2026LD-000073-0019800001 · SICOP 20260801947
COMPRA DE MESAS Y SILLAS
Asamblea Legislativa
Asamblea Legislativa ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡13,0 millones y quedó en firme el 02/10/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡13,0 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡7,7 millones
40,9 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 02/10/2026
- 3-101-941043La más barata de 2₡7 716 544,00
- Línea no adjudicada (3-101-941043): SICOP registra ₡0, pero el informe de adjudicación no la adjudica (una línea repetida, una oferta que no ganó o una partida declarada desierta o infructuosa); el explorador no la suma.
Informe de recomendación de José Miguel Arguedas Porras, 29/09/2026
Fechas clave
- Se publicó08/09/2026 17:53 · hace 33 días
- Límite para 09/09/2026 23:59 · hace 32 días
- Límite para 10/09/2026 23:59 · hace 31 días
- Cierre de ofertas16/09/2026 09:00 · hace 25 días
- de ofertas16/09/2026 09:00 · hace 25 días
- publicado29/09/2026 14:23 · hace 12 días
- Adjudicación 02/10/2026 10:12 · hace 9 días
1 recibidas, 1 respondidas.
Contexto
- Asamblea Legislativa adjudicó ₡1 501,0 millones en 160 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra5 líneas
- Mesa Rectangular Plegable, con Estructura: en Tubo Redondo de Acero, Material del Sobre: Plástico Extra Duro, de Polietileno de Alta Densidad. Medidas: Alto: 74 Cm, Ancho 76 Cm, Largo: 184 Cm30 c/u · ₡1 999 980,0030 c/u₡1 999 980,00
- Mesa Coctelera Plegable, con sobre Plástico, Soporte de Metal, Medidas de 80 Cm de Diámetro X 110 Cm de Altura, Soportar 170 Kg.20 c/u · ₡700 000,0020 c/u₡700 000,00
- Mesa Plegable Rectangular, Regulable, con Medida de 71 Cm X 50 Cm X 77.5 Cm (+-2 Cm), Color Blanco, Capacidad Mínima de Carga 70 Kg, en Plastico de Alta Intensidad con Estructura Metálica10 c/u · ₡349 456,0010 c/u₡349 456,00
- Silla, de Polipropileno con Respaldar Ergonomico, Estructura de Metal, Capacidad de Soporte de 130 +/- 10 Kg, sin Tapiz Ni Acolchado, con Descanzabrazos100 c/u · ₡8 000 000,00100 c/u₡8 000 000,00
- Silla Plegable con Estructura Metalica, Asiento y Respaldar el Polipropileno de 83 X 50 X 60 Cm80 c/u · ₡2 000 000,0080 c/u₡2 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡11,1 millones – ₡13,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 90 % · GESTIÓN DE RESIDUOS 5 % · FACTOR CRITERIO SOCIAL 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡449,49 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 90 | GESTIÓN DE RESIDUOSmáx. 5 | FACTOR CRITERIO SOCIALmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| 3-101-941043Ganó | 90 | 5 | 5 | 100 |
| Corporacion Quimisol | 41,42 | 5 | 5 | 51,42 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
De acuerdo con el estudio de ofertas que realizó El Departamento de Servicios Generales Unidad de Ujieres, se adjudica, la oferta presentada por la empresa 3-101-941043 SOCIEDAD ANONIMA oferta ₡ 4.677.183, ya que cumple con todos los requisitos técnicos, financieros y legales. Se dan 2 días de plazo para interponer recurso de revocatoria, de conformidad con los artículos 270 inciso E), II párrafo del Reglamento a la LGCP y 63 inciso I) de la Ley General de Contratación Pública.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1.6.1 Los oferentes deberán encontrarse al día con el pago de las cuotas obrero-patronales de la CCSS y de FODESAF.
1.6.2. Deberá mantener actualizada, en el Registro de Proveedores del Sistema Digital Unificado, la declaración jurada de que no le afecta el régimen de prohibiciones, especificando la naturaleza y propiedad de las acciones e indicando el beneficiario final. Dicha obligación aplica para el oferente, contratista y subcontratistas.
El oferente deberá presentar declaración jurada en la que indique, que la información del registro de proveedores se encuentra vigente.
De conformidad con el artículo 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la Administración contratante verificará el estado de las obligaciones del oferente y subcontratista señaladas en el pliego de condiciones. En caso de no contar con la información en el SDU, se realizará la consulta en línea en el sitio web de cada entidad competente en la materia.
El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
1.6.3. El contratista deberá adquirir y mantener, durante la vigencia de la contratación, la siguiente póliza emitida por un ente asegurador avalado por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE).
- Póliza de Riesgos del Trabajo, que corresponda con la actividad económica del objeto contractual, de modo que cubra a todo su personal empleado en la realización del servicio, tal como lo señalan los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo donde se declara obligatorio, universal y forzoso el seguro contra riesgos del trabajo, estableciéndose, por tanto, la imposición del patrono de asegurar a los trabajadores contra este tipo de riesgo.
El monto de la póliza será de acuerdo con la planilla que presente para la ejecución de este contrato y una certificación donde claramente se demuestre que quienes brindan el servicio a la Asamblea Legislativa se encuentran debidamente incluidos y al día en dicha póliza; con los siguientes datos:
- Nombre y número de cédula de la empresa adjudicada.
- Nombre del representante y número de teléfono.
- Actividad económica o servicio que presta.
- Detalle exacto del lugar de los trabajos.
- Cantidad de empleados con nombre, Nº de cédula y salario reportado.
- Monto de la licitación.
- Número de póliza de Riesgos del Trabajo que ampara a los trabajadores.
El administrador del contrato será el encargado de verificar el cumplimiento de lo anterior.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
2.- Requerimientos y especificaciones técnicas:
2.1.- Partida #1, Línea #1, mesa plegable rectangular para 6 personas (sin silla), igual o superior a la marca Lifetime
Cantidad: 30 unidades
Código SICOP: 5610159992234349
Código Presupuestario: 5-01-04-050-103
Solicitud de Pedido: 260255
2.1.1. Deberá contar con las siguientes características:
2.1.1.1. Tipo de mesa: mesa plegable rectangular para 6 personas, sin sillas, tipo banquete.
2.1.1.2. Dimensiones aproximadas: 182 cm (+/- 1 cm) de largo, 76 cm (+/- 1 cm) de ancho y 73 cm (+/- 1 cm) de alto.
2.1.1.3. Sistema de cierre: deberá contar con sistema de plegado al centro, tipo maleta, que permita doblar la mesa en dos partes para facilitar su transporte, almacenamiento y manipulación.
2.1.1.4. Unión central: deberá tener bisagra o sistema de articulación central resistente, que permita abrir y cerrar la mesa de forma segura y estable.
2.1.1.5. Asa de transporte: deberá contar con agarradera incorporada para facilitar el traslado de la mesa cuando se encuentre cerrada.
2.1.1.6. Tablero: fabricado en polietileno de alta densidad (HDPE), con protección UV, color almendra. Color incorporado al material de tal manera que no se descascare o decolore en capas. Resistente de fácil limpieza y mantenimiento. Grosor del tablero 17 mm.
2.1.1.7. Diseño del tablero: tablero con superficie lisa, bordes redondeados y borde perimetral reforzado tipo moldurado o escalonado, que brinde mayor rigidez y resistencia al uso continuo.
Asimismo, deberá contar con esquinas resistentes a los impactos.
2.1.1.8. Estructura inferior: patas y soportes fabricados en tubo metálico (2,5 cm) con recubrimiento en pintura en polvo, pintura electrostática o similar, resistente a la corrosión y oxidación, preferiblemente en color negro o similar. Las patas deberán contar con tapones de hule o de plástico duro.
2.1.1.9. Sistema de soporte: deberá contar con mecanismos de bloqueo o seguro que mantenga la mesa abierta durante su uso, evitando cierres accidentales.
2.1.1.10. Estabilidad: la mesa deberá ser firme y estable, sin presentar tambaleo, desniveles, deformaciones ni movimiento excesivo al colocarse abierta sobre una superficie plana.
2.1.1.11. Uso interior y exterior: apta para utilizarse en espacios interiores y exteriores, resiste a humedad, manchas y condiciones normales de uso.
2.1.1.12. La mesa deberá ser igual o superior en calidad, resistencia, estabilidad y funcionalidad a la mesa de referencia indicada. Preferiblemente deberá cumplir o superar los estándares ANSI/BIFMA aplicables para mobiliario de uso comercial o institucional.
2.1.1.13. Presentar ficha técnica del artículo ofertado.
2.1.1.14. Garantía mínima: 2 años contra defectos de fabricación.
2.1.1.15. Imagen de referencia:
2.2.- Partida #2, Línea #2, mesa redonda tipo coctelera, igual o superior a la marca Lifetime
Cantidad: 20 unidades
Código SICOP: 5610159992241005
Código Presupuestario: 5-01-04-050-107
Solicitud de Pedido: 260255
2.2.1. Deberá contar con las siguientes características:
2.2.1.1. Tablero redondo: de polietileno de alta densidad (HDPE), de aproximadamente 35 mm de espesor, con protección UV, resistente a manchas, humedad, impactos moderados y de fácil limpieza.
2.2.1.2. Dimensiones aproximadas: Altura de 110 cm, tablero redondo de 83 cm de diámetro (+/- 1 cm).
2.2.1.3. Estructura: estructura metálica de acero con tubo redondo de aproximadamente 25 mm de diámetro, con recubrimiento en pintura en polvo, pintura electrostática o similar, resistente a la corrosión y oxidación, preferiblemente en color negro o similar.
2.2.1.4. Diseño plegable: con tablero abatible y patas plegables, preferiblemente con sistema de apertura y cierre rápido o de un solo movimiento, que facilite el montaje, almacenamiento y transporte.
2.2.1.5. Deberá contar con agarradera, asa o sistema de sujeción para facilitar su transporte cuando se encuentre plegada.
2.2.1.6. Deberá contar con tapones de hule, plástico duro o material similar en la parte inferior de las patas, para proteger el piso y mejorar la estabilidad.
2.2.1.7. La mesa deberá ser apta para uso interior y exterior techado, resistente al uso frecuente en actividades.
2.2.1.8. Estabilidad: la mesa deberá ser firme y estable, sin presentar tambaleo, desniveles, deformaciones ni movimiento excesivo al colocarse abierta sobre una superficie plana.
2.2.1.9. La mesa deberá ser igual o superior en calidad, resistencia, estabilidad y funcionalidad a la mesa de referencia indicada. Preferiblemente deberá cumplir o superar los estándares ANSI/BIFMA aplicables para mobiliario de uso comercial o institucional.
2.2.1.10. Presentar ficha técnica del artículo ofertado.
2.2.1.11. Garantía mínima: 2 años contra defectos de fabricación.
2.2.1.12. Imagen de referencia:
2.3.- Partida #3, Línea #3, mesa plegable rectangular pequeña para 1 persona (sin silla), igual o superior a la marca Lifetime
Cantidad: 10 unidades
Código SICOP: 5610159992468592
Código Presupuestario: 5-01-04-050-9
Solicitud de Pedido: 260255
2.3.1. Deberá contar con las siguientes características:
2.3.1.1. Tipo de mesa: mesa personal plegable, rectangular, compacta, tipo auxiliar o de apoyo.
2.3.1.2. Dimensiones aproximadas de la mesa: altura de 66 cm (+/- 1 cm), fondo de 52,4 cm (+/- 1 cm) y largo de 75,3 cm (+/- 1 cm).
2.3.1.3. Tablero: fabricado en polietileno de alta densidad, (HDPE), de una sola pieza, resistente a impactos, humedad, manchas y de fácil limpieza, con protección UV. Espesor del tablero aproximadamente: 16 mm.
2.3.1.4. Diseño del tablero: superficie lisa, rígida y estable, con bordes redondeados o reforzados, sin filos expuestos.
2.3.1.5. Color del tablero: tono claro tipo almendra, marfil, crema claro o similar, no blanco brillante.
2.3.1.6. Estructura: metálica, fabricada en acero, con acabado color negro, gris oscuro o similar. Estructura de tubo cuadrado de acero de 25 mm * 13 mm, con recubrimiento en pintura en polvo, pintura electrostática o similar, resistente a la corrosión y oxidación, preferiblemente en color negro o similar.
2.3.1.7. Patas: la mesa deberá contar con patas metálicas de perfil cuadrado o rectangular, no redondas, similares al diseño de referencia.
2.3.1.8. Diseño de patas: estructura plegable tipo tijera o en “X”, que brinde estabilidad, firmeza y soporte adecuado durante el uso.
2.3.1.9. Protectores en patas: deberán contar con tacos, tapones o terminales protectores en los puntos de apoyo, para evitar rayones en el piso y mejorar la estabilidad.
2.3.1.10. Refuerzo estructural: deberá contar con barra horizontal de refuerzo inferior entre las patas, para mejorar la estabilidad y resistencia de la mesa.
2.3.1.11. Sistema de plegado: deberá permitir que la mesa se pliegue de forma plana o compacta, facilitando su almacenamiento, traslado y manipulación.
2.3.1.12. Estabilidad: la mesa deberá ser firme y estable, sin presentar tambaleo, desniveles, deformaciones ni movimiento excesivo al colocarse abierta sobre una superficie plana.
2.3.1.13. Resistencia: deberá soportar uso frecuente, apertura y cierre repetido, manipulación constante y traslado regular, sin deformarse ni perder estabilidad.
2.3.1.14. La mesa deberá ser igual o superior en calidad, resistencia, estabilidad y funcionalidad a la mesa de referencia indicada. Preferiblemente deberá cumplir o superar los estándares ANSI/BIFMA aplicables para mobiliario de uso comercial o institucional.
2.3.1.15. Presentar ficha técnica del artículo ofertado.
2.3.1.16. Garantía mínima: 2 años contra defectos de fabricación.
2.3.1.17. Imagen de referencia:
2.4.- Partida #4, Línea #4, silla apilable con descansabrazos
Cantidad: 100 unidades
Código SICOP: 5610150492317167
Código Presupuestario: 5-01-04-050-012
Solicitud de Pedido: 260255
2.4.1. Deberá contar con las siguientes características:
2.4.1.1. Dimensiones aproximadas de la silla: Altura del piso al asiento: 435 mm (+/- 2 cm). Altura del piso al respaldo: 790 mm (+/- 2 cm), Fondo máximo 760 mm (+/- 2 cm)
2.4.1.2. Estructura: Estructura metálica de tubo oval de 30 mm de ancho * 15 mm de alto * 2 mm de grueso y chapa de acero con soldadura de proyección al arco con hilo continuo. Travesaños en tubo con un diámetro de 19 mm. Con sistema de hule en las patas que hacen contacto con el piso, de manera que no derrapen ni dañen la superficie de este y sean además especiales para apilar. Con terminales plásticos laterales del mismo conjunto para formar filas. Construidas de una estructura fuerte y firme a base de materiales de primera calidad, para uso intensivo, alto rendimiento y resistencia que garantice una larga duración.
Con acabado fino. Resistentes al óxido, agentes químicos, insectos y hongos. La pintura deberá ser electrostática y de color negro.
2.4.1.3. Asiento: Asiento de polipropileno por inyección, fijado a la estructura por medio de tornillos Allen, que se sujetan a tuercas metálicas encastradas en el plástico. Asiento fijo y de color negro. Con superficie texturizada y protección a los UV.
2.4.1.4. Respaldo: Respaldo de diseño ovalado y en polipropileno por inyección, fijado a la estructura de metal por medio de embutición en insertos metálicos y asegurado por medio de tornillos. Con protección a los UV. Color negro.
2.4.1.5. El polipropileno deberá ser 100% virgen, con alta resistencia al impacto de hasta 29.3 kg-cm (ASTM D256A Standard) con 7 mm de grosor medio y 13 mm en los bordes, de refuerzo en la circunferencia. Presentar certificación emitida por el fabricante, en el cual garantice esta resistencia y el grosor antes mencionado.
2.4.1.6. Pintura: polvo epóxico electrostático.
2.4.1.7. La silla deberá tener descansabrazos.
2.4.1.8. Las sillas deberán ser para uso intensivo, alto rendimiento y resistencia que garanticen una larga duración. Preferiblemente si cumplen con las normas ANSI/BIFMA x5.1-2002 e ISO 14001. Que sean confortables y se ajusten a las formas ergonómicas del cuerpo humano. Presentar documentación.
2.4.1.9. Capacidad de carga de la silla: 150 kilos aproximadamente.
2.4.1.10. Garantía mínima: no menor a 30 meses contra defectos de fabricación.
2.4.1.11. Presentar ficha técnica del artículo ofertado.
2.5.- Partida #5, Línea #5, silla individual plegable sin descansabrazos, igual o superior a la marca Lifetime
Cantidad: 80 unidades
Código SICOP: 5610154292086359
Código Presupuestario: 5-01-04-050-011
Solicitud de Pedido: 260255
2.5.1. Deberá contar con las siguientes características:
2.5.1.1. Silla plegable para uso institucional, comercial y de alto tránsito.
2.5.1.2. Respaldo: de polietileno de alta densidad (HDPE), moldeado, fuerte y duradero. Con superficie texturizada y protección a los UV. Resistente a la intemperie. Medidas: 23 cm de alto por 49 cm de ancho. Grosor del respaldo: 30 mm.
2.5.1.3. Asiento: de polietileno de alta densidad (HDPE), moldeado, fuerte y duradero. El asiento ergonómico que se adapta a la forma del cuerpo. Con superficie texturizada y protección a los UV. Resistente a la intemperie. Medidas: 40 cm de fondo por 41 cm de ancho. Grosor del asiento: 40 mm.
2.5.1.4. Color del asiento y respaldo: color blanco almendra, blanco hueso o similar, en tono uniforme.
2.5.1.5. Dimensiones aproximadas de la silla: 82,4 (+/- 1 cm) altura, 49,8 cm (+/-1 cm) de fondo y 58 cm de ancho (+/- 1 cm).
2.5.1.6. Estructura: estructura de acero, firme, resistente y estable, apta para uso comercial o institucional. Tubo redondo con recubrimiento en polvo, con tapones antideslizantes. Diámetro de la tubería: 25 mm.
2.5.1.7. Acabado de la estructura: La estructura deberá contar con recubrimiento en pintura en polvo, pintura electrostática o acabado similar resistente a la corrosión, oxidación y desgaste por manipulación.
2.5.1.8. Color de la estructura: estructura en color gris oscuro, negro, grafito o similar, acorde con el diseño de la silla de referencia.
2.5.1.9. Diseño plegable: Las sillas deberán ser plegables, de manera que faciliten su almacenamiento, transporte, montaje y desmontaje. Además, deberán ser aptas para uso intensivo, alto rendimiento y resistencia que garanticen una larga duración.
2.5.1.10. Estabilidad: la silla deberá ser firme y estable durante su uso, sin tambaleos, movimientos excesivos, deformaciones, desniveles o inestabilidad que afecten la seguridad y comodidad del usuario.
2.5.1.11. Capacidad de carga: deberá soportar un peso aproximado de 158 kg o superior.
2.5.1.12. La silla deberá ser igual o superior en calidad, resistencia, estabilidad y funcionalidad a la silla de referencia indicada. Preferiblemente deberá cumplir o superar los estándares ANSI/BIFMA aplicables para mobiliario de uso comercial o institucional.
2.5.1.13. Presentar ficha técnica del artículo ofertado.
2.5.1.14. Garantía mínima: 2 años contra defectos de fabricación.
2.5.1.15. Imagen de referencia:
3.- Sistema de evaluación:
3.1. Conforme a lo previsto en el artículo 40 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 96 de su Reglamento, a las ofertas que cumplan las condiciones de admisibilidad legal, financiera y técnica se les aplicará el siguiente sistema de evaluación.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
|
DESCRIPCIÓN |
PUNTAJE |
|
Precio |
90 puntos |
|
Factor Ambiental |
5 puntos |
|
Factor Social |
5 puntos |
|
TOTAL |
100 PUNTOS |
3.2. Evaluación económica:
Factor precio 90 puntos.
A la oferta que presente el precio más bajo entre las admisibles se le asignará 90 puntos para el factor precio.
El puntaje por factor precio se determinará por medio de la siguiente fórmula:
P= Pmin x 90
Pof
En donde:
Pmin= Monto de la oferta menor presentada.
Pof= Monto de la oferta que se analiza.
P= Puntaje obtenido por la oferta que se analiza.
3.2.1. Factor ambiental: 5 puntos
Se asignarán 5 puntos al oferente que presente el plan de manejo de residuos vigente al momento de la apertura de ofertas, según lo establece el capítulo VII “Del Plan de Atención de Emergencias, Programa de Manejo Integral de Residuos, Programa de Salud Ocupacional, las Buenas Prácticas de Manufactura y las Buenas Prácticas de Almacenamiento, Distribución y Transporte” del Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento otorgados por el Ministerio de Salud.
3.2.2. Factor social: 5 puntos
Se asignará 5 puntos al oferente que demuestre tener en su planilla personas con discapacidad (CONAPDIS) o personas mayores de 45 años. El oferente deberá acreditar tener en su planilla un mínimo del 10% de personas mayores de 45 años o personas con discapacidad. Se requerirá probar que estas personas hayan estado contratadas por la empresa durante al menos los últimos seis meses consecutivos.
Documentación Comprobatoria: la empresa deberá presentar una planilla detallada que incluya los siguientes datos:
- Nombre completo de los empleados.
- Fecha de nacimiento, para el caso de las personas mayores de 45 años.
- Fecha de inicio de la relación laboral.
- Documentación que acredite la discapacidad emitida por CONAPDIS, para el caso de personas con alguna discapacidad.
3.2.3. Desempate:
En caso de empate entre dos o más empresas y una de ellas pertenece a la categoría de las PYMES, esta será la adjudicataria, según lo establecido en el
Artículo 20 de la Ley 8262, Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas.
Para ello la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el artículo 97 del RLGCP, de acuerdo con la siguiente puntuación adicional:
- a) PYME de industria 5 puntos.
- b) PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos.
- c) PYME de comercio 2 puntos.
De ser el caso que no haya participado al menos una PYME, de acuerdo con dicho artículo 97 del RLGCP, en caso de empate, se definirá por medio de la suerte. Se convocará a los oferentes cuya propuesta tenga la misma puntuación a un sorteo público, el cual se realizará en el lugar, fecha y hora que defina la Administración, utilizando para ello dados, monedas o cualquier otro sistema que cumpla con el principio de transparencia. De todo ello se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento y posteriormente se adoptará el acto de adjudicación; todo lo anterior deberá constar en el sistema digital unificado.
Nota: La Administración, verificará la condición de PYMES de acuerdo con lo establecido en el artículo 74 del RLGCP.
3.3. Evaluación de ofertas en consorcio:
De presentarse ofertas en consorcio, las empresas que conforman el mismo deberán aportar el acuerdo consorcial conteniendo como mínimo lo establecido en el artículo 129 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública, en el cual se indique la regulación de al menos las obligaciones entre las partes firmantes y los términos de su relación con la administración, tomando en consideración que ello no implica la creación de personería jurídica diferente. Además, deberá aportar una declaración jurada de que no están afectas al régimen de prohibiciones.
Se deberá considerar lo estipulado en los artículos 126 y 131 del RLGCP. (Participación única en cada procedimiento de contratación y cambios de participación en el consorcio).
3.4. Solicitud de muestras:
Conforme a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad establecidos en el artículo 95 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, y por considerarse indispensable, los oferentes deberán presentar una muestra del bien ofrecido, con el fin de verificar su calidad, el cumplimiento de las especificaciones del pliego de condiciones y la satisfacción de la finalidad propuesta.
Las muestras serán resguardadas por parte del administrador del contrato.
El funcionario encargado del estudio será la Licda. Ana Lizbeth Salazar Rodriguez.
El oferente debe presentar una muestra del bien ofertado, el cual mediante inspección de la Unidad Técnica verificará el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el objeto de contratación.
Las muestras deberán entregarse en el Departamento de Proveeduría de la Asamblea Legislativa, sito en el Edificio Sion, primer piso, en la recepción de la Dirección del Departamento, a partir de la fecha de publicación del negociado y hasta la fecha y hora límite para la recepción de ofertas, según se establece en el Sistema Digital Unificado (SICOP).
El oferente debe presentar la muestra del artículo cotizado, debidamente identificada (N° de contratación, nombre de la empresa, fecha de recepción de ofertas, entre otros).
Si la muestra cumple con las condiciones de admisibilidad, la Administración conservará evidencia suficiente del bien inspeccionado, con el fin de confrontarlo con los bienes que finalmente entregue el contratista y verificar que no exista desmejora entre lo inspeccionado y lo recibido.
Las muestras que no se hayan inutilizado o destruido por las pruebas a que sean sometidas, se devolverán en el plazo de diez días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación; vencido ese plazo la Administración dispondrá libremente de ellas.
Las muestras presentadas por la parte adjudicataria se devolverán una vez recibidos a satisfacción los bienes, con el fin de cotejar el objeto entregado con las muestras ofrecidas.
- Condiciones para la ejecución contractual:
4.1. Requisitos para el adjudicatario y contratista:
4.2. Cláusula penal: La Asamblea Legislativa aplicará al contratista una sanción económica del 0,5% por cada día de atraso en la entrega de los bienes o servicios, hasta acumular un máximo del 25% sobre el monto proporcional a la entrega correspondiente, a partir del plazo máximo de entrega señalado, cuando se compruebe que el atraso obedece a situaciones imputables al contratista, de conformidad con el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 116 de su Reglamento.
Ver Anexo N° 1 “Tabla Estimación de Cláusula Penal”
4.3. Retenciones sobre los pagos: Con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá retener hasta un 5% del total facturado al contratista. (Artículo 115 del RLGCP)
4.4. Lugar de entrega: Los bienes deberán ser entregados en el Almacén de la Proveeduría de la institución. En este mismo acto el administrador del contrato deberá verificar que la entrega se haga de acuerdo con lo adjudicado. El contratista debe informar, con al menos 3 días de anticipación, la fecha y hora en la que estará haciendo la entrega de los bienes, para la coordinación interna correspondiente.
Además, deberá solicitar la recepción del bien o servicio en el módulo correspondiente del SDU.
4.5. Plazo de entrega: Deberá ser igual o menor a 10 días hábiles para la línea # 1, 2, 3 y 5. Para la línea # 4 Deberá ser igual o menor a 80 días hábiles, se considerará a partir del día hábil siguiente a la notificación del contrato en el SDU.
Asimismo, debe comunicarse con el Área de Suministros y Bienes Muebles a los números 2243-2649 ó 2243-2464, para coordinar la fecha y hora de entrega.
En caso de exoneración, el plazo de entrega se suspenderá a partir del momento en que el contratista presente ante el Departamento de Proveeduría de la Asamblea Legislativa la documentación para el trámite respectivo, y se reactivará una vez que se le comunique que la exoneración fue debidamente aprobada por el Ministerio de Hacienda.
- Administrador del contrato: El administrador de esta contratación será la señora Lidia Fallas Marin de la unidad de Ujieres del Departamento de Servicios Generales de la Asamblea Legislativa o la persona que este designe, quien establecerá los mecanismos de verificación adecuados para determinar el fiel cumplimiento del contrato, de conformidad con los parámetros establecidos en el pliego de condiciones y la oferta respectiva.
- Garantía comercial: El plazo de la garantía comercial para el ítem 1, 2, 3 y 5 deberá ser mayor o igual a 2 años contra defectos de fabricación, y para el ítem 4 deberá ser mayor o igual a 30 meses contra defectos de fabricación. El plazo de garantía se contará a partir del día siguiente a la entrega a satisfacción del objeto contractual, asegurando a la Administración que dicha garantía se hará efectiva contra defectos de fabricación, en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
Al momento de la entrega de los artículos, el contratista deberá aportar los documentos de garantía, en los que se indique, entre otros aspectos, el plazo y las condiciones para su aplicación, así como la marca, modelo y número de serie de los artículos adquiridos por la institución. Dicho documento deberá presentarse ante el Área de Bienes Muebles, tanto en formato físico como electrónico; este último deberá estar firmado digitalmente. Lo anterior, con el fin de que los funcionarios de esa Área puedan verificar la información.
Para todas las líneas, si se presentan problemas de funcionamiento, fallas o golpes durante los primeros 15 días naturales posteriores a la entrega formal a la institución, el contratista deberá sustituir el artículo por uno completamente nuevo.
- Sistema de control de calidad:
Para dar por aceptado el mobiliario, la Asamblea Legislativa realizará un muestreo aleatorio del total del mobiliario entregado. La prueba consistirá en verificar el cumplimiento de las características técnicas ofrecidas por el contratista. La aceptación se dará siempre y cuando cumpla con las condiciones de la contratación.
- Desglose del precio:
8.1. Estructura de precio:
De acuerdo con el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y 102 del Reglamento, el oferente deberá presentar la estructura del precio en términos porcentuales.
La estructura de precio estará compuesta por los siguientes elementos del costo, y la sumatoria de los elementos del costo debe ser 100%, la cual se representa por medio de la siguiente fórmula:
Fórmula Financiero Contable: P = CD (mo) + CD(i) +CI (mo) +CI (i) + I + U
En Donde:
CD (mo): Costos directos de mano de obra. Son los costos necesarios en que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones del personal directo que participa en la materialización del objeto contractual.
CD(i): Costos directos de insumos. Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, equipos, maquinaria, herramientas, depreciaciones, seguros, pago de servicios públicos, entre otros.
CI (mo): Costos indirectos de mano de obra. Son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal.
CI (i): Costos indirectos de insumos, son los costos requeridos para la administración del objeto contractual.
I: Imprevistos. Corresponde al monto previsto para atender imprevistos que puedan presentarse durante la materialización del objeto contractual.
U: Porcentaje de utilidad del precio de cotización.
Nota: El monto del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) no es parte de la estructura de precio; por lo tanto, el oferente no debe considerarlo. El oferente es un ente recaudador del I.V.A., impuesto que posteriormente traslada al Estado.
La estructura de precios deberá estar desagregada. El oferente podrá incorporar cuantas líneas requiera para reflejar los costos e indicar los índices oficiales correspondientes. En el caso de insumos cotizados en moneda extranjera, deberá indicar el índice oficial del país de origen del bien, obra o servicio. De no incluir los índices, deberá incorporar la cotización o factura proforma del fabricante.
En la siguiente tabla, en la columna denominada “monto”, el oferente deberá incluir el monto únicamente en la moneda que está cotizando. Es decir, no debe completar los dos espacios aplicando el tipo de cambio.
Tabla N.1 Presentación de la estructura de precio
|
Rubro: |
Monto: |
Porcentaje: |
Índice: |
Fuente del Índice: |
Entidad: |
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Dólares: |
Colones: |
Dólares: |
Colones: |
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Costo directo de mano de obra: |
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Costo directo insumos: |
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Costo indirecto de mano de obra: |
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Costo indirecto de insumos: |
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Utilidad: |
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Imprevistos: |
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Subtotal: |
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IVA: |
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Total: |
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8.2. Fórmula del cálculo del ajuste de precio:
Por convenio de las partes, para mantener el debido equilibrio financiero del contrato, se debe establecer un mecanismo de revisión de los costos, para efectos de revisión de precios durante la vigencia de la relación contractual.
La solicitud de revisión de precios tendrá efecto a partir del momento en que una de las partes demuestre desequilibrio financiero en el contrato. Aplican índices mensuales; sin embargo, para el pago de fracciones o días, se podrán utilizar proporciones.
Con base en el transitorio IX, así como en lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública, la Administración activa acuerda la fórmula siguiente:
Partiendo de la estructura de precio y de sus elementos de costo, así como de lo estipulado en los artículos 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública,
y lo dispuesto en el artículo 128, inciso f), de la Ley General de Contratación Pública, se plantea la siguiente fórmula:
En donde:
Rpc: Precio de reajuste.
Pc: Precio de cotización, cuando la fórmula se aplica por primera vez y como precio últimamente revisado, en posteriores aplicaciones.
CD(Pm): Porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización.
CD(Pi): Porcentaje de costo de insumos y materiales del precio de cotización.
CI(Pm): Porcentaje de costos indirectos de mano de obra del precio de cotización.
CI(Pi): Porcentaje de costos indirectos de insumos del precio de cotización.
IModf: Índice de costos directos de mano de obra en el momento considerado para la variación.
IModo: Índice de costos directos de mano de obra vigente al momento de la cotización, cuando la fórmula se aplica por primera vez, y vigente al momento de la última revisión, en posteriores aplicaciones.
IIndf: Índice de costos directos de insumos en el momento considerado para la variación.
IIndo: Índice de costos directos de insumos vigente al momento de la cotización.
IMoif: Índice de costos indirectos de mano de obra en el momento considerado para la variación.
IMoio: Índice de costos indirectos de mano de obra vigente al momento de la cotización.
Inif: Índice de costos indirectos de insumos en el momento considerado para la variación.
Inio: Índice de costos indirectos de insumos en el momento de la cotización.
Índices y fuente de la información a utilizar para aplicar la fórmula de ajuste de precio:
- Mano de obra directa e indirecta: Fuente: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Decreto de Salarios Mínimos para el Sector Privado, índice de salarios mínimos, rubro trabajadores según cotización.
- Costos directos de insumos: Fuente: Banco Central de Costa Rica. Índice de precios al consumidor de la manufactura (IPP-MAN), Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). Índice de precios al consumidor (IPC) por división de consumo, índice de precios al productor de servicios (IPPS).
- Costos indirectos de insumos: Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). Índice de precios al consumidor (IPC), índice por división según bien.
Los índices a que hace referencia la fórmula anteriormente desarrollada deberán ser los más estrechamente vinculados con la actividad objeto de la contratación.
El oferente deberá incluir los indicadores económicos que más se ajusten a lo que se está solicitando en el pliego de condiciones y de acuerdo con su estructura de precios. Cabe mencionar que los mismos se analizarán y, en caso de que no sean los idóneos, estos se cambiarán a criterio de la Administración por los índices correctos.
En el caso de costos cotizados en dólares y/o insumos especiales que no incluyan el índice del país de origen, se reajustará según el método analítico. Para ello, deberán presentarse facturas proformas o cotizaciones del fabricante que evidencien el costo del bien.
- Presupuesto detallado:
Según el artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato. Dicho presupuesto debe ser coincidente con la estructura porcentual del párrafo anterior, según lo establece el artículo 103 del R.L.G.C.P.
En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
La Administración, posterior a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, procederá a revisar el presupuesto detallado aportado por el adjudicatario, verificando que sea concordante con la estructura de precio de la oferta, tanto en valores absolutos como en la o las monedas en que cotizó su precio. En caso de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá ajustar el presupuesto a dichos valores.
El presupuesto detallado deberá contemplar todos los insumos de los costos desagregados y coincidir con la estructura del precio presentada.
Ver Anexo N° 2 “Ejemplo de presupuesto detallado”
11.4. Permiso Sanitario de Funcionamiento y Patente Municipal:
Dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá presentar, como requisito indispensable, el permiso sanitario de funcionamiento y patente municipal, ambos vigentes al momento de la formalización del contrato. Dichos documentos deberán guardar congruencia con la naturaleza del servicio adjudicado, garantizando que la actividad ofertada cumple con la normativa sanitaria y municipal correspondiente.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1.2.2. Aplicación de criterio de Contratación Pública Estratégica: Se incorporaron
criterios estratégicos, en el punto 3.2.1. y 3.2.2.
1.3. Presupuesto:
|
Partida |
Línea |
Código Presupuestario |
Subpartida |
Solicitud de Pedido |
Monto Presupuestado |
|
|
1 |
5-01-04-050-108 |
5-01-04 |
260255 |
₡2.000.000,00 |
|
1 |
2 |
5-01-04-050-107 |
5-01-04 |
260255 |
₡ 700.000,00 |
|
|
3 |
5-01-04-050-103 |
5-01-04 |
260255 |
₡ 349.456,00 |
|
|
4 |
5-01-04-050-109 |
5-01-04 |
260255 |
₡8.000.000,00 |
|
|
5 |
5-01-04-010-011 |
5-01-04 |
260255 |
₡2.000.000,00 |
La estimación presupuestaria para esta contratación es de ¢13.049.456,00 (trece millones cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y seis colones exactos), monto que corresponde a la partida presupuestaria 5-01-04 y que se encuentra contemplado en el presupuesto ordinario 2026.
1.4. La Proveeduría de la Asamblea Legislativa será la oficina encargada de tramitar el procedimiento de contratación y de proporcionar cualquier información adicional necesaria respecto de las especificaciones y documentación relacionada con esta contratación, previa coordinación con la Unidad Técnica responsable, en este caso, el Departamento de Servicios Generales Unidad de Ujieres.
1.5. El precio: Deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y en letras, prevalecerá este último, salvo que se trate de errores materiales evidentes. El oferente podrá cotizar en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica. En caso de recibir propuestas en diferentes monedas, la Administración las convertirá a una misma moneda para efectos de comparación, aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la apertura de las ofertas.
1.6. La oferta: Deberá elaborarse con precios unitarios y totales. Si la sumatoria de los precios unitarios excede el precio total, la oferta se comparará con el mayor precio.
En caso de precios unitarios, la Administración se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
En el precio para cada partida y línea, se deberá indicar por separado el impuesto al valor agregado (IVA). En el caso de ofertas con más de dos decimales, al momento de confeccionar la orden de pedido en el sistema SIAF de la institución, se tomarán los dos primeros decimales sin aplicar redondeo.
En caso de ofertas en dólares, el oferente debe autorizar desde la oferta un redondeo hacia abajo, para que, al momento de aplicar el tipo de cambio a efectos de pago, el precio no contenga más de dos decimales.
La oferta deberá redactarse en idioma español. La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español.
1.6.1 Los oferentes deberán encontrarse al día con el pago de las cuotas obrero-patronales de la CCSS y de FODESAF.
1.6.2. Deberá mantener actualizada, en el Registro de Proveedores del Sistema Digital Unificado, la declaración jurada de que no le afecta el régimen de prohibiciones, especificando la naturaleza y propiedad de las acciones e indicando el beneficiario final. Dicha obligación aplica para el oferente, contratista y subcontratistas.
El oferente deberá presentar declaración jurada en la que indique, que la información del registro de proveedores se encuentra vigente.
De conformidad con el artículo 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la Administración contratante verificará el estado de las obligaciones del oferente y subcontratista señaladas en el pliego de condiciones. En caso de no contar con la información en el SDU, se realizará la consulta en línea en el sitio web de cada entidad competente en la materia.
El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
1.6.3. El contratista deberá adquirir y mantener, durante la vigencia de la contratación, la siguiente póliza emitida por un ente asegurador avalado por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE).
- Póliza de Riesgos del Trabajo, que corresponda con la actividad económica del objeto contractual, de modo que cubra a todo su personal empleado en la realización del servicio, tal como lo señalan los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo donde se declara obligatorio, universal y forzoso el seguro contra riesgos del trabajo, estableciéndose, por tanto, la imposición del patrono de asegurar a los trabajadores contra este tipo de riesgo.
El monto de la póliza será de acuerdo con la planilla que presente para la ejecución de este contrato y una certificación donde claramente se demuestre que quienes brindan el servicio a la Asamblea Legislativa se encuentran debidamente incluidos y al día en dicha póliza; con los siguientes datos:
- Nombre y número de cédula de la empresa adjudicada.
- Nombre del representante y número de teléfono.
- Actividad económica o servicio que presta.
- Detalle exacto del lugar de los trabajos.
- Cantidad de empleados con nombre, Nº de cédula y salario reportado.
- Monto de la licitación.
- Número de póliza de Riesgos del Trabajo que ampara a los trabajadores.
El administrador del contrato será el encargado de verificar el cumplimiento de lo anterior.
1.6.4. Subcontratación: En la oferta se deberá indicar el listado de subcontratistas, así como el objeto de la subcontratación, con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. La totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, por lo que este deberá cumplir también con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas.
El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Una persona física o jurídica, únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico. (Artículo 49 de la L.G.C.P.).
1.6.5. La oferta económica debe ser acorde con los requerimientos y especificaciones técnicas contenidas en el pliego de condiciones electrónico y documento complementario a dicho pliego.
"Artículo 35.- Cartel electrónico.
El cartel electrónico constituye el reglamento específico de la contratación que se
promueve. Está compuesto por un formulario y sus documentos electrónicos anexos."
1.7. Garantía de cumplimiento:
De conformidad con el artículo 44 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 110 de su Reglamento, al tratarse de una licitación reducida, se manifiesta de forma expresa que no se requiere garantía de cumplimiento.
1.8. Tributos: Si el oferente no señala los tributos que afectan su propuesta, se presume que el monto total cotizado los contiene, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local (Artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública).
La Asamblea Legislativa se encuentra exonerada conforme a:
1.- La Ley N° 641 de 23 de agosto de 1946, modificada en su artículo primero por la Ley N° 174 de 21 de setiembre de 1948: Las importaciones.
2.- La Ley N° 7293 Reguladora de Todas las Exoneraciones Vigentes, su Derogatoria y sus Excepciones, Articulo 15: Impuesto sobre la Renta; Artículo 30: Impuesto Selectivo de Consumo.
Para el trámite de exoneración, la Asamblea Legislativa requiere conocer el detalle de las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que recaen en las obras, bienes o servicios objeto de esta licitación.
1.9. El oferente deberá indicar en la oferta todas las características del bien o servicio cotizado, incluyendo marca, modelo y demás características técnicas.
1.10. Forma de pago:
Se realizará pago total de acuerdo con las entregas solicitadas por el administrador del contrato, para cada línea y partida, de la respectiva Orden de Pedido.
Deberá aceptar la forma de pago de la institución: Para que la Asamblea Legislativa cancele las obligaciones contraídas, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
- Visto bueno del acuerdo de pago por parte del Gerente General y Gerente Financiero.
- Trasferencia electrónica por medio del sistema Web Banking del Ministerio de Hacienda.
- El oferente deberá indicar en la oferta el número de cuenta IBAN en colones donde se le depositará el pago, en caso de resultar adjudicado.
- El plazo máximo para que la Asamblea Legislativa pague será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente de la fecha de la presentación de la factura comercial, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo contratado.
- En contratos de bienes y servicios deberá mediar un acta de recepción del objeto contractual, conforme a los parámetros de calidad establecidos en la decisión inicial y en el pliego de condiciones.
Toda persona física o jurídica que realice gestiones de pago con la Asamblea Legislativa deberá indicar en la factura comercial el número de cuenta IBAN en colones donde se le depositará el pago. Asimismo, deberá aportar una impresión de la entidad bancaria respectiva que indique dicho número de cuenta. De igual forma, deberá informar cualquier cambio en el número de cuenta IBAN en colones.
1.11. Trámite de factura electrónica:
- Deberá contar con el comunicado vía correo electrónico de la aprobación de la orden de pedido del Sistema Integrado de Administración Financiera interno.
- Asamblea Legislativa, cédula jurídica: 2-200-042153.
- Se deberá enviar al siguiente correo electrónico: facturaelectronica@asamblea.go.cr con un mínimo de dos días de anticipación a la fecha de entrega, para poder realizar las revisiones respectivas; previo a realizar la gestión de recepción en el módulo de pago del SDU.
- Si la oferta fue presentada en dólares, deberá facturar en dólares sin excepción; caso contrario, no se podrá tramitar el pago respectivo.
- Contacto: Sonia Vega Solano, jefe Área de Gestión y Control.
- Dirección: San José, Cantón Central, Distrito El Carmen, entre Avenida Central y Avenida Primera, entre calles 17 y 19, costado sureste del Parque Nacional, Edificio Sion, segundo piso.
Nota: Para el trámite de pago respectivo, se debe incluir en la factura: número de la de actividad económica es: 8411.0. (Actividades de la administración Pública en general) y el porcentaje de IVA correspondiente según normativa vigente por cada línea contratada.
1.12. La adjudicación: La Asamblea Legislativa recibirá ofertas totales y parciales, siempre que la partida se oferte de forma completa. La Administración se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente la oferta que más convenga a sus intereses y a la disponibilidad presupuestaria, o bien rechazarlas todas y declarar desierto o infructuoso el concurso, de acuerdo con el artículo 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
1.13. Entrega de bienes actualizados: De conformidad con el artículo 287 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el contratista está obligado en el momento de realizar la entrega, a entregar bienes y servicios en las mejores condiciones y actualizados.
1.14. El oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se admitirá la cotización parcial de una línea, de conformidad con el artículo 123, “Integralidad de la oferta”, del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. 4.2. Cláusula penal: La Asamblea Legislativa aplicará al contratista una sanción económica del 0,5% por cada día de atraso en la entrega de los bienes o servicios, hasta acumular un máximo del 25% sobre el monto proporcional a la entrega correspondiente, a partir del plazo máximo de entrega señalado, cuando se compruebe que el atraso obedece a situaciones imputables al contratista, de conformidad con el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 116 de su Reglamento. Ver Anexo N° 1 “Tabla Estimación de Cláusula Penal”
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Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Lidia Fallas Marin
Departamento de Servicios Generales
Lizbeth Salazar Rodriguez
Departamento de Servicios Generales
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 03/10/2026 08:16. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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