2026LD-000012-0028500001 · SICOP 20260802265
Contratación de Servicios Profesionales de Entrenador para la Disciplina de Ciclismo de Ruta y Montaña, Según Demanda
Concejo Municipal de Distrito de Cobano
Concejo Municipal de Distrito de Cobano ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡3,0 millones y quedó en firme el 14/09/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡3,0 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡550 000
81,7 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 14/09/2026
- Jose Francisco Cruz JarquinNo era la más barata (2.ª de 2)₡600 000,00
Informe de recomendación de Jacqueline Rodriguez Rodriguez, 07/09/2026 · adjuntos: Estado.pdf
Fechas clave
- Se publicó19/08/2026 14:18 · hace 53 días
- Límite para 21/08/2026 23:59 · hace 51 días
- Límite para 21/08/2026 23:59 · hace 51 días
- Cierre de ofertas26/08/2026 10:00 · hace 46 días
- de ofertas26/08/2026 10:00 · hace 46 días
- publicado08/09/2026 10:41 · hace 33 días
- Adjudicación 14/09/2026 08:19 · hace 27 días
Contexto
- Concejo Municipal de Distrito de Cobano adjudicó ₡74,7 millones en 42 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicios Profesionales de Entrenador de Ciclismo1 · ₡603 140,001₡603 140,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡2,6 millones – ₡3,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 50 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,5 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : precio 50 % · Experiencia 1 25 % · Entrevista 20 % · Formación o capacitación 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 75 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,5 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | preciomáx. 50 | Experiencia 1máx. 25 | Entrevistamáx. 20 | Formación o capacitaciónmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Jose Leonidas Guevara Bello | 50 | 25 | 20 | 5 | 100 |
| Jose Francisco Cruz JarquinGanó | 45,83 | 25 | 20 | 5 | 95,83 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
se procede a notificar el acto final del presente proceso
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Estar al día con la CCSS, FODESAF y Ministerio de Hacienda
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
Contratación de servicios profesionales para la planificación, organización, ejecución, supervisión, seguimiento y evaluación del programa de entrenamiento de ciclismo del Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano (CDDR Cóbano), mediante la asignación de un entrenador principal y el personal de apoyo, necesario para la adecuada ejecución del servicio.
El servicio tendrá como finalidad desarrollar procesos sistemáticos de formación y preparación deportiva de atletas de las categorías preinfantil, infantil, prejuvenil, juvenil y Sub-23, en las modalidades de ruta y montaña, promoviendo el desarrollo técnico, físico, táctico y formativo de los participantes y su preparación para la participación en competencias oficiales, incluidos los Juegos Deportivos Nacionales, cuando corresponda.
La ejecución del servicio deberá realizarse conforme a la normativa deportiva aplicable, las disposiciones del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), las regulaciones de la Federación Costarricense de Ciclismo (FECOCI), las disposiciones emitidas por el CDDR Cóbano y los planes de trabajo aprobados por la Administración.
- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA
El entrenador deberá aplicar metodologías de entrenamiento acordes con las categorías atendidas, promoviendo el desarrollo técnico, físico, táctico y formativo de los atletas, contribuyendo al fortalecimiento del ciclismo distrital, al mejoramiento del rendimiento deportivo y a la preparación para la participación en competencias oficiales, incluyendo los Juegos Deportivos Nacionales, todo aprobado previamente por él CDDRC.
El CDDR Cóbano requiere contar con personal especializado que permita garantizar la continuidad y calidad técnica del programa de ciclismo distrital.
La contratación de profesionales especializados resulta necesaria para desarrollar procesos de entrenamiento técnicamente estructurados, adaptados a las características y edades de los atletas, así como para establecer mecanismos de seguimiento y evaluación del rendimiento deportivo.
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Información del entrenador
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Información del asistente
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Curriculum Vitae |
Curriculum Vitae |
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Hoja de delincuencia |
Hoja de delincuencia |
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Aval Federativo |
Aval Federativo |
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Licencia deportiva vigente |
Licencia deportiva vigente |
Los oferentes deberán aportar un Curriculum Vitae, que contenga, como mínimo, la siguiente información:
- Nombre completo.
- Fotocopia de cedula (ambos lados).
- Fecha de nacimiento.
- Contacto: número de celular y correo electrónico
- Dirección exacta de domicilio
- REQUISITOS DE IDONEIDAD PROFESIONAL
El oferente deberá acreditar la idoneidad profesional del entrenador(a) propuesto(a) mediante la presentación de la siguiente documentación:
Atestados académicos: Copia de los títulos académicos, técnicos o profesionales que acrediten la formación del entrenador o entrenadora propuesto(a), relacionados con la disciplina deportiva objeto de la contratación o áreas afines.
Capacitación complementaria: Certificados de aprobación de cursos, talleres, seminarios, congresos, charlas o cualquier otra actividad de capacitación relacionada con el ciclismo, entrenamiento deportivo, preparación física, metodología del entrenamiento o disciplinas afines.
Aval federativo: El entrenador(a) propuesto(a) deberá estar debidamente avalado por la Federación Costarricense de Ciclismo (FECOCI) para desempeñarse como entrenador(a), debiendo aportar la documentación que así lo demuestre, cuando corresponda.
Licencia deportiva: El entrenador(a) deberá contar con la licencia vigente emitida por la Federación Costarricense de Ciclismo (FECOCI) que lo habilite para participar como entrenador(a) en los Juegos Deportivos Nacionales, de conformidad con la normativa vigente de dicha Federación y del ICODER.
Experiencia y formación específica: El oferente deberá demostrar formación y conocimientos relacionados con el servicio objeto de la contratación, en especial en el entrenamiento y manejo de atletas de categorías menores y juveniles, mediante la presentación de certificaciones, recomendaciones laborales, constancias o cualquier otro documento que respalde su experiencia y capacitación.
- DOCUMENTOS ADICIONALES
- El oferente deberá presentar hoja de delincuencia, con al menos un (1) mes de emitida.
- El oferente deberá presentar declaración jurada en la que manifieste que no cuenta con antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual con sentencia firme, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 6, inciso g), de la Ley contra el Hostigamiento y Acoso Sexual en el Deporte, Ley N.° 9967.
- El oferente deberá presentar declaración jurada que indique que no ha sido objeto de sanciones disciplinarias ni de procedimientos administrativos sancionatorios firmes relacionados con maltrato físico, psicológico, verbal o cualquier otra forma de violencia contra deportistas, en el ejercicio de sus funciones como entrenador o profesional del deporte
- El oferente deberá presentar declaración jurada que indique se compromete en salvaguardar el derecho a la integridad de los deportistas, respetando el artículo del código de la Niñez y la Adolescencia en su Capítulo II, artículo N° 24 y demás normativa aplicable en materia de protección de la niñez, adolescencia y deporte.
- El oferente deberá presentar carta de compromiso de asistencia presencial de al menos cuatro (4) veces al mes, para charlas, talleres o entrenamientos grupales y a lo que CDDRC requiera.
- En caso de que el oferente sea una persona jurídica deberá presentar la personería jurídica, con máximo un mes de emitida.
- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DURANTE LA EJECUCIÓN
El contratista deberá:
Responsabilidad por bienes institucionales: Responder por la pérdida, daño o deterioro ocasionado por culpa o negligencia comprobada sobre los bienes, materiales, implementos o equipos propiedad del Comité Distrital de Deportes y Recreación (CCDR) que le sean suministrados o utilizados durante la ejecución del contrato.
Obligaciones legales: Cumplir con todas las obligaciones legales, laborales, tributarias, de seguridad social, riesgos del trabajo, pólizas y demás seguros que resulten aplicables durante la ejecución contractual, manteniendo indemne al Comité Distrital de Deportes y Recreación (CCDR) frente a cualquier reclamación de carácter laboral, civil, administrativa o patrimonial derivada de la prestación del servicio.
Cuidado de instalaciones: Velar por el adecuado uso, conservación y cuidado de las instalaciones deportivas, mobiliario, equipo e infraestructura donde se desarrollen las actividades, respondiendo por los daños ocasionados por acción u omisión imputable al contratista o al personal asignado.
Seguridad: Cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad, prevención de riesgos, protocolos institucionales y demás disposiciones emitidas por el Comité Distrital de Deportes y Recreación (CCDR) en las instalaciones y en cualquier otro sitio donde se desarrollen las actividades objeto de la contratación.
Tecnología:
- El contratista deberá utilizar una plataforma digital (equivalente o superior a Training Peaks), de planificación y seguimiento del entrenamiento que permita programar sesiones, registrar el cumplimiento de los entrenamientos, monitorear el rendimiento de los atletas, procurando que su implementación no genere costos adicionales para los participantes ni requiera la adquisición obligatoria de dispositivos electrónicos especializados; y con ello, generar reportes de seguimiento para el CDDRC. Para lo cual deberá presentar una declaración jurada manifestando su cumplimiento.
- El oferente deberá presentar una declaración jurada en la que manifieste que posee conocimientos en el manejo de Microsoft Word y Microsoft Excel o programas equivalentes, suficientes para elaborar la documentación técnica y administrativa requerida durante la ejecución del contrato. Los informes y demás documentos deberán presentarse en formato PDF, sin perjuicio de que el administrador del contrato pueda solicitar los archivos editables cuando resulte necesario.
- GENERALIDADES DE LAS OBLIGACIONES DURANTE LA EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Naturaleza de la contratación
La presente contratación corresponde a la prestación de servicios profesionales, por lo que el contratista no estará sujeto a un horario laboral determinado. No obstante, deberá cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, los planes de trabajo aprobados y las actividades programadas por el Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano (CDDR Cóbano).
La presente contratación es sin relación de subordinación jurídico-laboral, en consecuencia, no existirá responsabilidad alguna del Concejo Municipal de Cóbano ni CDDR Cóbano respecto al pago del seguro de riesgos del trabajo ante el INS, así como tampoco regímenes de enfermedad y maternidad e invalidez, vejez y muerte ante C.C.S.S ni cualquier otra carga social. ES DEBER INELUDIBLE DEL ADJUDICATARIO CUMPLIR ESTRICTAMENTE CON LAS OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL, TENIENDOSE SU INOBSERVANCIA COMO CAUSAL DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO RESPECTIVO.
Lugar de prestación del servicio
Los procesos de entrenamiento se desarrollarán principalmente dentro del distrito de Cóbano y, por regla general, en un mismo lugar de entrenamiento.
Sin perjuicio de lo anterior, por la naturaleza del servicio el entrenador deberá desplazarse a otros sitios de entrenamiento cuando sea necesario, así como acompañar a los atletas durante competencias, fogueos, campamentos o actividades de preparación que se realicen en cualquier parte del territorio nacional.
Asimismo, deberá considerar que el cumplimiento de sus funciones podrá requerir disponibilidad durante fines de semana y días feriados cuando existan competencias o actividades previamente autorizadas por el CDDRC.
Atención de los grupos
El entrenador deberá contar con la capacidad técnica y metodológica para atender grupos aproximados de quince (15) a veinticinco (25) atletas, de ambos géneros y en las diferentes categorías de ciclismo.
Este rango es orientativo y podrá aumentar o disminuir según la demanda del programa, sin que ello implique modificación de las demás condiciones contractuales.
Participación institucional
El entrenador deberá:
- Formar parte de los programas deportivos, recreativos y de promoción que planifique, coordine o desarrolle el CDDRC.
- Promover la participación de los atletas en las diferentes actividades institucionales.
- Procurar y motivar que todos los participantes cuenten con una póliza de riesgos (costeada por cada uno de los atletas) vigente y reportar oportunamente al Gestor Deportivo el listado actualizado y su estado.
- El oferente deberá presentar su oferta contemplando, como mínimo, un entrenador y un asistente, quienes serán los responsables de la ejecución del servicio. En la oferta deberán identificarse ambos profesionales y aportarse la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada uno.
- El profesional deberá tener una participación ACTIVA en los procesos de los Juegos Deportivos Nacionales, esto incluye completar las fichas de inscripción, presentar las listas de los atletas, asistencia de eventos y en cumplimiento de las directrices que emita la institución o federación a cargo, como ICODER o FECOCI.
- Asimismo, el contratista deberá asegurarse de que todos los atletas menores de edad cuenten con la autorización escrita de su padre, madre o encargado legal para participar en las actividades deportivas.
Presentación personal
El contratista garantizará que tanto el entrenador como cualquier asistente asignado al servicio mantengan en todo momento:
- Presentación personal adecuada.
- Correctas condiciones de higiene.
- Vestimenta apropiada para el desarrollo de las actividades deportivas.
Lo anterior con el fin de proyectar una imagen profesional acorde con las funciones objeto de la contratación.
Comunicación de ausencias y sustituciones
El contratista deberá comunicar cualquier ausencia del personal asignado al administrador del contrato.
Las ausencias previsibles deberán notificarse mediante correo electrónico oficial con un mínimo de veinticuatro (24) horas hábiles de anticipación, indicando el motivo y, cuando corresponda, proponiendo el personal sustituto para valoración y aprobación.
Cuando se trate de una emergencia, caso fortuito o fuerza mayor, el contratista deberá comunicar la situación inmediatamente por el medio más expedito (llamada telefónica o mensaje al número oficial designado por el CDDRC) y formalizar la comunicación mediante correo electrónico oficial el mismo día hábil o, de ocurrir fuera del horario laboral, al inicio del siguiente día hábil.
En ningún caso podrá efectuarse una sustitución del personal o modificarse el horario de entrenamiento sin autorización previa del CDDRC.
Cuando el entrenador cuente con asistentes, estos deberán estar identificados desde la presentación de la oferta. En caso de sustitución, el contratista deberá remitir al CDDRC el currículo, hoja de delincuencia, aval y licencia correspondiente del nuevo asistente para su respectiva aprobación.
Obligaciones económicas del contratista
Toda contratación o gasto adicional que el contratista decida realizar y que no se encuentre contemplado dentro del presente cartel será asumido exclusivamente por este, bajo su propio peculio.
Asimismo, el contratista deberá asumir todos los gastos derivados de su desplazamiento dentro y fuera del distrito para el cumplimiento de sus funciones.
Prohibiciones
El contratista y el personal que participe en la ejecución del contrato deberán cumplir con las siguientes disposiciones:
- No podrán cobrar, solicitar o recibir pagos, cuotas, contribuciones o cualquier otro tipo de remuneración por parte de las personas participantes en los programas deportivos o recreativos financiados por el Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano y/o en su nombre.
- No podrán modificar horarios, sustituir personal o alterar la programación aprobada sin autorización previa del CDDRC.
- No podrá cobrar a los atletas por los servicios que le son contratados por el Concejo Municipal de Cóbano.
- Deberán informar oportunamente al Comité sobre cualquier situación relacionada con cobros no autorizados o el manejo de recursos económicos vinculados a los programas.
- Deberán abstenerse de mantener relaciones de cercanía excesiva o conductas inapropiadas con los atletas.
- El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones anteriores será considerado una falta grave y podrá dar lugar a la resolución del contrato, sin perjuicio de las acciones administrativas o legales que correspondan.
Protección de la niñez y adolescencia
Como parte integral del contrato se incorpora lo dispuesto en el Código de la Niñez y la Adolescencia, con el propósito de salvaguardar la integridad de los atletas y del personal contratado.
En consecuencia, el entrenador y asistente deberán actuar en todo momento conforme a los principios de ética, profesionalismo, respeto, responsabilidad y protección integral de las personas menores de edad.
Entrenamientos virtuales
Cuando circunstancias excepcionales, tales como pandemias, emergencias nacionales, fenómenos climáticos o cualquier otro caso de fuerza mayor impidan desarrollar entrenamientos presenciales, el contratista deberá brindar las sesiones mediante modalidad virtual.
Para ello deberá disponer de:
- Equipo informático adecuado.
- Excelente conexión a internet.
- Plataformas y aplicaciones necesarias para impartir las sesiones.
La planificación deberá adaptarse a las particularidades de la modalidad virtual.
El contratista acepta que estas sesiones podrán transmitirse en vivo o grabarse y que su imagen podrá ser utilizada por el CDDRC para divulgar las actividades en redes sociales, WhatsApp u otros medios institucionales relacionados con el cumplimiento del objeto contractual.
Planificación deportiva
El entrenador será responsable de planificar y coordinar la participación de los atletas en competencias, fogueos, campamentos, eventos deportivos y demás actividades previamente aprobadas por el CDDRC.
La programación deberá presentarse con una anticipación mínima de treinta (30) días naturales para que la Junta Directiva pueda realizar oportunamente los procesos administrativos correspondientes.
Cuando la organización de una competencia publique la convocatoria con un plazo menor, el entrenador deberá informar inmediatamente al CDDRC y aportar la documentación que respalde dicha situación.
Plan de trabajo
Al inicio de la contratación, el entrenador deberá presentar al Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano un Plan de Trabajo Anual, el cual comprenderá la planificación, organización y evaluación de la disciplina deportiva en sus diferentes categorías.
Como mínimo deberá contener:
- Justificación.
- Índice.
- Objetivo general.
- Objetivos específicos.
- Metodología de trabajo.
- Cronograma anual.
- Contenidos físicos.
- Contenidos técnicos.
- Contenidos tácticos.
- Contenidos psicológicos.
- Sistema de evaluación.
- Programación de competencias.
- Reporte de participación en actividades.
Planes mensuales e informes
El entrenador deberá elaborar un Plan de Entrenamiento Mensual para cada una de las categorías atendidas, el cual deberá coordinar previamente con el Gestor Deportivo y el CDDRC.
Asimismo, deberá presentar un informe mensual de labores que evidencia las horas solicitadas y que incluya, como mínimo:
- Cumplimiento del plan mensual.
- Actividades desarrolladas.
- Reporte de competencias y resultados obtenidos.
- Índice estadístico de nuevos ingresos.
- Índice estadístico de retiros.
- Índice estadístico de atletas lesionados.
- Observaciones y recomendaciones.
Cada pago mensual estará condicionado a la presentación del informe mensual de labores por parte del contratista y a la aprobación de este por el administrador del contrato, quien emitirá la conformidad del servicio correspondiente al período para efectos de la recepción parcial en SICOP y la tramitación del pago respectivo.
Informe final de labores
Al finalizar la vigencia del contrato, el contratista deberá presentar al Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano un Informe Final de Labores, el cual constituirá el cierre técnico de la contratación y será requisito para la recepción definitiva de los servicios prestados.
Como mínimo, dicho informe deberá contener:
- Resumen ejecutivo de las actividades desarrolladas durante la ejecución del contrato.
- Cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en el plan de trabajo.
- Descripción de los procesos de entrenamiento realizados por categoría.
- Estadísticas consolidadas de participación, incluyendo cantidad de atletas atendidos, ingresos, retiros y lesiones registradas durante la contratación.
- Participación en competencias, fogueos, campamentos y demás actividades deportivas, indicando los principales resultados obtenidos.
- Valoración técnica del progreso alcanzado por los atletas.
- Dificultades encontradas durante la ejecución del contrato y acciones implementadas para su atención.
- Recomendaciones técnicas para dar continuidad al proceso deportivo en el siguiente período.
- Anexos que respalden la información presentada, cuando corresponda.
Al finalizar la contratación, el contratista deberá presentar un Informe Final de Labores que consolide las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos durante toda la ejecución contractual. La aprobación de dicho informe por parte del administrador del contrato será requisito para emitir la recepción definitiva en SICOP y proceder al cierre administrativo de la contratación.
- CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO
|
Concepto |
Especificación |
|
Disciplina |
Ciclismo |
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Modalidad |
Ruta y montaña |
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Categorías |
Preinfantil, Infantil, Prejuvenil, Juvenil y Sub-23 |
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Población |
Atletas de ambos géneros |
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Edades de los atletas |
A partir de los 10 años |
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Cantidad estimada |
Entre 15 y 25 atletas |
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Lugar principal |
Distrito de Cóbano |
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Otros lugares |
Diferentes localidades del territorio nacional, cuando sean requeridas por competencias, fogueos, campamentos o actividades autorizadas |
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Dedicación estimada |
40 horas mensuales de entrenamiento |
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40 horas mensuales de entrenamiento |
Competencias, fogueos, campamentos, reuniones, charlas, talleres y actividades previamente autorizadas por el CDDRC |
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Presupuesto estimado |
₡600.000,00 mensuales incluye la totalidad de los servicios del entrenador principal y del asistente. |
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- CONDICIONES GENERALES
- Objeto de la contratación
Contratar servicios profesionales especializados de un(a) entrenador(a) de ciclismo, incluyendo el personal de apoyo que resulte necesario, para la planificación, organización, ejecución, supervisión y evaluación del programa de entrenamiento de ciclismo del Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano (CDDRC).
El servicio estará orientado principalmente a atletas de las categorías menores y juveniles, mediante procesos de entrenamiento estructurados y especializados que fortalezcan sus capacidades físicas, técnicas y tácticas, así como su formación integral. Asimismo, comprenderá el seguimiento y evaluación del rendimiento deportivo, la preparación para competencias y el acompañamiento técnico requerido para la participación en eventos distritales, cantonales, regionales, nacionales y en los Juegos Deportivos Nacionales, de acuerdo con la planificación institucional.
La contratación tendrá como finalidad fortalecer la masificación y el desarrollo del ciclismo en el distrito de Cóbano, mejorar el nivel deportivo de los atletas y garantizar la continuidad, calidad y eficiencia de los programas deportivos impulsados por el CDDRC, en cumplimiento de sus objetivos institucionales y fines públicos.
- Fundamento legal
La presente contratación se tramita mediante el procedimiento de Licitación Reducida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley General de Contratación Pública y los umbrales de contratación vigentes aplicables al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.
El objeto contractual corresponde a la contratación de servicios profesionales para el desarrollo del programa de entrenamiento de ciclismo, por lo que se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 212 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, que faculta a la Administración para contratar servicios técnicos o profesionales brindados por personas físicas o jurídicas, cuando requiera servicios especializados y se acredite que estos no pueden ser ejecutados con el personal institucional. Asimismo, dicha contratación no genera relación de empleo entre la Administración y el contratista.
La ejecución del contrato se realizará bajo la modalidad según demanda, en atención a que la prestación de los servicios dependerá de las necesidades efectivas de la Administración durante la vigencia contractual. En consecuencia, el adjudicatario atenderá únicamente los requerimientos que le sean solicitados, hasta el monto máximo estimado de la contratación, sin que ello implique obligación de consumo mínimo por parte del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.
Para iniciar el procedimiento, la Administración cuenta con una previsión presupuestaria de ¢3.00.000,00 (tres millones de colones exactos), incorporada en el presupuesto ordinario vigente. La ejecución del contrato estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria y a las necesidades institucionales que se presenten durante su vigencia.
- Estimación de Consumo
El siguiente cuadro presenta una estimación del consumo anual de los productos incluidos en esta contratación. Su finalidad es brindar a los posibles oferentes una referencia que facilite el cálculo logístico, operativo y económico relacionado con las entregas a realizar durante el período contractual.
Se aclara que las cantidades indicadas son referenciales y no constituyen una obligación de compra por parte del Concejo Municipal de Distrito Cóbano. Las órdenes de pedido se emitirán conforme a las necesidades reales y a la disponibilidad presupuestaria con la que cuente este Concejo Municipal.
En virtud de lo anterior, no se aceptarán reclamos por variaciones en los volúmenes de compra, ya sea por aumentos o disminuciones. En consecuencia, no se garantiza al adjudicatario un monto mínimo de ingresos, ya que las adquisiciones estarán sujetas a las necesidades reales del Concejo Municipal y a su disponibilidad presupuestaria.
- Estimación de los costos
Para la presente contratación se consultó el catálogo de precios de SICOP y se realizó el correspondiente estudio de razonabilidad del precio por parte del Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano.
El presupuesto estimado considera el costo integral de la prestación del servicio de entrenamiento de ciclismo, incluyendo los honorarios del entrenador principal y del asistente, así como los costos operativos necesarios para su ejecución. Debido a que este servicio especializado no se encuentra disponible de forma permanente en el distrito de Cóbano, se contemplan dentro del precio ofertado los gastos asociados al traslado del personal técnico, combustible, pasajes de ferry, alimentación, hospedaje cuando corresponda y demás actividades inherentes a la planificación, coordinación y seguimiento del proceso deportivo.
Lo anterior no limita que los oferentes presenten propuestas económicas diferentes, siempre que se encuentren debidamente justificadas, las cuales serán valoradas por la Administración conforme a los artículos 44 y 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Documentación que se debe incluir con la oferta
Toda oferta presentada debe contener toda la documentación solicitada dentro de este cartel. En caso de las declaraciones juradas, se harán bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante Notario Público, salvo que el oferente sea adjudicado y así lo solicite la Administración previo a la elaboración del contrato. Dichas declaraciones serán admisibles en documento separado o bien como parte del texto de la propuesta:
- Patente municipal o condición de profesional liberal
El oferente deberá aportar, junto con su oferta, copia de la patente municipal vigente cuando, de conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable, se encuentre obligado a contar con ella para el ejercicio de la actividad económica objeto de la contratación. La actividad autorizada en la patente deberá guardar relación con el objeto contractual.
En el caso de profesionales liberales que, conforme a la normativa vigente, no estén obligados a contar con patente municipal para el ejercicio de su profesión, deberán demostrar su condición mediante la documentación correspondiente. Asimismo, deberán encontrarse debidamente inscritos ante el Ministerio de Hacienda en una actividad económica relacionada con el objeto de la contratación y estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), cuando corresponda, y las demás obligaciones tributarias y de seguridad social exigidas por el ordenamiento jurídico.
- Aportar una constancia municipal o documento donde se evidencie que se encuentra al día con el pago de los impuestos municipales.
- Deberán presentar copia del respectivo PERMISO DE FUNCIONAMIENTO emitido por el MINISTERIO DE SALUD, vigente y a nombre del oferente, cuyo giro o actividad comercial autorizada, sea el objeto contractual requerido. Respecto a los PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO de acuerdo con la Ley General de Salud N°5395, todos los establecimientos agrícolas, comerciales, industriales y de servicios deben contar con el Permiso de Funcionamiento para operar en el territorio nacional.
Por lo que toda persona física o jurídica que formalice una empresa en Costa Rica debe contar con el permiso de funcionamiento de acuerdo con su actividad, según: “Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud” N° 39472-S.
Se exime de este requisito a los profesionales liberales que oferten en contrataciones cuyo objeto sea la contratación para ejercer su profesión liberal (ejemplo, la contratación de un abogado para realizar un trabajo en la rama de las leyes, en ese caso el oferente está exento del requisito de tener patente).
Además, en las contrataciones cuyo objeto contractual NO sea la contratación de Servicios Profesionales Liberales (OBRA Y BIENES); las Personas Físicas NO están exentas de tener PERMISO DE FUNCIONAMIENTO emitido por el MINISTERIO DE SALUD.
- El oferente debe presentar una certificación emitida por el Instituto Nacional de Seguros, en la que se haga constar que cuenta con un seguro de riesgos del trabajo vigente y que dicho seguro cubre y ampara la actividad adjudicadar.
- Copia de la cédula de identidad del oferente, cuando se trate de persona física, o del representante legal en caso de persona jurídica. La oferta deberá estar firmada por quien ostente facultades suficientes para obligar al oferente dentro del presente procedimiento, para lo cual deberá adjuntarse la certificación de personería jurídica vigente o el poder especial correspondiente.
- Declaraciones Juradas de conformidad con el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y del artículo 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
De conformidad con el artículo 29 de la LGCP, los potenciales oferentes y subcontratistas de previo a la participación en todo procedimiento de contratación pública deberán rendir una declaración jurada, por una única vez, sobre los siguientes aspectos a) que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en esta ley, b) que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo 28 de la LGCP, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de la citada ley y c) tratándose de personas jurídicas deberán indicar, en la declaración jurada, la naturaleza y propiedad de las acciones.
Dicha declaración deberá formar parte del Registro de Proveedores del SICOP. Además, para poder participar en los procedimientos de contratación pública es deber de los oferentes y subcontratistas mantenerla dicha declaración actualizada.
- Oferentes y subcontrataciones deberán manifestar expresamente en su oferta que la información contenida en la declaración jurada, presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable.
- Subcontratos: Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas, con los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas (artículo 133 RLGCP).
06) Obligaciones Tributarias
La Administración Municipal verificará en la plataforma Virtual denominada “Consulta Situación Tributaria” del Ministerio de Hacienda, la actividad registrada que sea concerniente con el objeto contractual, así la condición de estar al día con los impuestos por parte del Oferente. En caso, que el oferente se encuentre en dicha plataforma en estado de morosidad, debe aportar en su oferta la constancia o certificación emitida por el Ministerio de Hacienda, de estar al día con los impuestos tributarios (no se considera para el análisis de la oferta declaraciones o comprobantes de pago).
- Obligaciones del oferente ante la CCSS
Todo oferente participante en este proceso licitatorio debe hacerlo, sea en su condición de patrono o como trabajador independiente, por lo tanto, deberá estar registrado activo y al día en el pago de sus obligaciones como trabajador independiente o como obrero-patronales ante la CCSS al presentar su plica. o bien, bajo arreglo de pago, lo cual deberá demostrar mediante certificación emitida por esa entidad con no más de dos días al momento de su presentación al SICOP. Este Concejo Municipal de Distrito, verificará el estado de morosidad en sistema de consulta del sitio oficial de dicha entidad de seguridad social en todas las etapas del proceso de contratación sin excepción.
- Ofertas en Consorcio
Para esta contratación se admiten las ofertas en consorcio, para lo cual se deberá adjuntar dentro de la oferta, el acuerdo consorcial suscrito entre las partes donde se establezca el alcance de este y la forma en que se deberán ejecutar los pagos para las partes involucradas en el acuerdo consorcial. Las ofertas en consorcio deberán cumplir con lo establecido en el artículo 125 inciso d) del Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
- Actuar ético
Todas las actuaciones realizadas por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en el presente procedimiento de contratación se regirán por los principios de probidad, integridad y transparencia, en apego a lo establecido en el artículo 10 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 17 de su Reglamento, orientadas en todo momento a la satisfacción del interés público.
Asimismo, se espera que los potenciales oferentes actúen con probidad, buena fe, rectitud, integridad y transparencia durante todas las etapas del procedimiento de contratación, conforme a los principios éticos y jurídicos regulados en el artículo 24 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Precio de la oferta
El precio deberá ser cierto y definitivo, sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones.
a- Los oferentes deberán cotizar preferiblemente en colones costarricenses, pero en caso de recibir propuestas en diferentes monedas, se le aplicará la conversión a moneda nacional, para efectos de comparación, utilizando el tipo de cambio vigente para la venta del Banco Central de Costa Rica al día de la apertura.
b-La oferta, debe confeccionarse libre del impuesto de ventas y consumo, toda vez que los bienes y servicios que adquiera esta administración municipal, se encuentran exento según el artículo 9 inciso 2 de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y el articulo 8 del Código Municipal vigente.
c- En atención al artículo 102 del RLGCP, el oferente deberá presentar la estructura de precio con el detalle de al menos los siguientes componentes: los costos directos, los costos indirectos, la utilidad y los imprevistos, tanto en valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
Como ejemplo de tabla a utilizar:
Para efectos del presente procedimiento, se entenderán las siguientes definiciones:
▪ Costos directos de mano de obra: Corresponden a los costos asociados a salarios, cargas sociales, prestaciones legales y demás obligaciones laborales del personal requerido para la ejecución del objeto contractual.
▪ Costos directos de insumos: Comprenden los costos de materiales, materias primas, equipos, herramientas, maquinaria, seguros, depreciaciones y demás insumos necesarios para la ejecución contractual.
▪ Costos directos por subcontratación: Son los costos derivados de la contratación de terceros para la realización de labores especializadas, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
▪ Costos indirectos de mano de obra: Corresponden a los gastos administrativos relacionados con salarios, cargas sociales y obligaciones laborales del personal directivo, técnico, administrativo o de apoyo.
▪ Costos indirectos de insumos: Incluyen gastos administrativos relacionados con materiales, servicios públicos, equipo de oficina, seguros, depreciaciones, costos financieros y demás recursos necesarios para la administración contractual.
▪ Imprevistos: Corresponden a los costos asociados a contingencias o situaciones no previstas que puedan surgir durante la ejecución del contrato y que forman parte del riesgo normal asumido por el contratista.
▪ Utilidad: Es el beneficio económico esperado por el contratista como resultado de la ejecución del contrato.
Nota importante: Con relación al rubro de imprevistos, este deberá ser incluido obligatoriamente dentro de la estructura de precios de la oferta, por cuanto no podrá presentarse en cero, omitirse o dejarse en blanco. La finalidad de este rubro es cubrir contingencias o situaciones no previstas que puedan surgir durante la ejecución contractual, como parte del riesgo inherente a todo contrato administrativo, garantizando así la adecuada ejecución del objeto contractual y la protección del interés público.
En consecuencia, la omisión del porcentaje correspondiente al rubro de imprevistos podrá ocasionar la exclusión de la oferta del presente procedimiento de contratación por parte del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano.
- Presupuesto detallado
De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 103 de su Reglamento, el presupuesto detallado del bien y/o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación y previo a la suscripción del contrato.
Dicho presupuesto deberá incluir el desglose de los costos directos e indirectos, contemplando como mínimo materiales, mano de obra y cargas sociales conforme a los porcentajes mínimos de ley vigentes al momento de presentar la oferta, equipos, maquinaria, subcontrataciones, utilidad e imprevistos.
En caso de no presentarse el presupuesto detallado dentro del plazo indicado, la Administración podrá declarar insubsistente la adjudicación y proceder conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
- Reajuste de precio
De conformidad con lo establecido en el artículo 102 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, y en los contratos en los que proceda la aplicación del mantenimiento del equilibrio económico conforme a los artículos 107, 108 y 109 del mismo Reglamento, el oferente deberá aportar la información correspondiente a los índices oficiales de precios y costos asociados a los costos directos e indirectos de la estructura de precios de su oferta.
El análisis del mantenimiento del equilibrio económico contractual será responsabilidad del administrador del contrato por parte del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en su calidad de área fiscalizadora, tomando en consideración el objeto contractual.
Los índices deberán ser emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos y corresponder a la misma moneda de la oferta y a los valores absolutos de la estructura de precios. En caso de que no exista un índice oficial para algún costo directo, el oferente deberá indicarlo expresamente en su oferta y aportar la documentación de respaldo correspondiente, a efectos de la aplicación de los mecanismos previstos en los artículos 107, 108 o 109 del Reglamento, según corresponda.
Asimismo, el oferente podrá proponer un índice general de precios cuando no exista uno específico aplicable a determinado componente del costo. En todo caso, deberá respetarse el formato de la estructura de precios establecido en el pliego de condiciones, conforme a la modalidad de cotización y tipo de contrato aplicable.
Para estos efectos, se aplicará la fórmula establecida en el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, publicado en el Alcance N.° 46 de La Gaceta N.° 64 del 3 de abril de 2025.
- Forma de pago
El pago se realizará contra prestación efectiva del servicio, en tractos mensuales vencidos, previa presentación y aprobación del informe mensual correspondiente y cumplimiento de los requisitos administrativos establecidos para el trámite de pago.
La forma de pago será bajo la modalidad que establece la Ley General de Contratación Pública, según el monto facturado al cual se le deberá aplicar la deducción respectiva del 2% del impuesto sobre la renta, vía transferencia a la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica que nos indique el adjudicatario, o en su defecto en la cuenta cliente del banco que se nos indique, una vez que lo autorice la Dirección Administrativa.
Para el trámite de pago, los proveedores obligados al uso de la factura electrónica deberán remitir la representación gráfica en PDF del archivo en formato XML de la factura electrónica al correo electrónico facturas@municobano.go.cr, con copia al correo jrodriguez@municobano.go.cr
El proveedor adjudicado deberá por medio de la plataforma del SICOP solicitar la gestión de recepción y pago del servicio.
- Vigencia de la Oferta
Debe consignarse expresamente la vigencia de la oferta, la cual no podrá establecerse por un plazo inferior a 15 días hábiles, contados a partir de la apertura de ofertas. De no consignarse se entenderá la aceptación de este plazo de vigencia.
- Multa
En caso de que el contratista incurra en cualquiera de las siguientes causales de incumplimiento, se aplicará una multa sobre el monto total adjudicado por cada infracción, de la siguiente manera:
Se aplicará una multa del 0,38% del monto adjudicado por los incumplimientos de los puntos 1 y 3, y del 0,33% por los incumplimientos de los puntos 2 y 4.
La aplicación de estas multas será acumulativa hasta alcanzar un máximo del 25% del monto total del contrato.
1)Ausentarse injustificadamente a las sesiones de entrenamiento previamente programadas.
2)No presentar los informes, controles de asistencia, planes de trabajo o cualquier otra documentación requerida por la Administración dentro de los plazos establecidos.
3)Incumplir el plan de trabajo, la metodología o el programa de entrenamiento aprobado por el Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano, sin la debida autorización.
4)Utilizar de forma inadecuada las instalaciones deportivas, implementos, equipos, información confidencial o cualquier otro bien/datos facilitado por el Comité para la ejecución de las actividades contratadas.
- Clausula Penal
Si existiera atraso en la entrega, de conformidad con el artículo 47 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, el Concejo Municipal aplicará una sanción económica al contratista, por cada día hábil un equivalente al 1,50% del contrato como parte del objeto de contratación hasta un máximo del 25%, sin que esto impida, posteriores acciones legales de la Administración.
- Evaluación de proveedores
El Concejo Municipal de Distrito Cóbano, se reserva el derecho de evaluar al adjudicatario, por medio de la opción de Evaluación de Proveedores que al efecto tiene la plataforma SICOP. El oferente debe indicar expresamente en su oferta la aceptación de esta actividad, caso contrario ésta se tendrá por aceptada.
- Plazo de ejecución
El contrato será hasta por un periodo de 12 meses a partir de la fecha de notificación en el sistema digital unificado SICOP. El contrato podrá ser prorrogado por periodos iguales, siendo el plazo máximo total de 48 meses (12 meses del contrato original más 3 de prórroga) y la prórroga operará de forma automática. En caso de que el Concejo Municipal de Distrito Cóbano considere que el contrato no será prorrogado, se le comunicará al contratista con una anticipación de al menos 30 días naturales al vencimiento del contrato, caso contrario al término de cada 12 meses, de no existir dicha advertencia por parte de la administración, automáticamente queda prorrogado el contrato. En caso de que sea el contratista quien no desee prorrogar el contrato, deberá de informarlo a la Administración 60 días naturales previo al vencimiento del contrato.
19) Finiquito de contrato
De conformidad con lo en los contratos de servicios o suministros de bienes podrán pactarse finiquitos dentro del plazo de seis meses, contado a partir de la recepción definitiva del objeto contractual, conforme a lo previsto por el artículo 111 de la Ley General de Contratación Pública y se aplicarán en lo pertinente, los requisitos establecidos en el artículo 291 de este Reglamento para el finiquito del contrato de obra pública.
El finiquito deberá formar parte del expediente electrónico de la contratación.
- Compromiso anticorrupción y de buenas prácticas comerciales
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 24 RLGCP, el oferente deberá adherirse para participar en este procedimiento a las siguientes regulaciones:
- i) El compromiso formal de no suministrar objetos, servicios u obras de inferior calidad a la ofrecida, el ofrecimiento o suministro de cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al artículo 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación
- ii) La abstención de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante;
iii) La introducción o invocación de hechos falsos en su oferta o en cualquier etapa del procedimiento
- iv) La obtención ilegal de información que lo coloque en una situación de ventaja frente a otros oferentes.
- v) La utilización de forma ilegítima de una PYME que pertenezca a un mismo grupo de interés económico para obtener beneficios dispuestos en la Ley General de Contratación Pública en su favor y;
- vi) La abstención de incurrir en prácticas colusorias o anticompetitivas que distorsionen el funcionamiento normal del mercado y lesionen la Hacienda Pública
- Otras obligaciones del adjudicatario
Es un deber ineludible del adjudicatario cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo. La Administración se reserva la potestad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones en cualquier momento. Así mismo esta cláusula será considerada contenido esencial del contrato, y cualquier falta a la misma implicará incumplimiento contractual, en cuyo caso, podrá la Administración dar por terminado el contrato, según lo dispuesto por las normas que regulan la materia.
La presente contratación no genera relación contractual entre el Adjudicatario y la Administración, siendo que el Adjudicatario deberá de estar inscrito y al día con sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social. La Administración, no asume ninguna responsabilidad por relación laboral con el personal del Adjudicatario. Igualmente queda libre de toda responsabilidad penal y civil en que llegara a incurrir el contratista o su personal en la prestación de los servicios.
- Orden de inicio
Una vez formalizado y notificado el contrato por medio de la plataforma SICOP, la persona adjudicataria deberá esperar la respectiva orden de inicio emitida por la Administración del Contrato para dar inicio a la prestación de los servicios.
La orden de inicio será gestionada y comunicada formalmente mediante la plataforma SICOP por parte del administrador del contrato.
- Aceptación
El solo hecho de presentar la oferta implica plena aceptación de todas las cláusulas, condiciones e instrucciones indicadas en este pliego de condiciones, y el del SICOP, así como de las normas que al efecto establece la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento General.
En todo lo no previsto en estas especificaciones se regirá conforme a lo dispuesto por la Ley de Compras Públicas y su Reglamento, así como cualquier normativa aplicable a la materia.
- Clausula sobre Confidencialidad
El contratista, el entrenador, el asistente y cualquier otro personal asignado a la ejecución del contrato deberán guardar absoluta confidencialidad sobre toda la información a la que tengan acceso con ocasión de la prestación del servicio.
Se considerará información confidencial, entre otra, la siguiente:
- Datos personales de los atletas, padres, madres o encargados.
- Expedientes deportivos, evaluaciones físicas, médicas o de rendimiento.
- Planes de entrenamiento, informes técnicos y reportes estadísticos.
- Información administrativa, financiera o interna del Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano.
Cualquier otra información que, por su naturaleza, no sea de acceso público.
El contratista se compromete a utilizar dicha información exclusivamente para el cumplimiento del objeto contractual, absteniéndose de divulgarla, reproducirla, compartirla o utilizarla para fines distintos a los establecidos en el presente contrato, salvo autorización expresa y por escrito del CDDRC o cuando exista una obligación legal que así lo requiera.
El contratista no podrá publicar, divulgar o compartir fotografías, videos, imágenes, nombres o cualquier otra información de los atletas, especialmente de personas menores de edad, en redes sociales, medios digitales o cualquier otro medio de difusión, salvo que cuente con la autorización previa del CDDRC y, cuando corresponda, con la autorización expresa del padre, madre o representante legal del menor, conforme a la normativa vigente.
La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente durante la ejecución del contrato y continuará aun después de su finalización.
El incumplimiento de esta obligación podrá constituir un incumplimiento contractual y dar lugar a la aplicación de las medidas administrativas y legales que correspondan, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que resulten aplicables.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En caso de que el contratista incurra en cualquiera de las siguientes causales de incumplimiento, se aplicará una multa sobre el monto total adjudicado por cada infracción, de la siguiente manera: Se aplicará una multa del 0,38% del monto adjudicado por los incumplimientos de los puntos 1 y 3, y del 0,33% por los incumplimientos de los puntos 2 y 4. La aplicación de estas multas será acumulativa hasta alcanzar un máximo del 25% del monto total del contrato. 1)Ausentarse injustificadamente a las sesiones de entrenamiento previamente programadas. 2)No presentar los informes, controles de asistencia, planes de trabajo o cualquier otra documentación requerida por la Administración dentro de los plazos establecidos. 3)Incumplir el plan de trabajo, la metodología o el programa de entrenamiento aprobado por el Comité Distrital de Deportes y Recreación de Cóbano, sin la debida autorización. 4)Utilizar de forma inadecuada las instalaciones deportivas, implementos, equipos, información confidencial o cualquier otro bien/datos facilitado por el Comité para la ejecución de las actividades contratadas.
Cláusula penal. Si existiera atraso en la entrega, de conformidad con el artículo 47 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, el Concejo Municipal aplicará una sanción económica al contratista, por cada día hábil un equivalente al 1,50% del contrato como parte del objeto de contratación hasta un máximo del 25%, sin que esto impida, posteriores acciones legales de la Administración.
Documentos del cartel3
- Declaracion jurada Actuar ético AdministradorPDF · 502 KB
- CronogramaPDF · 297 KB
- Pliego de CondicionesPDF · 686 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Brynel Cortés Gómez
Gestora Deportiva
Jacqueline Rodriguez Rodriguez
Encargado del concurso · Proveeduría
Brynel Cortés Gómez
Gestora Deportiva
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 05/10/2026 22:42. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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