2026XE-000640-0000400001 · SICOP 20260800540
S.C contratación directa de excepcion Servicio mantenimiento preventivo, correctivo, atención de averías y emergencias, para elevadores marca Schindler en edificios ICE
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad publicó esta compra con un presupuesto de ₡146,7 millones, pero terminó sin adjudicar. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡146,7 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡10,4 millones
92,9 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó13/08/2026 12:09 · hace 59 días
- Límite para 17/08/2026 23:59 · hace 55 días
- Cierre de ofertas27/08/2026 23:59 · hace 45 días
- de ofertas28/08/2026 07:00 · hace 44 días
- publicado08/10/2026 07:15 · hace 3 días
- Adjudicación 08/10/2026 07:17 · hace 3 días
Quién ganóen firme 08/10/2026
- Adjudicatario no indicado en el acto final
Informe de recomendación de Alonso Enrique Vargas Quiros, 06/10/2026
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra33 líneas
- Servicio de Mantenimiento Preventivo para Ascensores1 · ₡465 546,671₡465 546,67
- Servicio de Mantenimiento Preventivo para Ascensores1 · ₡465 546,671₡465 546,67
- Servicio de Mantenimiento Preventivo para Ascensores1 · ₡465 546,671₡465 546,67
- Servicio de Mantenimiento Preventivo para Ascensores1 · ₡465 546,671₡465 546,67
- Servicio de Mantenimiento Preventivo para Ascensores1 · ₡465 546,671₡465 546,67
- Servicio de Mantenimiento Preventivo para Ascensores1 · ₡465 546,671₡465 546,67
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡124,7 millones – ₡146,7 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 40 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,72 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Elevadores Schindler | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
De conformidad con lo expuesto por el proceso de Gestión Inmobiliaria mediante nota 5145-1031-2026 del 11 de setiembre 2026 y la Coordinación de Contratación Administrativa mediante carta 5145-1081-2026 de fecha 25 de setiembre del 2026, ambos de la Dirección Servicios Generales, se autoriza DECLARAR INFRUCTUOSA, la Contratación Directa de excepción 2026XE-000640-000040001, para el S.C contratación directa de excepción Servicio mantenimiento preventivo, correctivo, atención de averías y emergencias, para elevadores marca Schindler en edificios ICE, amparado al artículo 109, inciso a) del Reglamento al Título II de la Ley 8660.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1 REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA OFERENTES:
1.1 Presentar una copia de la Patente Municipal vigente, emitida por la
Municipalidad respectiva, dicho documento deberá ser atinente a los bienes
y/o servicios (al objeto contractual) requerido por la Administración.
1.2 El oferente debe aportar copia del Permiso Sanitario de Funcionamiento
vigente y emitido por el Ministerio de Salud a su propio nombre, de
conformidad con el decreto número D-39472-S, Reglamento General para
Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento, dicho documento
deberá ser atinente a los bienes y/o servicios (al objeto contractual)
requerido por la Administración. En caso de que el título respectivo
condicione su vigencia a mantenerse al día con el pago del canon
respectivo, deberá presentar copia del recibo donde se acredite dicho pago.
En caso de que la descripción de la actividad indicada en el título de Patente
no coincida con el objeto contractual, deberá aportar con la oferta
documento idóneo (certificación, resolución o constancia) expedido por la
Municipalidad competente donde conste que la actividad comercial
autorizada incluye el objeto de la contratación y por lo tanto que está
habilitado para el ejercicio de la actividad requerida por la Administración.
1.3 El oferente debe presentar una sola declaración jurada de parte del o los
representantes legales de la empresa donde se declare bajo juramento lo
siguiente:
a) El oferente debe presentar la declaración jurada de parte del o los
representantes legales de la empresa donde se declare bajo juramento
según lo indicado en el “Anexo N° 12 Declaraciones juradas y
certificaciones”.
b) Que el oferente se somete al cumplimiento de las leyes aplicables en
materia de prevención de la corrupción y las condiciones de idoneidad
ética, jurídica y de calidad indicadas en la Política de prevención de la
corrupción y conflictos de intereses del ICE, la cual se adjunta en
el Anexo N° 5
1.4 El oferente debe presentar una nota emitida por el fabricante de los equipos
que autorice la comercialización de los mismos a nivel nacional, tanto en
montaje como en mantenimiento o en su defecto la nota de exclusividad.
1.5 Deberá contar con ingenieros de profesión, y técnicos capacitados
graduados en el INA o en Colegios Técnicos Vocacionales, en la carrera de
electrónica, electricidad o electromecánica, los mismos deberán contar con
una experiencia no menor a tres años para lo cual debe aportar los
atestados de los mismos. La cantidad de técnicos que presente la empresa
será los necesarios para cumplir con los tiempos estipulados en el contrato
(aportar la información solicitada).
1.6 El oferente debe demostrar e indicar mediante manifestación escrita, que
posee talleres o instalaciones adecuadas, en caso de necesitar alguna
reparación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SERVICIO MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE ASCENSORES. (ITEMS DEL 1
AL 31)
1. FRECUENCIA DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO
1.1 El servicio de mantenimiento preventivo se solicitará de acuerdo con las
necesidades del ICE (Ver Anexo 1 – “Metodología Ejecución Mantenimiento
Preventivo”).
1.2 Las visitas serán coordinadas por el supervisor asignado de parte del ICE, las
cuales deberán ser cumplidas, conforme el cronograma enviado y su vigencia.
En caso de modificar el cronograma ver punto 1.4 “IMPREVISTOS”. No se podrá
variar el tiempo de entrega indicado en la orden de pedido en SICOP.
1.3 De necesitar realizar labores de mantenimiento preventivo fuera del horario
normal, el contratista deberá enviar un correo con la debida justificación, junto
con el(los) nombre(s) del personal, además, si requiere acceso al parqueo
debido al tipo de herramienta a utilizar, debe adjuntar la placa del vehículo. Estas
condiciones, no obligan al ICE a autorizar u aprobar los trabajos y permisos de
ingreso correspondientes, ya que el ICE es el único que se reserva el derecho
de autorizar dichas labores fuera del horario normal.
1.4 Para los elevadores que se encuentren en condición especial de inactividad o
fuera de operación, se implementará una secuencia y gestión diferenciada, con
el objetivo de prevenir deterioros prematuros y fallas asociadas a periodos
prolongados sin uso, tales como:
• Ovalamiento o “flat spots” en las ruedas de guías.
• Endurecimiento o cristalización de grasas y lubricantes.
• Corrosión en rieles, cables, frenos y contactos eléctricos.
• Pegado de frenos electromecánicos.
• Condensación en tarjetas electrónicas y variadores.
• Fallos de arranque al momento de la reactivación del equipo.
• Pérdida de confiabilidad en las cortinas ópticas y operadores de puertas.
1.5 En consecuencia, los elevadores que no cuenten con operación ni
mantenimiento regular durante un período igual o superior a un (1) mes, deberán
ser movilizados al menos una vez al mes, ya sea de forma manual o
eléctricamente (modo técnico), realizando como mínimo las siguientes
actividades: recorrido completo del elevador a lo largo de su trayecto, activación
y desactivación del sistema de frenos, verificación del correcto funcionamiento
de apertura y cierre de puertas, revisión visual general para detectar presencia
de humedad, oxidación o ruidos anormales.
1.5.1 Estas labores deberán ser ejecutadas exclusivamente por personal técnico
debidamente autorizado, no estando permitida su realización por personal
operativo o administrativo del edificio.
1.5.2 Realizando estas actividades previamente comentadas dentro del intervalo
de tiempo de los que, si se les realizará mantenimiento preventivo, por
frecuencia especial no mayor a tres meses.
Nota: La reactivación del elevador posterior a un período prolongado de inactividad
o baja frecuencia de uso, deberá realizarse únicamente después de una inspección
técnica, conforme a las recomendaciones del fabricante. Esto con el fin de conservar
y mantener la integralidad de los activos productivos en excelente estado de
funcionamiento.
2 ASPECTOS NECESARIOS PARA LA RUTINA DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO.
2.1 El contratista debe confeccionar y presentar junto con el cronograma de visitas,
un “plan de mantenimiento preventivo para los ascensores”, en donde indique,
cuáles serán las actividades que se llevarán a cabo para el mantenimiento
preventivo y durante el período solicitado. Las labores a incluir en el plan de
trabajo serán las necesarias para que el contratista asegure el óptimo
funcionamiento de los equipos, las labores que no sean incluidas en el mismo
pero necesarias para su operación, deberán ser realizadas bajo la misma
responsabilidad del contratista.
2.2 En cada visita, los técnicos deberán trabajar al menos cuatro (4) horas por cada
uno de los ascensores, exceptuando los equipos de dos niveles, que serán
intervenidos por dos (2) horas como mínimo. Con ello, el técnico o técnicos de
la empresa ejecuten las revisiones pertinentes, resuelvan cualquier contratiempo
o aspecto irregular que se presente. Se deberá revisar cada equipo acorde al
mes y plan de mantenimiento propuesto, conforme sus funciones y
especificaciones por parte del fabricante.
2.3 Para mantener el buen funcionamiento de todas las piezas móviles y mecánicas,
se realizará las veces que sea necesario, la limpieza, el ajuste y la lubricación
de todos los sistemas, piezas y partes. Además, se deberá utilizar grasas,
aceites y lubricantes especiales en los componentes, de acuerdo con las
especificaciones técnicas que brinda el fabricante.
3 FORMULARIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
3.1 El contratista debe entregar un reporte completo o formulario, detallando de
todas las actividades realizadas durante el mantenimiento, deberá incluir como
mínimo la siguiente información:
a. Fecha realización del servicio.
b. Nombre del Edificio y del Equipo.
c. Hora de inicio y finalización del mantenimiento preventivo.
d. Nombre y firma del personal técnico que presto el servicio, cédula y
código de empresa (si tiene).
e. Datos y lecturas obtenidas durante la visita.
f. Tareas y actividades realizadas. (Como mínimo se deben incluir todas
las actividades definidas en el plan de trabajo y de acuerdo con el mes
correspondiente).
g. Estado, antes y después del servicio.
h. Observaciones y recomendaciones importantes.
3.2 De entregarse por separado, el formulario donde se detallan las actividades del
servicio durante la visita deberá tener la siguiente información como mínimo:
a. Fecha de realización del servicio.
b. Alias del Edificio y del Equipo.
c. Tareas y actividades realizadas. (Como mínimo se deben incluir todas
las actividades definidas en el plan de trabajo y de acuerdo con el mes
correspondiente).
d. Descripción de áreas intervenidas.
e. Nombre y firma del personal técnico que prestó el servicio, cédula y
código de empresa (si tiene).
f. Observaciones y recomendaciones importantes.
3.3 Cada reporte o formulario (lo mismo en caso de ser ambos), deberán contar con
el visto bueno del Ingeniero Residente o supervisor asignado por parte del ICE,
como responsable de haber recibido a entera satisfacción el servicio, a éste
también se le entregará una copia de cada formulario por cada equipo atendido.
4 TAREAS ESPECÍFICAS DE MANTENIMIENTO
4.1 El contratista debe comprometerse a realizar como mínimo las siguientes tareas
específicas, las cuales deben estar incluidas dentro del plan de mantenimiento
anual, así mismo y las veces que lo amerite, pintar las piezas o estructuras
metálicas que presenten oxidación en el equipo, tanto para la preservación de
los elementos como por seguridad y precaución.
4.2 Se hará en cada visita y sin excepción, una revisión completa a todos los
sistemas de apertura y cierre, que gobiernan las puertas de cabina y de los
niveles de descargo de cada equipo, los cuales, son los que realizan la mayor
cantidad de accionamientos.
4.2.1 Máquina:
• Limpieza general de motor.
• Engrase de rodamientos, cojinetes, ejes, muñoneras del motor.
• Sistema de freno principal, ajuste, estado, limpieza, lubricación, etc.
• Pruebas de accionamiento y frenado. Sistema de caliper, fibras o zapatas.
• Revisión del cableado eléctrico de potencia.
• Resoque y reparación de conexiones flojas y/o calientes.
• Limpieza y ajuste de tacómetro o encoder (si existe).
• Revisión del moto-reductor, aceite, desgaste, vibración (si existe).
• Revisión de funcionamiento del indicador de nivel de aceite (si existe).
• Revisión de soportes o amortiguadores de hule del motor, nivelación.
4.2.2 Encima de Cabina:
• Limpieza y revisión general.
• Revisión de elementos de fijación y contactos de seguridad.
• Revisión de guiadores y operación de rodillos.
• Revisión de botoneras de mantenimiento.
• Revisión y mantenimiento de lámparas de servicio.
• Revisión sistemas de protección sobre cabina (baranda, cobertores).
4.2.3 Paneles de Control:
• Limpieza interna y externa de todos los paneles de control.
• Limpieza de tarjetas electrónicas (con líquidos especiales).
• Revisión de parámetros y errores.
• Revisión y ajuste de sistema de nivelación.
• Verificación de conectores de tarjetas electrónicas: circuitos impresos, estado
general, prevención de posibles entradas de polvo y humedad.
• Medición de voltajes y corrientes, máximos y mínimos.
• Resoque de terminales, conexiones flojas y comprobación de aislamientos.
• Verificación de baterías de respaldo, fusibles, contactores, temporizadores,
conmutadores y el cableado de control.
• Pruebas y simulaciones desde el panel del ascensor.
• Mantenimiento y actualización del software de control. (De ser necesario).
4.2.4 Poleas y piñones:
• Revisión desgaste en Polea principal y de desvío, tanto en sala máquinas
como en cabina y contrapeso.
• Engrase y limpieza de poleas, piñones, rodamientos.
4.2.5 Cables / Fajas de tracción y Contrapeso:
• Estado y ajuste (torque) de sus amarres y prensas para una adecuada
sujeción (chacos).
• Revisar estiramiento de cables / fajas de tracción y recorte en caso necesario.
• Tensión y estado de cables y resortes (ecualización).
• Revisión y limpieza del contrapeso.
• Revisión, lubricación y limpieza de guiadores del contrapeso.
• Pintura de partes de ser necesario.
4.2.6 Sistema de puertas:
• Ajustes y limpieza generales, revisión, estado y lubricación de bisagras,
guías, cerraduras, cables de puertas, poleas, sincronizadoras, suspensiones,
roles y piezas móviles y mecánicas.
• Revisión y ajuste del operador de puertas, como el motor, variador y
componentes electrónicos.
• Verificar el suave desplazamiento lateral.
• Limpieza de contactos y micro interruptores de seguridad, contactos secos,
finales de carrera, barra infrarroja, sensores.
• Limpieza de fajas, correderas, guiadores, pesas, resortes
• Revisión de protecciones y del motor de puerta.
• Revisión de puertas de cabina y protector de puerta.
4.2.7 Freno Emergencia:
• Revisión de funcionamiento del sistema de paracaídas (seguridades).
• Realizar pruebas de seguridad, accionamiento de ser necesario.
• Limpieza y lubricación de piezas mecánicas del regulador de velocidad.
• Limpieza de cuñas y lubricación de partes mecánicas de todo el sistema del
freno de emergencia.
• Revisión del cable de accionamiento, desgaste, estiramiento o recorte de ser
necesario.
4.2.8 Accionamientos manuales, indicadores:
• Revisión y limpieza de conexiones, bornes, puertos.
• Revisión funcionamiento de paneles de mando (botones, pulsadores,
indicadores LED-LCD y protecciones, pantallas).
• Revisión funcionamiento dispositivo de sobrecarga (si existe).
• Revisión sistemas de seguridad y emergencia, manual, ópticos, sonoros.
• Funcionamiento óptimo control de mando sobre cabina.
• Revisión funcionamiento sistema rescate (manual/automático)
• Revisión del detector sísmico.
4.2.9 Dentro de la cabina, accesorios y extras:
• Revisión de la iluminación en cabina. De ser necesario cambiar fluorescente-
Led (los repuestos serán facilitadas por parte del ICE).
• Revisión del sistema de medición de peso.
• Revisión y verificación del funcionamiento del inyector o extractor de aire,
además de la limpieza general del ducto y sus rejillas.
• Revisión de intercomunicadores y teléfonos de emergencia.
• Verificación del sistema de voz.
• Revisión de Ruidos de cabina durante su viaje.
• Limpieza del techo de cabina, dispositivos adyacentes y partes donde
queden basuras o suciedad que perjudique el funcionamiento del equipo.
4.2.10 Ducto:
• Limpieza, revisión y lubricación de rieles, para un funcionamiento suave y
silencioso. (Limpieza completa de rieles al menos una vez al año).
• Revisión de soportaría y sus sujeciones, tanto para el ducto como para los
rieles.
• Revisión y llenado de aceiteras para lubricación de las guías de cabina y
contrapeso (si existen).
• Revisión de interruptores de seguridad (finales de carrera).
• Revisión y ajuste de guiadores de cabina y contrapeso.
• Revisión y mantenimiento de lámparas de servicio.
• Revisión de cables viajeros, el chicote y cualquier cable de comunicación, en
todo su trayecto, sujeción, conexiones, etc.
• Engrase y limpieza de cadenas, piezas móviles y articulaciones.
• Revisión, ajuste y limpieza de sistema de nivelación automática de cabina.
Además de realizar la limpieza completa (una vez al año) de la banda
magnética según sea el caso.
• Demarcación y pintura de áreas de seguridad.
4.2.11 Fosa:
• Limpieza general.
• Revisión de los circuitos de seguridad.
• Revisión de Sujeción de sistemas de protección (cobertores en malla o
lámina).
• Amortiguadores, poleas, cadenas, sistema compensación, pesa freno
emergencia. (limpieza, revisión, lubricación, veracidad funcionamiento) (si
existen).
• Demarcación de zonas de seguridad.
4.2.12 Prueba de funcionamiento del sistema de rescate automático (ARD), si
aplicase.
• El Automatic Rescue Device (ARD) mueve la cabina al piso más cercano y
abre puertas cuando se detecta una falla eléctrica o corte de energía.
• Simulación de pérdida de energía para verificar:
i. Activación automática del ARD.
ii. Movimiento controlado de la cabina.
iii. Parada en el piso más próximo.
iv. Apertura automática de puertas.
• Comprobación de: (en caso de aplicar)
i. Baterías o UPS del ARD (voltaje, carga, autonomía).
ii. Estado de contactores y relés que se activan durante el rescate.
iii. Comunicación con el controlador principal del elevador.
iv. Indicadores visuales y alarmas.
4.2.13 PORT Technology (Personal Occupant Requirement Terminal). Si aplicace
• Estado de las terminales PORT: limpieza, fijación, alimentación eléctrica.
• Funcionamiento de las pantallas o paneles de destino: que registren
correctamente el piso seleccionado.
• Comunicación con el controlador principal: verificar que cada terminal esté
enviando datos al sistema de gestión del grupo de elevadores.
• Tiempo de respuesta y asignación de cabina: validar que los elevadores
asignados correspondan a la lógica de tráfico.
• Sincronización con el software maestro de gestión de tráfico: firmware
actualizado y sin errores.
4.2.14 Sistema de control remoto: si aplicase.
• Las labores de mantenimiento deberán incluir la revisión de la toma de datos
del sistema para control remoto vía PC (Lobby-visión) y registro estadístico
de los datos de tráfico, para identificar los eventuales fallos del sistema para
mejorar la disponibilidad de los elevadores y supervisar el servicio de estos,
todo esto previa solicitud escrita por parte del ICE. No se aceptan
modificaciones del software sin previa autorización del Ingeniero Residente
del ICE y el administrador de contrato.
• También se debe incluir el mantenimiento preventivo la revisión de los
interruptores de potencia JH y los supresores de transciendes
5 Alcances del Mantenimiento Preventivo
5.1 El contratista debe comprometerse a realizar como mínimo las siguientes tareas
específicas, las cuales deben estar incluidas en el plan de mantenimiento, así
mismo y las veces que lo amerite, pintar las piezas o estructuras metálicas que
presenten oxidación, tanto para la preservación de los elementos como por
seguridad y precaución.
5.2 Se hará sin excepción y en cada visita, una revisión completa a todos los
sistemas de apertura y cierre, que gobiernan las puertas de cabina y de los
niveles de descargo de cada equipo, los cuales, son los que realizan la mayor
cantidad de accionamientos.
5.3 Todas las tareas anteriores, no limitan al contratista de ejecutar alguna otra tarea
que sea necesaria para el buen funcionamiento de los equipos adjudicados. Ni
da por sentado, que son las únicas que se pueden ejecutar. El contratista debe
dar completa garantía, de que sus actividades darán un soporte eficiente y
eficaz, evitando en lo posible, fallos o detenciones innecesarias.
5.4 El contratista deberá brindar el servicio de mantenimiento preventivo, a
cualquier otro componente o sistema que no esté anotado en el listado anterior,
el cual, deberá venir anotado en el plan anual, esto para asegurar el óptimo
desempeño del ascensor y sus componentes, todo esto de acuerdo a las
especificaciones del fabricante, según el modelo y tipo instalado.
5.5 De requerir sustituir o reparar un componente, el cual, deje inhabilitado el
ascensor por un corto tiempo, el contratista deberá enviar vía correo electrónico
un informe detallado sobre la avería suscitada al administrador de contrato,
ingeniero residente y al supervisor designado por parte del ICE; esto para que
los mismos realicen las gestiones necesarias para realizar el mantenimiento
correctivo correspondiente, en el cual se realizara la Metodología
correspondiente (Anexo # 2- Metodología de ejecución trabajos correctivos).
5.6 En ninguna circunstancia, se reconocerá como una visita de mantenimiento
preventivo, el realizar cualquier trabajo fuera de las condiciones, tiempos e
intervención técnica especificada dentro de este contrato. Por lo que se deberá
demostrar de ser necesario, con fotos, imágenes o físico, las actividades que se
ejecutaron, esta condición es si no se dispuso de supervisión por parte del ICE.
5.7 Mientras esté en ejecución un mantenimiento preventivo y se deba realizar un
trabajo correctivo, no puede interferir o invalidar el plan de mantenimiento ya
establecido, salvo que éste perjudique directamente su funcionamiento y que
incurra a deshabitarlo completamente durante un período de tiempo prolongado.
5.8 Alcances del servicio por averías y emergencias en horas hábiles:
5.8.1 El costo por este servicio se incluirá en el precio total del mantenimiento
preventivo ofertado, por lo que no se podrá cobrar montos adicionales o
extras.
5.8.2 El contratista debe tener un servicio de atención 24/7, en el cual, pueda
hacerse efectivo llamando a un número de teléfono celular, además si fuera
necesario realizar rescate de personal atrapado en sitio.
5.8.3 El contratista deberá garantizar que los técnicos al finalizar cada
mantenimiento realicen en sitio lo correspondiente al llenado de los reportes
y gestionar lo correspondiente al recibo conforme por parte de personal ICE
5.8.4 Bajo esta modalidad, deberá corregir todas las fallas, averías o desajustes
en el menor tiempo posible, las cuales impidan que el equipo funcione
adecuadamente. De identificar el técnico en turno, que el problema requiere
de una corrección más compleja, el contratista deberá notificar vía correo
electrónico al supervisor o encargado por parte del ICE e iniciar con los
trámites para un mantenimiento correctivo diferido. (Ver Punto 7.1.6 Servicio
Mantenimiento Correctivo de Ascensores).
5.8.5 De necesitar algún componente, repuesto o parte para restablecer el
funcionamiento normal del elevador, incluso realizar una reparación que
amerite el desarmado y traslado de los componentes a los talleres de la
empresa. Se deberá comunicar en primera instancia al supervisor o
encargado designado por parte del ICE para verificar existencias, de no
haber la refacción requerida, posteriormente se deberá enviar vía correo
electrónico el(los) presupuesto(s) para su evaluación y aprobación y con
ello coordinar el inicio de la reparación.
5.8.6 El ICE facilitará el acceso a las instalaciones y sitios que requieran
intervención, pero únicamente al personal técnico designado con
anticipación (lista personal y capacitado) y que se presente debidamente
identificado. En caso de algún cambio en la lista previamente informada en
el contrato, estos cambios deberán ser justificados, documentados y
aprobados por el administrador de contrato.
5.8.7 En la atención a la llamada, el contratista se compromete a salvaguardar la
integridad de los usuarios (vida humana e infraestructura), e informar
inmediatamente al ICE sobre irregularidades, condiciones inseguras,
vandalismo, etc. Además, deberá enviar al AC un informe preciso del
desperfecto encontrado, las recomendaciones y el actuar de la empresa
ante la falla. Esto para diagnosticar y prever futuras correcciones.
5.8.8 Si por alguna razón, el equipo sigue presentando el mismo problema, en al
menos tres veces consecutivas, ya sea, esporádica o continuamente, aun
siendo atendidas por el personal técnico en turno. El contratista deberá
hacerse cargo de inmediato, aportando un especialista para eliminar la
causa lo antes posible.
6 Alcance del Servicio de Averías y Emergencias fuera de horas hábiles:
6.1 Al presentarse una avería o emergencia en cualquier elevador suscrito dentro
de la contratación el contratista enviará al personal técnico en turno, para que
realice la atención del suceso y las correcciones necesarias para restablecer el
funcionamiento del equipo.
6.2 De presentar un suceso por avería o emergencia, se realizará en estos casos lo
siguiente:
Las personas designadas por el ICE notificarán al contratista.
• Primero: Vía telefónica.
• Segundo: Vía Correo.
• Tercero: Vía Mensaje telefónico.
6.3 Suministrará la información de la falla suscitada, explicando lo más claro
posible, las condiciones que tiene y los problemas que está ocasionando.
6.4 Cuando se considere y las veces que sea necesario, el ICE solicitará el
servicio de emergencia al contratista:
• Fuera de horas hábiles, feriados y días no laborables.
• Sin ningún costo adicional para el ICE.
6.5 Asimismo, el contratista deberá:
• Atender los avisos de emergencia en forma oportuna y rápida
• Las 24 horas del día.
• Durante los 365 días del año.
6.6 Acceso a los Edificios en caso de Averías y Emergencias:
El ICE permitirá el acceso fuera de horas hábiles al personal técnico
correspondiente y detallado para estos casos, sólo a los sitios seguidamente
indicados:
• Cabina.
• Sala de máquinas.
• Ducto o foso.
• Y rutas de acceso a estos lugares.
7 SERVICIO MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE ASCENSORES
7.1 Alcance del Servicio de Averías y Emergencias fuera de horas hábiles:
7.1.1 Los servicios de mantenimiento correctivo para esta contratación se harán
de acuerdo con el Anexo #2 - “Metodología Ejecución Mantenimiento
Correctivo”, Pero esto no significa que desestime algunas condiciones que
a continuación se citan.
Nota: en caso de los mantenimientos correctivos planificados por desajustes
naturales de funcionales deberán ser planificados según demanda y de acuerdo con
las necesidades del ICE.
7.1.2 Mano de Obra Especializada: Este tipo de servicio requiere de mano de
obra técnica especializada, en los ítems que están incluidos en esta
contratación (Ítems #01 hasta el #31). El precio ofertado por cada uno de
estos será por “hora de trabajo”, la cantidad de técnicos o ayudantes
dependerá de las dimensiones del trabajo a realizar y según la solicitud de
pedido.
7.1.3 El personal Técnico, estará a cargo de realizar las labores de reparación del
equipo cotizado, al cual le corresponderá: Diagnosticar, Identificar
problemas, verificar estados, calibrar, ajustar, remover o sustituir partes
dañadas, determinar y corroborar el estado de todos los sistemas, para
poder restablecer el funcionamiento y servicio del equipo inhabilitado. (en
sus condiciones óptimas de funcionamiento).
7.1.4 Todo el personal técnico, estará bajo las condiciones de este contrato y
deberán acatar las disposiciones de seguridad y de equipo de protección
personal durante la ejecución de las labores asignadas para ese fin y dentro
de las instalaciones del ICE.
7.1.5 Ingreso a edificios en caso de correctivos.
7.1.6 El contratista podrá efectuar el servicio de mantenimiento correctivo a
cualquiera de los elevadores indicados en esta contratación, en un horario
de 07:00 a las 17:00 horas, de lunes a viernes y durante la vigencia de este
contrato, de requerir realizar labores fuera del horario normal, el contratista
solicitará un permiso extraordinario al supervisor por parte del ICE, para
realizar y coordinar las labores fuera del horario normal (tiempo
extraordinario, feriados, sábados y/o domingos). Los trabajos que se
realicen fuera de horario normal no representaran un costo adicional en el
monto ofertado.
7.1.7 Formulario de labores por correctivo.
i. Para el mantenimiento correctivo, el contratista debe adjuntar un formulario
o guía de la ejecución sobre el(los) trabajo(s) realizado(s). El formato debe
ser aprobado previamente por el ICE.
ii. Deberá estar firmado por el supervisor encargado de recibir las obras por
parte del ICE. Esto como comprobante de recibir las obras a satisfacción y
como requisito para hacer el cobro respectivo.
iii. De igual forma, el contratista deberá entregar una copia del formulario
debidamente lleno al Administrador de Contrato y al supervisor designado
por el ICE.
iv. En caso de reemplazo de partes (mismas aportadas por parte del ICE, se
identificarán claramente cada una de ellas en el formulario (cantidad, nombre,
número de catálogo, etc.).
v. El formulario deberá incluir como mínimo la siguiente información:
• Fecha de inicio y finalización de la intervención.
• Cantidad de horas laboradas por personal técnico.
• Cantidad de horas laboradas por el/los ayudantes.
• Nombre del Edificio y del Equipo (número de ítem, activo, o equipo dentro del
inmueble).
• Estado del equipo, parte, repuesto, antes y después del servicio. (Registro
fotográfico)
• Observaciones y recomendaciones importantes.
• Nombre y firma del personal técnico que prestó el servicio, cédula y código
de empresa (si tiene).
7.1.8 Imprevistos: Si durante la ejecución de los trabajos se determina que se debe
realizar la sustitución de partes no contempladas dentro del presupuesto
inicial, el contratista deberá enviar vía correo electrónico un informe detallado
sobre la nueva avería encontrada al Administrador de Contrato, ingeniero
residente y al supervisor designado por parte del ICE; esto para que los
mismos realicen las gestiones necesarias para realizar el mantenimiento
correctivo correspondiente.
7.1.9 Garantía por Mantenimiento Correctivo: El contratista deberá brindar el
respaldo y garantía de al menos 22 días hábiles (4.4 semanas, 31 días
naturales), posterior a la fecha de recibido a satisfacción, sobre cualquier
trabajo realizado (tanto repuestos como mano de obra técnica), misma que
cubra en caso de que amerite una nueva acción sin costo adicional al ICE.
7.1.10 CRITERIOS SOSTENIBLES:
Criterio sostenible 1: Manejo responsable de residuos
El contratista deberá implementar un plan de gestión ambiental para el
manejo, segregación, almacenamiento y disposición final de los residuos
generados durante el mantenimiento de los elevadores, tales como:
• Aceites y lubricantes usados
• Componentes eléctricos y electrónicos
• Baterías, tarjetas electrónicas y cables
• Empaques y materiales contaminantes
La disposición final deberá realizarse mediante gestores ambientales
autorizados por el Ministerio de Salud o entidades competentes, debiendo
presentar comprobantes de entrega y disposición cuando la
Administración lo solicite.
Criterio sostenible 2: Optimización energética de los equipos
El contratista deberá aplicar prácticas de mantenimiento orientadas a la
reducción del consumo energético y al aumento de la vida útil de los
elevadores, tales como:
• Ajuste y calibración de variadores de frecuencia.
• Verificación del correcto funcionamiento de frenos y sistemas de
tracción.
• Optimización de parámetros de arranque, frenado y standby.
• Consumo energético mensual comparado (KWh/movimiento),
comportamiento mensual. (en los equipos que permitan esta
implementación, caso contrario se omite).
• Indicador anual de disponibilidad, MTTR, MTBF por equipo
El objetivo será minimizar pérdidas energéticas, evitar reemplazos
prematuros y reducir la huella ambiental asociada a la operación de los
equipos.
Criterio sostenible 3: Documentación digital del servicio
El contratista deberá entregar los informes de mantenimiento, bitácoras y
reportes técnicos en formato digital, priorizando el uso de plataformas
electrónicas y evitando la impresión en papel, salvo que la Administración lo
solicite expresamente.
Los informes digitales deberán incluir:
• Detalle de trabajos realizados
• Repuestos utilizados
• Observaciones técnicas
• Recomendaciones de mejora o sustitución futura
7.1.11 SUMINISTRO DE REPUESTOS Y REFACCIONES: Los repuestos no están
incluidos dentro de las condiciones de la contratación, por lo que será el
ICE el encargado de suplirlos, previa solicitud y planificación.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Condiciones Generales
1. ESTRUCTURA DEL PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO
Los precios ofertados deberán corresponder al requerimiento completo e incluir
todos los costos directos e indirectos necesarios para la ejecución del servicio, tales
como transporte, viáticos, materiales, mano de obra, cargas sociales, pólizas,
equipos, insumos, gastos administrativos, utilidad e IVA, así como cualquier costo
que consideren necesario para la ejecución de los servicios solicitados.
El precio ofertado para cada una de las líneas debe ser, de la 1 a la 31 debe ofertar
el precio unitario mensual y para las líneas 32 y 33 por hora.
Con fundamento en el artículo 26 del Reglamento a la Ley 8660, los oferentes
deberán presentar junto con su oferta:
1. El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta,
estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de
obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos
indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos,
indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse
algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta. Los
rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se adjunta
Anexo 3 Formato Estructura de Precios. Dicha estructura será utilizada para
el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un
reajuste/revisión de precios.
2. Forma de presentar la estructura de precios en la oferta:
a. Para el caso de contratación de servicios en modalidad según demanda la
estructura de precios se solicitará por línea.
a. No obstante, tanto para bienes como para servicios el oferente podrá
realizar las agrupaciones de líneas en la estructura de precios en los casos
en que los costos sean proporcionalmente iguales para todas las líneas.
b. Cuando se trate de contratación de bienes y servicios que se adjudique
por requerimiento completo o los objetos sean de similar naturaleza
entre las diferentes partidas, el oferente según su criterio podrá presentar
una estructura global de precios si así lo justifica desde la oferta, lo cual
será valorado por la Administración.
3. Forma de presentar el Presupuesto detallado:
a. En los procedimientos de servicios el oferente deberá presentar en conjunto con
la oferta un presupuesto detallado y completo con todos los elementos de costo que
lo componen. Se adjunta Anexo 4 Formato de Presupuesto Detallado.
b. El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la
composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte
necesario.
2. EROGACIONES DE AÑOS FUTUROS.
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato
que corresponde a presupuestos de años futuros la dependencia incluirá en las
cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido
contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto
por parte de la Contraloría General de la Republica.
En caso necesario la dependencia se compromete a dotar de debido contenido
presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación
presupuestaria.
Período 2026 = 22 750 249,32 CRC
Período 2027 = 123 985 351,50 CRC
3. LUGAR DE ENTREGA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
Los sitios donde se realizarán los servicios serán instalaciones edificios
administrativos, edificios técnicos, planteles, plantas hidroeléctricas. Ver anexo 1
Metodología de ejecución trabajos preventivos.
4. CLÁUSULA DE DESEMPATE.
No aplica ya que no es un procedimiento concursado.
5. TIEMPO DE ENTREGA O TIEMPO DE INICIO DEL SERVICIO:
Para todos los ítems la solicitud del servicio y/o equipos se realizará mediante
Ordenes de Pedido por parte del administrador del contrato.
El tiempo de entrega del servicio se indicará en la orden de pedido el cual está
definido en el anexo 1 Metodología de ejecución trabajos preventivos y anexo 2
Metodología de ejecución trabajos correctivos.
6. CRITERIOS SOSTENIBLES
Criterio Ambiental
6.1 Manejo y disposición final de residuos:
a) El contratista deberá realizar la disposición final de los residuos, misma que
deberá efectuarse de conformidad con lo establecido en la Ley de Gestión Integral
de Residuos Nº8839, de forma responsable con el ambiente y cumpliendo además
con la legislación vigente que resulte aplicable para el tipo de residuo a disponer.
b) El contratista deberá garantizar que el sobrante en sus residuos, después del
control del mantenimiento, no serán depositados en ríos, arroyos, quebradas,
nacientes, humedales, desagües, áreas verdes, áreas silvestres, ni serán objeto de
uso en quemas ya que esta situación puede emitir sustancias tóxicas al ambiente.
c) El contratista deberá entregar al AC los certificados de disposición final de los
residuos que fueron generados producto de la ejecución de los servicios realizados,
esto incluye las aguas que fueron tratadas por haber sido contaminadas producto
del lavado de envases y equipos, dichos certificados se deberán entregar de manera
trimestral, además, deberán indicar las cantidades tratadas y el método de
tratamiento.
d) El contratista, por tanto, deberá, durante la vigencia del contrato, recoger y
disponer correctamente de los residuos. Para esto, el contratista deberá recolectar
los residuos en el mismo lugar en que prestó el servicio a la Administración, lo cual
deberá ser ejecutado al momento de finalizar el servicio.
e) El contratista deberá utilizar bolsas de plástico biodegradables para la recolección
de residuos que se generen del servicio. No se utilizarán bolsas oxo biodegradables.
Las bolsas plásticas, si son de plástico convencional (plásticos derivados del
petróleo) deberán contener al menos un 80% de plásticos reciclados. A efectos de
acreditar lo anterior, el contratista deberá remitir vía correo electrónico y ante el
Administrador del Contrato, la ficha técnica correspondiente, en los cinco días
hábiles posteriores a la notificación del contrato por medio de SICOP.
f) El personal que manipulará aplicará y recogerá los residuos peligrosos contará
con la indumentaria y equipo de seguridad que exige la normativa legal de salud
ocupacional.
Criterio Social
6.2 El personal de la empresa adjudicada, al momento de presentarse al ICE para
entrega o retiro de productos o cualquier otra actividad previamente coordinada
entre las partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y
lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos,
Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea
pertinente.
7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
7.1 Todas las actividades que se generen a partir de la adjudicación de este contrato
serán únicamente coordinadas por el administrador de contrato (A.C.), Ingeniero
residente o el supervisor parte del ICE.
7.2 El Contratista será responsable de cumplir de forma eficiente y oportuna todas
las obligaciones establecidas en el contrato, utilizando las mejores prácticas
técnico-operativas y tomando las acciones necesarias para asegurar su correcta
ejecución.
7.3 El Contratista deberá contar permanentemente con personal técnico
especializado, herramientas adecuadas y de ser necesario, los dispositivos de
calibración o tecnología de última generación para la marca y modelo instalado.
Para con ello, poder realizar cualquier tipo de prueba al equipo, verificar de forma
fidedigna que todos sus sistemas trabajan adecuadamente y de acuerdo a sus
características de fábrica.
7.4 El contratista notificará al ICE, sea físico o vía correo electrónico, sobre la
necesidad de realizar cambios de diseño, por avances tecnológicos o que se
encuentren componentes descontinuados por parte del fabricante. Por lo que
además aportará un informe con las recomendaciones, así como el costo
involucrado.
7.5 De requerir prescindir en forma definitiva, los servicios ofrecidos bajo este
contrato, debido a deficiencias o mala ejecución por parte del contratista durante
el período contratado. El ICE se reserva el derecho a aplicar la sanción que
corresponda.
7.6 El ICE se reserva el derecho de solicitar la sustitución del personal asignado
para atender los servicios ofrecidos bajo este contrato. Esto a partir de que
infrinja alguna de las normativas internas adjuntas al cartel, para lo cual se
entregara la justificación por escrito al contratista, ya sea en físico o vía correo.
El Contratista estará en la obligación de sustituirlo inmediatamente, por lo que el
personal a reemplazar no podrá laborar en los equipos producto de este contrato
y se dará un plazo de dos días para el cambio del recurso.
7.7 El contratista está en la obligación de brindar durante la vigencia de este
contrato, el servicio de mantenimiento preventivo, atención de averías,
mantenimientos correctivos y/o emergencias, auditorías de seguridad, mapeo de
riesgos, informes de cumplimiento de gestión y seguimiento de actividades,
cobertura de responsabilidad civil, informes preventivos, correctivos y cubrir de
forma permanente rescates de personas atrapadas en eventuales emergencias.
7.8 El contratista llevará indicadores de rendimiento de cada uno de los elevadores
como: disponibilidad, tiempos medios de reparación y/o tiempos medios de
fallos.
• Disponibilidad Operacional (DO)
Fórmula: DO=Tiempo de operación real / Tiempo de operación planificado
×100
Objetivo: Medir qué tan disponible está un equipo para operar según lo
planificado.
• MTTR (Mean Time To Repair) – Tiempo Medio de Reparación
Fórmula: MTTR=Tiempo total de reparación / Número de fallas
Objetivo: Evaluar la eficiencia del equipo de mantenimiento al reparar fallas.
Importancia: Un MTTR bajo indica una respuesta rápida y efectiva ante fallas.
• MTBF (Mean Time Between Failures) – Tiempo Medio Entre Fallas
Fórmula: MTBF=Tiempo total de operación / Número de fallas
Objetivo: Medir la confiabilidad de los equipos.
Importancia: Un MTBF alto indica que el equipo falla con poca
El cual podría solicitarse en forma trimestral, y en forma general una vez al año en
cada uno de los equipos.
7.9 El presente contrato no origina relación laboral alguna entre el ICE y los
empleados del contratista y sus subcontratistas. Por tal motivo, corresponde al
contratista el pago de pólizas y en general respetar todos los derechos laborales
y disposiciones en materia de riesgos de trabajo que le corresponden al personal
a su cargo, debiendo cumplir en todos los casos como mínimo con las garantías
laborales consagradas en la legislación vigente, y mantenerlas al día durante la
ejecución del contrato.
7.10 La responsabilidad de los reclamos en materia de riesgos laborales que
realicen los trabajadores del contratista o sus subcontratistas con ocasión de la
ejecución del presente contrato será de exclusiva competencia del contratista.
7.11 Es deber ineludible del contratista cumplir y hacer cumplir a sus
subcontratistas estrictamente con las obligaciones laborales, prevención de
riesgos laborales y de seguridad social, siendo su inobservancia causal de
incumplimiento del contrato.
7.12 El contratista debe presentar un análisis de riesgos laborales y un plan de
salud ocupacional según los requisitos vigentes establecidos por el Ministerio de
Salud, en caso de que se omita el análisis y valoración de un riesgo laboral
determinado, este no exime de responsabilidad al contratista de tomar las
medidas de prevención requeridas. Dicho análisis de riesgos y plan de Salud
ocupacional debe ser elaborado por un personal competente en Salud
Ocupacional, con grado académico de Diplomado en Salud Ocupacional. El
mismo debe ser presentado como máximo 8 días hábiles de la notificación del
contrato en SICOP.
7.13 El contratista debe entregar para su validación al administrador del contrato
en un plazo máximo de 8 días hábiles de la notificación del contrato en SICOP,
toda la información solicitada en materia de Salud Ocupacional (Plan de Salud
Ocupacional, análisis de riesgos y demás requisitos cartelarios), los controles
operacionales que se incluyan, deben corresponder a las que se implementarán
durante la ejecución del contrato; la planificación de la prevención se realizará
de acuerdo con la naturaleza de las actividades detalladas en el cartel.
7.14 El contratista, previa aprobación del ICE y en estricto cumplimiento de la
normativa aplicable, deberá suscribir, mantener vigentes y al día durante toda la
ejecución contractual las pólizas que correspondan. Asimismo, deberá
presentarlas al Administrador del Contrato (AC) para su revisión y validación
antes del inicio de la prestación de los:
➢ Póliza de riesgos del trabajador que cubra a todo el personal que
realiza el servicio por un límite único combinado de 25 000 000 CRC
➢ Póliza de Responsabilidad Civil por un límite único combinado de
25 000 000 CRC
7.15 Las pólizas antes citadas deberán ser presentadas al administrador del
contrato 8 días hábiles antes del inicio de las labores.
7.16 La fijación de los limites mínimos anteriores no implica la limitación de la
responsabilidad del contratista, el ICE no asume responsabilidad por señalar
dichos montos y no reconocerá ningún pago adicional por el otorgamiento de
estos seguros.
7.17 El ICE se reserva la potestad de resolver el contrato, si alguna de las pólizas
solicitadas deja de tener efecto durante la ejecución del servicio.
7.18 El contratista deberá presentar el listado de la planilla que llevará a cabo los
servicios, con números de cédula o permisos de trabajo o documento de
residencia para los extranjeros el cual deberá estar al día.
7.19 El Contratista y su personal deben de conocer y cumplir con la normativa de
Salud e Higiene Ocupacional del ICE - Normativa Salud e Higiene), en caso de
omitir dicha normativa las actividades serán suspendidas por el supervisor,
administrador de contrato o personal ICE competente en materia de Salud e
Higiene Ocupacional debidamente identificado. El contratista deberá suministrar
a su personal cualquier medida necesaria para garantizar la seguridad del
personal asignado para realizar labores en el ICE.
7.20 El contratista y su personal deben de cumplir con lo indicado en los siguientes
anexos:
-Anexo N° 6: Reglamento General de Seguridad e Higiene de Trabajo.
- Anexo N° 7: Reglamento de protección de caídas en trabajo de altura ICE.
- Anexo N° 8: Control para ingreso y tránsito de personas en instalaciones
ICE.
- Anexo N° 9: Norma técnica para la compra y uso de equipo de protección
personal y elementos de seguridad ocupacional y salud.
- Anexo N° 10: Control para ingreso y tránsito de personas en instalaciones
ICE
- Anexo N° 11: Identificación, análisis y evaluación de riesgos laborales del
ICE.
7.21 El contratista deberá presentar un plan anual de mantenimiento preventivo,
con todas las partes y sistemas a intervenir, además de cuáles serán los
procedimientos y métodos a utilizar por cada visita, el mismo deberá ser
entregado al AC 5 días hábiles posteriores a la emisión del contrato.
7.22 El contratista presentará en formato digital, una lista del personal a cargo del
servicio, indicando la ocupación, nombre completo, número de cédula de
identidad o pasaporte, y fotografía de la persona, además el contratista deberá
informar oportunamente cualquier cambio en el personal designado, con el fin de
realizar las actualizaciones correspondientes cuando alguno de los
representantes autorizados deje de laborar para la empresa. Asimismo, deberá
mantener vigente esta información y renovarla anualmente, cuando
corresponda, a efectos de gestionar y otorgar los permisos de acceso requeridos
a nivel interno.
7.23 Los técnicos o ingenieros que ingresen para la atención del servicio deben
ser los mismos que aportaron los atestados en la oferta, cualquier cambio en
dicho personal debe coordinarse previo al ingreso y deben aportar los atestados
que demuestren que cumplen con los requisitos solicitados en el cartel.
7.24 El Contratista deberá devolver al personal ICE en cualquier circunstancia,
toda parte (componente, pieza, repuesto etc.) que sea sustituida al equipo
durante un mantenimiento correctivo, una vez sea retirada.
7.25 El Contratista se compromete a realizar cualquier trabajo que sea necesario
para los objetivos de este contrato, los cuales se realizaran acatando todas las
medidas de seguridad en el caso que amerite y ajustándose a la Norma técnica
para la compra y uso de equipo de protección personal ver Anexo N°9
7.26 Si el contratista o sus representantes cometen errores que ocasionen daños
durante la prestación de los servicios objeto de esta contratación, deberá
corregir, rectificar o reponer las partes, equipos, trabajos o información que
resultara perdida o dañada, asumiendo por completo el contratista los costos en
que deba incurrir, sin responsabilidad alguna para el ICE o cobro adicional con
respecto a ello.
7.27 Por aspectos de seguridad institucional, el personal técnico del contratista
debe portar su documentación de identificación visible, utilizar la vestimenta o
uniforme correspondiente, que lo acredite como funcionario de la empresa
adjudicada.
7.28 El contratista una vez finalizado cada uno de los trabajos producto de esta
contratación, deberá realizar la limpieza integral del área de trabajo utilizada,
retirando, recolectando y disponiendo adecuadamente todos los materiales,
productos, desechos y cualquier tipo de residuo generado como consecuencia
de la intervención efectuada. Asimismo, será responsable por el traslado y
eliminación de estos desechos ya sea dentro o fuera de las instalaciones según
corresponda. Además, el tratamiento de los desechos deberá ser de manera
responsable y en armonía con el ambiente. El inspector del ICE velará por que
esta solicitud se cumpla en todo momento.
7.29 El contratista cada 6 meses entregará al ICE un certificado que acredite la
disposición final ambientalmente adecuada de los materiales de desecho
recolectado durante la ejecución de los trabajos objeto de la presente
contratación. Este certificado deberá estar respaldado por algún Sistema
Internacional de Acreditación de la empresa para ese fin, como por ejemplo la
OSHA o cualquier otra compañía que esté generando estos reconocimientos a
nivel internacional, en caso de no contar con el punto anterior podrá presentar
un certificado de un profesional en Química firmado y refrendado ante el Colegio
de Químicos de Costa Rica el cual debe indicar la cantidad de kilogramos de
residuos que fueron tratados.
7.30 El contratista tendrá la obligación de realizar en su totalidad y bajo su entera
responsabilidad; el transporte del personal, equipos, herramientas, materiales e
insumos necesarios para los servicios solicitados bajo esta contratación.
7.31 El contratista deberá confeccionar y presentar, un cronograma con las fechas
de la(s) visita(s) de cada equipo solicitado, éste se enviará al Administrador de
contrato o al Supervisor asignado por parte del ICE, 8 días hábiles posteriores a
la emisión del contrato en SICOP, esto para aprobación previa del mismo y para
planificar los permisos y la supervisión correspondiente.
7.32 En el caso de utilizar sustancias o productos que sean tóxicos o peligrosos,
el contratista queda obligado a presentar las hojas de seguridad (MSDS) de
dichos productos, así como mantener los mismos con el etiquetado
correspondiente.
7.33 Adicionalmente, el ICE se reserva el derecho de verificar, en cualquier
momento durante la vigencia contractual, que el personal técnico asignado
cuente con las competencias requeridas y que los equipos, herramientas e
instrumentos utilizados cumplan con las condiciones establecidas para la
adecuada ejecución de los servicios.
7.34 El contratista deberá cumplir con los lineamientos establecidos en el
Programa País Carbono Neutralidad, la cual se detallan a continuación:
Requisito del Inventario de Huella de Carbono
➢ El contratista deberá identificar sus fuentes de emisión de Gases de Efecto
Invernadero de tipo directa durante el primer mes de la contratación, donde
se contemple al menos fuentes de consumo de combustible tanto de
vehículos como maquinaria, consumo de electricidad, consumo de
refrigerantes para aires acondicionados, generación de aguas residuales,
consumo de lubricantes, consumo de productos químicos que liberen o se
oxidan generando CO2 y otros que sean propias de las operaciones del
contratista que realiza para el ICE.
➢ Posteriormente y durante el transcurso del contrato (un año después de su
ejecución), deberá detallar un inventario de huella de carbono (en TonCO2e)
basado en la norma INTE/ISO 14064-1 o bien proporcionar la información
(en kg, litros, libras, entre otros) de los consumos de combustible tanto de
vehículos como maquinaria, consumo de electricidad, consumo de
refrigerantes para aires acondicionados, consumo de lubricantes, consumo
de productos químicos que liberen o se oxidan generando CO2 y otros que
sean propias de las operaciones del proveedor, según formato establecido.
Periodicidad y Plazo de Presentación
➢ El Inventario de Huella de Carbono deberá ser actualizado y presentado
anualmente durante la vigencia de todo el contrato. El primer informe deberá
ser entregado un año posterior a la adjudicación del contrato. La metodología
utilizada para el cálculo deberá ser detallada en el informe.
Capacitación y concienciación
➢ El contratista permitirá que su personal reciba formación en la medición,
reporte y gestión de la huella de carbono, por parte del ICE.
➢ Dado lo anterior, agradecemos mantenernos informados de la gestión que
realicen luego de analizar nuestra solicitud, para conocer en cuales carteles
estarían incluyendo las cláusulas mencionadas anteriormente.
7.35 Materiales y limpieza.
7.35.1 El contratista se compromete a utilizar líquidos, aceites, grasas, pulidores,
herramientas y otros materiales de buena calidad, aptos para el
mantenimiento y limpieza de los equipos adjudicados, no se aceptará
utilizar productos de uso casero o de dudosa procedencia, que acelere el
desgaste o pueda ocasionar daños a los componentes del equipo. Todos
los productos por utilizar deben estar debidamente etiquetados, también
deben tener en el sitio de la obra las hojas de seguridad (HDS). Todos
amigables con el ambiente, eco amigables y sostenibles.
7.35.2 En caso de daños por el uso de productos no adecuados o una mala
manipulación de estos, el ICE podrá exigir al contratista, la reposición de
los elementos o partes que fueran necesario reemplazar, sin que esto sea
contemplado como un cobro adicional a la institución; ni tampoco aplicaría
como un servicio correctivo aparte.
7.35.3 Todos los materiales que se requieran para el mantenimiento preventivo,
correctivo, como los consumibles para la limpieza, lubricación o para la
correcta pintura de elementos del equipo, serán aportados por parte del
contratista y estarán dentro del costo total del servicio de mantenimiento
ofrecido No aplica para este apartado el aceite Hidráulico ni el aceite
requerido para los “moto-reductores”, los cuales dependerán de un análisis
de laboratorio, frecuencia y recomendación del fabricante para su
reemplazo (para los casos que aplique este requerimiento).
7.35.4 Todos los materiales que se requieran para el mantenimiento preventivo,
correctivo, como los consumibles para la limpieza, lubricación o para la
correcta pintura de elementos del equipo, serán aportados por parte del
contratista y estarán dentro del costo total del servicio de mantenimiento
ofrecido No aplica para este apartado el aceite Hidráulico ni el aceite
requerido para los “moto-reductores”, los cuales dependerán de un análisis
de laboratorio, frecuencia y recomendación del fabricante para su
reemplazo (para los casos que aplique este requerimiento).
7.35.5 El contratista será el único responsable por el traslado y eliminación de los
desechos generados, trasladándolos al lugar asignado, dentro o fuera de
las instalaciones del ICE. De no ser realizado este punto a satisfacción, se
podrá incurrir al cobro de multas.
7.35.6 El contratista deberá implementar un plan de gestión ambiental para el
manejo, segregación, almacenamiento y disposición final de los residuos
generados durante el mantenimiento de los elevadores, tales como:
• Aceites y lubricantes usados
• Componentes eléctricos y electrónicos
• Baterías, tarjetas electrónicas y cables
• Empaques y materiales contaminantes
La disposición final deberá realizarse mediante gestores ambientales
autorizados por el Ministerio de Salud o entidades competentes, debiendo
presentar comprobantes de entrega y disposición cuando la
Administración lo solicite.
7.36 Prevención de riesgos.
7.36.1 Para evitar accidentes, el contratista debe realizar un mapeo de riesgos,
respetando todas las normas y reglamentos aplicables para la ejecución
segura del servicio, proceso o actividad. Utilizará equipos y herramientas
idóneos y en buen estado, que aseguren la buena ejecución de los trabajos
y no impliquen riesgo de lesiones al personal propio o a terceros. Todo esto
ajustándose al Reglamento General de Seguridad e Higiene de Trabajo (Ver
Anexo - Normativa de Salud e Higiene).Anexo N° 6
7.36.2 Durante cualquier trabajo que se realice y para los ascensores inscritos bajo
este contrato, el contratista deberá rotular el equipo a intervenir y de ser
necesario, demarcar el área de trabajo con letreros, cintas, conos, etc., a fin
de minimizar riesgos y prevenir accidentes. De esta manera advertir e
informar a las personas circundantes, sobre los trabajos en ejecución y
evitar inconvenientes a los que utilizan los servicios del sistema de tránsito
vertical.
7.36.3 Resultado del análisis del mapeo y seguimiento de riesgos, el contratista
deberá informar y mantener compañas de concientización en seguridad,
reforzando los aspectos identificados, a personal responsable de la
supervisión ICE y de la empresa adjudicada. Con una frecuencia semestral
e iniciando cuando se adjudique la contratación.
7.37 Imprevistos.
7.37.1 De requerir el contratista, variar alguna fecha establecida del cronograma
enviado, ya sea, por motivos de falta de personal, materiales, vehículo,
emergencias, etc., o si el servicio fue interrumpido y no pudo ser finalizado
en su totalidad; el contratista deberá en primera instancia, notificar vía
correo al administrador de contrato, Ingeniero residente o supervisor
designado por parte del ICE, en él deberá adjuntar la debida justificación
por la cual cambia la fecha o la razón del por qué cesaron los trabajos,
además debe solicitar y coordinar, la nueva visita para concluir lo pendiente,
de igual forma, se deberán seguir con los mismos requerimientos solicitados
bajo este contrato. En ninguna circunstancia, se podrá cobrar algún monto
adicional por la nueva visita o ser comprendida como una diferente.
7.37.2 En caso de reemplazo de partes o piezas, se deberán entregar al supervisor
designado por el ICE, en ausencia de éste por motivos de fuerza mayor, se
dejarán resguardados en un lugar seguro en sala máquinas o el designado
por el supervisor.
7.37.3 En caso de imprevistos por parte del ICE en que no se pueda realizar el
mantenimiento o fuerza mayor impostergable, este de igual manera se
deberá coordinar con el ingeniero residente, administrador de contracto o
supervisor asignado por el ICE, en el que deberá coordinar la fecha para la
ejecución de las actividades. En ninguna circunstancia, se podrá cobrar
algún monto adicional por la nueva visita o ser comprendida como una
diferente.
7.38 Garantía del servicio.
7.38.1 El contratista debe garantizar un óptimo funcionamiento de los equipos,
junto con sus sistemas mecánicos, electromecánicos, electrónicos, etc. El
ICE estudiará y considerará que se presenten como máximo tres averías al
mes por cada ascensor. De comprobar que son producto de omisiones que
se pudieron prever durante el mantenimiento preventivo, se iniciará al cobro
de multa. No aplicarán las fallas ocasionadas por circunstancias externas,
como corte de corriente, vandalismo, mala manipulación.
7.38.2 El contratista garantizará, que todo el personal técnico que brinde el servicio
estará capacitado, entrenado y certificado por el fabricante, en la marca y
modelo instalado objeto de esta contratación.
7.38.3 La garantía por cada servicio no podrá ser menor a treinta días naturales, a
partir de la fecha de recibido a entera satisfacción por parte del ICE.
7.38.4 El contratista deberá garantizar que todos los servicios de mantenimiento
se realizarán según los estándares y procedimientos establecidos para los
equipos y marca del fabricante.
7.39 Control de calidad
7.39.1 Se dispondrá de una semana posterior de la entrega formal de cada
servicio, para verificar que todos sus sistemas trabajen adecuadamente y
no presente dificultades técnicas. Dependiendo de las circunstancias y
posibles fallas que lo acrediten como un mal servicio, el ICE podrá solicitar
una nueva intervención para corregir el error de la ejecución, de negarse a
ello el contratista, se aplicará el cobro de multa.
7.39.2 El ICE revisará los componentes necesarios como el operador, motor,
regulador de velocidad, control, puertas de cabina y de piso, limpieza, etc., al
momento de la entrega formal por parte del contratista o de su representante,
verificando que todo funcione adecuadamente y a satisfacción, de no ser
aceptadas las condiciones del servicio, el contratista deberá realizar las
correcciones pertinentes sin costo adicional para el ICE, hasta que sean
aceptadas a conformidad.
7.39.3 Se revisará las puertas internas de cabina y externas de cada piso, las cuales
cierren y abran de forma suave, sin ruidos, sin movimientos bruscos, que no
queden atascadas o en posición inadecuada (deben quedar alineadas y
debidamente herméticas). Se realizarán pruebas de seguridad en todas las
puertas.
7.39.4 Se revisará el arranque, el viaje y la detención de la cabina, ya sea al subir o
bajar en todo su trayecto o en pisos intermedios si existen, para certificar que
el desplazamiento es confortable y sin movimientos bruscos.
7.39.5 Se revisarán estrictamente del equipo, las partes metálicas que requieran de
pintura y que estén debidamente cubiertas con el acabado requerido, que no
presenten irregularidades o una cantidad excesiva de material. Las cuales, a
insatisfacción del ICE, se deberán retocar para evitar el óxido.
7.39.6 Se revisará que los componentes del control en cabina no contengan indicios
de algún mal funcionamiento, que las partes no contengan daños como:
quemaduras, fogonazos, virutas de metal y chispas, que el cableado esté sin
cortes o sueltos, debidamente identificados y marcados, que todo
componente esté limpio de polvo o grasa. Que los dispositivos como
botoneras o sistemas de emergencia trabajen de forma adecuada, los
mismos deben ser probados por parte del contratista.
7.39.7 El contratista deberá estar anuente a que, en cualquier momento, el ICE
realice las inspecciones correspondientes, a fin de analizar y establecer la
calidad de los servicios prestados.
7.39.8 De ser necesario, el ICE se otorga el derecho de suspender o detener,
cualquier trabajo que no cumpla con las condiciones de este contrato, a lo
cual el contratista debe corregir de inmediato o reprogramar una nueva
visita de ser necesario.
7.40 VESTIMENTA Y EQUIPO DE SEGURIDAD
7.40.1 Todo acceso que se efectúe a cualquier edificio donde se encuentre un
ascensor inscrito bajo este contrato, el técnico deberá presentarse
debidamente identificado con el uniforme completo y con el carné que lo
acredite como empleado del contratista, no se permitirá en ninguna
circunstancia que ingrese con una vestimenta inadecuada como pantalones
cortos, pantaloneta, camiseta de tirantes o ropa informal, ni que labore en
esas condiciones.
7.40.2 El personal técnico deberá portar siempre y durante el tiempo que realice
trabajos producto de esta contratación, el equipo de seguridad personal
como, anteojos de protección, guantes, zapatos de seguridad, pantalón,
camisa, casco y arnés de seguridad, con sus complementos debidamente
certificados. De necesitar equipos para soldar, el técnico deberá utilizar todo
el aditamento para realizar dichas labores, como la máscara, guantes
especiales, delantal o traje de dos piezas, cobertores para los zapatos, etc.
Todo lo anterior acatando todas las medidas de seguridad en el caso que
amerite y ajustándose a la normativa para el uso de equipos de protección
personal del ICE (Ver Anexo - Norma técnica para la compra y uso de
equipo de protección personal). Anexo N°9
7.41 BITÁCORA.
7.41.1 El contratista se compromete a aportar una bitácora por cada equipo,
además de, anotar en ellas durante la ejecución y vigencia de este contrato,
cualquier falla producida, partes sustituidas y datos importantes; además de
todas las visitas que se realicen como, mantenimientos preventivos,
correctivos, atención de averías y llamadas de emergencia. Esta bitácora
se mantendrá en el panel principal o en un lugar accesible para verificar las
anotaciones aportadas y llevar un registro histórico del equipo.
7.42 INFORMACIÓN IMPORTANTE.
7.42.1 El contratista deberá mantener en su poder una base de datos, expediente
o ficha técnica del equipo, en ese registro se llevará un control de todos los
trabajos llevados a cabo durante cada visita de mantenimiento preventivo,
averías y/o servicios extraordinarios, como mínimo deberá indicar entre
otros datos:
a. Datos del Cliente.
b. Número de referencia o consecutivo.
c. Marca del equipo y modelo.
d. Número del equipo de ser necesario.
e. Descripción detallada de cada servicio que se le ha brindado.
f. Repuestos que se la han cambiado.
g. Técnico y ayudante que han atendido el equipo
h. Fechas de atención.
i. Observaciones del estado del equipo y recomendaciones.
7.42.2 Este expediente o ficha técnica, podrá ser solicitada en forma ocasional o
en el momento que se considere necesario, con un preaviso escrito de
quince días hábiles y por parte del Ingeniero Residente o del supervisor
asignado por el ICE. Por lo que su actualización deberá ser constante, de
acuerdo con las visitas y los servicios que se brindaron a cada equipo.
tomando los indicadores que se utilizaran para el rendimiento de cada uno
de los elevadores como: disponibilidad, tiempos medios de reparacion y/o tiempos medios de fallos.
- Forma de pago
8.1 El ICE realizará el pago una vez recibido a satisfaccion el servicio por mes vencido, contra el informe del mantenimiento avalado por la persona designada.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado, según lo especificado, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de multa la suma de 0.6 %, por cada día natural del valor total adjudicado de la parte incumplida. El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25% del valor total adjudicado. La aplicación de esta cláusula es conforme al artículo Nº 41 del Reglamento a la Ley Nº 8660. El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y a las facturas pendientes de pago. Se hará acreedor de cobro por concepto de multa, el contratista que incurra en los siguientes supuestos: Condiciones Generales. a) Lo establecido en el numeral 7.7 (obligaciones del servicio) b) Lo establecido en el numeral 7.28 (obligaciones del servicio) c) Lo establecido en el numeral 7.36.2 (prevención en los trabajos) d) Lo establecido en el numeral 7.40.2 (equipo de seguridad) Condiciones Específicas. a) Lo establecido en los numerales 2.2 b) Lo establecido en los numerales 3.1 c) Lo establecido en los numerales 3.2 d) Lo establecido en los numerales 4.2 e) Lo establecido en los numerales del 4.2.1 al 4.2.14 (obligaciones del servicio) f) Lo establecido en los numerales 5.8.3 g) Lo establecido en los numerales 7.1.7 inciso i, ii, iii, iv y v El administrador de contrato no gestionará el cobro de multa y/o cláusula penal, únicamente en el caso de que el incumplimiento del CONTRATISTA obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas y se haya seguido lo establecido en los artículos 176 y 177 el reglamento al Título II de la Ley 8660. En caso de que por causas ajenas al contratista o bien imputables a la Administración, éste no pueda realizar en el plazo estipulado la entrega del objeto pactado o bien el inicio del servicio contratado, podrá solicitar prórroga dentro de los diez días hábiles siguientes al conocimiento del hecho que provoca la solicitud de prórroga, aportando para ello la prueba en la que se sustenta, la cual deberá ser analizada por la Administración. Lo anterior de conformidad con lo que establece los artículos 41,42 y 43 del Reglamento a la Ley 8660 y demás legislación aplicable.
Cláusula penal. En caso de atraso en la entrega de la obra, suministro o la prestación del servicio se cobrará un 0,6 % por concepto de clausula penal por cada día natural de atraso, según lo establecido en el artículo 43 del Reglamento a la Ley 8660. (Ver Anexo 13 Estimación Clausula Penal)
Documentos del cartel15
- Anexo 14 Cláusula reajuste-revisión de precios bienes y serviciosDOCX · 51 KB
- Anexo 13 Estimacion Clausula PenalDOCX · 41 KB
- Anexo 12 Declaraciones juradasPDF · 143 KB
- Anexo 11 Identificación, análisis y evaluación de riesgos laborales del ICEPDF · 420 KB
- Anexo 10 Control para ingreso y tránsito de personas en instalaciones ICEPDF · 420 KB
- Anexo 9 Norma técnica para la compra y uso de equipo de protección personalPDF · 328 KB
- Anexo 8 Control para ingreso y tránsito de personas en instalaciones ICEPDF · 420 KB
- Anexo 7 Reglamento de protección de caídas en trabajo de altura ICEPDF · 389 KB
- Anexo 6 Reglamento General de Seguridad e Higiene de TrabajoPDF · 143 KB
- Anexo 5. Política Corporativa para Prevención de la Corrup y Gestión de Confli de IntPDF · 389 KB
- Anexo 4 Formato Presupuesto detalladoXLSX · 20 KB
- Anexo 3 Formato Estructura de PreciosDOCX · 133 KB
- Anexo 2 Metodologia de ejecucion trabajos correctivosDOCX · 389 KB
- Anexo 1 Metodologia de ejecucion trabajos preventivosDOCX · 420 KB
- Tabla de Consumo Estimada año 2026-2027XLSX · 31 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Sergio Zuñiga Masis
DSG Gestión Adquisición Bienes y Servicios
Sergio Zuñiga Masis
DSG Gestión Adquisición Bienes y Servicios
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 04:59. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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