2026LD-000014-0014400001 · SICOP 20260802880
3182 - Servicio de suscripción a Imágenes satelitales de alta resolución MAXAR SecureWath
Instituto Nacional de Estadística y Censos
Instituto Nacional de Estadística y Censos ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡17,8 millones y quedó en firme el 14/09/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡17,8 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡17,2 millones
3,6 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 14/09/2026
- Geoinn Geospatial InnovationsNo era la más barata (2.ª de 2)₡17 790 000,00
Informe de recomendación de Francini Mondragon Mora, 07/09/2026
Fechas clave
- Se publicó25/08/2026 09:38 · hace 47 días
- Límite para 26/08/2026 23:59 · hace 46 días
- Límite para 27/08/2026 23:59 · hace 45 días
- Cierre de ofertas02/09/2026 15:00 · hace 39 días
- de ofertas02/09/2026 15:00 · hace 39 días
- publicado09/09/2026 15:50 · hace 32 días
- Adjudicación 14/09/2026 09:01 · hace 27 días
Contexto
- Instituto Nacional de Estadística y Censos adjudicó ₡523,1 millones en 104 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Acceso en Línea para Imágenes de Satélite de Alta Resolución1 · ₡17 790 000,001₡17 790 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡15,1 millones – ₡17,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · criterio ambiental 4 % · criterio social 3 % · Criterio económico 3 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,72 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | criterio ambientalmáx. 4 | criterio socialmáx. 3 | Criterio económicomáx. 3 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Geosolutions Consulting Incorporated | 90 | 4 | 3 | 3 | 100 |
| Geoinn Geospatial InnovationsGanó | 86,79 | 4 | 3 | 3 | 96,79 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto final de adjudicación del procedimiento 2026LD-000014-0014400001 “Servicio de suscripción a Imágenes satelitales de alta resolución MAXAR SecureWath”, de la siguiente manera: -GEOINN GEOSPATIAL INNOVATIONS SOCIEDAD ANONIMA, cédula 3-101-617005, la siguiente línea: Partida 1, línea 1 "Servicio de acceso en línea para imágenes de satélite de alta resolución", con un costo total de ¢ 17.789.999,9979 con IVA incluido.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
5.6. ADMISIBILIDAD.
a) Se requiere que el oferente esté Certificado para brindar el Soporte Técnico, la Distribución y Comercialización por parte de la Compañía Propietaria de los Servicios y Satélites, para ello debe presentar documentación acreditativa como representante y distribuidor autorizado en el país con un máximo de 1 año para el Servicio en línea Imágenes de Satélite de Alta Resolución.
b) Debe contar y demostrar que cuenta con el respaldo directo del fabricante y que tiene al menos cinco años de ser distribuidor autorizado de la marca ofrecida. Para ello debe entregar un Certificado del Fabricante del servicio de suscripción de imágenes ofertado, haciendo constar la cantidad de años consecutivos que posee la empresa oferente de distribuir la marca del servicio.
c) El oferente debe ser Centro de Servicio de suscripción Directo Autorizado del fabricante del servicio ofrecido y debe demostrarlo con una constancia o certificación del fabricante del servicio. Así como presentar un listado y dos cartas referencias de los últimos 3 años de las Instituciones o Empresas a que se les han suministrado los servicios de este tipo, estos deben indicar la persona o institución de contacto para su verificación.
d) El oferente debe disponer como mínimo de un técnico graduado o profesional, para las labores de coordinación de soporte con los fabricantes, con experiencia para brindar el adecuado soporte del servicio (imágenes satelitales de alta resolución) objeto de esta contratación, aportando los documentos que así lo demuestren.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
3. CONDICIONES ESPECIFICAS.
3.1. CAPACITACIÓN Y TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO
Como parte integral del servicio contratado, se requiere que el proveedor brinde capacitación técnica al personal de la Unidad de Cartografía del INEC, con el fin de asegurar el aprovechamiento óptimo de las herramientas, plataformas y funcionalidades asociadas al servicio de imágenes satelitales y observación de la Tierra.
La capacitación deberá contemplar, como mínimo, los siguientes aspectos:
• Acceso y uso de la plataforma de gestión y visualización de imágenes.
• Búsqueda, consulta y descarga de imágenes satelitales.
• Aplicación de herramientas de monitoreo y detección de cambios.
• Uso e integración de los servicios y datos geoespaciales en entornos SIG institucionales, tales como ArcGIS Pro y QGIS.
• Acceso y utilización de servicios web, APIs y demás funcionalidades disponibles dentro de la solución contratada.
• Buenas prácticas para el procesamiento, análisis e interpretación de la información obtenida.
Asimismo, el proveedor deberá suministrar material de apoyo, manuales de usuario y documentación técnica en formato digital, así como atender consultas relacionadas con los contenidos impartidos durante el período de vigencia del contrato.
La capacitación deberá ser impartida por personal especializado y estar orientada a fortalecer las capacidades técnicas del personal institucional, garantizando la transferencia de conocimiento necesaria para el uso eficiente de la solución contratada.
3.2. PRODUCTOS Y ACTIVIDADES.
Contratar un servicio de imágenes de satélite (alta resolución espacial) de cobertura nacional, que pueda ser utilizado en diferentes softwares de Sistemas de Información Geográfica (SIG) y su respectiva descarga, con el fin de mantener actualizado geoespacial mente el Marco Geoestadístico Nacional, la capa geoespacial de viviendas, localidades, referencias entre otras, mediante la detección de cambios en los elementos geográficos requeridos, con la escala y temporalidad establecida por la metodología de la Unidad de Cartografía del INEC.
Se requiere la contratación de un servicio de acceso en línea a imágenes satelitales de alta resolución, de cobertura nacional, que permita la consulta, visualización, descarga e integración en sistemas de información geográfica (SIG), con el fin de mantener actualizada la información geoespacial institucional.
3.3. CONDICIONES TÉCNICAS
En el siguiente apartado tiene como fin establecer las condiciones técnicas necesarias, los cuales deben cumplirse en su totalidad para la recepción a satisfacción de los diferentes componentes de la contratación y la consecución de los objetivos planteados por la Institución.
3.3.1 ESPECIFICACIONES TECNICAS
➢ Imágenes satelitales tele detectadas con resolución espacial entre 30 y 70 cm por pixel, en formato pancromático o color fusionadas (pansharpened) o superior.
➢ Cobertura mínima del 90% del territorio nacional con la resolución solicitada.
➢ La exactitud posicional declarada por el fabricante (CE90, excluyendo efectos del terreno) para los productos estándar entregados deberá ser menor o igual a 10 metros.
➢ Acceso al histórico de imágenes georreferenciadas a nivel de Costa Rica con una profundidad mínima de diez (10) años hasta la fecha.
➢ El catálogo deberá incorporar de manera continua nuevas adquisiciones sobre el territorio nacional durante la vigencia del contrato, lo cual será verificable mediante consulta directa del catálogo en la plataforma. Como mínimo: (a) el catálogo deberá registrar nuevas adquisiciones sobre el territorio nacional en cada semestre de vigencia del contrato; (b) el mosaico o basemap continuo deberá actualizarse al menos una vez al año; (c) el archivo de escenas individuales deberá ofrecer, para al menos el 50% del territorio nacional, imágenes con antigüedad no mayor a veinticuatro (24) meses a la resolución solicitada.
➢ Acceso a los metadatos asociados a cada imagen entregada, conforme al siguiente conjunto cerrado de elementos. La enumeración es taxativa y se exige por escena individual, en formato estructurado y procesable mediante herramientas de información geográfica.
A. Identificación de la escena
o A.1. Identificador único de catálogo asignado por el fabricante.
o A.2. Producto comercial al que pertenece la escena (línea Standard, Ortho-Ready Standard, Bundle, Pansharpened, u otro declarado).
B. Adquisición
o B.1. Fecha de adquisición, en formato ISO 8601.
o B.2. Plataforma satelital de origen (WorldView-1, WorldView-2, WorldView-3, GeoEye-1, Pléiades Neo, u otra declarada en el catálogo).
C. Geometría de captura
o C.1. Ángulo medio de visión fuera del nadir (off-nadir view angle), en grados.
D. Referencia espacial y cobertura
o D.1. Sistema de referencia de la escena (datum y proyección), con su código EPSG.
o D.2. Huella espacial de la escena, expresada como polígono cerrado con las coordenadas de sus vértices.
o D.3. Resolución espacial nativa pancromática (GSD nadiral), en metros.
o D.4. Resolución espacial nativa multiespectral (GSD nadiral), en metros.
E. Características espectrales y radiométricas
o E.1. Número total de bandas espectrales del producto entregado.
o E.2. Identificador y rango espectral (longitud de onda mínima y máxima) de cada banda, en nanómetros.
F. Calidad de la escena
o F.1. Porcentaje de cobertura nubosa de la escena.
o F.2. Exactitud posicional declarada por el fabricante para la plataforma satelital de origen y el nivel de procesamiento del producto entregado (CE90, en metros).
G. Producto entregado
o G.1. Nivel de procesamiento del producto (Basic 1B, Standard 2A, Ortho-Ready Standard 2A u otro declarado).
o G.2. Formato del archivo entregado.
o G.3. Indicación de si el producto se entrega con coeficientes racionales polinomiales (RPC).
H. Procedencia y trazabilidad
o H.1. Proveedor comercial que entrega el servicio.
➢ Retención mínima de imágenes de 90 días, conforme a las condiciones estándar del servicio.
➢ Acceso en línea 24 horas, 7 días de la semana.
➢ Capacidad de uso por usuarios ilimitados, desde cualquier ubicación con acceso a Internet.
➢ Descarga automática de imágenes satelitales de archivo para Costa Rica, en formato GeoTIFF (preferiblemente Cloud Optimized GeoTIFF, COG), georreferenciado y recortable al área de interés, para uso institucional sin restricciones.
➢ La licencia de uso deberá permitir la generación, el uso y la publicación institucional de productos derivados de las imágenes (información vectorial, estadísticas y cartografía), sin restricciones ni costos adicionales.
➢ Posibilidad de descarga en resolución completa y productos multiespectrales de un mínimo de 4 bandas (rojo, verde, azul e infrarrojo cercano), con disponibilidad de composición en color natural (RGB) apta para digitalización visual, en paquetes Bundle o Pansharpened, con opción de imágenes ortorrectificadas o archivos RPC.
El requerimiento de al menos cuatro bandas (rojo, verde, azul e infrarrojo cercano) responde a dos usos institucionales: la detección de expansión urbana y edificaciones, que se apoya en el color y el infrarrojo cercano para separar techos de vegetación, y la eventual digitalización visual de coberturas en color natural.
➢ Volumen mínimo anual de descarga: al menos 100 GB para toda la cuenta del INEC, conforme a lo requerido para el uso institucional del servicio.
➢ Acceso a capas estándar de imágenes: escenas individuales y mosaicos o basemaps continuos de alta resolución sin costura, de 50 cm o mejor.
➢ Disponibilidad de servicio WMTS para mejorar velocidad de despliegue.
➢ Cumplimiento de estándares de seguridad: SSL / HTTPS y autenticación por red o IP.
➢ Integración mediante API de mapas y servicios web (Maps API o equivalente).
➢ Compatibilidad con sistemas operativos Windows (versiones actuales y futuras).
➢ Compatibilidad con navegadores web actuales, por ejemplo, Chrome, Edge y dispositivos móviles iOS y Android.
➢ Servicio utilizable como extensión de plataformas SIG, incluyendo QGIS y ArcGIS.
La continuidad del servicio deberá garantizarse bajo un esquema anual, renovable en iguales condiciones hasta por tres años adicionales.
3.3.2 REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS DEL SERVICIO DE SOPORTE
➢ La modalidad del reporte de fallas debe ser por medio de llamadas telefónicas a un centro de soporte nacional, por Web y escrita por medio de correo electrónico, durante el tiempo de contratación del servicio.
➢ El mantenimiento del servicio incluye atención y resolución de consultas hechas por correo electrónico por defectos en el servicio, durante el tiempo contratado.
➢ El último parche, reléase, versión o actualización del servicio deberá siempre estar disponible para el INEC de forma electrónica y según lo recomendado por el fabricante, desde la fecha de identificación de estos.
➢ El oferente debe garantizar un soporte técnico especializado permanente con un horario de 8 horas a la semana, durante la vigencia del contrato y sus eventuales prórrogas, para el servicio objeto de esta contratación, contado a partir de la notificación del contrato en SICOP.
Como parte de la ejecución contractual, el adjudicatario deberá acordar, suscribir y formalizar con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), dentro del plazo máximo de un (1) mes contado a partir de la notificación de la adjudicación, el documento TECN-GEST-FO-08 Acuerdo de Nivel de Servicio, utilizando el formato oficial establecido por el INEC.
Dicho acuerdo definirá los niveles de servicio aplicables al contrato, incluyendo los tiempos de respuesta y solución para la atención de incidentes, requerimientos y soporte, de conformidad con las categorías que se detallan a continuación.
Los oferentes deberán considerar dentro de su propuesta técnica y económica el cumplimiento de los siguientes niveles mínimos de servicio:
ver cuadro términos de referencia, página 8
4. TIEMPO DE EJECUCIÓN O PLAZO DE ENTREGA.
El servicio de suscripción de acceso en línea de imágenes satelitales (SaaS geoespacial) es para el Área Censos y Encuestas (Unidad de Cartografia), del Instituto Nacional de Estadística y Censos, durante 1 año, con posibles prorrogas por 3 periodos a partir del día hábil siguiente de notificado del contrato en SICOP.
5. ASPECTOS A CONSIDERAR.
5.1. FISCALIZADOR, EJECUTOR CONTRACTUAL Y CRITERIO TECNICO.
Se cuenta con el recurso humano y la infraestructura administrativa suficiente para verificar el fiel cumplimiento del objeto de la contratación y se ha designado a:
Fiscalizador: Elizabeth Solano Salazar, elizabeth.solano@inec.go.cr, Área de Censos y Encuestas, en caso de ausencia del mismo, Olga Araya Umaña, olga.araya@inec.go.cr, Unidad de estadísticas demográficas, será el delegado de lo citado.
Ejecutor contractual: Luis Carlos Paniagua Carvajal, luis.paniagua@inec.go.cr, Unidad de Cartografia.
Criterio técnico: Josué Hidalgo Barrantes, josue.hidalgo@inec.go.cr, Unidad de Cartografía y Loraine Vargas Cordero , loraine.vargas@inec.go.cr, Departamento DTI.
5.2. FORMA DE PAGO Y PRESUPUESTO ASIGNADO.
Para el 2026 se cuenta con un monto disponible de ¢17.790.000 y para los próximos años se incluirán en el presupuesto ordinario los recursos necesarios según la disponibilidad presupuestaria.
El INEC cancelará dentro de un plazo de 30 días naturales siguientes al recibido conforme y presentada la respectiva factura debidamente legalizada por parte del adjudicatario.
5.3. ESTRUCTURA DEL PRECIO.
Junto con la oferta deberá presentar la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales; lo anterior en cumplimiento al artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y 102 de su respectivo reglamento.
5.4. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
Dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto de adjudicación, el adjudicatario de esta contratación deberá rendir una Garantía de Cumplimiento equivalente al 5% (por ciento) del monto total adjudicado, a favor del INEC y deberá tener una vigencia por un periodo de 14 meses y se renovará hasta abarcar el periodo total mientras la contratación se encuentre vigente.
5.5. GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO
Regirá a partir del inicio de la contratación, mientras la contratación este vigente. Dicha garantía se refiere a errores que sean atribuibles al objeto contratado y que impidan al INEC el uso del servicio.
El oferente deberá garantizar en su oferta mediante declaración jurada del mantenimiento del servicio de suscripción por medio de actualizaciones ("parches") para solucionar los problemas que se presenten en el mismo, así como la disponibilidad de mano de obra especializada y la existencia en Costa Rica de un centro de asistencia técnica, al que el INEC pueda recurrir en forma inmediata para consultas.
5.5.1. TIPOLOGÍA DE ERRORES TÉCNICOS CUBIERTOS
Para efectos de esta garantía, se considera “error atribuible al objeto contratado” todo evento técnico encuadrado en alguna de las siguientes cinco categorías. La presente tipología es taxativa.
A. Errores en el producto imagen
• A.1. Bandas espectrales corruptas, dañadas o ausentes respecto a las declaradas en los metadatos de la escena.
• A.2. Exactitud posicional fuera de la tolerancia publicada por el fabricante de la plataforma satelital para el nivel de procesamiento entregado (CE90 documentado por sensor).
• A.3. Resolución espacial efectiva (GSD) inferior a la declarada en los metadatos de la escena.
• A.4. Defectos en el proceso de fusión pancromático-multiespectral (pansharpening) que impidan el uso del producto: artefactos cromáticos, desplazamiento entre canales o pérdida de definición pancromática.
• A.5. Metadatos faltantes, inconsistentes o erróneos respecto al listado exigido en la sección 3.2.1.
B. Errores en el formato y producto entregado
• B.1. Archivo corrupto, no abrible o con tamaño incompleto al descargar.
• B.2. Producto entregado distinto al solicitado en su configuración declarada: Bundle frente a Pansharpened, ortorrectificado frente a archivo con coeficientes RPC, número de bandas distinto al requerido.
• B.3. Sistema de referencia o nivel de procesamiento del producto entregado distintos a los declarados en el catálogo o en los metadatos.
• B.4. Imposibilidad de reproyección al sistema de referencia institucional (CRTM05 / EPSG:5367) por defectos en los parámetros geodésicos de los metadatos.
C. Errores en el acceso a la plataforma
• C.1. Indisponibilidad total o parcial del servicio WMTS fuera de las ventanas de mantenimiento programadas y notificadas.
• C.2. API del servicio no respondiente, o cambios en su estructura sin notificación previa que rompan la integración previamente operativa con los sistemas SIG institucionales.
• C.3. Falla persistente en la autenticación por red o IP que impida el acceso continuado de los usuarios habilitados.
• C.4. Indisponibilidad del archivo histórico de alta resolución declarado por el oferente, sea por imposibilidad de consulta, descarga o catalogación.
D. Errores en la cobertura y disponibilidad declaradas
• D.1. Escenas faltantes dentro del porcentaje de cobertura nacional comprometido en la sección 3.2.1, sin justificación técnica documentada (exclusión territorial declarada o cobertura nubosa permanente registrada en bitácora).
• D.2. Incumplimiento del periodo de retención mínima de imágenes nuevas declarado en la sección 3.2.1.
• D.3. Purga, indisponibilización o degradación del catálogo histórico durante la vigencia contractual.
• D.4. Cobertura nubosa real de una escena superior a la declarada en sus metadatos, cuando esta condicione el uso institucional previsto.
• D.5. Incumplimiento del ciclo de actualización del mosaico continuo o de la incorporación de nuevas adquisiciones sobre el territorio nacional, declarados en la sección 3.2.1.
E. Errores de integración con el entorno institucional
• E.1. Ruptura sobrevenida de la compatibilidad con las versiones de QGIS y ArcGIS Pro declaradas como vigentes al inicio del contrato, no resuelta por el proveedor mediante actualización dentro del plazo institucional.
• E.2. Incumplimiento del estándar OGC del servicio WMTS declarado.
• E.3. Modificación unilateral por parte del proveedor en la estructura de productos, APIs o esquemas de metadatos que interrumpa la continuidad operativa del flujo institucional sin transición técnica acompañada.
5.5.2. DELIMITACIÓN
Los plazos de respuesta, niveles de severidad, mecanismos de notificación y procedimientos de reposición asociados a estos errores no forman parte de la presente tipología técnica y se regirán por el marco contractual y el SLA institucional aplicable.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Aspectos legales de obligatorio cumplimiento:
- Aportar junto con la oferta la “Licencia Municipal (Patente)” de su actividad comercial, conforme al artículo 88.- del Código Municipal. En caso de profesionales que ejercen liberalmente su profesión, aportar el documento idóneo que acredite dicha condición.
- Aportar junto con la oferta “Permiso sanitario de funcionamiento para establecimientos industriales, comerciales o de servicios”, vigente a la fecha de la apertura de ofertas.
- En caso de resultar adjudicado en firme, deberá aportar la Póliza de seguro de riesgos del trabajo, en un plazo no mayor de 8 días hábiles contados a partir de la notificación. Dicha póliza debe relacionarse con la actividad adjudicada, estar vigente durante el plazo contratado hasta la recepción definitiva y cubrir la prestación del bien o servicio adjudicado. En caso de que el tipo de servicio se catalogue como proyecto de construcción, deberá declarar el proyecto ante el INS conforme lo exige la Norma Técnica aplicable para esa póliza.
- Declaración Jurada del Registro de Proveedores SICOP: En atención al artículo 32.- del RLGCP “Requisitos para integrar el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas” y al pronunciamiento de la Dirección General de Contratación Pública “MH-DCoP-OF-0038-2024”, todo oferente deberá contar con la Declaración Jurada que requiere la “Información de Registro de Proveedor” en SICOP y mantenerla actualizada, caso contrario se declarará su oferta como incompleta y excluida del concurso por ser un elemento no subsanable.
Aspectos generales:
- Reajuste y/o Revisión de Precios: En materia de reajuste y/o revisión de precios para la presente contratación, aplicará las disposiciones establecidas en el artículo 43 de la LGCP y los artículos 102, 103, 107 y 109 del RLGCP en lo atinente y lo definido en el Decreto Ejecutivo No. 44937-H-MICITT-MIDEPLAN: Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
Para eventuales gestiones de revisión o reajuste de precios, deberá siempre tramitarse por medio del SICOP, acreditando lo establecido en el artículo 6 del indicado reglamento, relacionado con la documentación de soporte para la determinación de los reajustes o las revisiones de precios en un contrato, a saber:
- a) La estructura de cada precio, tanto en valores absolutos como porcentuales.
- b) Las fórmulas matemáticas específicas del reajuste o la revisión de precios de un contrato.
- c) Las estimaciones periódicas de avance de obra o las valoraciones de pago por la entrega de los bienes o la prestación de servicios, según corresponda, aprobadas por la Administración para el correspondiente pago.
- d) El programa de trabajo vigente de la obra, el cronograma vigente, o la documentación equivalente generada en el proceso de contratación, en los que consten las fechas acordadas entre las partes, según corresponda.
- e) Los valores de los índices de precios correspondientes al mes calendario conforme a la ejecución de la línea o del renglón de pago establecida en el programa de trabajo vigente, o el mes calendario de la entrega de bienes o prestación del servicio conforme al cronograma vigente con las fechas acordadas por las partes, asociados a cada uno de los costos directos e indirectos de la estructura de cada precio.
- f) Los valores de los índices de precios correspondientes al mes calendario de la oferta.
- g) En casos excepcionales, en que se aplique el método analítico-documental, la documentación probatoria (factura con su respectivo depósito o transferencia) que acredite la compra o la adquisición del insumo, así como aquella documentación presentada en la oferta (factura preforma o documento equivalente) que da sustento al precio cotizado.
- h) Información acerca del otorgamiento de amortizaciones del pago anticipado o los adelantos de pagos, cuando corresponda.
- Directriz N°44 H: En aplicación de la Directriz N° 44-H y lo definido en el oficio MH-DCoP-OF-0678-2024 de la Dirección de Contratación Pública, se solicita presentar oferta prioritariamente en moneda nacional. Cualquier oferta que se presente en moneda extranjera será convertida, para efectos comparativos de análisis y selección de ofertas, al colón en los términos dispuestos por el artículo 41 de la LGCP, ante lo cual, de llegar a ser favorecido ese oferente con una adjudicación, el contrato se pactará y formalizará en colones costarricenses.
- Presupuesto Detallado del Adjudicatario: En atención al artículo 103.- del RLGCP, el presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato.
Lo anterior, a excepción del procedimiento de capacitación abierta de acuerdo al criterio MH-DCoP-OF- 0408-2025.
El presupuesto detallado desglosará los componentes de cada actividad o unidad de la obra, unidad del bien, o unidad de servicio, según corresponda, indicando al menos sus costos directos, que considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales, equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
El detalle sugerido debe contener como mínimo lo siguiente:
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Desglose del precio |
Valor Absoluto |
Valor Relativo |
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Mano de Obra |
0,00 |
% |
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MO. Indirecta |
0,00 |
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MO. Directa |
0,00 |
% |
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Gastos Administrativos |
0,00 |
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Gastos oficina |
0,00 |
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Otros |
0,00 |
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Insumos |
0,00 |
% |
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Materiales |
0,00 |
% |
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Otros |
0,00 |
% |
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Imprevistos |
0,00 |
% |
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Utilidad |
0,00 |
% |
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TOTAL |
0,00 |
% |
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Impuesto al valor agregado |
0,00 |
% |
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Total |
0,00 |
|
- Subcontratación: Conforme al artículo 133. Subcontratación del RLGCP, el oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad.
El contratista no podrá alegar en ningún caso cláusulas de confidencialidad con sus
subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley
General de Contratación Pública.
Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se
indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a
subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se
aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales
de aquellas.
- Compromiso de Confidencialidad: Con la sola presentación de su oferta el oferente se compromete a que toda la información utilizada, manipulada o creada en el transcurso de esta vinculación contractual es propiedad del INEC, en consecuencia, la información no será utilizada por el contratista para su propio uso o beneficio y será mantenida en estricta confidencialidad, usándola solo para los fines contratados. Por lo anterior, el contratista no podrá copiar, ceder, donar, prestar, enajenar o facilitar por ningún medio para uso de terceros o en beneficio propio la información que se genere o que llegue a conocer con motivo de la ejecución la Contratación, por lo que tampoco podrá reproducir, modificar, publicar, divulgar o entregar a terceros, independientemente de su finalidad, dicha información, facultando al INEC a iniciar los procesos administrativos o judiciales que correspondan según de evidencie un incumplimiento a los anteriormente señalado.
- Precio: En relación con el precio se considerará inaceptable en aplicación de los artículos 106.- precio inaceptable y articulo 44.- Razonabilidad del precio, del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en un rango +-25%, salvo justificación del oferente como lo indica la normativa.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite conocer, aceptar y cumplir plenamente con los términos y las condiciones del concurso, incluidas las aclaraciones o modificaciones que lleguen a aplicarse.
- El contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad laboral alguna para la Administración.
- La garantía de cumplimiento cuando se solicite, deberá rendirse por medio del Sistema Unificado de Compras (SICOP), conforme a la normativa.
- El adjudicatario en caso de no poder cumplir con el plazo de entrega establecido, previo a que este se venza, deberá solicitar de forma justificada la prórroga por medio de SICOP, de acuerdo al parámetro normativo.
- Gestión de recepción provisional y definitiva El adjudicatario deber realizar la gestión de recepción provisional y definitiva y la gestión de pago, por medio del SICOP conforme lo establecido normativamente.
Para efectos financieros y contables del INEC, deberá además remitir la factura electrónica al correo electrónico facturas@inec.go.cr . La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda y deberá indicar en el detalle el nombre y número de procedimiento de contratación administrativa que gestiona y el número de orden de pedido cuando corresponda.
- Forma de pago: el INEC pagará dentro de un plazo de 30 días naturales siguientes al acto que declara la recepción definitiva y presentada la respectiva factura legalizada por parte del adjudicatario. En caso de que se adjudique una oferta presentada en moneda extranjera, se pagará de acuerdo al tipo de cambio del Banco Central de Costa Rica.
- Garantía: El oferente deberá indicar un correo electrónico exclusivo para atención a los reclamos de garantía técnica o de funcionamiento, cuando aplique.
- Documentos confidenciales: De conformidad con lo establecido en los artículos 15 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y 30 de su reglamento (RLGCP), cuando se deban presentar documentos que por su naturaleza deben ser considerados o tratados como confidenciales, se debe tener en consideración lo siguiente:
- El oferente que considere o requiera que algunos de sus documentos deban ser tratados como confidenciales, deberá aportar la justificación correspondiente en su oferta, indicando el motivo y sustento jurídico que respalde la confidencialidad en los archivos anexos.
- El motivo y sustento jurídico debe ser plasmado directa y expresamente en el apartado “Observaciones/ detalle de otros impuestos/ otros costos”, que se muestra al momento de confeccionar su oferta en SICOP:
En caso de que el archivo se envíe como documento confidencial y no se establezca la debida justificación y sustento jurídico conforme a lo anteriormente indicado, la Administración queda facultada para rechazar la solicitud y proceder a cambiar la condición del documento a no confidencial, no asumiendo el INEC responsabilidad alguna por las eventuales consecuencias que ello implique.
Los argumentos que sean expuestos en el apartado anteriormente mencionado, que motivan el establecer un documento como confidencial, serán valorados por la Administración conforme el artículo 15 LGCP y artículo 30 RLGCP, mediando para tal efecto un acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, que deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad del o los documentos que se hayan consignado bajo la condición de confidenciales.
- Principio deber de probidad: en atención a la normativa en Compras Públicas, así como, de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y su reglamento, al Reglamento Autónomo de Servicio del INEC y al Código de Ética del INEC, entre otras normas conexas, los funcionarios del INEC deben actuar con rectitud y honradez, ante lo cual, deben exteriorizar una conducta honesta procurando con su trabajo satisfacer el interés de la colectividad, desechando todo provecho o ventaja personal, sea en forma directa o a través de terceras personas. Por lo anterior, se proclama que los funcionarios institucionales que directa o indirectamente se relacionan con los procedimientos de compras públicas, no van a recibir, por ninguna circunstancia, dádivas, obsequios, favores, pagos, regalos, premios o recompensas, que les ofrezcan proveedores, personas terceras o funcionarios públicos interesados, como retribución por la comisión, omisión, demora o premura de actos propios de su puesto o cargo. Adicionalmente, se informa que los funcionarios del INEC, además de conocer la responsabilidad disciplinaria y civil de sus actos, son conocedores de la eventual responsabilidad penal que le atañe de conformidad con los delitos regulados en los artículos 347, 348, 350, 353 y 355 del Código Penal, que disponen la prohibición absoluta de que los funcionarios públicos reciban dádivas, obsequios o cualquier tipo de beneficios en el ejercicio de su cargo. Además, los funcionarios del INEC, son conocedores de los alcances del artículo 352 del Código Penal que dispone de una penalidad para el corruptor que ofrezca esas dádivas, con penas de prisión de 1 y hasta 11 años según el tipo de delito, por lo que procederán a denunciar cualquier tipo de acto de corrupción que se le pretenda brindar, ofrecer o facilitar, de forma directa o indirecta.
Documentos del cartel3
- Condiciones generalesPDF · 307 KB
- Estudio de mercadoPDF · 205 KB
- Términos de ReferenciaPDF · 440 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Francini Mondragon Mora
Encargado del concurso · Unidad de Proveeduría
Francini Mondragon Mora
Encargado del concurso · Unidad de Proveeduría
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Encargado del concurso · Unidad de Proveeduría
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 30/09/2026 01:25. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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