2026LD-000072-0006600001 · SICOP 20260802610
Compra de computadora y tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica
Consejo Técnico de Aviación Civil
Consejo Técnico de Aviación Civil ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡7,2 millones y quedó en firme el 22/09/2026. Se recibieron 4 ofertas de 4 empresas en 2 lotes (partidas). En 1 de 2 lotes no ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡7,2 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
4
de 4 empresas en 2 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡6,5 millones
9,2 % por debajo del presupuesto
Quién ganó cada loteen firme 22/09/2026
- L1Extreme Technology Corp e T CComputadora Tipo Estación de Trabajo, con Procesador Según las Especificaciones Definidas por la Institución, Memoria Ram Mínima de 128 × 10⁹ Bytes (128 GB) Tipo DDR5, Velocidad Mínima del Procesador de 5,5 × 10⁹ Hz (5,5 Ghz), Unidad de Almacenamiento Tipo SSD M.2 con Capacidad Mínima de 8 × 10⁹ Bytes (8 GB), y Monitor con Diagonal Mínima de 0,864 M (34 Pulg).La más barata de 2₡2 719 999,27
- L2Moviles de Costa RicaTableta Electrónica, con Procesador Según las Especificaciones Definidas por la Institución, Memoria Ram Mínima de 6 × 10⁹ Bytes (6 GB), Velocidad Mínima del Procesador de 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 Ghz), Almacenamiento Interno Mínimo de 128 × 10⁹ Bytes (128 GB), Expandible Hasta 256 × 10⁹ Bytes (256 GB), y Pantalla de 0,206 M (8,1 Pulg).No era la más barata (2.ª de 2)₡4 404 275,57
Informe de recomendación de Nathan Delgado Sibaja, 17/09/2026 · adjuntos: Aviso de adjudicación computadora y tabletas.pdf, Obligaciones Patronales computadoras y tabletas.pdf (4.32 MB), 7F586, Analisis Legal de las ofertas computadoras y tabletas Partida 1.pdf, 7F586, Analisis Legal de las ofertas computadoras y tabletas Partida 2.pdf
Fechas clave
- Se publicó21/08/2026 10:15 · hace 51 días
- Límite para 24/08/2026 23:59 · hace 48 días
- Límite para 25/08/2026 23:59 · hace 47 días
- Cierre de ofertas28/08/2026 08:00 · hace 44 días
- de ofertas28/08/2026 08:01 · hace 44 días
- publicado17/09/2026 11:49 · hace 24 días
- Adjudicación 22/09/2026 14:13 · hace 19 días
3 recibidas, 3 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Número de partidas: 1 → 2
Contexto
- Consejo Técnico de Aviación Civil adjudicó ₡1 929,9 millones en 189 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra3 líneas · 2 lotes
- L1Computadora Tipo Estación de Trabajo, con Procesador Según las Especificaciones Definidas por la Institución, Memoria Ram Mínima de 128 × 10⁹ Bytes (128 GB) Tipo DDR5, Velocidad Mínima del Procesador de 5,5 × 10⁹ Hz (5,5 Ghz), Unidad de Almacenamiento Tipo SSD M.2 con Capacidad Mínima de 8 × 10⁹ Bytes (8 GB), y Monitor con Diagonal Mínima de 0,864 M (34 Pulg).1 c/u · ₡2 725 900,001 c/u₡2 725 900,00
- L2Tableta Electrónica, con Procesador Según las Especificaciones Definidas por la Institución, Memoria Ram Mínima de 6 × 10⁹ Bytes (6 GB), Velocidad Mínima del Procesador de 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 Ghz), Almacenamiento Interno Mínimo de 128 × 10⁹ Bytes (128 GB), Expandible Hasta 256 × 10⁹ Bytes (256 GB), y Pantalla de 0,206 M (8,1 Pulg).1 c/u · ₡920 000,001 c/u₡920 000,00
- L2Tableta Electrónica, con Procesador Según las Especificaciones Definidas por la Institución, Memoria Ram Mínima de 6 × 10⁹ Bytes (6 GB), Velocidad Mínima del Procesador de 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 Ghz), Almacenamiento Interno Mínimo de 128 × 10⁹ Bytes (128 GB), Expandible Hasta 256 × 10⁹ Bytes (256 GB), y Pantalla de 0,206 M (8,1 Pulg).1 c/u · ₡3 565 000,001 c/u₡3 565 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡2,3 millones – ₡2,7 millones
- Lote 2₡3,8 millones – ₡4,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 85 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,85 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Precio 85 % · Certificación PYME 5 % · Cercanía geográfica (Patente) 5 % · Certificación 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,72 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Computadora Tipo Estación de Trabajo, con Procesador Según las Especificaciones Definidas por la Institución, Memoria Ram Mínima de 128 × 10⁹ Bytes (128 GB) Tipo DDR5, Velocidad Mínima del Procesador de 5,5 × 10⁹ Hz (5,5 Ghz), Unidad de Almacenamiento Tipo SSD M.2 con Capacidad Mínima de 8 × 10⁹ Bytes (8 GB), y Monitor con Diagonal Mínima de 0,864 M (34 Pulg).2 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 85 | Certificación PYMEmáx. 5 | Cercanía geográfica (Patente)máx. 5 | Certificaciónmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Extreme Technology Corp e T CGanó | 85 | 0 | 5 | 5 | 95 |
| Proveduria Global Gaba | 73,2 | 5 | 5 | 5 | 88,2 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Tableta Electrónica, con Procesador Según las Especificaciones Definidas por la Institución, Memoria Ram Mínima de 6 × 10⁹ Bytes (6 GB), Velocidad Mínima del Procesador de 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 Ghz), Almacenamiento Interno Mínimo de 128 × 10⁹ Bytes (128 GB), Expandible Hasta 256 × 10⁹ Bytes (256 GB), y Pantalla de 0,206 M (8,1 Pulg). +12 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 85 | Certificación PYMEmáx. 5 | Cercanía geográfica (Patente)máx. 5 | Certificaciónmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Geoinn Geospatial Innovations | 85 | 5 | 5 | 5 | 100 |
| Moviles de Costa RicaGanó | 73,88 | 0 | 0 | 5 | 78,88 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
AVISO DE ADJUDICACIÓN Licitación Reducida No. 2026LD-000072-0006600001 “COMPRA DE COMPUTADORA Y TABLETAS PARA EL PROCESO DE TOPOGRAFÍA DE LA UNIDAD DE INFRAESTRUCTURA AERONÁUTICA” 1. Objeto de la contratación. Contratar la compra de una computadora y dos tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica de la Dirección General de Aviación Civil. 2. Proceso / Unidad / Departamento solicitante. Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica de la Dirección General de Aviación Civil. 3. Financiamiento. La estimación de costos para esta contratación se ha calculado en la cifra de ¢7.210.900,00 (siete millones doscientos diez mil novecientos colones exactos) con IVA incluido, según el análisis de mercado, cotizaciones y demanda verificada por la unidad solicitante. Para esta contratación se tiene el contenido económico en la subpartida presupuestaria número 5.01.05, según solicitud de contratación número 8760 para el periodo 2026, por un monto de ¢6.381.327,43 (seis millones trescientos ochenta y un mil trescientos veintisiete colones con 43/100), más la suma de ¢829.572,57 (ochocientos veintinueve mil quinientos setenta y dos colones con 57/100) correspondiente al 13% de I.V.A, para un total de ¢7.210.900,00 (siete millones doscientos diez mil novecientos colones exactos), la cual, está debidamente aprobada por la Unidad de Recursos Financieros. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la unidad solicitante garantizará el pago de las obligaciones anuales correspondientes a cada ejercicio económico, para lo cual, adoptarán las medidas que correspondan, garantizando el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley General de Contratación Pública. 4. Publicación de apertura del procedimiento. Se cursó invitación por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) el día 21 de agosto de 2026. 5. Recepción de las ofertas. Se realizó la apertura de las ofertas el día 28 de agosto de 2026, a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), siendo que se recibieron las siguientes ofertas: PARTIDA No. 1: Oferta No. 1: EXTREME TECHNOLOGY CORP E T C SOCIEDAD ANONIMA. Oferta No. 2: PROVEDURIA GLOBAL GABA SOCIEDAD ANONIMA. PARTIDA No. 2: Oferta No. 1: GEOINN GEOSPATIAL INNOVATIONS SOCIEDAD ANONIMA. Oferta No. 2: MOVILES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA. De conformidad con el artículo 319 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, esta Proveeduría Institucional le solicitó el estudio de los aspectos técnicos al funcionario Alejandro Rocha Bermúdez, Ejecutor de la Unidad Infraestructura Aeronáutica de la DGAC. 6. Subsanes El día 01 de septiembre de 2026 el servidor Alejandro Rocha Bermúdez, le requirió mediante SICOP, al Analista del Proceso de Contrataciones de esta Proveeduría Institucional, que se debía de solicitar a los oferentes que efectuaran los siguientes subsanes: Solicitud de subsanes Licitación Reducida 2026LD-000072-0006600001 " Compra de computadora y tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica" Unidad Solicitante Infraestructura Aeronáutica Partida 1: Oferta 1. EXTREME TECHNOLOGY CORP E T C SOCIEDAD ANONIMA 1. El oferente debe poseer una experiencia mínima comprobada de 2 años en la comercialización de estaciones de trabajo, computadoras de escritorio de uso empresarial o servidores. Para acreditar este requisito, deberá completar el Anexo No. 1. 1. Demostrar con ficha técnica si están cumpliendo con las siguientes Especificaciones técnicas del Pliego de Condiciones: 2. Conectividad: Tarjeta de red Ethernet integrada, compatible con velocidades de 10/100/1000 Mbps o superiores. Conectividad Wi-Fi integrada o mediante tarjeta o adaptador externo incluido como parte de la solución. • Interfaz: Debe tener mínimo: (igual o Superior) Cuatro puertos (4) USB tipo A. Dos puertos (2) USB tipo C. • Software: La solución debe incluir una licencia original y permanente de Microsoft Windows 11 Professional o superior, en español, de 64 bits, debidamente instalada y activada. No se aceptarán versiones de prueba, licencias temporales ni suscripciones que generen pagos posteriores para la Administración. Oferta 2. PROVEDURIA GLOBAL GABA SOCIEDAD ANONIMA Con respecto al precio de la oferta económica se solicita: 1. Se debe justificar ampliamente tomando aspectos económicos y técnicos de la razón por la cual el precio excede el presupuesto de la Administración para las líneas 1. La Administración cuenta con un presupuesto establecido según se determinó con el sondeo del mercado y no cuenta con más contenido presupuestario para la presente contratación, por lo que se le solicita indicar si es posible ajustar el precio al presupuesto asignado por la Administración para esta contratación, todo lo anterior según el artículo 106, inciso B y C de la RLGCP, según corresponda. 2. Indicar el monto en letras y agregar el valor absoluto en el desglose del precio, en la oferta. 3. El oferente debe poseer una experiencia mínima comprobada de 2 años en la comercialización de estaciones de trabajo, computadoras de escritorio de uso empresarial o servidores. Para acreditar este requisito, deberá completar el Anexo No. 1. 1. Demostrar con ficha técnica si están cumpliendo con las siguientes Especificaciones técnicas del Pliego de Condiciones: 2. Conectividad: Tarjeta de red Ethernet integrada, compatible con velocidades de 10/100/1000 Mbps o superiores. • Conectividad Wi-Fi integrada o mediante tarjeta o adaptador externo incluido como parte de la solución. • Interfaz: Debe tener mínimo: (igual o Superior) Cuatro puertos (4) USB tipo A. Dos puertos (2) USB tipo C. • Software: La solución debe incluir una licencia original y permanente de Microsoft Windows 11 Professional o superior, en español, de 64 bits, debidamente instalada y activada. No se aceptarán versiones de prueba, licencias temporales ni suscripciones que generen pagos posteriores para la Administración. Partida 2: Oferta 1. GEOINN GEOSPATIAL INNOVATIONS SOCIEDAD ANONIMA 1. El oferente deberá aportar una carta emitida por el fabricante de la marca ofrecida o por su representante autorizado, mediante la cual, se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos en Costa Rica y gestionar su garantía. La carta deberá: •Identificar claramente al oferente. •Indicar la marca y los modelos ofrecidos. •Indicar que la solución es compatible e interoperable con receptores GNSS CHCNAV i93, el software LandStar 8 y la transferencia, visualización, registro y procesamiento de la información obtenida durante los levantamientos topográficos. •Confirmar el alcance de la autorización emitida por el fabricante hacia el oferente. •Haber sido emitida con una antigüedad no mayor a doce meses. •Contener el nombre, cargo, firma e información de contacto de quien la emite. 1. El oferente debe poseer una experiencia mínima comprobada de 2 años en la comercialización de estaciones de trabajo, computadoras de escritorio de uso empresarial o servidores. Para acreditar este requisito, deberá completar el Anexo No. 1. Además, el Analista del Proceso de Contrataciones de esta Proveeduría Institucional, requirió, mediante SICOP, a los oferentes que debían de subsanar los siguientes aspectos: EXTREME TECHNOLOGY CORP E T C SOCIEDAD ANONIMA Tomando en cuenta la oferta recibida en la Licitación Reducida 2026LD-000072-0006600001 Compra de computadora y tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica, se le solicita referirse a los puntos detallados a continuación: 1. El oferente debe poseer una experiencia mínima comprobada de 2 años en la comercialización de estaciones de trabajo, computadoras de escritorio de uso empresarial o servidores. Para acreditar este requisito, deberá completar el Anexo No. 1. 2. Demostrar con ficha técnica si están cumpliendo con las siguientes Especificaciones técnicas del Pliego de Condiciones: Conectividad: Tarjeta de red Ethernet integrada, compatible con velocidades de 10/100/1000 Mbps o superiores. Conectividad Wi-Fi integrada o mediante tarjeta o adaptador externo incluido como parte de la solución. Interfaz: Debe tener mínimo: (igual o Superior) Cuatro puertos (4) USB tipo A. Dos puertos (2) USB tipo C. Software: La solución debe incluir una licencia original y permanente de Microsoft Windows 11 Professional o superior, en español, de 64 bits, debidamente instalada y activada. No se aceptarán versiones de prueba, licencias temporales ni suscripciones que generen pagos posteriores para la Administración. 1. Aportar la patente comercial vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual. Para demostrar lo anterior, el oferente debe adjuntar copia simple de dicha patente y el último comprobante de pago del trimestre, para acreditar que actualmente se encuentra vigente. Tal y como se indica en el punto 2.7.4 del pliego de condiciones. 2. Aportar constancia del seguro obligatorio de riesgos del trabajo vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual, según los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo. Tal y como se indica en el punto 2.7.2 del pliego de condiciones. PROVEDURIA GLOBAL GABA SOCIEDAD ANONIMA Tomando en cuenta la oferta recibida en la Licitación Reducida 2026LD-000072-0006600001 Compra de computadora y tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica, se le solicita referirse a los puntos detallados a continuación: 1. Se debe justificar ampliamente tomando aspectos económicos y técnicos de la razón por la cual el precio excede el presupuesto de la Administración para las líneas 1. La Administración cuenta con un presupuesto establecido según se determinó con el sondeo del mercado y no cuenta con más contenido presupuestario para la presente contratación, por lo que se le solicita indicar si es posible ajustar el precio al presupuesto asignado por la Administración para esta contratación, todo lo anterior según el artículo 106, inciso B y C de la RLGCP, según corresponda. 2. Indicar el monto en letras y agregar el valor absoluto en el desglose del precio, en la oferta. 3. El oferente debe poseer una experiencia mínima comprobada de 2 años en la comercialización de estaciones de trabajo, computadoras de escritorio de uso empresarial o servidores. Para acreditar este requisito, deberá completar el Anexo No. 1. 4. Demostrar con ficha técnica si están cumpliendo con las siguientes Especificaciones técnicas del Pliego de Condiciones: • Conectividad: Tarjeta de red Ethernet integrada, compatible con velocidades de 10/100/1000 Mbps o superiores. Conectividad Wi-Fi integrada o mediante tarjeta o adaptador externo incluido como parte de la solución. • Interfaz: Debe tener mínimo: (igual o Superior) Cuatro puertos (4) USB tipo A. Dos puertos (2) USB tipo C. • Software: La solución debe incluir una licencia original y permanente de Microsoft Windows 11 Professional o superior, en español, de 64 bits, debidamente instalada y activada. No se aceptarán versiones de prueba, licencias temporales ni suscripciones que generen pagos posteriores para la Administración. 5. Aportar la patente comercial vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual. Para demostrar lo anterior, el oferente debe adjuntar copia simple de dicha patente y el último comprobante de pago del trimestre, para acreditar que actualmente se encuentra vigente. Tal y como se indica en el punto 2.7.4 del pliego de condiciones. GEOINN GEOSPATIAL INNOVATIONS SOCIEDAD ANONIMA Tomando en cuenta la oferta recibida en la Licitación Reducida 2026LD-000072-0006600001 Compra de computadora y tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica, se le solicita referirse a los puntos detallados a continuación: 1. El oferente deberá aportar una carta emitida por el fabricante de la marca ofrecida o por su representante autorizado, mediante la cual, se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos en Costa Rica y gestionar su garantía. La carta deberá: •Identificar claramente al oferente. •Indicar la marca y los modelos ofrecidos. •Indicar que la solución es compatible e interoperable con receptores GNSS CHCNAV i93, el software LandStar 8 y la transferencia, visualización, registro y procesamiento de la información obtenida durante los levantamientos topográficos. •Confirmar el alcance de la autorización emitida por el fabricante hacia el oferente. •Haber sido emitida con una antigüedad no mayor a doce meses. •Contener el nombre, cargo, firma e información de contacto de quien la emite. 1. El oferente debe poseer una experiencia mínima comprobada de 2 años en la comercialización de estaciones de trabajo, computadoras de escritorio de uso empresarial o servidores. Para acreditar este requisito, deberá completar el Anexo No. 1. 1. Aportar la patente comercial vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual. Para demostrar lo anterior, el oferente debe adjuntar copia simple de dicha patente y el último comprobante de pago del trimestre, para acreditar que actualmente se encuentra vigente. Tal y como se indica en el punto 2.7.4 del pliego de condiciones. 2. Aportar el permiso sanitario de funcionamiento vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual, según el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud, Decreto Ejecutivo No. 43432-S, publicado en La Gaceta No. 56 del 23 de marzo de 2022. Para lo anterior, debe de adjuntar dicho permiso. Tal y como se indica en el punto 2.7.3 del pliego de condiciones. MOVILES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA Tomando en cuenta la oferta recibida en la Licitación Reducida 2026LD-000072-0006600001 Compra de computadora y tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica, se le solicita referirse a los puntos detallados a continuación: 1. Aportar la patente comercial vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual. Para demostrar lo anterior, el oferente debe adjuntar copia simple de dicha patente y el último comprobante de pago del trimestre, para acreditar que actualmente se encuentra vigente. Tal y como se indica en el punto 2.7.4 del pliego de condiciones. 7. Estudio de los aspectos técnicos y razonabilidad el precio. Mediante el oficio No. DGAC-DA-IA-OF-0545-2026 de fecha 09 de septiembre de 2026, la Unidad Infraestructura Aeronáutica indicó en el análisis técnico de la Licitación en mención, lo siguiente: Se adjunta análisis técnico de las ofertas correspondientes a la contratación 2026LD-000072-0006600001 denominada “Compra de computadora y tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica”, para lo cual se presentaron (4) ofertas. Partida 1. Oferta No 1 presentada por la empresa (EXTREME TECHNOLOGY CORP E T C SOCIEDAD ANONIMA), sí cumplen técnicamente con lo solicitado en el pliego de condiciones, por lo que es candidata para adjudicarse según recomendación técnica, ya que se solicitó por medio de subsane información vital, con el fin de verificar su cumplimiento. Oferta No 2 presentada por la empresa (PROVEDURIA GLOBAL GABA SOCIEDAD ANONIMA), no cumple técnicamente con lo solicitado en el pliego de condiciones. Trascendencia del incumplimiento 1. Supera el Contenido Presupuestario por ₡432 169.38, mismo que aclaran no es posible ajustarlo al Contenido, además, se la aclaración que la Administración no cuenta con más recurso económico. 2. No indica el monto en letras del valor ofertado. 3. No presenta el requisito del Anexo 1. Por lo que no es candidata para adjudicarse según recomendación técnica, ya que se solicitó por medio de subsane información vital, y no se logró verificar su cumplimiento. Partida 2. Oferta No 1 presentada por la empresa (GEOINN GEOSPATIAL INNOVATIONS SOCIEDAD ANONIMA), no cumple técnicamente con lo solicitado en el pliego de condiciones ya que se solicitó por medio del proceso de subsanación que debía presentar lo siguientes requisitos, sin embargo, el oferente no da respuesta a la misma. 1. El oferente deberá aportar una carta emitida por el fabricante de la marca ofrecida o por su representante autorizado, mediante la cual, se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos en Costa Rica y gestionar su garantía. La carta deberá: • Identificar claramente al oferente. • Indicar la marca y los modelos ofrecidos. • Indicar que la solución es compatible e interoperable con receptores GNSS CHCNAV i93, el software LandStar 8 y la transferencia, visualización, registro y procesamiento de la información obtenida durante los levantamientos topográficos. • Confirmar el alcance de la autorización emitida por el fabricante hacia el oferente. • Haber sido emitida con una antigüedad no mayor a doce meses. • Contener el nombre, cargo, firma e información de contacto de quien la emite. 2. El oferente debe poseer una experiencia mínima comprobada de 2 años en la comercialización de estaciones de trabajo, computadoras de escritorio de uso empresarial o servidores. Para acreditar este requisito, deberá completar el Anexo No. 1. Por lo que no es candidata para adjudicarse según recomendación técnica, ya que se solicitó por medio de subsane información vital, y no se logró verificar su cumplimiento. Oferta No 2 presentada por la empresa (MOVILES DE COSTA RICA S.A.), si cumple técnicamente con lo solicitado en el pliego de condiciones, por lo que es candidata para adjudicarse según recomendación técnica, ya que se solicitó por medio de subsane información vital, con el fin de verificar su cumplimiento. La siguiente es el resumen de evaluación de las ofertas admitidas: Partida 1 Oferta 2: EXTREME TECHNOLOGY CORP E T C SOCIEDAD ANONIMA Evaluación Precio 85 % 85% Condición PYME: 5% 0% Cercanía Geográfica GAM / 1% Provincia San José / 3% Cantón San José / 5% 1% Criterio Ambiental 5% 0% TOTAL 86% Partida 2 Oferta 2: MOVILES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA Evaluación Precio 85 % 73.88% Condición PYME: 5% 0% Cercanía Geográfica GAM / 1% Provincia San José / 3% Cantón San José / 5% 3% Criterio Ambiental 5% 0% TOTAL 76.88% Se adjunta cuadro de análisis técnico y económico de las ofertas. (El destacado es propio) 7. Estudio de los requisitos a evaluar por parte de esta Proveeduría Institucional. Según el análisis realizado por el Analista del Proceso de Contrataciones de esta Proveeduría Institucional, se determinó lo siguiente: Partida No. 1 ANÁLISIS LEGAL Análisis Legal (Proveeduría) 2026LD-000072-0006600001 Descripción: Compra de computadora y tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica Nombre del oferente 1 Nombre del oferente 2 Monto Estimado Cédula jurídica / física EXTREME TECHNOLOGY CORP E T C SOCIEDAD ANONIMA PROVEDURIA GLOBAL GABA SOCIEDAD ANONIMA 3101735870 3101667782 Firmado por quien corresponde según art 119 RLGCP Cumple Cumple Monto total de la oferta ₡2.719.999,27 $6.991,21 Tipo de Cambio: ₡451,72 ₡451,72 Línea 1: COMPUTADORA TIPO ESTACIÓN DE TRABAJO, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB) TIPO DDR5, VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 5,5 × 10⁹ Hz (5,5 GHz), UNIDAD DE ALMACENAMIENTO TIPO SSD M.2 CON CAPACIDAD MÍNIMA DE 8 × 10⁹ bytes (8 GB), Y MONITOR CON DIAGONAL MÍNIMA DE 0,864 m (34 Pulg). ₡2.719.999,27 ₡3.158.068,61 ₡2.725.900,00 Requisitos de admisibilidad Serán inadmisible las ofertas que no indiquen aporten, desde su plica, el desglose de costos, según el detalle indicado en el apartado 3.4.1, relativo al desglose del precio del presente documento. Cumple Cumple Condiciones Generales Vigencia de la Oferta ( 30 días hábiles) Cumple Cumple Plazo de entrega: 25 Días Hábiles Cumple Cumple Garantía: 12 meses Cumple Cumple CCSS Cumple Cumple FODESAF Cumple Cumple Sanciones SICOP Cumple Cumple Obligaciones Tributarias: Cumple Cumple Obligaciones del Oferente y Subcontratista Nombre Santo Domingo Escazú Patente comercial para el tipo de objeto a contratar Cumple Cumple Patente comercial al día Cumple Cumple Permiso sanitario de funcionamiento vigente para el tipo deobjeto a contratar Cumple Cumple Póliza de seguros Obligatoria de Riesgos del Trabajo, vigente y aplicable al objeto de la contratación. Cumple Cumple En caso de que el oferente sea una persona física, deberá presentar declaración jurada indicando bajo que régimen o modalidad se encuentra inscrito ante la Caja Costarricense de Seguro Social, de conformidad con lo solicitado en el apartado de Obligaciones del Oferent. No Aplica No Aplica Trascendencia del Incumplimiento Legal Justificación Declaraciones juradas para verificar en el Registro de Proveedores y Subcontratistas - SICOP Artículo 29, artículo 32 inciso c) RLCP a) Que se trata de un proveedor nacional o extranjero. En caso de que el proveedor sea una pequeña o mediana empresa, debe aclarar que es una PYME, conforme lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262 del 02 de mayo de 2002, y su Reglamento, así como su categoría, fecha de inscripción y país de origen. Cumple Cumple b) Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, de conformidad con la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. En caso de que le alcance alguna de dichas prohibiciones, deberá indicar con cuál institución tiene esta afectación. Cumple Cumple c) Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, de conformidad con la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. En caso de que le alcance alguna de dichas prohibiciones, deberá indicar con cual Cumple Cumple d) Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final. Cumple Cumple e)Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas, según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones y a quién pertenecen. Además, cada proveedor también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el (los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial. Cumple Cumple VER DETALLE Y CONCLUSIONES DEL ANALISIS EN DOCUMENTO ADJUNTO A LA RECOMENDACIÓN EN SICOP El funcionario que suscribe el presente análisis declara bajo fe de juramento que no le afecta, ninguna de las causales de prohibición previstas en los artículos del 24 al 28 de la Ley General de Contratación Pública, Ley No. 9986, y artículo 17 de su Reglamento, ni tiene conflictos de intereses con el proceso de contratación ni con los oferentes participantes, sin existir impedimento para que se analice lo que corresponda. Partida No. 2 ANÁLISIS LEGAL Análisis Legal (Proveeduría) 2026LD-000072-0006600001 Descripción: Compra de computadora y tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica Nombre del oferente 1 Nombre del oferente 2 Monto Estimado Cédula jurídica / física GEOINN GEOSPATIAL INNOVATIONS SOCIEDAD ANONIMA MOVILES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA ₡4.485.000,00 3101617005 3101082235 Firmado por quien corresponde según art 119 RLGCP Cumple Cumple Monto total de la oferta ₡3.828.327,00 ₡4.404.275,83 Tipo de Cambio: ₡451,72 ₡451,72 Línea 2: TABLETA ELECTRÓNICA, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 6 × 10⁹ bytes (6 GB), VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 GHz), ALMACENAMIENTO INTERNO MÍNIMO DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB), EXPANDIBLE HASTA 256 × 10⁹ bytes (256 GB), Y PANTALLA DE 0,206 m (8,1 Pulg). ₡765.665,40 ₡903.444,34 ₡920.000,00 Línea 3: TABLETA ELECTRÓNICA, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 6 × 10⁹ bytes (6 GB), VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 GHz), ALMACENAMIENTO INTERNO MÍNIMO DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB), EXPANDIBLE HASTA 256 × 10⁹ bytes (256 GB), Y PANTALLA DE 0,206 m (8,1 Pulg). ₡3 062 661,60 ₡3 500 831,49 ₡3 565 000,00 Desglose del precio Cumple Cumple Requisitos de admisibilidad Serán inadmisible las ofertas que no indiquen aporten, desde su plica, el desglose de costos, según el detalle indicado en el apartado 3.4.1, relativo al desglose del precio del presente documento. Cumple Cumple Condiciones Generales Vigencia de la Oferta ( 30 días hábiles) Cumple Cumple Plazo de entrega: 25 Días Hábiles Cumple Cumple Garantía: 12 meses Cumple Cumple CCSS Cumple Cumple FODESAF Cumple Cumple Sanciones SICOP Cumple Cumple Obligaciones Tributarias: Cumple Cumple Obligaciones del Oferente y Subcontratista Nombre Goicoechea Montes de Oca Patente comercial para el tipo de objeto a contratar No Cumple Cumple Patente comercial al día No Cumple Cumple Permiso sanitario de funcionamiento vigente para el tipo deobjeto a contratar No Cumple Cumple Póliza de seguros Obligatoria de Riesgos del Trabajo, vigente y aplicable al objeto de la contratación. Cumple Cumple En caso de que el oferente sea una persona física, deberá presentar declaración jurada indicando bajo que régimen o modalidad se encuentra inscrito ante la Caja Costarricense de Seguro Social, de conformidad con lo solicitado en el apartado de Obligaciones del Oferent. No Aplica No Aplica Trascendencia del Incumplimiento Legal Justificación No presenta patente municipal ni comprobante de pago de patente al día, tambopo presenta permiso sanitario de funcionamiento. Declaraciones juradas para verificar en el Registro de Proveedores y Subcontratistas - SICOP Artículo 29, artículo 32 inciso c) RLCP a) Que se trata de un proveedor nacional o extranjero. En caso de que el proveedor sea una pequeña o mediana empresa, debe aclarar que es una PYME, conforme lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262 del 02 de mayo de 2002, y su Reglamento, así como su categoría, fecha de inscripción y país de origen. Cumple Cumple b) Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, de conformidad con la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. En caso de que le alcance alguna de dichas prohibiciones, deberá indicar con cuál institución tiene esta afectación. Cumple Cumple c) Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, de conformidad con la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. En caso de que le alcance alguna de dichas prohibiciones, deberá indicar con cual Cumple Cumple d) Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final. Cumple Cumple e)Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas, según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones y a quién pertenecen. Además, cada proveedor también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el (los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial. Cumple Cumple VER DETALLE Y CONCLUSIONES DEL ANALISIS EN DOCUMENTO ADJUNTO A LA RECOMENDACIÓN EN SICOP El funcionario que suscribe el presente análisis declara bajo fe de juramento que no le afecta, ninguna de las causales de prohibición previstas en los artículos del 24 al 28 de la Ley General de Contratación Pública, Ley No. 9986, y artículo 17 de su Reglamento, ni tiene conflictos de intereses con el proceso de contratación ni con los oferentes participantes, sin existir impedimento para que se analice lo que corresponda. 8. Admisibilidad de las ofertas. De conformidad con lo expuesto en el análisis de las ofertas presentadas y de acuerdo a los aspectos técnicos verificados por la Unidad Aeropuerto Internacional de Limón y requisitos revisados por el Analista del Proceso de Contrataciones de esta Proveeduría Institucional, se declaran admisibles las ofertas presentadas por: PARTIDA No. 1 Oferta No. 1: EXTREME TECHNOLOGY CORP E T C SOCIEDAD ANONIMA. PARTIDA No. 2 Oferta No. 2: MOVILES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA. 9. Aspectos económicos y evaluativos de la oferta. De conformidad con el apartado de Evaluación dispuesto en el pliego de condiciones, en el cual, se tomaron varios factores de ponderación tal y como se detalla en el siguente cuadro, el resultado obtenido por las ofertas participantes que cumplieron con los aspectos técnicos y legales, es el siguiente: PARTIDA No. 1: Oferta 2: EXTREME TECHNOLOGY CORP E T C SOCIEDAD ANONIMA Evaluación Precio 85 % 85% Condición PYME: 5% 0% Cercanía Geográfica GAM / 1% Provincia San José / 3% Cantón San José / 5% 1% Criterio Ambiental 5% 0% TOTAL 86% La oferta cumplen tanto técnica como presupuestariamente y se tiene que de acuerdo con la metodología de evaluación aplicada, el oferente Extreme Technology Corp ETC S.A. obtuvo una puntuación de 86,00% en la partida No. 1. PARTIDA No. 2: Oferta 2: MOVILES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA Evaluación Precio 85 % 73.88% Condición PYME: 5% 0% Cercanía Geográfica GAM / 1% Provincia San José / 3% Cantón San José / 5% 3% Criterio Ambiental 5% 0% TOTAL 76.88% La oferta cumplen tanto técnica como presupuestariamente y se tiene que de acuerdo con la metodología de evaluación aplicada, el oferente Moviles de Costa Rica S.A. obtuvo una puntuación de 76,88% en la partida No. 2. 10. Adjudicación. Con base en el estudio de los aspectos legales y técnicos y conforme con lo indicado en los términos indicados en el pliego de condiciones, se adjudica la presente contratación derivada del proceso de Licitación Reducida No. 2026LD-000072-0006600001, denominada “COMPRA DE COMPUTADORA Y TABLETAS PARA EL PROCESO DE TOPOGRAFÍA DE LA UNIDAD DE INFRAESTRUCTURA AERONÁUTICA”, de la siguiente manera: PARTIDA No. 1: Adjudicatario: EXTREME TECHNOLOGY CORP E T C SOCIEDAD ANONIMA. Cédula de persona física número: 3-101-735870. Por lo tanto, se adjudica de la siguiente manera: Línea Cantidad Precio Línea 1: COMPUTADORA TIPO ESTACIÓN DE TRABAJO, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB) TIPO DDR5, VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 5,5 × 10⁹ Hz (5,5 GHz), UNIDAD DE ALMACENAMIENTO TIPO SSD M.2 CON CAPACIDAD MÍNIMA DE 8 × 10⁹ bytes (8 GB), Y MONITOR CON DIAGONAL MÍNIMA DE 0,864 m (34 Pulg). 1 ₡2.719.999,27 Monto total con IVA: …...….................................................................... ¢2.719.999,27. (Dos millones setecientos diecinueve mil novecientos noventa y nueve colones con veintisiete céntimos). PARTIDA No. 2: Adjudicatario: MOVILES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA. Cédula de persona física número: 3-101-082235. Por lo tanto, se adjudica de la siguiente manera: Línea Cantidad Precio Línea 2: TABLETA ELECTRÓNICA, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 6 × 10⁹ bytes (6 GB), VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 GHz), ALMACENAMIENTO INTERNO MÍNIMO DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB), EXPANDIBLE HASTA 256 × 10⁹ bytes (256 GB), Y PANTALLA DE 0,206 m (8,1 Pulg). 1 ₡903.444,34 $2.000,0096 Línea 3: TABLETA ELECTRÓNICA, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 6 × 10⁹ bytes (6 GB), VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 GHz), ALMACENAMIENTO INTERNO MÍNIMO DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB), EXPANDIBLE HASTA 256 × 10⁹ bytes (256 GB), Y PANTALLA DE 0,206 m (8,1 Pulg). 1 ₡3.500.831,49 $7.750,0033 Tipo de cambio del dólar: ¢451,72. Monto total con IVA: …...….................................................................... ¢4.404.274,51. (Cuatro millones cuatrocientos cuatro mil doscientos setenta y cuatro colones con cincuenta y un céntimos). Plazo de entrega: El tiempo de entrega final por parte del contratista es de quince (15) días hábiles, a partir del día hábil siguiente de la notificación del contrato mediante el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP). Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento para la utilización del Sistema Integrado de Compras Públicas “SICOP”, según Decreto Ejecutivo número 41438-H, publicado en el Alcance número 13 del Diario Oficial La Gaceta del 18 de enero de 2019. Lugar de entrega: La entrega se debe realizar en el Proceso de Administración de Bienes Institucionales de esta Proveeduría Institucional que se encuentra en las oficinas centrales de la Dirección General de Aviación Civil, ubicadas en la provincia de San José, cantón Central, distrito La Uruca. Esta entrega se realizará en un horario de 7:00 am a 2:00 p.m. previa coordinación con el Administrador del Contrato y el Proceso de Administración de Bienes de esta Proveeduría Institucional, dirigiendo un correo electrónico a la señora Angélica Pérez Herrera a la dirección aperez@dgac.go.cr. Plazo de garantía: El contratista otorgó una garantía del bien ofrecido 12 meses, a partir del recibido de estos bienes en el Proceso de Administración de Bienes. Todo de acuerdo con el pliego de condiciones, las ofertas presentadas y de conformidad con lo indicado en el criterio técnico elaborado por la Unidad de Infraestructura Aeronáutica, mediante el número de documento de respuesta a la solicitud de revisión No. 0702026003500011 en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
2.10 Admisibilidad de las ofertas y requisitos mínimos de admisibilidad
- Serán inadmisibles las ofertas que no aporten, desde su plica, el desglose de costos, según el detalle indicado en el apartado 3.4.1, relativo al desglose del precio del presente documento.
- Serán inadmisibles las ofertas que participen mediante la modalidad de consorcio y a la vez participen de forma individual y/o como parte de otro consorcio en este concurso, de conformidad con el artículo 126 del RLGCP.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
REQUERIMIENTOS DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y EVALUACIÓN DE OFERTAS
Contratar la compra de una computadora y dos tabletas para el Proceso de Topografía de la Unidad de Infraestructura Aeronáutica de la Dirección General de Aviación Civil.
- ALCANCE
PARTIDA No. 1.
- Línea 1: Adquirir 1 unidad de COMPUTADORA TIPO ESTACIÓN DE TRABAJO, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB) TIPO DDR5, VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 5,5 × 10⁹ Hz (5,5 GHz), UNIDAD DE ALMACENAMIENTO TIPO SSD M.2 CON CAPACIDAD MÍNIMA DE 8 × 10⁹ bytes (8 GB), Y MONITOR CON DIAGONAL MÍNIMA DE 0,864 m (34 Pulg) para el Proceso de Topografía.
Adicionalmente, deberá cumplir con las siguientes características:
Procesador:
Se requiere un procesador de alto rendimiento, de arquitectura AMD o Intel, con, al menos, 16 núcleos y 32 hilos de procesamiento, frecuencia turbo máxima de 5,5 GHz o superior, compatible con memoria DDR5 y PCI Express 5.0.
Memoria RAM:
- Memoria RAM con, al menos, 128 GB-DDR5 o superior.
Capacidades de vídeo y gráficos:
Se requiere tarjeta gráfica dedicada de alto rendimiento, orientada a procesamiento intensivo y aplicaciones de fotogrametría, con las siguientes características mínimas:
- Memoria de video (VRAM): mínimo 12 GB tipo GDDR6 o superior.
- Vigencia tecnológica: La tarjeta gráfica ofrecida deberá corresponder a un modelo que cuente con controladores actualizados y soporte vigente del fabricante a la fecha de apertura de las ofertas (no mayor a 2 generaciones anteriores a la fecha de adquisición).
- Soporte de cómputo paralelo: compatible con tecnologías CUDA (para NVIDIA) o OpenCL (para AMD).
- Interfaz: PCI Express 4.0 o superior.
- Núcleos de procesamiento: capacidad suficiente para aceleración de cargas de trabajo masivas (renderizado, reconstrucción 3D y procesamiento de imágenes).
- Compatibilidad: La tarjeta gráfica deberá ser compatible con Agisoft Metashape y con los demás programas de fotogrametría y procesamiento de información topográfica utilizados por la Administración.
- Salidas de video: al menos 2 puertos DisplayPort o HDMI.
- Enfriamiento: El equipo deberá contar con el sistema de refrigeración de alto rendimiento activo recomendado por el fabricante, dimensionado para el procesador y la tarjeta gráfica instalados, sin requerir modificaciones posteriores por parte de la Administración.
- Driver y soporte: controladores actualizados y soporte vigente del fabricante.
- Equivalente o superior a:
- NVIDIA GeForce RTX 4070 / RTX 3080
- AMD Radeon RX 7800 XT / RX 6800 XT
Conectividad:
- Tarjeta de red Ethernet integrada, compatible con velocidades de 10/100/1000 Mbps o superiores.
- Conectividad Wi-Fi integrada o mediante tarjeta o adaptador externo incluido como parte de la solución.
Unidades de almacenamiento:
- SSD con al menos 8 TB.
Interfaces:
- Debe tener mínimo: (igual o Superior)
- Cuatro puertos (4) USB tipo A.
- Dos puertos (2) USB tipo C.
Monitor:
- Monitor ultra panorámico de al menos 34 pulgadas, con resolución mínima UWQHD de 3440 × 1440 píxeles.
Teclado
- Teclado Español Latinoamericano.
- Alámbrico.
Mouse:
- Mouse óptico 1600 – 3200 DPI. –
Software incluido:
- La solución debe incluir una licencia original y permanente de Microsoft Windows 11 Professional o superior, en español, de 64 bits, debidamente instalada y activada. No se aceptarán versiones de prueba, licencias temporales ni suscripciones que generen pagos posteriores para la Administración.
Accesorios:
- UPS 2400VA - 1200W, igual o superior.
PARTIDA No. 2
- Línea 2: Adquirir 1 unidad de TABLETA ELECTRÓNICA, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 6 × 10⁹ bytes (6 GB), VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 GHz), ALMACENAMIENTO INTERNO MÍNIMO DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB), EXPANDIBLE HASTA 256 × 10⁹ bytes (256 GB), Y PANTALLA DE 0,206 m (8,1 Pulg) para el Proceso de Topografía.
Adicionalmente, deberá cumplir con las siguientes características:
Se requiere una tableta robusta para levantamiento topográfico con características iguales o superiores a las del modelo de referencia CHCNAV LT800H. La mención de la marca y el modelo se utiliza únicamente para definir el nivel de desempeño y funcionalidad requerido; se aceptarán equipos de otras marcas o modelos que cumplan o superen todas las especificaciones técnicas mínimas y acrediten la compatibilidad e interoperabilidad requeridas.
La tableta deberá ser totalmente compatible e interoperable con los receptores GNSS CHCNAV i93 que posee la Dirección General de Aviación Civil y con el software LandStar 8.
Procesador
- Procesador de, al menos, ocho núcleos, con velocidad mínima de 2,0 GHz o superior.
Sistema:
- Sistema Operativo: Android 12.0 GMS, igual o superior.
- RAM: 6 GB, igual o superior.
- ROM: 128 GB, igual o superior.
- Memoria expandible hasta 256 GB o superior.
Precisiones GNSS:
- Canales: 1408, igual o superior.
- Constelaciones: BDS, GPS, GLONASS, GALILEO, QZSS, SBAS.
- RTK: El equipo deberá contar con receptor GNSS RTK integrado, con precisión horizontal de 2 cm HRMS o mejor.
- Compatibilidad e interoperabilidad: La tableta deberá permitir su conexión e integración con los receptores GNSS CHCNAV i93 que posee la Administración y con el software LandStar 8, para la transferencia, visualización, registro y procesamiento de la información obtenida durante los levantamientos topográficos.
- SBAS: precisión horizontal menor a 1 m HRMS o mejor.
Cámara:
- Cámara frontal: 8 MP, igual o superior.
- Cámara trasera: 16 MP, igual o superior.
- Flash integrado.
Pantalla:
- Resolución: 1920 x 1200, igual o superior.
- Pantalla táctil de 8.1”, igual o superior.
- Multitáctil capacitiva, 5 puntos.
Físico:
- Grado de protección IP67 o superior.
- Caída de 1.2 m sobre hormigón, igual o superior.
- Funcionamiento entre -20° C a +60°C.
- Almacenamiento entre -40 °C a + 70°C.
Comunicación:
- Tarjeta Nano-SIM.
- Wi-Fi, IEEE 802.11a/b/g/n/ac.
- Bluetooth 5.1 o superior.
- USB Tipo C con función OTG.
- Red Módem 4G o superior, GSM, WCDMA, CDMA EVDO, TD-SCDMA, LTE-FDD y LTE-TDD.
Batería:
- Batería integrada no extraíble de 9000 mAh, igual o superior.
- Duración de batería de 8 horas, igual o superior.
Sensores Internos:
- NFC.
- Sensor G.
- Sensor de Luz.
- Brújula electrónica.
- Giroscopio.
Software:
- Una licencia permanente de LandStar 8, registrada a nombre de la Dirección General de Aviación Civil, instalada, activada y lista para su utilización. El contratista deberá entregar la información y credenciales necesarias para su administración y eventual reinstalación.
Accesorios:
- Protector de pantalla.
- Tapa dura: Estuche o cubierta protectora rígida, compatible con el modelo ofrecido.
- Lápiz táctil.
- Cable USB, tipo C.
- Una antena helicoidal compatible con la tableta y el receptor GNSS integrado ofrecidos, incluyendo los conectores y adaptadores necesarios para su utilización.
- Cargador.
- Bracket para soporte. Soporte de montaje compatible con la tableta y con los equipos topográficos utilizados por la Administración, incluyendo los elementos necesarios para su instalación y utilización.
- Línea 3: Adquirir 1 unidad de TABLETA ELECTRÓNICA, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 6 × 10⁹ bytes (6 GB), VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 GHz), ALMACENAMIENTO INTERNO MÍNIMO DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB), EXPANDIBLE HASTA 256 × 10⁹ bytes (256 GB), Y PANTALLA DE 0,206 m (8,1 Pulg) para el Proceso de Topografía que incluye como solución integral un receptor GNSS RTK con tecnología Visual-LiDAR y los accesorios necesarios para su correcto funcionamiento.
Adicionalmente, deberá cumplir con las siguientes características:
Se requiere una tableta robusta para levantamiento topográfico con características iguales o superiores a las del modelo de referencia CHCNAV LT800. La mención de la marca y el modelo se utiliza únicamente para definir el nivel de desempeño y funcionalidad requerido; se aceptarán equipos de otras marcas o modelos que cumplan o superen todas las especificaciones técnicas mínimas y acrediten la compatibilidad e interoperabilidad requeridas.
La tableta deberá ser totalmente compatible e interoperable con los receptores GNSS CHCNAV i93 que posee la Dirección General de Aviación Civil y con el software LandStar 8.
Procesador
- Procesador de, al menos, ocho núcleos, con velocidad mínima de 2,0 GHz o superior.
Sistema:
- Sistema Operativo: Android 12.0 GMS, igual o superior.
- RAM: 6 GB, igual o superior.
- ROM: 128 GB, igual o superior.
- Memoria expandible: deberá admitir memoria externa mediante tarjeta microSD de 128 GB como mínimo. Para efectos de la línea 3, esta será la capacidad mínima requerida. La descripción asociada al código SICOP se utiliza para la identificación del bien; en caso de diferencia, prevalecerán las especificaciones técnicas particulares establecidas para esta línea.
Precisiones GNSS:
- Canales: 45, igual o superior.
- Constelaciones: BDS, GPS, GLONASS, GALILEO.
- Compatibilidad con posicionamiento RTK: La tableta deberá permitir su conexión e integración con los receptores GNSS CHCNAV i93 que posee la Administración, para visualizar, registrar y procesar información topográfica con precisión centimétrica, de acuerdo con las capacidades del receptor conectado.
- Precisión de posicionamiento: precisión horizontal de 2 m a 5 m HRMS o mejor, utilizando el módulo GNSS integrado.
Cámara:
- Cámara frontal: 8 MP, igual o superior.
- Cámara trasera: 16 MP, igual o superior.
- Flash integrado.
Pantalla:
- Resolución: 1920 x 1200, igual o superior.
- Pantalla táctil de 8.1”, igual o superior.
- Multitáctil capacitiva.
Físico:
- Grado de protección IP67 o superior.
- Caída de 1.2 m sobre hormigón, igual o superior.
- Funcionamiento entre -20° C a +60°C.
- Almacenamiento entre -40 °C a + 70°C.
Comunicación:
- Tarjeta Nano-SIM.
- Wi-Fi, 802.11 ª/b/g/n/ac.
- Bluetooth 5.1 o superior.
- USB Tipo C con función OTG.
- Red Módem 4G o superior, GSM, WCDMA, CDMA, TD-SCDMA, LTE-FDD y LTE-TDD.
Batería:
- Batería integrada no extraíble de 9000 mAh, igual o superior.
- Duración de batería de 8 horas, igual o superior.
Sensores Internos:
- NFC.
- Sensor G.
- Sensor de Luz.
- Brújula electrónica.
- Giroscopio.
Software:
- Una licencia permanente de LandStar 8, registrada a nombre de la Dirección General de Aviación Civil, instalada, activada y lista para su utilización. El contratista deberá entregar la información y credenciales necesarias para su administración y eventual reinstalación.
Accesorios:
- Protector de pantalla.
- Tapa dura: Estuche o cubierta protectora rígida, compatible con el modelo ofrecido.
- Lápiz táctil.
- Cable USB, tipo C.
- Cargador.
- Base nivelante.
- Bracket para soporte. Soporte de montaje compatible con la tableta y con los equipos topográficos utilizados por la Administración, incluyendo los elementos necesarios para su instalación y utilización.
- Receptor GNSS RTK con tecnología Visual-LiDAR, modelo de referencia ViLi i100 o equivalente, que cumplan o superen las siguientes características:
- 1408 canales con iStar 2.0.
- Conexión a las constelaciones: GPS, GLONASS Galileo
BeiDou, QZSS, NavIC/ IRNSS, SBAS. - RTK: H: 8 mm + 1 ppm RMS / V: 15 mm + 1 ppm RMS y PPK: H: 3 mm + 1 ppm RMS / V: 5 mm + 1 ppm RMS.
- Estática, estática de alta precisión y estática rápida.
- Levantamiento con SFix y Vi-LiDAR.
- IMU, con inclinación de 0° a 60° y compensación de inclinación de 8 mm + 0.3mm/° de inclinación hasta 30°.
- LiDAR clase 1 de seguridad ocular, con rango de 30 m y 70 m, de 860.544 puntos / segundo y 96 líneas.
- Cámara ViLiDAR con pixel Teleobjetivo HD de 8 MP, de 5- 20 m de rango óptimo.
- Batería de 7.2 V / 9900 mAh / 71.28 Wh, con funcionamiento de hasta 5 h para SFix, Vi-LiDAR, Escaneado de nubes de puntos y hasta 22 para UHF y 4G RTK Rover.
- Con Wi-Fi, Bluetooth, Radio UHF Integrado.
- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
- Entregar todos los equipos, componentes y accesorios nuevos, de primer uso, originales, no reconstruidos, remanufacturados ni reacondicionados.
- Entregar los bienes de acuerdo con la marca, modelo, número de parte y características técnicas indicadas en la oferta adjudicada. No podrá sustituir equipos, componentes o accesorios sin autorización previa y escrita de la Administración.
- Incluir en el precio ofrecido todos los equipos, componentes, licencias, cables, cargadores, adaptadores, soportes, accesorios y demás elementos necesarios para la instalación, configuración y correcto funcionamiento de cada línea.
- Asumir todos los gastos de transporte, carga, descarga, instalación, configuración, activación, pruebas y puesta en funcionamiento de los equipos, sin costos adicionales para la Administración.
- Garantizar que los componentes suministrados sean compatibles entre sí y que funcionen de manera conjunta. En las líneas 2 y 3 deberá garantizarse, además, la compatibilidad e interoperabilidad con los receptores GNSS CHCNAV i93 y con el software LandStar 8.
- En la línea 3 entregar conjuntamente la tableta, el receptor GNSS RTK con tecnología Visual-LiDAR, el bastón de fibra de carbono y todos los accesorios necesarios. La entrega no se considerará completa mientras falte alguno de los componentes de la solución integral.
- Instalar y activar las licencias de software incluidas. Las licencias deberán ser originales, permanentes y quedar registradas a nombre de la Dirección General de Aviación Civil. El contratista deberá entregar las claves, credenciales, comprobantes y demás información necesaria para su administración y eventual reinstalación.
- Instalar los controladores, firmware, actualizaciones y demás componentes requeridos para el correcto funcionamiento de los equipos, utilizando versiones oficiales y vigentes del fabricante en coordinación con la Unidad de Tecnologías de Información.
- Entregar los manuales, fichas técnicas, documentos de garantía y lista de números de serie de los equipos y componentes suministrados. La documentación deberá presentarse en español o acompañada de una traducción libre al español.
- Realizar las pruebas necesarias para demostrar el cumplimiento de las características técnicas y el funcionamiento correcto de todos los equipos, accesorios, puertos, sistemas de comunicación, licencias y componentes incluidos.
- Corregir, sin costo adicional, cualquier problema de instalación, configuración, compatibilidad o funcionamiento detectado durante la recepción de los bienes.
- Mantenerse como único responsable ante la Administración por el cumplimiento de la garantía, aunque la reparación o atención técnica se realice mediante el fabricante o un centro de servicio perteneciente a un tercero.
- Asumir durante la garantía todos los gastos de diagnóstico, transporte, seguros, mano de obra, repuestos, reparación, sustitución y devolución de los equipos.
- Proteger la información institucional que pueda encontrarse almacenada en los equipos. El contratista no podrá copiarla, modificarla, eliminarla ni permitir el acceso de terceros sin autorización previa de la Administración.
- Mantener los equipos debidamente protegidos durante el transporte, instalación y cualquier traslado necesario para atender la garantía. Cualquier daño o pérdida será responsabilidad del contratista hasta su recepción conforme por parte de la Administración.
- El contratista será responsable del transporte, carga, descarga y traslado de los equipos hasta el lugar específico indicado por la Administración. Los bienes deberán entregarse debidamente embalados y protegidos para evitar daños.
- LUGAR Y HORARIO DE ENTREGA
La entrega deberá realizarse en la Unidad de Infraestructura Aeronáutica, ubicada en las oficinas centrales de la Dirección General de Aviación Civil, previa coordinación con los Administradores del Contrato, quien a su vez coordinará con la Unidad de Tecnologías de Información y el Proceso de Administración de Bienes Institucionales.
La entrega se efectuará en días hábiles, en horario de 7:00 a. m. a 2:00 p. m. El contratista deberá coordinar la fecha y hora con suficiente anticipación, a fin de garantizar la disponibilidad del personal encargado de recibir y revisar los equipos.
- INSTALACIÓN Y CONFIGURACIÓN
La entrega deberá incluir la instalación, configuración, activación y puesta en funcionamiento de todos los equipos, componentes, accesorios y licencias incluidos en cada línea, sin costo adicional para la Administración.
PARA LA LÍNEA 1, ESTACIÓN DE TRABAJO
El contratista deberá:
- Instalar y conectar la computadora, monitor, UPS, teclado, mouse y demás componentes.
- Instalar y activar el sistema operativo.
- Instalar los controladores y actualizaciones oficiales requeridos.
- Verificar el reconocimiento de la memoria RAM, unidades de almacenamiento, tarjeta gráfica, puertos y demás componentes.
- Configurar el monitor con la resolución requerida.
- Conectar y probar la UPS.
- Realizar pruebas de encendido, funcionamiento, rendimiento básico y estabilidad del equipo.
- Configurar la conexión de red y Wi-Fi, previa coordinación y autorización del personal de Tecnologías de Información.
- Verificar la compatibilidad del equipo con los programas de fotogrametría y procesamiento de información topográfica utilizados por la Administración.
PARA LAS LÍNEAS 2 y 3, TABLETAS
El contratista deberá:
- Encender, configurar y actualizar cada tableta.
- Instalar y activar la licencia permanente de LandStar 8.
- Entregar las credenciales y datos necesarios para administrar y reinstalar la licencia.
- Configurar y verificar la conexión con los receptores GNSS CHCNAV i93.
- Comprobar la transferencia, visualización, registro y almacenamiento de información topográfica.
- Verificar el funcionamiento de la pantalla, cámaras, conectividad, sensores, batería, puertos y accesorios.
- Instalar el protector de pantalla y la cubierta protectora, cuando corresponda.
- Verificar el funcionamiento del soporte de montaje y de los demás accesorios entregados.
Además de lo anterior, el contratista deberá para la línea 3:
- Configurar e integrar la tableta con el receptor GNSS RTK con tecnología Visual-LiDAR.
- Instalar y configurar todos los programas, controladores y componentes necesarios para la comunicación entre los equipos.
- Verificar el funcionamiento del receptor, su conexión con la tableta y la utilización conjunta con LandStar 8.
- Realizar una prueba de captura, visualización, registro y transferencia de información.
- Entregar el receptor, bastón, cargadores, cables, adaptadores, soportes y demás accesorios listos para su utilización.
El detalle de las especificaciones técnicas ha sido revisado, verificado y aprobadas por la unidad solicitante.
El oferente debe de ofrecer una garantía mínima de 12 meses en todas sus partes, a partir del recibido del activo por parte de la unidad solicitante en coordinación del Proceso de Administración de Bienes Institucionales.
Para la atención de cualquier problema o inconveniente cubierto por la garantía, el contratista contará con un plazo máximo de un día hábil para atender el reporte, revisar la situación y comunicar a la Administración el diagnóstico y las acciones que realizará para solucionar el inconveniente. Asimismo, dispondrá de un plazo máximo de tres días hábiles para brindar la solución definitiva, contado a partir de la comunicación del reporte por parte de la Administración.
Cuando la falla no pueda ser solucionada dentro del plazo indicado, el contratista deberá proporcionar, sin costo adicional para la Administración, un equipo temporal de características técnicas iguales o superiores a las del equipo afectado, con el fin de garantizar la continuidad de las labores institucionales.
Si la reparación no resulta posible, el contratista deberá sustituir definitivamente el equipo defectuoso por uno nuevo, de la misma marca y modelo o con características técnicas iguales o superiores, compatible con los programas, accesorios y demás requerimientos establecidos en las especificaciones técnicas. La sustitución deberá efectuarse en un plazo máximo de diez días hábiles, previa verificación y aceptación de la Administración, sin que esto genere ningún costo adicional.
La notificación será respaldada, adicionalmente, a través de la plataforma de SICOP, con la opción de “Solicitud de Información”.
En caso de que no indique expresamente el plazo determinado, se entenderá que se acepta el plazo establecido anteriormente.
PARTIDA No. 1
- El oferente debe poseer una experiencia mínima comprobada de 2 años en la comercialización de estaciones de trabajo, computadoras de escritorio de uso empresarial o servidores.
Para acreditar este requisito, deberá completar el Anexo No. 1, Declaración jurada de experiencia del oferente, punto A y aportar, al menos, dos órdenes de compra, facturas, contratos, constancias, certificaciones de clientes u otros documentos verificables, emitidos en fechas distintas, que en conjunto permitan comprobar el periodo solicitado.
Este requisito se establece con el fin de procurar que el proveedor cuente con experiencia en la comercialización de equipos informáticos de alto rendimiento y con conocimiento de los procesos de suministro, entrega y atención de garantías asociados a este tipo de bienes. El plazo de dos años se considera razonable y proporcional a la naturaleza y características técnicas del equipo requerido según criterio profesional, sin imponer una carga excesiva ni limitar injustificadamente la participación de potenciales oferentes.
- El oferente deberá aportar una ficha técnica, catálogo, hoja de producto o documento técnico oficial emitido por el fabricante, en el cual, se identifique claramente la marca y el modelo del equipo ofrecido y se puedan verificar sus características técnicas.
La documentación deberá presentarse en idioma español. Cuando el documento original haya sido emitido en otro idioma, podrá aportarse acompañado de una traducción libre al español, bajo responsabilidad del oferente.
Cuando alguna característica requerida no se encuentre expresamente indicada en la ficha técnica o catálogo, el oferente podrá acreditarla mediante una carta del fabricante, una certificación técnica o documentación oficial complementaria.
PARTIDA No. 2
- El oferente debe poseer una experiencia mínima comprobada de 2 años en la comercialización de equipos destinados a labores topográficas, comprendidos dentro de alguna de las siguientes categorías:
- Receptores GNSS o GNSS RTK.
- Escáneres láser o equipos LiDAR para levantamientos.
- Colectores o controladores de datos para campo.
- Tabletas resistentes destinadas a labores topográficas.
- Sistemas integrados para la captura, registro y procesamiento de información topográfica en campo.
Para acreditar este requisito, deberá completar el Anexo 1. Declaración jurada de experiencia del oferente, punto B y aportar al menos dos órdenes de compra, facturas, contratos, constancias, certificaciones de clientes u otros documentos verificables, emitidos en fechas distintas, que en conjunto permitan comprobar el periodo solicitado.
Este requisito se establece, debido a que, los bienes serán utilizados en actividades especializadas de levantamiento y procesamiento de información topográfica y deberán integrarse con equipos y programas utilizados por la Administración. La experiencia solicitada permite procurar que el proveedor conozca este tipo de tecnología y pueda atender adecuadamente el suministro, configuración, entrega y garantía de los equipos. El plazo de dos años se considera razonable y proporcional a la naturaleza y características técnicas de las tabletas requeridas, según criterio profesional, sin imponer una carga excesiva ni limitar injustificadamente la participación de potenciales oferentes.
- El oferente deberá aportar una ficha técnica, catálogo, hoja de producto o documento técnico oficial emitido por el fabricante, en el cual, se identifique claramente la marca y el modelo de los equipos ofrecidos y se puedan verificar sus características técnicas.
La documentación deberá presentarse en idioma español. Cuando el documento original haya sido emitido en otro idioma, podrá aportarse acompañado de una traducción libre al español, bajo responsabilidad del oferente.
Cuando alguna característica requerida no se encuentre expresamente indicada en la ficha técnica o catálogo, el oferente podrá acreditarla mediante una carta del fabricante, una certificación técnica o documentación oficial complementaria.
- El oferente deberá aportar una carta emitida por el fabricante de la marca ofrecida o por su representante autorizado, mediante la cual, se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos en Costa Rica y gestionar su garantía.
La carta deberá:
- Identificar claramente al oferente.
- Indicar la marca y los modelos ofrecidos.
- Indicar que la solución es compatible e interoperable con receptores GNSS CHCNAV i93, el software LandStar 8 y la transferencia, visualización, registro y procesamiento de la información obtenida durante los levantamientos topográficos.
- Confirmar el alcance de la autorización.
- Haber sido emitida con una antigüedad no mayor a doce meses.
- Contener el nombre, cargo, firma e información de contacto de quien la emite.
- Permitir la verificación de su autenticidad por parte de la Administración.
Este requisito se establece con el fin de comprobar que el oferente cuenta con el respaldo del fabricante de la marca ofrecida para comercializar los equipos en Costa Rica y gestionar adecuadamente su garantía, soporte técnico y atención de eventuales fallas.
Asimismo, la Dirección General de Aviación Civil dispone actualmente de receptores GNSS marca CHCNAV, modelo i93, y utiliza el software LandStar 8 para el desarrollo de sus labores topográficas. Por esta razón, resulta indispensable verificar que las tabletas y demás equipos ofrecidos sean compatibles e interoperables con los recursos tecnológicos existentes, de manera que permitan su conexión y el intercambio, visualización, registro, transferencia y procesamiento de la información recopilada durante los levantamientos topográficos.
La carta del fabricante permite comprobar objetivamente que la solución ofrecida ha sido avalada para funcionar con los equipos y programas que posee la Administración, disminuyendo el riesgo de adquirir bienes incompatibles, de perder funcionalidad en los sistemas existentes o de incurrir posteriormente en gastos adicionales para su adaptación o sustitución.
- El oferente deberá contar con un centro de servicio ubicado dentro del territorio nacional, autorizado por el fabricante de la marca ofrecida para brindar, como mínimo:
- Diagnóstico de fallas.
- Reparación.
- Actualización de programas internos o firmware.
- Atención de garantías.
Para acreditarlo, deberá aportarse una carta o certificación emitida por el fabricante o por su representante autorizado, que identifique el centro de servicio, su dirección, teléfono, correo electrónico y alcance de la autorización.
Este requisito se establece con el fin de garantizar que los equipos ofrecidos cuenten con respaldo técnico especializado dentro del territorio nacional para la atención oportuna de diagnósticos, reparaciones, mantenimiento, actualizaciones de programas internos o firmware y gestiones relacionadas con la garantía.
Debido a que, los bienes serán utilizados en labores especializadas de levantamiento y procesamiento de información topográfica, una falla podría afectar la continuidad de los trabajos de campo, retrasar la recopilación de datos y limitar el procesamiento oportuno de la información requerida para los proyectos institucionales. Contar con un centro de servicio autorizado por el fabricante permite procurar que las intervenciones sean realizadas por personal con conocimiento de los equipos, utilizando procedimientos y componentes respaldados por la marca.
La ubicación del centro de servicio en Costa Rica facilita la atención de las averías, reduce los tiempos asociados al traslado de los equipos fuera del país y permite dar seguimiento directo a las reparaciones y garantías. El requisito se considera razonable y proporcional a la naturaleza especializada de los bienes, y no exige que el centro de servicio pertenezca al oferente, por lo que, podrá acreditarse mediante un establecimiento propio o de un tercero debidamente autorizado por el fabricante.
- El oferente deberá presentar el Anexo No. 2, Detalle de costos debidamente lleno.
En la línea cotizada, el oferente debe ingresar el precio unitario sin IVA y a su vez, incluir el porcentaje que aplica para impuesto al valor agregado (IVA), utilizando la casilla que para estos efectos presenta SICOP.
Lo anterior, de conformidad con la Ley No. 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, publicada en el Alcance No. 202 del Diario Oficial La Gaceta No. 225 del 04 de diciembre del 2018 y Reglamento a la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado, Decreto No. 41779-MH, publicado en el Alcance No. 129 de La Gaceta No. 108 del 11 de junio de 2019.
En aquellos casos en los que el oferente omita la inclusión del rubro del IVA, tal y como se solicita en el párrafo anterior, se presumirá que el monto total cotizado contempla dicho tributo, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
El mismo deberá ser firme y definitivo, incluyendo los impuestos y gastos que implica la entrega del ítem y deberá indicarse en números y letras. En caso de discrepancia prevalecerá el precio indicado en letras, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real. La oferta deberá presentarse de la siguiente manera:
|
PARTIDA 1 |
|||||||
|
Línea |
Descripción del objeto |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Costo unitario |
IVA 13% |
Costo unitario total |
Monto total con IVA |
|
1 |
COMPUTADORA TIPO ESTACIÓN DE TRABAJO, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB) TIPO DDR5, VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 5,5 × 10⁹ Hz (5,5 GHz), UNIDAD DE ALMACENAMIENTO TIPO SSD M.2 CON CAPACIDAD MÍNIMA DE 8 × 10⁹ bytes (8 GB), Y MONITOR CON DIAGONAL MÍNIMA DE 0,864 m (34 Pulg). |
1 |
Unidad |
|
₡0,00 |
₡0,00 |
₡0,00 |
|
Monto total Partida 1 |
₡0,00 |
₡0,00 |
₡0,00 |
||||
|
PARTIDA 2 |
|||||||
|
Línea |
Descripción del objeto |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Costo unitario |
IVA 13% |
Costo unitario total |
Monto total con IVA |
|
2 |
TABLETA ELECTRÓNICA, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 6 × 10⁹ bytes (6 GB), VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 GHz), ALMACENAMIENTO INTERNO MÍNIMO DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB), EXPANDIBLE HASTA 256 × 10⁹ bytes (256 GB), Y PANTALLA DE 0,206 m (8,1 Pulg). |
1 |
Unidad |
|
₡0,00 |
₡0,00 |
₡0,00 |
|
3 |
TABLETA ELECTRÓNICA, CON PROCESADOR SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS POR LA INSTITUCIÓN, MEMORIA RAM MÍNIMA DE 6 × 10⁹ bytes (6 GB), VELOCIDAD MÍNIMA DEL PROCESADOR DE 2,0 × 10⁹ Hz (2,0 GHz), ALMACENAMIENTO INTERNO MÍNIMO DE 128 × 10⁹ bytes (128 GB), EXPANDIBLE HASTA 256 × 10⁹ bytes (256 GB), Y PANTALLA DE 0,206 m (8,1 Pulg). |
1 |
Unidad |
|
₡0,00 |
₡0,00 |
₡0,00 |
|
Monto total Partida 2 |
₡0,00 |
₡0,00 |
₡0,00 |
||||
|
Monto total ofertado |
₡0,00 |
₡0,00 |
₡0,00 |
||||
El precio debe contemplar impuestos, tomar en cuenta que la compra del bien objeto del presente proceso de contratación no está exento del pago de impuestos.
De conformidad con el artículo 102 del Reglamento a la LGCP, para cada una de las líneas, el oferente deberá presentar una estructura del precio en donde se detalle, al menos, los diferentes componentes de los costos directos, tanto de mano de obra como de insumos en caso de ser necesario y asociarle a estos los diferentes índices de precios, para que a futuro se puedan gestionar los reajustes de precios, como se muestra a continuación:
Donde:
P=%SCDmo + S%CDI + %CImo+ CIi + %U)
P= 100%
Los costos incluidos en la estructura de precios son una propuesta y el oferente debe considerar los costos que mejor se ajusten al objeto del contrato de la contratación, la definición de los conceptos de costos incluidos en la estructura del precio se presenta a continuación:
- Costos directos de los insumos: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos directos de mano de obra: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos directos por subcontrataciones: son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos indirectos de mano de obra: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Utilidad: Es el tipo de trabajo, el esfuerzo beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo, etc.
En los contratos en los que proceda la aplicación del reajuste o revisión de precios, de conformidad con lo regulado en los artículos 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el oferente deberá aportar la información de los índices oficiales de precios y costos asociados con los costos directos e indirectos de la estructura de precios. Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio de oferta y los valores absolutos de la estructura del precio.
En caso de que no exista un índice oficial para determinar el costo directo, el oferente deberá advertirlo así en la oferta y aportar la documentación pertinente, a efectos de que las partes puedan aplicar el método contemplado en los artículos 107, 108 y 109 del RLGCP, según corresponda. Sino existe un índice oficial para determinado costo indirecto, el oferente deberá advertirlo así en la oferta y podrá proponer un índice oficial general de precios para el reajuste o revisión de dicho costo.
Para lo cual, deberá seguir y completar el siguiente formato:
|
Tipo de costo |
Componente |
Monto en la moneda ofertada |
Porcentaje |
Índice asociado y Fuente |
|
CD de Mano de Obra |
Mano de obra |
¢ |
% |
ISMN del BCCR |
|
CD de Insumos |
Maquinaria |
¢ |
% |
Costos de posesión del INEC |
|
|
Repuestos |
¢ |
% |
Repuestos del INEC |
|
|
Combustibles |
¢ |
% |
Combustibles del INEC |
|
|
Lubricantes |
¢ |
% |
Lubricantes del INEC |
|
|
Equipo |
¢ |
% |
IPC del BCCR |
|
|
Otros Insumos |
¢ |
% |
IPC del BCCR |
|
CD de Subcontratos |
Subcontratos |
¢ |
% |
IPC del BCCR |
|
CI de Mano de Obra |
Mano de obra |
¢ |
% |
ISMN del BCCR |
|
CI de Insumos |
Insumos indirectos |
¢ |
% |
IPC del BCCR |
|
|
Utilidad |
¢ |
% |
No aplica |
|
|
Sub total |
¢ |
|
|
|
|
IVA |
¢ |
13% |
|
|
|
Total precio IVA. |
¢ |
113% |
|
En aplicación de la Directriz No. 044-H denominada “Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas”, en caso de cotizar y presentar la estructura en monera extranjera, ante una eventual adjudicación los valores absolutos serán ajustados en colones al tipo de cambio del día de la apertura.
De conformidad a lo indicado en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el artículo 103 de su Reglamento, el presupuesto detallado del bien y/o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
El adjudicatario debe presentar un desglose del presupuesto detallado del bien y/o servicio, deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
El presupuesto detallado debe contener al menos los siguientes elementos:
- COSTOS DIRECTOS: Son los costos que involucran lo esencial y lo sustantivo del objeto de la contratación.
Debe considerar como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos.
- COSTOS INDIRECTOS: Son los costos accesorios y necesarios para poder desarrollar lo esencial y sustantivo que persigue la relación contractual, pueden ser muy diversos. Ejemplo los gastos administrativos.
- IMPREVISTOS: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
- UTILIDAD: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo.
El presupuesto detallado debe presentarse bajo el siguiente orden, no obstante, el adjudicatario podrá adecuarlo de la mejor forma en que se ajuste al objeto contractual del presente pliego:
El presupuesto detallado deberá contemplar mínimo lo siguiente:
|
Componente |
Cantidad |
Precio unitario |
Precio total |
|
Costos Directos |
|
|
|
|
Mano de obra directa |
|
|
|
|
Insumos directos |
|
|
|
|
Subcontratos |
|
|
|
|
Otros gastos directos |
|
|
|
|
Costos Indirectos |
|
|
|
|
Mano de obra indirecta |
|
|
|
|
Insumos indirectos |
|
|
|
|
Gastos administrativos |
|
|
|
|
Otros gastos indirectos |
|
|
|
|
Imprevistos |
|
|
|
|
Utilidad |
|
|
|
|
SUBTOTAL SIN IVA |
|
|
|
|
MONTO DEL IVA |
|
|
|
|
TOTAL CON IVA |
|
|
|
Como referencia se presenta un cuadro resumen de los componentes mínimos respecto al rubro de mano de obra, que debe incluirse en el presupuesto detallado:
|
CCSS |
Patrono |
|
SEM (Salud) |
9.25% |
|
IVM (Pensiones) |
5.58% |
|
TOTAL |
14.83% |
|
OTRAS INSTITUCIONES |
Patrono |
|
Banco Popular (BPOP) Cuota recaudada por la CCSS |
0.25% |
|
Asignaciones Familiares |
5.00% |
|
IMAS |
0.50% |
|
INA |
1.50% |
|
TOTAL |
7.25% |
|
|
|
|
LEY DE PROTECCIÓN AL TRABAJADOR (LPT) |
Patrono |
|
Banco Popular (BPOP) |
0.25% |
|
Fondo de capitalización Laboral |
1.50% |
|
Operadora de pensiones complementaria (OPC) |
2.00% |
|
INS |
1.00% |
|
TOTAL |
4.75% |
|
RESUMEN |
Patrono |
|
PORCENTAJES TOTALES |
26.83% |
*La póliza de riesgos será definida a discrecionalidad de cada oferente.
Según el artículo 14 del Reglamento de Reajuste y Revisión de Precios en el caso que no exista un índice de precios, especifico oficial o uno similar, que represente las variaciones de un determinado costo directo, el oferente deberá advertirlo así en su oferta y se podrá aplicar el método analítico-documental, de conformidad con lo regulado en el Reglamento de Reajuste y Revisión de Precios y en concordancia con lo establecido en los artículo 102, 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Según los artículos 25 y 51 del Reglamento de Reajuste y Revisión de precios, las partes emplearán en las fórmulas matemáticas para el cálculo del reajuste o revisión precios, los valores porcentuales de los costos directos e indirectos, que serán revisados o reajustados mediante índices, según cada moneda en que se presentó el precio unitario ofertado, así como, los respectivos índices de preciso concordantes con la moneda en que se presentó el precio de tales costos.
En caso de que el precio unitario contractual para cada línea o reglón de pagos se haya pactado en más de una moneda, las partes deberán aplicar la fórmula matemática para cada moneda concordante a su respectiva estructura de precio.
La presente contratación está sujeta al mecanismo de revisión de precios regulado en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública, los artículos 107, 108 y 109 de su Reglamento, así como, lo establecido en el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (Decreto Ejecutivo No. 44937-H-MICITT-MIDEPLAN). La finalidad es garantizar el mantenimiento del equilibrio económico del contrato frente a variaciones en los costos directos e indirectos que se presenten durante la ejecución del objeto contractual.
Las condiciones para llevar a cabo el reajuste de precios de conformidad con el artículo 5 del RRPP serán:
- Le corresponderá a la Administración resolver sobre el reconocimiento de los reajustes o de las revisiones de precios, según se demuestren variaciones en los costos directos e indirectos, de conformidad con los análisis, el sustento suficiente y pertinente para su determinación y con base en la estructura de precio, el presupuesto detallado, los índices de precios oficiales o la documentación probatoria, según corresponda, la programación de la ejecución del contrato, entre otros documentos contractuales.
- La Administración también llevará un control de las variaciones de los costos de los contratos que han sido aprobadas, con el objetivo gestionar los reajustes de precios cuando los costos bajen.
- El derecho a que se reajusten y revisen los precios del contrato, según corresponda, surge a partir de la fecha de la presentación de la oferta o de la fecha en que se aprueba una modificación.
- Las partes tendrán la obligación de aportar la documentación probatoria e información pertinente, con el propósito de asegurar la adecuada determinación del reajuste o la revisión de precios conforme al presente reglamento.
- Para la determinación del reajuste de precios y la revisión de precios, el cronograma de trabajo vigente se constituye en la herramienta de control del avance de las actividades ejecutadas del contrato, que permitirá verificar periódicamente el cumplimiento de los tiempos programados para su ejecución.
- Los cálculos de la revisión de precios se harán con base en las valoraciones de pago por la entrega de los bienes o por la prestación de los servicios aprobadas por la Administración, conforme a los índices de precios del mes calendario de la presentación de la oferta y las cantidades planificadas e índices correspondientes al mes calendario conforme a la ejecución establecida en el cronograma vigente, cuando corresponda.
Si el contratista se atrasa en la entrega del bien o la prestación del servicio por su única y exclusiva responsabilidad, según el mes calendario dispuesto en el cronograma vigente, para el cálculo de las revisiones se utilizarán los valores de los índices de precios de los meses calendarios que originalmente se consignaron en dicho cronograma.
Si el contratista se adelanta en la entrega del bien o la prestación del servicio, según el mes calendario dispuesto en el cronograma vigente, para el cálculo de las revisiones de precios se utilizarán los valores de los índices de precios del mes calendario en que efectivamente se entregaron los bienes o se prestaron los servicios.
La valoración de pago aprobada por la Administración será utilizada como base para determinar la revisión de los precios.
- El derecho al reajuste y revisión de precios concluye con el finiquito contractual, siendo que el finiquito impide reclamos futuros.
- No serán objeto de reajuste ni de revisión la utilidad ni el rubro de imprevistos en los contratos de obra pública, de bienes y de servicios.
Las variaciones en los costos directos e indirectos del precio de una línea o un renglón de pago, para un mes calendario específico, se determinarán de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde:
Rpc: Representa el monto de la revisión del precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago en un mes calendario específico, conforme a la moneda ofertada.
PC: Representa el monto del precio unitario contractual de la línea o del renglón de pago.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra directa. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos directos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos por subcontrataciones, multiplicada por la variación del índice general (IPG), y en su ausencia, siempre y cuando se demuestre que no existe un índice de precio general estrechamente vinculado con la variación de los costos que desea medir para la subcontratación, se podrá utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Dicha variación se obtiene de dividir el valor del IPG, o IPC según corresponda, de un mes calendario específico entre el valor del IPG, o IPC según corresponda, del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra indirecta. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos indirectos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Para efectos de la aplicación de la fórmula, cada ponderación en valor porcentual de los costos deberá ser expresada en forma decimal con aproximación a la cifra diezmilésima, esto es que la cifra numérica tendrá cuatro dígitos después de la coma.
- Documentación de soporte para la determinación de los reajustes o las revisiones de preciso en un contrato.
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de Reajuste y Revisión de Precios, se indica que, para el cálculo de reajuste o la revisión de precios de un contrato, se deberá contar con la documentación de soporte suficiente, válida y pertinente y verificada previamente por las partes. Dicha documentación corresponde a la siguiente:
Requisitos obligatorios que deberá aportar el oferente con su oferta:
Los valores de los índices correspondientes al mes calendario conforme a la ejecución de la línea o el reglón de pago, establecido en el programa de trabajo vigente, o al mes calendario de la entrega de bienes o prestación del servicio, conforme al cronograma vigente con las fechas acordadas por las partes, asociados a cada uno de los costos directos e indirectos en la estructura de cada precio.
En ausencia de índice de precios, se aplicará el método analítico-documental, presentando la factura proforma o documento equivalente, en la que se detalle:
- Fecha de la emisión de la factura proforma.
- Vigencia del o los precios de la factura proforma, la cual, no podrá ser inferior a la presentación de la oferta.
- Nombre y razón social del proveedor y comprador.
- Información de contacto del proveedor.
- País del proveedor del insumo o servicio.
- Descripción y características principales del insumo o servicio.
- Precio unitario concordante con la moneda en que se presenta el precio ofertado.
- Costos desagregados, tales como, pero no limitados a transporte, fletes, seguros e impuestos.
Para la presente contratación la unidad solicitante no solicitará la mejora de precios, por cuanto la unidad solicitante ha definido que la evaluación se realizará con base en la oferta económica inicialmente presentada y el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos.
El artículo 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, estipula que para un estudio de razonabilidad del precio se deben establecer bandas de tolerancia de diferencias de precios, definiendo el rango (máximo y mínimo) dentro del cual este se considera como aceptable. Por otra parte, el artículo 106 del mismo Reglamento, señala características que catalogan a un precio como inaceptable.
De acuerdo con la normativa citada, se remite el estudio referencial de precios, en el cual se definen las bandas de tolerancia, considerando la metodología aplicada por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), la cual consiste en obtener el promedio simple de la población total (precios obtenidos en el mismo estudio de referencia). Seguidamente calcular su desviación estándar con la formula “DESVEST.P” (facilitada por la herramienta Excel) y finalmente determinar los umbrales de referencia restando y sumando el resultado de la desviación al monto promedio (mínimo y máximo respectivamente). Las bandas de tolerancia de diferencias de precios que señala dicho estudio son:
Nota aclaratoria: Los umbrales referidos contemplan el impuesto al valor agregado (IVA).
Con base en dichas bandas se aplicará el estudio de razonabilidad de los precios cotizados, para determinar específicamente lo establecido en el inciso a) y b) del artículo106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, es decir, si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como ruinoso y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente de acuerdo con el citado artículo.
Debe considerarse el caso de las cotizaciones en donde la modalidad de entrega sea de importación, adicionalmente al precio cotizado se sumará los impuestos que le afectan al momento de nacionalizar la mercancía, a excepción del IVA pues este ya debe encontrarse contemplados en el precio cotizado. Lo anterior, a fin de que los precios sean en plazo, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley No. 7017-A, “Ley de incentivos para la Producción Industrial Anexo A: Arancel Centroamericano de Importación”, así como, el Decreto Ejecutivo No. 32448, publicado en La Gaceta No. 131 del 07 de julio de 2025, con el cual, se crea “El Reglamento al Artículo 12 del Anexo 3 de la Ley N°7017”.
De igual forma, se realizarán las indagaciones respectivas sobre todos los supuestos que estipula el artículo 106 del RLGCP y según amerite para cada caso, es decir, tanto cuando se presuman precios ruinosos o excesivos, como cuando se exceda la disponibilidad presupuestaria (en las líneas que aplique), o se determine colusión o practica desleal.
Se destaca que tal y como se indica en el artículo 106 del RLGCP, si se llega a determinar alguna situación descrita en este mismo artículo, la Administración informará a la Comisión para Promover la Competencia, con el fin de que las autoridades procedan de conformidad con la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley No. 7472 del 20 de diciembre de 1994 y Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencias de Costa Rica, Ley No. 9736 del 05 de setiembre de 2019.
En caso de recibir propuestas en distintas monedas, únicamente para efectos del estudio comparativo de precio de las ofertas, el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) las convertirá a una misma moneda, aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica y vigente al momento de la apertura de las ofertas.
Las ofertas deben cumplir con todas las condiciones y especificaciones técnicas solicitadas en el pliego de condiciones y sus anexos.
El incumplimiento de algunas condiciones establecidas en el presente documento, cuando así sea permitido por la normativa que regula la materia, posibilitará a la Administración a solicitar el subsane o aclaración, según corresponda en los términos de los artículos 50 de la Ley General de Contratación Pública y 134 de su Reglamento.
No atender el subsane o aclaración descalificará la oferta, en caso de que la naturaleza del defecto lo amerite, a criterio de la Administración.
Para una eventual adjudicación, solo serán consideradas aquellas ofertas que cumplan legal, técnica y financieramente, con las condiciones generales y especificas del pliego de condiciones. El CETAC se reserva el derecho de verificar la veracidad y autenticidad de la información contenida en la oferta, como consecuencia de lo anterior, de llegarse a determinar la existencia de información falsa descalificará al oferente.
Se adjudicará a la oferta con el puntaje más alto de acuerdo con la metodología de evaluación aplicada.
El adjudicatario que no cancele dentro del plazo indicado en el SICOP, el pago de las especies fiscales y firma del contrato se procederá a adjudicar al segundo mejor posicionado con su oferta económica y así sucesivamente.
Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la Institución y acorde con lo indicado en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, a las ofertas que cumplan con los aspectos legales, financieros, condiciones generales, requisitos y especificaciones técnicas requeridas, se les aplicarán los siguientes factores de evaluación:
|
Posición |
Criterio de evaluación |
Porcentaje |
|
A |
Oferta económica |
85% |
|
B |
Criterio Sustentable |
15% |
|
Total |
100% |
|
- Monto total de la oferta (85%)
Con respecto al costo, en el caso de las cotizaciones en las cuales la modalidad de entrega sea de importación, adicionalmente se sumarán los impuestos que le afectan al momento de nacionalizar la mercancía, a excepción del IVA pues éste ya debe encontrarse contemplado en el precio cotizado. Lo anterior, a fin de que los precios sean comparables con las cotizaciones en donde la modalidad de entrega sea en plaza, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley No. 7017-A, “Ley de Incentivos para la Producción Industrial ANEXO A: Arancel Centroamericano de Importación”, así como, el Decreto Ejecutivo No. 32448, publicado en La Gaceta No. 131 del 07 de julio de 2005, con el cual, se crea “El Reglamento al Artículo 12 del Anexo 3 de la Ley Nº 7017”.
El oferente debe detallar tanto los impuestos que le afectan al momento de nacionalizar la mercancía, como la partida arancelaria en la que se clasifica la mercancía y el país de origen.
Con las ofertas admisibles para una eventual adjudicación, se utilizará sobre este aspecto de evaluación, la siguiente fórmula:
Fórmula de evaluación de ofertas
MCO
P= ---------------- * 85%
CO
Donde:
P= Precio
MCO= Menor Costo Ofertado
CO= Costo Ofertado
En caso de que el oferente cotice en moneda extranjera, para efectos de la evaluación de ofertas y ante una eventual adjudicación, se utilizará el tipo de cambio de venta del dólar estadounidense emitido por el Banco Central de Costa Rica, correspondiente al día de apertura de las ofertas.
- Criterios sustentables 15%
A continuación, se definen los criterios sustentables y el porcentaje respectivo que será evaluado. Los documentos aportados para acreditar el cumplimiento de estos criterios deberán estar vigentes a la fecha de presentación de la oferta y emitidos a nombre del oferente. En caso de consorcio, deberán presentarse a nombre de alguna de las empresas que lo integran.
Los criterios seleccionados se vinculan con la naturaleza del objeto contractual, al tratarse de una compra de una computadora y dos tabletas de entrega única, donde resulta conveniente valorar aspectos verificables relacionados con participación económica, cercanía logística y gestión ambiental asociada a la actividad comercial y entrega de los bienes.
- Criterio Económico 10%
Condición PYME 5%
Para aquellas empresas en condición de PYME, se otorgará un 5% a la empresa que demuestre dicha condición mediante certificación vigente emitida por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
La inclusión de este criterio se justifica en la importancia de promover la participación de pequeñas y medianas empresas en la contratación pública, favoreciendo una mayor apertura del mercado, la dinamización de la economía nacional y el fortalecimiento del sector empresarial costarricense. Además, resulta proporcional al objeto contractual, por tratarse de bienes tecnológicos disponibles en el mercado nacional, en cuyo mercado pueden participar proveedores de distinta escala. El criterio es objetivo y verificable mediante certificación oficial vigente emitida por el MEIC.
Empresa ubicada según su partida 5%
Se le otorgará de un 1% a un 5% a aquellas empresas domiciliadas por cercanía, según la ubicación donde se recibirá el suministro de acuerdo con la Circular No. DGABCA-0015-2021 del 25 de febrero de 2021, emitida por la entonces Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda. Para optar por este porcentaje deben presentar:
- Patente comercial en donde se indique la dirección exacta de las oficinas administrativas de la empresa, la cual, debe de coincidir con la región, provincia o cantón ofertado.
- El puntaje no será acumulativo. Se otorgará únicamente el mayor puntaje que corresponda según la ubicación acreditada.
- Se aceptará la siguiente ubicación:
|
Puntaje |
|||
|
1% |
3% |
5% |
|
|
Edificación |
Región |
Provincia |
Cantón |
|
Oficinas Centrales de la Dirección General de Aviación Civil, Uruca. |
Gran Área Metropolitana |
San José |
San José |
Este criterio se vincula con el objeto contractual porque la contratación requiere el suministro y entrega oportuna de computadora y tabletas en la Dirección General de Aviación Civil. La incorporación de este criterio procura promover la participación económica local y valorar la disponibilidad de infraestructura logística cercana al lugar de entrega e instalación de los bienes. Dicha cercanía puede facilitar la coordinación de la entrega, instalación, sustitución de bienes rechazados y demás gestiones presenciales que deban realizarse durante la ejecución contractual. El criterio no limita la participación de empresas ubicadas en otras zonas del país, sino que asigna una puntuación gradual, objetiva y verificable según la ubicación acreditada.
- Criterio Ambiental 5%
|
Criterio de evaluación sustentable |
Requisito para evaluar el criterio |
Puntuación |
|
Se otorgarán cinco puntos al oferente que demuestre contar con mecanismos vigentes para el manejo, separación, valorización, reciclaje o disposición adecuada de residuos electrónicos y de los materiales de embalaje generados por la comercialización y entrega de equipos tecnológicos. |
Para acreditar este criterio, deberá aportar alguno de los siguientes documentos:
a) Constancia, certificación emitida o al menos dos comprobantes de entrega de residuos con una antigüedad no mayor a doce meses, por un gestor de residuos autorizado.
El documento deberá permitir identificar al oferente, al gestor, la fecha y el tipo de residuo gestionado. La Administración podrá verificar la vigencia de la autorización del gestor ante la autoridad competente. |
5% |
La inclusión de este criterio se justifica por la relación directa entre el objeto contractual y la generación de residuos electrónicos y plásticos asociados a la comercialización, embalaje, transporte y entrega de computadores y tabletas, tales como residuos electrónicos, cartón, plástico, empaques, residuos valorizables o residuos plásticos. Valorar la gestión responsable de residuos contribuye al cumplimiento de los objetivos nacionales de sostenibilidad, protección ambiental y uso responsable de los recursos. Además, el criterio es verificable mediante documentos emitidos por terceros competentes o evidencia objetiva de implementación, por lo que permite evaluar una práctica ambiental concreta y relacionada con la ejecución de la contratación.
JUSTIFICACIÓN DE LA NO INCORPORACIÓN DE CRITERIOS SOCIALES Y DE INNOVACIÓN
- Criterio Social
Para la presente contratación no se incorpora un criterio social evaluable, por cuanto el objeto contractual corresponde a la adquisición de computadora y tabletas de entrega única, sin prestación continua de servicios, sin personal del contratista destacado en las instalaciones de la Administración y sin actividades intensivas en mano de obra que permitan vincular directamente un criterio social con la ejecución contractual.
Si bien los criterios sociales en contratación pública son relevantes para promover objetivos de interés nacional, tales como inclusión laboral, igualdad de oportunidades, participación de poblaciones vulnerables y desarrollo social, en esta contratación su valoración como factor de evaluación podría no resultar suficientemente vinculada con los activos específicos de los bienes requeridos. El cumplimiento contractual se verificará principalmente mediante la entrega de los activos conforme a las especificaciones técnicas requeridas por la Administración.
En atención a la naturaleza del objeto contractual y procurando que los factores de evaluación sean objetivos, verificables, proporcionales y relacionados con la contratación, se considera técnicamente razonable no asignar puntaje social en el presente procedimiento.
Lo anterior, no desconoce la importancia de los criterios sociales dentro de la compra pública estratégica, sino que responde a que, para esta adquisición concreta, la Administración prioriza factores evaluables con mayor relación directa con el objeto contractual, tales como precio, participación económica, cercanía logística y gestión ambiental.
- Criterio Innovación
Para la presente contratación no se incorpora un criterio de innovación evaluable, por cuanto el objeto contractual corresponde a una computadora y dos tabletas de uso con características específicas previamente definidas.
La incorporación de un criterio de innovación podría resultar poco objetiva para este procedimiento, ya que, exigiría valorar formulaciones, métodos de funcionamiento, mejoras de rendimiento o elementos tecnológicos diferenciadores para bienes que, por su naturaleza, deben ser comparables entre sí y cumplir especificaciones técnicas concretas. Además, el Reglamento exige que los criterios de innovación cuenten con mecanismos adecuados y se relacionen con actualización tecnológica o científica o con una modalidad de compra pública innovadora, lo cual, no corresponde con la naturaleza de esta adquisición.
Por lo anterior, se considera que la innovación no resulta aplicable como factor de evaluación para esta contratación, ya que, podría introducir subjetividad, dificultar la comparación de ofertas o generar un riesgo de direccionamiento técnico innecesario. En su lugar, la Administración prioriza criterios objetivos y verificables relacionados con precio, participación económica, cercanía logística y gestión ambiental.
Criterios de adjudicación: se tomará como único criterio de adjudicación el mayor puntaje según lo establecido en la fórmula de evaluación de las ofertas. Es decir, la oferta cuya cuantificación presente el mayor puntaje total será la seleccionada como adjudicataria de este concurso.
Criterios de desempate: En caso de que dos o más oferentes presenten igualdad de costos en sus respectivas evaluaciones finales, se tomará como criterio de desempate lo indicado en el artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP).
- Primero: Se dará prioridad a las empresas PYMES, según los siguientes criterios de desempate establecidos en el artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública:
PYME de industria: 5 puntos.
PYME de servicios o agropecuario: 5 puntos.
PYME de comercio: 2 puntos.
- Segundo: La oferta con el menor plazo de entrega.
- Tercero: La oferta con la mayor garantía del bien obra o servicio.
- Finalmente, si las ofertas continúan en igualdad de condiciones, se efectuará un sorteo para determinar el adjudicado, previa convocatoria de los interesados, en la sala de aperturas de esta Proveeduría Institucional o de manera virtual, de conformidad con el artículo 97 del RLGCP.
Esta Proveeduría Institucional se reserva la potestad de adjudicar parcialmente la(s) línea(s).
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
Será la fecha y hora indicada en el pliego de condiciones electrónico publicado en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP.
De conformidad con la Ley No. 10586 denominada “Simplificación de impuestos para levantar la eficiencia y competitividad (Fase1)”, publicada en el Alcance No.195 de La Gaceta No. 227 del 03 de diciembre de 2024 y la CIRCULAR MH-DCoP-CIR-0091-2024, de fecha 06 de diciembre de 2024, emitida por la Dirección de Contratación Pública (DCoP), en los procedimientos de contratación pública no se requiere el pago de especies fiscales.
La forma de pago será por resultados, según lo establecido en el artículo 19 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP), consiste en máximo treinta (30) días naturales, salvo las excepciones establecidas por el bloque de legalidad o aquellas autorizadas por la Tesorería Nacional para la Administración Central. Los pagos que realice la Tesorería Nacional estarán sujetos a la situación fiscal del país y disponibilidad de recursos, respetando los calendarios de pagos establecidos por la Tesorería Nacional; contados a partir de la presentación de la factura, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo indicado en el contrato por parte de la Administración.
Pago por resultados: La Administración efectuará el pago por resultados una vez que haya recibido a satisfacción el bien, así como, la satisfacción de indicadores previamente pactados y sea presentada la factura conforme a derecho. En ningún caso, los pagos por resultados podrán superar los compromisos establecidos en el pliego de condiciones, oferta y contrato que amparan la contratación.
Ahora bien, para el pago de los activos al proveedor, éste deberá de solicitar primeramente por medio de SICOP la recepción correspondiente, para que posteriormente pueda gestionar la solicitud de pago respectivo, teniendo que adjuntar la factura incluyendo el impuesto de valor agregado (IVA) emitida a nombre del Consejo Técnico de Aviación Civil; en dicho documento (factura digital o física) deberá de indicar la cuenta cliente y/o cuenta IBAN a la que debe de direccionarse el pago; sobre dicho pago se le aplicará la retención correspondiente al impuesto sobre la renta vigente al momento de acreditar el mismo y cuyo detalle se encuentra incluido en el artículo 23 inciso g) de la Ley No. 7092 denominada “Ley del Impuesto sobre la Renta”, vigente desde el 01 de junio de 1988.
Sin excepción, NO SERÁ RECIBIDO el servicio, bien o suministro, si no se cuenta con la solicitud de recepción en el Sistema Unificado de Compras Públicas (SICOP).
Es importante indicar que mediante reforma introducida por la Ley No. 9686, denominada “Reforma a la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social”, vigente desde el 27 de julio de 2019 al inciso 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, se dispuso que si durante la etapa de ejecución del contrato, el contratista adquiere la condición de morosidad ante la CCSS y si la Administración contratante en caso de tener pendientes pagos a favor de dicha empresa, le deberá retener los mismos (pagos) y girarle dichos recursos directamente a la Caja Costarricense de Seguro Social y si una vez honrados los rubros morosos, quedara algún remanente a favor del contratista, la Administración le hará devolución de éste.
El pago se realizará en colones y en caso de cotizaciones en dólares de los Estados Unidos de América, se utilizará el tipo de cambio de venta de referencia que reporte el Banco Central de Costa Rica para el día en que se emita el pago (artículo 48 de la Ley No. 7558, denominada “Ley Orgánica del Banco Central”, vigente desde el 27 de noviembre de 1995).
El contratista que reúna la condición de extranjero no domiciliado en Costa Rica, se compromete a cumplir con el pago de los impuestos determinados en el artículo 26 de la Ley No. 7092, titulada “Ley de Impuesto sobre la Renta”, vigente desde el 01 de junio de 1988, para lo cual, reconoce y acepta que el Consejo Técnico de Aviación Civil, realizará la retención del 15% sobre el ingreso bruto obtenido por el contratista, producto de las rentas de fuente costarricense pagadas en virtud de la prestación del servicio brindados al Consejo Técnico de Aviación Civil, la cual, en calidad de Agente de Retención, se encargará de trasladar al fisco el importe retenido, dentro de los primeros quince días naturales del mes siguiente de la fecha de retención.
Adicionalmente, se le retendrá el porcentaje que corresponda por concepto del impuesto de remesas al exterior, que implica la realización de la presente contratación, siendo que, una vez trasladado el monto del tributo a la Administración Tributaria, este únicamente tendrá la obligación de aportar la documentación de este pago, por cuanto, su función únicamente es de Agente Retenedor. Los gastos de comisión por la transferencia internacional correrán por cuenta del contratista.
2.5.1 Vigencia de la oferta
El oferente deberá de manifestar o indicar expresamente en su oferta el plazo de vigencia de la oferta, el cual, no podrá ser menor a 30 días hábiles. En caso de que no indique expresamente un plazo determinado, se entenderá que se acepta el plazo establecido anteriormente.
2.5.2 Plazo para dictar el acto final
La Administración se reserva el derecho de aceptar la o las ofertas que más convengan a sus intereses, o bien, rechazar todas si ninguna le resultare satisfactoria, decisión que tomará dentro del doble del plazo para la recepción de ofertas posteriores al acto de apertura de las mismas.
La Administración podrá excepcionalmente prorrogar el plazo para adjudicar por una sola vez y hasta por un período igual al estipulado en el plazo para recibir ofertas, mediante acuerdo razonado que deberá constar en el expediente y se comunicará a los interesados, para que mantengan vigentes sus ofertas. En caso de vencer alguna de éstas, el oferente podrá establecer la vigencia en un plazo máximo de tres (3) días hábiles después de la solicitud que al respecto se le formule.
Si transcurrido el plazo de seis meses, contado a partir del vencimiento de la
prórroga, no se ha emitido el primer acto final, operará la caducidad del
procedimiento.
La adjudicación recaerá sobre la oferta de mayor conveniencia para la Administración, la cual, será aquella técnicamente aceptable y que obtenga la calificación más alta o que ofrezca en menor precio comparativo, según corresponda.
La Administración declarará infructuoso el concurso si no se presentaron ofertas o si del estudio de las ofertas, se llegara a establecer que ninguna de ellas cumple con lo ordenado por el pliego de condiciones, igualmente podrá declarar desierto el concurso aun existiendo ofertas elegibles, si estas no resultan aptas para la satisfacción del interés público.
El acto final que adopte la Administración deberá ser debidamente razonado y quedará constando en el expediente administrativo respectivo. La resolución se publicará en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
El tiempo de entrega final por parte del adjudicado es de 15 días hábiles, después de la notificación del contrato por parte de esta Proveeduría Institucional. En caso de que no indique expresamente el plazo determinado, se entenderá que se acepta el plazo de entrega indicado anteriormente.
Si el oferente indica el plazo de entrega en días naturales la conversión a días hábiles se hará aplicando la siguiente fórmula:
Cantidad de días naturales x 5 días hábiles
7 días naturales
Entrega inmediata: Cuando un oferente indique plazo de entrega inmediata se entenderá que corresponde al consignado en este pliego de condiciones, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 124 del RLGCP.
- Serán oferentes todas aquellas personas que presenten sus ofertas en forma electrónica por medio del Sistema Unificado de Compras Públicas “SICOP”, actuando por sí mismo o por medio de un representante.
- El oferente debe aportar constancia del seguro obligatorio de riesgos del trabajo vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual, según los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo.
- El oferente debe aportar el permiso sanitario de funcionamiento vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual, según el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud, Decreto Ejecutivo No. 43432-S, publicado en La Gaceta No. 56 del 23 de marzo de 2022. Para lo anterior, debe de adjuntar dicho permiso.
- El oferente debe aportar la patente comercial vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual. Para demostrar lo anterior, el oferente debe adjuntar copia simple de dicha patente y el último comprobante de pago del trimestre, para acreditar que actualmente se encuentra vigente. En caso de no contar con el certificado de patente comercial o permiso de funcionamiento, el oferente deberá indicar expresamente los motivos del porqué no requieren, así como las pruebas que lo demuestren.
- Debe encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias materiales y formales, así como, en la presentación de las declaraciones tributarias a las que estuviera obligado ante las dependencias del Ministerio de Hacienda, según la Ley No. 9416 del 14 de diciembre de 2016, denominada “Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal”, publicada en La Gaceta No. 313 del 20 de diciembre de 2016, la cual, reforma y adiciona el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley No. 4755 del 03 de mayo de 1971, vigente desde el 03 de mayo de 1971, el cual, indica que toda persona física o jurídica que desee obtener o tramitar cualquier proceso de contratación pública, debe encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, materiales y formales, así como, en la presentación de las declaraciones tributarias a las que estuviera obligado, ante las dependencias del Ministerio de Hacienda. Será verificado directamente en la plataforma oficial establecida para esos efectos por la Dirección General de Tributación.
- Debe encontrarse al día en el pago de la cuota correspondiente al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF). Lo anterior, de acuerdo con el artículo 22 inciso c) de la Ley No. 5662, denominada “Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares”, vigente desde el 23 de diciembre de 1974 y sus reformas. Será verificado mediante el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), siendo que este realiza la interfaz respectiva, o en su defecto, directamente en la plataforma oficial de dicha Institución.
- Debe encontrarse al día con sus obligaciones patronales ante la Caja Costarricense de Seguro Social, de conformidad con el artículo 74 de la “Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social”, artículo 7 de los “Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja y numeral 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Será verificado mediante el Sistema Integrado de Compras Públicas, siendo que este realiza la interfaz respectiva, o en su defecto, o en su defecto directamente en la plataforma oficial de dicha Institución.
- De conformidad con el artículo 4 de los Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley No. 17, denominada “Ley Constitutiva de la CCSS Caja Costarricense de Seguro Social”, vigente desde el 22 de octubre de 1943 y numeral 122 del Decreto Ejecutivo No. 43808-H, denominado “Reglamento a la Ley General de Contratación Pública”, vigente desde el 01 de diciembre de 2022; los oferentes no inscritos o inactivos (patrono o trabajador independiente) deberá incluir, en su plica las especificaciones en donde se acrediten los siguientes aspectos:
- Razones por las cuales se encuentra inactivo o no inscrito ante la Caja Costarricense de Seguro Social.
- Actividad que desarrolla, duración y frecuencia (que realiza, inicia y si es una actividad ordinaria o temporal).
- Las tareas necesarias o indispensables que realiza para llevar a cabo la actividad.
- Infraestructura que posee para llevar a cabo la actividad.
- Personas (nombre completo y número de cédula de identidad) que realizan las tareas o actividades necesarias, para el desarrollo de la actividad y el vínculo que existe entre ellas o con el oferente (familiar, comercial, laboral, administrativo u otro).
Con la información anterior, la Administración procederá a realizar la indagación correspondiente, según lo estipulado en el artículo 5 de los Lineamientos antes citados.
- De conformidad con el artículo artículos 5 de los “Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social” y 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en el caso de que, el oferente sea una persona física, que se encuentre inscrita ante la Caja Costarricense de Seguro Social, bajo el régimen o modalidad de trabajador independiente, deberá incluir, en su plica, las explicaciones en donde se acredite lo siguiente:
- ¿Se requerirá los servicios físicos de otras personas para desarrollar la actividad solicitada por la Administración?
- En caso afirmativo:
- ¿Se pagará un sueldo o salario en dinero efectivo o especie?
- ¿Se ejercerá una dirección, inmediata o delegada, que deban respetar las otras personas adicionales?
- ¿Existe un vínculo, sea cual fuere su denominación, donde las personas adicionales se encuentran obligadas a realizar las tareas encomendadas?
- En caso contrario:
- ¿Los servicios detallados en el trámite de contratación serán ejecutados únicamente por su persona de forma autónoma, libre de vínculos de dependencia y subordinación de frente a un tercero?
- ¿Las ganancias producto de la actividad que desempeña serán un ingreso directo a su peculio e intereses particulares?
- Debe mantener actualizada, con no más de 24 meses, toda la información del Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, aportará como cumplimiento de los requisitos establecidos para la inscripción, siendo que esta Administración verificará, por este medio, las declaraciones juradas establecidas en el artículo 32 inciso c) del RLGCP, representantes legales y apoderados. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y artículos 32 inciso c) y 33 de su Reglamento.
- Debe mantener actualizada, con no más de 24 meses, la información que haya aportado al momento de solicitar su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, por lo tanto, de generarse cualquier variación en los términos consignados en las declaraciones juradas que constan en ese Registro, deberán rendir oportunamente una nueva que deberá constar en el Sistema Digital Unificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y 32 inciso c) y 33 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Debe indicar en su oferta, las citas de inscripción de la sociedad o Poder (tomo, folio y asiento) a fin de que la Administración pueda realizar la consulta en el portal del Registro Nacional y verificar que se encuentre vigente y correcta la información registrada en el Sistema Electrónico de Reconocimiento y en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, constando que quien firma la oferta es el representante legal o tiene el Poder suficiente para ello.
- Debe verificar que el plazo de la entidad jurídica sea suficiente para concluir el procedimiento de contratación, estimando, al menos, que el mismo sea suficiente hasta la aprobación del respectivo contrato, sin perjuicio de que, en caso de adjudicación, deberá cumplir con lo detallado al respecto dentro de las responsabilidades del contratista y subcontratista.
- Debe registrarse en el Sistema de Reconocimiento y el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, cuando así corresponda, los poderes no inscribibles en el Registro Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Al respecto, en caso de que el oferente presente un Poder Especial, deberá indicar el numero correspondiente a la contratación para la cual se otorga, de conformidad con lo establecido en el artículo 1256 del Código Civil, Ley No. 63 del 28 de setiembre de 1987 y según Directriz No. DGABCA-0008-2019, titulada “Obligaciones de inclusión en los carteles y verificación de regulaciones sobre poderes aportados en procedimientos de contrataciones administrativas” del 13 de junio de 2019, emitida por la entonces Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.
- En relación con ofertas de empresas extranjeras se debe considerar lo siguiente:
- En cumplimiento del principio de seguridad jurídica y conforme a los artículos 11 incisos a) y b) y 23 del Reglamento del Registro de Personas Jurídicas (Decreto Ejecutivo No. 44648-MJP), toda entidad extranjera que pretenda ejercer actos en Costa Rica deberá contar con identificación jurídica válida, en concordancia con los artículos 226 y siguientes del Código de Comercio.
- Las sociedades extranjeras que operen en Costa Rica deberán cumplir con algunos de los siguientes requisitos:
- Apertura de una sucursal en Costa Rica y el nombramiento de un apoderado, debiendo cumplir con lo establecido en el artículo 226 del Código de Comercio.
- Nombramiento de un apoderado conforme a lo establecido en el artículo 232 del Código de Comercio.
- De acuerdo con lo previsto por la normativa costarricense, cualquier empresa o sociedad extranjera puede otorgar Poderes para ser representada en el país, no obstante, tratándose de Poderes Especiales deberá cumplirse con lo preceptuado por el artículo 232 del Código de Comercio y la diligencia consular, así como, lo previsto en el artículo 1256 del Código Civil.
- Las empresas extranjeras pueden otorgar Poderes fuera del Estado costarricense, no obstante, debe tomarse en consideración si éste fue emitido por un Estado parte de la “Convención Interamericana sobre Régimen Legal de poderes para ser utilizados en el extranjero”, siendo que dicha norma fue ratificada por nuestro país el 02 de enero de 1978, mediante la Ley No. 6165, con lo cual se da el compromiso de reciprocidad únicamente con aquellos países que también ratificaron dicha Convención.
- Las empresas individuales o compañías extranjeras a que se refiere el inciso d) del artículo 5 del Código de Comercio, que tengan o quieran abrir sucursales en la República, quedan obligadas a constituir y mantener en el país un apoderado generalísimo para los negocios de la sucursal, de conformidad con el numeral 226 de dicho Código.
De conformidad con el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y 133 de su Reglamento, el oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado, lo cual, procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.
En caso de subcontratar, se debe aportar lo siguiente:
✓ Listado de las empresas subcontratadas.
✓ Porcentaje de participación en el costo total de la oferta.
✓ Certificación de los titulares del capital social y los representantes legales.
✓ Las declaraciones juradas incluidas en el pliego de condiciones de SICOP, así como las detalladas de forma adicional en el presente documento.
No se considera subcontratación la adquisición de suministros, aun cuando éstos conlleven su propia instalación, ni tampoco los compromisos asumidos por cada uno de los participantes de una oferta en consorcio o que presentan oferta en conjunto.
En caso de que un subcontratista participe a su vez, en el mismo concurso, como subcontratista de otro oferente, como oferente individual o de forma conjunta o consorciada, la Administración solicitará la acreditación de que en el mercado existe un número limitado de subcontratistas para el objeto de la contratación. Lo anterior, a fin de que la Administración pueda determinar si obedece a un caso excepcional según lo dispone el artículo 49 de la LGCP, o bien, determinar si no procede el argumento dado, en cuyo caso se solicitará la manifestación del subcontratista en la que indique con cuál oferta continúa en el procedimiento. De no aportar dicha manifestación y se derive de los estudios técnicos que es improcedente su participación como subcontratista en varias ofertas, provocará la exclusión del concurso de todas aquellas ofertas en que figure.
De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, las obligaciones que corresponden con dicha Institución también se extienden a terceros subcontratados por el contratista, quien será solidariamente responsable por su inobservancia. En virtud de lo anterior, en la ejecución del contrato el contratista debe velar porque la empresa o persona física subcontratada, mantenga regulada su condición con la CCSS.
Se podrá participar bajo la forma consorciada, a fin de reunir o completar requisitos del pliego de condiciones, para lo cual, deberá advertirse en la propuesta de manera expresa e indicar el nombre, calidades y representante de cada uno de ellos, con la documentación de respaldo pertinente, de conformidad con lo que establece el inciso d) del artículo 125 del RLGCP.
Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte, de conformidad con lo que establece el inciso d) del artículo 125 del RLGCP.
Desde la oferta se deberá adjuntar el acuerdo consorcial contemplando todo lo estipulado en el artículo 129 del RLGCP.
Todos los integrantes del consorcio deben cumplir con lo establecido en las OBLIGACIONES DEL OFERENTE Y SUBCONTRATISTA, dentro de las cuales se contempla mantener actualizado y completo su registro en el Sistema Electrónico de Reconocimiento y el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas.
Lo indicado en el párrafo anterior, aplica también en caso de que existan integrantes extranjeros, sin representante en el país, siendo que estos deben contar con un certificado de firma digital y podrán realizar los trámites en SICOP utilizando un certificado digital otorgado en el extranjero, debidamente homologado de conformidad con la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, o bien, mediante la gestión de un certificado digital obtenido según las políticas generales del Sistema de Firma Digital Nacional y los procedimientos específicos emitidos por la autoridad certificadora respectiva. Todo lo anterior, de conformidad con el artículo 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y artículo 19 del Reglamento para la utilización del Sistema Integrado de Compras Públicas, SICOP.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 de la LGCP, se deberá indicar las reglas conforme las cuales, se evaluará la experiencia obtenida en proyectos, en los que se haya participado bajo la forma consorciada, a fin de evitar que por una escasa participación se pretende derivar experiencia por todo el proyecto. En caso de requerir porcentajes mínimos de participación que cada miembro deba tener en el consorcio, para considerar esa experiencia se debe indicar como se va a evaluar.
Los activos deberán ser entregado en las oficinas centrales de la Dirección General de Aviación Civil, previa coordinación con la funcionaria Angélica Pérez Herrera al número telefónico 2242-8117 o al correo electrónico aperez@dgac.go.cr, en un horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 2:00 p.m.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice.
Documentos del cartel10
- Pliego condiciones computadora y tabletsPDF · 1 MB
- DGAC-DA-IA-OF-0408-2026 DI Computadora y TabletsPDF · 870 KB
- DGAC-DA-IA-OF-0407-2026 Certificación computadora tabletasPDF · 686 KB
- Anexo 2. Detalle de costosXLSX · 10 KB
- Anexo 1 Declaración jurada de experienciaDOCX · 92 KB
- 7F594 Machote Sondeo de Mercado V.02 SC 8760PDF · 1,4 MB
- Solicitud de contratación 8760PDF · 276 KB
- 7F347, Cronograma Licitación Reducida InicialPDF · 287 KB
- MOD-01-2026LD72PDF · 338 KB
- Pliego de condiciones computadora y tablets MODIFICADOPDF · 1,1 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Yuliana Espinoza Monge
Unidad de Infraestructura Aeronáutica
Alejandro Jose Rocha Bermúdez
Infraestructura Aeronáutica
Nathan Delgado Sibaja
Encargado del concurso · Proveeduría Institucional
Alejandro Jose Rocha Bermúdez
Infraestructura Aeronáutica
Angelica Maria Perez Herrera
Proveeduria Institucional
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 30/09/2026 02:12. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
En evaluaciónmisma institución y producto · 17/09/2026
Adquisición de Dispositivos Electrónicos para el Departamento Servicios de Navegación Aérea.
Consejo Técnico de Aviación Civil · 2 oferentes
Adjudicadamismo producto · 23/09/2026
Contratación Adquisición Tableta Electrónica (ipad)
Ministerio de Economía Industria y Comercio · 3 oferentes
Adjudicada por ₡1,6 M a Corporacion Ramist
Adjudicadamismo producto · 14/09/2026
Laboratorio Costarricense de Metrología · 10 oferentes
Adjudicada por ₡911 883 a Cerro Bonete de Alajuela
Adjudicadamismo producto · 11/09/2026
Compra de Equipo de Cómputo para la Municipalidad de Corredores del Año 2026.
Municipalidad de Corredores · 3 oferentes
Adjudicada por ₡20,7 M a I S Corporacion y 2 más
Adjudicadamismo producto · 28/08/2026
Municipalidad de San Carlos · 8 oferentes
Adjudicada por ₡2,7 M a Asesores en Computo y Equipos de Oficina de Costa Rica
Adjudicadamismo producto · 21/08/2026
Equipo de Computo para Actualizacion Tecnológica Bajo la Modalidad Según Demanda
Municipalidad de Grecia · 5 oferentes
Adjudicada a Asesoria Inmobiliaria y Negocios Red Global (precios unitarios)