2026LD-000021-0002100003 · SICOP 20260800728
COMPRA DE EQUIPO DE LACTEOS PARA INDUSTRIA ALIMENTARIA
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje publicó esta compra con un presupuesto de ₡2,5 millones, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 18/08/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡2,5 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Suma de las ofertas más bajas
—
Fechas clave
- Se publicó11/08/2026 13:48 · hace 2 meses
- Límite para 12/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Límite para 13/08/2026 23:59 · hace 59 días
- Cierre de ofertas18/08/2026 07:30 · hace 54 días
- de ofertas18/08/2026 08:30 · hace 54 días
- publicado25/08/2026 11:21 · hace 47 días
- Adjudicación 28/08/2026 10:51 · hace 44 días
Quién ganó cada loteen firme 28/08/2026
- L1Adjudicatario no indicado en el acto finalDescremadora, Separación de la Grasa de la Leche, Depósito Superior, Canoas de Salida para Crema y Leche, Acero Inoxidable, Permitiendo Ajustar el Tornillo para Obtener Diferentes Porcentajes de Grasa en la Crema, Requerimiento Eléctrico 115 V, 60 Hz, 150 W, Capacidad Máxima 130 L/h, Depósito Superior con Capacidad para 10 L de Leche, Tamaño 38 Cm X 38 Cm X 54 Cm, Peso 5,5 Kg
- L2Adjudicatario no indicado en el acto finalIncubador Tipo Mini, Voltaje 110 - 240 V, Frecuencia 50/60 Hz, Temperatura Funcionamiento 40°c (± 2 °c), Temporizador 1: 0 - 5 Min , Temporizador 2: 0 - 15 Min, Potencia Max 20 W, Contiene 16 Pocillos, para Detección de Antibióticos y Residuos de Aflatoxinas en Leche
Informe de recomendación de Silvia Isabel Obando Fonseca, 18/08/2026
Contexto
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡20 672,1 millones en 664 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas · 2 lotes
- L1Descremadora, Separación de la Grasa de la Leche, Depósito Superior, Canoas de Salida para Crema y Leche, Acero Inoxidable, Permitiendo Ajustar el Tornillo para Obtener Diferentes Porcentajes de Grasa en la Crema, Requerimiento Eléctrico 115 V, 60 Hz, 150 W, Capacidad Máxima 130 L/h, Depósito Superior con Capacidad para 10 L de Leche, Tamaño 38 Cm X 38 Cm X 54 Cm, Peso 5,5 Kg2 c/u · ₡2 447 022,002 c/u₡2 447 022,00
- L2Incubador Tipo Mini, Voltaje 110 - 240 V, Frecuencia 50/60 Hz, Temperatura Funcionamiento 40°c (± 2 °c), Temporizador 1: 0 - 5 Min , Temporizador 2: 0 - 15 Min, Potencia Max 20 W, Contiene 16 Pocillos, para Detección de Antibióticos y Residuos de Aflatoxinas en Leche1 c/u · ₡77 970,001 c/u₡77 970,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡2,1 millones – ₡2,4 millones
- Lote 2₡66 275 – ₡77 970
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : permitido
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Requisitos mínimos de admisibilidad.
2.11.1
Marca y modelo.
El oferente obligatoriamente deberá indicar la marca y modelo del bien ofrecido.
2.11.2
Experiencia de la empresa.
Podrán participar en este concurso todas aquellas empresas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de tres (03) años de experiencia con anterioridad a la fecha de apertura del presente concurso, en el mercado nacional o internacional en la venta de bienes iguales o similares al solicitado en este concurso.
Para evidenciar la experiencia antes mencionada, el oferente debe detallar en la siguiente tabla, información de mínimo tres (03) bienes vendidos, durante los años 2023, 2024 y 2025.
(debe presentar 1 evidencia por cada año solicitado), esto en atención al artículo 94 del RLGCP.
Para demostrar lo anterior, el oferente deberá adjuntar al menos alguna de las siguientes
evidencias: facturas timbradas, órdenes de compra, carta o nota de la empresa o Institución, correspondiente a cada una de las referencias de experiencia aportadas y donde se evidencie que fue positiva. En caso de ser contratos obtenidos por medio de SICOP, se le solicita indicar el número de trámite.
El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar y verificar la información presentada por el oferente.
En el caso de ser empresa extranjera la experiencia se verificará mediante los siguientes medios:
•
Copias y/o originales de actas de recepción definitiva a satisfacción o de terminación del contrato u obra, de donde haya realizado la ejecución.
•
Copias y/o originales de Contratos suscritos recibidos a satisfacción.
•
Traducción oficial cuando esté en idioma distinto
La experiencia que se acredite, la Administración la aceptará en el tanto haya sido positiva, entendida ésta, como los bienes, obras o servicios recibidos a entera satisfacción, según lo indicado en el Artículo 94 del Reglamento a la Ley de Compras Públicas.
Nota: De conformidad con lo establecido en el presente pliego de condiciones y en apego al artículo 94 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la experiencia que será objeto de valoración deberá corresponder exclusivamente a la persona jurídica que figure formalmente como oferente dentro del sistema SICOP. En consecuencia, no se considerará válida la experiencia aportada por casas matrices, sucursales, subsidiarias u otras entidades vinculadas que no participen directamente como oferentes en el presente procedimiento. No obstante, en aquellos casos en que se requiera integrar capacidades técnicas y experiencia adicional, los interesados podrán recurrir a la figura del consorcio, conforme a la normativa vigente, de manera que la experiencia de las empresas consorciadas sí pueda ser considerada para efectos de acreditación, siempre que estas formen parte formal de la oferta presentada.
2.11.3
Garantía de fabricación.
La garantía de fabricación es aquella mediante la cual el proveedor / fabricante garantiza sus productos contra defectos de materiales, procesos de fabricación y estándares de calidad o dispositivos utilizados en la fabricación, entre otros elementos propios del proceso de manufactura, siempre y cuando el uso de los bienes haya sido el correcto acatando todos los procedimientos y normas técnicas descritas por el fabricante. Es el compromiso que asume el fabricante de sustituir partes únicamente por daños de fabricación que sufra el bien o sus componentes.
Esta garantía deberá tener una vigencia mínima a doce (12) meses para ambos equipos y deberá ser cubierta en el sitio donde se encuentre ubicado el bien o en su defecto en las instalaciones del proveedor previa coordinación y autorización del INA.
Esta garantía empieza a regir una vez recibido a satisfacción el bien respectivo
Nota: El contratista deberá presentar certificado de la garantía que ofrezca para el bien al momento de entregarlos en el sitio que el INA indique como lugar de entrega.
2.11.4
Garantía de repuestos y mantenimiento.
La garantía de repuestos es aquella mediante la cual el proveedor/fabricante garantiza que mantendrá dentro de sus existencias, los repuestos necesarios para la reposición de algún componente que hayan sufrido daños o desgastes propios del uso de los bienes. Mientras que la garantía de mantenimiento se refiere a la disposición de la empresa a ofrecer el servicio de reparación de los bienes cuando estos por algún motivo requieran del mantenimiento correctivo o preventivo.
Deberá garantizarse la existencia de repuestos, así como garantizar que la empresa estará en capacidad de ofrecer el mantenimiento de los bienes en el momento en que estos sufran un desperfecto, por un período no menor a veinticuatro (24) meses para ambos equipos.
Para efectos de la garantía de mantenimiento, deberá ofrecerse una cobertura mínima de veinticuatro (24) meses para ambos equipos. Asimismo, se deberá programar una (1) visita anual de mantenimiento, previa coordinación con la persona encargada del Centro Ejecutor. Coordinar con Lic. Henry Castro Castro, Encargado del Centro de Industria Alimenticia.
Esta garantía empieza a regir después del recibo a satisfacción el equipo respectivo.
Nota:
El Contratista deberá presentar certificado de la garantía que ofrezca para el bien al momento de entregarlos en el sitio que el INA indique como lugar de entrega.
2.11.5
Capacitación.
El oferente deberá considerar en su oferta todo lo relacionado con la capacitación del bien en el plazo de entrega, según requerimientos del INA. La administración no pagará ningún costo adicional por este aspecto, el oferente deberá estimar en forma adecuada la extensión de las labores a realizar con fin impartir la capacitación requerida por el INA
El oferente deberá darse por enterado de la instalación del bien según la línea a cotizar, y que se detallan en el cuadro siguiente:
Tabla 2. Información de Capacitación Asociada a la Partida N.º 2
PARTIDA N.2
CANTIDAD PERSONAS A CAPACITAR
CANTIDAD DE HORAS
LUGAR DE CAPACITACIÓN
CONTACTO
INCUBADOR MINI PARA DETECCIÓN DE ANTIBIÓTICOS EN LECHE PARA USO DIDÁCTICO.
2
2 horas
Centro Desarrollo Tecnológico
Industria Alimentaria, Alajuela, Alajuela, San José. Barrio la Playwood, 2 km al oeste de Coopemontecillos
Henry Castro Castro
Tel: 2106-2701
HCastroCastro@ina.ac.cr
Esteban Murillo Viera
Tel: 2106-2600
HCastroCastro@ina.ac.cr
2.11.6
Taller de servicio.
Para efectos de respaldar la garantía de fabricación y garantía de funcionamiento de los bienes cotizados, el oferente deberá contar con un taller de servicio para brindar el mantenimiento o reparación de los bienes, el cual puede ser propio, amparado a un convenio o a un acuerdo.
En caso de ser propio adjuntar una declaración jurada del representante legal, copia vigente del Permiso Sanitario de Funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud y de la Patente Municipal (licencia comercial) que autorice el ejercicio de la actividad.
En caso de ser convenio o un acuerdo se deberá adjuntar copia certificada ya sea del contrato, del convenio o de un documento de aceptación emitido por parte del representante legal o dueño del taller en el que manifieste su conformidad y compromiso de brindar el
servicio de mantenimiento, además de copia vigente del Permiso Sanitario de Funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud y de la Patente Municipal (licencia comercial) que autorice el ejercicio de la actividad.
Los talleres deben estar capacitados física y técnicamente para realizar la reparación del bien ofertado, contando así con las herramientas convencionales, especiales y equipos de diagnóstico acorde al bien ofertado.
Si el oferente propone un taller bajo convenio, deben presentar certificación de que como mínimo tienen 1 año de experiencia en el mantenimiento y reparación de las marcas y modelos ofrecidos en la presente contratación.
Nota: El INA se reserva el derecho de inspeccionar el taller cuando lo considere oportuno y conveniente, por lo tanto, se deberá indicar dirección y número de teléfono del taller.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
EJECUCIÓN CONTRACTUAL
4.1 Requisitos para el adjudicatario y contratista.
4.1.1 Otras obligaciones del contratista.
Es un deber ineludible de las empresas contratantes cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo. La Administración se reserva la potestad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones en cualquier momento. Así mismo esta cláusula será considerada contenido esencial del contrato, y cualquier falta a la misma implicará incumplimiento contractual, en cuyo caso, podrá la Administración dar por terminado el contrato, según lo dispuesto por las normas que regulan la materia.
4.1.2 Sustitución de personal.
El contratista, respetará el perfil mínimo del personal indicado en la oferta durante la ejecución del contrato, sólo en casos excepcionales, con la debida justificación y los comprobantes que acrediten las circunstancias por las que amerita el cambio, la Administración podrá autorizar la sustitución de algún miembro del personal propuesto, siempre y cuando sea por una persona que reúna los requisitos de la persona a sustituir o superiores. En todo caso, la empresa adjudicataria someterá a consideración a la Unidad Técnica, el nombre y características profesionales de la persona sustituta para el aval respectivo.” En caso de que se autorice la sustitución, el contratista debe comprometerse a incorporar inmediatamente al personal sustituto en la Póliza de Riesgos de Trabajo y presentar una fotocopia al Encargado del Servicio.
Adicionalmente, es potestad del INA solicitar la sustitución del personal ofertado por el contratista cuando el servicio brindado no cumpla con las necesidades de la contratación. Para realizar la sustitución, el contratista dispone de 5 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de realizada la notificación. Deberá respetarse el mismo perfil del personal que sustituye o superior. En todo caso, el contratista someterá a consideración del Unidad Técnica
4.1.3 Transporte, descarga e instalación de los bienes.
El contratista será plenamente responsable del transporte, descarga, movilización interna y ubicación final de los bienes objeto de la contratación, desde el punto de origen hasta el lugar exacto donde deban quedar instalados o dispuestos, según lo indicado por la Administración.
La descarga de los bienes, así como su traslado dentro de las instalaciones del Instituto Nacional de Aprendizaje deberá ser realizada exclusivamente por el contratista, utilizando el personal, herramientas, equipo y medidas de seguridad necesarias para garantizar la integridad de los bienes y de las instalaciones.
El INA no asumirá responsabilidad alguna por daños, pérdidas, deterioros, accidentes o cualquier otra situación que se produzca durante el transporte, descarga, movilización interna o colocación de los bienes, siendo estos riesgos asumidos en su totalidad por el contratista hasta la entrega final y aceptación conforme por parte del INA.
4.1.4 Seguridad y equipo de protección del personal del contratista.
El contratista deberá garantizar que todo el personal técnico, operativo o auxiliar que asigne para la ejecución del objeto contractual cuente y utilice en todo momento el equipo de protección personal básico, conforme a la normativa vigente en materia de salud ocupacional, seguridad laboral y prevención de riesgos.
Dicho equipo deberá ser suministrado, mantenido y supervisado exclusivamente por el contratista, quien asumirá la total responsabilidad por el cumplimiento de estas disposiciones, así como por cualquier accidente, daño, lesión o incidente que pudiera ocurrir como consecuencia del incumplimiento de las medidas de seguridad.
El Instituto Nacional de Aprendizaje no asumirá responsabilidad alguna por situaciones derivadas del uso inadecuado, falta o ausencia del equipo de protección personal del personal del contratista, siendo esta obligación indelegable y de estricto cumplimiento durante toda la vigencia del contrato.
4.1.5 Retiro y disposición de residuos generados.
El contratista será responsable de la recolección, retiro y adecuada disposición final de todos los residuos, desechos o materiales sobrantes que se generen como resultado de la ejecución del objeto contractual, incluyendo, sin limitarse a ello, cajas, embalajes, estereofón, plásticos, maderas, restos de empaques y cualquier otro material residual.
Dichos residuos deberán ser retirados de las instalaciones del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) de forma inmediata o dentro del plazo que indique la Administración, dejando las áreas intervenidas limpias, ordenadas y en condiciones adecuadas de uso.
La disposición final de los residuos deberá realizarse conforme a la normativa ambiental vigente, siendo esta obligación de entera y exclusiva responsabilidad del contratista, sin que el INA asuma responsabilidad alguna por la gestión, transporte o disposición de los desechos generados.
4.2 Cláusulas penales y de multas.
4.2.1 Clausula penal.
El atraso en la entrega de los bienes dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP.
Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente.
En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa.
El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones.
4.2.2Multas por la presentación de recursos temerarios.
Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
4.3 Plazos y lugares de entrega del objeto contractual.
4.3.1 Lugar de entrega: Centro Desarrollo Tecnológico Industria Alimentaria, Alajuela. Barrio la Playwood, 2 km al oeste de Coopemontecillos. Horario de 7:30 a 2:30 pm de lunes a viernes.
4.3.2 Plazo de entrega.
El plazo máximo de entrega es de cuarenta y cinco (45) días hábiles. Sin embargo, el oferente puede ofrecer un plazo de entrega menor, el cual deberá indicar de manera clara en su oferta.
Notas:
▪El plazo de entrega debe especificarse en días hábiles. En caso contrario se calcularán dividiendo la cantidad de días naturales entre 1.4.
▪ Las ofertas que consignen un plazo de entrega “Inmediato”, se considerarán ejecutables en un (1) día hábil.
▪ No se aceptarán entregas de líneas incompletas de un contrato (entregas parciales), salvo aprobación de la Administración.
Inicio del plazo de entrega: rige a partir del día hábil siguiente de que el INA le notifica al contratista el contrato en el SICOP.
Recordatorio a la entrega de los bienes: Es importante indicarles a los oferentes, que en aquellos casos en que la entrega de los bienes adjudicados deba condicionarse, suspenderse o rechazarse total o parcialmente debido a incumplimientos en las especificaciones técnicas ofertadas por el contratista, dicho condicionamiento no interrumpirá ni suspenderá el plazo de entrega originalmente establecido, el cual continuará corriendo en forma ininterrumpida.
En consecuencia, el eventual atraso derivado de tales incumplimientos será imputable exclusivamente al contratista y podrá constituir causal para la aplicación de la cláusula penal correspondiente, sin perjuicio de las demás acciones administrativas y legales que correspondan conforme al pliego y la normativa vigente.
4.4 Plazos y lugares de entrega del objeto contractual.
Debe entenderse que el recibo a satisfacción inclúyela aceptación por parte de la Unidad Técnica encargada del estudio Técnico.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
2. CONDICIONES GENERALES
2.1 Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
2.2 Términos de pago.
El INA cancelará las facturas dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del bien a satisfacción, previo visto bueno, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte del Proceso de Almacén de la Unidad Regional Central Occidental, del INA, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo fact.almacen003@ina.ac.cr al Proceso de Almacén de la Unidad Regional Central Occidental.
2.3 Será necesario indicar en su oferta el nombre del representante o distribuidor en nuestro país que rendirá en Costa Rica las garantías de fabricación, repuestos y mantenimiento, siendo la responsabilidad solidaria entre la empresa fabricante o extranjera que rinde la garantía y la empresa nacional que se encarga de ejecutarla o cumplirla.
2.4 Porcentaje de subcontratación.
El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta respectiva. Además, se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
2.5 Sobre aplicación del IVA.
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, cuando aplique. Se indica que el INA no se encuentra exonerado.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes, servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
2.6 Desglose de tributos.
Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP. Caso contrario se indique que el bien o servicio es exonerado por Ley.
2.7 Oferta económica.
En la oferta económica el oferente para las partidas indicadas en este pliego de condiciones deberá desglosar el precio de los bienes y accesorios de cada partida, el costo de la instalación y el costo de la capacitación, según los requerimientos del I.N.A. y de acuerdo con lo que requiere cada partida. La administración no pagará ningún costo adicional al indicado para estos aspectos en la oferta y para efectos de comparación de precios, tales rubros deberán estar incluidos en el precio unitario cotizado del bien.
Notas:
▪En atención al artículo 123 del RLGCP el oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés. No se admitirá la cotización parcial de una línea.
▪En atención al artículo 98 del RLGCP El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
2.8Adjudicación parcial.
Acorde con el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
Cuando una partida esté compuesta por varias líneas y se solicita la adjudicación de esa partida a
un solo oferente y en caso de no cumplir el oferente mejor calificado con la totalidad de las líneas, el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva el derecho de adjudicar parcialmente la partida a los otros oferentes, por calificación.
2.9Información técnica.
Literatura, catálogos o información técnica (brochures), del bien, de la marca y el modelo ofrecido, deben presentarse de manera obligatoria, coincidente con el bien ofertado, esto con la finalidad de
minimizar las eventuales prevenciones que se deben realizar en el análisis técnico de las ofertas por las diferencias entre el bien ofertado y la literatura suministrada.
Dicha información deberá contener un detalle completo de todas las especificaciones técnicas del bien ofrecido en idioma español.
Deberá de acatarse lo indicado en el artículo 118 del RLGCP.
2.10 Modalidad para presentar ofertas.
Las ofertas deberán ser presentadas en modalidad de plaza: Mercaderías ya nacionalizadas en bodegas del oferente.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. El atraso en la entrega de los bienes dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa.
Documentos del cartel1
- CONDICIONES GENERALESPDF · 287 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Gerzen Mauricio Zamora Vargas
Centro de Formación Valverde Vega
Jessica Maria Gamboa Calderon
Núcleo Industria Alimentaria
Erika Gonzalez Mendez
Núcleo Sector Industria Alimentaria, Proceso Gestión Administrativa
Cesar Alejandro Duran Morales
Núcleo Industria Alimentaria
Silvia Isabel Obando Fonseca
Encargado del concurso · Proceso de Adquisiciones Unidad Regional Central Occidental
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 15:43. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamismo producto · 04/08/2026
Equipo para Trituracion, Mezcla y Agitación en Laboratorio
Universidad de Costa Rica · 6 oferentes
Adjudicada por ₡18,5 M a Tecnologia Aplicada Internacional y 1 más
Adjudicadamisma institución y categoría · 22/09/2026
Equipo de Mecánica para Vehículos Automotores
Instituto Nacional de Aprendizaje · 2 oferentes
Adjudicada por ₡52,5 M a Capris y 2 más
Adjudicadamisma institución y categoría · 17/09/2026
Utensilios y Materiales para Procesamiento de Alimentos
Instituto Nacional de Aprendizaje · 2 oferentes
Adjudicada por ₡223 977 a Comercializadora Tica la Union
Adjudicadamisma institución y categoría · 16/09/2026
Reactivos y Medios de Cultivo para Laboratorio
Instituto Nacional de Aprendizaje · 2 oferentes
Adjudicada por ₡1 M a Advance Laboratorios y 3 más
Adjudicadamisma institución y categoría · 14/09/2026
Instituto Nacional de Aprendizaje · 5 oferentes
Adjudicada a Trauma Store
Adjudicadamisma institución y categoría · 11/09/2026
Instituto Nacional de Aprendizaje · 1 oferente
Adjudicada por ₡994 616 a HTS de Centroamerica