2026LD-000300-0000900001 · SICOP 20260802521
SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DE REDES SOCIALES Y CANALES SOCIODIGITALES PARA LA OSUCR
Universidad de Costa Rica
Universidad de Costa Rica publicó esta compra con un presupuesto de ₡16,8 millones, pero terminó sin adjudicar. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡16,8 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡285 600
98,3 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó11/09/2026 11:58 · hace 30 días
- Límite para 14/09/2026 23:59 · hace 27 días
- Límite para 16/09/2026 23:59 · hace 25 días
- Cierre de ofertas17/09/2026 14:00 · hace 24 días
- de ofertas17/09/2026 14:00 · hace 24 días
- publicado09/10/2026 13:34 · hace 2 días
Quién ganó
- Motivo: InfructuosaSe declara infructuosa
Informe de recomendación de Maria Fernanda Solano Pereira, 08/10/2026
Contexto
- Universidad de Costa Rica adjudicó ₡22 659,3 millones en 928 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicios Técnicos Especializados en Gestión de Redes Sociales1 · ₡350 000,001₡350 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡14,3 millones – ₡16,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡448,21 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Valeria Villalobos Soto | 100 | 100 |
| Cafe Cinema | 81,6 | 81,6 |
| Alma Creativa | 74,19 | 74,19 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto de adjudicación
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. Estructura de precios
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del RLGCP, todo oferente tiene la obligación de presentar la estructura del precio tanto en valores absolutos como porcentuales. Para la presente licitación se establece que el formato para la presentación de la estructura del precio se realizará mediante la siguiente plantilla en la que se debe agregar cada línea en la que se presente una oferta (línea 1, ......Línea 2, Línea 3 y/o Línea 4 etc, según corresponda ), indicando el porcentaje de ponderación de cada componente dentro del precio total y el monto correspondiente.
Instrucciones de llenado:
a) La columna “% Ponderación” debe sumar 100 %.
b) La columna “Monto (₡ / $ u otra )” debe coincidir con el precio total ofertado para la línea correspondiente.
c) Los montos deben incluir todos los costos, cargas, utilidades e impuestos aplicables, conforme a la normativa vigente y lo indicado en SICOP. Impuestos por separado, en caso de no indicarlos se presume que están incluidos
d) Si la oferta se presenta en moneda extranjera, utilice el signo correspondiente y observe lo dispuesto en este proceso respecto a tipo de cambio y pagos.
e) Cuando existan subcontrataciones, refleje su costo en el renglón respectivo y asegure consistencia con lo declarado en su oferta técnica y administrativa.
f) Subcontrataciones no aplican: Si el oferente no prevé subcontrataciones, deberá consignar 0 % y ₡/$ u otra 0 en el renglón “Costos de subcontratación” y declarar expresamente que “No contempla subcontrataciones” en su oferta. En caso de que sí existan, deberá mantener consistencia con lo declarado en el punto 8.1 (Subcontrataciones) y adjuntar los respaldos correspondientes.
|
Estructura de Precio |
Valor absoluto |
Valor porcentual % |
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Costos directos |
¢/$ |
% |
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Costos Indirectos |
¢/$ |
% |
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Imprevistos |
¢/$ |
% |
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Utilidad |
¢/$ |
% |
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Total |
¢/$ |
% |
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Impuesto al valor agregado |
¢/$ |
% |
Impuestos 2%, u otro justificar cuando corresponda uno distinto
La única estructura del precio valida para efectos de determinar el precio cierto y definitivo será la suministrada por la Administración en el presente pliego de condiciones, por ello, los oferentes deberán incluir cada elemento del precio según lo dispuesto en dicha estructura. Lo anterior, con el objetivo de evaluar las ofertas en igualdad de condiciones en cuanto precio se refiere.
2. Formación académica: La persona oferente deberá demostrar formación académica en Mercadeo, Publicidad, Comunicación Colectiva, Diseño Gráfico o cualquier otra carrera universitaria directamente relacionada con la gestión de contenidos digitales, comunicación visual o marketing digital.
Medios de acreditación admitidos. Se aceptará cualquiera de los siguientes documentos:
- Título universitario de bachillerato o licenciatura en las áreas indicadas.
- Certificación oficial de estudios que acredite al menos dos años cursados y aprobados en una carrera universitaria de las áreas indicadas.
- Constancia de matrícula activa en el semestre o cuatrimestre vigente a la fecha de apertura de ofertas, correspondiente a una carrera universitaria de las áreas indicadas, siempre que se aporte adicionalmente una certificación de notas que acredite al menos dos años de avance en el programa académico.
- Cualquier otro documento oficial equivalente emitido por una institución de educación superior pública o privada reconocida, que acredite formación académica activa o concluida en las áreas indicadas.
No se exigirá título universitario completo ni grado de posgrado. La formación académica en proceso constituye acreditación suficiente para este requisito, siempre que se demuestre avance real en el programa indicado.
3. Experiencia en gestión de redes sociales: La persona oferente deberá acreditar al menos dos años de experiencia comprobable en gestión de redes sociales, entendida como la administración efectiva de canales digitales institucionales, comerciales, culturales o personales, que incluya producción y publicación de contenidos en plataformas sociodigitales.
Medios de acreditación admitidos. La experiencia deberá acreditarse mediante el portafolio de trabajo exigido en la condición 4, el cual constituye el medio principal de verificación. De manera complementaria, la persona oferente podrá aportar:
- Cartas de referencia de personas o entidades para quienes haya gestionado canales digitales.
- Contratos, órdenes de servicio, facturas u otros documentos comerciales que acrediten prestación del servicio durante el período indicado.
La experiencia puede haberse adquirido en el ámbito laboral formal, en trabajo independiente o freelance, en el marco de proyectos universitarios con ejecución real, o en pasantías y prácticas supervisadas. No se requiere que la experiencia haya sido remunerada mediante contrato laboral formal ni que provenga de una empresa constituida.
Período mínimo de experiencia: dos años acumulados dentro de los últimos cuatro años anteriores a la fecha de apertura de ofertas. El período no debe ser necesariamente continuo.
4. Portafolio de trabajo
La persona oferente deberá presentar un portafolio de trabajo que permita verificar su capacidad técnica para ejecutar los entregables descritos en las condiciones del servicio. El portafolio constituye el principal medio de verificación de los requisitos de formación y experiencia establecidos en las condiciones 2 y 3.
Contenido mínimo del portafolio.
- Al menos tres ejemplos de canales, perfiles o proyectos digitales gestionados, con evidencia verificable de autoría o participación activa en la gestión del contenido. La evidencia puede consistir en capturas de pantalla de las publicaciones, acceso temporal de lectura al perfil, enlace al canal gestionado u otro medio que permita constatar la autoría.
- Al menos tres ejemplos de publicaciones diseñadas para el feed de Instagram o Facebook, que muestren calidad gráfica y redacción adecuada.
- Al menos dos ejemplos de historias o contenido efímero (Stories) planificadas con propósito comunicacional definido.
- Al menos un ejemplo de Reel, video corto (TikTok, Instagram Reels, YouTube Shorts) u otro formato breve de video, en el que la persona oferente haya participado en la edición, producción o publicación.
Formato de presentación. El portafolio podrá presentarse en cualquiera de los siguientes formatos:
- Documento PDF con capturas de pantalla, enlaces y descripción de cada ejemplo.
- Presentación digital (PowerPoint, Canva, Google Slides u equivalente) con las mismas características.
- Enlace a carpeta compartida en Google Drive, Dropbox, Behance, Notion u otra plataforma de presentación de portafolios, siempre que el acceso esté habilitado para revisión sin necesidad de contraseña.
Condiciones de evaluación del portafolio. Para efectos de admisibilidad, la Administración verificará que el portafolio incluya los formatos mínimos requeridos, que las evidencias sean verificables y que permitan acreditar capacidad técnica suficiente para ejecutar adecuadamente los entregables establecidos en el pliego. No se exigirá un número mínimo de seguidores en los perfiles referenciados, ni se descalificará una oferta por el tamaño o alcance de los canales gestionados.
5. Capacidad técnica para ejecutar los entregables
La persona oferente deberá declarar, bajo fe de juramento, que cuenta con acceso y conocimiento suficiente de las herramientas digitales necesarias para ejecutar la totalidad de los entregables descritos en las condiciones del servicio durante la vigencia contractual.
Declaración mínima requerida. La declaración deberá indicar expresamente que la persona oferente cuenta con:
- Acceso y manejo de herramientas de diseño gráfico para la producción de piezas digitales (Canva, Adobe Express, Photoshop, Illustrator u equivalente).
- Conocimiento y acceso a herramientas de programación y publicación de contenidos en redes sociales (Meta Business Suite, Creator Studio, Buffer, Hootsuite u equivalente).
- Capacidad de edición básica de video en formato corto (CapCut, Adobe Premiere Rush, DaVinci Resolve, InShot u equivalente).
- Conocimiento operativo del administrador de anuncios de Meta (Meta Ads Manager) o herramienta equivalente, suficiente para crear, configurar y monitorear campañas de difusión básicas en plataformas sociodigitales.
La declaración se realizará mediante el formulario de oferta en SICOP o mediante documento separado suscrito por la persona oferente, con indicación expresa de las herramientas que utiliza habitualmente para cada función. No se exigirá certificación oficial de ninguna plataforma como requisito de admisibilidad.
Verificación durante la ejecución. La Administración podrá verificar la capacidad técnica declarada durante la ejecución contractual mediante la revisión de los entregables producidos.
El incumplimiento reiterado en la calidad técnica de los entregables, atribuible a limitaciones en las herramientas o conocimientos declarados, podrá dar lugar a la aplicación de las medidas contractuales previstas en el pliego.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Condiciones del servicio
La contratación corresponde al servicio técnico profesional de gestión de canales sociodigitales de la Orquesta Sinfónica de la Universidad de Costa Rica, entendido como una prestación integral de apoyo a la divulgación institucional de sus actividades artísticas, académicas y de acción social.
El servicio comprende la planificación editorial, producción, redacción, diseño, publicación, edición de formatos breves de video, gestión de comunidad, seguimiento de métricas, reuniones de coordinación y creación, administración u optimización de campañas básicas de difusión del contenido propio de la Orquesta, en las plataformas institucionales gestionadas.
Para efectos de ejecución, control y pago, se entenderá como unidad de servicio un ciclo de gestión sociodigital, correspondiente al conjunto integral de tareas requeridas para atender la divulgación de uno o más eventos, actividades, conciertos, campañas o bloques de programación definidos por la Administración.
Para efectos de estimación presupuestaria, el precio de la linea 1 equivale a un ciclo ordinario de gestión mensual. No obstante, la contratación no genera obligación de solicitar ciclos todos los meses, ni limita a la Administración a solicitar un único ciclo mensual cuando la programación institucional requiera mayor intensidad de trabajo.
La gestión de campañas básicas de difusión se entenderá como parte integral del mismo servicio y deberá reportarse dentro del informe de métricas y resultados del ciclo correspondiente, sin constituir una línea presupuestaria separada.
1. Plataformas por gestionar
El oferente deberá gestionar los canales sociodigitales institucionales de la OSUCR que la Administración defina, incluyendo, según corresponda:
- Instagram.
- Facebook.
- TikTok.
- YouTube Shorts u otros formatos breves asociados a plataformas institucionales.
- Otras plataformas digitales institucionales que la OSUCR determine durante la ejecución contractual, siempre que se mantengan dentro de la naturaleza del servicio contratado.
2. Entregables mínimos por ciclo de gestión sociodigital
Cada ciclo de gestión sociodigital incluirá, como mínimo, los siguientes entregables:
- Planificación editorial del ciclo, conforme a la programación suministrada por la Administración.
- Producción, redacción, diseño, adaptación y publicación de contenidos para las plataformas institucionales definidas.
- Publicaciones en feed para Instagram y Facebook, según la necesidad del ciclo y dentro del rango ordinario de 12 a 16 publicaciones.
- Historias programadas, dentro del rango ordinario de 2 a 4 por semana durante el periodo de ejecución del ciclo.
- Reels o videos cortos para Instagram, TikTok u otras plataformas institucionales compatibles, dentro del rango ordinario de 4 a 6 por ciclo.
- Gestión de comunidad, mediante atención, seguimiento o canalización de comentarios y mensajes directos relacionados con la actividad institucional, en días hábiles.
- Creación, administración, seguimiento y optimización de campañas básicas de difusión digital asociadas al contenido propio de la OSUCR.
- Informe de métricas, resultados, desempeño de contenidos y recomendaciones de mejora.
- Reunión de seguimiento con la Administración de la OSUCR, la cual podrá realizarse de forma virtual o presencial, según se coordine.
Cuando la Administración solicite más de un ciclo en un mismo mes, cada ciclo deberá contar con programación, entregables, campañas sociodigitales, seguimiento e informe verificable, salvo que la Administración autorice la consolidación de reportes o reuniones por razones de eficiencia administrativa.
3. Campañas sociodigitales básicas incluidas
Dentro del precio unitario de cada ciclo se incluye un monto básico mínimo de ₡15.000 por ciclo destinado a campañas digitales rutinarias, orientada a fortalecer la difusión de eventos, conciertos, actividades específicas o campañas institucionales de la OSUCR en plataformas sociodigitales.
Estas campañas básicas forma parte integral del servicio contratado y no constituye una línea de pago separada, reembolso adicional ni presupuesto independiente. La persona adjudicataria deberá considerar dicho monto dentro del precio unitario ofertado por ciclo.
La persona adjudicataria deberá proponer la distribución técnica de las campañas básicas según los objetivos del ciclo, la plataforma más conveniente, el público meta, el calendario de publicación y la naturaleza del evento o actividad. La Administración podrá aprobar, ajustar o rechazar la propuesta de campañas antes de su activación.
La ejecución de la campañas básica deberá quedar respaldada en el informe del ciclo correspondiente, mediante evidencia verificable de activación, monto invertido, plataforma utilizada, periodo de circulación, alcance, interacción u otros indicadores pertinentes.
Cualquier campaña adicional que supere el monto básico incluido en el precio unitario solo podrá ejecutarse si cuenta con autorización expresa de la Administración y con el trámite presupuestario o contractual que corresponda. En ausencia de dicha autorización, la persona adjudicataria no podrá reclamar pagos adicionales por concepto de campañas sociodigitales, anuncios, medios digitales o pagos directos a plataformas.
4. Activación, no activación y ciclos adicionales según demanda institucional
La OSUCR podrá solicitar ciclos de gestión sociodigital de acuerdo con su programación artística, académica e institucional efectiva. En periodos de baja actividad, receso institucional, ausencia de conciertos programados o meses con necesidades reducidas de divulgación, tales como enero, julio u otros periodos similares, la Administración podrá no solicitar ningún ciclo de servicio, sin que ello genere obligación de pago, compensación o reconocimiento económico a favor de la persona adjudicataria.
Asimismo, cuando la programación institucional lo requiera, la OSUCR podrá solicitar uno o más ciclos de gestión sociodigital en un mismo mes, especialmente en periodos de alta demanda, temporadas especiales, conciertos extraordinarios, actividades de alto impacto institucional, campañas simultáneas o eventos que requieran una estrategia diferenciada de divulgación.
El pago se realizará únicamente contra la recepción satisfactoria de cada ciclo efectivamente solicitado, ejecutado y recibido a conformidad. La cantidad de ciclos por ejecutar dependerá de la demanda institucional, la programación autorizada y la disponibilidad presupuestaria, sin que la existencia del contrato obligue a la Administración a solicitar una cantidad fija de ciclos durante la vigencia contractual.
5. Coordinación y aprobación de contenidos
La persona adjudicataria deberá coordinar sus labores con la Dirección Artística, la Dirección de Operaciones y las personas designadas por la OSUCR para la validación de información artística, académica, logística e institucional.
Todo contenido sensible, estratégico o susceptible de afectar la imagen institucional deberá ser revisado previamente por la Administración. La persona adjudicataria deberá verificar la exactitud de fechas, horarios, sedes, repertorios, nombres de artistas, agrupaciones colaboradoras, créditos institucionales y demás información antes de publicar.
La Administración podrá solicitar ajustes de contenido, correcciones de redacción, cambios de diseño, modificación de enfoques comunicacionales o suspensión de publicaciones cuando lo considere necesario para proteger la exactitud de la información, la imagen institucional o la pertinencia del mensaje.
6. Identidad visual, tono institucional y calidad editorial
La persona adjudicataria deberá cumplir con los lineamientos de identidad visual de la Universidad de Costa Rica y de la OSUCR, así como con el tono institucional que defina la Administración.
La Administración revisará la pertinencia, oportunidad, calidad gráfica, redacción, coherencia institucional, exactitud de la información artística y académica, adecuación del tono comunicacional y cumplimiento de identidad visual.
7. Control de calidad y recepción del servicio
La recepción del servicio se realizará por ciclo de gestión sociodigital y contra entregables verificables. Para autorizar el pago, la Administración verificará, según corresponda:
- Programación o planificación editorial del ciclo.
- Publicaciones efectivamente ejecutadas.
- Historias, reels o videos breves producidos y publicados.
- Bitácora o registro de tareas.
- Informe de métricas y resultados.
- Evidencias de publicación, interacción y gestión de comunidad.
- Evidencias de activación y resultados de campañas, cuando corresponda.
- Cumplimiento de reuniones de seguimiento.
- Atención de observaciones emitidas por la Administración.
El pago procederá únicamente cuando los entregables hayan sido cumplidos de forma completa, oportuna y conforme a las instrucciones institucionales. Cualquier observación deberá ser subsanada por la persona adjudicataria dentro del plazo que indique la Administración.
8. Informes y trazabilidad
La persona adjudicataria deberá mantener respaldo de las piezas gráficas, audiovisuales, textos, calendarios editoriales, publicaciones realizadas, métricas, reportes, comprobantes de campañas y evidencias de gestión, con el fin de facilitar el control interno, la recepción del servicio y la fiscalización posterior.
El informe de cada ciclo deberá permitir valorar la eficacia del servicio, el alcance de las acciones de comunicación, el comportamiento de la comunidad digital, el desempeño de los contenidos, la ejecución de las campañas sociodigitales y las recomendaciones para la toma de decisiones oportunas por parte de la OSUCR.
9. Gestión de comunidad
La persona adjudicataria deberá dar seguimiento a comentarios, mensajes directos y consultas del público en días hábiles. Cuando se trate de consultas institucionales, administrativas, artísticas o sensibles, deberá canalizarlas a la Administración antes de emitir respuesta definitiva.
No podrá responder en nombre de la OSUCR asuntos que impliquen criterios oficiales, compromisos institucionales, tratamiento de datos personales, controversias públicas o información no validada.
10. Campañas de difusión
La creación, administración y optimización de campañas de difusión se limitará al contenido propio de la OSUCR y deberá responder al calendario artístico, académico e institucional de la Orquesta.
La persona adjudicataria deberá proponer criterios de segmentación, calendarización, piezas, mensajes y ajustes técnicos para mejorar el alcance e interacción de los contenidos. El desempeño de estas campañas deberá incluirse en el informe de métricas del ciclo correspondiente.
Las campañas básicas incluidas en cada ciclo deberá entenderse como una herramienta rutinaria de apoyo a la difusión digital de eventos, conciertos o actividades de la OSUCR. No obstante, salvo autorización expresa en contrario por parte de la Administración, la contratación no deberá entenderse como compra separada de medios de comunicación, publicidad externa, pauta extraordinaria o servicios publicitarios adicionales.
Cualquier erogación adicional en plataformas, medios pagados o servicios no incluidos deberá ser autorizada previamente y tramitada por la vía administrativa que corresponda.
11. Uso de materiales, derechos e imagen institucional
La persona adjudicataria deberá utilizar únicamente materiales autorizados por la OSUCR o por la Universidad de Costa Rica. Deberá respetar derechos de autor, derechos conexos, imagen de
las personas artistas, logos institucionales, fotografías, videos, música, textos, créditos y demás materiales protegidos.
No podrá publicar, modificar, reutilizar ni transferir materiales institucionales para fines ajenos al contrato.
12. Seguridad de accesos y confidencialidad
La persona adjudicataria deberá utilizar únicamente los accesos, cuentas y mecanismos autorizados por la Administración. Deberá resguardar credenciales, información interna, datos de contacto, estadísticas, calendarios, materiales no publicados y cualquier otro insumo institucional al que tenga acceso durante la ejecución del servicio.
Al finalizar la contratación, deberá entregar o devolver los accesos, respaldos, archivos editables, piezas finales, reportes y materiales producidos, según lo indique la Administración.
13. Riesgos que deberán prevenirse
La persona adjudicataria deberá ejecutar el servicio procurando evitar:
- Publicación de información incorrecta sobre fechas, sedes, repertorio o artistas.
- Incumplimiento de identidad visual y tono institucional.
- Retrasos en la divulgación de conciertos o actividades.
- Baja calidad gráfica, audiovisual o editorial.
- Atención tardía o inadecuada de consultas del público.
- Uso no autorizado de imágenes, música, logos o materiales protegidos.
- Errores de segmentación o control en campañas de difusión.
- Exposición de datos, accesos institucionales o información sensible.
- Afectaciones reputacionales para la OSUCR o la Universidad de Costa Rica.
Como medidas de mitigación, la Administración podrá aplicar revisión previa de contenidos sensibles, validación de datos artísticos y logísticos, uso de accesos autorizados, cumplimiento de identidad visual, seguimiento de métricas, bitácora de tareas, reunión de control, corrección oportuna de observaciones y recepción a satisfacción antes de tramitar el pago.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Revisar, leer y aportar los documentos indicados en el botón “Condiciones y Declaraciones” establecidas en el pliego de condiciones del Sistema Digital Unificado.
El precio unitario de referencia del servicio será de ₡350.000 netos por cada ciclo de gestión sociodigital, antes de IVA. Dicho precio incluye la totalidad de los entregables ordinarios del ciclo y el monto básico mínimo de ₡15.000 por ciclo para campañas digitales rutinarias.
Tope Anual: ₡4.200.000,00 (cuatro millones doscientos mil colones exactos).
Documentos del cartel2
- CronogramaPDF · 420 KB
- Estudio de MercadoPDF · 430 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Antonio Francisco Marin Gonzalez
UNIDAD DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN
Randall Gerardo Porras Picado
Unidad de Ejecución Contractual
Alejandro Gutierrez Mena
OSUCR
Gerson Campo Molina
Orquesta Sinfónica UCR
Gerson Campo Molina
Orquesta Sinfónica UCR
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 11:24. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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