2026LD-000048-0016900162 · SICOP 20260800394
Contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las áreas verdes del Conare
Consejo Nacional de Rectores
Consejo Nacional de Rectores está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡36,5 millones. Se recibieron 9 ofertas de 9 empresas el 12/08/2026. La más baja fue de PBS Proveedores de Bienes y Servicios, ₡448 315 (98,8 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡36,5 millones
Ofertas recibidas
9
de 9 empresas
Oferta más baja
₡448 315
98,8 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó05/08/2026 10:17 · hace 2 meses
- Límite para 06/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Límite para 07/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas12/08/2026 10:00 · hace 2 meses
- de ofertas12/08/2026 10:00 · hace 2 meses
- (plazo máximo)≈ 26/08/2026 · hace 46 días
1 recibidas, 1 respondidas.
Contexto
- Consejo Nacional de Rectores adjudicó ₡787,2 millones en 99 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Mantenimiento Zonas Verdes y Jardineria1 · ₡7 131 269,001₡7 131 269,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡31,0 millones – ₡36,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 65 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,65 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 12 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 65 % · Experiencia Específica 35 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 65 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,57 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 65 | Experiencia Específicamáx. 35 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| PBS Proveedores de Bienes y Servicios | 65 | 35 | 100 |
| Ademar Vindas Herrera | 60,71 | 35 | 95,71 |
| Pineda y Cordoba Soluciones Ecologicas | 48,68 | 35 | 83,68 |
| Suplidora Santamaria Responsabilidad | 43,33 | 35 | 78,33 |
| Servicios Multiples Especializados Sermules | 36,36 | 35 | 71,36 |
| La Peti Mere | 6,56 | 35 | 41,56 |
| Transecot-ecoterra | 5,29 | 35 | 40,29 |
| Alto Voltaje y Telecomunicaciones Alvotec | 4,85 | 35 | 39,85 |
| 3-101-750242 | 4,8 | 35 | 39,8 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
3. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
- Forma de cotizar: El oferente debe cotizar el precio del mantenimiento preventivo mensual y el total anual, según las especificaciones técnicas indicadas en el punto 2. El precio debe incluir el impuesto al valor agregado (IVA) en su tarifa reducida de un 2% (artículo 11 numeral 2d Ley 9635). El precio debe ser firme y definitivo. Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y esta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local.
- El oferente debe presentar el desglose del precio tanto en valores absolutos como porcentuales ajustándose a la estructura que se detalla en el siguiente cuadro:
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Concepto |
Valor Absoluto |
Valor Porcentual |
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Costos Directos |
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Mano de obra: |
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Insumos: |
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Subcontratos: * |
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Costos Indirectos |
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Mano de obra: |
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Insumos: |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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Total precio cotizado (antes de IVA)** |
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100% |
* Cuando aplique, en dicho caso debe estar indicado en el formulario de oferta en SICOP.
**El porcentaje correspondiente al IVA no forma parte del desglose porcentual del precio.
De conformidad con el artículo 8 del Reglamento de Reajuste de Precios en Contratos de Obra Pública y Revisión de Precios en Contratos de Bienes y Servicios N° 44937-H-MICIT-MIDEPLAN, el oferente debe aportar en la oferta la información de todos los índices de precios oficiales, sean específicos o similares, de los costos directos e indirectos de la estructura del precio, los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir. Cuando no exista un índice de precios, especifico oficial o uno similar, el oferente deberá advertirlo así en su oferta, y se podrá aplicar el método analítico documental.
En aquellos casos en que no exista un índice de precios del costo directo, debido a que dicho costo fue ofertado en una moneda distinta a la unidad monetaria legalmente establecida en el país de origen del citado costo, ello por motivos de exigencias del proveedor del insumo o servicio, el oferente deberá aportar en la oferta, la prueba pertinente y suficiente que acredite tal exigencia.
Cuando no exista un índice de precios oficial, específico o similar, que represente las variaciones de un determinado costo indirecto, el oferente deberá advertirlo así en su oferta y se podrá proponer como índice general el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del país de origen del costo.
- Experiencia General. El oferente debe contar con una experiencia mínima de cinco años en el mercado, brindando el servicio de mantenimiento de áreas verdes, dicha experiencia debe acreditarla mediante declaración jurada, indicando los años de experiencia.
- Experiencia Específica. El oferente debe contar con al menos tres contratos similares, al objeto contractual, entiéndase por similar: contrato de servicio de mantenimiento de áreas verdes de al menos 7000 (siete mil) metros cuadrados por contrato, realizados o en ejecución a partir del año 2020. Para acreditar dicha experiencia debe presentar certificaciones de experiencia firmadas por el administrador del contrato o el cliente receptor del servicio, las cuales deben indicar como mínimo la siguiente información:
- Nombre de la institución o empresa donde brindó el servicio.
- Descripción del servicio brindado (incluyendo el área de cobertura del servicio)
- Año en que se brindó el servicio
- Nombre de la persona de contacto, número de teléfono (debe ser el número directo) y correo electrónico.
En caso que la certificación de experiencia no indique el área, el oferente puede aportar la orden de compra o copia del contrato donde se señale el dato, junto con la certificación de experiencia. Dichos trabajos deben ser aquella experiencia positiva donde se cumpla a satisfacción las necesidades de los distintos clientes (artículo 94 del Reglamento a la Ley de General de Contratación Pública). El Conare se reserva el derecho de verificar la veracidad y autenticidad de la información contenida en las cartas, para determinar si toma como experiencia positiva, esto es parte del estudio técnico, para lo cual podrá hacer consultas a los números de teléfono o por correo electrónico consignados en la carta, si la información no puede ser confirmada con los datos suministrados o existan contradicciones, no se considerará dicho contrato para acreditar experiencia específica, de llegarse a determinar la existencia de información falsa descalificará al oferente.
- El oferente debe demostrar que cuenta con personal operativo para la ejecución del contrato, debe contar con una cuadrilla de al menos seis personas, para demostrar el cumplimiento del requisito debe presentar el curriculum vitae de dicho personal, una de estas personas debe tener el rol de supervisor y contar con un experiencia comprobada mínimo de 2 años en coordinación de mantenimientos en áreas verdes y jardinería, dicha experiencia debe estar detallada en el curriculum vitae (indicar datos de contacto; teléfonos y correos electrónicos).
- La vigencia de la oferta debe ser mínimo de 12 días hábiles a partir de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
2. OBJETO DEL CONCURSO
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Línea |
Cantidad |
Descripción del Servicio |
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1 |
Servicio |
Contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las áreas verdes del Conare.
2.1 Objetivo
Mantener en óptimas condiciones las áreas verdes, su correcto mantenimiento, protección y conservación, para ofrecer una mejor imagen de las instalaciones.
2.2 Ubicación de las áreas verdes
Las instalaciones del Conare se ubican en Pavas; edificio "Franklin Chang Díaz", 1 km al Norte de la Embajada Americana, Urbanización La Geroma (antiguo edificio de oficinas AID).
El área verde comprende aproximadamente 8000 metros cuadrados. Su mantenimiento preventivo es mensual.
2.3 Mantenimiento preventivo mensual
El mantenimiento incluye las siguientes actividades:
· Corte de césped en todas las zonas asignadas, así como control del crecimiento y proliferación de malezas (jardines, concreto, adoquines). · Mantenimiento de plantas en el interior del edificio A, ubicadas en el atrium. · Poda de arbustos, setos y demás vegetación ornamental o funcional dentro de las zonas verdes asignadas. · Detalle de orillas alrededor de todas las plantas, árboles y arbustos sembrados. · Eliminación de maleza (dormilona, yute, bejucos, etc.) y posibles nidos de insectos. · Limpiar y retirar los elementos vegetales deteriorados, consistente en la eliminación de flores, hojas y plantas muertas o afectadas por enfermedades, con el objetivo de mejorar el estado y la estética de la vegetación existente. · En cada visita, se debe identificar y eliminar ramas muertas, enfermas, peligrosas o aquellas que representen un riesgo de caída, evitando cortes drásticos que puedan debilitar el árbol. · Recolección de basura arrojada en la propiedad. · Eliminar la formación de lagunas en temporada lluviosa. · Realizar una poda o derrame de árboles y arbustos, mínimo 1 vez al año, o las veces que se requieran, según supervisión de campo, todos los desechos generados deben retirarse una vez finalizado el mantenimiento. · Mantenimiento específico al jardín de polinizadores, este mantenimiento es ocasional y de acuerdo con las instrucciones que le brinde la Comisión de Gestión Ambiental del Conare,
El personal del contratista debe tomar las precauciones necesarias y ser cuidadoso al momento de realizar el mantenimiento principalmente en el jardín de polinizadores, para evitar algún daño en esta área.
2.4 Mantenimiento correctivo
Las actividades de mantenimiento correctivo se realizarán previa solicitud y coordinación con el administrador del contrato, el cual solicitará para cada trabajo una cotización previa, incluye lo siguiente:
· Siembra y adquisición de plantas ornamentales, para embellecer las áreas internas y externas del edificio. · El contratista será el encargado de adquirir las plantas y arbustos que se vayan a plantar en la Institución. El contratista presentará al administrador del contrato una cotización por los trabajos a realizar para su aprobación. · Recuperación de plantas mediante la aplicación de métodos que recomiende el contratista. · Aplicación de plaguicidas para eliminar maleza que se encuentre en la infraestructura perimetral del edificio. · Para el mantenimiento correctivo, si el contratista considera aplicar algún producto, este debe ser biodegradable y no tóxico. El contratista debe presentar previamente para aprobación del administrador del contrato las fichas técnicas. · La reducción de la altura debe ser gradual y siempre se debe realizar en función de las características de la especie. El descope no debe superar el 30% de la altura del árbol, con cortes limpios y en los puntos adecuados para evitar heridas y daños estructurales. · Eliminar árboles que representen un peligro para el edificio, personas o tendidos eléctricos, previa coordinación con el administrador del contrato, con previa cotización.
2.5 Condiciones generales del servicio
· El contratista debe dar el servicio tanto en la parte interna como externa de los edificios, y de igual manera dar mantenimiento a las zonas verdes pertenecientes al Conare. · El contratista debe recoger y llevar la basura que se genere después de realizar los trabajos de mantenimiento, ya sea dentro como fuera de las áreas externas, al depósito o relleno sanitario correspondiente. · El contratista debe contar con aspiradores, cortadores de césped, podadoras para árboles y demás equipo necesario para satisfacer las necesidades demandadas y cumplir con los trabajos de mantenimiento. · El horario para desarrollar los trabajos de mantenimiento debe ser de lunes a sábado de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. previa coordinación. El contratista debe tener disposición para atender mantenimiento fuera de este horario según el requerimiento que haga el administrador del contrato. · No se permiten quemas en el lugar de trabajo. · El contratista será el responsable de proveer al personal que ejecute el servicio con el equipo de seguridad ocupacional correspondiente. · El contratista debe poseer mamparas para brindar protección y no se generen desprendimiento de piedras o cualquier otro material a la hora de ejecutar el mantenimiento. · Durante la ejecución del mantenimiento el personal deberá utilizar el equipo de protección personal correspondiente a la tarea a realizar. · El contratista debe enviar un informe con fotografías donde se evidencie el mantenimiento brindado, así como las recomendaciones del próximo mantenimiento a ejecutar. · El contratista entregará un documento al administrador del contrato donde indique el inventario del equipo a utilizar. · El contratista se compromete a realizar una visita en conjunto con el administrador del contrato como mínimo cada dos meses con el supervisor para evidenciar el trabajo realizado. · Será responsabilidad del contratista entregar al administrador del contrato aquellos desechos orgánicos que se requieren para generar compost, así como distribuir el abono orgánico una vez entregado por el administrador del contrato. · Será responsabilidad exclusiva del contratista, cualquier daño o deterioro ocasionado producto del contrato en tuberías, cajas de registro, aceras, vidrios y otros; quien deberá coordinar a fin de que las reparaciones se realicen de inmediato en un plazo no mayor de 24 horas, a partir de que se realice la comunicación por parte del administrador del contrato.
2.6 Salud Ocupacional
· El contratista debe utilizar como referencia las normas vigentes en Costa Rica para la salud e higiene ocupacional para la ejecución de los mantenimientos preventivos y correctivos. · Para manejo de cargas se deberá aplicar el DECRETO Nº 11074-TSS. · El contratista debe ser responsable de cumplir con todas las medidas de seguridad ocupacional que exige el Conare, así como la legislación nacional e internacional y cualquier otra medida necesaria para prevenir accidentes.
Protección específica:
- Protección de manos:
· Es requerida en toda actividad donde se tenga que utilizar las manos para: carga, descarga y manipulación de materiales, uso de herramientas y equipo, y manipulación de químicos. · El contratista deberá especificar el tipo de guantes según la actividad que el personal realice.
- Protección de los ojos y cara para trabajos específicos:
· Para labores de soldadura se deberá confirmar los calibres de los lentes oscuros a utilizar. · La careta se utilizará para las labores de corte, esmerilado, taladro de perfiles metálicos u otras que produzca proyección de partículas, sobre las gafas de seguridad.
- Protección respiratoria:
· En todas aquellas actividades que produzcan polvo o vapores deberá utilizarse protección respiratoria. · Las mascarillas y/o respiradores deben proveer la protección de acuerdo con el tipo de actividad.
- Protección para trabajos específicos:
· El contratista deberá establecer y aplicar procedimientos para trabajos en alturas que contemple, al menos: requisitos generales de todo trabajo en alturas, sistemas de prevención y protección contra caídas, sistemas de advertencia, revisión y cuidados de los sistemas, disposiciones para trabajos específicos con riesgo de caída de altura, escaleras, andamios y pasos a desnivel. Se debe aplicar en caso de que la tarea a realizar del mantenimiento lo amerite.
2.7 Salud Ambiental
· El contratista deberá determinar los equipos y procesos de mantenimiento críticos para el medio ambiente con el fin de salvaguardar la integridad ambiental y minimizar la contaminación dentro de la institución por lo tanto deberá determinar: Identificar productos o sustancias con riesgo de impacto ambiental que pueden ser sustituidos por productos ecológicos u otros cuyo riesgo y nivel de contaminación sean menores.
2.8 Presupuesto estimado
El presupuesto anual estimado para esta contratación es de ¢9.131.269,00 (considerando tanto mantenimiento preventivo como posibles correctivos). Se estima un costo de mantenimiento preventivo mensual de ¢594.273,00.
2.9 Vigencia del contrato
El contrato tendrá una vigencia de un año, a partir de la comunicación del contrato en SICOP, que será la orden de inicio de la contratación, con posibilidad de prórroga por un período igual, hasta un máximo de cuatro años.
El contratista será evaluado por el administrador del contrato, al finalizar el período, y será la justificación para la prórroga respectiva, la prórroga se dará siempre que el servicio recibido sea a satisfacción según lo estipulado en este pliego de condiciones. En caso de que la institución decida no prorrogar el contrato, lo notificará por escrito al contratista.
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Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. CONDICIONES GENERALES
- El Consejo Nacional de Rectores (Conare) recibirá ofertas de manera electrónica, por medio de la plataforma SICOP, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las áreas verdes del Conare.
- Visita al sitio: El viernes 7 de agosto de 2026 a las 11:00 am, se realizará una visita, para que los potenciales oferentes conozcan el lugar del servicio. Las instalaciones del Conare se ubican en Pavas, edificio "Franklin Chang Díaz", 1 km al Norte de la Embajada Americana, Urbanización La Geroma (antiguo edificio de oficinas AID). La visita no es excluyente, queda bajo responsabilidad del oferente.
- La oferta debe estar debidamente firmada por la persona facultada para ello.
- El oferente debe encontrarse al día en los pagos correspondiente a las cuotas obrero-patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social, el Fondo de Desarrollo Social Asignaciones Familiares (Fodesaf) e impuestos ante la Dirección General de la Tributación Directa. La Administración realizará las verificaciones correspondientes.
- La administración asume que el oferente al estar registrado como proveedor de bienes, servicios y obras en el SICOP, mantiene vigente las declaraciones juradas previstas en el artículo 18 y 29 de la Ley General de Contratación Pública tanto para oferentes como para subcontratistas, por lo tanto, deberá indicar en su oferta que la información contenida en las declaraciones juradas se mantiene invariable.
- Para esta contratación no se están solicitando documentos que puedan catalogarse como información sensible, por lo que se les solicita a los oferentes no registrar en SICOP la oferta como confidencial. En el caso que un oferente considere que la información aportada es de carácter confidencial, deberá indicarlo en el sistema digital unificado con sus motivos y sustento jurídico con la finalidad de cumplir lo preceptuado en el artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado, la Administración señalará si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
- En los casos cuando corresponda la ejecución de la contratación mediante la figura de la subcontratación, el oferente debe indicar el listado del (los) subcontratista(s) y el objeto de la subcontratación. Debe indicar el porcentaje de participación del (los) subcontratista (s) el cual no podrá superar el 50% del monto total de la oferta. El (los) subcontratista (s) no relevará la responsabilidad del contratista en las obligaciones y compromisos de la ejecución contractual.
- De conformidad con el artículo 31 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, tanto el oferente como el subcontratista deberán estar debidamente registrados en la plataforma de electrónica de compras SICOP. Así mismo, deberá tener la condición de trabajador independiente/patrono ante la CCSS, según corresponda, y encontrarse al día con la seguridad social y en materia tributaria nacional.
- SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Con las ofertas admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la calificación de cada oferta, bajo la siguiente metodología de evaluación:
|
Ítem |
Descripción del factor |
Puntaje |
|
1 |
Precio |
65 |
|
2 |
Experiencia Específica |
35 |
|
|
|
100 |
A continuación, se describe cada uno de los factores y la forma de evaluación.
- Precio
El precio a evaluar será el precio anual del mantenimiento preventivo, el oferente que presente el menor precio anual se le denominará oferta base y obtendrá el puntaje máximo, para las restantes ofertas se aplicará la siguiente fórmula:
FP= (Pmin/Px) x 65
Dónde:
FP= Puntaje obtenido por la empresa para el factor precio
Pmin= Precio total de la oferta con el monto total más bajo.
Px= Precio total ofrecido por la oferta en evaluación.
- Experiencia Específica
A partir del cuarto contrato de experiencia específica que cumpla con lo solicitado en el punto 3.4, se asignará por cada contrato 5 puntos, hasta alcanzar un máximo de 35 puntos.
- SOBRE EL ADJUDICATARIO Y EL CONTRATISTA
- La Administración utilizará la estimación presupuestaria para determinar la razonabilidad del precio. El rango de tolerancia definido por la Administración para la razonabilidad del precio es de +/- 15% a partir del parámetro establecido.
- La Administración realizará el estudio formal y técnico, evaluación de ofertas y razonabilidad de precio, para una eventual adjudicación. El Conare se reserva el derecho de verificar la veracidad y autenticidad de la información contenida en la oferta. Como consecuencia de lo anterior, de llegarse a determinar la existencia de información falsa descalificará al oferente.
- Se adjudicará a la oferta con el puntaje más alto de acuerdo con la metodología de evaluación aplicada. En caso de empate, se otorgará la puntuación adicional establecida en el artículo 97 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública a la empresa que demuestre ser una PYME de acuerdo con el servicio ofrecido, si persiste el empate se aplicará los siguientes criterios en orden de prioridad: a) menor precio anual, b) mayor cantidad de contratos de experiencia específica. De persistir el empate se convocará a las partes para decidir la adjudicación mediante la suerte y se levantará un acta al respecto.
- La Administración se reserva el derecho de adjudicar de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, así como declarar infructuosa la contratación si se considera que ninguna oferta conviene a sus intereses o desierta con fundamento en el interés público. También se reserva para su aplicación al momento de la adjudicación las facultades contenidas en el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en tanto la oferta favorecida se ajuste al contenido presupuestario.
- Presupuesto detallado. El adjudicatario debe presentar el presupuesto detallado de conformidad con el artículo 103 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública, debe contener al menos los elementos que se detallan en la siguiente tabla:
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Concepto |
Valor Absoluto |
Valor Porcentual |
Índice de Reajuste |
Emisor |
|
Costos Directos |
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|
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Insumos (materiales) |
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Insumos (equipos y herramientas) |
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Mano de obra: salarios |
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Mano de obra: cargas sociales |
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Subcontratos (cuando aplique) |
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Costos Indirectos |
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Insumos |
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Mano de obra |
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Imprevistos |
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*Imprevistos y utilidad no se reajustan. |
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Utilidad |
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Total |
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100%* |
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*El porcentaje correspondiente al IVA no forma parte del desglose porcentual del precio.
**Es de carácter obligatorio que la suma de las cargas sociales represente el porcentaje de aporte mínimo vigente y establecido por la Caja Costarricense de Seguro Social, mismo que se calculará sobre el monto que sumen los salarios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de Reajuste de Precios en Contratos de Obra Pública y Revisión de Precios en Contratos de Bienes y Servicios N°44937-H-MICITT-MIDEPLAN, el adjudicatario deberá indicar en el presupuesto detallado la vinculación de los índices de precios aportados en su oferta, asociándolo a cada uno de los costos directos e indirectos de dicho presupuesto.
El adjudicatario debe utilizar en primer lugar los índices específicos, y en segundo lugar, cuando no exista un índice de precios específico oficial propondrá uno similar con la justificación técnica correspondiente a dicha decisión.
El adjudicatario debe presentar una declaración jurada que acredite la veracidad y pertinencia de la información aportada en el presupuesto detallado sobre los índices de precios a utilizar y las fuentes oficiales, indicando al menos los aspectos regulados en los artículos 9 y/o 12 del Reglamento.
Una vez verificada la información, la Proveeduría emitirá la No Objeción a la pertinencia de los índices de precios mediante resolución de acto motivado.
- El adjudicatario debe presentar la constancia de la póliza de riesgos del trabajo y la constancia de la póliza de responsabilidad civil y del último pago para acreditar en ambos casos su vigencia. La póliza debe cubrir a los trabajadores asignados a esta contratación, por cualquier daño, lesión o muerte, durante la prestación del servicio contratado. La póliza de responsabilidad civil debe cubrir riesgos derivados o relacionados con la prestación del servicio de mantenimiento, la cual deberá responder en eventual caso que se ocasione el deterioro o destrucción de algún bien (daños materiales). En caso de actualización o renovación de la póliza, se debe presentar al administrador del contrato la copia de esta inmediatamente se renueve. Las pólizas deberán mantenerse vigentes durante la prestación del servicio.
- El adjudicatario debe presentar la documentación que corrobore que se encuentra al día con las cuotas obrero-patronales del personal que vaya a trabajar en la prestación de los servicios contratados y documentación que corrobore que todos los empleados que vayan a realizar labores relacionados con la contratación cuentan con la Póliza de Riesgos del Trabajo (INS-RT), esta debe estar al día. Por lo que debe presentar los reportes de ambas planillas.
- Patente municipal. De conformidad con el artículo 88 del Código Municipal, el adjudicatario deberá contar la licencia municipal (patente) atinente y relacionada con el objeto contractual, así como también encontrarse al vigente y al día con el pago de este tributo, debe aportar la documentación correspondiente. La suspensión, inhabilitación por parte del gobierno municipal o mora que detecte esta administración, implicará la insubsistencia de dicha adjudicación o bien será motivo de resolución contractual previo debido proceso en fase de ejecución.
- De conformidad con la Ley General de Salud y el Reglamento para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento otorgados por el Ministerio de Salud, el oferente debe presentar copia del respectivo permiso acorde con la actividad realizada y deberá estar vigente al momento de apertura de las ofertas.
- El adjudicatario que no comparezca dentro de los tres días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación se procederá a adjudicar al segundo mejor posicionado con su oferta económica y así sucesivamente. Para esta contratación no se solicita garantía de cumplimiento.
- Insubsistencia de la contratación. Se entenderá por insubsistente la contratación con las causales indicadas en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública, para ello la administración podrá optar por las ofertas subsiguientes para una eventual readjudicación mediante resolución motivada.
- El contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en los artículos 12, 14, 43, 101, 106, 113, 115 siguientes y concordantes de la Ley General de Contratación Pública, y en los artículos 273, 274, 275 del Reglamento, y demás normativas que rige la materia de Contratación Pública.
- El contratista estará obligado a cumplir, plenamente, con todas las condiciones y especificaciones del pliego de condiciones y sus adendas, lo ofrecido en su oferta como en las demás manifestaciones documentadas que consten en el expediente de concurso, aceptado en la formalización o durante la ejecución del contrato. Debe realizar la totalidad del servicio a su entera responsabilidad. No podrá subcontratar, ni parcial, ni totalmente la realización de los servicios. No podrá abandonar, retrasar o suspender injustificadamente la ejecución del contrato.
- Administrador del Contrato. La administración del contrato estará a cargo de la Jefatura del Departamento de Gestión de Mantenimiento, Infraestructura y Servicios, quien tendrá dentro de sus responsabilidades el seguimiento al cumplimiento de las pólizas, cargas sociales del contratista durante la vigencia del contrato, sustitución de personal, supervisión de los trabajos y todas las demás estipuladas en este pliego de condiciones. El contratista estará obligado a ofrecerle todas las facilidades necesarias para el ejercicio de la fiscalización que estás mantendrán durante la ejecución del contrato.
- Todo cambio de personal por parte del contratista debe ser autorizado previamente por el administrador del contrato, presentado por escrito la solicitud debidamente razonada y justificada por el contratista junto con el curriculum vitae. El sustituto (a) debe cumplir con los requisitos mínimos que exige el pliego de condiciones en cuanto a formación, experiencia y calidad del personal que se sustituye.
- El contratista debe cumplir con todas las disposiciones legales suscritas en el Código de Trabajo, así como del régimen de seguridad social, las normas de salud ocupacional. Todo el personal asignado al Conare debe estar en planillas de la C.C.S.S, devengando al menos el salario mínimo legal y estar amparado por una póliza de riesgos del trabajo. El administrador del contrato se reserva la potestad durante la ejecución del contrato de verificar en cualquier tiempo la vigencia de las pólizas y cumplimiento de las obligaciones obrero-patronales con la CCSS.
- El contratista debe dotar a sus colaboradores del equipo de protección personal y seguridad necesario para realizar las labores de mantenimiento, por lo que el administrador del contrato no se hace responsable por accidentes o incidentes ocurridos cuando el personal del contratista no cumpla con este requerimiento. En caso de faltar con el cumplimiento de lo antes indicado, la Administración suspenderá los servicios hasta tanto se cumplan los requerimientos establecidos, sin que esto represente costos adicionales.
- El contratista deberá conocer y aceptar que la institución queda liberada de responsabilidad en el caso de materializarse un evento catalogado como accidente laboral cuya causa sea el incumplimiento de las normas de seguridad y salud ocupacional por parte del personal destacado en las instalaciones para el cumplimiento de las condiciones contractuales. Para ello es necesario que el contratista mantenga vigente la póliza de riesgos laborales la cual deberá incluir a todo el personal asignado y velar por el cumplimiento de las normas de seguridad ocupacional durante el ejercicio de la ejecución.
- El contratista deberá hacerse responsable de la conducta y los actos del personal que asignará al Conare. Además, correrá con todos los gastos concernientes a viáticos por traslado, alimentación, estacionamientos que su personal incurra por la prestación del servicio. El Conare no reconocerá ningún costo adicional que no haya sido incluido en el precio ofertado.
- El equipo del contratista serán los únicos autorizados para acceder a las instalaciones del Conare. Para lo cual deberán portar el uniforme y carné que los identifique como funcionarios de la empresa. No podrá ingresar ninguna otra persona que no haya sido previamente autorizado por el administrador del contrato. El Conare no tendrá ninguna relación patronal directa con los integrantes del equipo de trabajo del contratista. Todos los insumos y equipos necesarios para las labores de mantenimiento deben ser suministrados por el contratista.
- Forma de pago. Mensual. El contratista entregará el servicio, el cual tendrá un recibido a conformidad que puede ser un visto bueno en el sistema de cuentas por pagar, un oficio, o acta de recepción definitiva, todo de acuerdo con los términos de este pliego de condiciones. Una vez recibido a conformidad, el contratista enviará la factura con el comprobante de recibido a conformidad al correo facturaelectronica@conare.ac.cr; a su vez el contratista deberá solicitar acuse de recibido de los archivos de factura electrónica (PDF y archivos XML) a este mismo correo, caso omiso, el Conare no se hará responsable por errores en el ingreso de la documentación. Toda factura electrónica deberá desglosar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de un 2% sobre el precio del servicio. En aquellos casos que aplique un porcentaje menor de IVA por ley, deberá indicarlo en la descripción de la factura.
- El pago se hará efectivo en un plazo máximo de quince días hábiles después de recibida a satisfacción la factura. El trámite de pago quedará suspendido si el contratista no presenta la recepción a conformidad. De cada pago se retendrá el 2% correspondiente a la retención de renta que podrá ser utilizado por el contratista como un crédito fiscal en su próxima declaración de renta.
- Revisiones de precio. Con la estructura del precio planteada en la oferta y la información del presupuesto detallado, se aplicará la siguiente fórmula según lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de reajuste de precios en los contratos de obra pública y revisión de precios en contratos de bienes y servicios, Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN:
Fórmula matemática para contratos de bienes y servicios
En donde:
Rpc: Representa el monto de la revisión del precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago en un mes calendario específico, conforme a la moneda ofertada.
PC: Representa el monto del precio unitario contractual de la línea o del renglón de pago.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra directa. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos directos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos por subcontrataciones, multiplicada por la variación del índice general (IPG), y en su ausencia, siempre y cuando se demuestre que no existe un índice de precio general estrechamente vinculado con la variación de los costos que desea medir para la subcontratación, se podrá utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Dicha variación se obtiene de dividir el valor del IPG, o IPC según corresponda, de un mes calendario específico entre el valor del IPG, o IPC según corresponda, del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra indirecta. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos indirectos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad. Para efectos de la aplicación de la fórmula, cada ponderación en valor porcentual de los costos deberá ser expresada en forma decimal con aproximación a la cifra diezmilésima, esto es que la cifra numérica tendrá cuatro dígitos después de la coma.
El Conare cuenta con un plazo de 20 días hábiles para resolver acerca de los cobros presentados por concepto de revisiones de precios, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud mediante el módulo correspondiente en el SICOP. Todo lo relacionado en materia de revisiones de precios se regirá de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento para el reajuste de precios en los contratos de obra pública y revisión de precios en los contratos de bienes y servicios N°44937-H-MICITT-MIDEPLAN.
- Se considerará incumplimiento grave a las obligaciones contractuales y contrario al interés público el suspender el pago de los seguros sociales, no estar día con las cuotas obrero-patronales, reportar salarios inferiores a los efectivamente devengados, no incluir en planillas al personal destacado por el contratista y cualquier otra acción u omisión similar que origine para el contratista un enriquecimiento ilícito o el evadir el correcto, completo y oportuno cumplimiento de las obligaciones señaladas por las leyes de seguridad social del país, especialmente del régimen de la Caja Costarricense de Seguro Social. Al constatar el Conare estas circunstancias, ya sea de oficio o a solicitud de parte interesada, se procederá a realizar un máximo de una prevención durante toda la vigencia del contrato para que el contratista formalice una solución de su situación de morosidad. De presentarse más situaciones de morosidad se procederá a resolver unilateralmente el contrato dándolo por terminado sin perjuicio de cualquier otra acción legal que procediere contra la contratista según el caso lo amerite.
- Es obligación ineludible del contratista ceñirse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. Consecuentemente, el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contempladas en este contrato dará lugar a la rescisión de este si la Administración lo estima pertinente, sin perjuicio de accionar en la vía jurisdiccional el resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados al Conare en virtud de los presuntos incumplimientos.
- Si existiera por parte del contratista, defectos en la calidad del servicio contratado de acuerdo con lo descrito en este pliego de condiciones, en todo o en parte, y según lo descrito en los siguientes puntos, se procederá de la siguiente forma:
Faltas Leves
- Falta de uniforme o identificación por parte del personal técnico.
- Falta de respeto del personal hacia los funcionarios, como por ejemplo alzar la voz, no acatar las instrucciones del administrador del contrato, uso de palabras ofensivas e improperios, lanzar objetos.
- Si se incumple con las medidas de seguridad ocupacional establecidas en este pliego.
- Consumo de bebidas alcohólicas, tabaco o sustancias prohibidas dentro del Conare, por parte del personal del contratista.
- Detectar que el contratista se encuentra en mora con el pago de las cuotas obrero-patronales con la CCSS o en el pago de la póliza de riesgos del trabajo que cubre al personal.
- No ejecutar las recomendaciones realizadas por el administrador del contrato.
- Si se presentan correcciones a los trabajos por defectos.
- Si existe un atraso injustificado por parte del contratista en la atención de un mantenimiento correctivo o preventivo, de acuerdo con los plazos estipulados.
- Otros que el administrador considere que se ha incurrido en incumplimiento de las cláusulas de este pliego. En este caso deberá señalar expresamente cuáles.
En caso de detectar una falta leve, se le notificará al contratista para que proceda de inmediato a corregir la falta, de presentarse nuevamente la falta se convertirá en falta grave.
La verificación de 3 o más faltas leves en una evaluación o la ocurrencia de 3 o más faltas leves en una visita, se considerará como falta grave.
Faltas Graves
- Daño a los activos pertenecientes a la institución o infraestructura (incluye el área verde y jardín), por cualquier acción dolosa o culposa del personal del contratista. La sanción será el costo de reparación del daño, reposición o reparación del activo.
- No presentarse a realizar una visita de mantenimiento sin causa justificada. El monto de la multa será el costo de dicha visita, así como los costos que se generen por cualquier otra situación que se derive de la falta de mantenimiento, que no fuese atendido en el momento solicitado.
- Reincidencia o no atención de una falta leve, verificación de 3 o más faltas leves en una evaluación o la ocurrencia de 3 o más faltas leves en una visita, la Administración podrá, previo debido proceso, resolver el contrato por el deterioro en la calidad del servicio.
Muy Graves
Cualquier incumplimiento al contrato que conlleve la posibilidad de daños o pérdida material y/o humana a la Administración, se entiende cualquiera de los siguientes incumplimientos será causal de resolución contractual o sanción de inhabilitación simple de 6 meses hasta 24 meses, según lo estipulado en el inciso i) y p) del artículo 119 de la Ley General de Contratación Pública:
- Efectuar o permitir acciones que pongan en riesgo la salud de las personas o el ambiente que contravengan lo expuesto en la legislación nacional vigente o el pliego de condiciones.
- El abandono del servicio sin causa de justificación.
- Detectar que el contratista no tiene debidamente asegurado al personal a través de CCSS y/o la póliza de riesgos del trabajador.
- La Proveeduría previo al procedimiento sancionatorio, realizará las investigaciones necesarias y reuniones previas con las partes, con el fin de orientar la ejecución de este contrato, por lo cual se reserva la potestad de conciliar con el contratista.
- Para los efectos de este aparte, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y el administrador del contrato, de acuerdo con los términos ofertados.
- Se considerará un incumplimiento grave y será motivo de resolución contractual, si se comprueba que, durante la ejecución contractual, la subcontratación manifestada supera el porcentaje definido en este pliego de condiciones, también si el subcontratista no se encuentra al día con las obligaciones de seguridad social, o si se comprueba que el mismo le afecta las causales de prohibición estipuladas en la Ley General de Contratación Pública.
- De acuerdo con el artículo 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública podrá, sin perjuicio de las demás acciones administrativas en caso de incumplimiento total por parte del contratista, resolver el contrato sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas y civiles que se deriven de dicho incumplimiento.
- Resolución de controversias: Si durante la ejecución de un contrato surgen una o varias controversias no susceptibles de solución por negociación directa entre las partes, dicha controversia podrá ser sometida a un comité de expertos sin que la ejecución del contrato se vea suspendida, según lo prevé la Ley General de Contratación Pública (Art. 117).
- Cualquier circunstancia no prevista en este pliego de condiciones, se resolverá de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y normativa conexa.
Documentos del cartel2
- Pliego de condicionesPDF · 481 KB
- CronogramaPDF · 195 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ricardo Alfaro Pincay
Mantenimiento y Servicios Generales
Ricardo Alfaro Pincay
Mantenimiento y Servicios Generales
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 05/10/2026 01:24. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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