjuntando información completa, correcta y verificable como mínimo: código institucional del medicamento, principio activo, orden de compra, número de procedimiento SICOP, registro sanitario, fabricante, período y número de entrega, proveedor, fecha de programación, condición de precalificación y metodología de análisis; y si no es precalificado, la metodología del fabricante conforme a la Ficha Técnica Institucional (para este trámite puede solicitar el formulario a completar en la direcciónsr_lncm@ccss.sa.cr) La solicitud deberá contener la información técnica y administrativa necesaria para identificar el producto y el método analítico aplicable. Las solicitudes incompletas o inconsistentes no serán tramitadas, siendo responsabilidad exclusiva del contratista cualquier atraso que se derive de dicha situación. El LNCM emitirá respuesta mediante SICOP en un plazo máximo de cinco (5) días naturales. El contratista deberá entregar las sustancias de referencia requeridas en el LNCM a más tardar cinco (5) días naturales antes de la entrega del medicamento en el ALDI, garantizando su adecuada conservación, cantidad suficiente para el análisis de los lotes correspondientes, certificado de análisis vigente con trazabilidad al patrón primario cuando aplique y una vigencia mínima de un (1) año. La cantidad de material de referencia deberá determinarse considerando el método de análisis aplicable, la cantidad de lotes a analizar y las condiciones técnicas del procedimiento analítico. Cuando se entreguen materiales para más de una entrega, deberán presentarse subdivididos en envases de un solo uso. En caso de requerirse soluciones volumétricas, el contratista deberá aportar los estándares trazables o las soluciones estandarizadas con la trazabilidad correspondiente. La gestión logística, control, seguimiento y trazabilidad de las sustancias de referencia será responsabilidad exclusiva del contratista, sin que dichas gestiones puedan afectar el proceso de control de calidad ni los plazos contractuales de entrega. El documento de confirmación emitido por el LNCM debe ser incorporado por el contratista en la “solicitud de entrega” en SICOP, junto con todos los documentos requeridos para su gestión, hecho lo anterior deberá solicitar cita en el ALDI, toda vez que las sustancias o materiales de referencia requeridos para la verificación del control de calidad de los medicamentos, así como los documentos de referencia, son indispensables para disponer de los productos en tiempo y forma.”. Según Circular DABS-AABS-0350-2026, de fecha 17 de marzo de 2026.
- Factores de Evaluación. Incorporar la justificación de los elementos ponderables:
Obtendrá el 94% la oferta de menor precio.
Los factores incluidos responden a la necesidad de integrar gradualmente criterios objetivos de cumplimiento ético y responsabilidad empresarial en las compras públicas, alineados con los principios de integridad, transparencia, legalidad, igualdad de trato y libre concurrencia establecidos en la Ley General de Contratación Pública (Ley N.º 9986), su Reglamento, el Plan Nacional de Compras Públicas, Código de Ética en Contratación Pública y los compromisos adoptados por la CCSS mediante su Política Institucional de Probidad.
Verificado el objeto contractual según la guía es la siguiente:
Las compras de medicamentos, insumos médicos, reactivos, material de envase/empaques y materias primas se consideran dentro de la clasificación 2 por lo que el porcentaje de evaluación a incluir será un 6%.
Según documento denominado: Guía para la implementación de acciones afirmativas en materia de integridad, ética y prevención del soborno en los procedimientos de contratación gestionados por la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios-Para optar por el puntaje del 6%, además de la presentación de los documentos y requisitos mínimos exigidos, el oferente deberá aportar la declaración jurada que se indica en el Anexo 2 (…)” de la Guía que se adjunta al pliego de condiciones.
Para la presente compra rigen las condiciones generales para la contratación de bienes y servicios en la CCSS, reforma titulada: condiciones generales para la contratación pública en la CCSS vigentes.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. No aplica para este procedimiento el establecimiento de multas.
Cláusula penal. Ver documentos adjuntos al Pliego de Condiciones.
Documentos del cartel1
- PLIEGO DE CONDICIONESZIP · 4,3 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Marlon Barquero Castillo
Sub-Area Programación Bienes y Servicios
Arturo Retana Villalobos
Encargado del concurso · Sub-Área de Reactivos y Otros
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 15:13. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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