2026LD-000039-0000700001 · SICOP 20260803332
Adquisición de Gas GLP para el cilindro de la tanqueta de bacheo de la UTGVM, según demanda.
Municipalidad de Grecia
Municipalidad de Grecia publicó esta compra con un presupuesto de ₡100 000, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 08/09/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡100 000
Ofertas recibidas
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apertura pendiente
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó01/09/2026 07:58 · hace 41 días
- Límite para 04/09/2026 08:00 · hace 38 días
- Límite para 03/09/2026 23:59 · hace 39 días
- Cierre de ofertas08/09/2026 08:00 · hace 34 días
- de ofertas08/09/2026 08:05 · hace 34 días
- publicado08/09/2026 14:43 · hace 34 días
- Adjudicación 08/09/2026 14:43 · hace 34 días
Quién ganóen firme 08/09/2026
- Adjudicatario no indicado en el acto final
Informe de recomendación de Karen Tatiana Barrantes Barrantes, 08/09/2026
Contexto
- Municipalidad de Grecia adjudicó ₡1 121,3 millones en 150 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Gas Licuado de Petróleo LP, Almacenado Cilindros de 45,36 Kg (100 Lb)1 c/u · ₡27 956,001 c/u₡27 956,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡85 000 – ₡100 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · Pyme 10 % · Plazo de entrega 10 % · Ubicación geográfica 5 %
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD:
- El oferente deberá estar al día en el pago de las obligaciones con FODESAF según lo establecido en el artículo 22 inciso c) de la Ley 8783, Reforma No. 5662 Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, se verificará a través del SICOP.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones Obrero-Patronales al momento de la apertura de ofertas, de conformidad con la reforma al Art. 74 de la Ley constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social publicado en la gaceta N° 92 del 25 mayo del 2023, y el Art. 14 inciso f) de la LGCP, se verificará a través del SICOP.
- Para el caso de la póliza todo oferente debe contar y estar al día de la recepción de ofertas con la póliza de riesgos de trabajo aportando la certificación en la oferta.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
- Todo aquel proveedor inscrito en el Sistema Digital Unificado (SICOP), tiene la obligatoriedad de mantener actualizado su registro con toda la información relacionada, la misma debe de indicar la naturaleza y propiedad de las acciones y su beneficiario final, así como la declaración donde indique que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la ley 9986, conforme lo regulado en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y emisión por parte de la Dirección de Contratación Pública mediante Circular MH-DCoP-CIR-0054-2023 y publicación en La Gaceta N.94 del lunes 29 de mayo del 2023.
- Adicionalmente a la declaración jurada de no encontrarse en ninguno de los casos de imposibilidad legal para contratar con la Administración de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29 de la Ley General de Contratación Pública, adicional debe indicar: que no tiene parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y afinidad en esta Municipalidad con: El Alcalde Municipal, Regidores propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes y Proveedor
- El oferente deberá contar con la respectiva licencia municipal (Patente) que autoriza y permite llevar a cabo su actividad comercial; el cual debe ser aplicable al giro comercial del objeto de esta contratación, aportando el documento emitido por parte de la Municipalidad que señale su giro comercial y estar el periodo al día con el pago del impuesto al momento de la apertura de ofertas en SICOP.
- Declaración Jurada debidamente firmada por el Apoderado Generalísimo o Representante Legal, donde maniefieste que los cilindros a utilizar en la prestación del servicio de recarga para la Municipalidad de Grecia, cumplen con toda la normativa vigente respecto a las medidas de seguridad y envasado, conforme lo indicado en los siguientes decretos:
- Decreto número 32921-COMEX-MINAE-MEIC Resolución N° 152 (COMIECO-XXXIII) donde se definen los Reglamentos Técnicos sobre Transporte Terrestre Hidrocarburos, Gas Licuado de Petróleo a Granel; Recipientes a Presión Cilindros Portátiles y Productos de Petróleo, Gases Licuados de Petróleo.
- Decreto Ejecutivo número 36627-MINAET Reglamento para la Regulación del Transporte de Combustible.
- Decreto Ejecutivo número 30131-MINAE-S Reglamento para la Regulación del Sistema de Almacenamiento y Comercialización de Hidrocarburos.
- De acuerdo a la clasificación contenida al efecto en el Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento por parte del Ministerio de Salud deberá ser del tipo: Grupo A: Alto riesgo.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Por el solo hecho de presentar oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica. Según el Art 123 del RLGCP.
La MUNICIPALIDAD se reserva el derecho de solicitar el cambio de algún detalle siempre y cuando ambas partes logren ponerse de acuerdo y no representen variación alguna de los precios unitarios adjudicados.
Si definitivamente alguno de los tipos de materiales establecidos para las diferentes clases de producto saliera del mercado y se hiciera imposible su adquisición, el adjudicatario deberá proponer alguna opción sustituta, la cual, deberá conservar las principales condiciones básicas del insumo original o superior.
La adjudicación va a ser total: Se requiere que los bienes a adquirir, provengan de un mismo contratista, a efecto de uniformar procedimientos internos para cada uno de ellos.
- El oferente deberá aceptar que el suministro se realizará bajo la modalidad de entrega según demanda, durante el plazo contractual establecido, conforme a las necesidades de la Administración.
- El oferente deberá indicar el plazo de entrega para cada requerimiento, el cual deberá ser razonable y acorde a la necesidad operativa institucional.
- El oferente deberá considerar en su oferta todos los costos asociados al suministro del bien, incluyendo transporte, seguros, carga, descarga, y entrega en sitio (instalaciones de la Policía Municipal de Grecia).
Conforme al artículo 14 de la Ley General de Contratación Publica serán obligaciones del oferente y el contratista las siguientes:
- Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por la Administración se ajuste a las disposiciones de la ley 9986.
- Presentar una oferta completa a partir de las reglas del pliego de condiciones.
- Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al oferente que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 de la ley 9986.
- Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
- Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
- Verificar que los subcontratistas se encuentren al día con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
- Abstenerse de realizar acuerdos colusorios.
Conforme al artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública en caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estimas confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico.
Los precios cotizados serán ciertos y definitivos LIBRES DE TODO IMPUESTO, según artículo 8, Ley 7794 del Código Municipal. La Municipalidad de Grecia se encuentra exenta del impuesto al valor agregado según artículo 9 inciso 2 de la Ley N° 9635, denominada: Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y Artículo N° 8 del Código Municipal.
Conforme al artículo 61 inciso n) de la Ley General de Contratación Publica los oferentes tendrán la posibilidad de mejorar su oferta económica original.
El oferente deberá presentar dentro de su oferta el desglose de la estructura del precio en términos absolutos y porcentuales, tanto para el precio total ofertado, como para cada uno de los precios unitarios de las líneas que conforman el objeto contractual, según lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y Reglamento Interno de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la Municipalidad de Grecia, artículo 102 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y de conformidad con las fórmulas dispuestas en el artículo 15 del Reglamento de reajustes de precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios.
En aquellos casos en donde el precio ofertado sea en más de una moneda, el oferente deberá presentar la estructura del precio correspondiente a cada moneda.
La estructura del precio de la oferta estará compuesta por al menos el desglose de los componentes de costos directos, indirectos, utilidad e imprevistos en valores absolutos y porcentuales y el oferente debe detallar también en ese desglose los índices de precios asociados a cada rubro que se describen en la siguiente tabla y deberá presentarse en el formato propuesto, considerando además la información relacionada a las listas correspondientes:
El oferente debe completar la siguiente tabla:
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Estructura del precio en valores absolutos y relativos |
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Tipo de Moneda Partida/Línea |
(Colones, dólares, etc.) |
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Componentes del precio |
Precio Unitario |
Precio total ofertado |
Información de índices |
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Valor absoluto (Monto) |
Valor porcentual (%) |
Valor absoluto (Monto) |
Valor porcentual (%) |
Ente emisor |
Fuente |
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Costos Directos |
Mano de obra |
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Insumos |
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Subcontratos |
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Insumos específicos |
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Transporte |
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Otros (Detallar) |
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Total, costos directos |
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Costos Indirectos |
Mano de obra |
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Insumos específicos |
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Transporte |
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Otros (Detallar) |
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Total, costos indirectos |
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Costos Específicos (En caso de no utilizar los índices debe el oferente aportar la cotización para futuros reajustes de precios en relación a la aplicación de este método) |
Otros(Detallar) |
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Total, Costos específicos |
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No aplica reajuste |
Imprevistos |
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Utilidad |
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Total |
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- Para lo anterior los oferentes deberán presentar una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada, indicando al menos los aspectos regulados en los artículos 9 y 12 del Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, según corresponda.
- En el caso de que se utilice el método analítico-documental, los oferentes deberán presentar en la oferta una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada conforme a lo regulado en los artículos 33 y 58 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
La anterior obligación no excluye la posibilidad para solicitar información adicional atinente al cálculo de los precios contemplados en la oferta.
Los servicios solicitados deben de ser entregados en Plantel del Cementerio Municipal de Grecia ubicado del costado suroeste del Mercado Municipal, 400 metros al sur, contiguo a la delegación de la Fuerza Pública. Se debe coordinar previamente con el Administrador del Contrato el Ing. Edgar Morera Paniagua, a los números de teléfonos: 2495-6258 o 2495-6254.
Conforme a la notificación de la orden de pedido en SICOP, tendrá como máximo 2 días hábiles para realizar la entrega.
La garantía del bien o del servicio no puedes ser menor de 6 meses.
- El contratista quedará comprometido a reponer, por su cuenta y riesgo, incluyendo el transporte y cualquier otro gasto adicional, los materiales, equipos o sus componentes que se pruebe se han dañado o bien que presenten problemas de desempeño durante el periodo de garantía como consecuencia de defectos de fabricación, por mala calidad de los materiales empleados, por funcionamiento defectuoso, por deficiente embalaje o por cualquier otra causa imputable al contratista, incluyendo a los faltantes de fábrica.
- Los bienes reemplazados por las causas enumeradas anteriormente gozarán de las mismas garantías de reemplazo por cuenta del Contratista. Los componentes reemplazados gozarán del mismo periodo de garantía originalmente solicitado.
- Los materiales y componentes con daños en el período de garantía serán entregados al contratista para su sustitución. Los contratistas, en todos los casos, serán los que cubrirán los costos de envío, reparación o sustitución y devolución.
- El bien deberá estar vigente para su uso con una fecha de expiración posterior a la de vigencia de la garantía externada.
El oferente que resulte adjudicado en firme deberá previamente al trámite de formalidad del contrato cumplir con la siguiente información:
- El oferente adjudicado en firme, deberá de estar al día con la patente municipal permiso de funcionamiento del ministerio de Salud, aportando la constancia que acredite esa condición.
- Presupuesto detallado con su pertinencia de índices.
- Pólizas vigentes: En caso de que en la oferta se encuentre al día y al momento de esta etapa mantenga esa condición, se aceptará este punto. Para el caso de contratos de obra pública y aquellos de servicios que requieran ser declaradas las pólizas al número de procedimiento, deberá emitirse la constancia con tal afirmación y estar al día.
- Depósito de Garantía de Cumplimiento (cuando así haya sido requerido en el pliego de condiciones).
- Estar al día ante la Caja Costarricense del Seguro Social, FODESAF, Tributación Directa, Personería Jurídica. En caso de tener morosidad se hará la prevención para su debida cancelación para que quede al día.
Nota Importante: El no atender dentro del plazo establecido a partir de su notificación en SICOP, la administración aplicará la caducidad y de inmediato procederá con la declaratoria de insubsistencia para proceder con la segunda opción.
La Municipalidad tendrá como fecha máxima para cancelar hasta 30 días naturales. El pago se hará mediante transferencia bancaria.
El plazo indicado en el párrafo anterior correrá a partir de la presentación de la factura, previa recepción del bien o servicio a satisfacción por parte de la Administración y el cumplimiento del visado del gasto, conforme al artículo 19 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
El pago de dicho bien o servicio se realizara los pagos contra Orden de Pedido y cuando se cuente con el visto bueno del Administrador de Contrato o quien se encuentre destacado en su puesto.
Nota:
- La Municipalidad está exenta del Impuesto de ventas por ley 7794. Además, a toda orden se le aplica un 2% de retención del Impuesto Sobre la Renta según ley 7092 inciso G artículo 23.
- En contrataciones que se estipulen pagos por avance en obra, las solicitudes de pago se realizaran por medio de “Solicitud de Información” en la etapa de contrato y se realizara una única recepción provisional y definitiva en el último pago del proyecto.
Especificar la vigencia de la oferta por escrito, que en ningún caso podrá ser inferior a 30 días hábiles.
El plazo para dictar el acto final será el dispuesto en el pliego de condiciones, el cual no podrá ser superior al doble fijado para la recepción de ofertas. En casos excepcionales y mediante acto debidamente motivado podrá ser prorrogable hasta por un plazo igual al de recibir ofertas.
En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá pagar por concepto de cláusula penal un 1.50% del valor del monto de la orden de pedido por cada día de atraso, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. El contratado previo a finalizar el plazo contractual debe dejar constar al Administrador del contrato las razones por las cuales no podrá cumplir debido a situaciones de fuerza mayor, caso fortuito y/o negligencia de la administración, mismas que debe tramitar en sistema integrado de compras públicas durante el plazo contractual, del cual será ese momento jurídico de hacer constar la oportunidad del contratado para que no se aplique la cláusula penal.
El contratado debe tener claro que para no incumplir en la cláusula penal debe solicitar la recepción provisional por sistema integrado de compras públicas, para que el administrador del contrato valide esta condición de cumplimiento y se deje constar la correcta ejecución contractual. En caso de que el contratado olvide o no trámite en sistema integrado de compras públicas esta solicitud, no será responsabilidad de la Municipalidad ni del Administrador del Contrato, acreditar por otra vía distinta al sistema integrado de compras públicas esa recepción provisional, quedando así claro que para esta etapa contractual sólo atenderá la administración esta gestión por dicho sistema.
La fórmula y el detalle del porcentaje consignado en este punto se encuentran en el Excel adjunto.
En caso de que el adjudicatario incumpla en el contrato con lo requerido en el pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, iniciará el procedimiento para aplicar la multa respectivo por el hecho de conformidad con la matriz de cláusula penal y multa adjunta en el pliego de condiciones, por cada día de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento).
El cobro de multas se hará reteniendo su equivalente en la facturación a cancelar al contratado conforme a la gestión por parte del Administrador del Contrato debidamente acreditada para tal fin, y quedará retenido hasta cumplir el proceso respectivo y resolución misma para la decisión final. Para fines de la multa se considera como incumplimiento lo siguiente:
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Multa diaria |
Descripción de la multa |
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Multa 1 |
0,38% |
Se aplicará la multa si los cilindros entregados estén dañados y esto ocasione atrasos en los trabajos, se aplica la multa del 0.38% sobre el monto total de la adjudicación. Por cada día de atraso iniciando la multa el día siguiente de la fecha pactada. |
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Multa 2 |
0,38% |
Se aplicará la multa si los cilindros entregados contengan menos cantidad y esto ocasione atrasos en los trabajos, se aplicará la multa del 0.38% sobre el monto total de la adjudicación, por cada día de atraso iniciando la multa el día siguiente de la fecha de entrega pactada. |
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Multa 3 |
0,38% |
Se aplicará la multa si los cilindros entregados no cumplan con los requisitos técnicos solicitados esto ocasione atrasos en los trabajos, se aplicará la multa del 0.38% sobre el monto total de la adjudicación, por cada día de atraso iniciando la multa el día siguiente de la fecha de entrega pactada. |
Una vez superada la etapa de admisibilidad legal y técnica, aquellas ofertas que resulten elegibles para una eventual adjudicación, serán evaluadas bajo la siguiente metodología de evaluación:
Tabla N°1 Sistema de evaluación
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Concepto |
% de Calificación |
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Precio |
75% |
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Pymes |
10% |
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Económico |
5% |
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Plazo de entrega |
10% |
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TOTAL |
100% |
- Precio (Máximo 75 puntos):
Precio: A la oferta de menor precio, obtendrá la máxima calificación y las demás se calificarán mediante la siguiente fórmula:
PP= (MOP/MOEA) *75
Dónde:
PP: Puntos asignados por precio.
MOP: Monto de la oferta con menor precio.
MOEA: Monto de la oferta económica en análisis.
- Pymes (Máximo 10 puntos):
En atención a lo expuesto en la Ley General de Contratación Pública y su reglamento, se les otorgará un 10% a los oferentes locales que presenten certificación PYME en su oferta y cumplan con los requisitos establecidos a continuación. Para optar por esta puntuación se debe cumplir con lo siguiente:
- Debe aportar constancia vigente de empresa en condición PYME emitida por el ente correspondiente.
- Económico (Máximo 5 puntos):
Se pretende con ese criterio fortalecer la economía del cantón y propiciar en el proveedor local incentivar no solo el desarrollo de su empresa, sino también garantizar bajo la responsabilidad de cada contribuyente, contar con un negocio en regla y que todo ese esfuerzo económico se vea reflejado en un puntaje, además el municipio propicia como un valor público el desarrollo del cantón y la zona de occidente conforme a la estrategia de comercio justo liderada por este cantón.
Para evaluar este ítem se aplicará conforme la siguiente tabla:
FACTOR Y PUNTAJE
Patentados en el cantón de Grecia 5%
Demás Patentados 3%
- Plazo de entrega (Máximo 10 puntos):
La oferta que ofrezca el menor plazo será la oferta base y recibirá la puntuación máxima de puntos indicados. La asignación de puntos en ofertas que sean de un precio mayor se utilizará la siguiente fórmula:
Dónde:
PP: Puntos asignados por Plazo.
DOMP: Días de la Oferta con Menor Plazo.
DOE: Días de la Oferta en Estudio.
El plazo de entrega rige a partir del momento en que se notifique la orden de inicio, misma que indicara la fecha de inicio y de entrega.
El plazo estipulado en la oferta será vinculante para efecto de entrega del suministro, multas por entrega tardía y cualquier otra condición para la que el plazo ofrecido tenga participación.
Para aquellos oferentes que indiquen un plazo de entrega en tiempo hábil, se le aplicará la siguiente fórmula:
Días naturales = Plazo de entrega ofrecido * 1.4
En caso de empate entre los oferentes se establece como mecanismo de desempate lo siguiente:
- Cuando existan PYMES (condición que deberá demostrar según Ley 8262), serán consideradas prioritariamente en el siguiente punto.
- Precio.
- Experiencia.
En caso de persistir el empate se efectuará un sorteo en presencia de un representante de las personas o empresas empatadas, un abogado de la Institución y el analista encargado del trámite, previa convocatoria. Su inasistencia se entenderá como renuncia a participar, quedando excluido del sorteo, el cual se realizará con los presentes. Para el sorteo se utilizarán papeles de igual tamaño y color, uno de ellos tendrá la palabra “Ganador”, cada representante sacará de una bolsa un papel y resultará adjudicatario el que saque el papel con la palabra “Ganador”. El sorteo se efectuará en la Proveeduría Institucional y se levantará el acta respectiva.
La Municipalidad de Grecia requiere contratar el suministro de gas en el cilindro que transporta la tanqueta de emulsión asfáltica, para la oferta se deben de contemplar las siguientes disposiciones:
- Carga de Gas Licuado de Petróleo LPG en cilindro de 100 libras (45,36 kg) para uso de la cuadrilla de bacheo.
- El gas debe suministrarse en envases cilíndricos del adjudicatario, debidamente marcados o identificados con su nombre impreso en ellos, en cada orden de compra se reemplazara el cilindro vacío por el lleno.
- Todo el material, recursos y equipos necesarios para llevar a cabo el servicio solicitado será suministrado por el Contratista.
- El administrador de contrato puede solicitar el producto en cualquier momento, durante el periodo de vigencia del contrato, siempre y cuando exista una orden de pedido que respalde dicha solicitud.
- El funcionario autorizado para realizar la entrega, deberá portar una identificación con información de su contratante y debe cumplir con todos los requerimientos de seguridad establecidos para realizar dichas tareas.
- La recepción del producto será llevada a cabo por cada uno de los Administradores del Contrato, o bien en su defecto a quien estos designen.
- Los cilindros deberán portar la etiqueta con la composición del producto, así como las indicaciones de uso, manipulación, precauciones y advertencias.
- El contratista deberá de aportar los cilindros o envases, cada vez que la Administración lo solicite y estos deberán estar pintados correctamente, según el gas que contengan, además, deberán poseer las válvulas correspondientes a cada tipo de gas y estar identificados con las etiquetas correspondientes (al símbolo que corresponde y el número internacional de las Naciones Unidas para cada producto).
- El contratista deberá brindar la capacitación necesaria en cuanto a medidas preventivas de seguridad respecto a la manipulación del producto, las capacitaciones serán para el personal que realiza la manipulación del producto (Cuadrilla de Bacheo), dicha capacitación deberá ser impartida en el plantel Municipal y se realizara en horario laboral de 7:30am a 3:00pm, mínimo 2 horas una única vez al año.
- El contratista tendrá un máximo de 2 días hábiles para realizar la entrega una vez notificada la orden de pedido en Sicop.
- La proyección de consumo sería de 1 cilindro por mes aproximadamente.
No se permite el cobro separado del transporte o acarreo, y el producto deberá ser entregado en el plantel Municipal del Cementerio y su entrega de ser contemplada en el precio.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La Municipalidad de Grecia requiere contratar una persona física o jurídica que suministre gas GLP para ser utilizado en labores de bacheo, la cual se utiliza en la tanqueta para el mantenimiento de la red vial cantonal bajo el cargo de la Unidad Técnica Gestión Vial Municipal, modalidad según demanda. Este suministro no solo servirá para atender esa necesidad sino también otras que requieran a futuro.
La presente contratación se justifica en la necesidad de adquirir gas licuado de petróleo (GLP) para garantizar la continuidad y el adecuado desarrollo de las labores realizadas por el área de bacheo. Este insumo es requerido para el funcionamiento de la tanqueta utilizada en los trabajos de preparación y aplicación de materiales necesarios para el mantenimiento y reparación de la red vial.
Contar con un suministro oportuno de gas GLP permitirá asegurar la disponibilidad operativa de la tanqueta y evitar interrupciones en las labores de bacheo, contribuyendo al mantenimiento adecuado de las vías públicas y a la atención oportuna de las necesidades de infraestructura vial del cantón.
Mediante a la constancia presupuestaria MGP-CONST-0564-2026 se cuenta con una asignación de ¢100.000,00, garantizando la disponibilidad financiera para esta contratación.
El monto del contrato no excede la asignación presupuestaria y se gestiona conforme a los principios de eficiencia y control financiero establecidos en la Ley General de Contratación Pública.
- Cada documento que conforma la oferta se debe adjuntar de forma individual (favor no incluir PDF con documentos agrupados).
- El nombre de cada documento incluido en la oferta debe identificar claramente su contenido.
- Los documentos escaneados y firmados en físico o en manuscrito, deberán presentarse conjuntamente con la certificación emitida por notario público, donde se haga constar que es copia fiel y exacta de su original, de conformidad con el artículo 295 de la LGAP.
- En caso de incluir documentos emitidos en el extranjero, estos deben encontrarse apostillados o consularizados, según corresponda, de conformidad con el artículo 294 de la LGAP.
- Oferta:
- Serán oferentes todas aquellas personas que presenten su oferta en forma electrónica por medio del Sistema integrado de compras públicas, actuando por sí mismo o por medio de un representante debidamente acreditado para tales efectos.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
- Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en ellos constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros.
- En atención al párrafo tercero, inciso 3 del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en adelante C.C.S.S., el oferente deberá estar al día con sus obligaciones obrero-patronales ante la C.C.S.S.
- El oferente deberá encontrarse al día en el pago de las obligaciones con FODESAF, esto conforme al artículo 22 inciso c, de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares No 5662.
- Debe de contar con póliza del INS conforme a la actividad comercial que ejerza y conforme lo solicitado en este pliego de condiciones.
- Conforme a lo establecido en el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el oferente debe de encontrarse al día con sus obligaciones ante Tributación Directa.
- En los casos cuando se aporten manuales o documentación técnica los mismos deben adjuntarse a la oferta en el sistema integrado de compras públicas en momento procesal oportuno.
- La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español, salvo que en el pliego de condiciones se permitan otros idiomas con la traducción debidamente consularizada o se acepte una traducción libre de su texto.
- El acto de apertura de las ofertas se realizará mediante el sistema integrado de compras públicas, en la fecha y hora establecida en el pliego de condiciones.
- Los oferentes podrán efectuar observaciones al acta de apertura de ofertas en forma electrónica por medio de sistema integrado de compras públicas dentro del plazo de una hora posterior a la publicación de la apertura.
- El Oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de partidas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar en las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se permite la cotización parcial de una línea.
- Toda documentación adjunta en la oferta económica que sea emitida del exterior deberá estar apostillada para validar la veracidad del documento, así como en etapas posteriores a ésta que sea requerida por la administración o como respaldo del oferente, adjudicado y/o contratado.
- Oferta Base, Alternativas, en Conjunto o Consorciada: Se regulará conforme lo indicado en el artículo 125 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Los documentos adjuntos al pliego de condiciones forman parte integral de este, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en la documentación adjunta al pliego de condiciones en Sistema Integrado De Compras Públicas.
- Acto final:
La Municipalidad de Grecia se reserva el derecho de adjudicar en forma parcial cuando surjan temas de interés público. El plazo para dictar el acto final será el doble del plazo fijado en el pliego para la recepción de ofertas. En casos excepcionales y por acto motivado, se podrá prorrogar hasta por un plazo igual al definido en la recepción de ofertas.
Conforme a los artículos 104 y 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación pública la Municipalidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades, conforme al disponible presupuestario, así mismo conforme al artículo 90 inciso h) se reserva el derecho de no adjudicar aquella (s) líneas que tengan precios fuera del mercado nacional en la línea afectada.
El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración procederá con la insubsistencia del concurso.
Conforme al artículo 8 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, el adjudicatario deberá entregar un programa de trabajo y se designa a el administrador del contrato como encargado de emitir la “no objeción” de:
- El programa de trabajo preliminar, inicial y sus eventuales actualizaciones.
- La pertinencia de los índices de precios y la documentación probatoria presentada.
- El presupuesto detallado y su concordancia con la estructura del precio.
- Cronograma de trabajo.
El encargado de emitir la “no objeción” será el encargado de velar por la correcta aplicación de esta cláusula y del régimen de revisión de precios.
Es importante considerar que el programa de trabajo que contempla las fechas acordadas por las partes en los contratos de bienes y servicios y de sus actualizaciones, adicionalmente deberá otorgar la “no objeción” de los índices de precios y de la documentación probatoria del método analítico-documental, según corresponda.
La Administración contará con un plazo de cinco (5) días hábiles para revisar y resolver sobre la pertinencia del programa de trabajo y emitir la respectiva no objeción. En caso de devolución, el adjudicatario dispondrá de tres (3) días hábiles para corregir y reenviar el programa de trabajo, y la Administración de otros tres (3) días hábiles para su resolución definitiva.
Superada la etapa anterior, el adjudicatario deberá presentar el programa de trabajo inicial dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la orden de inicio, el cual también deberá obtener la no objeción de la Administración en un plazo máximo de tres (3) días hábiles.
Durante toda la ejecución contractual, el contratista estará obligado a mantener actualizado el programa de trabajo vigente, presentando solicitudes de actualización en casos de prórroga, suspensión, modificación unilateral ordinaria o excepcional del contrato, o incorporación de nuevos renglones de pago. En estos supuestos, la Administración contará con un plazo de cinco (5) días hábiles, prorrogables excepcionalmente hasta por quince (15) días hábiles, para resolver.
Queda debidamente informado y aceptado el oferente con la sola presentación de su oferta para cualquier procedimiento de contratación, la administración señale en el pliego de condiciones la contratación de un año con opción de renovación en periodos iguales hasta cubrir los cuatro años, la potestad de la Municipalidad de Grecia en NO RENOVAR esos periodos adicionales por ser prórrogas facultativas y en caso de tomar esa decisión, se notificará al contratado por el medio señalado en la oferta y/o sistema integrado de compras públicas, con al menos dos meses de anticipación de la fecha en que fue notificado el contrato que dio origen a la relación contractual, adjuntando la decisión tomada por el órgano competente.
El período de esta contratación será de 1 (un) año, prorrogable por 3 (tres) períodos adicionales de un año, es decir, el período total de la contratación podría ser por un máximo de 4 (cuatro) años. El cual iniciará a partir de la comunicación de la orden de inicio en SICOP a través de la funcionalidad “Comunicación de la ejecución del contrato”.
El tope para la presente contratación es el monto designado para la Licitación Reducida. Se entenderá por alcanzado dicho tope cuando la sumatoria de todas las órdenes de pedido emitidas al o los adjudicados, alcance dicho monto. Por tal razón habiéndose alcanzado el tope fijado, se dará por concluido el contrato independientemente del plazo que haya transcurrido.
En caso de no tener los bienes ya ingresados al país, seguirá el siguiente proceso:
- Solicitud escrita de exoneración suscrita por el Adjudicatario o su representante, en esta hará referencia a la contratación que da origen a la solicitud y deberá indicar el número de documento de embarque, el tipo de transporte (vapor, avión o terrestre), el país de procedencia, el consignatario, el remitente, el peso bruto en kilos y el valor CIF en dólares moneda de Estados Unidos de América.
- Una copia de la (s) factura (s) del o los suministros a exonerar, la misma debe ser redactada en español o en su defecto debe venir acompañada con la traducción correspondiente. En el caso de que en una misma factura se consignen otros suministros, se debe indicar claramente, cuales son los equipos que serán entregados a la Institución.
- Una copia del documento de embarque o guía aérea, el cual debe cumplir con todos los requisitos legales que exigen las aduanas del país, para cumplir con los trámites de exoneración. Asimismo, debe contener un “Endoso comercial a favor de la Institución“, firmado por el apoderado Generalísimo, o su representante legal, indicando el nombre, número de cédula y firma. Esto, por cuanto los documentos de embarque deben estar consignados a nombre del adjudicatario o su representante y no de la Administración.
- La administración entregará al contratista o su representante en Costa Rica, la documentación pertinente a la exoneración para que realicen en la Aduana o Almacén Fiscal los trámites de desalmacenaje y posterior entrega del bien en las bodegas de la Institución o en el lugar acordado.
- Es responsabilidad del contratista correr con todos los gastos, que ocasione el internamiento, desalmacenaje, transporte dentro y fuera del país, hasta entregar el bien en las bodegas de la Institución, si así se ha establecido en las condiciones del contrato.
- En el caso de desalmacenaje de vehículos, una vez realizado el desalmacenaje por parte del contratista, este deberá hacer entrega a la Institución de la Póliza de Desalmacenaje y Riteve al día.
- La Institución procederá con el trámite de exoneración de los derechos de inscripción e impuesto a la propiedad.
- La Institución entregará al contratista la documentación necesaria para que proceda con los trámites de inscripción y placas metálicas ante el Registro Nacional.
- En el caso de bienes ya ingresados al país que cancelaron esos impuestos, deberá el bien ofrecerse cumplir con lo regulado en la directriz.
Aplicará este documento como un trámite a lo interno en aquellas contrataciones que ameriten acreditar los registros a nivel presupuestario que se origen en sistema integrado de compras públicas, quedando claro para el adjudicado en firme que no será un documento mandatorio para esta Municipalidad para iniciar con el plazo de entrega. Queda en claro que es un trámite único y exclusivo a lo interno, prevaleciendo lo señalado en el sistema integrado de compras públicas en la notificación de la formalización del contrato.
El contratado debe realizar la solicitud provisional a través del sistema integrado de compras públicas para este procedimiento, del cual el administrador de esa contratación confrontará el objeto contratado y podrá tramitarlo sin condicionamiento alguno o bajo protesta, Debe estar la solicitud en sistema integrado de compras públicas previo a la entrega del objeto con al menos un día hábil antes de la entrega del objeto o de lo contrario no se recibirá.
En caso de presentarse en la entrega del objeto, anomalías, incongruencias, o su estado el administrador de la contratación dejará consignado al contratado por escrito y en sistema integrado de compras públicas, con el detalle de los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo, el cual no podrá exceder de la mitad del plazo de ejecución original.
El plazo de entrega rige a partir de la notificación del documento “Contrato” que se emite y notifica el sistema integrado de compras públicas En el caso de compras por demanda, el documento correspondiente para los plazos de entrega será de la notificación de cada “Orden de Pedido” que sea tramitada por la Administración al contratado en sistema integrado de compras públicas.
La modalidad de entrega será la establecida para cada línea en particular, siendo que dentro de un mismo contrato se puede encontrar líneas con entregas parciales y otras con entregas totales.
El plazo de entrega se da por medio de la disponibilidad inmediata, referente de acuerdo con las condiciones y necesidades indicadas en el pliego de condiciones.
Esta Municipalidad una vez generada la recepción provisional y definitiva lo comunicará por sistema integrado de compras públicas al contratado.
El adjudicado debe de solicitar por medio de sistema integrado de compras públicas, la recepción Provisional y Definitiva. La recepción definitiva sería en aplicación de lo regulado en el artículo 188 y 189 para los casos de obra pública y los artículos 284 y 285 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en las condiciones generales se detalla este punto.
En contrataciones que se estipulen pagos por avance en obra, las solicitudes de pago se realizaran por medio de “Solicitud de Información” en la etapa de contrato y se realizara una única recepción provisional y definitiva en el último pago del proyecto.
La factura de pago deberá ser remitida vía Sicop por medio de gestión de pago así como al correo facturas_electronicas@grecia.go.cr., esta debe de tener fecha igual o posterior a la aprobación de la recepción definitiva en sistema integrado de compras públicas.
El código de actividad referente a la Municipalidad de Grecia es el 8411.0
Las Municipalidades de este país se encuentran exentas de todo tipo de impuestos conforme a la Ley 9635, del transitorio X ”Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”.
De conformidad con el artículo de la Ley 7558, para aquellas contrataciones adjudicadas en una moneda diferente al colón, se aplicara el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica vigente al día en se efectuara el pago.
De conformidad con el artículo 277 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, la cual cita “Los derechos y las obligaciones derivados de un contrato en ejecución podrán ser cedidos a un tercero, previa autorización de la Administración, siempre que no se trate de una obligación personalísima.
El jerarca o quien éste designe contará con un plazo de hasta diez días hábiles para resolver la solicitud de cesión planteada, la cual debe acompañarse como mínimo de la solicitud formulada por el cedente la aceptación del cesionario y cualquier documentación que resulte pertinente en relación con sus condiciones. La autorización que emita el jerarca o quien este designe, deberá adoptarse mediante acto debidamente motivado en el que al menos se analicen los aspectos indicados en el artículo 102 de la Ley General de Contratación Pública”.
Conforme se establece en el artículo 278 del Reglamento la Ley General de Contratación Pública, los documentos deberán ser presentados en el Sistema digital unificado.
“La cesión de pago recibida por la Administración no exonera al contratista de sus obligaciones y tampoco convierte al cesionario en parte contractual”.
En caso de ausencia temporal del funcionario designado como órgano supervisor del contrato, quien asuma el puesto o en su defecto el superior jerárquico inmediato continuará con la labor de control, supervisión y coordinación de este. En caso de ausencia permanente se constituirá como nuevo órgano supervisor del contrato quien asuma el puesto ya sea de forma interina o permanente. Dicha situación será comunicada al contratado.
Salvo que se disponga cosa distinta en las condiciones específicas del Pliego de condiciones, para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del LGCP y 133 de su reglamento.
Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, la Municipalidad no asume ningún tipo de compromiso para con este. Asimismo, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará.
Durante la ejecución del contrato el subcontratado debe cumplir con todos los requisitos.
La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
El oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.
En los documentos adjuntos a la oferta, el (la) oferente debe realizar la indicación de si requiere subcontratistas Sí_________ No__________
En caso de que existan subcontratistas, en la oferta se deberá:
- Indicar los nombres de las personas físicas o jurídicas a quienes se pretende subcontratar.
- Indicar el porcentaje de participación, el cual no podrá superar el 50% del contrato que se pretende obtener en el costo total de la oferta, salvo autorización previa y expresa de la Administración a través de sus representantes técnicos, cuando a juicio de esta última existan circunstancias muy calificadas que así lo justifiquen.
- Presentar nota suscrita por el subcontratado, donde éste último muestre conformidad a prestar sus servicios para el (la) oferente y en el proyecto de interés.
- Aportar las mismas declaraciones juradas presentadas por el (la) oferente que se muestran en el apartado de “Condiciones y Declaraciones” del pliego de condiciones del expediente, y deberán aportar una certificación de los titulares de su capital social y de sus representantes legales, cuando ello corresponda.
Se realizará consulta de estar al día en sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social, Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares y Ministerio de Hacienda.
De autorizarse al contratista alguna subcontratación, éste se obliga solidariamente con el eventual subcontratista por la responsabilidad emanada de los derechos laborales de los trabajadores empleados por el o la subcontratista. Además, la subcontratación no releva al contratista de su responsabilidad por la ejecución defectuosa en el servicio que se realice. La no aprobación de algún subcontratista no da derecho alguno al adjudicatario en cuanto a prórrogas, obras extras, aumentos, etc.
Una vez notificada al contratado el acta de recepción definitiva por sistema integrado de compras públicas, podrá generar la factura electrónica y remitirse por ese sistema para el inicio del trámite respectivo de pago.
Las dependencias usuarias no recibirán las facturas junto con los bienes, servicios y/o obra; debe atenderse por el sistema integrado de compras públicas.
La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y adicionalmente en “otros” el proveedor debe indicar información del número de contrato que se solicita cancelar y el número de procedimiento.
El pago tendrá lugar dentro de los treinta días naturales a partir de la presentación de la factura en sistema integrado de compras públicas, la cual debe ser la fecha de notificación por ese sistema y después de notificada el Acta de Recepción Definitiva del objeto contractual de conformidad con lo establecido en la Ley vigente. Esta disposición aplica también para pagos parciales derivados de contratos de servicios continuados o compras por demanda.
- Resolución contractual: Con fundamento en el artículo 113 de la Ley General de Contratación Pública, La municipalidad podrá resolver unilateralmente el contrato por incumplimiento grave imputable al contratista. Para Garantizar el debido proceso, se seguirá el procedimiento previsto en el numeral 114 de la misma Ley.
- Rescisión Contractual: Con fundamento en el artículo 115 de la Ley General de Contracción Pública, la municipalidad podrá rescindir unilateralmente el contrato por razones de interés público, caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas; para ello, seguirá el procedimiento dispuesto en el propio artículo 115, así como, en el ordinal 114 de la Ley.
De igual manera, conforme lo establece el artículo 116 ídem, podrá convenirse la recesión por mutuo acuerdo cuando existan razones de interés público y no incurra causa de resolución imputable al contratista.
El Administrador del Contrato está en la obligación de tramitar el finiquito ante los representantes de las partes y atender lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN. Esta condición aplicará de manera obligatoria para los contratos de obra pública y facultativamente en aquellos contratos de bienes y servicios que por sus características sean sometidos a una vigencia igual o superior a los seis meses o en contratos continuos hasta cubrir los cuatro años.
Las partes tendrán la responsabilidad de mantener el equilibrio económico en todo momento, siendo necesario advertir esas variaciones y se consolide ese registro en el finiquito.
Se adjuntara formato para el finiquito.
No podrán realizarse finiquitos de los contratos bajo protesta ni incorporarse enmiendas posteriores toda vez que este acuerdo impide reclamos patrimoniales futuros, a excepción de la responsabilidad por vicios ocultos de la obra o servicios, conforme a lo previsto en el artículo 111 de la ley general de Contratación Pública.
El finiquito deberá formar parte del expediente electrónico de la contratación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa: En caso de que el adjudicatario incumpla en el contrato con lo requerido en el pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, iniciará el procedimiento para aplicar la multa respectivo por el hecho de conformidad con la matriz de cláusula penal y multa adjunta en el pliego de condiciones, por cada día de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento). El cobro de multas se hará reteniendo su equivalente en la facturación a cancelar al contratado conforme a la gestión por parte del Administrador del Contrato debidamente acreditada para tal fin, y quedará retenido hasta cumplir el proceso respectivo y resolución misma para la decisión final. Para fines de la multa se considera como incumplimiento lo siguiente: Multa diaria Descripción de la multa Multa 1 0,38% Se aplicará la multa si los cilindros entregados estén dañados y esto ocasione atrasos en los trabajos, se aplica la multa del 0.38% sobre el monto total de la adjudicación. Por cada día de atraso iniciando la multa el día siguiente de la fecha pactada. Multa 2 0,38% Se aplicará la multa si los cilindros entregados contengan menos cantidad y esto ocasione atrasos en los trabajos, se aplicará la multa del 0.38% sobre el monto total de la adjudicación, por cada día de atraso iniciando la multa el día siguiente de la fecha de entrega pactada. Multa 3 0,38% Se aplicará la multa si los cilindros entregados no cumplan con los requisitos técnicos solicitados esto ocasione atrasos en los trabajos, se aplicará la multa del 0.38% sobre el monto total de la adjudicación, por cada día de atraso iniciando la multa el día siguiente de la fecha de entrega pactada.
Cláusula penal. Cláusula penal: En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá pagar por concepto de cláusula penal un 1.50% del valor del monto de la orden de pedido por cada día de atraso, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. El contratado previo a finalizar el plazo contractual debe dejar constar al Administrador del contrato las razones por las cuales no podrá cumplir debido a situaciones de fuerza mayor, caso fortuito y/o negligencia de la administración, mismas que debe tramitar en sistema integrado de compras públicas durante el plazo contractual, del cual será ese momento jurídico de hacer constar la oportunidad del contratado para que no se aplique la cláusula penal. El contratado debe tener claro que para no incumplir en la cláusula penal debe solicitar la recepción provisional por sistema integrado de compras públicas, para que el administrador del contrato valide esta condición de cumplimiento y se deje constar la correcta ejecución contractual. En caso de que el contratado olvide o no trámite en sistema integrado de compras públicas esta solicitud, no será responsabilidad de la Municipalidad ni del Administrador del Contrato, acreditar por otra vía distinta al sistema integrado de compras públicas esa recepción provisional, quedando así claro que para esta etapa contractual sólo atenderá la administración esta gestión por dicho sistema. La fórmula y el detalle del porcentaje consignado en este punto se encuentran en el Excel adjunto.
Documentos del cartel7
- Pliego de condicionesPDF · 1,3 MB
- Multas y cláusulasXLSX · 92 KB
- CronogramaXLSX · 20 KB
- Constancia presupuestariaPDF · 328 KB
- Alerta sobre FraudePDF · 809 KB
- Comportamiento éticoPDF · 1,7 MB
- Cláusula hostigamientoDOCX · 20 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Edgar Esteban Morera Paniagua
Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal
Edgar Esteban Morera Paniagua
Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal
Karen Tatiana Barrantes Barrantes
Encargado del concurso · Administración de Bienes y Servicios
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 28/09/2026 22:32. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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