2026LY-000028-0000100001 · SICOP 20260802283
CONTRATACIÓN PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN POR DEMANDA DEL BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Y SUBSIDIARIAS
Banco Nacional de Costa Rica
Banco Nacional de Costa Rica está evaluando esta compra. Se recibieron 18 ofertas de 5 empresas en 9 lotes (partidas) el 18/09/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
—
para todos los lotes
Ofertas recibidas
18
de 5 empresas en 9 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡236 698
Fechas clave
- Se publicó19/08/2026 14:26 · hace 53 días
- Límite para 01/09/2026 23:59 · hace 40 días
- Límite para 01/09/2026 23:59 · hace 40 días
- Cierre de ofertas17/09/2026 23:59 · hace 24 días
- de ofertas18/09/2026 09:00 · hace 23 días
- (plazo máximo)≈ 13/11/2026 · en 33 días
Nota de la institución. Artículo 93. Modificaciones, prórrogas y aclaraciones (...) Las que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Banco Nacional de Costa Rica adjudicó ₡11 624,5 millones en 94 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra45 líneas · 9 lotes
- L1Servicio de Refrigerios1 · ₡550,001₡550,00
- L1Servicio de Catering-alimentación, Que Incluye Refrigerio de la Tarde1 · ₡550,001₡550,00
- L1Servicio de Catering-alimentación, Que Incluye Desayuno1 · ₡550,001₡550,00
- L1Servicio de Catering-alimentación, Que Incluye Almuerzo1 · ₡550,001₡550,00
- L1Servicios de Alimentacion1 · ₡550,001₡550,00
- L2Servicio de Refrigerios1 · ₡550,001₡550,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡2 338 – ₡2 750
- Lote 2₡2 338 – ₡2 750
- Lote 3₡2 338 – ₡2 750
- Lote 4₡2 338 – ₡2 750
- Lote 5₡2 338 – ₡2 750
- Lote 6₡2 338 – ₡2 750
- Lote 7₡1 275 – ₡1 500
- Lote 8₡2 338 – ₡2 750
- Lote 9₡2 338 – ₡2 750
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
Lo que exige el cartel
- : 8058277.93 durante 13 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 175 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Oferta económica 90 % · Certificación de discapacidad 2 % · Equidad de género 2 % · Localización geográfica 2 % · 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 años 2 % · Certificación de PYME 1 % · Plan de gestión ambiental 1 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡448,32 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Servicio de Refrigerios +43 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Certificación de discapacidadmáx. 2 | Equidad de géneromáx. 2 | Localización geográficamáx. 2 | 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 añosmáx. 2 | Certificación de PYMEmáx. 1 | Plan de gestión ambientalmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Maray Catering Service | 90 | 0 | 0 | 2 | 2 | 1 | 1 | 96 |
| Consorcio Hemisferio JVM, | 83,97 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 93,97 |
| Emerson Ramirez Gonzalez | 49,75 | 0 | 0 | 2 | 0 | 0 | 0 | 51,75 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Servicio de Refrigerios +42 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Certificación de discapacidadmáx. 2 | Equidad de géneromáx. 2 | Localización geográficamáx. 2 | 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 añosmáx. 2 | Certificación de PYMEmáx. 1 | Plan de gestión ambientalmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Hemisferio JVM, | 90 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 100 |
| Emerson Ramirez Gonzalez | 53,32 | 0 | 0 | 2 | 0 | 0 | 0 | 55,32 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Servicio de Refrigerios +43 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Certificación de discapacidadmáx. 2 | Equidad de géneromáx. 2 | Localización geográficamáx. 2 | 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 añosmáx. 2 | Certificación de PYMEmáx. 1 | Plan de gestión ambientalmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Maray Catering Service | 90 | 0 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 98 |
| Consorcio Hemisferio JVM, | 83,97 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 93,97 |
| Emerson Ramirez Gonzalez | 49,75 | 0 | 0 | 2 | 0 | 0 | 0 | 51,75 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 4 · Servicio de Refrigerios +43 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Certificación de discapacidadmáx. 2 | Equidad de géneromáx. 2 | Localización geográficamáx. 2 | 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 añosmáx. 2 | Certificación de PYMEmáx. 1 | Plan de gestión ambientalmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Maray Catering Service | 90 | 0 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 98 |
| Consorcio Hemisferio JVM, | 83,97 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 93,97 |
| Emerson Ramirez Gonzalez | 49,75 | 0 | 0 | 2 | 0 | 0 | 0 | 51,75 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 5 · Servicio de Refrigerios +41 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Certificación de discapacidadmáx. 2 | Equidad de géneromáx. 2 | Localización geográficamáx. 2 | 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 añosmáx. 2 | Certificación de PYMEmáx. 1 | Plan de gestión ambientalmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Hemisferio JVM, | 90 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 6 · Servicio de Refrigerios +41 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Certificación de discapacidadmáx. 2 | Equidad de géneromáx. 2 | Localización geográficamáx. 2 | 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 añosmáx. 2 | Certificación de PYMEmáx. 1 | Plan de gestión ambientalmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Hemisferio JVM, | 90 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 7 · Servicio de Refrigerios +42 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Certificación de discapacidadmáx. 2 | Equidad de géneromáx. 2 | Localización geográficamáx. 2 | 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 añosmáx. 2 | Certificación de PYMEmáx. 1 | Plan de gestión ambientalmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Hemisferio JVM, | 90 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 100 |
| Hector Malver Calderon Paniagua | 61,05 | 0 | 0 | 2 | 0 | 0 | 1 | 64,05 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 8 · Servicio de Refrigerios +41 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Certificación de discapacidadmáx. 2 | Equidad de géneromáx. 2 | Localización geográficamáx. 2 | 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 añosmáx. 2 | Certificación de PYMEmáx. 1 | Plan de gestión ambientalmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Hemisferio JVM, | 90 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 9 · Servicio de Refrigerios +42 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Certificación de discapacidadmáx. 2 | Equidad de géneromáx. 2 | Localización geográficamáx. 2 | 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 añosmáx. 2 | Certificación de PYMEmáx. 1 | Plan de gestión ambientalmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| FPV Inversiones | 90 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 100 |
| Consorcio Hemisferio JVM, | 4,92 | 2 | 2 | 2 | 2 | 1 | 1 | 14,92 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
CONDICIONES ESPECIALES PARA TODOS LOS ITEMS
Todas las condiciones especiales que se indican a continuación son de carácter obligatorio se entenderán como aceptadas con el simple hecho de presentar las oferta al concurso, de acuerdo con los artículos 48 de la Ley General de Contratación Pública y 90, 123 de su Reglamento.
D.1. EXPERIENCIA DEL OFERENTE
D.1.a. Constancias nacionales
El oferente deberá tener experiencia en la atención de Catering Service, dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha fijada para la apertura de las ofertas, deberá haber brindado como mínimo a tres (3) clientes diferentes según el ítem que participen, en el cual, cada cliente debe brindar como mínimo los servicios de al menos veinticinco y cinco (25) desayunos y meriendas y veinticinco (25) almuerzo o cenas en un solo día y en un mismo evento, siendo estos a entera satisfacción del cliente.
A tal efecto, el oferente anexar a su oferta una constancia de las instituciones o empresas donde brindó estos servicios, con indicación de:
- Número de contrato (en caso de que exista) y detalle.
- Número de cédula y razón social de la empresa (en caso de ser persona jurídica).
- Descripción del servicio brindado.
- A qué se dedica la empresa o cliente.
- Localización geográfica.
- Monto del contrato original.
- Número de teléfono del propietario o correo electrónico.
- Fecha de inicio (mes y año) y fecha de entrega oficial (mes y año).
- Manifestación expresa que el bien o servicio se recibió a satisfacción por parte del cliente, sin que haya existido aplicación de sanciones por atraso en la entrega o ejecuciones de garantías.
- Nombre de la persona a contactar de la empresa y breve descripción del servicio realizado.
Solamente serán tomadas en cuenta aquellas constancias que contengan la información solicitada. Las constancias deberán hacer referencia al oferente tal y como éste hace constar su nombre en la oferta. No se aceptarán constancias que hacen referencia a terceros, aunque el oferente alegue haber trabajado para o con ellos.
Las constancias deberán estar firmadas por el personero del cliente responsable de verificar el cumplimiento de las obligaciones del oferente. En el caso del banco, se deberá presentar una certificación emitida por el Proveedor General de la Institución. Solo se tomará en cuenta una carta de referencia por empresa o institución.
El banco se reserva el derecho de verificar la información contenida en las constancias, para lo cual podrá hacer las consultas al propietario a los números de teléfono o correos consignados en la constancia; de esta manera, si la información no puede ser confirmada con el propietario, sea porque éste la contradiga o porque no pueda ser localizado con la información suministrada por el oferente, no se considerará a efectos de tener por acreditada la experiencia.
En caso de constancias extendidas en el extranjero, al momento de ser solicitadas por el banco deberá presentar copia de la constancia. De resultar el oferente adjudicado, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación, el adjudicatario deberá entregar copia certificada conforme a las previsiones de la Ley N°8923, como requisito esencial para procederse con la formalización del contrato, so pena que, en caso de no entregarlas dentro del citado plazo, el banco podrá declarar la insubsistencia de ese acto, según lo previsto en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
El banco se reserva el derecho de verificar cada constancia vía correo electrónico (se da plazo de 2 días hábiles para respuesta) o por llamada telefónica (se da plazo de 2 días hábiles para respuesta) y en caso de no ser correctos los mecanismos previstos para ubicar el contacto, no se tomará la referencia que no se haya verificado para efectos de cumplir con el requisito de admisibilidad.
D.1.b. Ofertas en consorcio
Los miembros del consorcio podrán completar la experiencia del punto anterior, para lo cual al menos uno de los participantes del consorcio deberá tener experiencia mínima de un (1) cliente en los servicios, en el cual, cada cliente debe brindar como mínimo de al menos veinticinco y cinco (25) desayunos o meriendas y veinticinco (25) almuerzo o cenas en un solo día y en un mismo evento, siendo estos a entera satisfacción del cliente, dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
Las ofertas en consorcio deberán cumplir con los formatos o formularios electrónicos dispuestos para este tipo de oferta el sistema digital unificado, y deberá aportarse el acuerdo consorcial debidamente firmado digitalmente por sus integrantes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 14, 19, 38 y siguientes del Reglamento para la utilización del Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP, vigente y artículo 129 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
D.2. PERSONAL
El contratista deberá disponer como mínimo de un (01) salonero (a) para la atención de un máximo de 30 personas, esto para la atención de un máximo de tres (03) eventos en una misma sede y jornada (mañana, medio día o noche); si se supera esa cantidad de eventos o número de personas, por sede, deberá disponer de saloneros (as) adicionales según corresponda. Los cuales podrán ser subcontratados y deberán cumplir con lo normado en temas de póliza para este tipo de servicio y cumplir con el régimen de seguridad social.
Todo el personal del contratista que se mantenga en la cocina y atienda un servicio deberán contar con el carné de manipulación de alimentos vigente, un uniforme de trabajo de la empresa o bien pantalón o enagua color oscuro, blusa o camisa blanca, corbatín y una malla para recoger el cabello; también deberán utilizar guantes desechables y un carné de identificación de la empresa.
D.2.a. Personal extranjero: Corresponderá al contratista la responsabilidad exclusiva de verificar que el personal extranjero ofertado está facultado conforme a las leyes costarricenses, para ejercer su trabajo en Costa Rica.
D.2.b. Sustitución del personal:
- Será facultad de los administradores generales del contrato por parte del banco, solicitar la sustitución de algún colaborador del contratista por las razones que el banco exponga en forma escrita. La solicitud debe ser acatada por el contratista de forma inmediata, el mismo deberá ser sustituido máximo tres horas después a la comunicación por parte del banco al contratista, de común acuerdo entre las partes. Daños a las personas (funcionarios del Banco, clientes del Banco) que se encuentren dentro de las instalaciones del Banco o bien transiten por las aceras o pasillos que se encuentran dentro o alrededor del Banco.
- Intoxicación por ingesta de alimentos.
Los retrasos o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones del contratista, producto de la sustitución de personal, serán consideradas injustificadas a los efectos de aplicación de las sanciones económicas previstas.
D.3. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL (SERVICIOS- ALIMENTACIÓN).
El contratista deberá suscribir una póliza de responsabilidad civil con el Instituto Nacional de Seguros u otra Entidad Aseguradora autorizada, que cubra el objeto contractual, en dicha póliza en la dirección del riesgo asegurado el mismo deberá indicar: el nombre de la contratación de cita. La póliza deberá estar bajo los siguientes términos:
D.3.a. La póliza deberá cubrir:
D.3.b. Monto de la póliza: El monto de la póliza deberá ser de cincuenta millones (¢50.000.000,00) de colones exactos.
D.3.c. Firma del contrato y vigencia de la póliza:
- La póliza deberá estar vigente durante todo el plazo contractual.
- Con la firma del contrato, deberá entregar al Administrador General del Contrato del banco:
Entregar una certificación, recibo o constancia del Instituto Nacional de Seguros u otra Entidad Aseguradora autorizada, en donde se indique que el contratista adquirió una póliza con esa institución. La misma debe indicar:
- Fecha de emisión de la certificación o constancia.
- Fecha de emisión de la póliza.
- Nombre de la empresa (contratista)
- Cédula jurídica de la empresa.
- Tipo de póliza.
- El número de póliza.
- El monto de la póliza (¢50.000.000,00).
- Coberturas (qué cubre la póliza)
- Vigencia de la póliza (Deberá corresponder al plazo de la contratación o bien como mínimo el contratista deberá presentar una póliza que cubra el primer año y deberá renovarla anualmente mientras esté vigente la contratación).
Que la póliza cubre de forma exclusiva la contratación objeto contractual, se deberá indicar el número de contratación y nombre de la oficina del Banco Nacional Dirección de Gente BN.
- Copia del recibo cancelado, la misma debe ser totalmente legible y se deberá distinguir claramente el número de Póliza, el número de contratación que respalda, nombre de la oficina del Banco Nacional Dirección de Gente BN y monto de la póliza. Fecha de emisión de la certificación o constancia.
- Fecha de actualización de la póliza.
- Nombre de la empresa (contratista)
- Cédula jurídica de la empresa.
- Tipo de póliza.
- El número de póliza.
- El monto de la póliza (¢50.000.000,00).
- Coberturas (qué cubre la póliza)
- Vigencia de la póliza (Deberá corresponder al plazo de la contratación o bien como mínimo el contratista deberá presentar una póliza que cubra el primer año y deberá ser renovada anualmente mientras esté vigente la contratación).
- Que la póliza cubre de forma exclusiva la contratación objeto de esta contratación, se deberá indicar el número de contratación y nombre y ubicación de la oficina del banco.
- Copia del recibo de la póliza cancelado, la misma debe ser totalmente legible y se deberá distinguir claramente el número de póliza, el número de contratación que respalda, nombre de la oficina adjudicada y monto de la póliza.
El monto que el contratista pagó por la póliza (según recibo presentado) se dividirá entre el periodo de vigencia de esta (24) meses, el valor resultante de la división deberá corresponder al monto mensual que por este rubro indicó el contratista en su oferta. Por lo anterior, se recomienda al oferente obtener una proforma o cotización por parte de la aseguradora para que en su oferta indique el monto correcto a pagar.
D.3.d. Actualización de la póliza:
El contratista deberá mantener vigente dicha póliza por todo el plazo de la contratación, cada vez que el contratista haya actualizado la póliza deberá entregar al Administrador General del Contrato del banco, una certificación o constancia de la Entidad Aseguradora autorizada con la siguiente información:
Será obligación del contratista tener presente las fechas en que debe hacer la actualización de la póliza, por lo que no deberá esperar un comunicado del banco solicitando la actualización y por ende la entrega de la certificación o constancia anteriormente mencionada, el no tener dicha póliza vigente o actualizada se tomará como un incumplimiento del contrato y como tal le dará derecho al banco para dar como finiquitada la contratación sin responsabilidad alguna.
D.3.e. Primas y deducibles
Corresponderá al contratista el pago de las primas y deducibles que correspondan por las pólizas.
D.4. PÓLIZA RIESGOS DEL TRABAJO
El contratista deberá suscribir una póliza de riesgo de trabajo acorde con los servicios contratadas, con el fin de proteger a sus trabajadores y aquellos que trabajan directamente para él, como aquellos que trabajan para sus intermediarios.
Dicha póliza deberá presentarse antes de iniciar el servicio contratado como condición imprescindible, al Administrador General del Contrato del banco:
La póliza deberá cubrir:
D.4.a. Monto de la póliza.
D.4.b. Vigencia de la póliza: Por todo el plazo de la contratación.
D.4.c. La póliza deberá estar vigente durante todo el plazo de contratación.
D.4.d. Para la firma del contrato el adjudicatario deberá entregar:
Una certificación o constancia de la aseguradora autorizada por la SUGESE (Superintendencia General de Seguros) en donde se indique que el adjudicatario adquirió una póliza con esa institución.
La misma deberá indicar:
- Fecha de emisión de la certificación o constancia.
- Fecha de emisión de la póliza.
- Nombre de la empresa (adjudicatario).
- Cédula jurídica de la empresa.
- Tipo de póliza.
- El número de póliza.
- El monto de la póliza.
- Cobertura de la póliza particular y general.
- Indicar Vigencia de la póliza.
- Copia de la certificación o documento idóneo emitido por la operadora de seguros o agente que acredite que se encuentra al día.
Será obligación del contratista el tener presente las fechas en que deberá hacer la actualización de la póliza, por lo que no deberá esperar un comunicado del banco solicitando la actualización y por ende la entrega de la certificación o constancia anteriormente mencionada, el no tener dicha póliza vigente o actualizada se podrá tomar como un incumplimiento grave del contrato, pudiendo el banco iniciar un procedimiento de resolución contractual por este incumplimiento.
D.4.e. Corresponderá al contratista el pago de las primas y deducibles que correspondan por las pólizas.
D.5. PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD
El contratista se compromete a mantener la mayor reserva, discreción, secreto y a manejar con estricta confidencialidad, toda la información escrita, verbal o en medio magnético que le sea suministrada o se produzca a lo largo y después de esta contratación, respecto a todos los datos, diagramas y esquemas de cualquier índole (independientemente del medio o formato por el que le haya sido facilitada) a que
El banco a través del sistema digital unificado le comunicará al contratista con tres (3) días hábiles de anticipación al evento programado, la cantidad y tipo de alimentación que se requiere, así como la cantidad de participantes y la sede correspondiente. El proceso de solicitud de servicios de alimentación se repetirá tantas veces como el banco lo tuviere conocimiento o información en virtud de los servicios que le suministra al Banco, o bien, a sus alianzas estratégicas.
Conforme con lo anterior, se advierte al contratista que toda la información a que tengan acceso sus funcionarios o que les sea entregada con ocasión de la ejecución del contrato, será considerada estrictamente confidencial y, por lo tanto, protegida de conformidad con las disposiciones, términos y alcances previstos en la Ley de Información No Divulgada, N°7975 de 22 de diciembre de 1999 y su reglamento, con las obligaciones que de dicha normativa derivan para las partes.
La violación de dichas normas facultará al banco para dar por resuelto el contrato, así como al cobro de los daños y perjuicios que deriven de tal incumplimiento. Por lo dicho, el contratista debe asegurarse que su personal cumpla con esta normativa, dado que será ésta la responsable del uso indebido de dicha información tanto por parte de su personal, como del uso o divulgación que le den terceras personas sin el previo consentimiento del banco.
Cualquier dato o información al que haya tenido acceso el contratista con ocasión de la presente contratación o por el desempeño de su personal de las labores contratadas, tales como horarios de apertura de bóvedas, concesión de claves dinámicas para acceder a las oficinas, ubicación del efectivo en cada oficina, ubicación de diversos dispositivos de seguridad, movimientos de personal del banco y de otros proveedores de servicios, horarios de los vehículos blindados y, en general, cualquier información relativa a las operaciones de la Institución, deberá ser manejado bajo los criterios más estrictos de confidencialidad y reserva, de modo tal que no se podrá utilizar la información o conocimientos adquiridos con ocasión de la prestación de servicios, para cualquier otro fin que no sea el estricto cumplimiento de las labores asignadas por el banco, todo lo anterior bajo pena de tener por incumplido el contrato sin responsabilidad para el banco, quedando en tal caso éste facultado para demandar el pago de los daños y perjuicios que la violación de tal prohibición le cause, así como realizar las denuncias que se estimen necesarias ante las autoridades judiciales y de policía que se estimen necesarias, todo de acuerdo con la naturaleza de las revelaciones indebidas que hayan tenido lugar.
Tampoco será permitido el uso de teléfonos inteligentes y cualquier tipo de artefacto electrónico propiedad de los empleados del contratista durante la ejecución de las labores contratadas, ni podrán activarse los servicios de localización ni cualquier otro medio que pueda ser utilizado por terceros para detectar la ubicación de los oficiales. El deber estricto de confidencialidad al que se hace referencia en la presente cláusula deberá respetarse a lo largo de la contratación y aún después de la conclusión de esta.
El contratista deberá aceptar, cumplir y respetar todas las normas, procedimientos e indicaciones que el banco establezca en materia de seguridad, control, tecnología o en otras áreas, como serían accesos restringidos, disposiciones de seguridad, revisión al ingreso y salida de las instalaciones del banco, y cualquier otra disposición que se estime razonablemente necesaria para disminuir los riesgos en materia de seguridad de las personas y los bienes.
D.6. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE ORDENES DE PEDIDO
(Ver cláusula en [ 7. Entrega ])
D.7. CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO
D.7.a. El oferente deberá cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que rigen los aspectos relacionados con la salubridad, con especial apego a la legislación mencionada en este pliego de condiciones, a lo que se solicita que el oferente presente una declaración jurada de que cumplen a cabalidad con:
- Ley General de la Salud.
- N° 34745-S Reglamento General de Higiene para los Manipuladores de Alimentos.
- 19479-S Reglamento de los servicios de alimentación al público.
- Código internacional recomendado de prácticas de higiene para alimentos precocinados y cocinados utilizados en los servicios de comidas para colectividades. Codex alimentarius CAC/RCP 39-1993.
- Decreto Ejecutivo N.º RTC 33724 Reglamento Técnico de Buenas Prácticas de Manufactura acordado por la Unión Aduanera Centroamérica (UAC).
- Permiso de funcionamiento al día para operar, extendido por el Ministerio de Salud.
El banco se reserva el derecho de verificar la veracidad de la documentación presentada, consultando con el ente emisor.
D.7.b. El oferente deberá adjuntar a su oferta al menos cuatro (4) fotos del área de cocina y de las instalaciones donde se manipulan los alimentos, declarando bajo fe de juramento que las fotos presentadas corresponden efectivamente al lugar indicado. El banco se reserva el derecho de verificar esta información proporcionada y realizar las visitas que considere necesarias.
D.7.c. El oferente deberá permitir al personal que el banco designe formalmente, visitar su empresa a efecto de corroborar el contenido de la oferta, las condiciones de higiene y controles de calidad que posee el oferente en sus instalaciones y procesos. Asimismo, una vez comunicada la adjudicación, el banco podrá realizar visitas a las instalaciones del contratista en cualquier momento, con el fin de comprobar y verificar el proceso en los términos establecidos en el contrato a formalizarse entre las partes. Para lo anterior, el banco avisará su intención de ir a realizar la visita tanto al oferente como al contratista por medio del correo electrónico señalado en la oferta con un plazo de dos (2) días hábiles de antelación.
D.7.d. Se aclara a los oferentes que se debe cumplir con los servicios de alimentación, tanto a nivel de refrigerios como de almuerzo-cenas, en tiempo y en forma solicitada por el banco, como se establece en el Apartado C. Requerimientos técnicos mínimos, subpunto C.3 y C.4., esto incluye las guarniciones para los almuerzo-cena, salvo que le banco indique lo contrario.
D.7.e. Para la contratación de los servicios de alimentación, el banco detallará la cantidad de refrigerios y almuerzo-cena que requerirá para atender en cada evento con al menos tres (3) días hábiles antes de cada actividad. En caso de requerir variaciones en la alimentación por situaciones especiales por intolerancia a ciertos alimentos o sustancias, se coordinará previamente con el contratista la opción de que pueda ofrecer el servicio, sin que implique un costo adicional al contratista ni al banco. Cabe indicar que son pocos los casos de participantes con intolerancia a ciertos alimentos o sustancias, sin embargo, está población de participantes puede ser de un 2%.
El oferente, deberá presentar declaración jurada, el cual haga constar que cuenta con personal con los conocimientos establecidos para brindar alimentación a personas vegetarianas, celiacas o con algún tipo de alergia específica.
D.7.f. Para los casos de cancelación de las órdenes de pedidos, los mismos podrán realizarse por parte del banco con un mínimo de cuarenta y ocho horas exactas a la hora del servicio y no podrá generar costo para la Institución. Dicha comunicación será realizada por los administradores generales del contrato del banco por medio de correo electrónico a la cuenta de correo señalado por el contratista.
D.7.g. El contratista deberá suministrar como parte de sus servicios, la mantelería para las mesas donde se servirá la alimentación y de los comensales, servilletas, así como cubiertos de metal y vajilla de vidrio (tazas, vasos y platos), así como de todo el equipo que sea necesario para la prestación de un servicio de calidad. No se aceptarán vajillas o vasos quebrados o deteriorados, ni utensilios desechables. En el caso de la mantelería se deberá utilizar los colores institucionales, salvo que el banco establezca lo contrario, es decir, los manteles de color blancos (docoma) con sobre manteles de color verde (pantone 583) y azul (pantone 2747) también en docoma, con excepción de que el banco establezca otro material, lo cual será comunicado por el Administrador del contrato del banco cinco días (5) hábiles de antelación al evento por medio de correo electrónico a la cuenta de correo señalado por el contratista. A continuación, se detalla según los estándares básicos los colores requeridos: (ver cuadro en documento adjunto de Pliego de Condiciones)
D.7.h. El contratista, está obligado a emplear productos frescos en la preparación de los alimentos y bebidas, que sean de un alto valor nutricional y bajo en calorías, para evitar cualquier riesgo de intoxicación.
D.7.i. Reunión inicial: Dos (02) días hábiles posteriores al comunicado del contrato, mediante correo electrónico (el indicado en la oferta), se le avisará al contratista el día y hora en que se efectuará la reunión física o virtual mediante (Teams de Microsoft) en la cual se aclarará aspectos relacionados con la contratación. Dicha reunión se llevará a cabo con el funcionario designado de la Unidad de Logística de Capacitación, ubicada en el Piso 14 de Oficinas Centrales del Banco Nacional de Costa Rica, ubicada contiguo a Correos de Costa Rica en San José.
D.7.j. La banco y subsidiarias se reserva el derecho de efectuar y solicitar análisis microbiológicos a la materia prima, productos terminados, superficies o accesorios de trabajo; entre otros, con el fin de verificar la calidad e higiene de los alimentos. El banco podrá evaluar, sin previo aviso, las instalaciones y el mantenimiento de las condiciones técnico-sanitarias del contratista. En caso de que tales análisis denoten contaminación de, el banco podrá tener por incumplido el contrato.
D.7.k. El contratista deberá cumplir a cabalidad con los horarios definidos en la prestación del servicio. Se entenderá por puntual, que el refrigerio esté listo para consumir al menos quince (15) minutos antes de la hora establecida en la solicitud del servicio, de conformidad con lo establecido por el banco, so pena que en caso de no realizarlo se aplicaría la sanción económica prevista en el apartado F. Condiciones Generales, punto F.8. Sanciones económicas.
D.7.l. El banco aplicará una sanción económica en donde se presente uno o más de los siguientes incumplimientos: (ver sanción económica en el apartado F. Condiciones Generales, punto F.8. Sanciones económicas). A efecto de materializar la sanción económica, la Dirección de Gente BN debe recibir por un participante o instructor una queja formal al correo electrónico solicitudesdecapacitacion@bncr.fi.cr , con las evidencias (fotos digitales u opiniones de otros participantes del curso) en donde se confirme el hecho causal de las sanciones económicas, entre estos:
- No brinde el servicio de alimentación, así como las guarniciones definidas para acompañar los almuerzo-cenas, salvo que el banco defina lo contrario.
- No brinde la cantidad de alimentos o porciones, según el número de participantes que se solicita para cada evento.
- Que las cualidades sanitarias de los alimentos no sean aceptables para los consumidores por la apariencia, olor y color de las comidas (refrigerios, almuerzo-cenas y ensaladas), así como en las bebidas, que hagan dudar razonablemente sobre productos frescos.
- Cuando en los alimentos aparezca un cuerpo extraño (insecto, molusco (babosa), trozo de vidrio, piedra, plástico o metal u otro) que pueda provocar una lesión potencial o poner en riesgo la salud humana.
- El contratista se comprometerá a brindar un servicio cordial al cliente y profesional, entendiendo este último como un valor agregado al servicio de comedor, como es la presentación personal, la coordinación en el servicio, trato amable a los funcionarios y el acondicionamiento y presentación de las mesas y de los alimentos.
- No cumpla a cabalidad con el suministro de mantelería, cubiertos de metal, vajillas de vidrio (tazas, vasos y platos), según se establece en este apartado D. Condiciones Especiales, punto D.7. Condiciones técnicas del servicio, subpunto D.7.h.
- No cumpla con las normas de higiene y sanitarias que han de seguir los colaboradores que brindan el servicio de alimentación, tales como: utilizar guantes, tener el cabello amarrado, lavarse las manos con agua y jabón, mantener el sitio de trabajo (mesa y cocina), utensilios de cocina, platos y vasos en condiciones siempre higiénicas, así como acatar otras disposiciones que así lo establezca el Ministerio de Salud.
D.7.m. El contratista, deberá preparar los alimentos en sus instalaciones de modo que únicamente los calentará en las instalaciones donde se solicite el servicio.
D.7.n. El contratista estará obligado a seguir las normas de higiene adecuadas para la manipulación de los alimentos, esto implica que el personal que prepara los alimentos de la empresa deberá utilizar guantes, tener el cabello amarrado, lavarse las manos con agua y jabón, así como mantener el sitio de trabajo (mesa y cocina), utensilios de cocina, platos y vasos en condiciones siempre higiénicas.
D.7.o. El contratista, asume la responsabilidad exclusiva de cualquier riesgo profesional, así como los derechos laborales del personal que emplee con motivo de la prestación de este servicio y libera al banco de toda responsabilidad obrero patronal.
D.7.p. La Dirección de Gente BN, es la oficina encargada por parte del banco de la supervisión y de velar por el adecuado cumplimiento de lo establecido en la presente contratación. Esta oficina servirá de enlace para resolver cualquier inconveniente que se presente con el contratista. Por su parte, el oferente deberá indicar en su oferta el nombre, calidades y medios de comunicación de la persona que tendrá a cargo la coordinación respectiva del servicio de alimentación, a fin de comunicarse con ésta para cualquier aspecto relacionado con el objeto de esta contratación.
D.7.q. El contratista se comprometerá a brindar un servicio cordial al cliente y profesional, entendiendo este último como un valor agregado al servicio de comedor, como es la presentación personal, la coordinación en el servicio, trato amable a los funcionarios y el acondicionamiento y presentación de las mesas y de los alimentos.
D.7.r. El contratista no podrá lavar los utensilios antes ni después de brindar el servicio en las instalaciones del banco, el contratista debe de llevar los utensilios listos para usar y al finalizar.
D.7.s. El contratista no podrá dejar en las instalaciones del banco ningún tipo de utensilios, material, alimentos, ni estanterías o cualquier otro suministro que sea de su propiedad. En caso de que el contratista ocupe dejar algún bien o suministro, lo podrá dejar en las instalaciones hasta que cuente con la aprobación expresa de los administradores generales del contrato por parte del banco. Esta medida se aplicará únicamente en casos especiales o excepcionales y por un tiempo determinado.
Se tendrá como incumplimiento en caso de que dejen algún utensilio, material, alimento, estanterías o cualquier otro suministro que sea de su propiedad, sin previa autorización del banco, cobrado la respectiva sanción económica.
D.7.t. Debe cumplir con la Ley N° 8839 “Ley para la Gestión Integral de Residuos”, por lo cual, los oferentes deben considerar los siguientes criterios:
- Para las bebidas que lo necesiten deberá usar removedores o cucharas de madera o bambú, en lugar de plásticas.
- No tirar residuos sólidos orgánicos a los recipientes de residuos de la institución, deberá separarlos en bolsas aparte y llevárselos para su adecuada deposición.
- Con el fin de regular el manejo de residuos orgánicos generados de las contrataciones del servicio, el contratista deberá recoger los residuos orgánicos generados como: broza de café, restos de comida, residuo de frutas, entre otros, deben sacarlos de las instalaciones en bolsas plásticas transparentes o en su efecto de color según lo solicite la Administración previamente en la respectiva orden de pedido.
D.8. REGLAS DE EXCLUSIVIDAD Y EXCEPCIÓN POR RIESGO A LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO
La presente contratación se tramita bajo la modalidad de alimentación según demanda. El contrato se ejecutará, como regla, con exclusividad del adjudicatario respecto del objeto adjudicado. No obstante, con carácter estrictamente excepcional, y de previo a la terminación anticipada del contrato, el banco podrá contratar con un tercero prestaciones idénticas o funcionalmente equivalentes al objeto adjudicado, exclusivamente para cubrir una brecha temporal de continuidad del servicio, cuando medie acto motivado que acredite la existencia de un riesgo cierto e inminente de afectación grave a la continuidad u operatividad del servicio, con potencial daño al interés público o a los clientes, verificado mediante informe técnico del área usuaria. En dicho informe deberá hacerse constar la insuficiencia transitoria o provisional de la capacidad del contratista que impida atender, en los niveles comprometidos, la demanda institucional.
Antes de activar esta excepción, el banco requerirá formalmente al contratista la presentación de un plan de remediación en el plazo perentorio de veinticuatro horas, o incluso menor si las circunstancias así lo exigen. Si el plan se estima insuficiente o inviable, el Banco emitirá un acto motivado que describa la causal, los riesgos identificados, la insuficiencia de medidas alternativas, y en el que se delimite el objeto, el alcance, el plazo y las zonas afectadas de la contratación de respaldo. Ese acto se comunicará al contratista y se incorporará al expediente de la contratación.
La contratación excepcional con terceros tendrá el alcance estrictamente necesario para asegurar la continuidad del servicio, se limitará a la porción del objeto y durante el plazo mínimo indispensable, y no podrá utilizarse para incrementar el objeto contractual. Se documentará íntegramente en el expediente y en SICOP, con sujeción a los parámetros de razonabilidad y a los estudios de mercado existentes en el expediente o nuevos que se hayan realizado durante la ejecución del contrato.
La medida tendrá carácter temporal y cesará cuando el contratista restablezca su capacidad conforme al plan aprobado, o cuando el Banco suspenda o resuelva el contrato por las causales
legales y acuda, si procede, a la nueva adjudicación del artículo 53 de la LGCP, a una contratación por urgencia u otra admitida por la LGCP, o cuando desaparezca la causa de riesgo.
- CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN
- Para efectos de la obtención de los puntajes, se utilizarán únicamente dos (2) posiciones decimales, sin redondeo al momento de realizar los cálculos en cada uno de los puntos o apartados a evaluar.
- Las ofertas que obtengan una puntuación menor a los ochenta (80) puntos, quedarán descartadas, no obstante, si ninguna de las ofertas recibidas alcanza la puntuación mínima, el banco se reserva el derecho de adjudicar la oferta mejor calificada.
- La adjudicación se hará a favor de la oferta que obtenga el mayor puntaje entre todas las elegibles.
- En caso de empate en la puntuación final de ofertas que no sean en consorcio, se considerará como primer criterio de desempate la puntuación adicional asignada a las PYME que han demostrado su condición, según lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la Ley 8262 y sus reglamentos, según desglose previsto en la viñeta 6.
- Para el caso de ofertas en consorcio, solo se otorgará el puntaje de desempate previsto para las PYME, de ser esto necesario, cuando dicho consorcio sea un Consorcio de Pymes, conforme a lo previsto en el artículo 2 de la Ley para el fomento de la competitividad de la PYME mediante el desarrollo de consorcios, N°9576, en el cual la totalidad de los integrantes del consorcio ostenten la condición de PYME. A estos efectos, se otorgará al Consorcio PYME oferente, la suma del puntaje individual de cada uno de los integrantes del ese Consorcio, según el desglose previsto en la viñeta 6 siguiente".
- En virtud de lo anteriormente expuesto, en caso de empate, se deberá sumar la cantidad de puntos de acuerdo con el siguiente desglose, según lo “previsto en el artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública”, para PYME de industria cinco (5) puntos, para PYME de servicios o agropecuaria cinco (5) puntos y para PYME de comercio dos (02) puntos.
- Si el empate persiste, la oferta adjudicada será la que obtenga mayor puntaje en el rubro de la “Experiencia adicional de la empresa oferente en caso de resultar adjudicatario.
- De persistir el empate, la oferta adjudicada será seleccionada mediante un procedimiento de sorteo que se realizará de la siguiente manera:
- Comunicar a los oferentes elegibles empatados, con cinco (05) días hábiles de anticipación, la convocatoria del sorteo para la adjudicación.
- El sorteo se realizará en la sala de Sesiones de la Proveeduría Institucional, ubicada en La Uruca.
- Se estima un tiempo de 30 minutos para realizar el sorteo de la adjudicación. El jefe de la Proveeduría Institucional utilizará un recipiente con papelitos, con los nombres de los oferentes elegibles empatados.
- El jefe de la Proveeduría Institucional mostrará los papelitos con los nombres de cada oferente elegible empatado, luego los introduce al recipiente y sacará un papelito con el nombre del oferente el cual será el adjudicatario.
- De todo lo anterior los funcionarios encargados levantarán el acta respectiva.
La metodología para adjudicar será:
El puntaje asignado a los diferentes aspectos que se evalúan se establece según se detalla a continuación: (ver cuadros en documento adjunto de Pliego de Condiciones)
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SERVICIOS TÉCNICOS MÍNIMOS PARA TODOS LOS ÍTEMS
Servicio de alimentación por demanda para las actividades de capacitaciones de personal, reuniones presenciales de trabajo, sesiones presenciales de órganos colegiados de la Administración y equipos de trabajo, atención de clientes y actividades protocolarias a nivel nacional, según el Reglamento de gastos de alimentación y bebidas del Banco Nacional de Costa Rica, de acuerdo con las siguientes zonas: (ver detalle en documento adjunto de Pliego de Condiciones)
Todos los requerimientos técnicos mínimos que se indican a continuación son de carácter obligatorio y deberán ser respondidas en la oferta en el mismo orden y secuencia establecida, señalando por escrito la aceptación total de cada una de ellas.
C.1. DEFINICIONES:
- Subsidiarias del Banco Nacional de Costa Rica (BNCR): BN Valores S.A., BN Corredora de Seguros S.A. y BN-VITAL.
- Calidad sanitaria: La calidad de los alimentos es el conjunto de cualidades que hacen aceptables los alimentos a los consumidores. Estas cualidades incluyen tanto las percibidas por los sentidos (cualidades sensoriales): sabor, olor, color, textura, forma y apariencia, tanto como las higiénicas y químicas.
- Calidad en el servicio al cliente: es la amplitud de la diferencia que existe entre las expectativas o deseos de los clientes y su percepción de superación por el servicio prestado.
- Características de un buen servicio al cliente en alimentación:
- a) Elementos tangibles: Presentación o apariencia del Servidor Catering Service (uso uniforme, utensilios higiene) y apariencia de equipos y alimentos.
- b) Fiabilidad: Se refiere a la habilidad para ejecutar el servicio prometido en el tiempo establecido en forma fiable y cuidadosa.
- c) Capacidad de respuesta: Es la capacidad de ayudar a los clientes y proveerlos de un servicio rápido.
- d) Profesionalidad: Es la posesión de las destrezas y conocimientos requeridos para hacer bien el servicio.
- e) Cortesía: Es la atención, consideración, respeto y amabilidad del personal de contacto.
- f) Credibilidad: Es la veracidad, creencia y honestidad en el servicio que se provee.
- Productos frescos: Aquellos que por sus características naturales conservan sus calidades aptas para la comercialización y el consumo o que precisan condiciones de temperatura regulada, de comercialización y de transporte.
- Bajo en calorías: Un alimento bajo en calorías o de bajo valor energético es aquel que no tiene más de 40 kcal/100 g en sólido y 20 kcal/100 ml en líquido.
- Evento: Se considera “evento” a cualquiera de las siguientes actividades: capacitaciones de personal, reuniones presenciales de trabajo, sesiones presenciales de órganos colegiados de la Administración y equipos de trabajo, atención de clientes y actividades protocolarias.
C.2. CONSIDERACIONES GENERALES DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN:
El oferente deberá considerar que el banco requerirá los servicios del contratista dependiendo del tipo de actividad de capacitaciones de personal, reuniones presenciales de trabajo, sesiones presenciales de órganos colegiados de la Administración y equipos de trabajo, atención de clientes y actividades protocolarias que se ofrezca, conforme a lo regulado en el Reglamento de gastos de alimentación y bebidas del Banco Nacional de Costa Rica, que serían sujetas a utilizar el servicio, como los cuales:
C.2.a. Evento de medio tiempo: Se brindará un único refrigerio cuando la duración del evento exceda las cuatro (4) horas, con la excepción de aquellos casos debidamente justificados y previamente aprobados por la Dirección de Experiencia de Marca y Relaciones Corporativas, conforme a lo establecido en el Reglamento para la subpartida de Alimentos y Bebidas, incluyendo reuniones estratégicas, actividades de relacionamiento y actos protocolarios, aun cuando la duración del evento sea inferior a cuatro (4) horas.
C.2.b. Evento que se imparta en jornada completa de 8 horas: se servirá un refrigerio en la mañana, el almuerzo y se les adiciona un refrigerio en la tarde.
C.2.c. Evento en las noches: se servirá un refrigerio y cena.
C.2.d. Según lo solicite y requiera el banco.
Queda a criterio del Administrador del contrato solicitar los tiempos de comida que se requieran mediante la orden de pedido respectiva, las jornadas o tiempos de cursos, se indican para fines informativos y sujeto al Reglamento de gastos de alimentación y bebidas del Banco Nacional de Costa Rica.
C.3. REFRIGERIOS
El refrigerio consta de una bebida caliente: té o café y fresco natural a base de pulpa procesada (mínimo vaso de 8 onzas) acompañado con alguna de las siguientes opciones:
C.3.a. TIPO 1: Debe incluir:
- Dos piezas de repostería (una dulce a base de frutas y otra salada a base de relleno cárnico o lácteo), cada pieza debe pesar no menos de 60 gramos y únicamente una pieza puede ser en pasta de hojaldre.
- Una porción de fruta variada de al menos 30 gramos.
- cualquier alternativa que ofrezca la contratista previamente autorizada por los administradores generales del contrato del banco que no llegue a incumplir con el mínimo requerido o monto unitario máximo establecido en Reglamento de gastos de alimentación y bebidas del Banco Nacional de Costa Rica.
C.3.b. TIPO 2: Debe incluir:
- Porción de gallo pinto con un peso de 8 onzas mínimo.
- Un acompañamiento por elegir: 2 onzas de huevo, 2 onzas de natilla, 60 gramos de salchichón, dos salchichas, 30 gramos de jamón o 30 gramos de queso blanco.
- Un acompañamiento por elegir: 30 gramos de pan o 2 tortillas de maíz.
- O cualquier alternativa que ofrezca la contratista previamente autorizada por los administradores generales del contrato del banco que no llegue a incumplir con el mínimo requerido o monto unitario máximo establecido en Reglamento de gastos de alimentación y bebidas del Banco Nacional de Costa Rica.
- 3.c. TIPO 3: Debe incluir:
- Club Sándwich o croissant de jamón, roast beaf, pollo o mano piedra, y queso procesado con un gramaje no menor a 125 gramos (para que el gramaje final sea de 185 gramos mínimo).
- Una pieza de repostería dulce de 60 gramos mínimo.
- O cualquier alternativa que ofrezca la contratista previamente autorizada por los administradores generales del contrato del banco que no llegue a incumplir con el mínimo requerido o monto unitario máximo establecido en Reglamento de gastos de alimentación y bebidas del Banco Nacional de Costa Rica.
C.4. ALMUERZO-CENA
Para el almuerzo-cena se podría elegir una (1) de las siguientes opciones:
C.4.a. TIPO 1:
- 120 gramos de arroz blanco o 120 gramos de una guarnición harinosa (puré, papa precocida, entre otros).
- 100 gramos de carne (res, pollo, cerdo o pescado).
- cualquier alternativa que ofrezca la contratista previamente autorizada por los administradores generales del contrato del banco que no llegue a incumplir con el mínimo requerido o monto unitario máximo establecido en Reglamento de gastos de alimentación y bebidas del Banco Nacional de Costa Rica.
C.4.b. TIPO 2:
- Una porción de 10 onzas de arroz compuesto con carne de res, pollo o cerdo.
- cualquier alternativa que ofrezca la contratista previamente autorizada por los administradores generales del contrato del banco que no llegue a incumplir con el mínimo requerido o monto unitario máximo establecido en Reglamento de gastos de alimentación y bebidas del Banco Nacional de Costa Rica.
Las opciones de almuerzo-cenas estarían acompañadas de:
- 4 onzas de guarnición vegetal baja en grasa.
- 4 onzas de ensalada verde, con aderezo italiano o francés.
- Fresco natural a base de pulpa procesada o refresco gaseoso (mínimo de 12 onzas).
- 4 onzas de postre o su equivalente en peso.
- 1 porción de pan buffet.
- cualquier alternativa que ofrezca la contratista previamente autorizada por los administradores generales del banco que no llegue a incumplir con el mínimo requerido.
El banco se reserva el derecho de verificar, durante todo el plazo de la contratación el cumplimiento de las normas precitadas, pudiendo acudir para ello a las pruebas técnicas que estime pertinentes.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
F.1. DESGLOSE DEL PRECIO
El precio deberá indicarse por el costo unitario por cada servicio de “CONTRATACIÓN PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN POR DEMANDA DEL BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Y SUBSIDIARIAS” debidamente entregado a entera conformidad del banco. Adicionalmente, se deberá incluir el desglose de dicho costo objeto de esta contratación y podrá indicarse en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica. El mismo deberá ser firme y definitivo, incluyendo los impuestos y los gastos que implica la prestación de “CONTRATACIÓN PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN POR DEMANDA DEL BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Y SUBSIDIARIAS” y deberá indicarse en números y letras. En caso de discrepancia prevalecerá el precio en letras, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
Se aclara a los oferentes que, en caso de ser empresa o persona física domiciliada en el extranjero, el banco retendrá el porcentaje que corresponda por concepto del impuesto de remesas al exterior, de acuerdo a lo establecido en el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y su respectivo reglamento, siendo que, una vez trasladado el monto del tributo a la Administración Tributaria, éste únicamente tendrá la obligación de aportarle la documentación de ese pago, por cuanto su función únicamente es de agente retenedor. Los gastos de comisión por la transferencia internacional correrán por cuenta del contratista.
Todo oferente deberá cotizar en forma detallada, el costo de cada uno de los componentes objeto de esta contratación de la siguiente manera:
- Precio unitario sin incluir impuestos del servicio de alimentación.
- El monto correspondiente al impuesto de del servicio de alimentación.
- El precio con impuestos del servicio de alimentación incluidos.
(ver detalles en documento adjunto de Pliego de Condiciones)
La cotización del precio del “CONTRATACIÓN PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN POR DEMANDA DEL BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Y SUBSIDIARIAS” deberá desglosarse en los rubros que se solicitan a continuación:
Mano de obra considerando directa e indirecta (Monto y %). Indicar el número de trabajadores, clase y horas laboradas. Determinando el costo de la mano de obra para cada clase de trabajador detallando por separado las cargas patronales. Lo anterior de acuerdo con el decreto de salarios mínimos dado en la Gaceta.
Insumos considerando directos, indirectos y específicos (Monto y %). Costos de los materiales y cualquier otro costo por insumo nacional o importado.
Subcontratos (Monto y %). Costos de los subcontratos relacionados.
Imprevistos (Monto y %).
Gastos administrativos (Monto y %). Gastos que el oferente incurre en el personal asignado a este servicio.
Utilidad (Monto y %).
Total, monto cotizado Monto ₡ 100%
Conforme lo dispuestos en los artículos 42 de la Ley General de Contratación Pública y el 102 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el precio deberá desglosarse conforme el siguiente detalle: (ver detalle en documento adjunto de Pliego de Condiciones)
F.2. PRECIOS MÍNIMOS Y PRECIOS MÁXIMOS
(ver detalle en documento adjunto de Pliego de Condiciones)
F.3. CÓDIGO DEL SISTEMA DIGITAL UNIFICADO (SICOP)
(ver detalle en documento adjunto de Pliego de Condiciones)
F.4. FORMA DE PAGO
El pago se realizará contra la entrega de cada una de las ordenes de pedido de los servicios de alimentación a entera satisfacción del banco.
Las facturas de acuerdo con la entidad que solicitó el servicio se deberán enviar al correo respectivo detallando el servicio contratado y con la información antes indicada. Se menciona las direcciones de cada subsidiaria del banco, para efectos informativos y su respectivo email para el trámite del respectivo pago: (ver detalle en documento adjunto de Pliego de Condiciones)
F.5. PLAZO
F.5.a. Plazo de la contratación
El plazo de la presente contratación será de un (1) año, prorrogable en forma automática por tres (3) períodos iguales y consecutivos, cuatro (4) años en total.
El banco comunicará al contratista en forma escrita mediante un oficio a la Unidad de Fiscalización Institucional de Contratos, su intención de no aplicar la prórroga al mismo, como mínimo dos (2) meses antes del vencimiento del contrato ya que dichas prórrogas quedan sujetas a que el administrador general del contrato mediante informe técnico valide y certifique que la condición de oferente único se mantiene invariable.
De no convenir con los intereses del banco, éste podrá poner término a la misma en cualquier momento o por el incumplimiento del contratista de cualquiera de sus compromisos y obligaciones contractuales, así como de las disposiciones legales y reglamentarias que se tienen por incorporadas al presente pliego de condiciones.
Lo anterior, sin perjuicio del derecho del Banco de recurrir a los Tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como al pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho incumplimiento.
En caso de plazo con prórrogas, el Banco comunicará al contratista en forma escrita mediante un oficio a la Oficina de Gestión de Contratos, su intención de no aplicar la prórroga al mismo, como mínimo dos (2) meses antes del vencimiento del contrato ya que dichas prórrogas quedan sujetas a que la oficina usuaria mediante informe técnico valide y, en caso de ser requerido, certifique su condición de excepción.
Se aclara a todos los oferentes que, de llegarse a prorrogar el plazo del contrato, las cláusulas contenidas en él permanecerán invariables y aplicarán las mismas condiciones para la prórroga.
F.5.b. Plazo de entrega
Plazo de entrega para las ordenes de pedido de los servicios de alimentación, será de tres (3) días hábiles naturales, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la orden de pedido que le realice el banco al contratista por medio del sistema digital unificado.
F.6. INICIO DEL SERVICIO
El contratista deberá iniciar la prestación del servicio objeto del presente proceso de contratación pública, a partir de la orden de inicio que el banco le notificará al contratista por medio del sistema digital unificado.
F.7. REVISIÓN DE PRECIOS
(ver detalle en [ 5. Oferta ] y documento adjunto de Pliego de Condiciones)
F.8. SANCIONES ECONÓMICAS
(ver detalle en [6. Condiciones de contrato] y documento adjunto de Pliego de Condiciones)
F.9. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Una vez que el banco le notifique la solicitud de la garantía de cumplimiento por cada ítem, mediante el sistema digital unificado a los adjudicatarios, estos deberán entregar en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles la misma, según los siguientes montos: (ver detalle en documento adjunto de Pliego de Condiciones)
A nivel del sistema digital unificado se indica un monto total de ₡8.058.277,93 por los nueve (9) ítems contemplados en la contratación, pero se aclara al adjudicatario que el valor que deberá presentar será el monto correspondiente al o los ítems adjudicados.
- La garantía de cumplimiento deberá mantenerse vigente hasta un (01) mes después de vencido el plazo de la contratación, entendiéndose por plazo de contratación lo siguiente: El plazo de la presente contratación será de un (1) año, prorrogable en forma automática por tres (3) períodos iguales y consecutivos, cuatro (4) años en total, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del contrato que le realizará el banco al adjudicatario por medio del sistema digital unificado. Se aclara al contratista que cada prórroga deberá contar con dicha garantía de cumplimiento.
- La garantía de cumplimiento deberá ser rendida electrónicamente a través del sistema digital unificado. Podrá rendirse en cualquier moneda extranjera o bien en su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el banco Central de Costa Rica, vigente al día anterior a la suscripción del contrato. En este último caso el contratista está obligado a mantener actualizado el monto de la garantía.
- La garantía de cumplimiento será devuelta al contratista en el plazo indicado en las condiciones particulares del pliego de condiciones o en su defecto dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el contrato, comprobado mediante documento suscrito por el Administrador del Contrato debidamente justificado.
- En el caso de que la institución contratante se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el contratista rendirá una nueva, de manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de no rendir la nueva garantía, será motivo suficiente para resolver el contrato.
- Es una obligación del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido el objeto del contrato. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero.
- Las garantías de cumplimiento deberán rendirse por medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en artículo 111 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Cuando se trate de una garantía de cumplimiento otorgada mediante un depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá acudir a una entidad emisora de este tipo de garantías. La entidad garante deberá transmitirla al sistema digital unificado en el mismo acto de su emisión.
- Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante certificados de depósito a plazo, bonos del Estado y sus Instituciones y cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional, el obligado deberá entregar estos valores al banco asignado para este efecto en las condiciones particulares del pliego de condiciones para que dicha entidad se encargue de su custodia.
- Los bonos y certificados se recibirán por su valor de mercado y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas legalmente reconocidas. Se exceptúan de presentar estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha en que se presenta.
- Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante dinero en efectivo, el obligado, utilizando el sistema digital unificado deberá transferir el dinero a una cuenta domiciliada de la Institución.
F.10. ADJUDICACIÓN
El banco se reserva el derecho de aceptar la o las ofertas que más convengan a sus intereses, rechazar todas si ninguna le resultare satisfactoria, o bien adjudicar total o parcialmente la contratación, decisión que tomará dentro de un plazo igual al doble del total de días hábiles que se otorgaron para la presentación de ofertas, incluyendo en ese cálculo todas las prórrogas que se hubiesen comunicado.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. F.8. SANCIONES ECONÓMICAS F.8.a. Multas por recursos temerarios en fase de selección del contratista Conforme a lo previsto en el artículo 93 de la Ley General de Contratación Pública, se aplicarán las siguientes multas por recursos temerarios: • Recurso de objeción: un cero coma cinco por ciento (0,5%) del monto del umbral de la Licitación Mayor, cuando al atender un recurso de objeción, se determine que ha operado la preclusión, que el objetante no acredita su vinculación con el objeto del concurso o que actúe con temeridad, mala fe o abuso de derechos procedimentales. • Recursos contra el acto final: un uno por ciento (1%) del monto del umbral de la Licitación Mayor, al atender un recurso contra el acto final, se determine que el recurrente actúa con temeridad, mala fe o abuso de derechos procedimentales. • Actuación temeraria: se entenderá que la actuación es temeraria cuando el recurrente abusa ejercitando acciones totalmente infundadas y, de mala fe, cuando este alegue hechos contrarios a la realidad. Se entenderá que el recurrente actuó con temeridad, mala fe o abuso de derecho, cuando su recurso sea declarado inadmisible o improcedente conforme a lo previsto en los artículos 244 y 245 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. • Procedimiento especial y recursos contra el acto que determine la aplicación de multas por recursos temerarios. Para la aplicación de la multa se estará a lo previsto en el procedimiento establecidos en el artículo 94 de la Ley General de Contratación Pública. F.8.b. Sanciones económicas en ejecución contractual • En caso de un atraso en el servicio de alimentación de los horarios establecidos en la orden de pedido, según lo indicado en el Apartado D. Condiciones Especiales, punto D.6. Procedimiento de solicitud de ordenes pedido, subpunto D.6.a. Solicitud del servicio, el banco cobrará una cláusula penal del 2,5% sobre el monto total de la orden de pedido en la que se produjo el atraso por cada 15 minutos naturales de atraso, hasta lograr un 25% de la orden de pedido en la cual se produjo el atraso, luego de lo cual se podrá tener por incumplido el contrato por parte del contratista sin responsabilidad para el banco. Queda entendido que toda suma por concepto de cláusula penal será rebajada directamente de las facturas presentada a cobro por parte del contratista. El contratista deberá enviar una nota al Administrador General del Contrato, estableciendo los motivos, por el cual se dio esta situación especial. Asimismo, debe comprometerse a que se tomarán todas las medidas necesarias a futuro para que esta situación no vuelva a repetirse, con excepción de que se trate de un caso de fuerza mayor debido a causas ajenas a la empresa. Esta cláusula penal es proporcional dado que se tratan de eventos establecidos mismos que se deben cumplir debido a que hay un cronograma de trabajo a seguir, mismo que no se puede atrasar ya que sería contraproducente para el desarrollo de la actividad. demás, se considera razonable, porque el cobro por concepto de multas no podrá superar el veinticinco por ciento del precio total de la orden de pedido en la que se dio el incumplimiento. • En caso de incumplimiento según lo establecido en el Apartado D. Condiciones Especiales, punto D.7. Condiciones Técnicas del servicio, el banco aplicará una multa del 2,5% del monto total de la respectiva orden de pedido por cada incumplimiento que presente hasta lograr un máximo del 25% del monto total de la orden de pedido, de lo cual se podrá tener por incumplido el contrato por parte del contratista sin responsabilidad para el banco y subsidiarias. Queda entendido que toda suma por concepto de multa será rebajada automáticamente de las facturas presentada a cobro por parte del contratista.
Cláusula penal. F.8.c. Procedimiento de cobro de multas y cláusulas penales en ejecución contractual Las multas y cláusulas penales derivadas de la fase de ejecución contractual indicadas anteriormente serán aplicadas de forma automática a partir de la mera constatación del supuesto de hecho dispuesto en los puntos anteriores, según el porcentaje indicado en cada uno de los supuestos. F.8.d. Recursos contra el acto que determine la sanción económica en fase de ejecución contractual En contra del acto de imposición de la multa o la cláusula penal por parte del órgano competente, cabrán los recursos de revocatoria y apelación establecidos en el artículo 47 de la Ley General de Contratación Pública y 117 de su Reglamento, el recurso de revocatoria será resuelto por el órgano que dictó el acto y el de apelación por el Gerente General. La interposición de los recursos de cita por parte de “La Contratista” no suspenderá la aplicación de la multa, ello de conformidad con el artículo 148 de la Ley General de la Administración Pública. F.8.e. Cobro de multas y cláusulas penales derivadas de la fase de ejecución contractual El cobro de las multas o la cláusula penal en fase de ejecución contractual se realizará con cargo a los saldos de facturas pendientes de pago. En caso de que no existan facturas pendientes de pago para el cargo de las multas impuestas durante la ejecución contractual, el banco procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. En caso de ejecución de la garantía de cumplimiento, el banco otorgará un plazo de tres días hábiles al contratista para que restituya el monto original de dicha garantía, bajo pena que, de no hacerlo, ello constituirá un incumplimiento contractual que facultará al banco a resolver el contrato, así como a imponer sanciones y determinar la responsabilidad civil del contratista, previo trámite del procedimiento especial dispuesto al efecto en la Ley General de Contratación Pública. El oferente y eventual contratista entiende, acepta y reconoce que en caso de que no existan facturas pendientes de pago ni garantía de cumplimiento suficiente contra las cuales ejecutar el cobro de las multas, el banco se reserva el derecho a recurrir a los Tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el procedimiento especial establecido para sancionar al contratista en los artículos 118 y 119 de la Ley General de Contratación Pública. Todo monto por concepto de las multas en fase de ejecución contractual, que no pudiese ser cobrado a cargo de facturas pendientes de pago o la garantía de cumplimiento, así como por los costos derivados de los incumplimientos citados en los puntos anteriores, serán comunicados al contratista mediante resolución u oficio, en cuyo caso deberán ser cancelados en la oficina de Infraestructura y Compras en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al comunicado por parte del banco, bajo el entendido que, de no cumplirse con tal pago en el plazo establecido, el banco podrá tener por incumplido el contrato. La oficina Dirección Gente BN en su condición de Administrador General del Contrato determinará los daños y perjuicios ocasionados por cualquier incumplimiento, así como la valoración de la gravedad del incumplimiento para efectos aplicar los procedimientos especiales establecidos en la Ley General de Contratación Pública, para la ejecución de garantía, resolución contractual, responsabilidad civil, las eventuales sanciones administrativas, de conformidad con los artículos 15 y 17 párrafo tercero del Reglamento Orgánico de Contratación Pública del Banco Nacional de Costa Rica1, publicado en La Gaceta No. 243 del 21/12/2022 Alcance No. 278.
Documentos del cartel2
- 02. Anexo 1. LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES PRÁCTICAS SOSTENIBLES PROVEEDORESPDF · 246 KB
- 01. Complemento al Pliego de CondicionesPDF · 922 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Tania Chinchilla Chacón
Dirección de Publicidad
Natalia García Hernández
Dirección de Publicidad
Andrea Vargas Calvo
Dirección Corporativa de Desarrollo Humano
David Rojas Esquivel
Desarrollo Humano
Randall Jesus Muñoz Alvarez
Mercadeo
Karen Hernandez Fallas
Compras de Productos y Servicios
Yennia Salazar Vargas
Encargado del concurso · Proveeduria Institucional
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 14:33. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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