2026LE-000003-0002100006 · SICOP 20260800138
CONTRATACION DE SERVICIOS DE ASEO, LIMPIEZA Y ZONAS VERDES PARA LAS INSTALACIONES DEL CENTRO EDUCACIONAL ADIFORT
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡111,9 millones y quedó en firme el 07/10/2026. Se recibieron 6 ofertas de 6 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡111,9 millones
Ofertas recibidas
6
de 6 empresas
Oferta más baja
₡2,4 millones
97,9 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 07/10/2026
- Compañia de Servicios Multiples MasizaNo era la más barata (4.ª de 6)₡27 861 548,55
Informe de recomendación de Noilyn Maria Villalobos Gomez, 25/09/2026 · adjuntos: VERIFICACION MOROSIDAD INFORME DE RECOMENDACION.pdf
Fechas clave
- Se publicó05/08/2026 08:09 · hace 2 meses
- Límite para 10/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Límite para 10/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas26/08/2026 08:30 · hace 46 días
- de ofertas26/08/2026 09:00 · hace 46 días
- publicado29/09/2026 13:55 · hace 12 días
- Adjudicación 07/10/2026 10:14 · hace 4 días
El cartel fue modificado (2 versiones publicadas).
Contexto
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡20 672,1 millones en 664 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Limpieza y Aseo con Criterios Ambientales1 · ₡111 860 816,161₡111 860 816,16
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡95,1 millones – ₡111,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 18 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 80 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,5 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Anuncio oficial de la adjudicación
Con base en lo dispuesto en el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se le notifica el Acuerdo de Acto Final del Trámite 2026LE-000003-0002100006: Objeto del Contrato: Contratación de servicios de aseo, limpieza y zonas verdes para las instalaciones del centro educacional ADIFORT. Comunicado de Acuerdo: URHN-CRGC-AC-205-2026 Fecha del Comunicado de acuerdo: 29-09-2026
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
VER PUNTO 2.12 DEL DOCUMENTO GENERAL DEL PLIEGO DE CONDICIONES
- Requisitos mínimos de admisibilidad.
- Perfil requerido de la empresa física o jurídica:
Podrán participar en este concurso todas aquellas empresas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el mercado nacional para el periodo comprendido entre el 01 de enero del año 2019 a la fecha de apertura, para lo cual deberá presentar referencias de empresas privadas o instituciones públicas en las cuales haya brindado los servicios, similares a las detalladas en las especificaciones técnicas. Esto es para corroborar que es una empresa consolidada en el mercado los años mencionados es un tiempo considerable.
Para verificar este aspecto el oferente deberá presentar referencias comerciales originales o en copia certificada por Notario Público y las mismas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Emitidas en papelería oficial membretada
- Indicar los datos de la empresa o institución que la brinda: Razón social, dirección y número telefónico.
- Indicar los datos de la persona que suscribe la referencia: Nombre, cédula y puesto que desempeña.
- Indicar con claridad la fecha de inicio y finalización del servicio. En el caso de que el servicio se continué prestando al momento de presentación de la oferta, se tomará como “fecha de finalización” la fecha de apertura de las ofertas.
- Brindar información sobre el tipo de trabajo realizado.
- Indicar si el servicio fue recibido a satisfacción. No se aceptarán referencias brindadas a título personal.
Notas:
No se aceptarán referencias brindadas a título personal.
No se aceptarán referencias con prestación del servicio anterior al 01 de enero del 2019.
La Administración se reserva el derecho de verificar la información suministrada.
El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar la información presentada por el oferente.
- Clausulas ambientales
- El Oferente debe presentar junto con la oferta copia de los certificados de registro del producto del Ministerio de Salud vigentes, para cada uno de los productos químicos de limpieza utilizados, según lo establecido en Decreto Ejecutivo Nº 34887-COMEX-S-MEIC.
- Obligatoriedad de cumplir cualquier lineamiento ambiental dictado por la institución, tales como: cooperación en acciones de recolección, separación y almacenamiento de residuos sólidos, participación del personal en actividades de capacitación impartidas por la Institución, entre otros.
- Como parte de las orientaciones de orden ambiental a cumplir y en consonancia con la responsabilidad compartida y social, que cubre a consumidores, distribuidores, gestores de residuos, productores e importadores, tanto públicos como privados (inciso a- del artículo 5 de la Ley No. 8839 Gestión Integral de Residuos); y en virtud de que para la ejecución y debido suministro del objeto bajo contratación, se prevé que el contratista estaría propenso a ser uso de una considerable cantidad de recursos, entre estos de papelería y suministros de oficina, que eventualmente podrían incidir en la salud humana, así como, impactar en la naturaleza durante y después de su vida útil, se hace necesario que los oferentes suministren junto con la oferta un detalle con el que se refieran a:
- Si actualmente a lo interno de la compañía se cuenta con un Plan de Gestión de Residuos Sólidos (PGRS). De ser así, deberá suministrarse junto con la oferta un recuento con que se ilustre en qué consiste el mismo, siendo lo deseable que se aborden temas tales como lo indicado en la siguiente nota:
Nota: En caso de que la empresa no cuente con el respectivo Plan de Gestión de Residuos Sólidos, esto no será motivo de descalificación, pero el contratista deberá comprometerse a presentarlo al término del primer trimestre de haber iniciado la prestación y consecuentemente ponerlo en ejecución durante el resto de la vida contractual. En caso de no cumplir con el tiempo estipulado en este punto, se aplicará la multa indicada en el punto 4.2.3.4 SANCIONES SOBRE FACTURA MENSUAL (Punto 15 de la Guía Determinación de Multas de Servicio de Limpieza) por cada día de retraso con respecto al tiempo de entrega.
- El oferente deberá cumplir con los siguientes requisitos y características para los productos y envases:
- Los envases de presentación deben ser reciclables, de polietileno de alta densidad o polipropileno, capacidad de 3.785 L, con gramaje de 130 gramos, que proteja el producto y que a su vez reduzca el consumo de plástico y las emisiones de CO2 en el ambiente. Debe presentar ficha técnica del envase junto con la oferta.
- Todos los envases deberán tener su respectiva etiqueta en español, en la cual estará escrita toda la información requerida de acuerdo con el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 71.03.38:07 Productos Higiénicos. Etiquetado de Productos Higiénicos. Las etiquetas deberán estar en perfecto estado y contener el número de lote y fecha de vencimiento.
- Las cajas en las cuales se empaquen los productos deberán ser de cartón reciclable y deben poseer un tamaño uniforme que permita su estibamiento. Cada caja deberá ser etiquetada con la información acerca de los cuidados y la forma correcta de manipular el producto, así como indicar la cantidad máxima de cajas a estibar, fecha de vencimiento, número del procedimiento, número de pedido, nombre del proveedor y fecha de la entrega.
- Presentar junto con la oferta análisis de biodegradabilidad, extendidos por laboratorios debidamente acreditados por el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), que demuestren que los productos de limpieza: desinfectante, limpiador para baños, limpiador de vidrios, desodorante ambiental y detergente líquido son biodegradables.
El análisis debe de indicar el % de biodegradabilidad última del producto y el número de días en el que se alcanzó dicho porcentaje.
Para cumplir con la cláusula, los productos deben de tener una biodegradabilidad igual o mayor al 60% en un tiempo de 28 días o menos, determinado con los métodos: ASTM D2667 (2008), 301D OECD o análisis que determinen la biodegradabilidad de todos los ingredientes del producto y no solo de alguno de los componentes que lo conforman.
- La empresa debe de utilizar bolsas (pequeñas, medianas, grandes, para jardín, extragrandes, entre otras): fabricada con material reciclable en al menos un 50% o bolsas que utilicen las tecnologías oxo o biodegradables. Puede utilizar uno o más tipos de bolsas con tales características.
Para la verificación de este criterio, el oferente debe de presentar junto con la oferta los siguientes documentos:
- Para bolsas que sean elaboradas con material reciclable, biodegradable u oxobiodegradable: Ficha técnica del producto.
- Para bolsas oxobiodegradable: certificado del fabricante que haga constar que está autorizado para aplicar la tecnología oxobiodegradable. El certificado debe darse por el dueño de la tecnología oxo aplicable.
- La empresa debe presentar un cuadro resumen donde se indique el nombre completo de cada uno de los productos ofertados, a cuál de los materiales solicitados en las Especificaciones Técnicas corresponde y la información concerniente al Registro del Ministerio de Salud según punto 2.13.3.1 del Pliego de Condiciones, además para los productos descritos en el punto 2.13.5 del Pliego de Condiciones indicar la información concerniente a biodegradabilidad, todo esto de la siguiente forma:
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MATERIAL |
NOMBRE DEL PRODUCTO
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FECHA DE REGISTRO |
FECHA DE VENCIMIENTO |
% DE BIODEGRADABILIDAD |
TIEMPO |
LABORATORIO |
FECHA DE EMISIÓN DEL INFORME |
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- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El adjudicatario deberá depositar una garantía de cumplimiento que respalde la correcta ejecución del contrato, la cual deberá ser depositada dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación.
En aquellos casos en que proceda el refrendo el contratista deberá una vez aprobado, ajustar la vigencia de la garantía de cumplimiento de forma tal que a partir de ese momento se cubra el plazo real establecido de vigencia para esta garantía, en el Proceso de Financiero Contable de la Regional Huetar Norte, según los siguientes términos:
Porcentaje: 5% del monto adjudicado.
Vigencia: 60 días hábiles, más el plazo establecido del contrato. (a partir del inicio del servicio)
Esta garantía podrá depositarse en efectivo o conforme a cualquiera de las modalidades contempladas en el artículo 111 y 79 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
Cuando las garantías se rindan mediante títulos valores, se deberán confeccionar a favor del Instituto Nacional de Aprendizaje, preferiblemente. De lo contrario, deberán endosarse de forma clara y legible a nombre del Instituto Nacional de Aprendizaje.
De conformidad con el artículo 111 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública el INA no reconocerá intereses por las garantías mantenidas en depósito. Sin embargo, los intereses que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten pertenecen al dueño. Tampoco el INA se hará responsable de renovar los títulos valores depositados en sus oficinas.
Si la cotización se hace en moneda extranjera, la garantía podrá depositarse en esa misma moneda; o bien, en colones y se tasará de acuerdo con la venta del tipo de cambio de referencia del Banco Central de Costa Rica (B.C.C.R.), vigente al día de la publicación de la adjudicación.
Devolución: la devolución de la garantía de cumplimiento será realizada dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al recibo a satisfacción del equipo adquirido. (113 RLCP).
Para las garantías presentadas en efectivo se realizará la devolución por medio de Transferencia electrónica en la cuenta cliente bancario; para tal efecto el proveedor deberá inscribirse en el registro en la cuenta cliente de proveedores, en el Proceso de Programación y Control de la Unidad de Compras Institucionales del INA.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
VER PUNTO 3 DEL DOCUMENTO GENERAL DEL PLIEGO DE CONDICIONES
- REQUERIMIENTOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y EVALUACIÓN DE OFERTAS
- Especificaciones técnicas: Se incluye anexo en el pliego de condiciones en SICOP.
- Sistema de evaluación: 100% precio.
Criterios de desempate:
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos o más oferentes, en primera instancia, se tomará en cuenta una puntuación adicional a las PYME, según artículo 97 del RLGCP, si aún persiste el empate, se adjudicará al que ofrezca el menor plazo de entrega.
De mantenerse la igualdad, la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en este Reglamento, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, Ley N°8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reglamentos, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N°8591 del 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el DE-37911-MAG Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA), del 19 de agosto de 2013.
En caso de empate, de dará la siguiente puntuación adicional:
- PYME de industria 5 puntos.
- PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos.
- PYME de comercio 2 puntos.
La condición de Pyme se verificará en el sistema digital unificado esto de forma electrónica con el registro de proveedores del Sistema de Información Empresarial Costarricense regulado en la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N°6054 de 14 de junio de 1977
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con un día hábil de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en el Proceso de Adquisiciones por el encargado del Proceso de Adquisiciones. Cada oferente tomará al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra “adjudicatario”, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada será el adjudicatario. La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa. De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.
- Estudios que realizará la Administración a las ofertas: Las ofertas serán sometidas a estudios legales y estudio técnico.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
VER PUNTO 2 DEL DOCUMENTO GENERAL DEL PLIEGO DE CONDICIONES
- CONDICIONES GENERALES
- Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
- Términos de pago.
El INA cancelará las facturas dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del servicio a satisfacción, previo visto bueno, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte de la persona Encargada del Centro Educacional ADIFORT-INA, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo: shidalgojimenez@ina.ac.cr o rperezmorales@ina.ac.cr de la Unidad Regional Huetar Norte.
- El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta Además, se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
- Sobre aplicación del IVA
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, ya que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien o servicio ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%
- Desglose de tributos.
Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP.
- Desglose del precio
En atención al artículo 102 del RLGCP, el oferente deberá presentar la estructura de precio tanto en valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
Para la presentación de la estructura del precio de la oferta deberá estar compuesto al menos de la siguiente manera:
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RUBRO |
PORCENTAJE |
MONTO MENSUAL |
MONTO ANUAL |
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1. Costos Directos (mano de obra directa) |
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2. Costos Directo (insumos directos) |
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3. Subcontrataciones (cuando corresponda) |
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4. Costos Indirectos (mano de obra indirecta) |
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5. Costos Indirectos (insumos indirectos) |
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6. Imprevistos |
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7. Utilidad |
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TOTAL |
100% |
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Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
- Costos directos de mano de obra: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos directos de Insumos: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos directos por subcontrataciones: Son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Costos indirectos de mano de obra: Son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
- Imprevistos: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
- Utilidad: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo, etc.
Nota importante: Con relación al rubro de imprevistos, no es posible considerar que, en una estructura de precios de este tipo de contratos que solicita desglose de precios, la cotización se muestre con cero, se omita el rubro, o de existir el rubro se deje en blanco, ya que esto implica que no se está cotizando el rubro, y con ello se maximiza la posibilidad de problemas en la ejecución del contrato. El concepto del rubro de imprevistos está intrínsecamente ligado a la búsqueda de asegurar la consecución del fino interés público en la contratación, pues resulta claro que su propósito es cubrir cualquier situación imprevista que pueda presentarse durante la ejecución contractual y no deben confundirse con una mala planificación o cálculo de costos, sino que surgen del riesgo implícito en todo contrato. Y su cotización lo que pretende es evitar que el contratista consuma otros rubros del precio y con ello se ponga en riesgo la ejecución del objeto a razón de la onerosidad que podría representar la ejecución del objeto contractual.
Por lo tanto, si una oferente omite incluir un porcentaje al rubro de imprevistos, en el análisis que se haga de parte del Instituto Nacional de Aprendizaje, podría quedar excluido del concurso de licitación.
- El oferente deberá detallar en forma clara el monto correspondiente a mano de obra indicando:
NOTAS:
- Los oferentes deberán contemplar en el precio de la oferta el salario mínimo según el decreto N°44303-MTSS, publicado en la Gaceta N°229, del 05 de diciembre del 2025, que rige a partir del 01 de enero del 2026, Categoría Salarial TONSC.
- El oferente deberá presentar la Constancia de Condiciones Particulares en la que se indique la actividad económica y código de la actividad económica que sea acorde al servicio solicitado, así como Constancia de la Póliza de Riesgos del Trabajo en la que se indique el porcentaje vigente a cancelar y las labores autorizadas ante el ente asegurador correspondiente, de acuerdo con el cuadro de tarifas autorizadas del sector privado por actividad económica autorizadas por la SUGESE para la actividad económica “LIMPIEZA GENERAL DE EDIFICIOS” código de actividad económica 8121 la tarifa comercial autorizada es de 1.50%. En caso de que el oferente indique otro monto deberá acreditarlo en la oferta con la documentación emitida por el ente asegurador autorizado, el cual deberá estar debidamente autorizado.
- El oferente deberá presentar la Constancia de Condiciones Particulares en la que se indique la actividad económica y código de la actividad económica que sea acorde al servicio solicitado, así como Constancia de la Póliza de Riesgos del Trabajo en la que se indique el porcentaje vigente a cancelar y las labores autorizadas ante el ente asegurador correspondiente, de acuerdo con el cuadro de tarifas autorizadas del sector privado por actividad económica autorizadas por la SUGESE para la actividad económica ¨ACTIVIADES DE PAISAJISMO Y SERVICIOS DE MANTENIMIENTO CONEXO¨, código de actividad económica 8130 la tarifa comercial autorizada es de 4.61%. En caso de que el oferente indique otro monto deberá acreditarlo en la oferta con la documentación emitida por el ente asegurador autorizado, el cual deberá estar debidamente autorizado.
- El adjudicatario deberá adjuntar lo solicitado en el Anexo #3.
- Presupuesto detallado:
De conformidad a lo indicado en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el artículo 103 del c) el presupuesto detallado del bien y/o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
El presupuesto detallado deberá contener al menos sus costos directos, donde se considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (deberá considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
El adjudicatario debe presentar un desglose del presupuesto detallado del bien y/o servicio, deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
- Revisión de precios
En atención al artículo 107 del RLGCP el contratista tendrá derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato, bajo ningún supuesto, serán objeto de reajuste ni revisión la utilidad ni el rubro de imprevistos.
El contrato podrá estar sujeto a riesgos y a la aparición de circunstancias no tomadas en cuenta por las partes al momento de su formalización conforme a lo señalado en el artículo 100 de la LGCP, que afecten el nivel económico originalmente establecido, dependiendo de la modalidad de remuneración, el grado de incidencia y de su permanencia en el tiempo. Para ello se deberá examinar el origen de las alteraciones que modifiquen el equilibrio económico del contrato a fin de restituir el equilibrio establecido en la fecha de presentación de la oferta.
Para efectos de reajustes y revisiones de precios la Administración utilizará la fórmula matemática para calcularlo, conforme a las disposiciones que emita la Autoridad de Contratación Pública según lo establecido en el artículo 128 inciso f) de la Ley General de Contratación Pública, aumentándolos o disminuyéndolos según varíen los costos directos e indirectos, utilizando los índices de precios y costos emitidos por entidades oficiales.
Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos, y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio y los valores absolutos de la estructura de precio
El costo del servicio podrá ser reajustado. Para tal efecto se aplicará la fórmula de revisión de precios que se adjunta en Anexo 1 del Pliego de condiciones.
El oferente deberá presentar junto con la oferta la Estructura porcentual del Precio Cotizado.
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
- Cronograma Preliminar del Servicio con las fechas acordadas.
El adjudicatario presentará a la Administración el cronograma preliminar propuesto con sus documentos anexos, el cual deberá incluir duraciones, holguras, dependencias, secuencia lógica, hitos, ruta crítica, según corresponda, y demás información de planificación, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación. En un máximo de cinco días hábiles a partir de su presentación, la Administración deberá revisar y resolver acerca de la pertinencia o no del cronograma propuesto y sus documentos anexos, de conformidad con los términos establecidos en el pliego de condiciones y en los artículos 44, 45 y 46 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
- Documentación probatoria.
En cuanto a la documentación probatoria solamente aplicable al método analítico documental, el adjudicatario deberá presentar en el presupuesto detallado, la vinculación de la factura preforma o documento equivalente aportado en su oferta asociada a aquellos costos directos e indirectos de dicho presupuesto, que serán reajustados mediante el método analítico documental, lo anterior de conformidad con el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y regulado en la sección V Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
- Póliza de Riegos del trabajo.
El adjudicatario en firme dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación deberá presentar antes de la confección del contrato respectivo, copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada en el país.
Dicha póliza deberá cubrir a todos los colaboradores de la empresa contratista que intervengan en la ejecución del contrato, independientemente de si realizan sus labores dentro de las instalaciones del INA, en las instalaciones del propio contratista, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades vinculadas con la prestación del servicio.
En caso de prórroga o ampliación contractual, el contratista deberá extender la vigencia de la póliza en igual término.
La no presentación o mantenimiento de esta póliza en condiciones vigentes constituirá causal de incumplimiento.
- Mejora de precios
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el Instituto Nacional de Aprendizaje podrá realizar la mejora del precio durante el procedimiento de licitación para poder obtener descuentos de las ofertas que cumplan a cabalidad con las condiciones administrativas, legales y técnicas.
El Instituto Nacional de Aprendizaje aplicará en este procedimiento de licitación la mejora de precio exclusivamente sobre aquellas ofertas que cumplan plenamente con los requisitos de admisibilidad, lo cual implica haber superado la verificación legal, técnica y administrativa, independientemente del precio ofertado. En consecuencia, este mecanismo no resultará aplicable a ofertas que no hayan acreditado, en forma íntegra, las condiciones esenciales exigidas en el procedimiento de contratación.
Se realizará la mejora de precios por parte del Proceso de Adquisiciones mediante el SICOP. Los precios una vez mejorados serán considerados para efectos comparativos y también deberán ser sometidos al respectivo análisis de razonabilidad del precio por parte de la Unidad Técnica Especializada.
En todo caso, el oferente que presente una mejora del precio una vez convocada por el Sistema Integrado de Compras Públicas, se encuentra obligado a justificar la disminución del precio y presentar el desglose del precio.
Bajo ningún supuesto la mejora implicará disminución de cantidades, desmejora de la calidad y condiciones de lo originalmente ofrecido o el otorgamiento de una ventaja indebida para el proponente ni podrá ser mayor a la utilidad establecida en el precio original.
- Parámetros de aplicación de la mejora de precios.
El Instituto Nacional de Aprendizaje realizará en los siguientes parámetros la mejora de precio:
- Será realizada en todos aquellos trámites de Licitación Menor en la cual su cuantía estimada sea igual o superior a ¢100.000.000,00, independientemente de que los precios ofertados se encuentren fuera o dentro de los rangos de tolerancia establecidos por el Instituto Nacional de Aprendizaje.
- Será realizada en todos aquellos trámites de Licitación Mayor, independientemente de que los precios ofertados se encuentren fuera o dentro de los rangos de tolerancia establecidos por el Instituto Nacional de Aprendizaje.
- Será realizada en todos aquellos trámites de Licitación Mayor de cuantía inestimada, independientemente de que los precios ofertados se encuentren fuera o dentro de los rangos de tolerancia establecidos por el Instituto Nacional de Aprendizaje.
- La mejora de precios será solicitada otorgando un plazo de 3 días hábiles a las ofertas convocadas para realizar su propuesta de descuento, una vez concluido el análisis legal, administrativo, técnico y de razonabilidad de precio de las ofertas presentadas.
- Se realizará por parte de la Unidad Técnica Especializada la razonabilidad del precio de descuento otorgado en la mejora de precio.
- Visita al Sitio
Se realizará una única visita durante el período de recepción de ofertas a las instalaciones del Centro Educacional ADIFORT-INA; que está ubicado en La Fortuna, San Carlos, Alajuela, del redondel de La Fortuna, 800 metros sur y 200 metros este de la entrada de la catarata, contiguo a la estación de la Policía de Tránsito, esta visita se realizará el 12 de agosto 2026, cualquier consulta con Raúl Perez Morales correo electrónico rperezmorales@ina.ac.cr o con la señora Silvia Hidalgo Jiménez correo electrónico shidalgojimenez@ina.ac.cr, esto para comprobar lo referente al pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas.
Además, deberá solicitar una constancia de visita y adjuntar la misma a su oferta. Esta visita no es obligatoria, ni excluyente.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. VER PUNTO 4.2.3 Metodología para la aplicación de Multas El Proceso de Servicios Generales haciendo uso de la METODOLOGÍA PARA APLICACIÓN DE MULTAS EN LOS SERVICIOS DE ASEO Y LIMPIEZA, ha establecido las actividades intrínsecas del servicio de aseo y limpieza que presentan o causan más impacto en la ejecución del servicio. Con base en ellas, y utilizando una metodología de porcentajes, se ha determinado el siguiente porcentaje de cobro de multa de acuerdo con el impacto en como la falta afecta el servicio. Falta Porcentaje % Grave 25% Media 15% Leve 10% Factura Mensual 5% En ese sentido y considerando los porcentajes de faltas indicados, sí en un puesto de limpieza se comete alguna de las sanciones establecidas en el punto 4.2.4 “SANCIONES” se procederá de la siguiente manera: 1. Se registra la sanción cometida por el contratista anotando la fecha en que se cometió la misma. 2. Se contabilizan los días desde que se cometió la falta hasta que se corrige la misma. En caso de ser una falta sin frecuencia de días, solo se registra la falta y se procede según lo indicado en el punto 4. 3. Se verifica el costo del puesto de limpieza donde se cometió la falta. Este costo se obtendrá de la siguiente manera: a) El Costo Mensual del Servicio entre la cantidad de Colaboradores para obtener el costo del Puesto. 4. Se realiza la operación de multiplicar el porcentaje de la falta cometida, por el costo del puesto individual donde se cometió la falta, por los días en que la falta no fue corregida (en caso de aplicar). 5. El resultado de dicha operación en el monto que se le aplicará al contratista por la sanción cometida en la ejecución del servicio contratado en el puesto individual, para lo cual se tomará en cuenta los Reajustes de Precio realizados. 6. Para las sanciones establecidas en el punto 4.2.4.4 “SANCIONES SOBRE FACTURA MENSUAL”, serán multadas con un 5% diario por cada una, todo esto sobre el monto total de la factura, para lo cual se tomará en cuenta también los reajustes de precio realizados. Se procederá a registrar la falta y cantidad de días hasta que se corrija la misma, se realiza la operación de multiplicar el porcentaje de la falta cometida por el Costo Mensual de la Factura en que se cometió la falta, por los días en que la falta no fue corregida. 4.2.4 Sanciones 4.2.4.1 Sanciones Leves Las siguientes situaciones de faltas ocasionadas en la ejecución del servicio, serán sancionadas como LEVES sobre la facturación mensual del puesto donde se incurre en la falta por cada día en que se detecte la misma: • Por encontrarse algún misceláneo (a), sin vestir el uniforme completo (camisa o gabacha, pantalón y carné visible) de conformidad con lo establecido en las especificaciones técnicas. • Por realizar sustituciones de personal sin la debida comunicación previa a la persona encargada de la supervisión del contrato. • Por comprobarse que el misceláneo (a) asignado a un área de trabajo, proviene de otro centro de trabajo a continuar sus labores en el INA. 4.2.4.2 Sanciones Medias Las siguientes situaciones de faltas ocasionadas en la ejecución del servicio, serán sancionadas como MEDIAS sobre la facturación mensual del puesto donde se incurre en la falta por cada día en que se detecte la misma: • Por no encontrarse en alguno de los puestos de trabajo, el equipo y materiales necesario para realizar las labores de limpieza. • Por no realizar la sustitución de personal en los plazos establecidos. • Inadecuado comportamiento del personal. (fumar dentro de las instalaciones, uso de mal vocabulario e irrespeto a compañeros, funcionarios, estudiantes y visitantes, por realizar labores ajenas al servicio de limpieza o por cometer ilícitos de acuerdo con el ordenamiento jurídico). • Por no sustituir el material dañado en un lapso de 24 horas. 4.2.4.3 Sanciones Graves Las siguientes situaciones de faltas ocasionadas en la ejecución del servicio, serán sancionadas GRAVES sobre la facturación mensual del puesto donde se incurre en la falta por cada día en que se detecte la misma: • Incumplimiento de las actividades de limpieza: según propuesta del plan de trabajo del contratista. • Incumplimiento de las actividades de aseo y limpieza establecidas en las Condiciones Generales y Especificaciones técnicas. • Por encontrarse a un misceláneo (a) laborando en el INA después de que la administración haya solicitado formalmente la destitución inmediata al contratista. • Por abandono del puesto de trabajo de un misceláneo (a) sin justificación alguna, y que el contratista no lo sustituya en el tiempo definido en este cartel. • Por estar un misceláneo (a) en estado de ebriedad o bajo efectos de la droga y que el contratista no lo sustituya en el plazo máximo de una hora. 4.2.4.4 Sanciones sobre la factura mensual Las siguientes situaciones de faltas ocasionadas en la ejecución del servicio, serán sancionadas con un 5% sobre la Factura Mensual del Servicio, se incurre en la falta por cada día en que se detecte la misma: • Por no sustituir el equipo dañado en un lapso de 24 horas. • Por utilizar productos que no corresponden a los ofrecidos por el contratista. • Si los materiales y equipos no son entregados en los periodos establecidos o sus cantidades no corresponden a las requeridas. • Entrega retrasada del Plan de Gestión de Residuos Sólidos (PGRS) con respecto al plazo indicado en el Punto 2.13.3.1. del Pliego de Condiciones. 4.2.5 Multas por la presentación de recursos temerarios Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. 4.2.1 Clausula penal El atraso en la entrega del servicio dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. La omisión de cobro ocasionará responsabilidad civil y administrativa del funcionario omiso, conforme a lo previsto en el artículo 125, inciso k) de la Ley General de Contratación. esto en atención al artículo 117 del RLGCP y el artículo 47 de la LGCP.
Documentos del cartel2
- DOCUMENTO GENERALPDF · 686 KB
- ESPECIFICACIONES TECNICAS MODIFICADASPDF · 225 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Raul Eduardo Perez Morales
URHN PROCESO SERVICIO AL USUARIO
Silvia Yorlene Hidalgo Jimenez
PROCESO FINANCIERO CONTABLE UNIDAD REGIONAL HUETAR NORTE
Maria Rocio Arias Soto
DIRECCIÓN REGIONAL, UNIDAD REGIONAL HUETAR NORTE
Marco Arroyo Yannarella
Unidad de Recursos Materiales
Melissa Eugenia Ortiz Ugalde
Proceso de Servicios Generales
Susana Rojas Mesen
URHN Servicio al Usuario
Gabriela Sanchez Ovares
URHN PROCESO SERVICIO AL USUARIO
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 09/10/2026 03:04. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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