2026LD-000028-0002100002 · SICOP 20260801543
SERVICIO DE LIMPIEZA DEL TANQUE SÉPTICO DEL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE MORA
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡6,4 millones y quedó en firme el 02/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡6,4 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡948 000
85,3 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 02/09/2026
- Consorcio Recicla₡948 000,01
Informe de recomendación de José Guillermo Jiménez Soto, 01/09/2026 · adjuntos: Morosidad Recomendacion LD-28.xlsx (1.46 MB), URCO-PFC-CONS-76-2026-RESERVA-02-0107-26-ACTUALIZADA.pdf, Ofertas Recomendadas SIREMA 01-09-2026.pdf, Reserva Presupuestaria SIREMA 01-09-2026.pdf, URCO-C~1.pdf
Fechas clave
- Se publicó13/08/2026 13:34 · hace 59 días
- Límite para 14/08/2026 23:59 · hace 58 días
- Límite para 17/08/2026 23:59 · hace 55 días
- Cierre de ofertas20/08/2026 08:00 · hace 52 días
- de ofertas20/08/2026 08:10 · hace 52 días
- publicado02/09/2026 13:58 · hace 39 días
- Adjudicación 02/09/2026 14:03 · hace 39 días
Contexto
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡20 672,1 millones en 664 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Limpieza de Tanques Sépticos1 · ₡804 183,331₡804 183,33
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡5,5 millones – ₡6,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,33 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Consorcio ReciclaGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Comunicación Acto de adjudicación
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
VER PUNTOS EN EL PLIEGO DE CONDICIONES
2.12 Requisitos mínimos de admisibilidad.
2.12.1 Perfil requerido de la empresa física o jurídica:
Podrán participar en este concurso todas aquellas empresas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de 03 años de experiencia en el mercado nacional en el periodo comprendido entre 01 de enero de 2021 a la fecha de apertura en servicios similares a los incluidos en la presente contratación. Para verificar este aspecto el oferente deberá presentar referencias comerciales originales, confrontadas con el original o bien en copia certificada y las mismas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Indicar los datos del emisor: Nombre o razón social, dirección y número telefónico.
2. Indicar los datos de la persona que suscribe la referencia: Nombre, cédula y puesto que desempeña.
3. Indicar con claridad la fecha de inicio y finalización del servicio. En el caso de que el servicio se continué prestando al momento de presentación de la oferta, se tomará como “fecha de finalización” la fecha de apertura de las ofertas.
4. Brindar información sobre el tipo de trabajo realizado
5. Indicar si el servicio fue recibido a satisfacción.
Notas:
✓Para una misma Empresa o Institución para la cual se brinden servicios en distintas instalaciones, se considerarán dichas referencias como una sola.
✓No se aceptarán referencias a título personal o que presenten más de un año de emitidas con respecto a la fecha de apertura.
✓La Administración se reserva el derecho de verificar la información suministrada.
El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar la información presentada por el oferente.
2.12.2Perfil del personal requerido para la contratación
El oferente deberá proponer para la realización del trabajo que cuenta con el personal capacitado para llevar a cabo las labores de limpieza, por tanto, no se le solicitará que se requiera algún grado académico en específico, sin embargo, se requiere como único requisito que el personal cuente con un mínimo de 6 meses de experiencia, para demostrar este requisito se deberá de aportar los currículos del personal.
2.12.3 Garantía del servicio
El contratista deberá garantizar que el servicio de limpieza de tanques sépticos se realiza de forma completa, efectiva y conforme a las especificaciones técnicas establecidas. Esta garantía cubrirá cualquier omisión, deficiencia o reincidencia inmediata en los residuos o funcionamiento del sistema, detectada por la administración dentro de un plazo de 5 días hábiles posteriores a la prestación del servicio.
En caso de verificarse alguna no conformidad, el contratista estará en la obligación de repetir o corregir el servicio afectado sin costo adicional para la institución, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir de la notificación realizada por el INA.
2.13 Garantía de Cumplimiento.
El adjudicatario deberá depositar una garantía de cumplimiento que respalde la correcta ejecución del contrato, la cual deberá ser depositada dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación.
En aquellos casos en que proceda el refrendo el contratista deberá una vez aprobado, ajustar la vigencia de la garantía de cumplimiento de forma tal que a partir de ese momento se cubra el plazo real establecido de vigencia para esta garantía, en el Proceso Financiero Contable de la Unidad Regional Central Oriental, según los siguientes términos:
Porcentaje: 5% del monto adjudicado.
Vigencia: 60 días naturales, más el plazo establecido del contrato.
Esta garantía podrá depositarse en efectivo o conforme a cualquiera de las modalidades contempladas en el Artículo 79 y 110 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Cuando las garantías se rindan mediante títulos valores, se deberán confeccionar a favor del Instituto Nacional de Aprendizaje, preferiblemente. De lo contrario, deberán endosarse de forma clara y legible a nombre del Instituto Nacional de Aprendizaje.
De conformidad con el Artículo 111 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública el INA no reconocerá intereses por las garantías mantenidas en depósito. Sin embargo, los intereses que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten pertenecen al dueño. Tampoco el INA se hará responsable de renovar los títulos valores depositados en sus oficinas.
Si la cotización se hace en moneda extranjera, la garantía podrá depositarse en esa misma moneda; o bien, en colones y se tasará al tipo de cambio interbancario resultado del promedio de la venta, según referencia del Banco Central de Costa Rica (B.C.C.R.), vigente al día de la publicación de la adjudicación.
En caso de que el contratista solicite un reajuste al precio cotizado, y el mismo es aprobado, deberá reajustar la garantía de cumplimiento. Esto en virtud que al verse ajustado el precio, se considera necesario ajustar proporcionalmente la garantía ya que la misma se torna insuficiente para cubrir cualquier futuro incumplimiento por parte del contratista; y de este modo mantener el equilibrio económico del contrato.
Devolución: la devolución de la garantía de cumplimiento será realizada dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al recibo a satisfacción del servicio adquirido. (Artículo 113 del RLGCP).
Para las garantías presentadas en efectivo se realizará la devolución por medio del sistema digital unificado o por Transferencia electrónica en la cuenta cliente bancaria; para tal efecto el proveedor deberá inscribirse en el registro en la cuenta cliente de proveedores, en el Proceso de Programación y Control de Operaciones de la Unidad de Compras Institucionales del INA.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
VER PUNTOS EN EL PLIEGO DE CONDICIONES
3. REQUERIMIENTOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y EVALUACIÓN DE OFERTAS
3.1Especificaciones técnicas: Se incluye anexo en el pliego de condiciones en SICOP.
3.2Sistema de evaluación: 100% precio.
Criterios de desempate:
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos o más oferentes, en primera instancia, se tomará en cuenta una puntuación adicional a las PYME, según artículo 97 del RLGCP, si aún persiste el empate, se adjudicará al que ofrezca el menor plazo de entrega.
De mantenerse la igualdad, la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en este Reglamento, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, Ley N°8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reglamentos, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N°8591 del 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el DE-37911-MAG Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA), del 19 de agosto de 2013.
En caso de empate, de dará la siguiente puntuación adicional:
a)PYME de industria 5 puntos.
b)PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos.
c)PYME de comercio 2 puntos.
La condición de Pyme se verificará en el sistema digital unificado esto de forma electrónica con el registro de proveedores del Sistema de Información Empresarial Costarricense regulado en la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N°6054 de 14 de junio de 1977
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con un día hábil de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en el Proceso de Adquisiciones por el encargado del Proceso de Adquisiciones. Cada oferente tomará al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra “adjudicatario”, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada será el adjudicatario. La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa. De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.
3.3Estudios que realizará la Administración a las ofertas:
Las ofertas serán sometidas a estudios legales, administrativos y estudio técnico.
3.4Permiso de Funcionamiento para Limpieza de Tanques Sépticos.
La empresa oferente deberá estar registrada ante el Ministerio de Salud y deberá contar con el permiso sanitario de funcionamiento para actividades de limpieza de tanques sépticos, aprobado y al día, debe presentar en la oferta una fotocopia del permiso sanitario de funcionamiento.
Se deben incluir los números de placa de cada uno de los vehículos que ofrezcan los oferentes.
3.5Permiso de Funcionamiento para el Transporte de Lodos Sépticos.
La empresa oferente deberá estar registrada ante el Ministerio de Salud y deberá contar con el permiso sanitario de funcionamiento para actividades de transporte de lodos sépticos, aprobado y al día, debe presentar en la oferta una fotocopia del permiso sanitario de funcionamiento.
3.6Ficha de Emergencia para Transporte Terrestre de Lodos Procedentes de Tanques Sépticos.
Según la clasificación de sustancias infecciosas, extendida anualmente por el Ministerio de Salud a los transportistas de lodos sépticos para cada camión ofrecido
3.7Permiso de Funcionamiento de la Planta de Tratamiento:
Permiso de funcionamiento de la planta de tratamiento en la cual se depositarán y tratarán los lodos sépticos.
3.8Certificado de Gestor de Residuos.
La empresa oferente deberá presentar certificado de Gestor de Residuos emitido por el Ministerio de Salud.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
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2. CONDICIONES GENERALES
2.1Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
2.2Términos de pago.
El INA cancelará las facturas por cada visita SEMESTRAL, dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del servicio a satisfacción, previo visto bueno del Lic. Jaime Campos Campos, Encargado del Centro de Formación Profesional de Mora, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte del Encargada/o del Centro, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo facturacion026@ina.ac.cr, del Centro de Formación Profesional de Mora, dirigido al Lic. Jaime Campos Campos, Encargado
El oferente deberá estipular el COSTO SEMESTRAL del servicio completo, así como el costo anual del mismo. El costo semestral multiplicado por 2 visitas debe ser igual al costo anual, en caso de ser diferentes se tomará el de menor costo. OJO: EN SICOP REGISTRAR EL MONTO ANUAL, y en los documentos que se adjunta realizar el desglose correspondiente.
2.3El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta respectiva. Además, se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
2.4Sobre aplicación del IVA
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, ya que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien o servicio ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%
2.5Desglose de tributos.
Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP.
2.6Desglose del precio
En atención al artículo 102 del RLGCP, el oferente deberá presentar la estructura de precio tanto en valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
Para la presentación de la estructura del precio de la oferta deberá estar compuesto al menos de la siguiente manera:
|
RUBRO |
PORCENTAJE |
MONTO |
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1. Costos Directos (mano de obra directa) |
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2. Costos Directo (insumos directos) |
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3. Subcontrataciones (cuando corresponda) |
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4. Costos Indirectos (mano de obra indirecta) |
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5. Costos Indirectos (insumos indirectos) |
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6. Imprevistos |
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7. Utilidad |
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TOTAL |
100% |
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Salvo que el oferente especifique un porcentaje mayor, la Administración requiere que el oferente cotice el porcentaje mínimo de la utilidad en un 10 %, en caso contrario quedará excluido. Todo acorde con el artículo 98 del RLGCP.
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
▪ Costos directos de mano de obra: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
▪ Costos directos de Insumos: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
▪ Costos directos por subcontrataciones: Son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
▪ Costos indirectos de mano de obra: Son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
▪ Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
▪ Imprevistos: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
▪ Utilidad: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo, etc.
Nota importante: Con relación al rubro de imprevistos, no es posible considerar que, en una estructura de precios de este tipo de contratos que solicita desglose de precios, la cotización se muestre con cero, se omita el rubro, o de existir el rubro se deje en blanco, ya que esto implica que no se está cotizando el rubro, y con ello se maximiza la posibilidad de problemas en la ejecución del contrato. El concepto del rubro de imprevistos está intrínsecamente ligado a la búsqueda de asegurar la consecución del fino interés público en la contratación, pues resulta claro que su propósito es cubrir cualquier situación imprevista que pueda presentarse durante la ejecución contractual y no deben confundirse con una mala planificación o cálculo de costos, sino que surgen del riesgo implícito en todo contrato. Y su cotización lo que pretende es evitar que el contratista consuma otros rubros del precio y con ello se ponga en riesgo la ejecución del objeto a razón de la onerosidad que podría representar la ejecución del objeto contractual.
Por lo tanto, si una oferente omite incluir un porcentaje al rubro de imprevistos, en el análisis que se haga de parte del Instituto Nacional de Aprendizaje, podría quedar excluido del concurso de licitación.
2.7Presupuesto detallado:
De conformidad a lo indicado en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el artículo 103 del c) el presupuesto detallado del bien y/o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
El presupuesto detallado deberá contener al menos sus costos directos, donde se considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (deberá considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
El adjudicatario debe presentar un desglose del presupuesto detallado del bien y/o servicio, deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
2.8Revisión de precios (Anexo1)
En atención al artículo 107 del RLGCP el contratista tendrá derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato, bajo ningún supuesto, serán objeto de reajuste ni revisión la utilidad ni el rubro de imprevistos.
El contrato podrá estar sujeto a riesgos y a la aparición de circunstancias no tomadas en cuenta por las partes al momento de su formalización conforme a lo señalado en el artículo 100 de la LGCP, que afecten el nivel económico originalmente establecido, dependiendo de la modalidad de remuneración, el grado de incidencia y de su permanencia en el tiempo. Para ello se deberá examinar el origen de las alteraciones que modifiquen el equilibrio económico del contrato a fin de restituir el equilibrio establecido en la fecha de presentación de la oferta.
Para efectos de reajustes y revisiones de precios la Administración utilizará la fórmula matemática para calcularlo, conforme a las disposiciones que emita la Autoridad de Contratación Pública según lo establecido en el artículo 128 inciso f) de la Ley General de Contratación Pública, aumentándolos o disminuyéndolos según varíen los costos directos e indirectos, utilizando los índices de precios y costos emitidos por entidades oficiales.
Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos, y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio y los valores absolutos de la estructura de precio
El costo del servicio podrá ser reajustado. Para tal efecto se aplicará la fórmula de revisión de precios que se adjunta en Anexo 1 del Pliego de condiciones.
El oferente deberá presentar junto con la oferta la Estructura porcentual del Precio Cotizado.
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
2.8.1Cronograma Preliminar del Servicio con las fechas acordadas.
El adjudicatario presentará a la Administración el cronograma preliminar propuesto con sus documentos anexos, el cual deberá incluir duraciones, holguras, dependencias, secuencia lógica, hitos, ruta crítica, según corresponda, y demás información de planificación, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación. En un máximo de cinco días hábiles a partir de su presentación, la Administración deberá revisar y resolver acerca de la pertinencia o no del cronograma propuesto y sus documentos anexos, de conformidad con los términos establecidos en el pliego de condiciones y en los artículos 44, 45 y 46 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
2.8.2Documentación probatoria.
En cuanto a la documentación probatoria solamente aplicable al método analítico documental, el adjudicatario deberá presentar en el presupuesto detallado, la vinculación de la factura preforma o documento equivalente aportado en su oferta asociada a aquellos costos directos e indirectos de dicho presupuesto, que serán reajustados mediante el método analítico documental, lo anterior de conformidad con el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y regulado en la sección V Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
2.9Póliza de Riegos del trabajo.
El adjudicatario en firme dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación deberá presentar antes de la confección del contrato respectivo, copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada en el país.
Dicha póliza deberá cubrir a todos los colaboradores de la empresa contratista que intervengan en la ejecución del contrato, independientemente de si realizan sus labores dentro de las instalaciones del INA, en las instalaciones del propio contratista, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades vinculadas con la prestación del servicio.
En caso de prórroga o ampliación contractual, el contratista deberá extender la vigencia de la póliza en igual término.
La no presentación o mantenimiento de esta póliza en condiciones vigentes constituirá causal de incumplimiento.
2.10Supervisión.
Este servicio será supervisado en todos sus extremos, así como de establecer los controles que considere conveniente, por el Lic. Jaime Campos Campos, Encargado del Centro de Formación Profesional de Mora.
2.11Visita al Sitio.
El oferente deberá realizar al menos una visita a las instalaciones del Centro de Formación Profesional de Mora, ubicado 100 sur del Supermercado de Mora detrás de la Cruz Roja, durante el período de recepción de ofertas, a fin de conocer los detalles necesarios para entregar una oferta que cumpla satisfactoriamente con lo solicitado en las especificaciones técnicas. Esta visita deberá coordinarla con el Encargado Jaime Campos Campos a los teléfonos 2249-1703 / 2249-1698 jcamposcampos@ina.ac.cr.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Ver punto 4.2 del Pliego de Condiciones
Documentos del cartel2
- Pliego Servicio Limpieza Tanque Septico de MoraPDF · 440 KB
- 1132 Especificaciones Técnicas Serv Limpieza del Tanque Septico CFP MoraPDF · 20 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jaime Campos Campos
Unidad Regional Central Oriental
Marco Arroyo Yannarella
Unidad de Recursos Materiales
Fabián Lizano González
Unidad de Recursos Materiales
Andrés Serrano Quirós
Proceso Servicios Generales
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 10:44. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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