2026XE-000618-0000400001 · SICOP 20260703063
SE-Contratación Directa de Escasa Cuantía-Adquisición máquina de tratamiento aceite dieléctrico por termovacío y bomba de vacío para LT Cañas Guayabal/G217/Disa
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡79,8 millones y quedó en firme el 09/09/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡79,8 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡50,0 millones
37,3 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 09/09/2026
- Soluciones Electricas Mecanicas y de Construccion Soelmec AsfNo era la más barata (2.ª de 2)₡77 198 476,83
Informe de recomendación de Hazel Jiménez Chaves, 07/09/2026 · adjuntos: Recomendación 2026XE-000618-0000400001 F.pdf, TRIBUCR.png
Fechas clave
- Se publicó10/08/2026 13:42 · hace 2 meses
- Límite para 11/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas19/08/2026 23:59 · hace 54 días
- de ofertas20/08/2026 07:30 · hace 53 días
- publicado09/09/2026 12:37 · hace 33 días
- Adjudicación 09/09/2026 12:37 · hace 33 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 17/08/2026 23:59 → 19/08/2026 23:59
- Apertura de ofertas: 18/08/2026 07:30 → 20/08/2026 07:30
- Límite de observaciones a la apertura: 19/08/2026 23:59 → 21/08/2026 23:59
- Condiciones específicas: texto modificado
Nota de la institución. Las que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados. Se entiende por aclaraciones, aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas
- Maquina de Termovacio de Tratamiento de Aceite Dielectrico, sobre Remolque, Capacidad Minima 6000 L/h, Voltaje 380 Vac, Frecuencia 60 Hz, Presion 0,25 Mpa1 c/u · ₡53 887 835,561 c/u₡53 887 835,56
- Bomba de Vacio, Presion de Trabajo de 1,33 Pa, Potencia 18 Kw, Capacidad Maxima 2000 M3/h, Voltaje 480 V, Acople de Entada y Salida Bridado de 80 Mm de Diametro1 c/u · ₡25 874 925,121 c/u₡25 874 925,12
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡67,8 millones – ₡79,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,33 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Oscorp de Costa Rica | 100 | 100 |
| Soluciones Electricas Mecanicas y de Construccion Soelmec AsfGanó | 64,83 | 64,83 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
En cumplimiento del Artículo 42 inciso d) del Reglamento Interno de Contratación Administrativa del ICE, y de conformidad con el estudio técnico realizado por la Dependencia solicitante, esta Proveeduría adjudica esta contratación a la empresa SOLUCIONES ELECTRICAS MECANICAS Y DE CONSTRUCCION SOELMEC ASF SOCIEDAD ANONIA , por un monto de 77 198 476,83 CRC.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Especificaciones Técnicas:
Linea 1.
MÁQUINA DE TRATAMIENTO DE ACEITE DIELÉCTRICO PARA FILTRADO, DESGASIFICACIÓN Y DESHIDRATACIÓN POR TERMOVACÍO
Se requiere el suministro de una máquina de tratamiento de aceite dieléctrico, diseñada para la eliminación de gases disueltos, agua libre y agua disuelta, así como de partículas contaminantes en el aceite, y apta además para el calentamiento del aceite aislante previo al llenado de transformadores de potencia.
La máquina deberá ser nueva, sin uso previo, y apta para operación continua. Asimismo, deberá estar diseñada para operar a una frecuencia de 60 Hz.
El equipo deberá ser apto para trabajar con aceites dieléctricos cuyas características de entrada se encuentren, como mínimo, dentro de los siguientes rangos:
- Viscosidad dinámica de 2 a 12 mm²/s a 50 °C.
- Densidad entre 800 y 950 kg/m³ a 20 °C
- Contenido de humedad de hasta 100 ppm
La máquina deberá permitir, como mínimo, los siguientes modos de operación: desgasificación, filtrado con calentamiento y generación de vacío para equipos externos.
Características técnicas
La máquina deberá contar con caudal ajustable y ser apta para operar en forma estable tanto a plena capacidad como a caudales reducidos, sin afectar la continuidad del proceso ni la calidad final del tratamiento.
Como requisitos mínimos de capacidad y desempeño, la máquina deberá cumplir con lo siguiente:
- Capacidad máxima de proceso en modo termovacío: 6000 l/h
- Capacidad máxima general del sistema: 7000 l/h
- Rigidez dieléctrica del aceite tratado: mayor a 40 kV, según ASTM D877
- Rigidez dieléctrica del aceite tratado: mayor a 70 kV, según ASTM D1816
- Contenido de agua disuelta: igual o menor a 5 ppm, según ASTM D1533
- Contenido total de gas: igual o menor a 0,1 %, conforme al método de referencia aplicable.
La máquina deberá incorporar un sistema de vacío diseñado para garantizar la extracción eficiente de humedad y gases disueltos del aceite, así como para permitir, cuando se requiera, la aplicación de vacío a equipos externos.
Como requisitos mínimos, el sistema de vacío deberá cumplir con lo siguiente:
- Capacidad mínima: 1000 m³/h
- Frecuencia de operación: 60 Hz
- Potencia aproximada: 8 kW
- Vacío final: igual o menor a 1 mbar
- Configuración mínima: solución equivalente a bomba tipo Roots + bomba rotativa de paletas, o tecnología equivalente.
La máquina deberá contar con una cámara de desgasificación diseñada para favorecer la remoción eficiente de gases y humedad del aceite tratado. La operación de esta cámara deberá integrarse al sistema general de control del equipo, incorporando funciones automáticas de protección e interbloqueo.
La cámara deberá estar equipada, como mínimo, con indicador de vacío, indicador de presión para monitoreo de caída de presión, detector de espuma, válvula solenoide para corte de vacío ante presencia de espuma y sistema de operación con flujo laminar. Asimismo, la lógica de control deberá permitir la parada automática de la bomba de ingreso cuando se detecte espuma por encima del nivel permitido. La cámara deberá disponer de al menos tres (3) elementos desgasificadores o aceleradores de desgasificación, y deberá incorporar sensores o detectores de alto y bajo nivel, con bloqueo automático de las bombas de ingreso y salida, según corresponda.
La máquina deberá disponer de sistemas adecuados para el ingreso y la descarga de aceite, de manera que se garantice continuidad operativa, protección mecánica básica del sistema y maniobra segura del fluido durante el proceso.
Como requisitos mínimos, el sistema de entrada deberá incluir:
- Filtro de partículas tipo malla ampliado
- Filtro de partículas adicional
- Filtro tipo canastillo o filtro mecánico
- Válvula de bola para ingreso de aceite
Asimismo, la máquina deberá contar con una bomba de descarga o salida tipo centrífuga, con las siguientes características mínimas:
- Capacidad: 6000 l/h
- Frecuencia de operación: 60 Hz
- Válvula de alivio
- Filtro tipo canastillo o filtro mecánico
- Válvula de bola de descarga
La máquina deberá contar con un sistema de filtración apto para retener partículas contaminantes en distintas etapas del proceso, mediante elementos reemplazables y dispositivos que permitan seguimiento y mantenimiento adecuado.
La máquina deberá incorporar los siguientes filtros:
- a) Filtro de aceite a la salida, instalado después de la bomba de salida, con las siguientes características mínimas:
- Elementos reemplazables de cartón corrugado
- Capacidad de filtrado: 1 micrón
- Eficiencia mínima: 98 %
- Válvula de drenaje
- Indicador de presión
- b) Filtro de aceite a la entrada, instalado entre el calentador y la cámara de desgasificación, con las siguientes características mínimas:
- Elementos reemplazables de cartón corrugado
- Capacidad de filtrado: 25 micrones
- Eficiencia mínima: 98 %
- Válvula de drenaje
- Indicador de presión
Las tuberías del sistema deberán ser fabricadas en acero al carbono y las uniones deberán permitir un mantenimiento sencillo y seguro, mediante sellos tipo O-ring y bridas. El sistema hidráulico deberá diseñarse de forma que facilite la operación, el muestreo, la recirculación, el drenaje y la reducción de vibraciones.
Debe incluir, como mínimo, puntos de toma de muestra de aceite a la entrada y a la salida, válvula de bola para recirculación, válvula de alivio del sistema, trampa de aceite para aislar el paso del fluido entre la cámara de desgasificación y el sistema de vacío, conexiones tipo camlock en entrada y salida, manómetros, válvulas y conexiones flexibles para reducción de vibraciones. Asimismo, deberán incorporarse válvulas de drenaje en los filtros y en la trampa de aceite de la línea de vacío.
Deberá contar con un sistema eléctrico y de automatización que garantice operación segura, monitoreo continuo, protección de los componentes principales e integración funcional de los distintos subsistemas de proceso.
Como requisitos mínimos, el sistema eléctrico deberá cumplir con lo siguiente:
- Alimentación eléctrica: trifásica, 480 VAC, 60 Hz
- Consumo máximo: 125kW
- Configuración: tres fases más neutro
- Transformador seco para circuitos de control
- Protección mediante interruptores termomagnéticos para los motores
- Control de bancos de calentadores por contactores
- Arrancadores directos
- Protección individual contra sobre corriente para cada motor
Asimismo, la máquina deberá contar con un sistema de control e instrumentación que incluya, como mínimo:
- Relé de secuencia de fase.
- Interruptor de flujo para interbloqueo del calentador en ausencia de circulación.
- Controlador de temperatura para ajuste de los elementos calefactores.
- Sistema de desconexión automática de la carga de calentamiento ante pérdida de energía o ausencia de flujo de aceite.
- Energización individual de los bancos de calentamiento
- Control de alto nivel de espuma
- Sensor de alto nivel de aceite
- Sensor de bajo nivel de aceite
- Termo interruptor para control de temperatura a la salida del calentador
- Medidor totalizador de flujo en línea
- Medidor digital de humedad en la entrada.
- Controlador electrónico de vacío con sensor
La operación integral del equipo deberá estar gobernada por PLC, permitiendo funcionamiento automatizado, seguro y controlado del proceso.
Deberá suministrarse con gabinete de control tipo NEMA 12, el cual deberá integrar los dispositivos de mando, señalización, protección y automatización del equipo, incluyendo el PLC.
El panel de control deberá contar con indicación visual de los siguientes estados o funciones activas:
- Ausencia de flujo
- Bomba de vacío
- Bomba booster
- Banco de calentadores
- Bomba de salida
- Nivel bajo
- Nivel alto
- Parada de emergencia.
La máquina deberá estar montada sobre remolque de transporte, apto para la movilización segura del equipo en campo y diseñado para brindar estabilidad mecánica durante el traslado y la operación. El remolque debe cumplir con las disposiciones legales de Costa Rica, diseñado para soportar en forma segura la máquina de termovacío, así como el peso del propio remolque y sus accesorios, con un Peso Máximo Autorizado suficiente para la configuración ofertada y sin exceder las capacidades por eje, llantas ni los límites establecidos por el fabricante. Las dimensiones exteriores del conjunto cargado deberán cumplir con la normativa costarricense vigente de pesos y dimensiones para circulación por carretera.
Como requisitos mínimos, el remolque deberá incluir:
- Sistema de freno de emergencia
- Freno de estacionamiento
- Sistema de alumbrado y señalización reglamentario
- Puertas laterales
- Puertas traseras
- Iluminación interior
- Sistema de ajuste de altura en el ojo de arrastre
- Guardabarros o faldones
- Canaleta o bandeja para recolección de derrames o goteos.
Adicionalmente, la configuración del conjunto deberá contemplar medidas para reducir vibraciones, especialmente en la zona asociada a la bomba de vacío.
Como parte del suministro, el oferente deberá incluir los repuestos y accesorios mínimos necesarios para la puesta en marcha inicial y el mantenimiento básico del equipo.
Como mínimo, deberán suministrarse los siguientes elementos:
- 1 juego de mangueras de al menos una manguera para la succión y otra para la descarga.
- 1 juego completo de filtros para la bomba de vacío/booster
- 1 juego completo de elementos desgasificadores
- 1 unidad calefactora, según configuración del fabricante
Linea 2.
BOMBA DE VACÍO
Se requiere el suministro de una (1) bomba de vacío apto para la generación de vacío en transformadores de potencia, diseñado para operación segura, confiable y continua. El equipo deberá suministrarse completamente ensamblado, con sus sistemas de control, protección, conexión y maniobra, listo para su puesta en servicio.
Como requisitos mínimos, el equipo de vacío deberá cumplir con las siguientes características técnicas:
- Capacidad mínima de vacío: 2000 m³/h
- Sistema de control para el inicio de operación de la bomba booster
- Sistema de verificación del voltaje de conexión
- Sistema de verificación de la secuencia de fases
- Sensor de presión en la línea de conexión al equipo externo
- Sistema de paro de emergencia
- Configuración de dos etapas, compuesta como mínimo por:
- Primera etapa: bomba de paletas lubricadas
- Segunda etapa: booster de lóbulos
- Sistema de control electrónico.
- Válvula de apertura individual para cada bomba de la primera etapa
- Válvula de control de vacío para equipo externo
- Puertas laterales de acceso para inspección y mantenimiento
- Tuberías fabricadas en acero al carbono
- Uniones con sellos tipo O-ring y bridas, que faciliten el mantenimiento
- Gabinete cerrado para protección del equipo
- Gabinete eléctrico con protecciones para los motores y sistema de control de presiones
- Conexión de entrada: DN 100
- Conexión de salida: DN 65
- Longitud máxima: 1600 mm
- Ancho máximo: 1100 mm
- Altura máxima: 1750 mm
- Peso máximo: 1200 kg.
- Debe incluir una maguera para aplicar vacío.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CRITERIOS SOSTENIBLES:
CRITERIO SOCIAL: de acuerdo con lo solicitado en las declaraciones juradas
El oferente debe presentar declaración jurada que se encuentra libre de trabajo infantil, y que en el caso de la contratación de adolescentes cumple con lo establecido en el Régimen Especial de Protección al Adolescente Trabajador del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 7739) y en la Prohibición del Trabajo Peligroso e Insalubre para Personas Adolescentes Trabajadoras (Ley 8922).
Criterio Ambiental: de acuerdo con lo solicitado en las declaraciones juradas
El oferente debe presentar declaración jurada que conocen y aceptan implementar y cumplir las políticas ambientales de la Institución vigentes, aprobadas por el Consejo Directivo en Sesión N°5388 del 19 de marzo del 2022.
Los bienes deberán tener un embalaje según el diseño de empaque establecido por el fabricante, para su transporte y almacenamiento que garanticen su perfecto estado al momento de su recepción.
Condiciones para la entrega: Para la entrega de los bienes, el contratista deberá adecuarse al horario de recepción (horario bisemanal de martes a jueves). El horario de recepción en bodega será de 6:00 a. m. a 1:00 p. m. La entrega deberá coordinarse previamente con el Responsable Técnico, Ing. Fermín Tames Monge, mediante el correo electrónico ftames@ice.go.cr o al teléfono (506) 2001-1893, con el fin de verificar la semana correspondiente para la recepción.
Precio e impuestos: Con la presentación de la oferta, todo oferente nacional debe indicar el monto del impuesto del precio cotizado en la casilla correspondiente en SICOP. En caso de no incluir el rubro de impuestos, se deberá adjuntar la documentación correspondiente que demuestre que su precio está exento de impuestos. En el caso de oferentes extranjeros el precio cotizado debe incluir todos los impuestos que corresponden incluyendo las retenciones sobre las remesas.
Indagatoria Precio ofertado: El ICE solicitará la presentación de la estructura de precios para efectos de analizar la razonabilidad de los precios, mediante solicitud de aclaración vía SICOP como parte de la etapa de indagatoria, únicamente a los oferentes elegibles, conforme el artículo 42 inciso f del RICA, es decir, ante diferencia del ±15% del monto estimado vrs el ofertado elegible
Forma de Pago: El ICE realizará el pago contra entrega a satisfacción de los bienes en el almacén del Plantel ICE, ubicado en Rincón Grande de Pavas. una vez emitida el acta de recepción definitiva por el Administrador de Contrato.
Clausula de desempate: En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los oferentes, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma presencial. La fecha y hora será comunicada por la Dirección de Proveeduría oportunamente.
Para definir el desempate se utilizará la moneda.
De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento (presenciales), el cual se incluirá en el Sistema Unificado.
RECIBO CONFORME: El recibo conforme de los bienes será emitido por el ICE únicamente contra la entrega definitiva de estos, una vez verificado el cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en el presente cartel, de conformidad con lo indicado en el apartado "Condiciones Específicas".
Para efectos del recibo conforme, se verificará, como mínimo, lo siguiente:
- El cumplimiento de la totalidad de las especificaciones técnicas y demás requisitos establecidos en el presente cartel.
- Que los bienes se encuentren en perfectas condiciones físicas y de funcionamiento. No se aceptarán bienes que presenten partes herrumbradas, golpes, deformaciones o cualquier otro daño o defecto que genere dudas sobre su adecuado estado o calidad.
- Que los bienes se encuentren debidamente identificados de fábrica con su respectivo número de parte o modelo. No se aceptarán etiquetas distintas a las de fábrica, rotulaciones manuales ni empaques no originales correspondientes a la marca ofertada.
- En caso de verificarse el incumplimiento de cualquiera de las condiciones anteriores o de cualquier otra especificación técnica o requisito establecido en el presente cartel, el ICE no emitirá el recibo conforme de los bienes hasta que el contratista sustituya o entregue bienes que cumplan íntegramente con las condiciones requeridas. La sustitución de los bienes será por cuenta y costo del contratista y el mismo debe ser sustituido en un máximo de 5 días hábiles.
Otras cláusulas:
Erogaciones: Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato que corresponde a presupuestos de año presente y futuros la dependencia incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la dependencia se compromete a dotar el debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Si existiera atraso en la entrega del suministro o la prestación del servicio de acuerdo con las condiciones del contrato, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal 0,6% según lo establecido en los artículo N° 42 y 43 del Reglamento al Título II de la Ley 8660 define el monto máximo para aplicar la sanción que corresponda. Ésta cláusula penal se ajusta proporcionalmente según lo establecido en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública, de modo que el monto no supera el veinticinco por ciento del valor del precio del contrato.
Documentos del cartel3
- Política Corporativa para la Prevención de la Corrupción y Gestión de Conflicto de InteresesPDF · 389 KB
- Declaraciones juradas y certificacionesPDF · 195 KB
- Estimación cláusula PenalDOCX · 195 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Edwin José Guillén González
Gestión de Adquisiciones Cadena de Abastecimiento
Edwin José Guillén González
Gestión de Adquisiciones Cadena de Abastecimiento
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 17:19. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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