2026LE-000011-0021800611 · SICOP 20260800164
Contratación de MO para obras de infraestructura vial y sistemas de drenaje en concreto.
Municipalidad de Garabito
Municipalidad de Garabito ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡8 y quedó en firme el 08/10/2026. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡8
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡53 300
666 150 % por encima del presupuesto
Quién ganóen firme 08/10/2026
- Maquinaria KylcsaLa más barata de 3₡53 300,00
Informe de recomendación de Arlyn Arellys Carmona Laguna, 30/09/2026 · adjuntos: 12-RAM-MG-031-2026.pdf (4.8 MB)
Fechas clave
- Se publicó03/08/2026 17:11 · hace 2 meses
- Límite para 07/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Límite para 07/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas18/08/2026 08:00 · hace 54 días
- de ofertas18/08/2026 09:00 · hace 54 días
- publicado30/09/2026 16:26 · hace 11 días
- Adjudicación 08/10/2026 08:02 · hace 3 días
1 recibidas, 0 respondidas.
El cartel fue modificado (2 versiones publicadas).
Nota de la institución. Se translada a la unidad tecnica
Contexto
- Municipalidad de Garabito adjudicó ₡845,0 millones en 118 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra8 líneas
- Servicio de Construcciones de Aceras, Barrandas y Cordón y Caño1 · ₡1,001₡1,00
- Servicio de Construcciones de Aceras, Barrandas y Cordón y Caño1 · ₡1,001₡1,00
- Servicio de Construcciones de Aceras, Barrandas y Cordón y Caño1 · ₡1,001₡1,00
- Servicio de Construccion de Cuneta Prefabricada y Linea de Canal Forma Trapezoidal1 · ₡1,001₡1,00
- Servicio de Construccion de Cuneta Prefabricada y Linea de Canal Forma Trapezoidal1 · ₡1,001₡1,00
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Lo que exige el cartel
- : 6000000 durante 12 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 50 % · Experiencia 25 % · Región Pacífico Central. 14 % · Participación de personas mayores de 45 años. 3 % · Participación de personas con discapacidad. 3 % · Igualdad entre hombres y mujeres. 3 % · Otros (en la descripción se debe indicar cual es la categoría) 2 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 75 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Recursos presentados2
Recurso de revocatoria
KEVING JOSE LOPEZ CORRALES · 14/09/2026 · Resuelto
Recurso Revocatoria
CONSTANCIO UMAÑA ARROYO · 14/09/2026 · Resuelto
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡450,4 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 50 | Experienciamáx. 25 | Región Pacífico Central.máx. 14 | Participación de personas mayores de 45 años.máx. 3 | Participación de personas con discapacidad.máx. 3 | Igualdad entre hombres y mujeres.máx. 3 | Otros (en la descripción se debe indicar cual es la categoría)máx. 2 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Maquinaria KylcsaGanó | 50 | 25 | 14 | 3 | 0 | 3 | 2 | 97 |
| Constancio Umaña Arroyo | 5,52 | 25 | 0 | 3 | 0 | 3 | 2 | 38,52 |
| Estructuras y Construcciones Jimenez (escojisa) | 2,54 | 25 | 0 | 3 | 0 | 3 | 0 | 33,54 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se notifica el acto de adjudicación. Según RAM-MG-031-2026
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Debe mantenerse al día con sus obligaciones tributarias materiales y formales, así como en la presentación de las declaraciones tributarias a las que estuviera obligada, ante las dependencias del Ministerio de Hacienda, de conformidad con la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, N° 9416, publicada en La Gaceta N°313 del 20 de diciembre del 2016, la cual reforma y adiciona el artículo 18 bis a la Ley N°4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Será verificado directamente en la plataforma oficial establecida para esos efectos por la Dirección General de Tributación.
Deben mantenerse al día con sus obligaciones patronales ante la Caja Costarricense de Seguro Social, de conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS, artículo 7 de los “Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del art.74 de la Ley Constitutiva de la Caja y numeral 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, caso contrario la Administración podrá iniciar el procedimiento por incumplimiento contractual. Será verificado mediante el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP, siendo que este realiza la interfaz respectiva, o en su defecto, directamente en la plataforma oficial de dicha institución.
Deben mantenerse al día con el pago de la cuota correspondiente del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF). Lo anterior de acuerdo con el artículo 22, inciso c) de la Reforma a la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, Nº 5662. Será verificado mediante el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP, siendo que este realiza la interfaz respectiva, o en su defecto, directamente en la plataforma oficial de dicha institución.
Debe indicar en su oferta, las citas de inscripción de la sociedad o poder (tomo, folio y asiento) a fin de que la Administración pueda realizar la consulta en el portal del Registro Nacional y verificar que se encuentre vigente y correcta la información registrada en el Sistema Electrónico de Reconocimiento y en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, constando que quien firma la oferta es el representante legal o tiene el poder suficiente para ello.
Debe verificar que el plazo de la entidad jurídica sea suficiente para el procedimiento de contratación, estimando al menos hasta la aprobación del respectivo contrato/orden de pedido, sin perjuicio de que, en caso de adjudicación, deberá cumplir con lo detallado al respecto dentro de las Obligaciones del contratista y sus subcontratistas.
Debe mantenerse al día con los impuestos municipales, se verificará que el oferente y sus subcontratistas se encuentran al día con sus obligaciones tributarias ante la municipalidad correspondiente, se solicita la presentación de una declaración jurada donde se declare que se encuentran sin responsabilidades ante la municipalidad.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1.1 Responsabilidad por daños
Cualquier daño ocasionado a propiedades (muebles e inmuebles) de la Institución o de terceros, por motivo de las obras que se estarán realizando deberá ser costeado por el contratista.
1.2 Materiales
El contratista NO proporciona los materiales todos los materiales los aporta la municipalidad incluyendo rellenos, base, metales, concreto, maderas, etc. Solo se encargarán de la ejecución y la conclusión de las obras a cabalidad y conformidad de la supervisión del departamento de Infraestructura vial.
1.3 Maquinaria y equipo
El contratista proporcionara el personal, maquinaria, equipo y demás herramientas, de carácter temporal o permanente, que requieran el proyecto, la ejecución y la conclusión de las obras, así como la subsanación de eventuales deficiencias, en la medida en que se especifique deducirse lógicamente del mismo.
El contratista deberá emplear un número suficiente de personas que posean todas ellas las calificaciones necesarias para garantizar el desarrollo normal y la ejecución satisfactoria de las obras. Las cantidades de equipo deben ser las necesarias para cumplir con los alcances del proyecto.
En caso de atrasos en la ejecución y cuando se requieran más frentes de trabajo, será responsabilidad del contratista incrementar el equipo necesario para la completa y correcta ejecución de las obras.
Se considerará que el equipo que posea el contratista en el sitio de la obra se destina a la ejecución de la misma. El contratista no podrá retirarlo sin previa autorización para escrito inspector del proyecto, a menos que demuestre que ya no es necesario para la obra.
Responsabilidad del ingeniero de proyecto por parte del contratista
El oferente deberá aportar un profesional en Ingeniería Civil o Arquitectura, debidamente incorporado y habilitado ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA), quien fungirá como Director Técnico responsable de las obras ejecutadas mediante el presente contrato.
El profesional propuesto deberá acreditar una experiencia mínima de cinco (3) años contados a partir de su fecha de incorporación al CFIA. La experiencia deberá ser demostrada mediante:
-Certificación o constancia de incorporación al CFIA vigente.
-Curriculum Vitae actualizado del profesional propuesto.
Cartas de recomendación, constancias o certificaciones emitidas por entidades públicas o privadas que acrediten experiencia en ejecución, supervisión o dirección técnica de obras de infraestructura, construcción, sistemas de drenaje, aceras, estructuras de concreto, infraestructura vial o actividades similares relacionadas con el objeto contractual.
La Administración se reserva el derecho de verificar la información aportada y solicitar aclaraciones o documentación complementaria cuando así lo considere necesario.
i.Competencias: El Ingeniero o Arquitecto responsable dirigirá y supervisará las actividades técnicas relacionadas con los distintos frentes de trabajo activos derivados de las órdenes de pedido emitidas por la Administración, velando por el adecuado desarrollo de las obras y el cumplimiento de las especificaciones técnicas, seguridad y calidad constructiva requeridas por el Gobierno Local.
ii.Especificaciones: El profesional responsable deberá analizar cuidadosamente las especificaciones técnicas, disposiciones especiales y demás documentación suministrada por la Administración. Cualquier discrepancia, omisión o situación que pueda afectar técnicamente la correcta ejecución de las obras deberá ser comunicada previo al inicio de los trabajos correspondientes.
iii.Inspección: Es deber del profesional responsable velará porque las obras sean ejecutadas conforme a las especificaciones técnicas y condiciones contractuales establecidas. Deberá realizar inspecciones periódicas de los distintos frentes de trabajo activos, con una frecuencia mínima de dos a tres visitas semanales según la naturaleza de las intervenciones en ejecución. Asimismo, deberá presentar los estudios de laboratorio cuando la actividad, especificación técnica o a solicitud del coordinador o ingeniero del SIOP. Por último, coordinar al menos una reunión semanal de seguimiento con el SIOP.
iv.Construcción: El contratista será responsable del cumplimiento de las disposiciones relacionadas con pólizas de Riesgos del Trabajo, seguridad ocupacional y demás obligaciones laborales y de aseguramiento aplicables durante la ejecución de las obras. La administración podrá solicitar en cualquier momento la documentación probatoria correspondiente relacionada con dichas obligaciones.
v.Reunión de pre-construcción: Tan pronto como sea posible después de adjudicado en firme el contrato y antes de emitir la orden de inicio para proceder con el trabajo, SIOP. convocará a una reunión con el contratista. Entre los miembros del personal que asisten deben incluirse el Ingeniero de Proyecto el Coordinador de SIOP y el grupo de profesionales por parte del Contratista.
La finalidad de la reunión es analizar las condiciones poco comunes que puedan presentarse una vez iniciada la ejecución del Proyecto. Esta reunión deberá llevarse a cabo en los siguientes 3 días hábiles posteriores a la emisión de la orden de compra.
REQUERIMIENTOS DE CONTRATO PARA EL CONTRATISTA
•El presente contrato tendrá una vigencia de hasta un año, y podrá prolongarse para periodos iguales hasta para una máxima de cuatro años, según las necesidades de mantenimiento y contenido presupuestario de la Municipalidad.
•El contratista deberá estar a la disposición de la Administración durante todo el periodo de vigencia del Contrato. El plazo de ejecución según sea requerido será determinado en cada intervención solicitada mediante ordenes de pedido y un cronograma realizado por el oferente y el Departamento de Gestión Vial.
•El adjudicado dispondrá de 10 días hábiles para iniciar las obras luego de recibir la orden de inicio para cada solicitud. Donde la empresa deberá establecer los sitios a intervenir, el plazo para la realización de las obras, la fecha de inicio y la fecha de finalización.
•Correrá por cuenta del contratista el transporte, instalaciones, material total, personal total, equipo total, herramientas totales, en fin, todo aquello que sea necesarios para la elaboración de la obra u obras.
•El contratista deberá de contar con lo necesario para alcanzar todas las especificaciones técnicas según los manuales y disposiciones en materia de mantenimiento vial actualmente vigentes en el país.
•Cualquier defecto por descuido, por deficiencia de mano de obra o de algún material, a juicio por la inspección Municipal deberá ser repuesto inmediatamente por el adjudicatario sin costos adicionales para la Municipalidad.
•El contratista será responsable de los sistemas de seguridad en los sitios, los seguros de riesgo de trabajo y cubrir las respectivas cuotas a que obliguen las leyes y reglamentos laborales del país como resultado de la relación obrero - patronal. Es obligación cumplir con las disposiciones del control temporal del tránsito para la ejecución de trabajos en las vías, establecidas en el artículo No 26041-MOPT, publicado en el Diario oficial La Gaceta el 30 de mayo de 1997 y en el Capítulo 6 del Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito. Esto incluye el uso obligatorio de vestimenta retro- reflectivo en el personal de la empresa durante sus labores
•Contratista será el responsable de limpiar todos los escombros y basura que origine los trabajos disponiendo de los mismos de conformidad con las buenas prácticas ambientales
•El inicio de cualquier labor u obra deberá ser de conocimiento previo del departamento de Gestión Vial, o el contratista debe solicitarle a esta el aval respectivo para su intervención.
•Todos los daños ocasionados por el contratista a la red de tubería de agua potable u otras redes deberán ser reparadas por el mismo en forma inmediata corriendo con todos los gastos de la reparación.
•Correrá por cuenta del adjudicatario todos los sistemas de seguridad para los trabajadores, como son cintas, conos, chalecos, guantes, cascos, mascarillas. En fin, todo lo que a protección de los trabajadores se refiere en los proyectos.
•El contratista será el único responsable de cualquier daño ocasionado a terceros, mediante una póliza de riesgos con una aseguradora del Estado. De forma similar, deberá de tomar todas las prevenciones del caso por si se presenta alguna situación de esta índole.
•Condiciones de demanda del servicio
•Cuando las condiciones operativas del servicio y las necesidades institucionales así lo requieran, la Administración podrá solicitar intervenciones específicas mediante modalidad según demanda, conforme a las necesidades reales que se presenten durante la vigencia contractual. Las intervenciones serán activadas mediante órdenes de pedido emitidas por la Administración, indicando ubicación, actividades requeridas, cantidades estimadas y plazo de ejecución correspondiente. La contratación funcionará mediante precios unitarios previamente adjudicados, aplicables únicamente a las líneas incorporadas dentro del presente procedimiento. El pago se realizará exclusivamente sobre cantidades efectivamente ejecutadas, verificadas y aprobadas por la inspección municipal.
REVISAR EL PLIEGO DE CONDICIONES ANEXO
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Otros requisitos de admisibilidad
En cuanto a los otros requisitos de admisibilidad para esta oferta, se establecen los siguiente:
- Declaraciones juradas establecidas por ley.
- Declaración jurada de no estar inhabilitado para contratar con la administración.
- Declaración jurada sobre la veracidad de la información aportada.
- Declaración jurada de la no existencia de conflictos de interés y prohibiciones de ley.
- Cumplimiento del Código de Trabajo en materia de jornadas laborales y derechos de los trabajadores.
- Pago de salarios conforme a los salarios mínimos vigentes
- Las pólizas correspondientes (pueden ser subsanables).
•Cobertura mediante seguro de riesgos del trabajo, debe cubrir en el cantón de Garabito
•Cobertura mediante seguro de riesgos a terceros, debe cubrir en el cantón de Garabito
-Los oferentes participantes deberán de estar debidamente inscritos y estar habilitados legalmente para fungir el ejercicio profesional o como empresas constructoras y/o consultoras, al día con el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos. Se deberá presentar constancia emitida por el CFIA vigente no mayor a 30 días.
-Debe inscribirse la dirección técnica de los proyectos en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), por cuenta del Adjudicatario, por lo que este rubro debe quedar claramente reflejado en la estructura de costos, el llenado de la boleta de exoneración debe realizarlo el adjudicatario.
- Los oferentes participantes deberán indicar cuál es el profesional responsable que asignarán como director del proyecto para toda la ejecución de la obra y este profesional deberá de estar debidamente inscrito y habilitado legalmente para fungir como ingeniero civil, construcción o arquitecto al día con el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.-Se deberá presentar constancia emitida por el CFIA que están al día y listado de proyectos donde demuestre que ha participado en trabajos similares desde su incorporación, Además, deberá presentar carta de compromiso como director de proyecto.
- Los oferentes que deseen participar en el presente proyecto deberán presentar un listado de proyectos emitido y certificado Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos donde muestre los proyectos donde ha participado en trabajos similares desde su incorporación para la revisión de la experiencia solicitada en este concurso.
- Los oferentes deberán hacer constar en su oferta final, revisando cuidadosamente las especificaciones y todos los demás documentos de la licitación, además, que la Municipalidad de Garabito queda libre de toda responsabilidad civil directa, indirecta y laboral, que pueda surgir como consecuencia de la ejecución de la obra que origine la presente licitación.
- Los oferentes que deban subcontratar obras del actual proyecto presentarán junto con la oferta, un listado de subcontratación. En él, se indicarán los nombres y actividad comercial de todas las empresas con las cuales se va a subcontratar; además, se aportará una constancia de que están al día con CCSS, Hacienda pública y el CFIA en caso de que corresponda.
- Los oferentes que deban participar deberán presentar una Declaración jurada donde se compromete a ejecutar las obras en un plazo acordado en conjunto con la administración para cada orden de pedido, plazo que estará en un rango aceptable y razonable para las actividades constructivas.
- De ser necesario un subcontrato, el subcontratista propuesto, deberá contar con una experiencia mínima de 7 años en los trabajos a subcontratar, a partir de la debida inscripción como empresa constructora ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, el subcontratista propuesto deberá contar con un ingeniero civil o profesional equivalente, responsable de las actividades subcontratadas.
- Deberá el oferente aportar cartas de compromiso del laboratorio de control de calidad a utilizar en el contrato. donde este será UN REQUISITO DE ADMISIBILIDAD.
- Se debe aportar Patente Comercial y Permiso de Funcionamiento Sanitario al día y vigente. donde este será UN REQUISITO DE ADMISIBILIDAD
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Para la aplicación de las multas y clausuras penales para esta contratación se tomará de referencia lo dispuesto en la ley y el reglamento. Las especificaciones de estas se encontrarán en este documento de pliego de condiciones, en dicho documento se establecerán las situaciones que ameriten la aplicación de las multas o clausuras penales para esta licitación. La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios derivados del atraso en la entrega de los bienes o servicios, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario. En caso de que por causas ajenas al contratista o bien imputables a la Administración, este no pueda realizar en el plazo estipulado la entrega del objeto pactado, podrá solicitar prorroga aportando para ello la prueba en la que se sustente, y que debe provenir de aspectos absolutamente ajenos al área y riesgo del negocio del adjudicatario, y ser causa mayor o caso fortuito, la cual deberá ser analizada por la Administración, dentro del impostergable plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha en que se conoció el hecho que ocasionaría el atraso, de acuerdo con los términos ofertados. El control y trámite atinente a lo aquí dispuesto estarán a cargo de la respectiva Unidad Administrativa respecto a lo cual el Departamento de Proveeduría suministrará la información que le sea requerida. Las multas se aplicarán por ejecución defectuosa o incumplimiento en las condiciones del contrato. La Municipalidad no gestionara el cobro de multa, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas. Si la ejecución defectuosa compromete el plazo de entrega del objeto contractual, pone en alto riesgo la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos, así como los ingresos o imagen institucional o afecta un proyecto o programa institucional se aplicará una multa. El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se ejecutará la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño perjuicio. En caso de incumplimiento total de las obligaciones por parte del contratista, no procede el cobro de multas, posteriores a ese momento, sino la ejecución de la garantía de cumplimiento y la resolución del contrato, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas y civiles que se deriven de dicho incumplimiento. El cobro por concepto de multas o cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones caso en el cual la Administración podrá valorar la resolución del contrato.
Cláusula penal. Desglose de las sanciones para esta contratación En caso de incumplimiento de las condiciones contractuales, se podrán aplicar sanciones económicas proporcionales conforme a lo que determine la proveeduría institucional y la normativa vigente. Se considerarán incumplimientos, entre otros, los siguientes: 1. Atraso en el inicio de las obras Cuando el contratista incurra en atraso injustificado respecto del plazo establecido para el inicio de la ejecución de las obras, la Administración aplicará una multa equivalente al (2.5%) del total de la orden de compra por cada día natural de atraso. La multa se calculará diariamente hasta el efectivo cumplimiento de la obligación. La suma de las multas aplicadas no podrá exceder el veinticinco por ciento (25%) del monto de la orden de compras, sin perjuicio de las demás acciones legales o contractuales que correspondan. 2. Incumplimiento del cronograma de ejecución Cuando el contratista incumpla injustificadamente alguno de los hitos establecidos en el cronograma aprobado por la Administración, se aplicará una multa equivalente al (2.5%) del valor de la actividad correspondiente por cada día natural de atraso. 3. Incumplimiento en la atención de órdenes de corrección Cuando la Administración ordene la corrección de trabajos defectuosos o no conformes con las especificaciones técnicas y el contratista no atienda dicha orden dentro del plazo otorgado, se aplicará una multa equivalente al (5%) del valor de la actividad observada por cada día natural de atraso. 4. Incumplimiento en la reposición de obras rechazadas Cuando una obra sea rechazada por incumplimiento de las especificaciones técnicas y el contratista no proceda a su demolición, reparación o reposición dentro del plazo establecido por la Administración, se aplicará una multa equivalente al (5%) del valor de la obra afectada por cada día natural de atraso. 5. Incumplimiento de medidas de seguridad Cuando el contratista incumpla las medidas de seguridad ocupacional, señalización temporal, control de tránsito o protección de peatones exigidas en el contrato, también la falta de uniforme correspondiente que identifique al trabajador, la Administración podrá imponer una multa equivalente al (1%) del monto de la actividad en ejecución por cada incumplimiento verificado, sin perjuicio de ordenar la suspensión inmediata de los trabajos 6. Falta de acatamiento de órdenes a los encargados correspondientes e impuntualidad Se sancionará la falta de acatamiento de las ordenes que el ingeniero municipal o encargado le comunique al contratista con un (1.5%) del monto de la orden de contra. Así mismo se multará cualquier falta de respeto, insultos, indisciplina, acoso o cualquier otra conducta similar perpetuada a cualquier funcionario municipal, así como los ciudadanos que transiten o circulen cerca de las obras con un (1.5%) del monto de la orden de contra. También se sancionará la impuntualidad del personal temporal, así como la llegada incomplete del personal solicitado (requerido y necesario) contratado como mano de obra y a los subcontratistas que se retrasen en la entrega o suministro requeridos. 7.Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales Si el contratista incurre en un incumplimiento grave que afecte la correcta ejecución de la obra o el interés público, la Administración podrá aplicar una cláusula penal equivalente al (10%) del monto correspondiente a la orden de compra. 8. Abandono injustificado de la obra Si el contratista abandona total o parcialmente la ejecución de la obra sin autorización de la Administración o sin causa legalmente justificada, procederá la aplicación de una sanción equivalente al (15%) del saldo pendiente de ejecución, sin perjuicio de la ejecución de las garantías y demás acciones legales correspondientes. 9. Incumplimiento que afecte la funcionalidad del sistema de drenaje Cuando las obras ejecutadas presenten defectos que impidan el adecuado funcionamiento hidráulico del sistema de drenaje o comprometan la estabilidad de la infraestructura vial, la Administración podrá aplicar una sanción equivalente al (10%) del valor de la obra afectada, independientemente de la obligación del contratista de corregir los defectos detectados. 10. Incumplimiento que genere riesgo para la seguridad pública Cuando el incumplimiento del contratista genere una condición que represente un riesgo para la seguridad vial, el tránsito vehicular o peatonal, o la integridad de las personas, la Administración podrá aplicar una multa equivalente al (5%) del monto de la orden de compra, sin perjuicio de ordenar la suspensión de los trabajos y exigir la inmediata corrección de la situación. CC- Incumplimiento de las obligaciones obrero patronal, salarios y demás. Se multará y se sancionará al contratista que incumpla con el pago de salarios, cuotas correspondientes al seguro social, así como las demás prestaciones de ley obligatorias, con un (2%) de la orden de compra.
Documentos del cartel4
- Codigo de eticaPDF · 5,7 MB
- Estructura del precioXLSX · 20 KB
- Pliego de condicionesPDF · 1,1 MB
- Pliego de condiciones ModificadoPDF · 1,2 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jean Carlo Mora Cordero
Infraestructura
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 05:20. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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