2026LD-000049-0016900162 · SICOP 20260800929
Suscripción anual a licencias STATA M/P2 ACADÉMICA para el Programa Estado de la Nación
Consejo Nacional de Rectores
Consejo Nacional de Rectores publicó esta compra con un presupuesto de ₡1,8 millones, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 14/08/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡1,8 millones
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó10/08/2026 12:10 · hace 2 meses
- Límite para 11/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Límite para 12/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas14/08/2026 10:00 · hace 59 días
- de ofertas14/08/2026 10:00 · hace 59 días
- publicado17/08/2026 20:41 · hace 56 días
- Adjudicación 21/08/2026 10:49 · hace 52 días
Quién ganóen firme 21/08/2026
- Adjudicatario no indicado en el acto final
Informe de recomendación de Katherine Arias Chacón, 17/08/2026
Contexto
- Consejo Nacional de Rectores adjudicó ₡787,2 millones en 99 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Licencia de Software Estadístico Stata, Version Actual, Vigencia Anual, Medio de Licencia Online1 c/u · ₡1 780 410,001 c/u₡1 780 410,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡1,5 millones – ₡1,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 12 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
3. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
3.1. Forma de cotizar. El oferente debe cotizar el precio unitario y total según las especificaciones establecidas en el punto 2. El precio debe incluir el impuesto al valor agregado IVA en su tarifa reducida de un 2% (artículo 11 numeral 2d Ley 9635). Debe presentar el desglose del precio e impuesto. El precio debe ser firme y definitivo. Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local.
3.2. El oferente debe presentar el desglose del precio tanto en valores absolutos como porcentuales ajustándose a la estructura que se detalla en el siguiente cuadro:
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Concepto |
Valor Absoluto |
Valor Porcentual |
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Costos Directos |
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Mano de obra: |
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Insumos: |
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Subcontratos: * |
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Costos Indirectos |
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Mano de obra: |
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Insumos: |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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Total precio cotizado (antes de IVA)*** |
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100% |
* Cuando aplique, en dicho caso debe estar indicado en el formulario de oferta en SICOP.
** El porcentaje correspondiente al IVA no forma parte del desglose porcentual del precio.
De conformidad con el artículo 8 del Reglamento de Reajuste de Precios en Contratos de Obra Pública y Revisión de Precios en Contratos de Bienes y Servicios N° 44937-H-MICIT-MIDEPLAN, el oferente debe aportar en la oferta la información de todos los índices de precios oficiales, sean específicos o similares, de los costos directos e indirectos de la estructura del precio, los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir. Cuando no exista un índice de precios, especifico oficial o uno similar, el oferente deberá advertirlo así en su oferta, y se podrá aplicar el método analítico documental.
En aquellos casos en que no exista un índice de precios del costo directo, debido a que dicho costo fue ofertado en una moneda distinta a la unidad monetaria legalmente establecida en el país de origen del citado costo, ello por motivos de exigencias del proveedor del insumo o servicio, el oferente deberá aportar en la oferta, la prueba pertinente y suficiente que acredite tal exigencia.
Cuando no exista un índice de precios oficial, específico o similar, que represente las variaciones de un determinado costo indirecto, el oferente deberá advertirlo así en su oferta y se podrá proponer como índice general el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del país de origen del costo.
3.3. La oferta debe presentar la literatura técnica descriptiva, completa y detallada del producto ofertado, en donde se exprese en forma clara y amplia cada una de las características técnicas. La literatura técnica puede presentarse preferiblemente en idioma español, o en inglés.
3.4. El oferente debe indicar el plazo de entrega en días hábiles, el plazo de entrega no puede ser superior a tres días hábiles, el cual se tendrá por iniciado al día siguiente hábil a la notificación del contrato en SICOP.
3.5. El oferente debe aportar la documentación que permita demostrar que Partner o proveedor autorizado para la marca ofertada. Para lo cual deberá demostrarlo con carta directa del fabricante. No se aceptarán cartas de distribuidores mayoristas.
3.6. El oferente debe tener experiencia de al menos 2 años en territorio nacional de las licencias de las soluciones de software requeridas en el punto 2 del pliego, dicha experiencia debe acreditarla mediante declaración jurada.
3.7. Experiencia Específica. El oferente debe contar con al menos tres contratos similares al objeto contractual, entiéndase por similar: Suscripción de licencias STATA, realizados a partir del 2020, para lo cual debe aportar cartas de experiencia de contratos que cumplan con lo indicado. La carta debe estar firmada por el administrador del contrato o el cliente receptor del servicio, debe indicar al menos la siguiente información:
- Nombre de la institución o empresa donde brindó el servicio
- Descripción del servicio brindado
- Fecha de ejecución
- Nombre del contacto
- Teléfono del contacto (debe ser el número directo)
- Correo electrónico del contacto
Las cartas deben hacer referencia al oferente tal y como este hace constar su nombre en la oferta, no se aceptarán cartas que hagan referencia a terceros. Dichos trabajos deben ser aquella experiencia positiva donde se cumpla a satisfacción las necesidades de los distintos clientes. El Conare se reserva el derecho de verificar la veracidad y autenticidad de la información contenida en las cartas, para determinar si toma como experiencia positiva, esto es parte del estudio técnico, para lo cual podrá hacer consultas a los números de teléfono o por correo electrónico consignados en la carta, si la información no puede ser confirmada con la información suministrada o exista contradicciones, no se considerará dicho contrato para acreditar experiencia específica, de llegarse a determinar la existencia de información falsa descalificará al oferente.
3.8. El oferente deberá contar con al menos 2 técnicos certificados por la marca de la solución ofertada. Debe aportar el curriculum vitae y los certificados respectivos y vigentes. No se aceptarán certificaciones incompletas.
3.9. La vigencia de la oferta debe ser mínimo de 12 días hábiles a partir de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
2. OBJETO DEL CONCURSO
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Línea |
Cantidad |
Descripción |
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1 |
4 |
Suscripción anual a Licencias Stata V.19 - MP2 Core, licencia académica, para 4 Usuarios, portal x Next-Gen VP, entrega electrónica de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas: · Instalación mediante Portal Interactivo NextGen que permite: - Administración del licenciamiento del software. - Distribución centralizada de licencias. - Notificación de renovación de licenciamiento y comunicaciones a usuarios. - Métricas de implementación. · Apoyo a la implementación mediante: - Curso asincrónico Gestión y análisis de datos con apoyo de Stata. - Taller asincrónico Introducción a Stata: Importación, exploración y visualización de datos. - Gestión de programación en lenguaje MATA. - Soporte técnico Premium en español durante la vigencia de la licencia. - Capacidad de instalación de código externo generado por la comunidad para implementaciones específicas. - Acceso a contenido Premium NextGen relacionado con el uso y aplicaciones de la herramienta. 2.1 Capacidades del software· Límite de datos
- Número de variables: 120.000 - Número máximo de observaciones: hasta 20 mil millones - Variables independientes en un modelo: 65.532 - Memoria mínima: 4 GB - Espacio en disco: 4 GB · Rendimiento
· Otras características - Módulo de Machine Learning Mediante H2O: árboles de decisión de ensamble (gradient boosting machine y random forest) para regresión y clasificación. - Procesos de tratamiento de datos y cálculos promedio condicionales (CATE) para análisis causal individualizado y por grupos. - Efectos fijos de alta dimensión (HDFE) en modelos lineales, de efectos fijos y de variables instrumentales, con ganancias notables de velocidad. - Selección bayesiana de variables, regresiones bayesianas y bootstrap bayesiano. - Modelos VAR de datos de panel, modelos de efectos aleatorios correlacionados (CRE) y prueba de especificación de Mundlak. - Editor de do-files (autocompletado, plantillas, panel navegador, plegado de código) y a gráficas y tablas (mapas de calor, barras con intervalos de confianza, exportación en un solo comando). - Interfaz disponible en español, además de inglés, francés, chino, japonés, coreano y sueco. · Lenguaje de programación Lenguaje matricial MATA, compilado embebido en Stata, con sitaxis tipo C. El contratista debe ofrecer capacitación en el uso de este lenguaje.
2.2 Administración de licencias· Primera Capa – Consola Web tipo Portal Interactivo El contratista deberá facilitar la implementación del software licenciado y ofrecer un mecanismo para distribuir licencias a usuarios autorizados, con administración de accesos, material de apoyo y métricas. Se debe asignar a un funcionario del ATIC como el principal gestor de dichas licencias. En términos operativos se espera que este portal ofrezca las siguientes características: 1. Repositorio del instalador y de los códigos de activación por usuario. 2. Administración de los 4 usuarios autorizados para usar la licencia. 3. Notificación de vencimiento y gestión de la renovación. 4. Reportes y métricas de implementación y uso. 5. Acceso a los cursos asincrónicos y al contenido Premium ofertado. 6. Si un usuario deja la institución, el contratista deberá presentar como parte de los entregables, el procedimiento de desasignación y reasignación de la licencia al nuevo usuario o funcionario investigador.
· Segunda Capa - Licenciamiento Efectivo de StataCorp Este es el mecanismo que opera sobre las estaciones de trabajo o equipos de usuario final: - Se requiere que el contratista facilite al CONARE, específicamente al departamento de TI institucional, la información de las licencias y códigos o llaves de activación antes de proceder con la instalación del software. - Ejecutar el instalador en la edición MP. - Al momento de la activación el contratista debe activar tres datos importantes: el serial number (número serial), code (código de activación) y authorization (código autorización). - Si el contratista entrega un archivo. stcodes, éste debe guardarse en una ubicación desde donde pueda importarse durante la instalación. · Tercera Capa - El archivo de texto de licencia (stata.lic) Este es un archivo de texto plano ubicado en el directorio de instalación de Stata: C:\Program Files\Stata19\ en Windows, /usr/local/stata19/ en Linux. Contiene la codificación del serial, la edición, el número de núcleos, la cantidad de usuarios y la fecha de expiración. Para renovar la licencia anual se debe regenerar o reemplazar este archivo con los nuevos códigos, mediante herramientas como stinit en Linux/Unix o el asistente de licencia en Windows y macOS.
· Cuarta Capa - Comandos de verificación y administración El contratista debe los comandos que ayudarán con la administración de la licencia, según se detalla:
Nota: El comando about es la evidencia de auditoría más rápida, ya que confirma en pantalla que la máquina ejecuta la edición MP con 2 núcleos y hasta qué fecha está vigente la licencia. |
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. CONDICIONES GENERALES
1.1. El Consejo Nacional de Rectores (Conare) recibirá ofertas de manera electrónica, por medio de la plataforma SICOP, para la adquisición de 4 licencias Stata M/P2-Core, licencias académicas, con una vigencia de un año, para el Programa Estado de la Nación.
1.2. La oferta debe estar debidamente firmada por la persona facultada para ello.
1.3. El oferente debe encontrarse al día en los pagos correspondiente a las cuotas obrero-patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social, el Fondo de Desarrollo Social Asignaciones Familiares (Fodesaf) e impuestos ante la Dirección General de la Tributación Directa. La Administración realizará las verificaciones correspondientes.
1.4. La administración asume que el oferente al estar registrado como proveedor de bienes, servicios y obras en el SICOP, mantiene vigente las declaraciones juradas previstas en el artículo 18 y 29 de la Ley General de Contratación Pública tanto para oferentes como para subcontratistas, por lo tanto, deberá indicar en su oferta que la información contenida en las declaraciones juradas se mantiene invariable.
1.5. Para esta contratación no se están solicitando documentos que puedan catalogarse como información sensible, por lo que se les solicita a los oferentes no registrar en SICOP la oferta como confidencial. En el caso que un oferente considere que la información aportada es de carácter confidencial, deberá indicarlo en el sistema digital unificado con sus motivos y sustento jurídico con la finalidad de cumplir lo preceptuado en el artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado, la Administración señalará si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
4. SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Con las ofertas admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la calificación de cada oferta, bajo la siguiente metodología de evaluación:
|
Ítem |
Descripción del factor |
Puntaje |
|
1 |
Precio |
100 |
|
|
|
100 |
A continuación, se describe cada uno de los factores y la forma de evaluación.
4.1 Precio
El precio a evaluar será el precio total del servicio según lo solicitado en el punto 3.1. El oferente que presente el menor precio se le denominará oferta base y obtendrá el puntaje máximo, para las restantes ofertas se aplicará la siguiente fórmula:
FP= (Pmin/Px) x 100
Dónde:
FP= Puntaje obtenido por la empresa para el factor precio
Pmin= Precio total de la oferta con el monto total más bajo.
Px= Precio total ofrecido por la oferta en evaluación.
5. SOBRE EL ADJUDICATARIO Y EL CONTRATISTA
5.1. La Administración realizará el estudio formal y técnico, evaluación de ofertas y razonabilidad de precio, para una eventual adjudicación. El Conare se reserva el derecho de verificar la veracidad y autenticidad de la información contenida en la oferta. Como consecuencia de lo anterior, de llegarse a determinar la existencia de información falsa descalificará al oferente.
5.2. La Administración utilizará la estimación presupuestaria para determinar la razonabilidad del precio. El rango de tolerancia definido por la Administración para la razonabilidad del precio es de +/- 15% considerando un precio estimado de ¢1.780.410,00 según sondeo de mercado realizado por el PEN.
5.3. Se adjudicará a la oferta con el puntaje más alto de acuerdo con la metodología de evaluación aplicada. En caso de empate, se otorgará la puntuación adicional establecida en el artículo 97 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública a la empresa que demuestre ser una PYME de acuerdo con el servicio ofrecido. De persistir el empate se convocará a las partes para decidir la adjudicación mediante la suerte y se levantará un acta al respecto.
5.4. La Administración se reserva el derecho de adjudicar de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, así como declarar infructuosa la contratación si se considera que ninguna oferta conviene a sus intereses o desierta con fundamento en el interés público. También se reserva para su aplicación al momento de la adjudicación las facultades contenidas en el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en tanto la oferta favorecida se ajuste al contenido presupuestario.
5.5. El adjudicatario debe presentar copia de la constancia de la póliza de riesgos laborales y del último pago para acreditar su vigencia. La póliza debe cubrir a los trabajadores asignados a esta contratación, por cualquier daño, lesión o muerte, durante la prestación del servicio contratado. En caso de actualización o renovación de la póliza, se debe presentar al administrador del contrato la copia de esta inmediatamente se renueve. Las pólizas deberán mantenerse vigentes durante la prestación del servicio.
5.6. De conformidad con la Ley General de Salud y el Reglamento para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento otorgados por el Ministerio de Salud, el oferente debe presentar copia del respectivo permiso el cual deberá estar vigente durante la ejecución del contrato.
5.7. Patente municipal. De conformidad con el artículo 88 del Código Municipal, el adjudicatario deberá contar con la licencia municipal (patente) atinente y relacionada con el objeto contractual, así como también encontrarse al vigente y al día con el pago de este tributo, debe aportar la documentación correspondiente. La suspensión, inhabilitación por parte del gobierno municipal o mora que detecte esta administración, implicará la insubsistencia de dicha adjudicación o bien será motivo de resolución contractual previo debido proceso en fase de ejecución.
5.8. El adjudicatario que no comparezca dentro de los tres días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación se procederá a adjudicar al segundo mejor posicionado con su oferta económica y así sucesivamente. Para esta contratación no se solicita garantía de cumplimiento.
5.9. Insubsistencia de la contratación. Se entenderá por insubsistente la contratación con las causales indicadas en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública, para ello la administración podrá optar por las ofertas subsiguientes para una eventual readjudicación mediante resolución motivada.
5.10. La notificación del contrato a través de la plataforma SICOP, significará el inicio del plazo de ejecución de la contratación.
5.11. El contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en los artículos 12, 14, 43, 101, 106, 113, 115 siguientes y concordantes de la Ley General de Contratación Pública, y en los artículos 273, 274, 275 del Reglamento, y demás normativas que rige la materia de Contratación Pública.
5.12. El contratista estará obligado a cumplir, plenamente, con todas las condiciones y especificaciones del pliego de condiciones y sus adendas, lo ofrecido en su oferta como en las demás manifestaciones documentadas que consten en el expediente de concurso, aceptado en la formalización o durante la ejecución del contrato. Debe realizar la totalidad del servicio a su entera responsabilidad. No podrá abandonar, subcontratar, retrasar o suspender injustificadamente la ejecución del contrato.
5.13. La unidad encargada de la recepción a conformidad será el usuario solicitante en este caso la coordinadora administrativa del Programa Estado de la Nación, por medio de un VºBº en la factura o el acta de recepción respectiva. El administrador del contrato tendrá dentro de sus responsabilidades el seguimiento al cumplimiento de la póliza, cargas sociales del contratista durante la vigencia del contrato, y supervisión del cumplimiento de las demás clausulas estipuladas en este pliego de condiciones. El contratista estará obligado a ofrecerle todas las facilidades necesarias para el ejercicio de la fiscalización que estás mantendrán durante la ejecución del contrato.
5.14. Forma de pago. El contratista entregará el servicio el cual tendrá un recibido a conformidad que puede ser un visto bueno en el sistema de cuentas por pagar, un oficio, o acta de recepción definitiva, todo de acuerdo con los términos de este pliego de condiciones. Una vez recibido a conformidad, el contratista enviará la factura con el comprobante de recibido a conformidad al correo facturaelectronica@conare.ac.cr; a su vez el contratista deberá solicitar acuse de recibido de los archivos de factura electrónica (PDF y archivos XML) a este mismo correo, caso omiso, el Conare no se hará responsable por errores en el ingreso de la documentación. Toda factura electrónica deberá desglosar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de un 2% sobre el precio del servicio, además debe indicar el número de la contratación. En aquellos casos que aplique un porcentaje menor por ley, deberá indicarlo en la descripción de la factura.
5.15. El pago se hará efectivo en un plazo máximo de quince días hábiles después de recibida a satisfacción la factura. El trámite de pago quedará suspendido si el contratista no presenta la recepción a conformidad. De cada pago se retendrá el 2% correspondiente a la retención de renta que podrá ser utilizado por el contratista como un crédito fiscal en su próxima declaración de renta.
5.16. Presupuesto detallado. El adjudicatario debe presentar el presupuesto detallado de conformidad con el artículo 103 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública, debe contener al menos los elementos que se detallan en la siguiente tabla:
|
Concepto |
Valor Absoluto |
Valor Porcentual |
Índice de Reajuste |
Emisor |
|
Costos Directos |
|
|
|
|
|
Insumos (materiales) |
|
|
|
|
|
Insumos (equipos y herramientas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Mano de obra: salarios |
|
|
|
|
|
Mano de obra: cargas sociales |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Subcontratos (cuando aplique) |
|
|
|
|
|
Costos Indirectos |
|
|
|
|
|
Insumos |
|
|
|
|
|
Mano de obra |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Imprevistos |
|
|
*Imprevistos y utilidad no se reajustan. |
|
|
Utilidad |
|
|
||
|
Total |
|
100%* |
||
*El porcentaje correspondiente al IVA no forma parte del desglose porcentual del precio.
**Es de carácter obligatorio que la suma de las cargas sociales represente el porcentaje de aporte mínimo vigente y establecido por la Caja Costarricense de Seguro Social, mismo que se calculará sobre el monto que sumen los salarios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de Reajuste de Precios en Contratos de Obra Pública y Revisión de Precios en Contratos de Bienes y Servicios N°44937-H-MICITT-MIDEPLAN, el adjudicatario deberá indicar en el presupuesto detallado la vinculación de los índices de precios aportados en su oferta, asociándolo a cada uno de los costos directos e indirectos de dicho presupuesto.
El adjudicatario debe utilizar en primer lugar los índices específicos, y en segundo lugar, cuando no exista un índice de precios específico oficial propondrá uno similar con la justificación técnica correspondiente a dicha decisión.
El adjudicatario debe presentar una declaración jurada que acredite la veracidad y pertinencia de la información aportada en el presupuesto detallado sobre los índices de precios a utilizar y las fuentes oficiales, indicando al menos los aspectos regulados en los artículos 9 y/o 12 del Reglamento.
Una vez verificada la información, la Proveeduría emitirá la No Objeción a la pertinencia de los índices de precios mediante resolución de acto motivado.
5.17. Revisiones de precio. Con la estructura del precio planteada en la oferta y la información del presupuesto detallado, se aplicará la siguiente fórmula según lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de reajuste de precios en los contratos de obra pública y revisión de precios en contratos de bienes y servicios, Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN:
Fórmula matemática para contratos de bienes y servicios
En donde,
Rpc: Representa el monto de la revisión del precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago
en un mes calendario específico, conforme a la moneda ofertada.
PC: Representa el monto del precio unitario contractual de la línea o del renglón de pago.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra directa. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos directos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos por subcontrataciones, multiplicada por la variación del índice general (IPG), y en su ausencia, siempre y cuando se demuestre que no existe un índice de precio general estrechamente vinculado con la variación de los costos que desea medir para la subcontratación, se podrá utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Dicha variación se obtiene de dividir el valor del IPG, o IPC según corresponda, de un mes calendario específico entre el valor del IPG, o IPC según corresponda, del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra indirecta. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos indirectos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
El Conare cuenta con un plazo de 20 días hábiles para resolver acerca de los cobros presentados por concepto de revisiones de precios, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud mediante el módulo correspondiente en el SICOP.
Todo lo relacionado en materia de revisiones de precios se regirá de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento para el reajuste de precios en los contratos de obra pública y revisión de precios en los contratos de bienes y servicios N°44937-H-MICITT-MIDEPLAN.
5.18. Se considerará incumplimiento grave a las obligaciones contractuales y contrario al interés público el suspender el pago de los seguros sociales y cualquier otra acción u omisión similar que origine para el contratista un enriquecimiento ilícito o el evadir el correcto, completo y oportuno cumplimiento de las obligaciones señaladas por las leyes de seguridad social del país, especialmente del régimen de la Caja Costarricense de Seguro Social. Al constatar el Conare estas circunstancias, ya sea de oficio o a solicitud de parte interesada, se procederá a realizar un máximo de una prevención durante toda la vigencia del contrato para que el contratista formalice una solución de su situación de morosidad. De presentarse más situaciones de morosidad se procederá a resolver unilateralmente el contrato dándolo por terminado sin perjuicio de cualquier otra acción legal que procediere contra la contratista según el caso lo amerite.
5.19. Es obligación ineludible del contratista ceñirse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. Consecuentemente, el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contempladas en este contrato dará lugar a la rescisión de este si la Administración lo estima pertinente, sin perjuicio de accionar en la vía jurisdiccional el resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados al Conare en virtud de los presuntos incumplimientos.
5.20. La Proveeduría previo al procedimiento sancionatorio, realizará las investigaciones necesarias y reuniones previas con las partes, con el fin de orientar la ejecución de este contrato, por lo cual se reserva la potestad de conciliar con el contratista.
5.21. Para los efectos de este aparte, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
5.22. De acuerdo con el artículo 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública podrá, sin perjuicio de las demás acciones administrativas en caso de incumplimiento total por parte del contratista, resolver el contrato sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas y civiles que se deriven de dicho incumplimiento.
5.23. Resolución de controversias: Si durante la ejecución de un contrato surgen una o varias controversias no susceptibles de solución por negociación directa entre las partes, dicha controversia podrá ser sometida a un comité de expertos sin que la ejecución del contrato se vea suspendida, según lo prevé la Ley General de Contratación Pública (Art. 117).
5.24. Cualquier circunstancia no prevista en este pliego de condiciones, se resolverá de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y normativa conexa.
Documentos del cartel2
- CronogramaPDF · 195 KB
- Pliego de condicionesPDF · 645 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Susan Rodríguez Calvo
Programa Estado de la Nación
Ivan Rojas Barrantes
Área Tecnologías de Información y Comunicación
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 17:31. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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