2026LD-000141-0022030101 · SICOP 20260803331
28875 - Compra de uniforme para el departamento de estacionometros y terminales
Municipalidad de Cartago
Municipalidad de Cartago ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡64,6 millones y quedó en firme el 28/09/2026. Se recibieron 11 ofertas de 7 empresas en 5 lotes (partidas). En 1 de 5 lotes no ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡64,6 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
11
de 7 empresas en 5 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡176 200
99,7 % por debajo del presupuesto
Quién ganó cada loteen firme 28/09/2026
- L1Adjudicatario no indicado en el acto finalCamisa de Hombre, Manga Larga Color a Escoger en Tela Tipo Ristop Teflonada, con Logos Institucionales
- L2Distribuidora de Vestuario CentroamericanaPantalón Tipo Táctico, Color y Talla a Definir por la Institucion, en Tela Ripstop, en Combinación de 65% Poliester y 35% AlgodónNo era la más barata (2.ª de 2)₡74 566,44
- L3Adjudicatario no indicado en el acto finalGorra Tipo Beisbolera, en Tela Universal Ripstop, con Logo Bordado, Talla Unica
- L4Adjudicatario no indicado en el acto finalJackets Impermeables. Color Azules con el Logo Institucional, para Uso en Exteriores Lluviosos. con Reflectivos de Alta Visibilidad
- L5SondelZapato de Protección, Material Impermeable, Tipo de Protección Puntuera de Carbono y Suela de Poliuretano, Talla a EscogerLa más barata de 5₡36 160,00
Informe de recomendación de Esteban González Monge, 22/09/2026 · adjuntos: Informes.rar (1.52 MB), MH SONDEL.png, MH DIST DE VESTUARIO CENTROAMERICANA SA.png
Fechas clave
- Se publicó27/08/2026 11:31 · hace 46 días
- Límite para 01/09/2026 23:59 · hace 41 días
- Límite para 02/09/2026 23:59 · hace 40 días
- Cierre de ofertas07/09/2026 07:29 · hace 35 días
- de ofertas07/09/2026 07:30 · hace 35 días
- publicado22/09/2026 16:00 · hace 20 días
- Adjudicación 28/09/2026 14:29 · hace 14 días
3 recibidas, 2 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Condiciones específicas: texto modificado
- Condiciones administrativas / requisitos: texto modificado
Contexto
- Municipalidad de Cartago adjudicó ₡4 508,2 millones en 242 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra5 líneas · 5 lotes
- L1Camisa de Hombre, Manga Larga Color a Escoger en Tela Tipo Ristop Teflonada, con Logos Institucionales1 c/u · ₡1,001 c/u₡1,00
- L2Pantalón Tipo Táctico, Color y Talla a Definir por la Institucion, en Tela Ripstop, en Combinación de 65% Poliester y 35% Algodón1 c/u · ₡1,001 c/u₡1,00
- L3Gorra Tipo Beisbolera, en Tela Universal Ripstop, con Logo Bordado, Talla Unica1 c/u · ₡1,001 c/u₡1,00
- L4Jackets Impermeables. Color Azules con el Logo Institucional, para Uso en Exteriores Lluviosos. con Reflectivos de Alta Visibilidad1 c/u · ₡1,001 c/u₡1,00
- L5Zapato de Protección, Material Impermeable, Tipo de Protección Puntuera de Carbono y Suela de Poliuretano, Talla a Escoger1 c/u · ₡1,001 c/u₡1,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡54,9 millones – ₡64,6 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 15 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 80 % · CRITERIOS DE CERCANÍA GEOGRÁFICA 15 % · PYME 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,69 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Camisa de Hombre, Manga Larga Color a Escoger en Tela Tipo Ristop Teflonada, con Logos Institucionales1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 80 | CRITERIOS DE CERCANÍA GEOGRÁFICAmáx. 15 | PYMEmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| All Fire Products | 80 | 15 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Pantalón Tipo Táctico, Color y Talla a Definir por la Institucion, en Tela Ripstop, en Combinación de 65% Poliester y 35% Algodón2 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 80 | CRITERIOS DE CERCANÍA GEOGRÁFICAmáx. 15 | PYMEmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| All Fire Products | 80 | 15 | 5 | 100 |
| Distribuidora de Vestuario CentroamericanaGanó | 69,73 | 15 | 5 | 89,73 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Gorra Tipo Beisbolera, en Tela Universal Ripstop, con Logo Bordado, Talla Unica2 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 80 | CRITERIOS DE CERCANÍA GEOGRÁFICAmáx. 15 | PYMEmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Corporacion Vado Quesada | 80 | 15 | 5 | 100 |
| Distribuidora de Vestuario Centroamericana | 62,68 | 15 | 5 | 82,68 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 4 · Jackets Impermeables. Color Azules con el Logo Institucional, para Uso en Exteriores Lluviosos. con Reflectivos de Alta Visibilidad1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 80 | CRITERIOS DE CERCANÍA GEOGRÁFICAmáx. 15 | PYMEmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Enviroment, Health & Safety | 80 | 1 | 5 | 86 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 5 · Zapato de Protección, Material Impermeable, Tipo de Protección Puntuera de Carbono y Suela de Poliuretano, Talla a Escoger5 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 80 | CRITERIOS DE CERCANÍA GEOGRÁFICAmáx. 15 | PYMEmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| SondelGanó | 80 | 3 | 0 | 83 |
| Compañia de Seguridad Industrial Cruz Verde | 68,47 | 5 | 0 | 73,47 |
| Invotor | 49,04 | 15 | 5 | 69,04 |
| Distribuidora de Vestuario Centroamericana | 43,39 | 15 | 5 | 63,39 |
| All Fire Products | 38,57 | 15 | 5 | 58,57 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Toda vez que se han cumplido las diferentes etapas del proceso y que la oferta presentada cumplió con lo solicitado se procede a la comunicación del acto de adjudicación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
2.
Requisitos de admisibilidad
2.1
Requisitos de admisibilidad de la contratación
➢
La Administración considera necesario que el oferente demuestre una trayectoria mínima de tres (3) años en actividades relacionadas en diseño, confección de uniformes y calzado táctico a instituciones publica o privadas, lo cual permite acreditar experiencia suficiente para gestionar adecuadamente los riesgos operativos, de seguridad y de continuidad del servicio asociados a la ejecución contractual. Para ello deberá presentar al menos 3 cartas de satisfacción haciendo constar que ha realizado contrataciones similares, estas no deben tener fecha inferior al 2020. Las cartas deben contener:
- Nombre de la empresa o institución.
- Nombre del encargado o administrador de la contratación.
- Número de contacto.
- Fecha de realización de los servicios brindados.
Estas cartas deberán venir con firma digital verificable o certificado por abogado de que es copia fiel del original o apostillado en caso de ser emitido fuera del país.
➢
Deberá presentar fichas técnicas ampliadas y originales de las telas y material del calzado, en idioma español y ser expedidas con fecha de emisión máximo de vigencia de 30 días naturales respecto de la fecha de apertura de las ofertas.
Importante: Los requisitos de admisibilidad anteriores corresponden a todas las líneas de contratación. Además; Toda documentación que se aporte y esté en cualquier idioma distinto al ESPAÑOL, deberá ser acompañada por su copia traducida al ESPAÑOL con la autenticación por parte de un abogado
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
OTRAS CONDICIONES GENERALES
El presente documento establece las condiciones generales que regularán la fabricación, suministro y entrega de uniformes destinados al personal operativo del Departamento de Estacionómetros. Las especificaciones técnicas adjuntas complementan estas disposiciones, siendo ambas de cumplimiento obligatorio para el proveedor adjudicado y para todas las líneas según corresponda.
1.
El proveedor adjudicado deberá suministrar certificación de la compra de las telas, para que esta administración pueda verificar que la tela ofertada, es la misma que se utilizará en la confección de las prendas descritas en el pliego de condiciones. Dicho certificado deberá estar firmado digitalmente o certificado por abogado de que es copia fiel del original o apostillado en caso de ser emitido fuera del país.
2.
Las telas utilizadas en la confección de las prendas deberán corresponder a las características técnicas indicadas para cada línea, garantizando condiciones adecuadas de resistencia, comodidad, durabilidad, transpirabilidad y aptitud para las labores desarrolladas por los funcionarios de Estacionometros y Terminales, según lo establecido y solicitado en el proceso de contratación.
3.
Las prendas deberán confeccionarse en los colores establecidos para cada línea, respetando las tonalidades indicadas en las especificaciones técnicas, este deberá ser respetado.
4.
Los logotipos, banderas, distintivos y demás elementos institucionales deberán ser bordados o aplicados conforme a los diseños, dimensiones, ubicaciones y colores proporcionados por la Municipalidad de Cartago. El contratista no podrá modificar, sustituir, distorsionar o alterar los elementos gráficos institucionales sin autorización previa de la Administración. Debe realizarse conforme se solicita en el presente proceso de contratación.
5.
Las cintas reflectivas deberán presentar adecuada adherencia y resistencia al uso, lavado y condiciones propias de las labores de campo, y deberán colocarse en las posiciones, dimensiones y distribución establecidas en las especificaciones técnicas de cada línea.
6.
Al ser contratado y previo a la ejecución de cada pedido, el contratista deberá coordinar una reunión de tallaje con el Administrador del Contrato y todo el personal beneficiario, instancia en la que deberá generar una lista individual firmada por cada funcionario como constancia de la confirmación de tallas, su visto bueno y conformidad con las medidas tomadas. La Administración proporcionará al contratista el listado de las tallas requeridas para cada funcionario previo a la emisión de cualquier orden de pedido, siendo responsabilidad del contratista confeccionar y entregar las prendas ajustándose estrictamente a dichas especificaciones, sin que le esté permitido realizar sustituciones unilaterales por tallas diferentes.
7.
El tallaje lo debe realizar un profesional competente de la empresa, que conozca la prenda y funcionalidad de este para los oficiales. Entendiéndose competente que cuenta con el conocimiento y destreza sobre el producto en contratación, para aconsejar y recomendar la mejor talla para cada usuario, pero que el funcionario final tendrá su propia decisión en cómo se sienta mejor, ya que se trata de equipo de protección personal y de uso diario para el mismo. El tallaje se debe realizar a cada funcionario de Estacionometros con muestras similares a la camisa solicitada y la tela indicada la cual debe ser aprobada, primeramente, por la administración del contrato, con una muestra final de la prenda para verificar y hacer la comparación y dar el visto bueno para la fabricación.
8.
El oferente deberá aceptar por medio de una declaración jurada que se compromete a realizar la visita del tallaje de los funcionarios en el horario convenido por la administración que será en días hábiles de lunes a viernes de 8 am a 4 pm.
A. La visita para el tallaje de los uniformes y calzado se debe realizar en la oficina de Estacionometros y Terminales, ubicada en el Mercado Central de Cartago local #10 con un mínimo dos días separados entre sí, coordinado con el encargado del contrato.
B. Horario de 8 a.m. a 4 p.m.
C. Las prendas y el calzado a utilizar en el tallaje deben ser las aprobadas por el encargado del contrato con las especificaciones técnicas mencionadas en este cartel.
D. Se deberá llevar una lista de control de los funcionarios a tallar, misma en la que deben anotar los detalles del tallaje, fecha, observaciones a considerar por cada uno, como Talla, firma del oficial y firma de quien hace el tallaje.
E. Se sacará copia al listado por cada día de tallaje para el control.
F. En caso de requerirse un día extra se coordinará el mismo entre las partes y por casos muy especiales (incapacidad, embarazo u otros), el oficial podrá apersonarse a la empresa para el tallaje.
9. Carta del distribuidor fabricante que autoriza al oferente la distribución y venta del producto en Costa Rica, la misma dirigida a la Municipalidad de Cartago con mención de esta Licitación, y con el compromiso de que el producto ofertado se mantendrá en línea de producción durante los próximos tres años y sus prórrogas.
11. Se debe emitir por escrito la certificación de origen textil, a nombre del oferente haciendo referencia que la misma es emitida para la Municipalidad de Cartago con el número de contratación respectivo. Las fichas técnicas deben ser firmadas en formato digital y si la firma es autógrafa, deberá estar autenticada por abogado
12. El oferente debe presentar una declaración jurada que el calzado es nuevo y de primera confección para la Municipalidad de Cartago, con las tallas solicitadas por esta dependencia, no se aceptará calzado de segunda, ni con arreglos posteriores.
13. Presentar una declaración jurada indicando que los bienes ofertados se mantendrán en producción durante el periodo de vigencia de la garantía solicitada y de la duración de esta licitación. En caso de estar en idioma distinto al español, deben aportar su traducción y esta debe ser autenticada por un abogado.
3.
Especificaciones técnicas
Se presentan las especificaciones mínimas y similares para tener en cuenta para la contratación solicitada. La Administracion valorará en la visita de las muestras estas especificaciones técnicas y considerará todos los puntos
LÍNEA 1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA CAMISA ESTILO TÁCTICA
I. La camisa deberá confeccionarse en tejido de punto elaborado en 100% filamento de poliéster, con las siguientes características técnicas mínimas:
•
Peso: 132 g/m² ± 12 g/m².
•
Ancho mínimo de tela: 149 cm
•
Estructura de tejido de punto con elongación mecánica que permita libertad de movimiento durante las labores de inspección.
•
Tecnología de transporte y evacuación de humedad que facilite la rápida evaporación del sudor y el secado acelerado de la prenda.
•
Tiempo máximo de absorción de humedad: 5 segundos.
•
Protección solar con Factor de Protección Ultravioleta (UPF) 50 o superior.
•
Tratamiento antibacterial permanente con una reducción mínima de actividad bacteriana del 97%, manteniendo una reducción mínima del 90% después de 50 ciclos de lavado.
•
Estabilidad dimensional con variación máxima de ±3% en sentido longitudinal y transversal después de tres lavados.
•
Alta resistencia al uso continuo y adecuada conservación del color ante lavados frecuentes.
•
Tela fresca, liviana, transpirable y apta para condiciones climáticas tropicales.
•
Base textil certificada bajo estándares internacionales de ausencia de sustancias nocivas para la salud humana o equivalente.
CONFECCIÓN DE LA CAMISA
•
La camisa deberá ser confeccionada estilo táctico y funcional para labores de inspección en campo, incorporando las siguientes características mínimas:
•
Corte ergonómico que facilite la movilidad del usuario durante la jornada laboral.
•
Costuras reforzadas para uso continuo e intensivo.
•
Acabados de alta calidad, libres de defectos de confección.
•
Diseño fresco, ligero y transpirable, adecuado para condiciones climáticas tropicales.
•
Deberá poder soportar la cámara estilo BodyCam de los inspectores , para ello deberá contener un refuerzo evitando que se vean los inspectores con la cámara mal posicionada.
•
Cuello tipo Mao o mandarín, de perfil bajo, sin solapas dobladas, confeccionado en la misma tela de la prenda, para ser utilizado tanto abierto como cerrado, el mismo no debe superar la altura del cuello del oficial ni taparle la barbilla, con cremallera frontal
Especificaciones de la cremallera.
Marca de referencia: equivalente a YKK o similar.
Tipo: Cremallera frontal de nylon o espiral oculta.
Longitud: 24 cm ± 2 cm (ajustable según la talla de la prenda).
Instalación: Debe estar asegurada en su extremo inferior mediante atraque realizado con máquina industrial.
Tirador de fácil agarre: Debe incorporar una cinta, cordón o correa para facilitar la manipulación cuando el usuario utilice guantes.
Terminación del tirador: La punta de la cinta deberá estar sellada mediante terminal de goma tipo Duraflex o equivalente superior.
Longitud del tirador: 4 cm ± 0,5 cm.
Color: Cremallera, cinta textil, tirador y accesorios deberán ser color blanco.
Cremallera oculta: Una vez cerrada, los dientes de la cremallera no deberán quedar visibles desde el exterior.
Tapeta o sello de tela: La cremallera deberá quedar cubierta por una pieza de tela confeccionada en el mismo material de la camisa o equivalente.
II. La manga uniforme debe tener en los puños cierres de gancho y bucle modificados para facilitar ponerse y quitarse, garantizando un ajuste cómodo y seguro.
III. Debe mantener una apariencia profesional y resistir las condiciones estresantes del campo, garantizando la integridad del uniforme.
IV. Costuras de refuerzo en todas las áreas de mayor estrés.
V. La etiqueta debe contener la información de la marca, talla, composición, país de origen y cuidados permanentes adheridos al interior de la camisa.
VI. Debe contar con las tallas de XS a la talla 3XL.
VI. Cada camisa debe llevar en el cuello por dentro a un costado el nombre de cada inspector según lo indicado más adelante.
VII. Cada camisa tendrá en la manga izquierda la bandera de Cartago texturizado y fabricado en tecnología 3D Evolution o superior, en poliuretano permitiendo un mayor nivel de detalle, efectos tridimensionales y de reflexión de luz, lo cual permitirá una característica especial en la camisa oficial buscando una mayor seguridad en el reconocimiento de esta ante alguna copia ilegal, y al lado derecho dirá Municipalidad de Cartago en letras.
VIII. El color de la camisa será negro en la parte inferior y blanco en la parte superior (ver imagen ilustrativa)
IX. Etiquetas, emblemas, parches y otros:
1.
Etiquetas:
Etiqueta interior donde se relaciona país de origen, material de confección y cuidados de la prenda, así como la talla.
2.
Bordados full color o tecnología superior:
a.
Bandera de Cartago:
-
Bordada o superior en la manga izquierda de la camisa.
-
Tamaño: 5 cm de alto x 7 de ancho, mantener relación de aspecto.
-
Posición: centrada dirección a la bolsa.
-
Full color, Rojo arriba, Azul abajo en posición horizontal.
3. En letras al lado derecho de la manga dirá Municipalidad de Cartago
4. Refuerzo al frente al lado izquierdo para la colocación de la cámara (se deberá traer una muestra)
5. En letras al frente al lado derecho dirá Estacionometros y Terminales
6. En la parte por dentro del cuello traerá el nombre del inspector ( este será brindado al adjudicado)
El nombre del Inspector se encuentra en la imagen en ese sitio, pero en realidad debe ir al costado, siempre del lado adentro.
LÍNEA 2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PANTALÓN TIPO TÁCTICO
Prenda de vestir tipo pantalón operativo color negro de corte técnico y táctico, diseñada específicamente para el personal de inspección de estacionometros. La prenda debe garantizar un alto desempeño en exteriores, máxima libertad de movimiento, resistencia extrema al rasgado y fricción, así como protección contra fluidos y factores climáticos, manteniendo una apariencia profesional y uniforme.
ESPECIFICACIONES
I. El pantalón será para ambos sexos, tipo Táctico.
II. Cuerpo principal 65% Poliéster, 35% Algodón.
III. Tela Ripstop 4mm X 4mm o superior (2mm x 2mm), de 6.4 oz. con acabado de Teflón™ o su equivalente, tejido ARMS o similar que cuente con estiramiento bidireccional.
SISTEMA DE GESTIÓN MUNICIPAL
DEPENDENCIA: Área Administrativa Financiera
Código:
PROV-F-04
No. Versión:
V.01
Elaboración de especificaciones técnicas Fecha vigencia R:
21/10/2024
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IV. La tela deberá contener protección UPF 50 o superior. Esto debe estar indicado en la ficha técnica.
V. Tratamiento a la prenda, que se le haya realizado enjuague de lavado previo para el control de la contracción y agradable sensación al tacto.
VI. La construcción de la fibra debe ser resistente a desteñirse y arrugarse, además que sea resistente, ligera y transpirable. Presentar la ficha técnica del pantalón donde certifique cuantas lavadas resiste la prenda antes de alguna posible decoloración, mínimo debe superar las 50 lavadas.
VII. El pantalón debe ser tratado con Teflón™ o su equivalente, para protegerlo y darle repelencia a las manchas, suciedad y líquidos
VIII. Cintura ajustable por medio de resorte o tecnología superior, un inserto en entrepierna permita proteger el pantalón ante las rasgaduras por el uso de este en algunos movimientos bruscos del oficial, incluso al estirar la pierna para subir o bajar de los vehículos o motocicletas, lo cual brinda un máximo movimiento.
IX. La pretina del pantalón debe ser forrada internamente con la misma tela y tendrá un ancho mínimo de 4 cm y debe contar con 7 presillas (pasa fajas) para cinturón en la pretina que aseguren cualquier tipo de carga en la cintura. Estos pasadores deben ser de 2.5 cm (+-0.5 cm) de ancho x 6.5 cm (+- 0.5 cm) de largo, fijados en sus costados por dos atraques inferiores y dos superiores de máquina industrial, estas presillas se deben colocar de la siguiente manera: uno centrado en la parte trasera, uno a cada costado de las costuras de los lados del pantalón y uno a cada lado del panel delantero y trasero.
X. Se requieren en total ocho (6) bolsillos en el pantalón distribuidos de la siguiente manera:
A. Dos (2) bolsillos traseros, a 11 cm (+- 0.5 cm) de la pretina, fijados en sus costados por dos atraques de máquina industrial, con entrada recta, de 15 cm de ancho por 17 cm de largo para fácil acceso.
B. Dos (2) bolsillos frontales para manos, con corte diagonal a 4 cm de la pretina con una profundidad de 31 cm (+- 0.5 cm), medidos desde la parte más profunda a la parte inferior de la pretina, fijados en sus costados por dos atraques de máquina industrial.
C. Dos (2) bolsillos laterales tipo cargo con tapadera o solapa y sus esquinas ganchos y bucles de 2 cm X 4 cm, reforzados con costura en “X” para que el cierre sea más seguro y quede bien adherida, estos bolsillos son de 21 cm (+- 0.5 cm) de alto por 18 cm (+- 0.5 cm) de ancho y una. Debe tener un fuelle que permita una extensión mínima de 3 cm (+- 0.5 cm) del bolsillo. Los extremos esquineros de la parte superior del bolsillo deberán quedar fijados en sus costados por dos atraques de máquina industrial.
XI. Atraques de refuerzo en puntos de mayor tensión, incluyendo: adelante, atrás, extremos de bolsillos, pasa fajas, base de la aletilla frontal del cierre.
XII. Costura tipo caja (en “x”) en todas las aplicaciones de ganchos y bucles.
XII. Acabado limpio en los bolsillos al interior del pantalón, con costura doble para alto desempeño, resistencia y duración.
XIII. Cremallera metálica calidad YKK® su equivalente, similar o superior, con control deslizante de bloqueo y/o regulador único con cierre automático y con lengüeta pequeña con tapa con una tapa de 15 cm (+- 0.5 cm) de largo y 4 cm (+- 0.5 cm) de ancho, reforzada con doble costura en la parte interna en forma de “J” con un atraque en la base. Este detalle se verificará con prueba de uso con la muestra presentada.
XIV. Cierre principal del pantalón en la pretina con un Broche metálico de presión calidad PRYM® su equivalente, similar calidad o superior, con agarre extrafuerte al frente de la cintura. Este detalle se verificará con prueba de uso con la muestra presentada.
XV. Botón y ojal con atraque de máquina industrial secundario de apoyo al cierre del pantalón, el mismo es de resina de alta resistencia en la aletilla interna del tiro frontal para mantener una forma pulcra.
XVI. El tallaje lo debe realizar un profesional competente. Entendiéndose competente que cuenta con el conocimiento y destreza sobre el producto en contratación, para aconsejar y recomendar la mejor talla para cada usuario, pero que el funcionario final tendrá su propia
SISTEMA DE GESTIÓN MUNICIPAL
DEPENDENCIA: Área Administrativa Financiera
Código:
PROV-F-04
No. Versión:
V.01
Elaboración de especificaciones técnicas Fecha vigencia R:
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decisión en cómo se sienta mejor, ya que se trata de equipo de protección personal y de uso diario. Este tallaje se debe realizar a cada funcionario de Estacionometros con muestras similares al pantalón solicitado y la tela indicada la cuál debe ser aprobada primeramente por la administración del contrato, con una muestra final de la prenda para verificar y hacer la comparación y dar el visto bueno de fabricación.
XVII. El oferente deberá ofertar el pantalón con la faja estilo táctica negra, no se aceptará ofertas que no contemples este insumo
XVIII. Las tallas de los pantalones tendrán que contemplarse de la talla 28 a la talla 44 igual para las fajas
LÍNEA 3. ESPECIFICACIONES DE LA GORRA TIPO BEISBOLERA.
Estilo 1
I. Gorra tipo beisbolera, en Tela Ripstop de 6.4 oz. con acabado de Teflón™ o su equivalente, o superior. Cierre hebilla ajustable.
II. Color negro T74403, el color se verificará con la muestra III. Visera con curvatura.
IV. Talla única.
V. Leyendas color blanco bordadas según lo siguiente:
Frontal: ESTACIONOMETROS, letra Times New Román, negrita, centrada, en blanco
Medidas: Palabra ESTACIONOMETROS 10.5 cm X 3 cm, tamaño aproximado por letra 3 cm X
1.5 cm.
Laterales (izquierda y derecha): MUNICIPALIDAD CARTAGO, letra Times New Roman, negrita, centrada color blanco
Medidas: Palabra MUNICIPALIDAD 8.5 cm X 1 cm, tamaño aproximado por letra
0.6 cm X 1 cm. Palabra CARTAGO 8.5 cm X 1.5 cm, tamaño aproximado por letra 1 cm X 1.5 cm.
ESTAS MEDIDAS SE VERIFICARÁN EN LA ENTREGA PREVIO A SU PRODUCCIÓN
VI. Logo municipal en la parte trasera, centrado, con medidas de 3 cm x 6 cm.
VII. Imagen de muestra:
SISTEMA DE GESTIÓN MUNICIPAL
DEPENDENCIA: Área Administrativa Financiera
Código:
PROV-F-04
No. Versión:
V.01
Elaboración de especificaciones técnicas Fecha vigencia R:
21/10/2024
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LINEA 4. ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LAS JACKETS IMPERMEABLES
DESCRIPCIÓN TÉCNICAS
Jacket impermeable tipo protección a prueba de agua, con las siguientes características a cumplir:
1. Materiales:
o 100% poliéster
o Cuerpo y capucha con forro 100% poliéster
o Costuras selladas o sistema equivalente para evitar filtraciones.
2. Forro interno
o Forro interior completo en malla (mesh), tafetán de poliéster o material equivalente.
o Transpirable para favorecer la evacuación de la humedad corporal.
o Unido a la prenda de forma permanente.
o Acabado suave para brindar comodidad durante jornadas prolongadas
3. Propiedades del tejido:
o Clasificación de impermeabilidad: mínimo 5000 mm
o Clasificación de transpirabilidad: mínimo 3000 g/m²
4. Diseño y funcionalidad:
o Costuras totalmente selladas
o Capucha con zipper
o Cierres impermeables en contraste
o Costuras totalmente selladas ofrecen una protección impermeable
o Puños ajustables con pestañas de tela suave y cierre de gancho y bucle (tipo
o velcro)
o Bolsillos con cierre en los brazos
o Bolsillo Port Pocket™ o similar (para acceso a bordado)
5. Detalles adicionales:
o Dos bolsillos frontales con zipper.
o Gorro incluido
SISTEMA DE GESTIÓN MUNICIPAL
DEPENDENCIA: Área Administrativa Financiera
Código:
PROV-F-04
No. Versión:
V.01
Elaboración de especificaciones técnicas Fecha vigencia R:
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o Color NEGRA o a escoger
o Tallas a definir con el adjudicado, debe contar con las tallas XS, S, M, L ,XL, 2XL, 3XL
6. Servicio de bordado:
o Bordado institucional incluido
o Logo: Municipalidad de Cartago
o Ubicación del bordado: frente izquierdo de la jacket.
LINEA 5. BOTAS TÁCTICAS POLICIALES COLOR NEGRO
Se presenta a continuación lo que comprenderá la adquisición de zapatos tipos botas tácticas para el uso en acciones de inspección vial todo terreno, así como el tallaje a cada oficial, garantía por talla o defecto de fábrica, y demás, cada par de botas deberá contar con:
a. Bota táctica, contra agua (waterproof). Debe contar con una membrana 100% impermeable y transpirable para asegurar que mantendrá el pie seco en condiciones de humedad.
b. Bota caña alta, con altura mínima de 7 pulgadas y máxima de 8 pulgadas, tomado desde la parte superior de la suela hasta la parte superior de la caña, reforzada con fibra de vidrio Torsión Flex ™ su equivalente o superior.
c. Bota con puntera de pena de flor pulible.
SISTEMA DE GESTIÓN MUNICIPAL
DEPENDENCIA: Área Administrativa Financiera
Código:
PROV-F-04
No. Versión:
V.01
Elaboración de especificaciones técnicas Fecha vigencia R:
21/10/2024
C O P I A C O N T R O L A D A P á g i n a 1 8 | 2 4
“Cartago es de todos y entre todos debemos llevarlo adelante” 18
d. Cremallera lateral deberá ser en calidad igual a YKK®, VISLON® su equivalente, o superior, cumplo con los detalles: VSC-86, DA, EF, P16, N-ANTI, ND-B, o superior, (comprobable en fichas técnicas y en la muestra), lo cual ayuda a ponerse y quitarse las botas rápidamente, en caso de lesión su retiro será seguro, y debe de contar con una cubierta de la cremallera moldeada a la forma del tirador del zipper para asegurarse que mantendrá el tirador de la cremallera firmemente en su lugar y no se dañe con el roce de otras superficies.
e. El material base de punta y talón: TBD o superior de estilo plena flor pulible y Pantone 19-4007 TPX con un espesor de 2,0 mm (+-0.5 mm). Debe contar con un Clip de talón de TPU: brinda soporte adicional a través de la copa del talón y durante el golpe del talón.
f. El material de la Caña: TBD o superior estilo cuero acción, Pantone 19-4007 TPX Espesor: 2,0 mm (+-0.5 mm), con membrana laterales en mini ripstop nylon para una mejor frescura del calzado. La caña debe de brindar un sistema se balance hecho con cuero pulible, Pantone 19-4007 TPX con un espesor de 2,0 mm (+- 0.5 mm). Debe de brindar un soporte en la parte superior de la caña con dos franjas con una separación de al menos 38 mm (+-0.5 mm) en su parte media y un largo de al menos 90mm (+-0.5 mm).
g. Empeine y lengüeta de material nylon mini ripstop con soportes de TPU moldeado inyectado para un mayor soporte y confort TBD o superior, lengüeta FAB-219 o superior de Pantone 19-0201 TPX. La lengüeta debe de contar con un bolsillo en la parte superior que no deben superar los 34 mm (+-0.5 mm) por encima de la altura de la caña, en el cual se pueda almacenar el sobrante de los cordones, y no anden libres, protegiendo en casos de conducción en motocicleta o de que puedan quedar enganchados en distintas circunstancias. La lengüeta no debe de poseer dobleces ni velcros, y debe traer el logo de la marca ofertada, en la parte interna la talla de la bota impresa. Debe de poseer una cinta o sistema con doble costura de 19-4007 TPX para asegurar y mantener los cordones de manera tejido y ordenado.
h. Cordones: Color Pantone 19-4007 TPX, Espesor de al menos 4.0 mm (+-0.5 mm), debe ser conformado de un material exterior de Poliéster y material interior de Nylon. Con un sistema de doble ajuste que permita ajustar el empeine separado de la caña, combinado de ganchos en la parte superior de la bota y ojales en la parte inferior anclados al cuero con una base adicional del mismo material de 28 mm (+-0.5 mm) de ancho, reforzada con costura a tope, de tonalidad mate Pantone 19-4007 TPX.
i. Adicional debe contar con una protección en el talón de Aquiles, protegiendo a que no se genere o bien no afecte a quien lo tiene.
j. La suela: Deberá ser de doble densidad, de goma duradera utilizando un compuesto antideslizante y resistente al aceite. Que cuente con un patrón de tacos agresivo y uniformemente espaciado para una mayor flexibilidad y máxima tracción en cualquier terreno.
k. Entre suela deberá ser en EVA : ya que la entre suela de EVA moldeada por compresión de longitud completa proporciona una amortiguación ligera y reduce la fatiga.
l. Plantilla: igual o superior a la SCK-013 con Base de PU, Espuma Ortholite o superior, plantilla de malla y traer el logo del fabricante para confirmar su originalidad.
m. Debe de contar con certificación ASTM F2913-19 ó SATRA TM77, respecto al antideslizante de las botas.
n. Lengüeta y collar acolchado para brindar suavidad.
o. Forro que absorbe la humedad con protección antimicrobiana AEGIS.
p. Calzado con suela con métodos de construcción modernos como vulcanizados, inyectados o doblemente inyectados.
q. El calzado solicitado, no puede traer en sus tejidos sobrantes de material que produzcan afectación en los pies de quien los utilice.
r. La Parte superior debe ser de cuero de grano entero / nylon de 420 denier para una mayor durabilidad y comodidad.
s. Garantía mínima en uso de 12 meses (365 días naturales).
t. Debe contar con tallas desde el 35 al 48 o superiores, según lo acostumbrado en Costa Rica, o bien deberán contemplar las homólogas entre la 4 y 15 o superiores (tallas americanas).
u. El oferente debe tener en cuenta que el uso de este tipo de calzado es para uso del personal de los inspectores de estacionometros municipales , por un tiempo de doce (12) horas por día, por lo cual su oferta debe ajustarse a las especificaciones indicadas para el confort de este personal en el desarrollo de sus funciones.
NOTA: Toda mención a marcas comerciales, nombres de fabricantes, patentes o tecnologías específicas (tales como Teflon™ o similares) realizada en las presentes especificaciones técnicas, se incluye con un propósito estrictamente ilustrativo, descriptivo y de referencia para establecer el estándar mínimo de calidad, rendimiento y funcionalidad requeridos por la Administración.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA
(Licitación Reducida - LD)
“Compra de Uniformes para el departamento de Estacionometros y Terminales de Cartago”
SECCION I
CONDICIONES GENERALES
- OBJETO DEL CONTRATO.
Adquirir en la modalidad por Demanda, camisas, pantalones con faja, gorras, capas impermeables y botas tácticas policiales que conforman el uniforme oficial de los colaboradores de Estacionometros y Terminales que realizan labores de regulación e inspección de las áreas del Canton Central de Cartago, Evitando así el congestionamiento vial. Esto por una duración de doce meses con la posibilidad a ser prorrogado por tres periodos iguales.
- ADMINISTRADORES DEL CONTRATO:
Se definen a Marcos Solano Moya, coordinar de Estacionometros y terminales, como Administrador de este contrato, el cual tendrá las funciones definidas en el Artículo 15 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago y Circular PROV-CIR-003-2024, del 26 de abril del 2024, emitida por el Área Administrativa Financiera y la Proveeduría.
- CONSULTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES:
EL Departamento de Proveeduría es la dependencia encargada de tramitar esta contratación, por lo tanto, cualquier consulta deben ser presentadas única y exclusivamente por la Plataforma de SICOP.
Toda comunicación, consultas, aclaraciones se realizarán únicamente por SICOP, no se tomarán como válido consultas o aclaraciones por teléfono o correo electrónico. (Artículo 9 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago).
- FINANCIAMIENTO Y FORMA DE PAGO:
La Municipalidad financia esta contratación con recursos propios, incorporados en el presupuesto ordinario, los cuales se encuentran debidamente aprobados.
Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38 LGCP y 87 RLGCP, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel]Archivo adjunto), consta certificación o comprobante de contenido presupuestario.
El presente proceso licitatorio es de:
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1. Suministro de bienes: (Artículo 74 LGCP y 191 RLGCP), se deberá indicar Modalidad, Artículo 78LGCP y 192, 193,194,195 del RLGCP) (cantidad por demanda).
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Que, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/[1. Información general] presupuesto total estimado) se detalla presupuesto total estimado del presente procedimiento. Y cuenta con un disponible inicial de ¢993,318.22. (novecientos noventa y tres mil trescientos dieciocho colones con veinte dos céntimos) y un presupuesto total para el contrato inicial más sus posibles prórrogas de ¢64,559,794.00 sesenta y cuatro millones quinientos cincuenta y nueve mil setecientos noventa y cuatro colones.
Forma de pago: El pago se hará con giro a 30 días naturales mediante transferencia electrónica, (forma de pago en tractos), todo de acuerdo con el recibido conforme y el visto bueno de la factura por parte del Administrador del Contrato. Y de conformidad a lo establecido en el Art. 18 inciso a) Pago por Resultados del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación o bien en colones costarricenses, todo de conformidad con lo que establece la Ley General de Contratación Pública y su reglamento, conforme a los artículos 18 y 19 RLGCP.
Los tipos de cambio usados en este proceso son los del BCCR.
Que el Contratista deberá tomar en cuenta, al momento en que la Municipalidad le realice el pago, lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en lo que interesa reza de la siguiente manera:
Artículo 30.- Retenciones en la fuente. Toda empresa pública o privada, sujeta o no a uno o varios de los impuestos contenidos en la Ley, así como los entes no sujetos y las demás instituciones y sujetos a los que hacen referencia los artículos 3, 23, 28 ter y 31 quater de la misma ley, están obligadas a actuar como agentes de retención o percepción del impuesto que surja cuando se paguen o acrediten, según corresponda, rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales, rentas sujetas a los impuestos sobre rentas del capital y ganancias y pérdidas del capital, rentas remesadas al exterior, o cuando se dé alguno de los demás supuestos enumerados en este artículo.
Las rentas a que hace referencia el párrafo anterior se entenderán pagadas en el momento en que el beneficiario de estas reciba las sumas dinerarias de manera efectiva y se considerarán acreditadas cuando el beneficiario de tales rentas tenga derecho a exigirlas.
Según sea el caso, deberán observarse las siguientes disposiciones:
[…
vii. Rentas originadas en licitaciones, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos establecidos en el inciso g) del artículo 23 de la Ley. Están obligados a retener el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos, por las rentas que se originen en licitaciones, públicas o privadas, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por estos y que se paguen o acrediten a favor de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país. En estos casos, la retención será del dos por ciento (2%) sobre el monto total de tales rentas puestas a disposición del contribuyente, excepto cuando se trate de:
- i) Transacciones que se efectúen entre entes públicos que se encuentren exentos o no sujetos al impuesto sobre las utilidades.
- ii) Pagos efectuados a personas no domiciliadas en el país, cuando estos estuviesen gravados con el impuesto sobre remesas al exterior.
iii) Créditos o pagos efectuados a personas o entidades exentas del Impuesto sobre las Utilidades.
- iv) Pagos sobre los cuales se hubiere efectuado la retención del tres por ciento (3%) a que se refiere el inciso e) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- v) Operaciones que no excedan de un salario base según lo establecido en el artículo 2 de la Ley No. 7337.
La Administración se encuentra facultada para modificar por resolución, el monto establecido.
La retención a que alude este acápite será considerada como un pago a cuenta del impuesto sobre las utilidades que corresponda cancelar al contribuyente. Asimismo, a solicitud del contribuyente, la Administración Tributaria podrá autorizarla aplicación de los montos retenidos a los pagos parciales del impuesto sobre las utilidades del período correspondiente.
Las retenciones de impuesto descritas en todos los incisos anteriores deberán practicarse por parte del agente retenedor en el momento en que se efectúe o acredite el pago respectivo, lo que ocurra primero…]
DE LA FACTURA Y SU TRAMITACIÓN
Toda factura derivada de esta licitación, que deba tramitarse ante este Municipio, deberá ser cargada, junto con los archivos XML, en el Sistema Digital Unificado (S.D.U.), y remitida posteriormente al correo electrónico facturaelectronica@muni-carta.go.cr, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Número de cuenta IBAN.
- Indicar el nombre del departamento al que se le brinda la adquisición del activo, servicio o suministro.
- Indicar en la factura el número de contratación (no el número de contrato).
- Consignar como medio de pago "transferencia".
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Información sobre Facturación |
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Razón Social |
Municipalidad de Cartago |
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Cédula jurídica |
3-014-042080 |
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Teléfono |
2550-4475 / 2550-4668 |
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Correo |
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Dirección |
Cartago, Distrito |
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Actividad comercial |
Municipalidades y Concejos de distrito |
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Código de actividad |
751103 |
DE LA RECEPCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
Para coordinar la entrega de bienes (activos o suministros), debe realizar la solicitud de recepción en el S.D.U. y, una vez aprobada por el administrador del contrato, debe escribir al correo electrónico almacen@muni-carta.go.cr, indicando el número de contrato notificado y el número de solicitud de recepción registrado en el S.D.U. Para flexibilizar la agenda de recepción de bienes, debe indicar al menos dos fechas y horas tentativas para la entrega de estos.
El día coordinado para la entrega, debe presentarse el representante de la empresa o quien este designe, con una copia del contrato que incluya únicamente las líneas a entregar, así como la factura o remito del entregable.
- PRESENTACION DE LA OFERTA:
La oferta se presentará únicamente por el sistema Integrado de Compras (SICOP), (Artículo 16 LGCP, 25 RLGCP), asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria. Lo anterior basado en el artículo 40 del Reglamento de SICOP y Artículo 119 RLGCP.
La Administración no autoriza la presentación de ofertas por medios electrónicos de transmisión de datos como casilleros electrónicos, correos electrónicos u otros medios.
Por el solo hecho de presentar la oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica. Según el Art 123 del RLGCP
Forman parte de la oferta, la información ingresada en el sistema y los documentos que la acompañen (entiéndase los archivos anexos que adjunto el oferente). Una vez presentada la oferta en el sistema SICOP, no podrá ser retirada, entendiéndose que la misma pertenece a la Municipalidad. (Artículo 48 LGCP,118 y 119 RLGCP)
La Administración, según lo indicado en los Artículos 125 inciso d), 129 al 131 del RLGCP, aceptará Ofertas en Consorcio cumpliendo con las siguientes condiciones:
- Se aceptarán la participación de dos (2) o más personas jurídicas y/o físicas en consorcio, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmadas en el respectivo acuerdo consorcial. Alguna de las personas Consorciadas deberá tener la experiencia en el objeto del contrato. Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de forma solidaria, como si fuesen una única contraparte. Artículo 48 LGCP y 125 RLGCP.
- Incorporar en el SICOP, anexo a la oferta, el acuerdo del consorcio debidamente protocolizado en el que consten los términos que regularán las relaciones de las partes y de éstas con la Administración, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 129 del RLGCP.
El acuerdo consorcial cubrirá al menos los siguientes aspectos:
- Calidades, incluido domicilio y medio para recibir notificaciones y capacidad de las partes.
- Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago.(Líder)
- Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, experiencia, compromisos y obligaciones que asumiría cada integrante en las fases del procedimiento contractual.
- El porcentaje de la participación de cada uno de ellos.
- Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.
- Cada uno de los Integrantes del Consorcio debe aportar las declaraciones firmadas digitalmente, en caso de que las firmas sean autógrafas, deberán estar debidamente autenticadas por abogado.
- De resultar adjudicado el Consorcio, se rendirá una garantía que respalde el cumplimiento de manera solidaria. Esta garantía de cumplimiento deberá cumplir con lo indicado en el pliego de condiciones.
NOTA: Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo completamente por aparte y de forma independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser tenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
IMPORTANTE
En caso de que el Oferente ofrezca en su propuesta, personal Profesional Técnico, operario, entre otros, deberá adjuntar copia de la planilla de la CCSS actualizada, en la cual conste que estos, forman parte de su equipo de trabajo, en caso de no serlo, indicar si será subcontratado, debiendo aportar la información correspondiente, señalada en el apartado 6 del pliego de condiciones, en caso de que no se encuentre en la planilla, y tampoco sea subcontratado, favor adjuntar declaración jurada firmada digitalmente en la cual, se indique que de resultar adjudicatario del presente procedimiento licitatorio, se compromete a adjuntar, previo a la formalización del contrato, copia de la planilla de la CCSS, con la incorporación del personal propuesto.
- DE LA SUBCONTRATACIÓN:
Indicar si en la propuesta se da la figura de la Subcontratación, de ser positiva la respuesta, aportar, los requerimientos contenidos en los artículos, 18, 29, 49 de la LGCP y 21, 32, 33, 126 y 133 RLGCP. (Listado de los subcontratistas, objeto de la subcontratación, y porcentaje de la subcontratación, el cual no puede superar el 50% del monto total del contrato). Así como debidamente firmadas digitalmente, las declaraciones juradas que constan en (Expediente electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente[2. Información del pliego de condiciones] Ingreso del pliego de condiciones/[F. Documento del pliego de condiciones] Declaración jurada Actualizada).
De relevancia indicar que una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta, como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada.
Asimismo deberá el Subcontratista estar inscrito en SICOP. Debiendo estar al día con (CCSS, FODESAF, Tributación Directa/Hacienda) y aportar copia de la Licencia comercial y constancia emitida por el Departamento de Patentes de la Municipalidad en donde posee la licencia (s) de funcionamiento, donde se indique que se encuentra activa y al día en el pago del impuesto respectivo, o adjuntar norma que lo exonere.
Deberá adjuntar el Subcontratista carta de compromiso actualizada, con indicación del número de Licitación, en la cual se indique, que en caso de que el Oferente resulte Adjudicatario fungirá como subcontratista en el cumplimiento del objeto contractual de la Licitación, la cual debe estar firmada digitalmente y en un formato en el cual se pueda validar, en caso de que la firma sea autógrafa, esta debe estar autenticada por abogado.
El subcontratista deberá aportar póliza de Riesgos del Trabajo vigente a la fecha y permiso sanitario en caso de que corresponda.
En caso de que el Subcontratista sea persona jurídica, adjuntar personería jurídica notarial con un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y estar al día con el impuesto de personas jurídicas.
Si es una Persona Física aportar declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”. Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
En caso de que el Subcontratista, tenga la obligación de encontrarse incorporado a un Colegio Profesional, deberá aportar certificación vigente, emitida por el Colegio, en la cual se indique que se encuentra habilitado y al día con sus obligaciones. (cuotas).
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El Oferente debe aportar en caso de que se dé la subcontratación, todas las declaraciones juradas y certificaciones requeridas en el pliego de condiciones, con respecto a esté.
- DEL PAGO DE TIMBRE DEL COLEGIO DE PERIODISTAS
Conforme a lo establecido en la Ley 5527, “Ley de Creación del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica” y la Circular MH-DCoP-CIR-0079-2024, de fecha 29 de octubre del 2024, la cual establece el cálculo y registro en el SDU, del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica en los procesos de Contratación pública de servicios de publicidad. Debiéndose entender, que “…debe pagarse cuando se factura publicidad en espacios informativos, ya sean en prensa, radio, televisión o medios digitales. Esto aplica para medios con multiplataformas. Por ejemplo: En el caso de periódicos digitales, -según criterio de la Procuraduría-, el pago procede si se considera un medio de circulación diaria y la pauta no está incluida en la factura del medio impreso de publicación semanal o mensual. Si ya fue cobrado como parte del impreso, no se debe pagar nuevamente para evitar doble imposición…”.
Asimismo según criterio de la Institución de cita en importante tener claro que, “...la Internet es un soporte…”, ósea no es un medio de comunicación, por si sola, como lo es una emisora de radio, un canal de televisión o un periódico impreso. La Internet puede ser el “canal” o “vehículo” (soporte) a través del cual un medio formal, difunde contenido publicitario institucional.
Por tanto, El Oferente deberá incluir en su precio, cuando corresponda, el monto referente a dicho Timbre. El mismo debe desglosarse en la oferta económica de manera separada. En caso de no cumplir con el requerimiento, podrá la oferta considerarse incompleta para efectos del análisis económico y la adjudicación correspondiente.
Para efectos de pago, el Administrador del Contrato, el Almacén Municipal y la Tesorería, deberán verificar de previo, que el monto por concepto de Timbre aparezca en la factura, desglosado adecuadamente, y que se encuentre cancelado según lo exige la normativa y conforme al precio adjudicado. El Contratista debe adjuntar constancia del pago o adhesión del timbre.
En caso de que no se presente constancia o está, esté incompleta. La Municipalidad no tramitará el pago al Contratista, hasta tanto no se acredite debidamente el pago del timbre por el monto correspondiente.
De relevancia señalar que el Oferente, es quien debe incluir el monto del timbre como parte del precio total ofertado de manera separada. Y es a quien le corresponde realizar la cancelación.
- MEJORA DE PRECIOS
En atención a lo indicado por la norma en los artículos 90 y 99 respecto a la mejora de precios con el objeto de priorizar el principio del valor por el dinero, el principio de conservación del acto administrativo y el principio de eficiencia y eficacia en la gestión de compras públicas se establece el siguiente procedimiento:
- El analista técnico del proceso deberá gestionar por escrito mediante oficio formal, solicitud a proveeduría de convocatoria a mejora de precios, indicando las causales que dan justificación a dicha solicitud.
- La proveeduría a través del colaborador asignado procederá en plazo no mayor a un día hábil a generar mediante la plataforma SICOP, convocatoria formal a gestionar la mejora de precios de las ofertas presentadas.
- Se brindará para la presentación de dichas mejoras por parte de los oferentes, un plazo de un día hábil en caso de licitaciones reducidas, un plazo de tres días hábiles en caso de las licitaciones menores y un plazo de cuatro días hábiles en caso de las licitaciones mayores, para la presentación de las nuevas propuestas económicas, las cuales deberán contener manifestación expresa de que con dicha mejora de precios no se están afectando o bien desmejorando las calidades, cantidades, características y las condiciones originalmente ofertadas.
- Cada oferente en caso de que se presente a la convocatoria a mejora de precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además, de la estructura del precio sin descuento.
- Para efectos de evaluación de precios, se tomarán los ofertados en la sección mejora de precios, los cuales serán confidenciales hasta el momento de apertura de la mejora de precios.
- El procedimiento en el sistema SICOP será conforme lo establece el módulo especial para dicha finalidad.
La oferta deberá presentarse en idioma español, no obstante, la literatura técnica, podrán presentarse en otro idioma con la correspondiente traducción oficial al español. Artículo 118 RLGCP.
- DECLARACIONES JURADAS, CERTIFICACIONES, CONSTANCIAS Y OTROS
Todas las certificaciones requeridas en este pliego de condiciones deben de haber sido expedidas de la siguiente manera: en un plazo no mayor a 30 días naturales (Notario) o 15 días naturales (Registro Nacional) con respecto a la fecha programada para la apertura de ofertas
DECLARACIONES JURADAS
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Las declaraciones juradas requeridas en del presente proceso se regirán y deberán ser rendidas, por los Oferentes y subcontratistas, según lo estipulado en los artículos 18, 28 y 29 LGCP, 32 inciso c), y 33 del RLGCP. Así como también se deberá mediante declaración jurada, declarar si se encuentran inhabilitados o en proceso de inhabilitación con la Administración Pública. Artículo 118 LGCP.
En (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel] Archivo adjunto), consta machote de declaraciones juradas. |
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En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en las declaraciones juradas, presentadas en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantienen invariables Artículo 29 LGCP. |
Además, cada oferente y subcontratista debe aportar:
Si es una Persona Física: declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
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En el caso de las declaraciones juradas, serán rendidas bajo fe de juramento con las responsabilidades y delitos que ello conlleva en caso de indicar información falsa. No será necesario rendirlas ante notario público, deberán estar firmadas digitalmente, y en caso de que las firmas sean autógrafas, las mismas deberán estar autenticadas por abogado. |
CERTIFICACIONES
- Persona Física
Si se trata de una persona física, se debe consignar claramente todas las calidades el nombre completo, estado civil, profesión u oficio, número de cédula de identidad, copia de la cédula de identidad y dirección exacta, números telefónicos y correo electrónico.
- Persona Jurídica
Si es una persona jurídica, deberá aportar una Certificación de Personería expedida por Notario Público que consigne: citas de inscripción y personería, denominación o razón social, plazo social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial.
CONSTANCIAS
- Constancia de estar al día con el Pago de las cuotas obrero-patronales de la Caja Costarricense del Seguro Social. La misma será verificada en la página web de dicha Institución.
Esta sección se regirá conforme a lo establecido en el artículo 14 inciso f, del LGCP.
- En caso de que al momento de verificarlo en el SICOP o el portal de consultas de la CCSS no se encuentra inscrito como patrono ante la CCSS, y del objeto licitado se derive tal obligación, la Administración le solicitará explicación, la que, en caso de resultar insatisfactoria de acuerdo con los lineamientos establecidos por la CCSS, provocará la exclusión del concurso y la denuncia ante las autoridades correspondientes de cobro de la CCSS.
- De conformidad con la normativa vigente sobre la materia, durante toda la ejecución del objeto contractual, el administrador del servicio verificará que la empresa contratante se encuentre al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, para lo que verificara de oficio dicho estatus en la página oficial, o ante circunstancias particulares podrá solicitar, que se le proporcionen las certificaciones correspondientes.
- Constancia de estar al día con FODESAF e Impuestos Nacionales (Situación Tributaria/Hacienda). (Las mismas serán verificadas en las páginas web de cada Institución).
Si se determina que no están al día con dichas obligaciones, se realizará una única prevención para que corrijan dicha situación, de no corregirse en el plazo otorgado se dará la descalificación de la oferta del proceso de licitación, esto conforme al artículo 50 del LGCP.
- 9 Municipal:
Patente Municipal:
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código Municipal y el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, los oferentes y subcontratistas deberán cumplir con las disposiciones legales aplicables para el ejercicio de actividades lucrativas en el territorio nacional.
- En ese sentido, los oferentes deberán contar con una licencia municipal de funcionamiento (patente) vigente y al día presentando una constancia para acreditar su estatus, emitida por la municipalidad correspondiente al domicilio fiscal de la persona física o jurídica, o bien acreditar su cumplimiento previo al inicio de la ejecución contractual, cuando así corresponda conforme a la naturaleza de la contratación y al lugar donde se materialice el hecho generador. El Departamento de Proveeduría solicitará el criterio tanto técnico como legal al Área Tributaria mediante el Departamento de Patentes, para que indique si la patente aportada junto a la oferta o bien la verificada para la formalización contractual está acorde en todos sus extremos a este proceso de licitación.
- La Administración verificará el cumplimiento de este requisito ya sea en la apertura de las ofertas si cumple o en la fase de ejecución contractual, por tratarse de un requisito de cumplimiento legal accesorio y no de idoneidad técnica o sustantiva de la oferta, de conformidad con la jurisprudencia reiterada de la Contraloría General de la República R-DCP-SICOP-00305-2025, por lo que la omisión, diferencia o falta de acreditación de la patente municipal al momento de la apertura de ofertas no será causal de exclusión.
- En caso de que el oferente o adjudicatario goce de algún régimen de exoneración legal respecto de este requisito, deberá acreditarlo oportunamente.
- No se permitirá la utilización de licencias de funcionamiento que no se encuentren a nombre de la persona física o jurídica adjudicataria para efectos de la ejecución contractual.
- Los oferentes y subcontratistas que se encuentren patentados en este Municipio o que posean propiedades en el cantón central de Cartago deberán encontrarse al día en el pago de la licencia comercial, servicios municipales y el tributo de bienes inmuebles, lo cual será verificado por la Administración previo al inicio de la ejecución del contrato.
- Cuando el adjudicatario pertenezca a otro cantón y realice el hecho generador en el cantón central de Cartago, deberá tramitar la licencia de funcionamiento temporal, únicamente en los casos en que legalmente corresponda, previo al inicio de la ejecución contractual, a través de la Plataforma de Servicios de la Municipalidad de Cartago, a efectos del pago del impuesto respectivo por el monto adjudicado.
- Para los casos de oferentes o adjudicatarios domiciliados fuera del territorio nacional, la exigencia de la patente municipal y demás permisos de funcionamiento será verificada previo al inicio de las labores contractuales, en caso de que la actividad objeto del contrato se desarrolle en el país, siendo responsabilidad de la Administración constatar su cumplimiento en el momento procesal oportuno.
Definición de Hecho Generador: El hecho generador o sea el ejercicio de una actividad lucrativa en una jurisdicción territorial determinada esto es en un cantón específico.
- OTROS
- Seguros y obligaciones patronales:
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia de la póliza de Riesgos del Trabajo, en la cual conste que mantienen vigente y al día los pagos por concepto dicho concepto y el Contratista, copia de la póliza de Responsabilidad Civil en el caso de que resulten adjudicatarios. (lesión o muerte a terceras personas).
- El contratista deberá asumir y mantener al día en forma amplia total y general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono por concepto de cargas sociales, derivados del Código de Trabajo o reglamentos y leyes conexas.
- Se entiende que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista o subcontratistas.
- Si durante la ejecución del servicio por supervisión propia o denunciada se comprueba que las pólizas no se tienen o están vencidas, la Municipalidad podrá rescindir el contrato por el incumplimiento del Contratista.
- El contratista deberá cumplir las disposiciones de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 6727.
- Se debe presentar por parte de los Contratistas las pólizas correspondientes de previo a iniciar la Contratación y en caso de que se deba suscribir un contrato de previo a la ratificación de este.
- La copia de la póliza adquirida por el Contratista deberá ser presentada ante el Supervisor respectivo y una copia a la Proveeduría Municipal a efecto de ser incorporada al Expediente Administrativo respectivo.
- Lo anterior según lo establecen los Art. 201, 203, 209 del CÓDIGO DE TRABAJO y los Art. 2 y 7 del REGLAMENTO GENERAL DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO (LEY 6727).
- Permiso Sanitario
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia, del permiso sanitario, el cual deberá estar vigente al día de la apertura.
- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
En cuanto a las formas de rendir la garantía de cumplimiento (si así se solicitara en el formulario SICOP), así como sus vigencias y devolución, se tramitaran según lo disponen los artículos 44 de la LGCP,110 al 115 del RLGCP.
- Devolución de la garantía
El Contratista deberá realizar la solicitud de devolución de la garantía de cumplimiento u otra que le haya sido requerida, en el sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), dirigiendo la solicitud al departamento de Tesorería Municipal, el cual será el encargado de realizar las gestiones correspondientes, de conformidad con el artículo 11 inciso e) y f) RICPM.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Municipalidad haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual. Artículo 113 RLGCP
.
NOTA: Toda garantía presentada a favor de la Municipalidad de Cartago, deberá estar libre de cualquier condicionamiento y su ejecutoriedad debe estar consignada como inmediata a favor de la Administración, misma que debe quedar expresada en el documento expedido por la entidad financiera correspondiente.
- ELEGIBILIDAD DE OFERTAS
Es elegible la oferta que se ajuste a las condiciones formales, legales, económicas y especificaciones técnicas del pliego de condiciones, de tal manera que cualquier incumplimiento de orden significativo a éste, constituye motivo de exclusión de concurso. Artículo 137 RLGCP.
- Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como la restante normativa aplicable a la materia.
- Los potenciales oferentes podrán presentar objeciones o plantear las consultas según los artículos 95 LGCP, 253, 254 y 255 RLGCP.
- CLAUSULAS PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Que el artículo 24 del RLCP, establece el actuar ético e íntegro de los sujetos distintos a la Administración, señalando que las actuaciones que con ocasión de la actividad de contratación pública realicen deberán ser de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídico, durante todas las etapas del procedimiento de contratación. Por lo que:
- La Municipalidad en sus procesos de contratación pública, NO PERMITIRÁ que a su personal, profesional, administrativo, técnico y operativo, se les solicite realizar actos contrarios a sus deberes y obligaciones como funcionarios públicos, se les soborne, se le ofrezca o suministre cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al art. 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación, o se les solicite influir indebidamente en cualquier etapa de la contratación, en beneficio de los Oferentes o Contratistas ( Artículos 119 LGCP incisos a), e), s).) De detectarse algún tipo de corrupción inmediatamente, se realizarán las denuncias ante la instancia correspondientes, En caso de que se encuentre en la etapa de apertura, análisis y recomendación del acto final, la ofertas será descalificada del concurso y si se encuentra en la etapa de Ejecución, se procederá a realizar las diligencias necesarias para la Resolución del contrato y en caso de que proceda la inhabilitación
- Los Oferentes y Contratistas deberán abstenerse de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante.
- No se tolerará actos de corrupción de ninguna naturaleza dentro de los procedimientos de contratación de bienes, obras y servicios. No podrán participar en dichos procedimientos personas físicas o jurídicas que tengan conflictos de interés con los funcionarios institucionales y autoridades que formen parte del Concejo Municipal.
En por lo que con base en los antes expuesto los Oferentes deberán aportar junto con su oferta, mediante declaración jurada, compromiso anticorrupción y de buenas prácticas comerciales, con fundamento en lo establecido en el Artículo 24 inciso c) RLGCP).
- ADJUDICACION
- La Municipalidad de Cartago tomará la decisión de adjudicación según plazo indicado en el sistema Integrado de Compras (SICOP).
- Para resultar adjudicatario, debe el oferente haber cumplido con lo dispuesto en la normativa vigente sobre Contratación Pública, haber cumplido con cada una de las Condiciones y Características solicitadas en el pliego de condiciones; así como de resultar su oferta como la mejor calificada.
- La Adjudicación quedará en firme, transcurrido el plazo para la interposición de los recursos respectivos de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y el Reglamento a dicha ley.
- En caso de presentarse recurso en contra del acto de adjudicación, la Administración procederá a solicitar al recurrente y al adjudicatario que prorroguen la vigencia de la oferta, las cuales deberán ser otorgadas dentro del plazo perentorio que se les concede para la presentación de estas.
- FORMALIZACION CONTRACTUAL
La formalización contractual se llevará a cabo conforme lo establecen los artículos 274 y 275 RLGCP.
- La ejecución contractual derivada de esta contratación estará sujeta a la emisión previa de una orden de compra y/o contrato mediante SICOP, que constituye el documento formal que emite la Municipalidad de Cartago suscrita por los funcionarios competentes y refrendo en caso de que corresponda.
- Con base en el Reglamento de Refrendo de Contratos de la Contraloría General de la República, esta contratación deberá contar con el Refrendo correspondiente.
- El pago de los timbres podrá realizarlo mediante entero a favor del Gobierno de Costa Rica y deberá subir el comprobante al Sistema SICOP.
El proceso establecido para la formalización contractual es el siguiente:
|
Primero: Adjudicación en firme. |
|
Segundo: Presentación de la garantía de cumplimiento, timbres fiscales y demás documentos a solicitarse. |
|
Tercero: Redacción de contrato por parte de la Municipalidad. |
|
Cuarto: Firma de contrato entre las partes mediante SICOP. |
|
Quinto: Refrendo Interno o contralor, según corresponda. |
|
Sexto: Notificación de contrato refrendado. (si corresponde el refrendo) |
|
Séptimo: Notificación de la Orden de Inicio. |
- NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones se realizarán por medio de la Plataforma de SICOP.
- RECURSOS
Los recursos del presente proceso serán presentados en el plazo definido por la norma, siendo competente para su resolución, la Instancia que define la ley ´General de Contratación Pública y su Reglamento. (Título IV, Capítulo I, Régimen Recursivo, RLGCP)
- DESGLOSE ESTRUCTURA DEL PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO
18.1 EN RELACION CON LA ESTRUCTURA DEL PRECIO, el oferente deberá completar el siguiente cuadro, en cada línea de pago.
|
COMPONENTE |
MONTO ¢ |
PORCENTAJE % |
|
Mano de obra |
|
|
|
Insumos |
|
|
|
Gastos Administrativos |
|
|
|
Subcontratos |
|
|
|
Imprevistos |
|
|
|
Utilidad |
|
|
|
TOTAL |
|
|
Nota: El componente de Subcontrato e Imprevistos, será utilizado en caso de que corresponda.
18.2 PRESUPUESTO DETALLADO
El ADJUDICATARIO deberá presentar un PRESUPUESTO DETALLADO, en el cual se haga referencia al desglose de cada uno de los componentes de la estructura del precio. Dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, todo de conformidad con lo establecido en el Art. 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, siguiendo el formato adjunto:
|
De relevancia indicar que, en los contratos de servicios, cuando la remuneración no se encuentre regulada por tarifas (aranceles obligatorios), la oferta deberá contener la estructura del precio, y quien resulte adjudicatario, deberá adjuntar el presupuesto detallado. Artículo 214 RLGCP |
|
Precio |
Detalle |
Monto |
Porcentaje |
|
Costos directos |
Salarios |
¢ |
% |
|
Cargas sociales |
¢ |
% |
|
|
Herramientas |
¢ |
% |
|
|
Materiales |
¢ |
% |
|
|
Equipo |
¢ |
% |
|
|
Viáticos y consumibles |
¢ |
% |
|
|
Costos indirectos |
Servicios |
¢ |
% |
|
Gastos administrativos |
¢ |
% |
|
|
Seguros y pólizas |
¢ |
% |
|
|
Subcontratos |
Subcontratos |
¢ |
% |
|
Imprevistos |
Imprevistos |
¢ |
% |
|
Utilidad |
Utilidad |
¢ |
% |
En caso de no presentarse en ese plazo, La Municipalidad declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la LGCP.
19. CRITERIO DE DESEMPATE DE LAS OFERTAS
En caso de empate de las ofertas, se considerará como factor de evaluación de desempate, una puntuación adicional a las PYME que hayan demostrado su condición a la Administración, de acuerdo con el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública, mediante el siguiente detalle:
- PYME de industria: 5 puntos
- PYME de servicio o agropecuaria: 5 puntos
- PYME de comercio: 2 puntos
En caso de que el empate persista, el desempate se definirá según lo dispuesto en el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública.
- REAJUSTE DE PRECIO
Todo según lo establecido en los artículos del 107 al 109 RLGCP. Derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos en contratos de suministro de bienes y servicios y obra.
- OTRAS CONDICIONES
- Objetivo de las Especificaciones Técnicas Generales.
Las especificaciones establecidas en el pliego de condiciones tienen por objeto el establecer los requerimientos de los bienes, servicios y obras que la Municipalidad desea adquirir.
En vista de lo anterior, el oferente debe conocer y aceptar las mismas, así como las consecuencias y responsabilidades en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en el pliego de condiciones no se hallan indicado. Artículo 90 RLGCP.
Es indispensable que la empresa oferente cuente durante todo el proceso previo y de ejecución, con el respaldo técnico de expertos en las distintas áreas, esto con el objetivo de amparar, y si es del caso, mejorar las condiciones preestablecidas en este documento.
- Alcance de las Especificaciones Técnicas Generales.
Si se identificara la posible existencia de algún tipo de omisión, ésta deberá ser notificada, antes de presentar la oferta formal para la ejecución de los trabajos, por medio escrito y a través de la Plataforma SICOP. De lo contrario cualquier situación durante el proceso de la contratación no añadirá ningún cargo adicional al monto original del contrato, por concepto de omisiones sin resolver.
No se aceptan cambios en los requerimientos, salvo que se hayan solicitado por escrito y cuenten con su respectivo visto bueno por parte de los Administradores asignados por la Municipalidad de Cartago, o bien exista una justificación de peso en la que medie el juicio experto y que sea completamente demostrable.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Sanciones económicas Se definirán para el presente proceso de contratación una multa del 1% del presupuesto de contratación, por incumplimiento del pliego de especificaciones técnicas que se especificaron en el cartel, lo anterior se motiva debido a que el cumplimiento de estas características debe ser acatado en un 100% ya que de lo contrario la salud e integridad de los funcionarios de puede ver afectada. Además, existe la posibilidad de que este incumplimiento afecte su jornada de trabajo, de manera parcial o total. Con base a lo anterior, esta unidad de valoró para este proceso de contratación cada riesgo, con los criterios de consecuencia y probabilidad, todo según el Marco Orientador SEVRI, estableciendo el control declarado a continuación para este caso específico. Será aplicada: 1. Al incumplir las especificaciones técnicas del producto que ha sido contratado. 2. Al entregar un producto con tela diferente al adjudicado en el contrato. 3. Al incumplir con las características de diseño del producto adjudicado
Cláusula penal. Clausula Penal El artículo Articulo 46 de la ley y 116 del reglamento de la Ley de Contratación Pública, establece que, para el caso de la ejecución tardía o prematura de obligaciones contractuales, lo que procede es la Cláusula penal, cuyos supuestos y montos deben estar incluidos en el cartel, aplicándose las mismas disposiciones de la multa. La Administración podrá establecer, de forma motivada, en el pliego de condiciones multas por ejecución defectuosa o cláusulas penales por la ejecución prematura o tardía de las obligaciones contractuales, conforme a las condiciones que se definan en el reglamento de esta ley. El cobro de la cláusula penal o de las multas será como máximo un veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato, incluidas sus modificaciones, caso en el cual la Administración podrá valorar la resolución del contrato. Con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá practicar retenciones sobre los pagos de un uno por ciento (1 %) por atraso de una semana, un cinco por ciento (5%) del total facturado por atraso de dos semanas, un diez por ciento por atraso de tres semanas y un veinticinco por ciento por atrasos iguales o superiores a cuatro semanas. Por lo tanto: Si existiera atraso o ejecución tardía de las obligaciones contractuales estipulado de acuerdo con las condiciones del cartel y de la oferta, siempre y cuando el atraso sea imputable al contratista, este deberá pagar un uno por ciento (1 %) por atraso de una semana, un cinco por ciento (5%) del total facturado por atraso de dos semanas, un diez por ciento por atraso de tres semanas y un veinticinco por ciento por atrasos iguales o superiores a cuatro semanas.
Documentos del cartel4
- Doc VálidosRAR · 5,5 MB
- Especificaciones tecnicas CorrectasPDF · 829 KB
- Estudio de mercado actualizadoPDF · 758 KB
- Decisión inicial correctaPDF · 379 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Marcos Armando Solano Moya
Estacionometros y Terminales
Allan Daniel Sanchez Sanchez
Estacionómetros y Terminales
Marcos Armando Solano Moya
Estacionometros y Terminales
Valeria Maria Diaz Peralta
PROVEEDURIA
Esteban González Monge
Encargado del concurso · Proveeduría
Valeria Maria Diaz Peralta
PROVEEDURIA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 14:42. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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