2026LD-000009-0020500001 · SICOP 20260801911
Contratación para la adquisición, suministro y transporte de especies vegetales (árboles y arbustos), así como de productos agroforestales.
Municipalidad del Cantón de Santa Barbara de Heredia
Municipalidad del Cantón de Santa Barbara de Heredia publicó esta compra con un presupuesto de ₡14,0 millones, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 01/09/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡14,0 millones
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó24/08/2026 06:44 · hace 48 días
- Límite para 25/08/2026 23:59 · hace 47 días
- Límite para 26/08/2026 23:59 · hace 46 días
- Cierre de ofertas01/09/2026 09:00 · hace 40 días
- de ofertas01/09/2026 09:00 · hace 40 días
- (plazo máximo)≈ 15/09/2026 · hace 26 días
Contexto
- Municipalidad del Cantón de Santa Barbara de Heredia adjudicó ₡1 852,6 millones en 52 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra7 líneas
- Servicio de Siembra de Vegetación (árboles y Arbustos)1 · ₡21 273,001₡21 273,00
- Servicio de Siembra de Vegetación (árboles y Arbustos)1 · ₡11 063,001₡11 063,00
- Servicio de Siembra de Vegetación (árboles y Arbustos)1 · ₡3 501,001₡3 501,00
- Servicio de Siembra de Vegetación (árboles y Arbustos)1 · ₡1 334,001₡1 334,00
- Servicio de Siembra de Vegetación (árboles y Arbustos)1 · ₡694,001₡694,00
- Servicio de Siembra de Vegetación (árboles y Arbustos)1 · ₡2 566,001₡2 566,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡11,9 millones – ₡14,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 12 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 90 % · Certificación PYME 5 % · Buenas Prácticas Ambientales 5 %
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
- Contar con 3 años de experiencia en el mercado brindando los servicios requeridos, para lo cual deberá aportar una declaración jurada y prueba que demuestre la experiencia.
- El oferente debe presentar una copia de la licencia comercial vigente para la actividad ofrecida, otorgado por la Municipalidad correspondiente.
- Una certificación emitida por la Municipalidad en donde indique que se encuentra al día en el pago del impuesto de patente. Esto según el artículo 88 del Código Municipal, dicha patente deberá estar emitida a nombre de quien oferte en SICOP.
- El oferente debe presentar una copia del permiso sanitario de funcionamiento del Ministerio de Salud, el cual debe estar vigente.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
CONDICIONES ESPECIFICAS
La Municipalidad de Santa Bárbara, recibirá ofertas con el propósito de contratar la “Adquisición, Suministro y Transporte de Especies Vegetales (árboles y arbustos).”.
Todo lo referente a la contratación actual se tramitará vía el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP). Es requisito indispensable estar incluido en el registro de Proveedores de la plataforma digital para participar en esta contratación.
La Unidad Técnica de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Santa Bárbara requiere contratar, bajo la modalidad de contratación por demanda, de una empresa proveedora de servicios de arborización, con el fin de cumplir con el plan de mitigación del cambio climático, desarrollar campañas de reforestación en áreas de recarga acuífera y promover el embellecimiento de espacios públicos. Asimismo, al estar adscritos como cantón amigo de las abejas, se prioriza la siembra de especies nativas que contribuyan a la polinización.
Esta contratación se realizará bajo la modalidad de contrato según demanda, de acuerdo con los artículos 87, 192, 195, 212 y 214 del Reglamento a la Ley General de Contratación pública (de ahora en adelante RLGCP).
Este procedimiento NO podrá superar el umbral definido para el trámite de la Licitación Reducida (₡64.559.795,00), según los umbrales para el año 2026 establecidos en la resolución R-DC-00142-2025, de las nueve horas del diez de diciembre de dos mil veinticinco, emitida por la Contraloría General de la República.
La Municipalidad de Santa Bárbara proyecta un consumo de ₡3,500,000.00 (tres millones quinientos mil colones con 00/100) por año, pero no asegura al contratista ningún volumen mínimo de consumo, por lo que las cantidades de referencia en la ejecución del contrato podrían aumentar o disminuir según la demanda que requiera la institución, sin que ello implique variación alguna de las condiciones contractuales ni otorgue derecho de algún resarcimiento al contratista, por tanto, no se asegura al contratista suma mínima alguna de ingresos por concepto de la presente contratación.
Para esta contratación se tiene el contenido económico en la partida presupuestarias 5.03.02.02.2.02.02 según la certificación de contenido presupuestario para el periodo 2026.
- Banda de tolerancia para determinar la razonabilidad del precio
Para este procedimiento de compra, se consideró establecer como bandas de tolerancia, para las líneas un +/- 20%, lo anterior con respecto al precio promedio definido en el informe de estudio de mercado realizado de previo a la contratación.
- PLAZO DE LA CONTRATACIÓN
La adjudicación de este concurso se formalizará por medio de contrato. El contrato tendrá una vigencia original de un (01) año y podrá ser prorrogado por períodos iguales hasta un máximo de tres (03) prórrogas para un total de cuatro (04) años.
Para proceder con la prórroga, el Administrador del Contrato, deberá emitir un acto debidamente razonado, con al menos dos (2) meses de anticipación al plazo en que se iniciaría el nuevo período. Dicho acto deberá contener la justificación de mantener el contrato.
Si el Administrador del Contrato decide no otorgar más prórrogas, deberá comunicarlo al contratista con al menos dos (2) meses de anticipación a la finalización del período que está en ejecución. En cualquiera de las situaciones anteriores deberá enviarse copia al expediente de dicho trámite con los motivos por los cuales se podrá no prorrogar el contrato.
- CONTRATO
El proveedor adjudicado deberá aportar antes de la suscripción del contrato, el presupuesto detallado dentro de los ocho (8) días hábiles posterior a la firmeza del acto final, así como el aporte de la garantía de cumplimiento.
- FUNCIONARIOS RESPONSABLES
El funcionario responsable de brindar la información necesaria correspondiente a las especificaciones técnicas, documentación relacionada del presente proceso, además será el encargado de realizar el estudio técnico que se genere para las ofertas de esta contratación y se designa también en calidad de Administrador del Contrato:
Nombre: Ing. Susana Lobo Ruiz
Puesto: Encargada Unidad de Gestión Ambiental
Teléfono: 2269-9081 ext 104
Correo electrónico: ambiental@santabarbara.go.cr
Ante la ausencia temporal o definitiva del funcionario antes indicado, será sustituidos en el cargo, información que deberá ser incorporada al expediente de la contratación.
- VIGENCIA DE LA OFERTA
El oferente deberá de manifestar o indicar expresamente en su oferta el plazo de vigencia de la oferta, el cual no podrá ser menor a treinta (30) días hábiles. En caso de que no indique expresamente un plazo determinado, se entenderá que se acepta el plazo establecido anteriormente.
Se adjudicará la totalidad de los bienes requeridos oferente elegible que cumpla los requisitos técnicos y presente el menor precio.
No se admitirán ofertas que coticen parcialmente o no ofrezcan la totalidad de las líneas.
La Municipalidad de Santa Bárbara tiene la facultad de adjudicar menor o mayor cantidad de unidades respecto a las solicitadas en este pliego de condiciones. Por la naturaleza del objeto contractual y en caso de ser susceptible de división, si la Administración lo considera pertinente, podrá adjudicar menor cantidad de líneas, según las posibilidades presupuestarias y de frente a las circunstancias que concurran en este concurso.
- Derecho de adjudicar parcialmente:
La administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea o bien parte de un mismo objeto de conformidad con lo establecido en la decisión inicial, lo cual es aceptado por el oferente con la presentación de su oferta.
Para este proceso se requiere una garantía de cumplimiento de un 5%, del monto proyectado para el primer año de consumo, equivalente a ₡175.000,00 (ciento setenta y cinco mil colones exactos)
- PLAZOS DE ENTREGA
El plazo de entrega máximo será de 10 días naturales, una vez recibido la orden de inicio por parte de la parte municipal.
En caso de que no indique expresamente el plazo determinado, se entenderá que se acepta el plazo de entrega indicado anteriormente.
Provincia de Heredia, Cantón de Santa Bárbara, previa coordinación con la encargada de la contratación.
Conforme lo establece la LGCP, la Administración deberá designar a la persona responsable de verificar el cumplimiento de cada una de las etapas definidas en la decisión inicial para la obtención del objeto de la contratación. En virtud de lo anterior, y con el propósito de que en este apartado se adjunte un resumen de lo indicado, se deberá llenar el siguiente cuadro que sintetiza las etapas del trámite que se consideran más importantes desde la fase de planificación hasta la fase de ejecución contractual:
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ACTIVIDAD |
Plazo (días) |
Responsable |
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PLANIFICACIÓN |
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Elaboración de la Decisión Inicial |
5 días |
Unidad Solicitante |
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Elaboración del Estudio de Mercado |
10 días |
Unidad Solicitante |
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Determinación de las Especificaciones Técnicas |
10 días |
Unidad Solicitante |
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PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN |
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Elaboración del documento Pliego de Condiciones |
10 días |
Proveeduría |
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Plazo para la apertura de ofertas |
5 días |
Proveeduría |
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ANÁLISIS DE OFERTAS / ACTO FINAL |
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Criterio preliminar (técnico / legal / financiero) |
2 días |
Unidad Solicitante |
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Subsanaciones |
2 días |
Proveeduría |
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Criterio final (técnico / legal / financiero) |
2 días |
Unidad Solicitante |
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Evaluación |
1 días |
Unidad Solicitante |
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Informe de Recomendación |
2 días |
Proveeduría |
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Adjudicación |
1 días |
Alcaldía |
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CONTRATO |
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Verificación de condiciones |
3 días |
Proveeduría |
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Elaboración del contrato |
5 días |
Proveeduría |
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Refrendo Interno |
N/A |
Asesoría Jurídica |
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EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
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|
Entregas / avances |
10 días |
Unidad Solicitante |
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Recepción provisional |
5días |
Unidad Solicitante |
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Recepción definitiva |
5 días |
Unidad Solicitante |
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Finiquito del contrato |
365 días |
Unidad Solicitante |
- PRECIO
El precio deberá ofertarse por el costo total, utilizando a su vez la casilla que para estos efectos presenta el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP). Se deberá incluir el desglose de dicho costo total, indicando el costo unitario de acuerdo con el ítem que cotice y podrá indicarse en colones costarricense o en moneda extranjera. El mismo deberá ser firme y definitivo, incluyendo los impuestos y gastos que implica la entrega del ítem y deberá indicarse en números y letras. En caso de discrepancia prevalecerá el precio indicado en letras, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
a. Conversión de moneda
En caso de recibir propuestas en distintas monedas, únicamente para efectos del estudio comparativo de precio de las Ofertas, el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), las convertirá a una misma moneda aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la apertura de ofertas.
b. Desglose de precios
El oferente deberá presentar el desglose de la estructura del precio junto con un presupuesto detallado que incluya (insumos, suministros en los distintos rubros) y completo con todos los elementos que lo componen, de acuerdo con el artículo 102 del RLGCP, según el siguiente cuadro:
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Rubro |
Monto |
Porcentaje |
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Costos Directos (mano de obra + cargas sociales) |
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Costos Directos (insumos) |
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Costos Indirectos (mano de obra indirecta) |
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Costos Indirectos (insumos indirectos) |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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TOTAL |
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100% |
Nota: Salvo que el oferente especifique un porcentaje mayor, la Administración requiere que el oferente cotice el porcentaje mínimo de la utilidad en un 5%, en caso contrario quedará excluido. Todo acorde con el artículo 98 del RLGCP.
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
- Costos directos (mano de obra +insumos u otros): Son los costos que involucran lo esencial y lo sustantivo del objeto de la contratación.
- Costos indirectos (gastos administrativos): Son los costos accesorios y necesarios para poder desarrollar lo esencial y sustantivo que persigue la relación contractual, pueden ser muy diversos.
- Imprevistos: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
- Utilidad: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo, etc.
Nota importante: Con relación al rubro de imprevistos, no es posible considerar que, en una estructura de precios de este tipo de contratos que solicita desglose de precios, la cotización se muestre con cero, se omita el rubro, o de existir el rubro se deje en blanco, ya que esto implica que no se está cotizando el rubro, y con ello se maximiza la posibilidad de problemas en la ejecución del contrato. El concepto del rubro de imprevistos está intrínsecamente ligado a la búsqueda de asegurar la consecución del fin o interés público en la contratación, pues resulta claro que su propósito es cubrir cualquier situación imprevista que pueda presentarse durante la
ejecución contractual y no deben confundirse con una mala planificación o cálculo de costos, sino que surgen del riesgo implícito en todo contrato. Y su cotización lo que pretende es evitar que el contratista consuma otros rubros del precio y con ello se ponga en riesgo la ejecución del objeto a razón de la onerosidad que podría representar la ejecución del objeto contractual.
Por lo tanto, si una oferente omite incluir un porcentaje al rubro de imprevistos, en el análisis que se haga de parte de la Municipalidad, podría quedar excluido del concurso de licitación.
De conformidad a lo indicado en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el artículo 103 del c) el presupuesto detallado del bien y/o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho (8) días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
El presupuesto detallado deberá contener al menos sus costos directos, donde se considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (deberá considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
El adjudicatario debe presentar un desglose del presupuesto detallado del bien y/o servicio, deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
Por las características particulares de la presente contratación y con el fin de garantizar la uniformidad en la calidad del material vegetal suministrado, la logística de entrega y la administración del contrato, no se aceptarán adjudicaciones parciales. En consecuencia, la contratación será adjudicada en su totalidad a un único oferente.
El oferente deberá indicar el precio unitario para cada uno de los siguientes ítems:
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N° |
Ítem |
Precio estimado por unidad |
Descripción |
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1 |
Árbol grande |
¢ |
Árboles con una altura superior a 2,00 m (sin considerar la altura de la bolsa o recipiente). Deberán entregarse en bolsa o recipiente con una capacidad equivalente a un mínimo de 20 x 20 pulgadas, utilizando un sustrato adecuado para su desarrollo. Deberán presentar un tronco recto, copa bien conformada y haber recibido podas de formación conforme a las buenas prácticas de arboricultura, cuando corresponda. |
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2 |
Árbol mediano |
¢ |
Árboles con una altura entre 1,60 m y 2,00 m (sin considerar la bolsa o recipiente). Deberán entregarse en bolsa o recipiente con capacidad mínima equivalente a 20 x 20 pulgadas, en sustrato apropiado. Deberán presentar buen vigor, tronco bien desarrollado, copa formada y podas de formación cuando la especie lo requiera |
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3 |
Árbol pequeño |
¢ |
Árboles con una altura entre 1,00 m y 1,50 m (sin considerar la bolsa o recipiente). Deberán entregarse en bolsa o recipiente con capacidad mínima equivalente a 14 x 11 pulgadas, utilizando un sustrato adecuado. Deberán presentar buen desarrollo vegetativo, copa bien conformada y podas de formación cuando corresponda. |
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4 |
Arbustos |
¢ |
Plantas producidas en bolsa con dimensiones aproximadas de 4 x 10 pulgadas o equivalente, cultivadas en un sustrato apropiado. Deberán presentar buen vigor, al menos dos brotes principales bien desarrollados y un sistema radical suficientemente consolidado que permita manipular la planta sin que el adobe se desprenda. |
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5 |
Plantas medianas y pequeñas |
¢ |
Plantas producidas en bolsa con dimensiones aproximadas de 2 x 5 pulgadas o equivalente, en sustrato apropiado. Deberán presentar buen vigor, adecuado desarrollo foliar y un sistema radical bien establecido que mantenga íntegro el adobe durante su manipulación |
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6 |
Zacate |
¢ |
Zacate ornamental o cubresuelos, según las necesidades institucionales. Deberá suministrarse sano, libre de malezas, plagas y enfermedades, con buen desarrollo vegetativo y sistema radical que garantice un adecuado establecimiento posterior al trasplante. |
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7 |
Transporte |
¢ |
Transporte del material vegetativo al cantón de Santa Bárbara de Heredia (incluye carga y descarga del material). |
Consideraciones generales
Las alturas indicadas para árboles, arbustos y demás plantas constituyen rangos de referencia para efectos de cotización y comparación de ofertas. Durante la ejecución contractual, las dimensiones podrán variar de acuerdo con la especie requerida, la disponibilidad del vivero y las necesidades de la Municipalidad, siempre que se mantenga una calidad equivalente o superior a la ofertada.
Cualquier variación respecto al tamaño, presentación o especie deberá ser previamente autorizada por el administrador del contrato.
Requisitos mínimos de calidad
Todo el material vegetal suministrado deberá cumplir, como mínimo, con las siguientes condiciones:
- Ser plantas sanas, vigorosas, maduras y adecuadamente formadas para su trasplante.
- Estar libres de plagas, enfermedades, daños mecánicos y síntomas de estrés hídrico o deficiencias nutricionales.
- No presentar hojas marchitas, amarillentas, secas o con daños severos.
- Contar con un sistema radical bien desarrollado y sin daños evidentes en raíces principales o secundarias.
- Presentar un adobe compacto y proporcional al tamaño de la planta, que permita su manipulación sin desmoronarse.
- Entregarse en bolsa de vivero, maceta, saco de yute o saco de rafia (polipropileno), según corresponda, en buen estado y sin roturas que comprometan el sistema radical.
- Mantener una arquitectura adecuada para la especie, con copa uniforme y, en el caso de árboles, un fuste recto y bien desarrollado.
- Haber recibido las labores de mantenimiento propias de vivero, incluyendo podas de formación cuando técnicamente correspondan.
Especies de referencia
Las especies vegetales serán solicitadas mediante órdenes de pedido conforme a las necesidades de la Municipalidad durante la vigencia del contrato.
El cuadro de especies que se incorpora en este cartel tiene carácter únicamente referencial y no limita la posibilidad de solicitar otras especies con características equivalentes, siempre que:
- Sean aptas para las condiciones climáticas y edáficas del cantón.
- Cumplan la función paisajística, ornamental, ecológica o de restauración requerida.
- Se encuentren disponibles en el vivero adjudicado.
- Cuenten con la aprobación previa del administrador del contrato.
Las imágenes incluidas en el cartel tendrán únicamente fines ilustrativos y no constituirán un requisito obligatorio de apariencia exacta.
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Descripción |
Imagen de Referencia |
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A. ZEBRA (CALATHEA ZEBRINA) Nombre científico: Calathea Zebrina. Nombres comunes: Zebra. Familia: Marantaceae. Tipo de planta: Hierba. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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B. FILODENDRON NEGRO (COLOCASIA BLACK MAGIC) Nombre científico: Colocasia Black Magic. Nombres comunes: Filodendron Negro. Familia: Araceae. Tipo de planta: Hierba. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura. |
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C. CORALILLO (HAMELIA PATENS) Nombre científico: Hamelia Patens. Nombres comunes: Coralillo. Familia: Rubiaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura. |
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D. WEDELIA (WEDELIA TRILOBATA) Nombre científico: Wedelia Trilobata. Nombres comunes: Wedelia. Familia: Araceae Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: No aplica. |
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E. FALSO MALINCHE (CAESALPINIA PULCHERRIMA) Nombre científico: Caesalpinia Pulcherrima. Nombres comunes: Falso Malinche. Familia: Fabaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1 a 2 m de altura. |
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F. FLOR BLANCA (PLUMERIA ALBA) Nombre científico: Plumeria Alba. Nombres comunes: Flor Blanca. Familia: Apocynaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura. |
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G. BELLISIMA COLOR FUCSIA (ANTIGONON LEPTOPUS) Nombre científico: Antigonon Leptopus. Nombres comunes: Bellisima Color Fucsia. Familia: Eriogonoideae. Tipo de planta: Enredaderas o Trepadoras. Altura requerida: 30 a 50 cm de altura. |
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H. AZALEA (AZALEA JAPONICA) Nombre científico: Azalea Japónica. Nombres comunes: Azalea. Familia: Ericaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 30 a 50 cm de altura |
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I. MAGNEY VERDE (CALLISIA FRAGRANS) Nombre científico: Callisia Fragrans. Nombres comunes: Magney Verde. Familia: Commelinaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 20 a 40 cm de altura. |
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J. PINK LADY (HETEROTIS ROTUNDIFOLIA) Nombre científico: Heterotis Rotundifolia. Nombres comunes: Pink Lady. Familia: Melastomatoideae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 20 a 50 cm de altura. |
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K. JUPITER (LAGERSTROEMIA INDICA) Nombre científico: Heterotis Rotundifolia. Nombres comunes: Júpiter. Familia: Lythraceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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L. PINCEL VERDE (LIRIOPE MUSCARI) Nombre científico: Heterotis Rotundifolia. Nombres comunes: Pincel Verde. Familia: Asparagaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 30 a 50 cm de altura.
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M. ZACATE AZUL (OPHIOPOGON JAPONICUS) Nombre científico: Ophiopogon Japonicus. Nombres comunes: Zacate Azul. Familia: Asparagaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 30 a 50 cm de altura.
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N. ESTRELLA AZUL (PETREA VOLUBILIS) Nombre científico: Petrea Volubilis. Nombres comunes: Estrella Azul. Familia: Verbenaceae. Tipo de planta: Enredaderas o Trepadoras. Altura requerida: 50 a 90 cm de altura.
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Ñ. LENGUA DE SUEGRA (SANSEVIERIA TRIFASCIATA) Nombre científico: Sansevieria Trifasciata. Nombres comunes: Lengua de Suegra. Familia: Asparagaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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O. CEREZO (BUNCHOSIA NITIDA) Nombre científico: Bunchosia nitida. Nombres comunes: Cerezo. Familia: Malpighiaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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P. PASCUITAS (EUPHORBIA LEUCOCEPHALA) Nombre científico: Euphorbia Leucocephala. Nombres comunes: Pascuitas. Familia: Euphorbiaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1 a 1.5 m de altura.
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Q. LIRIO DE ARAÑA (HYMENOCALLIS LITTORALIS) Nombre científico: Hymenocallis Littoralis. Nombres comunes: Lirio de araña. Familia: Amaryllidaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 30 a 50 cm de altura.
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R. CINCO NEGRITOS (LANTANA CAMARA) Nombre científico: Lantana Camara. Nombres comunes: Cinco Negritos. Familia: Verbenaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 30 a 50 cm de altura.
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S. ALBAHACA DE ALCANFOR (OCIMUM KILIMANDSCHARICUM) Nombre científico: Ocimum Kilimandscharicum. Nombres comunes: Familia: Lamiaceae. Tipo de planta: Medicinal. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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T. SENECIO TREPADOR (PSEUDOGYNOXYS CHENOPODIOIDES) Nombre científico: Pseudogynoxys Chenopodioides. Nombres comunes: Senecio Trepador. Familia: Asteraceae. Tipo de planta: Enredaderas o Trepadoras. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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U. RUELLIA (RUELLIA SIMPLEX) Nombre científico: Ruellia Simplex. Nombres comunes: Ruellia. Familia: Acanthaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura
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V. SALVIA (SALVIA FARINACEA) Nombre científico: Salvia Farinácea. Nombres comunes: Salvia. Familia: Lamiaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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W. COLA DE GATO (STACHYTARPHETA JAMAICENSIS) Nombre científico: Stachytarpheta Jamaicensis. Nombres comunes: Cola de Gato. Familia: Verbenaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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X. BIJARRO (TABERNAEMONTANA LITORALIS) Nombre científico: Tabernaemontana Litoralis. Nombres comunes: Bijarro Familia: Apocynaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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Y. MAÑANITAS BLANCAS O AMARILLAS (TURNERA SUBULATA) Nombre científico: Turnera Subulata. Nombres comunes: Mañanitas blancas o amarillas. Familia: Turneraceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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Z. COPA DE MANTEQUILLA (TURNERA ULMIFOLIA) Nombre científico: Turnera ulmifolia. Nombres comunes: Copa de Mantequilla. Familia: Passifloraceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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AA. GUARUMO (CECROPIA OBTUSIFOLIA) Nombre científico: Cecropia Obtusifolia. Nombres comunes: Guarumo. Familia: Cecropiaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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BB. TUCUICO (ARDISIA REVOLUTA) Nombre científico: Ardisia Revoluta. Nombres comunes: Tucuico / Guastomate. Familia: Myrsinaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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CC. VAINILLO (TECOMA STANS) Nombre científico: Tecoma Stans. Nombres comunes: Vainillo. Familia: Bignoniaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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DD. CAPULÍN BLANCO (TREMA MICRANTHA) Nombre científico: Trema Micrantha. Nombres comunes: Chapulín Blanco. Familia: Cannabaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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EE. DAMA (CITHAREXYLUM DONNELL-SMITHII) Nombre científico: Citharexylum donnell-smithii. Nombres comunes: Damas. Familia: Verbenaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura. |
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FF. GUACHIPELIN (DIPHYSA AMERICANA) Nombre científico: Diphysa Americana. Nombres comunes: Guacipelín. Familia: Fabaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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GG. SOTA CABALLO (ZYGIA LONGIFOLIA) Nombre científico: Zygia Longifolia Nombres comunes: Sotacaballo. Familia: Fabaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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HH. MURTA (MYRCIANTHES FRAGRANS) Nombre científico: Myrcianthes fragrans Nombres comunes: Murta. Familia: Myrtaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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II. YUCO (BERNOULLIA FLAMMEA) Nombre científico: Bernoullia Flammea. Nombres comunes: Yuco. Familia: Malvaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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JJ. LAUREL DE MONTAÑA (CORDIA CYMOSA) Nombre científico: Cordia Cymosa. Nombres comunes: Laurel de Montaña. Familia: Boraginaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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KK. GUABA (INGA JINICUIL) Nombre científico: Inga Jinicuil. Nombres comunes: Guaba. Familia: Fabaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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LL. CHAPERNO (LONCHOCARPUS OLIGANTHUS) Nombre científico: Lonchocarpus Oliganthus. Nombres comunes: Chaperno. Familia: Fabaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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MM. ROBLE SABANA (TABEBUIA ROSEA) Nombre científico: Tabebuia rosea. Nombres comunes: Roble Sabana. Familia: Bignoniaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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NN. PILON (HIERONYMA ALCHORNEOIDES) Nombre científico: Hieronyma alchorneoides. Nombres comunes: Pilón. Familia: Phyllanthaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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ÑÑ. MANU (MINQUARTIA GUIANENSIS) Nombre científico: Minquartia Guianensis. Nombres comunes: Manú. Familia: Olacaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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OO. CEDRO MARÍA (CALOPHYLLUM BRASILIENSE) Nombre científico: Calophyllum brasiliense. Nombres comunes: Cedro María. Familia: Calophyllaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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PP. BOTARRAMA (VOCHYSIA FERRUGINEA) Nombre científico: Vochysia ferrugínea. Nombres comunes: Botarrama. Familia: Vochysiaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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QQ. CORTEZA AMARILLA (HANDROANTHUS OCHRACEUS) Nombre científico: Handroanthus ochraceus. Nombres comunes: Corteza Amarilla. Familia: Bignoniaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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RR. ROBLE ENCINO (QUERCUS POLYMORPHA) Nombre científico: Quercus polymorpha. Nombres comunes: Roble Encino. Familia: Fagáceas. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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SS. AGUACATILLO (PERSEA CAERULEA) Nombre científico: Persea caerulea. Nombres comunes: Aguacatillo. Familia: Lauraceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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TT. OJOCHE (BROSIMUM ALICASTRUM) Nombre científico: Brosimum alicastrum. Nombres comunes: Ojoche. Familia: Moraceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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UU. CEIBO (PSEUDOBOMBAX SEPTENATUM) Nombre científico: Pseudobombax septenatum. Nombres comunes: Ceibo. Familia: Malvaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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VV. BALSA (OCHROMA PYRAMIDALE) Nombre científico: Ochroma pyramidale. Nombres comunes: Balsa. Familia: Malvaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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WW. LENGUA DE VACA (MICONIA ARGENTEA) Nombre científico: Miconia Argentea. Nombres comunes: Lengua de Vaca Familia: Melastomatacae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura
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XX. CANDELILLO (SENNA HAYESIANA) Nombre científico: Senna hayesiana. Nombres comunes: Candelillo. Familia: Fabaceae Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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YY. COLPACHI (CROTÓN NIVEUS) Nombre científico: Croton niveus. Nombres comunes: Colpachí. Familia: Euphorbiaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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ZZ. PAVON AMARILLO (JUSTICIA AUREA) Nombre científico: Justicia aurea. Nombres comunes: Pavón amarillo. Familia: Acanthaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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AAA. VIBORANA (ASCLEPIAS CURASSAVICA) Nombre científico: Asclepias curassavica. Nombres comunes: Viborana Familia: Apocynaceae Tipo de planta: Hierba. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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BBB. CUPHEA (CUPHEA PROCUMBENS) Nombre científico: Cuphea procumbens. Nombres comunes: Cuphea. Familia: Lythraceae. Tipo de planta: Hierba. Altura requerida: 40 a 50 cm de altura.
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CCC. PACAYA (CHAMAEDOREA COSTARICANA) Nombre científico: Chamaedorea costaricana. Nombres comunes: Pacaya. Familia: Arecaceae. Tipo de planta: Palmera. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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DDD. TARGUA (CROTON DRACO) Nombre científico: Croton draco. Nombres comunes: Targuá. Familia: Euphorbiaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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EEE. MADERO NEGRO (GLIRICIDIA SEPIUM) Nombre científico: Gliricidia Sepium. Nombres comunes: Madero Negro. Familia: Fabaceae. Tipo de planta: Arbusto/Arbolito. Altura requerida: 1.5 a 2 m de altura.
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El adjudicatario deberá disponer de un inventario suficiente para atender las órdenes de compra durante toda la vigencia del contrato. En caso de que una especie determinada no se encuentre disponible, podrá proponer una especie equivalente en cuanto a tamaño, función paisajística y adaptación al sitio de siembra, la cual deberá contar con la aprobación previa del administrador del contrato antes de su suministro.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
- Contar con 3 años de experiencia en el mercado brindando los servicios requeridos, para lo cual deberá aportar una declaración jurada y prueba que demuestre la experiencia.
- El oferente debe presentar una copia de la licencia comercial vigente para la actividad ofrecida, otorgado por la Municipalidad correspondiente.
- Una certificación emitida por la Municipalidad en donde indique que se encuentra al día en el pago del impuesto de patente. Esto según el artículo 88 del Código Municipal, dicha patente deberá estar emitida a nombre de quien oferte en SICOP.
- El oferente debe presentar una copia del permiso sanitario de funcionamiento del Ministerio de Salud, el cual debe estar vigente.
- METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
Aceptabilidad Legal y Técnica:
La aceptabilidad legal y técnica implica que las ofertas se ajusten en forma detallada a los requisitos del presente cartel, y sean conformes con el ordenamiento jurídico aplicable.
Criterios de evaluación y selección:
Los criterios de evaluación y selección para el presente proceso se establecen de la siguiente manera:
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Criterio |
% Máximo |
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Pyme |
5% |
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Ambientales |
5% |
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Precio |
90% |
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Total |
100% |
PYME. 5%
Micro, pequeñas y medianas empresas, con un número limitado de empleados y un cierto nivel de activos e ingresos, que varían según la clasificación.
Certificación del MEIC. La Administración deberá fomentar la participación de las empresas que posean la condición PYME conforme a la Ley N°8262 del 02 de mayo de 2002, en la adquisición de bienes, obras y servicios.
AMBIENTALES 5%
Buenas Practicas Ambientales
Para demostrar compromiso y responsabilidad en temas de calidad, ambiente, salud y seguridad ocupacional, se otorgará un 5% al proveedor que cuente con alguna certificación o galardón ambiental vigente, por ejemplo: ISO, INTE, Bandera Azul, Carbono Neutralidad, entre otras reconocidas.
PRECIO 90%
Se asignará 90 puntos a la oferta de menor precio de la “oferta económica”. Para las restantes ofertas se calcularán los porcentajes mediante la aplicación de la siguiente fórmula
En donde
PP= Puntos Asignados por precio
P1 = Precio de la oferta de menor precio.
P2 = Precio de la oferta económica a evaluar.
90 = Porcentaje máximo a obtener.
- MULTAS
La multa será cobrada por el incumplimiento en el bien o servicio brindado, la persona asignada por la Municipalidad a cargo de este proyecto, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorará el incumplimiento y se calculará el costo que ha ocasionado a la Municipalidad una determinada falta y se comunicara al contratista mediante un debido proceso, las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado.
- CLAUSULA PENAL
La violación parcial o total de cualquiera de las estipulaciones contenidas en este documento, en el contrato, o de las indicadas en la oferta, faculta a la Municipalidad de Santa Bárbara a rescindir administrativamente el contrato y cobrar daños y perjuicios a la firma.
- El incumplimiento en el plazo de entrega de lo contratado será sancionado con una multa de 2 % por cada día hábil de atraso de la partida o línea no entregada a tiempo; según el plazo señalado, hasta un máximo de un 25% del valor adjudicado de larespectiva línea.
- En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la entrega. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
- Si el monto total de la multa se excediere del saldo a su favor, la diferencia será pagada a la Municipalidad por el contratista o garante.
Los derechos y las obligaciones derivados del contrato del presente proceso de contratación podrán ser cedidos a un tercero, siempre que no se trate de una obligación personalísima, y que se cuente con la autorización del jerarca o por quien él delegue, mediante acto debidamente razonado, todo lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 277 de su Reglamento.
En cuanto a la cesión de los derechos de pago, los mismos podrán cederse en cualquier momento, sin que sea necesario el consentimiento de la Administración, sin embargo, deberá informarse a ésa una vez que la cesión sea convenida, sin detrimento de los montos que por concepto de multas y cláusulas penales se deban resarcir con dicho pago, los cuales se deducirán automáticamente del monto. El documento de cesión de derechos de pago deberá ser presentado ante la Administración mediante SICOP. La cesión de pago recibida por la Administración no exonera al contratista de sus obligaciones y tampoco convierte al cesionario en parte contractual, tal y como lo dispone el artículo 278 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
El incumplimiento por parte del contratista de alguna de las cláusulas esenciales del contrato, las especificaciones de la contratación, o si el objeto del contrato resulta deficiente a juicio la Municipalidad de Santa Bárbara, será causa suficiente para que se resuelva unilateralmente el contrato, sin responsabilidad alguna para la Municipalidad de Santa Bárbara, todo de conformidad con los artículos 113 y 114 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 293 del Reglamento.
Para el caso en que se quiera rescindir el contrato ya sea unilateral o bilateralmente, se deberá de ajustarse a lo dispuesto en los numerales 115 y 116 de la Ley General de Contratación Pública.
Lo no indicado en el presente Pliego de Condiciones rige lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES PARA COMPRAS MEDIANTE EL SISTEMA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SICOP
- ACTUAR ÉTICO
Todas las actuaciones que realice la Municipalidad de Santa Bárbara se harán de manera proba, integra y transparente, bajo el cumplimiento de los principios éticos establecidos en el artículo 10 de la Ley General de Contratación Pública y orientadas a la satisfacción del interés público, según lo normado en el artículo 17 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP).
Así mismo se espera de los potenciales oferentes que se actúe de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídico, durante todas las etapas del procedimiento de contratación, según normado lo artículo 24 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP).
- OBLIGACIONES DEL OFERENTE:
Serán oferentes todas aquellas personas que presenten sus ofertas en forma electrónica por medio del Sistema Unificado de Compras Públicas "SICOP", actuando por sí mismo o por medio de un representante.
- De conformidad con el artículo 29 de la LGCP, los potenciales oferentes y subcontratistas de previo a la participación en todo procedimiento de contratación pública deberán rendir una declaración jurada, por una única vez, sobre los siguientes aspectos a) que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en esta ley, b) que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo 28 de la LGCP, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de la citada ley y c) tratándose de personas jurídicas deberán indicar, en la declaración jurada, la naturaleza y propiedad de las acciones. Dicha declaración deberá formar parte del Registro de Proveedores del SICOP.
Además, para poder participar en los procedimientos de contratación pública es deber de los oferentes y subcontratistas mantenerla actualizada.
Así mismo para este concurso licitatorio, deberá obligatoriamente manifestar de manera expresa en su oferta que la información contenida en la declaración jurada aludida previamente se mantiene invariable de acuerdo con el artículo 29 de la LGCP y 33 de su Reglamento.
Deben tener actualizada, con no más de 24 meses, la información del Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, según lo estipulado en el art. 18 de la LGCP, la misma es aportada como cumplimiento de los requisitos establecidos para la inscripción, siendo que esta Administración verificará, por ese medio, las declaraciones juradas establecidas en el art. 32 inciso c.) del RLGCP, representantes legales y apoderados. Todo lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la LGCP y artículo 32 inciso c) y 33 de su Reglamento.
- El oferente debe aportar constancia del seguro obligatorio de riesgos del trabajo vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual, según los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo.
- El oferente debe aportar el permiso sanitario de funcionamiento vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual, según el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud, decreto ejecutivo número 39472-S, publicado en La Gaceta número 13 del 8 de febrero de 2016. Para lo anterior, debe presentar copia simple de dicho permiso.
- El oferente debe aportar la patente comercial vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual. Para demostrar lo anterior, el oferente debe adjuntar copia simple de dicha patente y el último comprobante de pago del trimestre, para acreditar que actualmente se encuentra vigente. En caso de no contar con el certificado de patente comercial o permiso de funcionamiento, el oferente deberá indicar expresamente los motivos del porqué no requieren, así como las pruebas que lo demuestren. Este requisito no es necesario si el oferente realiza ejercicio liberal de su profesión.
- Deben encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias materiales y formales, así como en la presentación de declaraciones tributarias a las que estuviera obligada ante las dependencias del Ministerio de Hacienda, según la Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal, ley número 9416 del 14 de diciembre de 2016, publicado en La Gaceta número 313 del 20 de diciembre del 2016, la cual reforma y adiciona el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, ley número 4755 del 3 de mayo de 1971, vigente desde el 3 de mayo de 1971, el cual indica que toda persona física o jurídica que desee obtener o tramitar cualquier proceso de contratación pública, debe encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, materiales y formales, así como en la presentación de las declaraciones tributarias a las que estuviera obligada, ante las dependencias del Ministerio de Hacienda.
- Deben encontrarse al día en el pago de la cuota correspondiente del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, FODESAF. Lo anterior, de acuerdo con el artículo 22 inciso c) de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, ley número 5662 del 23 de diciembre de 1974 y sus reformas.
- Deben encontrarse al día con sus obligaciones patronales ante la Caja Costarricense de Seguro Social, de conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS.
- OFERTAS ELECTRÓNICAS:
Con la presentación de la oferta se tendrá por aceptada todas las condiciones establecidas en el pliego de condiciones. En ningún caso se aceptará la presentación de ofertas en medios distintos.
Toda oferta deberá ser elaborada y presentada en el sistema SICOP a más tardar a la hora y fecha indicada en el cartel como cierre de recepción de ofertas. Siendo la fecha y hora del sistema SICOP las que se acrediten como oficiales para tales efectos.
La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español, salvo que en el cartel se permitan otros idiomas con la traducción debidamente consularizada o se acepte una traducción libre de su texto.
El acto de apertura de las ofertas se realizará mediante el sistema SICOP, en la fecha y hora establecida en el cartel.
La oferta debe estar debidamente firmada (o aprobada mediante SICOP) por el representante legal o apoderado especial o generalísimo, para lo cual deberá aportar la certificación de personería jurídica vigente emitida por el Registro Nacional con NO más de quince días naturales de emitida o bien certificación notarial con no más de un mes de emitida o bien el poder especial original efectuado para las actualizaciones en la licitación en específico.
- ANALISIS DE OFERTAS
Para una eventual adjudicación, solo serán consideradas aquellas ofertas que cumplan legal, técnica y financieramente, con las condiciones generales y especificas del pliego de condiciones. La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la veracidad y autenticidad de la información contenida en la oferta, como consecuencia de lo anterior, de llegarse a determinar la existencia de información falsa descalificará al oferente.
Se adjudicará a la oferta con el puntaje más alto de acuerdo a la metodología de evaluación aplicada.
El adjudicatario que no cancele dentro del plazo indicado en SICOP con el pago de las especies fiscales y firma del contrato, se procederá a adjudicar al segundo mejor posicionado con su oferta económica y así sucesivamente.
Las ofertas deben cumplir con todas las condiciones y especificaciones técnicas solicitadas en el Pliego de Condiciones y sus anexos.
El incumplimiento de algunas condiciones establecidas en el presente documento, cuando así sea permitido por la normativa que regula la materia, posibilitara a la Administración solicitar subsane o aclaración según corresponda en los términos de los artículos 50 de la Ley General de Contratación Pública y 134 de su Reglamento.
No atender el subsane o aclaración, descalificará la oferta, en caso de que la naturaleza del defecto lo amerite, a criterio de la Administración.
- CONFIDENCIALIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA:
De conformidad con el artículo 15 de la LGCP, en caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estimas confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico.
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
En caso de omisión de la justificación, se tendrá como no cumplida y la documentación enviada será puesta como pública.
- CLAUSULA DE DESEMPATE
De presentarse igualdad en el puntaje obtenido, la Administración otorgará la siguiente puntuación adicional:
- PYME de industria 5 puntos.
- PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos.
- PYME de comercio 2 puntos.
En caso de que el empate entre PYMES persista lo definirá la suerte, utilizando para ello los dados, monedas o cualquier otro sistema que cumpla con el principio de transparencia. De todo ello se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento y posteriormente se adoptará el acto de adjudicación, todo lo anterior deberá constar en el sistema digital unificado.
El adjudicatario deberá firmar el contrato electrónico de esta contratación por medio del sistema SICOP, en un plazo máximo de 8 días hábiles, contado a partir de la notificación respectiva realizada por parte de la Proveeduría de la Municipalidad de Santa Bárbara, so pena, se procederá a declarar la insubsistencia del acto de adjudicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
- ORDEN DE INICIO
El adjudicatario tendrá que iniciar después de notificado el acto de adjudicación y recibida la orden de inicio por parte del Administrador del Contrato.
- TRAMITE DE PAGO
El proveedor adjudicado deberá solicitar por medio de la plataforma del SICOP la recepción del servicio contratado, una vez recibido el mismo, ya sea por el Administrador del Contrato, además se deberá realizar la gestión de pago respectiva, por medio del mismo sistema, adjuntando los tres archivos correspondientes (factura PDF, archivo XML y archivo de aceptación del Ministerio de Hacienda).
Deberá presentar las planillas de la CCSS y Póliza del INS, al día, cada mes que solicite la gestión de pago.
La forma de pago será usual de la Administración, según lo establecido en el artículo 19 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP), consiste en máximo treinta (30) días naturales, salvo las excepciones establecidas por el bloque de legalidad.
Los contratistas deberán indicar el número de cuenta corriente o en su defecto, el número de cuenta IBAN.
Del monto de cada factura se rebajará el 2% (dos por ciento), por retención adelantada del impuesto de la renta, salvo en aquellas excepciones que la Ley del impuesto sobre la renta (N°7092) contempla en forma expresa, de conformidad con lo que dispone en su Artículo N°3.
Se advierte que de no tramitarse el pago antes de concluir actividades en diciembre, este pasará a trámite de liquidación y quedará como compromiso pendiente para pagar en el año siguiente. Por lo que se suspenderá el pago de actividades hasta que la Contraloría General de la República otorgue la aprobación al presupuesto respectivo.
Es importante indicar, que mediante reforma introducida por la Ley número 9686 de 21 de mayo de 2019, denominada "Reforma a la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, vigente desde el 27 de julio de 2019 al inciso 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, se dispuso que si durante la etapa de ejecución del contrato, el contratista adquiere la condición de morosidad ante la CCSS, y si la Administración contratante en caso de tener pendientes pagos a favor de dicha empresa, le deberá retener los mismos (pagos) y girarle dichos recursos directamente a la Caja Costarricense del Seguro Social, y si una vez honrados los rubros morosos, quedara algún remanente a favor del contratista, la Administración le hará entrega de éste.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. La multa será cobrada por el incumplimiento en el bien o servicio brindado, la persona asignada por la Municipalidad a cargo de este proyecto, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorará el incumplimiento y se calculará el costo que ha ocasionado a la Municipalidad una determinada falta y se comunicara al contratista mediante un debido proceso, las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado.
Cláusula penal. La violación parcial o total de cualquiera de las estipulaciones contenidas en este documento, en el contrato, o de las indicadas en la oferta, faculta a la Municipalidad de Santa Bárbara a rescindir administrativamente el contrato y cobrar daños y perjuicios a la firma. a. El incumplimiento en el plazo de entrega de lo contratado será sancionado con una multa de 2 % por cada día hábil de atraso de la partida o línea no entregada a tiempo; según el plazo señalado, hasta un máximo de un 25% del valor adjudicado de larespectiva línea. b. En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la entrega. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito. c. Si el monto total de la multa se excediere del saldo a su favor, la diferencia será pagada a la Municipalidad por el contratista o garante.
Documentos del cartel5
- Condiciones GeneralesPDF · 287 KB
- Condiciones EspecificasPDF · 717 KB
- CertificacionPDF · 164 KB
- Decisión InicialPDF · 860 KB
- Estudio de MercadoPDF · 338 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ingrid Susana Lobo Ruiz
Unidad de Gestión Ambiental
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 29/09/2026 03:28. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.