2026LD-000077-0015500001 · SICOP 20260803377
Adquisición de kits de firma digital y renovación de certificados para los funcionarios de la Región Huetar Norte, Inder
Instituto de Desarrollo Rural
Instituto de Desarrollo Rural ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡145 139 y quedó en firme el 01/10/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡145 139
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡71 925
50,4 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 01/10/2026
- Radiográfica Costarricense Sociedad AnónimaLa más barata de 2₡71 924,50
Informe de recomendación de Carolina Esther Garita Castillo, 25/09/2026
Fechas clave
- Se publicó04/09/2026 09:11 · hace 37 días
- Límite para 07/09/2026 23:59 · hace 34 días
- Límite para 08/09/2026 23:59 · hace 33 días
- Cierre de ofertas11/09/2026 08:59 · hace 30 días
- de ofertas11/09/2026 09:00 · hace 30 días
- publicado28/09/2026 16:40 · hace 13 días
- Adjudicación 01/10/2026 16:28 · hace 10 días
Contexto
- Instituto de Desarrollo Rural adjudicó ₡23 718,7 millones en 181 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra3 líneas
- Kit para Firma Digital. Consiste en Lector, Tarjeta y Certificado Digital.dispositivo de Alto Rendimiento en PC/SC Usb de la Jerarquia Nacional de Firma Digital.1 c/u · ₡50 671,411 c/u₡50 671,41
- Servicio de Renovación para la Emisión de Certificados Digitalesy Sus Respectivos Dispositivos Criptográficos de Firma Digital1 · ₡64 145,421₡64 145,42
- Lector para Tarjeta Inteligente de Firma Digital, Conexion Usb, Driverless, Compatible con Tarjetas Inteligentes Que Implementen Algoritmos Sha-1, Sha-256, Aes-128, Des, 3des, Rsa1 c/u · ₡30 321,671 c/u₡30 321,67
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡123 368 – ₡145 139
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 26 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 24 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Localía (cantón) 10 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡450,06 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Localía (cantón)máx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Radiográfica Costarricense Sociedad AnónimaGanó | 90 | 0 | 90 |
| G y R Grupo Asesor, | 42,75 | 0 | 42,75 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto final
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Cumplir con lo establecido en el pliego de condiciones
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- Sobre la adjudicación
La adjudicación será aprobada por la Gerencia General o Junta Directiva, según corresponda como Órganos Competentes según Ley 9036 “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y oficios GG-1377-2016 del 15 de noviembre de 2016 e INDER-PE-AJ-939-2022 del 13 de diciembre 2022.
Opción 1: Por conveniencia institucional y por un tema de logística y coordinación de entregas con el contratista, la Administración se reserva el derecho de adjudicar la totalidad de líneas de una partida a un solo proveedor, siempre y cuando cumpla con los aspectos técnicos y legales solicitados en el cartel, así como también se reserva la posibilidad de aumentar o disminuir la cantidad por contratar de unidades de una o varias líneas dentro de una misma partida, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria y de la razonabilidad del precio.
Opción 2: Si en una contratación, las ofertas elegibles para la evaluación en una partida no han ofertado la totalidad de las líneas, se procederá con la evaluación por línea, adjudicando aquellas que hayan obtenido la mayor calificación. La adjudicación parcial de una partida también será posible, siempre y cuando se cumpla con la satisfacción del interés público que se persigue y que las líneas que no se adjudiquen no afecten la integralidad del proyecto.
El plazo del contrato, según lo definido en la Decisión Inicial se define de acuerdo con los siguientes parámetros:
- Para bienes: 6 meses
- Servicios: 12 meses
- Obras: 24 meses.
Para esta contratación el plazo del contrato será de 24 meses, a partir de la notificación de la orden de inicio o notificación del contrato. Con posibilidad de prorrogas por 2 años. Puede ser de dos años con prorrogas iguales, 2 años con prorrogas de uno, máximo del contrato 4 años.
Para el caso de obras y servicios el plazo máximo de ejecución rige a partir de la orden de inicio emitida por parte del Administrador de Contrato, por medio de un documento debidamente firmado que debe ser del conocimiento del Conductor con el fin de que este registre dicha fecha en SICOP. Todo plazo de ejecución o de entrega debe darse estando vigente el plazo del contrato.
- Ofertas en consorcio
Definir las condiciones de ofertas en consorcio (artículo 127 RLGCP) en caso de considerarlo necesario. En todo caso la Administración podrá fijar el porcentaje mínimo de participación que cada miembro deba tener en el consorcio para considerar esa experiencia.
En el caso de que el pliego de condiciones sea omiso, la oferta consorcial deberá identificar un integrante que cumpla con el mínimo requerido para al menos uno de los aspectos a evaluar, debiendo entre todos los oferentes consorciados cumplir con la totalidad de las
condiciones del concurso.
Si en la oferta no se identifican los integrantes del consorcio que cumplen esas condiciones, la oferta no podrá ser elegible.
En cumplimiento de la Directriz No.44-H denominada "Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, dirigida al Sector Público" publicada en el alcance No.156 de la Gaceta No.167 del 10 de septiembre de 2024, el Inder deberá efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, estableciendo el requisito desde el pliego de condiciones de las contrataciones públicas, siempre y cuando las circunstancias del mercado lo ameriten y ello no cause un perjuicio a la satisfacción del interés público, lo cual deberá quedar acreditado dentro del expediente de la contratación. Cuando no sea posible adjudicar o renegociar en moneda nacional (colones) deberá motivarse el acto por la instancia pertinente y contar con el aval de la Administración Superior.
El precio ofertado final y definitivo por línea debe incluir todos los elementos que componen el mismo, tales como transporte, acarreo, fletes o similares y deberá expresarse con un máximo de dos decimales.
El precio indicado en la plataforma Sicop debe incluir todos los costos asociados al producto y entregas con los respectivos impuestos. Dentro del precio se asume el personal requerido para la total ejecución de la entrega.
Tomar en cuenta que el Inder no está exento del pago de impuestos. El Inder no reconocerá ningún costo adicional que no haya sido incluido en el precio ofrecido, por lo tanto, debe contemplar impuestos.
De acuerdo con el artículo 42 de la LGCP y el artículo 102 de su Reglamento se deberá detallar con el precio cotizado un desglose porcentual del precio (precio=%MO+%I+%GA+%U) según como se detalla en la siguiente tabla denominada: Estructura del Precio, la cual será considerada dentro del análisis de razonabilidad de precios:
Para bienes y servicios:
P = %MO + %I + %GA + %U Donde:
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Concepto |
Abrev. |
Porcentaje |
Monto |
|
Mano de Obra |
MO |
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Insumos |
I |
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|
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Gastos Administrativos |
GA |
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|
|
Utilidad |
U |
|
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Precio |
P |
100% |
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Se deben indicar los porcentajes aplicables a cada elemento, totalizando un 100%. Esta misma estructura aplicará para revisiones de precios en caso de ofertas en colones. |
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- Reajustes o revisiones de precios.
Este apartado aplica cuando son compras por demanda o bien contratos continuos.
De conformidad con los principios de equilibrio económico y razonabilidad que rigen la contratación pública en Costa Rica, el mecanismo de reajuste de precios debe aplicarse tanto cuando se produzcan incrementos como cuando se evidencien disminuciones en los costos que sirven de base para su cálculo. En consecuencia, si durante la ejecución contractual se determina, mediante la metodología establecida y los índices oficiales correspondientes, que los precios de mercado han experimentado una reducción, la Administración deberá proceder con el reajuste a la baja del precio contractual, con el fin de garantizar el uso eficiente de los recursos públicos y evitar que se generen pagos superiores a los costos reales del bien, servicio u obra contratada. Esta práctica responde al principio de mutabilidad del contrato administrativo y al deber de resguardar el interés público, manteniendo en todo momento el equilibrio económico-financiero de la contratación”.
Los precios cotizados en colones serán sujetos a reajustes de acuerdo al Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento, Decreto Ejecutivo N°33114 – MEIC, publicado en La Gaceta N°94 del miércoles 17 de mayo del 2006 y sus reformas, publicadas en La Gaceta N°139 del 19 de julio del 2006 y N° 20 del 27 de enero del 2012.
El reajuste solicitado se hará mediante la siguiente fórmula matemática:
Para bienes y servicios:
En donde:
Precio Variado Pv
Precio Cotizado Pc
% de costo de mano de obra del Pc Mo
% de costo de insumos del Pc I
% de costo de gastos administrativo del Pc GA
% de utilidad del Pc U
Índice de costo de mano de obra en el momento considerado para la variación (IMOtm)
Índice del costo de mano de obra en el momento de la cotización cuando la fórmula se aplica por primera vez y el vigente en la última revisión para posteriores aplicaciones (IMOtc)
Índice del costo de insumos en el momento considerado para la variación (iItm)
Índice del costo de los insumos en el momento de la cotización cuando la fórmula se aplica por primera vez y el vigente en la última revisión para posteriores aplicaciones (iItc)
Índice del costo de gastos administrativos en el momento considerado p/ la variación ((iGAtm)
Índice del costo de gastos administrativos en el momento de la cotización cuando la fórmula se aplica por primera vez y el vigente en la última revisión para posteriores aplicaciones ((iGAtc)
P = MO + I + GA + U
Fuente: Contraloría General de la República. Unidad de Autorización y Aprobación de Reajustes.
Los índices a utilizar serán los publicados por el BCCR en la página http://www.bccr.fi.cr:
- Mano de obra: Índice de salarios mínimos nominales (ISMN)
- Insumos: En el caso de los índices genéricos se utilizará el Índice de precios al productor de Servicios (IPP-S) para el caso de contratos de servicios y el Índice de precios al productor de Manufactura (IPP-Man), los otros insumos específicos serán reajustados con cada índice asociado más adecuado.
- Gastos administrativos: Índice de precios al consumidor (IPC)
En los contratos en los que procede la aplicación del reajuste o revisión de precios, de conformidad con lo regulado en los artículos 107, 108 y 109 del RLGCP, el oferente deberá́ aportar junto con la oferta la información de los índices oficiales de precios y costos asociados con los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
En el caso de ofertas que contemplen la cotización en colones y cualquier otra monera, se deben indicar los índices elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos, y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio y los valores absolutos de la estructura de precio. La pertinencia de lo anterior deberá́ ser verificada por parte de la Administración.
Excepcionalmente, en caso de que no exista un índice oficial del país de origen de determinado costo directo o indirecto, las partes podrán demostrar las variaciones de ese costo, mediante el método analítico-documental. Esto tomando en consideración la diferencia en el precio del insumo o servicio entre el día de la compra y el día de la presentación de la oferta, ello con base en documentación probatoria valida y pertinente, que desde la oferta se haya presentado en caso de ser necesario.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Las facturas deberán presentarse en el tipo de moneda cotizada. El INDER realizará los pagos en moneda costarricense. Sin embargo, para las ofertas en otra moneda, se aplicará el tipo de cambio de referencia para la venta del Dólar Americano, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento del pago por parte de la Tesorería del Inder (Art.18 del RLGCP).
Todo pago producto de esta contratación, está sujeto a las retenciones que la Ley 7092 Ley del Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento, establece en su artículo 23 inciso g) “dos por ciento (2%) de impuesto del producto bruto, cuando corresponda”; además de que se encuentre al día con la CCSS y FODESAF y las respectivas pólizas. Para efecto de solicitar una constancia sobre este rebajo debe solicitarse directamente a la Unidad de Tesorería.
El pago se efectuará mediante cheque o transferencia a la cuenta corriente del contratista, 30 días naturales (Art. 19 RLGCP) posteriores a la entrega del “Acta de Recibido a Satisfacción para Pago (Recepción Definitiva) en la Proveeduría Institucional.
Para esta contratación, el pago se realizará en un 100% por equipo entregado a satisfacción.
No se aceptan entregas parciales de las órdenes de pedido.
- Rangos de tolerancia para razonabilidad del precio
Con el fin de cumplir con el artículo 44 inciso b) RLGCP, el INDER realiza un estudio de razonabilidad de precios, mediante el formulario de Excel FO-ABS-002 (disponible en el expediente electrónico) denominado Investigación de Precios y Análisis de Razonabilidad en el cual la metodología a utilizar es:
- Sacar la desviación estándar de las fuentes dadas por la Unidad Solicitante (estudio de mercado).
- Una vez dada se le resta al precio más bajo dado por las cuatro fuentes y nos da el precio mínimo y se le suma al precio más alto dado y nos da el precio máximo
- Confrontar el precio ofertado con el precio mínimo y máximo.
De acuerdo con el artículo 42 de la LGCP y el 103 de su Reglamento el presupuesto detallado, deberá́ ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato.
El presupuesto detallado deberá contener al menos sus costos directos, donde se considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (deberá considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
El adjudicatario debe presentar un desglose del presupuesto detallado del bien y/o servicio, deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta.
- Evaluación de Ofertas
Las ofertas que cumplan con los aspectos técnicos y legales solicitados serán evaluadas según los siguientes criterios de selección, con el propósito de elegir la oferta adjudicada, las ofertas que no cumplan con los requerimientos técnicos, legales y financieros mínimos serán descalificadas y no serán tomadas en cuenta para esta etapa:
|
CRITERIO DE EVALUACIÓN |
PORCENTAJE |
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1. |
Precio Ofertado |
90% |
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3. |
Localía |
10% |
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PUNTAJE TOTAL: |
100% |
|
4.9.1 Precio Ofertado (90%)
En caso de que la adjudicación sea por partida, la oferta de menor precio total por partida obtendrá 90 puntos, si la adjudicación es por línea, aquella con menor precio obtendrá 90 puntos, para las demás ofertas, el porcentaje disminuirá proporcionalmente de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula, para la asignación de puntos:
4.9.3. Localía (10%)
De conformidad con el Acuerdo de Junta Directiva Artículo No. 3 de la Sesión Ordinaria 13, celebrada el 9 de abril de 2018, la aplicación de este rubro será de la siguiente manera:
- Proveedores cuyas operaciones se ubican en la Región de Desarrollo Huetar Norte (San Carlos, Sarapiquí, Guatuso, Upala, Rio Cuarto) 5pts
- Proveedores cuyas operaciones se ubican fuera de la Región de Desarrollo Huetar Norte: 0pts
El proveedor deberá aportar certificación emitida por la Administración Tributaria, en donde constate el lugar en el que el proveedor desarrolla su actividad económica para la asignación de los puntos respectivos, de lo contrario no será asignado ningún punto.
En caso de presentarse un empate entre dos o más ofertas, en la suma de los factores evaluados, el criterio a utilizar para seleccionar a los proveedores es el siguiente:
- PYMES: De acuerdo al Decreto Ejecutivo número 37427-H, publicado en La Gaceta el 12 de diciembre 2012, se procederá a asignar de forma adicional la siguiente puntuación:
- PYME de Industria: 5 puntos.
- PYME de Servicio: 5 puntos.
- PYME de Comercio: 2 puntos.
- De persistir el empate, se efectuará un sorteo en presencia de un representante de los oferentes que ostentan esa condición, un abogado de la Institución y el encargado del proceso licitatorio; previa convocatoria. Su inasistencia se entenderá como renuncia a participar, quedando excluido del sorteo, el cual se realizará con los presentes. Para el sorteo se utilizarán papeles, uno de ellos tendrá la palabra "Ganador", cada representante sacará de una bolsa un papel y resultará adjudicatario el que saque el papel con la palabra "Ganador". El sorteo se efectuará en la Proveeduría Institucional del Inder y se levantará el acta respectiva.
La adjudicación será aprobada por la Gerencia General o Junta Directiva, según corresponda como Órganos Competentes según Ley 9036 “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y oficio GG-1377-2016 del 15 de noviembre de 2016.
Opción 1: Por conveniencia institucional y por un tema de logística y coordinación de entregas, la Administración se reserva el derecho de adjudicar la totalidad de líneas de una partida a un solo proveedor, siempre y cuando cumpla con los aspectos técnicos y legales solicitados en el cartel, así como también se reserva la posibilidad de aumentar o disminuir la cantidad por contratar de unidades de una o varias líneas dentro de una misma partida, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria y de la razonabilidad del precio.
Opción 2: Si en una contratación, las ofertas elegibles para la evaluación en una partida no han ofertado la totalidad de las líneas, se procederá con la evaluación por línea, adjudicando aquellas que hayan ofertado el menor precio por línea. La adjudicación parcial de una partida también será posible, siempre y cuando se cumpla con la satisfacción del interés público que se persigue y que las líneas que no se adjudiquen no afecten la integralidad del proyecto.
El Inder readjudicará a la segunda mejor oferta calificada en caso de incumplimiento por parte del adjudicatario, ya sea en:
- No presentar la garantía de cumplimiento y especies fiscales en el plazo legal establecido.
- Renuncia de la adjudicación.
- No entregar el objeto contractual sin justificación válida para la administración.
Esta readjudicación será aprobada por la Gerencia General como Órgano Competente según Ley 9036 “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y oficio GG-1377-2016 del 15 de noviembre de 2016.
- Garantía de Cumplimiento y especies fiscales
Según la normativa para procesos por licitación reducida es facultativo se incluya, pero para licitaciones menores y mayores es obligatorio. Será facultativa para aquellas contrataciones efectuadas con pymes derivadas del procedimiento de licitación menor, siempre y cuando no alcancen el diez por ciento (10%) del umbral establecido para esta licitación.
Para esta contratación, por cada orden de pedido se solicitará el pago de la garantía de cumplimiento. En consecuencia, una vez notificada la orden de pedido, el adjudicatario deberá, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que se le requiera, depositar una garantía de cumplimiento equivalente al 10% del monto total adjudicado en dicha orden de pedido.
Deberá rendirse electrónicamente a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), de conformidad con lo establecido en el Reglamento de uso del Sistema sobre la rendición de garantías, por cualquiera de los medios que se indican expresamente en la Ley de Contratación Pública.
- Devolución de Garantía
La devolución de la garantía o su ejecución se regirán según lo establecido en los artículos 44 y 45 LGCP y artículo 113 y 116 RLGCP.
La garantía de cumplimiento se devolverá a solicitud del interesado, dentro de los 40 días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración, haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual, según Informe que presente el Encargado General del Contrato ante la Proveeduría Institucional.
En caso de incumplimiento, ejecución tardía o defectuosa el Inder, ejecutará de pleno derecho y sin mayor trámite, la garantía de cumplimiento, reservándose el derecho de acudir a la vía judicial, para resarcirse de los daños y perjuicios que eventualmente le puedan causar.
La solicitud de la devolución de garantía debe en enviarse por correo electrónico al administrador del contrato, para posteriormente elevarlo al conductor del proceso
- Sanciones Multa-Clausula Penal
Multa:
En caso de incumplimiento del contrato, y que ocasione una erogación presupuestaria adicional para el Inder, el contratista será responsable de cubrir los costos inherentes en que incurra el Inder para poder cubrir la necesidad pública que se está buscando, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados, de conformidad con el 47 de la Ley General de Contratación Pública y 117 de su Reglamento.
Actividades sujetas a multa:
- Por no sustituir el equipo o material dañado en un lapso de 72 horas.
- Faltante de equipo solicitado en las especificaciones técnicas.
- Por utilizar productos que no corresponden a los ofrecidos en el oferta.
Clausula Penal:
Si existiera atraso imputable al contratista en la entrega del objeto contractual de esta contratación, según los plazos establecidos en el presente cartel, éste autoriza al Inder para que por concepto de cláusula penal, le rebaje del pago respectivo, la suma correspondiente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) correspondiente por cada línea del cartel afectada y por cada día hábil de atraso en la entrega del objeto contractual (según el plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual y se ejecutará la garantía de cumplimiento, sin detrimento de otros procedimientos sancionatorios como daños y perjuicios.
En caso de servicios la fecha que se toma para cálculo de la cláusula penal se considerará el día hábil siguiente a la fecha de notificación al adjudicatario de la Orden de Inicio, o en su defecto se considerará el día hábil siguiente a la fecha de notificación del contrato vía SICOP.
De acuerdo con el seguimiento para verificar la correcta ejecución del servicio se clasificará el proveedor, según relevancia y criticidad donde se le realizará una evaluación anual por parte de los Administradores del Contrato, el cual será notificado para su conocimiento, se le brindará los detalles del resultado y las fechas para reclamos, una vez realizada la evaluación correspondiente del mismo.
- Formalización de finiquitos
Con la recepción total del objeto contractual y canceladas las obligaciones, será obligatorio la firma del finiquito en todos los procesos de contratación, (artículo 291 RLGCP).
Con la presentación de la oferta, los participantes se comprometen a actuar de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídicos, durante todas las etapas del procedimiento de contratación, incluyendo la ejecución contractual en caso de adjudicación.
- Aspectos por Cumplir en Materia de Salud Ocupacional
Es obligación del contratista velar porque sus empleados cuenten con todos los equipos y material necesario en materia salud ocupacional, por lo que el Inder no tendrá ninguna responsabilidad al respecto.
- Documentación
Toda documentación que se genere de esta contratación ya sea por parte del Administrador del Contrato y/o por el Contratista, deberá ser incorporada al expediente electrónico en el SICOP por los administradores del contrato, con el fin de mantener un expediente actualizado y deberá remitirse al encargado de la contratación para conocimiento.
En todo lo no previsto en estas especificaciones se aplicará la Ley de General de Contratación Pública Ley No.9986, el Reglamento a la Ley General de la Administración Pública (Decreto Ejecutivo Nº 43808-H) y el Reglamento Interno de Contratación Pública del Inder.
- Funciones Administrador del Contrato
Le corresponderá a los administradores del contrato y en conjunto con su Jefatura inmediata, cumplir con las funciones dictadas en el Reglamento Interno de Contratación Administrativa y en la Circular INDER-GG-AF-ADM-PI-OFI-003-2025 comunicada el 2 de julio del 2025.
Pliego de Condiciones elaborado a partir de la Solicitud de Contratación y de la Decisión Inicial aportados por la Unidad Solicitante del proceso, mediante oficios o documentos visibles en el expediente electrónico del proceso de compra pública.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. GENERALIDADES
1.1. Presentación
El Instituto de Desarrollo Rural (en adelante Inder), con fundamento en la Ley General de Contratación Pública, (en adelante LGCP), el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, (en adelante RLCP) y la ley 9036 del 29 de mayo de 2012, en atención a lo solicitado mediante el Número de Solicitud de Contratación 0062026003600004 realizada por las Oficinas de la Región Huetar Norte, se procede a través de la Proveeduría Institucional a iniciar la Licitación Reducida que se regirá por las estipulaciones legales aplicables y las condiciones técnicas siguientes.
1.2. Objetivo, Justificación y Unidad Solicitante
El certificado digital es un documento electrónico que contiene la identidad, la llave pública y la información personal del suscriptor, que le permitirá autenticarse y firmar electrónicamente con la misma relevancia jurídica que lo hace con la firma autógrafa.
Este certificado digital almacena en un dispositivo criptográfico denominado Tarjeta Inteligente, aceptado por el sistema nacional de certificación nacional. Además, para que se pueda hacer uso de dicha tarjeta es imprescindible contar con el lector de dispositivo criptográfico por lo que permite la lectura de la información contenida en la tarjeta inteligente.
El Instituto de Desarrollo Rural en la Región de Desarrollo Huetar Norte, desea renovar los certificados y dotar a sus funcionarios (as) de firmas digitales. Es por esto, que se desea contar con esta contratación para continuar con las tareas que se desarrollan a través de este suministro, tales como: consulta de sistemas, firma de documentos, entre otras asignaciones necesarias para continuar con los procesos a cargo.
1.3. Presupuesto
Se cuenta con los recursos suficientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley General de Contratación Pública, para hacer frente a la erogación correspondiente, según consta en el oficio INDER-GG-DRT-RDHN-OFI-211-2026, el cual se encuentra incorporado en el expediente electrónico en SICOP. Asimismo, con cada orden de pedido, el Administrador del Contrato deberá adjuntar la respectiva solicitud de compra, garantizando la disponibilidad presupuestaria.
Al tratarse de una contratación con vigencia plurianual, se indica que se garantiza el pago de las obligaciones correspondientes a cada ejercicio económico, para lo cual la Administración adoptará las medidas pertinentes.
1.4. Proyección de Consumo
Considerando el contenido del Anexo 4, que detalla la Proyección de Consumo, se calcula una estimación aproximada de ₡584.558,51 anualmente para la adquisición de firmas digitales.
Se advierte a los oferentes que la Administración no asegura al adjudicatario ningún consumo mínimo de productos, por lo que dicha cantidad podrán aumentar o disminuir según la demanda real del producto, sin que ello implique variación alguna de las condiciones contractuales, ni otorgue derecho alguno de resarcimiento al adjudicatario, por lo que en consecuencia, no se asegura tampoco al adjudicatario suma mínima alguna de ingresos por concepto de la presente contratación, pues estos se cancelarán conforme la cantidad real efectivamente requerida por el Inder, aceptada y suministrado por el adjudicatario según cada Orden de Pedido generada.
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
2.1. Plazo de Entrega y administradores del contrato
El oferente deberá manifestar o indicar el plazo en días hábiles en que se compromete a entregar el servicio objeto de esta contratación, dicho plazo no podrá exceder 8 días hábiles, estos plazos corren a partir de la notificación de la orden de pedido, fecha que rige para efectos de aplicar el rebajo respectivo por Cláusula Penal. En caso de que no indique expresamente un plazo determinado, se entenderá que se aceptan las condiciones cartelerías.
La administración del contrato estará a cargo de los siguientes funcionarios de las oficinas de la Región Huetar Norte, quienes se detallan a continuación:
|
Partida |
Línea |
Oficina |
Responsable |
|
1 |
1-4 |
Oficina de Desarrollo Territorial Guatuso |
Pedro Martinez Porras pmartinez@inder.go.cr Teléf.: 2464-0250 |
|
Oficina de Desarrollo Territorial Santa Rosa |
Oscar Soto Flores osoto@inder.go.cr Teléf.: 2477-7076 |
||
|
Oficina de Desarrollo Territorial Horquetas |
Adrián Mendoza González amendoza@inder.go.cr Teléf.: 2764-3718 |
||
|
Oficina de Desarrollo Territorial Puerto Viejo |
Angie Sanabria González asanabria@inder.go.cr Teléf.: 2766-6113 |
||
|
Dirección |
Yefrine González Calderón ygonzalez@inder.go.cr Teléf.: 2260-7703 |
||
|
Oficina de Desarrollo Territorial Cuidad Quesada |
Virginia Peña Balladares vicky@inder.go.cr Teléf.: 2460-4246 |
||
|
Oficina de Desarrollo Territorial Upala |
Gabriela Arias Murillo garias@inder.go.cr Teléf.: 2470-1550 |
2.2. Objeto a Contratar
El Inder requiere contratar los bienes y/o servicios para las Oficinas de la Región Huetar Norte, según los códigos señalados en el cartel electrónico, a saber:
|
Partida |
Oficina |
Línea |
Código de Identificación |
Descripción |
|
1 |
OFICINAS DE DESARROLLO TERRITORIAL HUERTAR NORTE |
1 |
4321229992082559 |
KIT PARA FIRMA DIGITAL. CONSISTE EN LECTOR, TARJETA Y CERTIFICADO DIGITAL.DISPOSITIVO DE ALTO RENDIMIENTO EN PC/SC USB DE LA JERARQUIA NACIONAL DE FIRMA DIGITAL. |
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8111209992035217 |
SERVICIO DE RENOVACIÓN PARA LA EMISIÓN DE CERTIFICADOS DIGITALESY SUS RESPECTIVOS DISPOSITIVOS CRIPTOGRÁFICOS DE FIRMA DIGITAL |
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LECTOR PARA TARJETA INTELIGENTE DE FIRMA DIGITAL, CONEXION USB, DRIVERLESS, COMPATIBLE CON TARJETAS INTELIGENTES QUE IMPLEMENTEN ALGORITMOS SHA-1, SHA-256, AES-128, DES, 3DES, RSA |
2.3. Especificaciones Técnicas Detalladas
- Línea 1- Kits
La adquisición de kits completos de firma digital (tarjeta inteligente, lector y certificado), consiste en kits que contienen lector, tarjeta y certificado digital; dispositivo de alto rendimiento en pc/sc USB de la jerarquía nacional de firma digital.
El kit debe incluir:
- Tarjeta inteligente con microprocesador criptográfico.
- Lector de tarjeta inteligente.
- Certificado digital.
- Cables o dispositivos de adaptación e interconexión vía USB y compatibilidad con Windows
Especificaciones de la tarjeta:
Pueden ofertarse tarjetas con especificaciones superiores siempre que éstas mantengan la misma compatibilidad de las tarjetas descritas:
- Debe cumplir con el estándar ISO/IEC 7810 en cuanto a las características físicas de las tarjetas inteligentes, incluyendo materiales y fabricación.
- Deben de ser tarjetas de circuito integrado con contactos.
- Con chip con capacidades criptográficas, capacidad de generar pares de llaves criptográficas (pública y privada) a lo interno del chip de al menos de 2048 bits; el chip debe tener capacidad de almacenamiento de al menos 64 kb en memoria EEPROM; debe ser compatible con el sistema administrador de tarjetas, utilizado por la CA SINPE, compatibles con las herramientas más recientes de Microsoft.
- Deben cumplir con el estándar ISO/IEC 7810, específicamente para la tarjeta de tamaño ID-1 (85.60 mm de ancho por 53.98 mm de alto por 0.76 mm de grosor). Las pruebas realizadas a las tarjetas para demostrar que cumplen con los parámetros especificados en el estándar ISO/IEC 7810 deben haberse realizado en cumplimiento con los procedimientos de pruebas estipulados en el estándar ISO/IEC 10373-1.
La impresión de la tarjeta debe realizarse con una tecnología de impresión tal que el fabricante garantice su calidad por un mínimo de cuatro años, para lo cual las tarjetas deben laminarse tanto en su anverso como en su reverso, tomando en cuenta que debe dejarse libre el espacio del chip. El número de serie deberá ser impreso con tecnología láser.
Los dispositivos criptográficos (tarjetas inteligentes) deberán estar homologados por la Autoridad Certificadora del SINPE (CA SINPE – Persona Física).
Lo anterior no limita a la Administración a solicitar medios que cumplan con nuevas especificaciones técnicas o características más recientes según los parámetros establecidos por el Banco Central o el MICITT.
Especificaciones del lector:
- El lector debe tener la posibilidad de conectarse en cualquier componente de la computadora (CPU, monitor, teclado, entre otros).
- Debe traer cables o dispositivos de adaptación e interconexión vía USB.
- Los lectores deben estar en la lista de productos certificados por Microsoft, para los sistemas operativos Windows oficialmente soportados por Microsoft como fabricante. Lo cual será verificado en las páginas oficiales de Microsoft.
- El lector de tarjetas deberá estar homologado por la Autoridad Certificadora del SINPE (CA SINPE – Persona Física) de Banco Central de Costa Rica. El certificado debe tener una validez estándar de al menos cuatro años a partir de la fecha de emisión.
Lo anterior no limita a la administración a solicitar medios que cumplan con nuevas especificaciones técnicas o características más recientes según los parámetros establecidos por el Banco Central o el MICITT.
Especificaciones del certificado digital:
- Debe ser emitido por una Oficina de Registro autorizada para emitir certificados de la Autoridad Certificadora del SINPE (CA SINPE - Persona Física) de Banco Central de Costa Rica.
- El certificado debe tener una validez estándar de al menos cuatro años a partir de la fecha de emisión.
Lo anterior no limita a la administración a solicitar medios que cumplan con nuevas especificaciones técnicas o características más recientes según los parámetros establecidos por el Banco Central o el MICITT.
- Línea 2-Renovación de certificados
Las renovaciones para la emisión de certificados digitales y sus respectivos dispositivos criptográficos de firma digital, deberán tener las siguientes características:
- Los dispositivos criptográficos se entienden como tarjetas chips inteligentes, por lo que debe cambiarse la tarjeta con cada renovación.
- Especificaciones del Certificado Digital debe ser emitido por una oficina de registro autorizada para emitir certificados de la Autoridad Certificadora del SINPE (CA SINPE - Persona Física) de Banco Central de Costa Rica. El certificado debe tener una validez estándar de al menos cuatro años a partir de la fecha de emisión.
Especificaciones de la tarjeta:
Especificaciones mínimas para la tarjeta, pueden ofertarse tarjetas con especificaciones superiores siempre que éstas mantengan la misma compatibilidad de las tarjetas descritas:
- Debe cumplir con el estándar ISO/IEC 7810; deben de ser tarjetas de circuito integrado con contactos; con chip con capacidades criptográficas, capacidad de generar pares de llaves criptográficas (pública y privada) a lo interno del chip de al menos de 2048 bits; el chip debe tener capacidad de almacenamiento de al menos 64 kb en memoria EEPROM; debe ser compatible con el sistema administrador de tarjetas, utilizado por la CA SINPE, compatibles con las herramientas más recientes de Microsoft.
- Después de que la tarjeta ha sido inicializada y personalizada, la capacidad de la memoria EEPROM debe permitir el funcionamiento correcto de la aplicación PKI y el almacenamiento simultáneo de al menos cuatro certificados X.509 V3 y sus correspondientes llaves de 2048 bits. De preferencia, la aplicación a lo interno de la tarjeta, que provee la funcionalidad de firma digital (en adelante llamada aplicación PKI), deberá residir en la memoria ROM
- La impresión de la tarjeta debe realizarse con una tecnología de impresión tal que el fabricante garantice su calidad por un mínimo de cuatro años, para lo cual las tarjetas deben laminarse tanto en su anverso como en su reverso, tomando en cuenta que debe dejarse libre el espacio del chip. El número de serie deberá ser impreso con tecnología láser.
- Los dispositivos criptográficos (tarjetas inteligentes) deberán estar homologados por la Autoridad Certificadora del SINPE (CA SINPE – Persona Física).
Lo anterior no limita a la Administración a solicitar medios que cumplan con nuevas especificaciones técnicas o características más recientes según los parámetros establecidos por el Banco Central o el MICITT.
- Línea 3-Lector de firma digital
Especificaciones del lector:
- El lector debe tener la posibilidad de conectarse en cualquier componente de la computadora (CPU, monitor, teclado, entre otros). Debe traer cables o dispositivos de adaptación e interconexión vía USB.
- Los lectores deben estar en la lista de productos certificados por Microsoft, para los sistemas operativos Windows oficialmente soportados por Microsoft como fabricante. Lo cual será verificado en las páginas oficiales de Microsoft.
- El lector de tarjetas deberá estar homologado por la Autoridad Certificadora del SINPE (CA SINPE – Persona Física).
Lo anterior no limita a la administración a solicitar medios que cumplan con nuevas especificaciones técnicas o características más recientes según los parámetros establecidos por el Banco Central o el MICITT.
Las especificaciones técnicas de los certificados, tarjetas de firma digital y lectores deben estar basadas en el documento denominado: “EF-FDI Estándar Físico Firma Digital – Serie de Normas y Procedimiento” emitido por el La Autoridad Certificado de SINPE del Banco Central de Costa Rica. https://www.soportefirmadigital.com/web/images/pdf/legislacion/estandar-fisico-firma-digital.pdf
2.3.4.Ficha Técnica
El oferente deberá incluir dentro de la oferta la ficha técnica del equipo en idioma en español, fotografía del material y accesorios con sus respectivas fotografías que está ofertando, esto como punto de comparación respecto a los aspectos técnicos descritos en el presente pliego y en cumplimiento de las normas de seguridad y compatibilidad aplicables
2.3.5.Manual de uso
El oferente deberá aportar un manual de uso en idioma español del equipo que está ofertando, señalando la marca y modelo del bien ofrecido.
2.4. Otras especificaciones técnicas y condiciones del servicio
- Responsabilidades del contratista
La empresa que resulte adjudicada deberá contar con un sistema de comunicación que le garantice al INDER, el acceso expedito a los profesionales a cargo, de tal forma que pueda cumplir con tiempos de respuesta oportunos para resolver cualquier eventualidad. Deberá indicar en la oferta, los sistemas de comunicación que se utilizarán en caso de resultar adjudicatarios (números de teléfono, fax, correo electrónico, página web, otros).
El contratista está en la obligación de realizar una supervisión del cumplimiento de las especificaciones del pliego de condiciones.
- Especificaciones en General
- Garantía Comercial
Todas las líneas deberán contar con (1 mes) mínimo de garantía, la cual inicia desde que se reciba a satisfacción por parte de los encargados del proyecto, esta garantía contempla daños que sufra el equipo y afecte su correcto funcionamiento. Asimismo, deberá indicar sobre cuáles situaciones aplica la misma durante este período de tiempo.
El oferente deberá presentar una declaración jurada que indique que el equipo ofertado sea sustituido sin costo para las oficinas en un plazo no mayor a 72 horas.
En caso de que no indique expresamente un plazo determinado, se entenderá que se acepta el plazo de dicha garantía contemplado en el pliego de condiciones.
- Requisitos obligatorios
- El (la) oferente deberá presentar en su oferta una declaración jurada donde indique expresamente que los dispositivos (de los certificados, tarjetas de firma digital y lectores) cumplen con las especificaciones técnicas basadas en el documento denominado: “EF-FDI Estándar Físico Firma Digital-Serie de Normas y Procedimiento” emitido por La Autoridad Certificadora de SINPE del Banco Central de Costa Rica.
- El (la) oferente debe contar con las debidas acreditaciones para la emisión de certificados digitales de la Autoridad Certificadora del SINPE (CA SINPE Persona Física) del Banco Central de Costa Rica.
- Declaración jurada en donde la empresa se compromete por el periodo del contrato con INDER a cumplir con nuevas especificaciones técnicas o características más recientes según los parámetros establecidos por el Banco Central o el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT).
3. CONDICIONES GENERALES
- Presentación e información que deben contener las ofertas, sería lo siguiente:
- Nombre de la persona física o jurídica del oferente.
- Número cédula de persona física o cédula jurídica.
- Escaneada la cédula de identidad. En caso de ser una sociedad mercantil adjuntar personería jurídica.
- Dirección exacta, número de teléfono, dirección postal y correo electrónico.
- Declaraciones juradas: El oferente debe tener como archivo adjunto en su expediente de Sicop la declaración jurada y mantenerla actualizada cada 24 meses de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 29 de la Ley General de Contratación Pública, Ley 9986 y así mismo deberá manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en la declaración jurada, presentada en el Registro de proveedores se mantiene invariable.
- Será obligación del oferente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 193 del Código de Trabajo, presentar prueba documental de que ha adquirido un seguro contra riesgos de trabajo.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen.
- Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- El oferente deberá aportar los documentos probatorios que se encuentra al día con la licencia comercial y con las obligaciones tributarias ante la Municipalidad del cantón donde se encuentra domiciliada la empresa, caso contrario documento extendido por la Municipalidad donde señale que no le aplica el requisito de patente para el objeto contractual que se está concursando. No se aceptarán patentes que no correspondan al giro comercial correspondientes al objeto del concurso.
- Todo documento relacionado con la contratación debe presentarse con firma digital o el mismo debe ser certificado por un notario público, en cuyo caso, este no debe tener más de un mes de emitido.
- Vigencia de la oferta:
La oferta debe tener una vigencia de 60 días hábiles, posterior a la apertura de las ofertas recibidas. Nota: Se debe tener en cuenta que se debe adjudicar en el doble del plazo utilizado para la apertura de las ofertas, por lo que la vigencia de las ofertas debe tener una relación con el tiempo que el INDER necesita para adjudicar.
- El Inder NO se encuentra exento del pago de impuestos.
Las ofertas deberán presentarse con el impuesto al valor agregado que corresponda según el objeto contractual que se esté solicitando dispuesto en la legislación vigente y sus transitorios (Ley 9635 de Fortalecimiento a las Finanzas Públicas, directriz DGABCA-0064-2019 del 05 de diciembre 2019 del Ministerio de Hacienda, CIRCULAR INDER-GG-AF-025-2019, de fecha 10 de diciembre de 2019 y Circular INDER-GG-AF-ADM-PI-480-2020 del 04 de junio 2020 del Instituto de Desarrollo Rural). El impuesto respectivo debe incluirse en el apartado de la plataforma Sicop designado para tal efecto; es decir, debe venir separado del precio unitario.
En caso de que el proveedor pertenezca a algún segmento con excepción de porcentaje que contemple la ley, deben presentar las certificaciones o comprobantes que justifiquen las razones por las cuales la oferta tiene una tarifa del IVA diferenciada.
El precio ofertado final y definitivo por línea debe incluir todos los elementos que componen el mismo, tales como transporte, acarreo, fletes o similares.
En caso de presentar rubros adicionales deben realizarlos de conformidad a lo indicado en la Directriz DGABCA-0013-2020 del 04 de setiembre 2020.
En caso de que el Contratista requiera constancia de la devolución del 2% se debe solicitar a la Oficina de Tesorería al correo tesoreria@inder.go.cr.
- Información confidencial en las ofertas
Se informa que, para el presente proceso de contratación, debe tomar en consideración -al momento de generar su oferta en el Sistema Digital Unificado- lo siguiente:
La condición de “confidencial” que brinda dicho Sistema para adjuntar los anexos de las ofertas, es para uso exclusivo del oferente y puede ser seleccionado con un “SI” en la casilla correspondiente, en tanto en la oferta se introduzcan “documentos” que cumplían esa condición.
(…) Documento confidencial: Es aquel documento calificado, mediante acto razonado por la institución usuaria de oficio a solicitud de la parte interesada, como secreto comercial, industrial o económico, según lo regulado por la normativa especial aplicable a la institución usuaria, el cual será de acceso restringido. Incluye los procedimientos para la adquisición de objetos con seguridades calificadas.
De acuerdo al artículo 15 de la Ley Nº 9986 y artículo 30 del RLGCP, los documentos no se deben incluir como “confidenciales” ya que únicamente aplica para los documentos supracitados; así el oferente deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, indicando los folios o archivos que estiman confidenciales, la justificación y el sustento jurídico respectivo.
ADVERTENCIA DOCUMENTOS CONFIDENCIALES
Se le solicitará al proveedor vía correo electrónico que brinde la fundamentación jurídica correspondiente para considerar los archivos en las partidas indicados como confidenciales de conformidad con el artículo 15 de la LGCP y se brindará un plazo de 1 día hábil para que presente su respuesta, de lo contrario se cambiarán los archivos a modo público.
- Participación de los oferentes
Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una única oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada (Artículo 126 RLGCP).
Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas, con los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas (artículo 133 RLGCP).
- Prácticas de Hostigamiento
En cumplimiento con lo establecido en la Política Institucional para la prevención del Hostigamiento Sexual aprobada por Acuerdo de Junta Directiva N° 40, Sesión Ordinaria 02, las contrataciones que tengan por objeto la prestación de servicios o concesiones que introduzcan personas externas dentro del funcionamiento de la institución, se establece como causal de rompimiento del contrato con responsabilidad para la persona contratista, la práctica de actos de hostigamiento sexual.
- Pólizas
El OFERENTE deberá presentar junto con su oferta la siguiente póliza vigente al momento de la apertura esto aplica a cualquier objeto contractual:
- Riesgos de Trabajo
- Responsabilidad Civil
Si el OFERENTE ya dispone de pólizas suscritas que cubran esos riesgos, bastará con que así lo demuestre.
- Si es trabajador independiente y así se encuentra registrado ante Caja Costarricense del Seguro Social es necesario poseer un Seguro de Riesgos de Trabajo.
- Si es una persona jurídica y por lo tanto tiene trabajadores debe contar con un Seguro de Riesgos del Trabajo vigente al momento de ofertar y durante la ejecución contractual en caso de resultar adjudicado.
El ADJUDICADO deberá suscribir y mantener vigente durante la ejecución del contrato la siguiente póliza esto aplica a cualquier objeto contractual:
- Riesgos de Trabajo
- Responsabilidad Civil
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En caso de incumplimiento del contrato, y que ocasione una erogación presupuestaria adicional para el Inder, el contratista será responsable de cubrir los costos inherentes en que incurra el Inder para poder cubrir la necesidad pública que se está buscando, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados, de conformidad con el 47 de la Ley General de Contratación Pública y 117 de su Reglamento. Actividades sujetas a multa: 1. Por no sustituir el equipo o material dañado en un lapso de 72 horas. 2. Faltante de equipo solicitado en las especificaciones técnicas. 3. Por utilizar productos que no corresponden a los ofrecidos en el oferta.
Cláusula penal. Si existiera atraso imputable al contratista en la entrega del objeto contractual de esta contratación, según los plazos establecidos en el presente cartel, éste autoriza al Inder para que por concepto de cláusula penal, le rebaje del pago respectivo, la suma correspondiente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) correspondiente por cada línea del cartel afectada y por cada día hábil de atraso en la entrega del objeto contractual (según el plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual y se ejecutará la garantía de cumplimiento, sin detrimento de otros procedimientos sancionatorios como daños y perjuicios. En caso de servicios la fecha que se toma para cálculo de la cláusula penal se considerará el día hábil siguiente a la fecha de notificación al adjudicatario de la Orden de Inicio, o en su defecto se considerará el día hábil siguiente a la fecha de notificación del contrato vía SICOP.
Documentos del cartel3
- Anexo 3. CONSUMO ULTIMOS 3 AÑOSXLSX · 51 KB
- Anexo 2. Declaración JuradaDOC · 297 KB
- Anexo 1. Documento Complementario al Pliego Firmas digitales VFPDF · 1,8 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Yefrine Gonzáles Calderón
REGION DESARROLLO HUETAR NORTE
Yefrine Gonzáles Calderón
REGION DESARROLLO HUETAR NORTE
Gabriela Arias Murillo
ODT Upala
Gabriela Arias Murillo
ODT Upala
Pedro Luis Martínez Porras
ODT Guatuso
Pedro Luis Martínez Porras
ODT Guatuso
Angie Sanabria Gonzalez
Oficina Territorial Puerto Viejo
Angie Sanabria Gonzalez
Oficina Territorial Puerto Viejo
Adrián Mendoza González
Oficina Territorial de Horquetas
Adrián Mendoza González
Oficina Territorial de Horquetas
Virginia Maria Peña Balladares
CIUDAD QUESADA
Virginia Maria Peña Balladares
CIUDAD QUESADA
Oscar Alex Soto Flores
OFICINA TERRITORIAL SANTA ROSA
Oscar Alex Soto Flores
OFICINA TERRITORIAL SANTA ROSA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 07/10/2026 12:03. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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