2026LD-000061-0034100002 · SICOP 20260803531
20302 - Compra de Equipo de Protección Personal (EPP) con el fin de salvaguardar la integridad física de las personas funcionarias, previniendo lesio
Consejo Nacional de Producción
Consejo Nacional de Producción ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡15,6 millones. Se recibieron 7 ofertas de 2 empresas en 4 lotes (partidas). En todos los lotes ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡15,6 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
7
de 2 empresas en 4 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡20,2 millones
29,7 % por encima del presupuesto
Quién ganó cada lote
- L1Compañia de Seguridad Industrial Cruz VerdeArnés de Seguridad para Soldadura, Soporte Mín 158 Kg, Talla Estándar, con 4 Puntos de Sujeción y 3 Puntos de Anclaje, Diseño en y en la Parte Posrterior y H en la Parte Frontal, Cintas 100% Poliéster, Herrajes y Anillo Tipo D de Acero Forjado, Hebillas de Zinc-acero Estampado, Ancho Cintas 44 Mm (+-4mm), Ajuste Rápido en PiernasLa más barata de 2₡13 512 088,00
- L2SondelTapones Auditivos- Color Naranja, Debe Cumplir: 29 CFR 1910.95 Osha Exposición a Ruido Ocupacional y Ansi S3.19-1974 - Protocolo Prueba Atenuacion. NRR25La más barata de 2₡846 136,25
- L3SondelChaleco Reflectivo, Material Polietileno, Tipo Arnes, Talla L₡3 044 449,56
- L4Compañia de Seguridad Industrial Cruz VerdeLinea de Vida Retractil Sellada, Cable de Acero, 39 M de Longitud, 5 Mm Diametro del Cable, 190 Kg Capacidad de Trabajo, Gancho de Seguridad GiratorioLa más barata de 2₡2 816 638,00
Informe de recomendación de Jesenia de los Angeles Cascante Monge, 01/10/2026 · adjuntos: FNL-AG-SO-0604-26Adjudicación de EPP (1).pdf, GCP-PO-02_F-04 Estudio admisibilidad de las ofertas 2026LD-000061-0034100002.pdf, CONSULTA HACIENDA, CRUZ VERDE Y SONDEL, 2026LD-61.pdf
Fechas clave
- Se publicó28/08/2026 14:04 · hace 45 días
- Límite para 01/09/2026 23:59 · hace 41 días
- Límite para 02/09/2026 23:59 · hace 40 días
- Cierre de ofertas07/09/2026 14:00 · hace 35 días
- de ofertas07/09/2026 14:00 · hace 35 días
- publicado01/10/2026 14:13 · hace 11 días
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Condiciones específicas: texto modificado
Nota de la institución. Todas las aclaraciones serán atendidas únicamente por medio del SICOP.
Contexto
- Consejo Nacional de Producción adjudicó ₡7 095,7 millones en 144 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra21 líneas · 4 lotes
- L1Arnés de Seguridad para Soldadura, Soporte Mín 158 Kg, Talla Estándar, con 4 Puntos de Sujeción y 3 Puntos de Anclaje, Diseño en y en la Parte Posrterior y H en la Parte Frontal, Cintas 100% Poliéster, Herrajes y Anillo Tipo D de Acero Forjado, Hebillas de Zinc-acero Estampado, Ancho Cintas 44 Mm (+-4mm), Ajuste Rápido en Piernas30 c/u · ₡4 032 750,0030 c/u₡4 032 750,00
- L1Casco de Seguridad, de Polietileno, de Alta Densidad (hdpe), Tipo I Tipo Gorra, Clase e y G, Capacidad Dielectrica de 20000 VDC / 30000 Vac50 c/u · ₡500 000,0050 c/u₡500 000,00
- L1Manga para Soldador Talla S, Elaborada con Cuero Integro de Vaca, Ajuste y Fijacion Mediante Fajillas de Cuero, Ancho Ajustable Ala Axila45 c/u · ₡378 000,0045 c/u₡378 000,00
- L1Respirador Contra Aerosoles Solidos y Liquidos,tipo 8577 (p95),con Valvula de Exhalacion Cool Flow,elastomero, Filtro de Tela No Tejida de Polipropileno y Poliester.10 c/u · ₡1 101 550,0010 c/u₡1 101 550,00
- L2Tapones Auditivos- Color Naranja, Debe Cumplir: 29 CFR 1910.95 Osha Exposición a Ruido Ocupacional y Ansi S3.19-1974 - Protocolo Prueba Atenuacion. NRR256 c/u · ₡305 010,006 c/u₡305 010,00
- L2Mascaras Desechables para la Barba, para Remate100 c/u · ₡135 000,00100 c/u₡135 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡5,1 millones – ₡6,0 millones
- Lote 2₡815 839 – ₡959 810
- Lote 3₡3,8 millones – ₡4,5 millones
- Lote 4₡3,5 millones – ₡4,2 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 70 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,7 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 70 % · Criterios Ambientales (SI/NO) 25 % · Criterio de Pymes o MIPYMES 5 %
Recursos presentados1
Recurso de revocatoria Licitación Reducida N.° 2026LD-000061-0034100002
JAVIER GERARDO BONILLA ARGUEDAS · 05/10/2026 · En proceso
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,69 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Arnés de Seguridad para Soldadura, Soporte Mín 158 Kg, Talla Estándar, con 4 Puntos de Sujeción y 3 Puntos de Anclaje, Diseño en y en la Parte Posrterior y H en la Parte Frontal, Cintas 100% Poliéster, Herrajes y Anillo Tipo D de Acero Forjado, Hebillas de Zinc-acero Estampado, Ancho Cintas 44 Mm (+-4mm), Ajuste Rápido en Piernas +32 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 70 | Criterios Ambientales (SI/NO)máx. 25 | Criterio de Pymes o MIPYMESmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Compañia de Seguridad Industrial Cruz VerdeGanó | 70 | 25 | 0 | 95 |
| Sondel | 64,61 | 25 | 0 | 89,61 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Tapones Auditivos- Color Naranja, Debe Cumplir: 29 CFR 1910.95 Osha Exposición a Ruido Ocupacional y Ansi S3.19-1974 - Protocolo Prueba Atenuacion. NRR25 +22 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 70 | Criterios Ambientales (SI/NO)máx. 25 | Criterio de Pymes o MIPYMESmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| SondelGanó | 70 | 25 | 0 | 95 |
| Compañia de Seguridad Industrial Cruz Verde | 52,75 | 25 | 0 | 77,75 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Chaleco Reflectivo, Material Polietileno, Tipo Arnes, Talla L +81 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 70 | Criterios Ambientales (SI/NO)máx. 25 | Criterio de Pymes o MIPYMESmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| SondelGanó | 70 | 25 | 0 | 95 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 4 · Linea de Vida Retractil Sellada, Cable de Acero, 39 M de Longitud, 5 Mm Diametro del Cable, 190 Kg Capacidad de Trabajo, Gancho de Seguridad Giratorio +42 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 70 | Criterios Ambientales (SI/NO)máx. 25 | Criterio de Pymes o MIPYMESmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Compañia de Seguridad Industrial Cruz VerdeGanó | 70 | 25 | 0 | 95 |
| Sondel | 16,14 | 25 | 0 | 41,14 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se adjudica según los términos recomendados en el oficio FNL-AG-SO-0604-2026 de fecha 25 de setiembre de 2026, suscrito por el Ing. Deiver Castro Ulate, con el Vo. Bo., del MBA. Luis Gabriel Arrieta Rojas, Administrador General de Fanal.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
El oferente deberá de contar con al menos un técnico capacitado para brindar la capacitación técnica sobre el uso y cuidado de los equipos de protección personal de cada una de las líneas reportadas.
Las empresas deben cumplir estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad social, así como asegurar el cumplimiento por parte de las empresas subcontratadas, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo.
Para esta contratación todos los trabajadores deben estar asegurados por el Seguro de Riesgos del Trabajo y el IVM del Seguro Social.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
REQUERIMIENTOS TECNICOS
Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones generales, condiciones específicas, las especificaciones técnicas y los aspectos legales solicitados.
Para el trámite y atención de las solicitudes de aclaración al pliego de condiciones se indica que deberán ser solicitadas únicamente por medio del SICOP, en el apartado correspondiente para este fin.
Para la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas siguientes, así como la futura fiscalización del contrato, se nombra al siguiente funcionario como administrador del contrato, por lo cual, el oferente deberá de dirigirse en primera instancia a él.
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Funcionario |
Teléfono |
Correo electrónico |
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Deiver Castro Ulate |
2444-6384 |
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PARTIDA |
LINEA |
CANTIDAD |
DESCRIPCION |
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1 |
1 |
30 |
Arnés de seguridad |
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2 |
50 |
Casco de seguridad tipo gorra |
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|
3 |
50 |
Mangas de protección solar |
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4 |
10 |
Pieza Facial de Cara Completa, respirador contra partículas aerosoles y accesorios |
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2 |
5 |
6 |
Dispensador de tapones auditivos con 500 pares. |
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6 |
100 |
Cubre barbas para el personal sanitario |
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7 |
200 |
Cofia desechable |
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3 |
8 |
30 |
Chaleco reflectivo para Ingeniero y/o Brigadista |
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9 |
60 |
Guantes anticorte |
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|
10 |
100 |
Guante de cuero de Cabrito |
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11 |
15 |
Guantes (par) protectores de nitrilo con protección hasta el hombro. |
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|
12 |
60 |
Cono de seguridad |
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13 |
35 |
Cinta de precaución color amarillo |
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|
14 |
30 |
Cinta de prohibición color roja |
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15 |
6 |
Cuerda Semiestática |
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|
16 |
6 |
Cuerda estática |
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|
4 |
17 |
20 |
Línea de vida retráctil |
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18 |
30 |
Línea de posicionamiento |
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19 |
10 |
Punto de anclaje móvil tipo cinta |
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20 |
10 |
Punto de anclaje estructural de acero galvanizado para trabajos en altura |
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21 |
15 |
Mosquetones |
Línea N°1:( Arnés de seguridad)
Arnés de cuerpo entero (Modificado según lo indicado en el oficio FNL-AG-SO-0549-26 de fecha 2 de setiembre de 2026, suscrito por el Ing. Deiver Castro Ulate, Encargado de la Unidad de Salud Ocupacional), con todos sus anillos y hebillas recubiertas para evitar la conducción de electricidad y/o evitar la corrosión de dichos elementos.
Diseño en H, ajustable, con almohadillas en piernas y hombros para aumentar la comodidad. Correas para hombros, pecho y las piernas con sistema de ajuste rápido.
Anillos textiles en los hombros los cuales sirven para funciones de rescate.
Punto de enganche textil posterior de retención, el cual funciona para restringir los movimientos.
Cuatro anillos portan material con una capacidad de 10 kg C/U ofrecen al usuario la posibilidad de transportar herramientas en el arnés de manera segura y permitiendo que el usuario mantenga sus manos libres.
Debe poseer un cinturón lumbar de 20 cm de ancho, debe contar con un acolchado para mayor confort.
Debe incluir Incluye bloqueador para cuerda de 8 a 13 mm junto con un mosquetón de seguridad para su colocación en el arnés.
Características principales
Las costuras y sus refuerzos deben de ser de Kevlar.
Debe de ser un sistema de acople rápido (tanto en pecho como en piernas), el cual permita la colocación del arnés sin que el usuario tenga la necesidad de levantar los pies del suelo.
Deben ser fabricado de acero recubierto que permitan un aislamiento de 9kV.
Debe de contar con indicadores de cierre.
Debe de tener marcado (no pintado) la norma que certifique la fuerza de detención del sistema.
Debe de tener marcado (no pintado) los kV con 2 anillos en D, ubicados en pecho y dorso, los cuales deben de estar recubiertos con un material que soporte hasta los 9Kv.
Etiqueta:
La etiqueta debe de estar cosida a las cintas del arnés y protegida por material de Aramida.
. Debe de contener la siguiente información:
- Normas de cumplimiento.
- Nombre del fabricante.
- Número de modelo.
- Número de serie.
- Fecha de manufactura.
- Descripción del equipo.
- Recomendaciones del fabricante.
- Espacio para registro de inspección anual.
- Peso:
- Debe de tener un peso de 2kg.
- Normas:
Debe de contar con las siguientes normas:
- ANSI Z359.11.2021
- OSHA 1926.502
- OSHA 1910.140
- ASTM F887
Línea N° 2: Casco tipo gorra antichoque (tipo béisbol) Tejido poliéster, parte superior en malla mes muy ventilada, para más confort.
Dieléctrico. Equipado con una carcasa interna en polietileno y una espuma confort en EVA para amortiguar los golpes.
Talla regulable de 55 a 62 cm.
Deberá contar con certificaciones: ANSI o CE
Línea N° 3: Mangas de Protección Solar. Mangas de protección solar, con filtro UV, color azul navy, se deben tomar las medidas, con la firma de la institución, en tela antibacterial, lafayette montesimone, en materiales elásticos (expandex-elastano).
Diseño especial de medio dedo, fije mejor la manga para brazo de enfriamiento en su lugar para brindar protección, protección solar más completa y uso flexible de los dedos. La palma tiene un diseño antideslizante.
Debe tener elasticidad lo que la hace adecuada para los hombres y mujeres, talla única, brinda protección UV integral para sus brazos.
Línea N° 4: Respirador Rostro Completo. Respiradores rostro completo debe ofrecer protección respiratoria fiable y conveniente, adecuado para muchas situaciones, ayuda a proporcionar protección contra partículas y una amplia variedad de gases y vapores de acuerdo con las aprobaciones de NIOSH.
Versatilidad para muchos entornos y aplicaciones de protección contra partículas y una amplia variedad de gases y vapores.
Adaptador central único para dirigir el aire exhalado y la humedad hacia abajo, ayuda a reducir los residuos se depositen en la válvula, y permite una limpieza rápida y fácil.
Lente grande para un amplio campo de visión y una excelente visibilidad.
Diseño ligero, bien equilibrado con sello facial de silicona para mayor comodidad y durabilidad.
El respirador deberá entregarse con todos sus componentes (Filtros, repuestos, etc)
De acuerdo con las aprobaciones de NIOSH.
Línea N° 5: Dispensador de tapones auditivos con 500 pares de tapones.
Peso de recipiente almacenador: 378 gramos.
Peso de la base: 306 gramos.
Ancho de la base: 20 cm.
Largo de la base: 32,3 cm.
Base: ABS (Acrilonitrilo butadieno estireno).
Recipiente almacenador: Polietileno de baja densidad
Capacidad de 500 pares
Deberá ser entregado con su carga total (500 pares)
Resistente a las condiciones ambientales tales como agua, polvo o rayos UV.
Línea N° 6: Cajas de cubre barbas. Cubre barba, descartable, material polipropileno, color blanco, talla única, elástico en perímetro de ajuste, presentación caja o paquete de 100 unidades.
Línea N° 7: Cofia o redecillas para cabello. Cofia desechable, material fibras de polipropileno no tejido, con elástico para ajuste en la cabeza, tamaño universal, presentación caja o paquete 100 unidades.
Línea N° 08: Chaleco reflectivo. Chaleco reflectivo tipo ingeniero, Inspector de Salud Ocupacional y/o Brigadista
Tela de poliéster de alta resistencia.
Costuras reforzadas para uso industrial.
Color para escoger.
Bandas reflectivas horizontales en pecho, espalda y bolsillos para mejorar la visibilidad.
Chaleco tipo ejecutivo o inspector. Cierre frontal mediante cremallera.
Cuello en "V".
Dos bolsillos superiores con cierre.
Dos bolsillos inferiores de gran capacidad.
Porta-radio lateral.
Compartimentos para bolígrafos, celular, libreta y accesorios.
Mínimo 5 a 8 bolsillos funcionales.
Franjas reflectivas de alta visibilidad.
Diseño ergonómico que permite movilidad.
Debe ser de material traspirable que permita dar frescura al usuario.
Usos recomendados:
Salud Ocupacional.
Brigadas de emergencia.
Supervisión de mantenimiento.
Ingeniería y proyectos.
Reflectividad certificada según ANSI/ISEA 107 o norma equivalente.
Porta credencial transparente.
Bordado institucional de: FANAL-BRIGADA DE EMERGENCIA -SALUD OCUPACIONAL en espalda, según la necesidad de la oficina de Salud Ocupacional.
Tallas S, M, L, XL y XXL.
Línea N° 09: Guantes anticorte: Guante de kevlar protección contra cortes y temperatura de hasta 260°c, tallas a escoger.
Línea N° 10: Guantes protectores, material cuero de cabrito con refuerzos de cuero en la parte superior de la palma, protección contra riesgos mecánicos, cierre de velcro, tallas a escoger.
Línea N° 11: Guantes protectores de nitrilo con pvc, y forro de nylon, flexibles, protección para manipulación de químicos impermeables, protección hasta el hombro. Debe tener la característica principal de tener resistencia a químicos corrosivos como: Soda Cáustica, Ácido Sulfúrico y Ácido Clorhídrico.
Línea N° 12: Cono de seguridad, color verde lima (pantone 2286c), material pvc, altura 70 cm (máximo 75 cm), norma astm d4956-11 (o más reciente), cinta reflectiva grado diamante flexible tipo 6.
Línea N° 13: Cinta plástica (pvc) de seguridad, color amarillo, de 150 mm de ancho x 500 m de largo, presentación en rollo.
Línea N° 14: Cinta de señalización resistente al estiramiento, material plástico, color rojo, leyenda no pasar en letras negras, ancho de la cinta 7,5 cm, presentación rollo de 300 m.
Línea N° 15: Cuerda semiestática flexible, diámetro 10,5 mm, de poliéster y poliamida, con un mínimo de resistencia de 5,000 libras (22.2 kN), porcentaje de la funda 45, alargamiento estático 3,4 porciento, ce en 1891 type a, ukca, eac, nfpa 1983 technical use para uso individual, longitud 50 metros. (Modificado según lo indicado en el oficio FNL-AG-SO-0549-26 de fecha 2 de setiembre de 2026, suscrito por el Ing. Deiver Castro Ulate, Encargado de la Unidad de Salud Ocupacional).
Línea N° 16: Cuerda estática certificada NFPA, 11mm, con alma de nylon, con resistencia mínima de 5,000 libas (22.2 Kn) longitud 50 metros.(Modificado según lo indicado en el oficio FNL-AG-SO-0549-26 de fecha 2 de setiembre de 2026, suscrito por el Ing. Deiver Castro Ulate, Encargado de la Unidad de Salud Ocupacional).
Línea N° 17: Línea de vida retráctil sellada, cable de acero, 39 m de longitud, 5 mm diámetro del cable, 190 kg capacidad de trabajo, gancho de seguridad giratorio
Línea N° 18: Línea de vida para posicionamiento con indicador de impacto incorporado, tejido trenzado de poliéster resistente a la abrasión, largo 914,4 mm (3 ft), capacidad de carga 141 kg, con ganchos de seguridad de cierre automático en ambos extremos.
Línea N° 19: Punto de anclaje móvil, material de cinta poliéster, fuerza estática de cinta 2,268 kg (5000 lb), fuerza estática anillos 2,268 kg (5000 lb), capacidad de usuario hasta al menos 140 kg, largo 91 cm (+- 5cm)
Línea N° 20. Punto de anclaje estructural móvil de acero galvanizado para trabajos en altura.
Línea N° 21: Mosquetones para realizar conexión de anclajes seguros, con sistema de auto bloqueo en tres fases, peso 10 oz (283 g) fuerza ruptura de 8,992 lbf (40 kn) apertura conector 23,9 mm
Nota: Todo el equipo solicitado deberá contar con su respectiva ficha técnica y fotografía del producto y deberá contar con alguna de las siguientes certificaciones: ANSI/SEANFPA-CE/EN-NIOSH-ASTM, Otras.
Los equipos ofertados deberán ser lo más similares o superiores a las imágenes, esto no quiere decir que deben ser iguales, pero si similares o superiores.
Cualquier rubro extra deberá ser indicado dentro de las ofertas
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
- La Fábrica Nacional de Licores, conocida por sus siglas con el nombre de Fanal, institución estatal adscrita como una división del Consejo Nacional de Producción, cédula jurídica 4-000-042146, recibirá ofertas de manera electrónica, por medio de la plataforma SICOP, para la adquisición de equipos de protección personal (EPP) para todo el personal operativo de Fanal.
- La oferta debe estar redactada en forma clara y concisa, debe presentarse en idioma español o con su respectiva traducción, ofertar preferiblemente en moneda nacional en colones costarricenses y firmada o autorizada por la persona con facultades legales.
- Cuando la Administración lo considere necesario para verificar la existencia de prohibiciones para contratar, conflictos de interés, la integración de la estructura societaria o cualquier otro aspecto relevante para la correcta tramitación del procedimiento, podrá solicitar al oferente la presentación de una certificación notarial vigente que acredite la naturaleza jurídica de la sociedad y la propiedad de las acciones o cuotas que conforman su capital social, así como cualquier otra documentación complementaria que resulte pertinente. Esta solicitud se realizará únicamente cuando la información no pueda ser verificada por medio del Registro de Proveedores de SICOP, el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales u otros registros oficiales disponibles.
- Para efectos de notificaciones, el oferente se compromete a mantener actualizado el registro en SICOP donde deberá indicar claramente el nombre o razón social, cédula de identidad o cédula jurídica, dirección postal, dirección electrónica, números de teléfono y dirección de sus oficinas o sucursales.
- La fecha y hora límite para el cierre de recepción de ofertas es el día 7 de setiembre de 2026 a las 14:00 horas. Posteriormente se procederá con el acto de apertura de ofertas que estará habilitado por medio de SICOP a los proveedores interesados.
- El plazo de adjudicación de esta licitación será de 10 días hábiles, vence el día 22 de setiembre de 2026, con opción de prórroga por un plazo mayor por motivos de fuerza mayor o interés público, para lo cual se dejará constancia en el expediente mediante resolución motivada.
- Si algún oferente tiene dudas referentes al pliego de condiciones, encuentra contradicciones u omisiones, deberá notificarlo por escrito en SICOP, durante el primer tercio del plazo señalado para recibir ofertas. Si no fueran presentadas dentro de ese plazo quedará entendido que el oferente formulará la oferta considerando la condición o interpretación más favorables para Fanal.
- La Fábrica Nacional de Licores, por sí mismo o a solicitud de un oferente podrá introducir aclaraciones, correcciones o modificaciones a este pliego de condiciones, las que se comunicarán por los mismos medios en los que fue publicada la convocatoria de esta licitación, hasta dos días hábiles antes de la fecha señalada para la apertura de las ofertas. Si a juicio de Fanal una modificación introdujere una alteración importante en la concepción original del objeto de esta licitación, el plazo señalado para recibir ofertas se ampliará conforme lo establece la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Dos o más personas, físicas o jurídicas, pueden complementar sus antecedentes y experiencia, por medio de la presentación de una oferta en consorcio, aportando copia certificada con fecha cierta del acuerdo consorcial. Ese documento contendrá, al menos, los términos que regularán las relaciones entre las partes y sus relaciones con la Administración. La responsabilidad entre las partes de este acuerdo será solidaria y le podrá ser reclamada indistintamente a cualquiera de ellos, en su totalidad.
- Declaraciones juradas: La oferta deberá contener las siguientes declaraciones juradas por parte del oferente:
- Que la información del Registro de Proveedores de SICOP se encuentra actualizada, vigente y al día según lo solicitado en artículo 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública N°9986. (No será necesario aportar los documentos nuevamente si lo indica en la oferta).
- Encontrarse inscrito, activo y al día en los pagos correspondiente a las cuotas obrero-patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Fondo de Desarrollo Social Asignaciones Familiares (FODESAF) y Tributación con el Ministerio de Hacienda. FANAL realizará las verificaciones correspondientes en las plataformas en línea.
- Estar al día con todo tipo de impuestos nacionales.
- Que no le alcance ninguna de las prohibiciones para contratar con el Consejo Nacional de Producción división Fábrica Nacional de Licores, según lo establecido en el artículo 28 de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Que no se encuentre inhibido para contratar con el Consejo Nacional de Producción división Fábrica Nacional de Licores, según lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción.
- El oferente debe indicar de forma expresa el o los beneficiarios finales, tal y como se reconoció en el registro de SICOP, debe indicar si dicho registro está vigente y actualizado, para su respectiva verificación. (No será necesario aportar los documentos nuevamente si lo indica en la oferta).
- Que se acepta en el caso de proveedor extranjero, someterse a los Tribunales y Leyes de Costa Rica, en todo lo concerniente a los trámites del procedimiento licitatorio; la ejecución del contrato y los reclamos por responsabilidad que se derivan del mismo, con renuncia expresa de su jurisdicción.
Si se faltara a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
11. Forma de pago: 30 días naturales, una vez entregado el bien o servicio a entera satisfacción en las instalaciones de Fanal, dicha entrega deberá contar con un recibido a conformidad por parte del administrador del contrato el cual puede ser un sello, firma del responsable, un oficio, un correo o un acta de recepción definitiva, todo de acuerdo con los términos del pliego de condiciones. Una vez que el contratista obtenga el recibido a conformidad a través de la plataforma SICOP, presentará la factura electrónica correspondiente por medio del SICOP y al correo facturas.fanal@cnp.go.cr
12. Vigencia de la oferta: Debe ser mínimo de 30 días hábiles a partir de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas.
13. La Fecha de inicio será el día hábil siguiente a la notificación del contrato en SICOP.
14. Plazo de entrega: 30 días hábiles.
15. Vigencia del contrato: 3 meses.
16. Garantía técnica: 3 meses por defectos de funcionamiento.
17. En caso de contrataciones que contemplen prórrogas, Fanal comunicará de forma escrita a la adjudicataria su decisión de no prorrogar la contratación, dos meses antes del vencimiento de cada período. Las prórrogas no son obligatorias, FANAL decide si operan o no.
18. En caso de que el proveedor sea una pequeña o mediana empresa, se validará dicha condición por medio de la plataforma SICOP, conforme lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262 del 02 de mayo de 2002, y su Reglamento.
19. La Fábrica Nacional de Licores exigirá, como requisito indispensable para los pagos que realice a personas físicas y jurídicas constituidas en Costa Rica, que las facturas que presenten como documentos justificantes estén debidamente autorizadas por la Dirección General de la Tributación Directa del Ministerio de Hacienda, de acuerdo con el sistema de autorización para comprobantes de ingresos, publicado en La Gaceta # 186 del 30/09/96.
20. Para la presente licitación no se están solicitando documentos que puedan catalogarse como información sensible o confidencial, por lo que se les solicita a los oferentes no registrar en SICOP documentos confidenciales a menos de tener un fundamento jurídico suficiente. Lo anterior con único objetivo de garantizar la transparencia del proceso de contratación.
21. La Administración se reserva el derecho de adjudicar conforme a la disponibilidad presupuestaria existente, así como declarar desierta o infructuosa la licitación cuando determine, con fundamento en el interés público, que ninguna de las ofertas presentadas satisface de manera conveniente los intereses institucionales.
Asimismo, se reserva la facultad de realizar adjudicaciones parciales, incluso respecto de una misma línea, cuando ello resulte técnica, financiera y administrativamente procedente para la adecuada satisfacción del interés público, siempre que ello no afecte la funcionalidad del objeto contractual.
De igual forma, la Administración podrá aplicar, al momento de dictar el acto final, las facultades previstas en el artículo 51 de la Ley General de Contratación Pública N.° 9986 y en el artículo 139 de su Reglamento, así como lo dispuesto en el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, según corresponda.
22. Resolución de controversias: Si durante la ejecución del contrato surgen una o varias controversias que no puedan resolverse mediante negociación directa entre las partes, estas podrán someterse a un comité de expertos, sin que la ejecución del contrato se suspenda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley General de Contratación Pública y las demás disposiciones aplicables de su Reglamento.
- Forma de cotizar: El oferente debe cotizar el precio unitario de cada partida o línea que corresponda y el total del bien o servicio solicitado. El precio debe incluir el impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente debido a que Fanal no es exento. Los precios deben ser firmes y definitivos. Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y esta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local.
- Al adjudicatario se le retendrá el 2% del total de pagos a efectuar, como adelanto del Impuesto sobre la Renta, según artículo 23 inciso g) de la Ley del Impuesto sobre la Renta No. 7092.
- Revisiones de precio. La oferta económica total deberá ser desglosada de conformidad con la siguiente estructura mínima:
|
Estructura del precio |
Valor absoluto |
Valor porcentual |
|
Costos Directos (Insumos, Mano de Obra, Subcontrataciones etc.) |
% |
|
|
Costos Indirectos (Costos complementarios etc.) |
% |
|
|
Imprevistos (obligatorio) |
% |
|
|
Utilidad |
% |
|
|
Precio sin IVA |
100% |
|
|
Impuestos (según corresponda) |
0% - 1% - 2% - 4% - 10% - 13% |
|
|
Precio TOTAL |
|
|
26. Si la licitación se trata de la contratación de un servicio, en la estructura de precios debe incorporarse algún monto por imprevisto, no puede ser 0%, descalificaría la oferta. Lo anterior según resolución R-DCP-SICOP-01324-2025
27. El presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
28. Para el cálculo del reajuste o la revisión de precios del contrato, se deberá contar con la documentación de soporte suficiente, válida y pertinente, conforme lo define el artículo 6 del Reglamento para el reajuste precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios.
29. En casos excepcionales, en que se aplique el método analítico-documental, la documentación probatoria (factura con su respectivo depósito o transferencia) que acredite la compra o la adquisición del insumo, así como aquella documentación presentada en la oferta (factura preforma o documento equivalente) que da sustento al precio cotizado.
30. Cualquier otra documentación adicional que FANAL requiera para el cálculo. Se cuenta con dos meses para emitir la resolución de aceptación o rechazo de la solicitud. En todo trámite de reajuste el Departamento Financiero realizará el análisis correspondiente para el reconocimiento del reajuste mediante resolución motivada.
31. El Adjudicatario debe presentar patente al día dentro del plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato (cuando corresponda).
32. La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con la Fábrica Nacional de Licores, entidad adscrita al Consejo Nacional de Producción, lo anterior con pleno sometimiento a las normas de la Ley General de Contratación Pública y de su Reglamento, así como a las condiciones generales y especiales del pliego de condiciones o cualquier otra disposición reglamentaria pertinente para el trámite de la presente licitación.
EVALUACIÓN DE OFERTAS
Una vez que se determine cuáles son las ofertas que cumplen con los aspectos formales, técnicos, legales y financieros que serán obligatorios para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la evaluación respectiva, para conocer la calificación final bajo los siguientes factores:
|
PARÁMETRO |
VALOR ASIGNADO % |
|
Precio |
70% |
|
Criterios sustentables |
25% |
|
PYMES |
5% |
|
Total |
100% |
a) Precio (P):
Al menor precio entre las ofertas se le asignará un puntaje de 70%, a las demás ofertas se les asignará de acuerdo con la fórmula:
% Precio = Precio menor por partida x 70%
Precio oferta a evaluar por partida
b) Criterios sustentables 25%: El contratista deberá contar con un Plan de Gestión Ambiental.
c) PYMES: 5% (Articulo N°23 Ley General de la Contratación Pública) Adjuntar certificación PYME.
Se adjudicará la oferta con el puntaje más alto de acuerdo con la metodología de evaluación aplicada. En caso de empate, se asignará un puntaje adicional a la oferta que logre demostrar que es una PYME, en caso de existir un empate entre empresas PYMES se considera la siguiente puntuación: PYME de industria 5 puntos, PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos o PYME de comercio 2 puntos. Si aún persiste el empate se convocará a las partes para decidir la adjudicación mediante la suerte y se levantará un acta al respecto.
CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
- El adjudicatario que no comparezca dentro de los ocho días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación en este pliego de condiciones u omita rendir durante ese plazo la garantía de cumplimiento, se procederá a adjudicar al segundo mejor posicionado según la rúbrica de evaluación de ofertas y así sucesivamente.
- Insubsistencia de la contratación: Se entenderá por insubsistente la contratación con las causales indicadas en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública, para ello la administración podrá optar por las ofertas subsiguientes para una eventual readjudicación mediante resolución motivada.
- El contratista estará obligado a cumplir, plenamente, con todas las condiciones y especificaciones del pliego de condiciones y sus adendas, lo ofrecido en su oferta como en las demás manifestaciones documentadas que consten en el expediente de concurso y formalizadas durante la ejecución del contrato.
Debe realizar la totalidad de la contratación en su entera responsabilidad. Se podrá subcontratar si en la oferta se indica el listado de los subcontratistas, así como el objeto de subcontratación, con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. La totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas. El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de esta ley.
- El contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en los artículos 12, 14, 43, 101, 106, 113, 115 siguientes y concordantes de la Ley General de Contratación Pública, y en los artículos 273, 274, 275 del Reglamento, y demás normativas que rige la materia de Contratación Pública.
- El contratista estará obligado a ofrecer todas las facilidades necesarias al administrador del contrato para la correcta fiscalización contractual durante la ejecución del contrato.
- El Administrador del contrato está en la obligación de gestionar el recibido provisional al proveedor y emitirá recepción definitiva a conformidad con el pliego de condiciones, el cual no será mayor a un mes después de la entrega final del objeto contractual.
- El contratista deberá entregar los bienes o servicios contratados de acuerdo con el plazo de entrega cotizado en su oferta y de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones. Se permitirá un máximo de dos (02) prórrogas, la cual deberá ser presentada dentro del plazo de entrega establecido para valorar su aceptación o rechazo.
- Multas y Cláusulas Penales: En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 0.75% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP.
- Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento.
- Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
- La Fábrica Nacional de Licores de acuerdo con el artículo 115 de la Ley General de Contratación Pública podrá, sin perjuicio de las demás acciones administrativas en caso de incumplimiento total por parte del contratista, resolver el contrato en su totalidad o en parte o bien rescindir sus relaciones con fundamento en dicho cuerpo normativo.
- Fanal se reserva la potestad durante la ejecución del contrato de verificar en cualquier tiempo la vigencia de las pólizas y la presentación de planillas correspondientes al régimen de seguro por riesgos profesionales, así el cumplimiento de las obligaciones obrero-patronales con la CCSS.
- La contratación se encuentra incluida en el PTAI 2026.
- Cualquier circunstancia no prevista en el pliego de condiciones, se resolverá de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y normativa conexa aplicable.
- El inicio de la actividad contractual podrá coincidir con la notificación del contrato y notificación de la orden de compra vía correo electrónico, por lo tanto, el plazo de entrega y responsabilidad de las partes correrá a partir del día posterior a la notificación de la misma, aun cuando el contratista no confirme el recibido de dicha documentación, se entenderán los días hábiles posteriores a la notificación de la documentación.
- El Administrador del contrato efectuará la recepción provisional al momento de recibir los artículos solicitados en la orden de compra y en un plazo no superior a 5 días posteriores, efectuará la recepción definitiva para iniciar el trámite de pago.
- Recepción Provisional: La recepción provisional, del objeto se entenderá como el recibo material de los bienes y servicios, en el lugar estipulado. Se deberá coordinar con el Administrador del Contrato correspondiente la recepción cuando sea pertinente. Se levantará un acta en la cual consignará las cantidades recibidas, la hora, fecha y la firma de los presentes. La recepción provisional excluye el cobro de cláusulas penales, salvo que se haya hecho bajo protesta, en cuyo caso, el Administrador del Contrato indicará al Contratista por escrito los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo.
- Recepción Definitiva: La recepción definitiva del objeto no será mayor a un mes después de efectuada la recepción provisional, vencido el plazo para corregir defectos, se podrá hacer simultánea con la recepción provisional si el artículo así lo amerita.
- Prórroga del plazo de entrega: A solicitud del contratista, la Administración, podrá autorizar prórrogas al plazo de entrega cuando existan demoras ocasionadas por ella misma o causas ajenas al contratista. El contratista solicitará la prórroga previa a que finalice el plazo original estipulado. Si la solicitud se hace fuera de este plazo, la Administración podrá autorizar la prórroga, en caso de estar debidamente sustentada, no obstante, se penalizarán los días transcurridos sin conocimiento.
Cualquier información adicional deberá comunicarse con el Ing. Deiver Castro Ulate, al correo dcastro@cnp.go.cr y al 2444-6384.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multas y Cláusulas Penales: En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 0.75% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP. Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
Cláusula penal. Multas y Cláusulas Penales: En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 0.75% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP. Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
Documentos del cartel2
- CRONOGRAMAPDF · 266 KB
- Pliego de condiciones 2026LD-000061-0034100002 MODIFICADOPDF · 522 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Deiver Jesus Castro Ulate
Salud Ocupacional
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 11:55. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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