2026XE-000138-0001000001 · SICOP 20260801322
Servicio de arrendamiento de enlaces redundantes de fibra oscura
Instituto Nacional de Seguros
Instituto Nacional de Seguros ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡63,4 millones. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡63,4 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡52,2 millones
17,7 % por debajo del presupuesto
Quién ganó
- TelecableNo era la más barata (2.ª de 2)₡59 129 185,16
Informe de recomendación de Felipe Ulate Oviedo, 14/09/2026 · adjuntos: Consultas FODESAF, CCSS, Hacienda.docx, Informe acto final - PE26138E vf.pdf
Fechas clave
- Se publicó14/08/2026 16:51 · hace 58 días
- Límite para 19/08/2026 23:59 · hace 53 días
- Límite para 19/08/2026 23:59 · hace 53 días
- Cierre de ofertas21/08/2026 10:00 · hace 51 días
- de ofertas21/08/2026 10:01 · hace 51 días
- publicado14/09/2026 15:17 · hace 27 días
Nota de la institución. El Instituto se reserva el derecho de responder solicitudes de aclaraciones o modificaciones al pliego presentadas posterior a 3 días hábiles siguientes a la publicación del proceso (Artículo 93 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.)
Contexto
- Instituto Nacional de Seguros adjudicó ₡9 714,3 millones en 609 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra6 líneas
- Servicio de Alquiler de Enlaces de Fibra Oscura12 · ₡12 876 081,8412₡12 876 081,84
- Servicio de Alquiler de Enlaces de Fibra Oscura12 · ₡11 215 990,6812₡11 215 990,68
- Servicio de Alquiler de Enlaces de Fibra Oscura12 · ₡19 620 202,0812₡19 620 202,08
- Servicio de Alquiler de Enlaces de Fibra Oscura12 · ₡2 604 267,9612₡2 604 267,96
- Servicio de Alquiler de Enlaces de Fibra Oscura12 · ₡2 220 371,8812₡2 220 371,88
- Servicio de Alquiler de Enlaces de Fibra Oscura12 · ₡12 751 575,0012₡12 751 575,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡53,9 millones – ₡63,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 85 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,85 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 10 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 85 % · Plazo de entrega 10 % · Criterios sociales 5 %
Recursos presentados1
RECURSO DE REVOCATORIA EN CONTRA DEL ACTO DE ADJUDICACIÓN
JOSUE CHARPANTIER DIAZ · 22/09/2026 · En proceso
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡454,34 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 85 | Plazo de entregamáx. 10 | Criterios socialesmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Liberty Telecomunicaciones de Costa Rica LY | 85 | 10 | 5 | 100 |
| TelecableGanó | 75,07 | 10 | 5 | 90,07 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto final que nos ocupa.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
IV. REQUISITOS TÉCNICOS PARA LA PERSONA OFERENTE:
A. Plazo de entrega: Debe indicar el plazo de entrega del servicio, el cual no puede ser mayor a 15 días hábiles para todos los enlaces o rutas solicitadas.
B. Reporte de fallas: La persona Oferente debe indicar en su oferta, un número de teléfono y una dirección de correo electrónico para que el técnico o usuario del INS, realice los reportes en caso de fallas. Deberá también aportar un procedimiento para la atención de reportes y escalamiento de casos.
C. La persona oferente deberá indicar que los empalmes se realizarán por fusión, con su máquina fusionadora debidamente certificada en correcta calibración. Lo anterior mediante declaración jurada.
D. La instalación de fibra óptica debe cumplir con lo establecido en el Código Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y la Propiedad (NEC2020), así como Normas vigentes de Telecomunicaciones (Ley N.º 8642, Ley N.º 9736, Ley N.º 10216) en Costa Rica. Lo anterior debe acreditarse mediante declaración jurada.
E. La persona oferente deberá cotizar enlaces de Fibra óptica en 2 hilos, los cuales deben estar en capacidad de ser utilizados en intemperie y debe ser certificados para tal fin. Para tal efecto deberá presentar documentación técnica que lo acredite como tal, o en su defecto declaración jurada en la cual indique la capacidad de los enlaces de fibra oscura.
F. Índice de Precios: De conformidad con los artículos 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y lo establecido en el Reglamento para el Reajuste de precios en los contratos de obra y revisión de precios en los Contratos de Bienes y Servicios, la persona oferente deberá aportar:
1. Información de los índices de precios oficiales (específicos) que se utilizarán para medir la variación de los costos directos e indirectos de la estructura de precio ofertada, debiendo estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que se desea medir.
En caso de que aporte índices similares deberá presentar con la oferta justificación técnica para estos.
En la aportación de los índices deberá detallar al menos:
a) País de origen y unidad monetaria de los costos (costos ofertados en moneda extranjera)
b) Nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
c) Ente público competente que divulga el índice.
d) Enlace del sitio web del ente competente que emite el índice donde se accede a la información aportada.
2. La persona oferente deberá presentar una declaración jurada acreditando la veracidad de la información aportada, indicando al menos los aspectos regulados en los artículos 9 y/o 12 del Reglamento para el Reajuste de precios en los contratos de obra y revisión de precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
3. En caso de que la información se encuentre en un idioma distinto al español, la persona oferente deberá aportar una traducción libre al español bajo su responsabilidad, únicamente para corroborar la información aportada.
4. Ausencia de índice: Cuando no exista un índice de precios específico o similar que represente las variaciones de un determinado costo, la persona Oferente deberá advertirlo en su oferta y podrá aplicar el método analítico-documental, aportando la documentación probatoria pertinente según lo establecido en los artículos 14, 33 y/o 58 del Reglamento para el Reajuste de precios en los contratos de obra y revisión de precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
Nota: Los índices deberán ser elaborados y emitidos por una entidad oficial del país donde la persona oferente proyecta adquirir los bienes y servicios, y deberán ser concordantes con la moneda en que se presenta el precio de la oferta y los valores absolutos de su estructura.
G. Toda persona oferente debe poseer experiencia certificada como operador (a) de telecomunicaciones de mínimo cinco (5) años, para lo cual deberá aportar el título operador (a) habilitante emitido por la Superintendencia de Telecomunicaciones de Costa Rica con menos de un (1) mes de emisión al ser presentado en la fecha de apertura de ofertas, para poder respaldar dicha condición.
H. Red Propia: La red de fibra óptica deberá ser propiedad del operador de telecomunicaciones y deberá aportar la documentación necesaria que compruebe lo solicitado. La persona oferente debe garantizar que los enlaces no son subcontratos y que serán entregados de manera directa.
I. Mesa de Ayuda: La persona oferente debe contar con un centro de monitoreo proactivo y un departamento de servicio al cliente que operen en la modalidad 7x24x365 localizados en el territorio nacional, de tal manera que en caso de alguna avería o incidente que afecte cualquier enlace, exista el canal de comunicación para realizar el reporte, además, se brinde asistencia de forma remota o presencial, de acuerdo con el caso y se inicien las labores para reestablecer dichos enlaces, en el menor tiempo posible. Deberá adjuntar la información correspondiente (línea telefónica directa, correo electrónico u otros medios) que pueda comprobarse que cuenta con los servicios antes descritos.
J. Experiencia de conectividad: La persona oferente debe contar con experiencia de al menos cinco (5) años en la implementación y mantenimiento de servicios de fibra oscura, que incluya como mínimo: Servicios de alquiler y/o mantenimiento de fibra oscura. Para comprobar esta experiencia, la persona oferente deberá entregar una declaración jurada con los siguientes datos:
Nombre de cliente.
Nombre de la persona responsable.
Correo electrónico y teléfono directo de la persona responsable de la supervisión del servicio.
Descripción del servicio y cantidad de enlaces de fibra oscura.
Nombre y número del concurso.
K. Permisos de uso de ductos autorizados por la compañía Nacional de Fuerza y Luz: Por tratarse de un servicio crítico para el Instituto, la persona oferente deberá contar con los permisos de autorización de uso de infraestructura eléctrica de la compañía Nacional de Fuerza y Luz para la instalación de redes de comunicaciones en los distritos en donde el INS cuenta con presencia en el centro de San José.
La persona oferente deberá estar al día con las obligaciones financieras ante la Compañía Nacional de Fuerza y Luz al día de la apertura de ofertas. Para esto debería incluir declaración jurada.
L. Personal requerido.
1. Ingeniero o técnico: La persona Oferente debe contar en planilla con un ingeniero o técnico en Informática, Electricidad, Electrónica, Telecomunicaciones o afín, que cuente con la certificación vigente de Cisco Systems denominada Certified Internetwork Expert (CCIE) Service Provider o afín según la infraestructura que tiene el INS. El ingeniero o técnico propuesto deberá contar, con al menos seis (6) meses de laborar para la empresa y con residencia permanente en Costa Rica. Para corroborar lo anterior debe incluir copia de los títulos que acredite lo especificado, y declaración jurada donde especifique el tiempo de laborar en la empresa en forma ininterrumpida. Estas acreditaciones serán indispensables, de lo contrario no se podrá participar en el presente concurso.
Este requisito de personal técnico o ingeniero especializado es para garantizar al INS la capacidad de diseñar redes de alta disponibilidad, considerando temas de redundancias (protección de enlaces de fibra), topologías avanzadas, crecimiento futuro en las redes de la institución. Lo anterior con la finalidad de minimizar errores de diseños, evitar reprocesos y disminuir las fallas operativas, asegurando al INS que contar con personal certificado de alto nivel aumente la credibilidad técnica de la propuesta de la persona oferente, al ser enlaces de misión crítica para la operación de la institución y también asegura la integración con las redes e infraestructura vigente del INS, basada en el fabricante CISCO.
2. Supervisor o Administrador del Proyecto: La persona oferente deberá designar un supervisor o administrador del Proyecto, quien será el responsable de la ejecución contractual y actuará como punto de contacto oficial con el Instituto para la coordinación de todos los aspectos relacionados con la ejecución del contrato, incluyendo, entre otros, la atención de incidencias, la programación y coordinación de los trabajos, el seguimiento de las actividades, la gestión administrativa y la tramitación de pagos.
La persona designada para ejercer las funciones de supervisión o administración del proyecto deberá ser identificada expresamente en la oferta, indicando como mínimo su nombre completo, cargo, correo electrónico y número telefónico de contacto.
La persona que desempeñe las funciones de Supervisor o Administrador del Proyecto no podrá ser la misma propuesta para desempeñar el cargo de ingeniero o técnico requerido en el punto anterior, debiendo corresponder a un recurso independiente con capacidad de coordinación y toma de decisiones durante toda la ejecución contractual. En caso de sustitución del Supervisor o Administrador del Proyecto durante la vigencia del contrato, la persona contratista deberá comunicarlo previamente al Administrador del Contrato del INS, garantizando que el recurso sustituto posea condiciones equivalentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
M. Plan de contingencia: La persona Oferente deberá manifestar expresamente en su oferta, que se compromete a establecer un plan contingente para la prestación del servicio, ante cualquier desastre natural o incidentes que puedan poner en riesgo la continuidad del servicio contratado.
Asimismo, en caso de resultar persona adjudicataria; se compromete a remitir el o los planes a la Unidad Usuaria, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la formalización, quedando facultada la Unidad Usuaria a remitir sus observaciones al Adjudicatario en un plazo máximo de tres días hábiles posteriores a la recepción de dicho plan, cuya atención por parte de este no puede ser mayor a los dos días hábiles.
Lo anterior sin perjuicio de que ambas partes se reúnan para conciliar un plan de acción y sin que represente un costo adicional para la Administración.
N. Importante: Debido a que el objeto de esta contratación corresponde al suministro de enlaces redundantes, no se aceptarán ofertas que contemplen enlaces de fibra que actualmente utilice el Instituto, salvo que se demuestre que corresponden a rutas físicas completamente diferentes a las existentes.
Lo anterior obedece a que estos enlaces constituyen la redundancia de los enlaces de red en operación y deben garantizar la continuidad del servicio ante una eventual falla de la infraestructura principal.
La persona oferente deberá indicar expresamente en su oferta el cumplimiento de esta condición, aportando las evidencias técnicas correspondientes y una declaración jurada que certifique que las rutas ofertadas son distintas de las actualmente utilizadas por el Instituto.
Esta condición no aplica a los enlaces contemplados en el procedimiento especial N°2025XE-000122-0001000001, denominado "Servicio de Arrendamiento de Infraestructura de Red de Fibra Oscura", por cuanto la presente contratación tiene como finalidad la sustitución de dichos enlaces.
O. Debe incluir dentro de los costos, el soporte, mantenimiento y atención de incidentes durante todo el periodo contractual en un horario de 24 horas, los 7 días de la semana, los 365 días del año (24X7X365) para reporte de incidentes, o averías, dicho centro de contacto debe tener un horario 24x7x365.Esto debe demostrarse por escrito mediante documento comprobatorio.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Según pliego de condiciones.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
III. CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA PERSONA OFERENTE:
A. Aspectos Subsanables: Serán sujetos de subsanación los aspectos contemplados en el artículo N°135 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. En cuanto a los hechos históricos, se permitirá su subsanación aún y cuando no estén referenciados en la oferta.
B. Descripción de la persona Oferente: Como persona oferente deberá entenderse persona jurídica.
C. Tipo moneda para cotizar: De acuerdo con el artículo 47 LGCP y el artículo 98 RLGCP la persona oferente podrá cotizar en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica.
D. La persona oferente deberá considerar en su oferta que, para el presente proceso esta Administración define un rango de tolerancia para las líneas de la 1 a la 6 de +-10% lo anterior para efectos del análisis de razonabilidad de precios en la etapa de evaluación de la oferta, de conformidad con lo señalado en el artículo 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
E. Cotización total del contrato: La persona oferente deberá cotizar la totalidad del objeto contractual. El precio ofertado deberá contemplar todos los costos asociados a la prestación integral del servicio, incluyendo, sin limitarse a ello, los costos de instalación, configuración, puesta en funcionamiento, transporte, materiales, mano de obra, impuestos y cualquier otro costo, gasto o concepto necesario para la correcta y completa ejecución del contrato.
La cotización deberá presentarse en un único rubro por cada línea, sin desglosar costos adicionales dentro de la línea. El precio deberá corresponder al costo mensual del servicio, incluyendo todos los conceptos requeridos para su prestación integral.
Para efectos de la cotización y evaluación económica, la persona oferente deberá indicar el precio mensual por línea y el precio total correspondiente a doce (12) meses, siendo este último el monto que deberá considerarse para efectos de la comparación y evaluación de las ofertas, asimismo el que debe incluirse en SICOP.
No se reconocerán ni pagarán costos adicionales por concepto de instalación, configuración, puesta en funcionamiento, materiales, transporte, mano de obra u otros conceptos que resulten necesarios para la prestación integral del servicio, por cuanto estos deberán encontrarse incluidos en el precio ofertado.
F. El Instituto indicará en la solicitud el tipo de conector para cada punto del tramo (LC o SC). Deben incluirse los patch cords respectivos y cualquier tipo de dispositivo como parte del enlace contratado.
G. La persona Oferente deberá realizar todos los trabajos requeridos para la instalación de la fibra óptica de punto a punto, incluyendo los accesos a los edificios y hasta los respectivos cuartos de comunicación, sin que represente un costo adicional para la Administración.
H. Cada enlace de fibra óptica tiene en cada extremo edificaciones del INS, se debe entender sitio periférico como la edificación que requiere ser interconectada con un edificio principal del INS donde existe un Centro de Datos o bien está interconectado a la red amplia de comunicación del INS. Se debe entender sitio principal como la edificación del Instituto Nacional de Seguros donde llega uno o más enlaces punto a punto, dicha edificación está interconectada a la red amplia institucional.
I. Los enlaces deberán brindarse por medio de fibra óptica, instalada a satisfacción en las oficinas que lo requieran cumpliendo con los estándares establecidos por la industria según lo solicitado por el Instituto Nacional de Seguros.
J. Deberá instalarse toda la infraestructura necesaria para brindar el acceso y continuidad al servicio. Se deberán proveer todos los materiales de terminación de la fibra, como, distribuidor óptico, cassette, centrador, pigtail, manguito, patchcord de FO LC-LC-UPC, transeiver o convertidor de medios, LC a Ethernet (Puerto RJ45), módulos SFP, entre otros, el extremo a entregar al Instituto deberá ser en terminación LC-UPC.
K. El enlace debe ser 100% operacional para lo cual la persona oferente que resulte persona adjudicataria debe proveer todos los materiales necesarios para su correcta operación (fibra óptica, bandejas, patch panel, empalmes, patchcord monomodo en ambos extremos de cada edificio con conector terminal hacia el usuario).
La instalación del servicio y los detalles de las conexiones necesarias del servicio deberán coordinarse con el área de Operaciones de Tecnología de la Dirección de Tecnología de Información del Instituto Nacional de Seguros, con el supervisor que el Instituto designe.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa: Por cada hora natural de caída de los enlaces por causas atribuibles a la persona adjudicataria se cobrará un 0,50% del costo mensual del enlace afectado, hasta un máximo por rubro de un 25% del monto de la factura mensual del servicio.
Cláusula penal. Cláusula Penal: Por cada día hábil de retraso en la entrega e instalación de la solución, se cobrará un 2%, hasta un máximo por rubro de un 25% del monto de la factura mensual inicial del servicio.
Documentos del cartel9
- Estudio de Multas Fibras OscurasXLSX · 143 KB
- Documento de Confidencialidad ActualizadoPDF · 195 KB
- Certificación fibra oscura-2026 PlurianualPDF · 123 KB
- Certificación de pago del Impuesto al Valor Agregado a proveedores 2026PDF · 174 KB
- Certificación Fibra 11.08.2026PDF · 184 KB
- 60062381 SIFAPDF · 20 KB
- AnexosZIP · 379 KB
- RM - Fibra oscura firmadaPDF · 451 KB
- Pliego fibra oscura 14.08.26PDF · 389 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Gustavo Alonso Calderon Miranda
Dirección de Tecnologías de Información
Yorleny Margot Retana Mejia
Dirección de Tecnologías de Información
Danilo Carvajal Campos
Redes y Tecnología
Doris Lorena Castillo Molina
Dirección Tecnologías de Información
Orlando Francisco Ugalde Guzman
Dirección de Tecnologías de Información
Kenneth Villegas Lara
Dirección de Tecnologías de Información
Heriberto Vega Chaverri
Proveeduría
Alexander Alvarado Araya
PROVEEDURIA
Cesar Augusto Arroyo Lopez
PROVEEDURÍA
Bayron Jose Palma Villagra
Departamento de Proveeduría
Berny Enrique Vargas Fallas
Proveeduría
Raquel García Villalobos
Proveeduria
Yareth Dayane Herrera Esquivel
Proveeduría
Josue Pablo Rojas Keith
Proveeduría
Ivannia Morales Calvo
Proveeduría
Natalia Susana Leandro Valverde
Departamento Proveeduria
Ingrid Rebeca Rodriguez Gomez
Departamento Proveeduría
Lucia Segura Barrantes
Departamento Proveeduría
Lisbeth Nury Muñoz Castro
PROVEEDURIA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 15:53. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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