2026XE-000712-0000400001 · SICOP 20260900004
S.T- CONTRATACION DIRECTA ESCASA CUANTIA ADQUISICIÓN DE CEMENTO GRIS, ENTREGA SEGÚN DEMANDA.
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡25,4 millones y quedó en firme el 09/10/2026. Se recibieron 4 ofertas de 4 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡25,4 millones
Ofertas recibidas
4
de 4 empresas
Oferta más baja
₡4 975
100 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 09/10/2026
- Ferreteria Epa,La más barata de 4₡4 974,99
Informe de recomendación de Adriana Pereira Castro, 06/10/2026 · adjuntos: CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA CI-0103-2026.pdf, 7118-429-2026 RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN 2026XE-000712-0000400001.pdf, Consulta Hacienda_EPA 6.10.26.png
Fechas clave
- Se publicó04/09/2026 23:19 · hace 37 días
- Límite para 07/09/2026 23:59 · hace 34 días
- Cierre de ofertas11/09/2026 23:59 · hace 30 días
- de ofertas14/09/2026 08:30 · hace 27 días
- publicado09/10/2026 17:54 · hace 2 días
- Adjudicación 09/10/2026 17:55 · hace 2 días
Nota de la institución. Se entiende por aclaraciones aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Cemento, Tipo Cemento, Tipo Ug RTCR 479 2015, Resistencia 280 Kg/cm2 a 28 Dias, Presentacion Saco 50 Kg, Resistencia 280 Kg/cm2 a 28 Dias, Presentacion Saco 50 Kg1 c/u · ₡6 998,731 c/u₡6 998,73
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡21,6 millones – ₡25,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡449,95 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Ferreteria Epa,Ganó | 100 | 100 |
| Almacenes el Colono | 99,89 | 99,89 |
| Cementos Progreso Costa Rica | 96,18 | 96,18 |
| G y R Grupo Asesor, | 48,91 | 48,91 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
En cumplimiento del Artículo 42 inciso d) del Reglamento Interno de Contratación Administrativa del ICE, y de conformidad con el estudio técnico realizado por la Dependencia solicitante, esta Proveeduría adjudica esta contratación según el siguiente detalle: Partida No. 1 FERRETERIA EPA, SOCIEDAD ANONIMA Total precios unitarios: 4 974,9945 CRC Monto estimado de consumo anual: 18 059 230,035 CRC
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. DECLARACIONES JURADAS
1.1 El oferente debe presentar todas las declaraciones establecidas en el anexo 5.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1. USO
1.1 El cemento gris se utilizará para mezclar con agregados y agua para crear superficies de concreto, mortero o tobas.
2. CARACTERÍSTICAS TECNICAS
2.1 El cemento gris deberá de cumplir con el reglamento técnico RTCR 479:2015, materiales de construcción y cementos hidráulicos, el cemento será tipo MM/C (P.C) 28 o MM/B (P-C)28.
2.2 El cemento gris deberá lograr una resistencia a la compresión de 280 kg/cm2 a 28 días, según diseño de mezcla y normativa ASTM C109.
2.3 El cemento gris deberá cumplir con la normativa ASTM C 1157 tipo UG.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1.REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PARA EL OFERENTE
1.1 INFORMACIÓN DE LAS OFERTAS
1.1.1 La oferta deberá presentarse en idioma español, pudiendo aportarse en inglés la documentación técnica o información complementaria emitida por el fabricante. Asimismo, deberá contener la documentación técnica necesaria que permita verificar las características del bien ofertado, incluyendo fabricante, tipo y demás especificaciones aplicables, la cual deberá presentarse de forma clara y debidamente referenciada conforme a los requisitos establecidos en el presente cartel.
1.1.2 El oferente deberá presentar su información técnica tomando en consideración los atributos solicitados en la descripción del código indicada en el apartado 11 “Información de bien, servicio u obra” tales como: tipo, resistencia y presentación.
1.1.3 Las fichas técnicas entregadas para este procedimiento deben ser las emitidas por el fabricante, NO se aceptarán fichas técnicas modificadas o elaboradas por otra persona que no sea el fabricante del bien solicitado; para lo cual las fichas técnicas deberán incluir una referencia específica o enlace especifico al sitio web del fabricante en el cual se pueda consultar vía web la veracidad de la información.
1.1.4 El oferente deberá garantizar en su oferta que el cemento a suministrar sea de primera calidad, de fabricación reciente y apto para el uso previsto, y que cumplan con las condiciones de calidad, seguridad, desempeño y demás requisitos establecidos en la normativa técnica aplicable. Asimismo, deberá garantizar que el producto sea entregado en condiciones adecuadas para su almacenamiento, conservación y utilización, debidamente empacados e identificados y sin deterioro, contaminación, alteración o vencimiento. No se aceptará producto que haya sido adulterado, deteriorado o sometido a procesos que comprometan su calidad o desempeño. Con la presentación de la oferta, se entenderá que el oferente acepta y garantiza el cumplimiento de estas condiciones durante la ejecución contractual.
1.1.5 El oferente deberá indicar en su oferta la dirección del punto de acopio ubicado en sus instalaciones dentro del Área Metropolitana, destinado a la recepción de las bolsas de cemento vacías para su posterior reciclaje.
1.1.6 El precio base del cemento ofertado deberá de incluir el costo de la tarima de madera.
1.1.7 El oferente debe presentar el desglose de facturación del cemento esto ya que en SICOP no se incorpora el 5% del impuesto del cemento, esto cuando se encuentre sujeto a impuestos específicos establecidos por ley, el oferente deberá identificarlos expresamente, indicar el porcentaje aplicado, la base de cálculo y la norma legal que los sustenta, así como señalar cualquier costo asociado al transporte, manipulación, estiba, embalaje o similares que forme parte del precio ofertado.
1.2 CRITERIOS SOCIALES
1.2.1 El personal de la empresa contratista, al momento de presentarse al ICE para entrega o retiro de productos o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea pertinente. Para esto el oferente debe presentar declaración jurada.
1.2.2 El oferente deberá presentar con su oferta declaración jurada de que cuenta con póliza de riesgos del trabajo para la actividad requerida emitida por un operador de seguros aprobado por la SUGESE.
1.2.3 Se prohíbe el fumado dentro de las instalaciones del ICE, según se establece en la legislación. Ley 9028 Ley General de Control del Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud. El oferente debe presentar una declaración jurada con el compromiso de cumplir con la Directriz del espacio libre de humo de tabaco.
1.3 CRITERIOS AMBIENTALES
1.3.1 El Oferente para efectos del embalaje del producto debe garantizar que los mismos son fácilmente separables. Es responsabilidad del oferente realizar el manejo res-ponsable conforme lo establecido en la legislación nacional vigente y mediante lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos de la empresa. Para verificar dicho cumplimiento el oferente debe presentar una lista de materiales de embalaje y sus respectivas características.
1.3.2 Si se utiliza el entarimado para el transporte del producto, la madera de la tarima debe provenir de plantaciones forestales. Por lo cual, el oferente debe presentar declaración jurada manifestado conformidad con esta cláusula y una vez adjudicada la oferta debe presentar un certificado de plantación forestal de las ta-rimas.
1.3.3 Los empaques individuales del embalaje del producto deberán ser de cartón u otro material reciclable o biodegradable o compostable. En ninguna circunstancia se acepta estereofón (Poliestireno). Para verificar dicho cumplimiento el oferente debe presentar una lista de materiales de embalaje y sus respectivas características.
1.4 ESTRUCTURA DEL PRECIO
1.4.1 El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta. Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar (ver anexo 3). Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
1.4.2 El oferente debe presentar la estructura de precios en la oferta de la siguiente manera:
a) Para la partida 1 (línea 1) el oferente deberá presentar la estructura de precios por partida.
2. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
2.1 El contratista deberá cumplir con las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato, tales como salarios mínimos, cuotas del seguro social, riesgos del trabajo y demás obligaciones obrero-patronales.
2.2 El Contratista que durante el curso de ejecución del contrato es incluido en una lista de restricción gubernamental a nivel internacional, lo hará saber de inmediato al ICE, indicando si repercute o no en el cumplimiento del contrato, de manera que el ICE pueda valorar el continuar o no con la ejecución.
2.3 PRESUPUESTO DETALLADO
2.3.1 Para la partida 1 (línea 1), el contratista deberá presentar una vez emitido el contrato electrónico el presupuesto detallado y completo con todos los elementos de costo que lo componen. Se anexa el formato a utilizar (ver anexo 4).
2.3.2 El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
2.4 EMBALAJE
2.4.1 El cemento debe venir empacado en su empaque de fabrica que garantice su protección durante el transporte y el almacenamiento.
2.4.2 Los sacos de envoltura deben contener al menos 2 capas de papel (cartón) ya que esto aumenta la calidad del empaque para su transporte, manipulación y almacenamiento.
2.4.3 Para la entrega de cada pedido solicitado los sacos de cemento gris deberán de venir apilados en tarimas de madera con un máximo de 35 unidades por tarima.
2.5 CONDICIONES DE GARANTIA DEL BIEN
2.5.1 Durante el período de garantía, el Contratista asume los daños y perjuicios correspondientes a los bienes que se compruebe que se hayan deteriorado o inutilizado como consecuencia de defectos de fabricación, por mala calidad de los empaques, mala estibación o por cualquier otra causa que se evidencie sea responsabilidad del Contratista.
2.5.2 En caso de daño o incumplimiento de las especificaciones técnicas el Contratista debe reponer el bien dañado, por su cuenta y riesgo, incluyendo transporte y cualquier otro gasto adicional.
2.5.3 Cualquier reposición o sustitución del bien no deberá superar 5 días hábiles a partir de la notificación por parte del ICE al contratista.
2.5.4 El bien que sea reemplazado durante el período de garantía quedará cubierto por un plazo no menor al establecido en el apartado 11 Información de bien, servicio u obra SICOP, específicamente en el detalle de línea (Garantía técnica) correspondiente, contado a partir de la fecha de su sustitución.
2.6 ASPECTOS DE FACTURACIÓN
2.6.1 El contratista debe subir la factura para pago en SICOP posterior a que el AC emita el acta de Recepción definitiva de cada pedido, al efecto al contratista le llegará un correo electrónico con el MM-45XXXXX correspondiente al acuse de recibido, a partir de ese momento el contratista debe solicitar el pago en SICOP y paralelamente enviar la factura al correo electrónico facturasice@ice.go.cr
3 OBLIGACIONES DEL ICE
3.1 PRESUPUESTO DE AÑOS FUTUROS
3.1.1 Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato que corresponde a presupuestos de años futuros la dependencia incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido presupuesto, el cual, queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República.
3.1.2 En caso necesario la dependencia se compromete a dotar del debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria.
3.2 PROCEDIMIENTO DE VERIFICACION DEL BIEN ADJUDICADO
3.2.1 Para la aceptación o rechazo de los bienes solicitados en cada orden de pedido, el ICE realizará las siguientes revisiones:
a) Inspección visual para determinar el estado general de los bienes (integridad, cemento duro o sacos rotos)
b) Que la cantidad entregada corresponda a la solicitada.
c) Información correcta sobre el etiquetado de cada bulto o paquete.
3.3 ACTA DE RECEPCIÓN PROVISIONAL
3.3.1 Esta acta de recepción provisional se emitirá dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la entrega de cada pedido y la llevará a cabo el administrador del contrato, junto con el responsable técnico, para lo cual el Administrador del contrato elaborará un acta de recepción provisional una vez verificado lo indicado en el punto 3.2 PROCEDIMIENTO DE VERIFICACION DEL BIEN ADJUDICADO.
3.4 ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA
3.4.1 El acta de recepción definitiva se emitirá cuando el responsable técnico verifique que lo entregado en cada orden de pedido, cumple con las especificaciones técnicas del cartel, para lo cual, emitirá el respectivo informe técnico, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, posteriormente a la recepción provisional.
3.4.2 Una vez recibido el informe técnico como resultado de la verificación indicada en el punto anterior, el administrador del contrato emitirá el acta de aceptación definitiva en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles.
3.5 CLAUSULA DE DESEMPATE
3.5.1 En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los posibles adjudicatarios, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente. Para definir el desempate se utilizará la moneda.
3.5.2 De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento (presenciales). Dicha acta se agregará al expediente del procedimiento de contratación en la plataforma SICOP.
3.6 BANDAS DE TOLERANCIA
3.6.1 Para el presente procedimiento de contratación, el ICE define bandas de tolerancia a partir de los insumos obtenidos mediante el Sondeo de Mercado, las cuales aplicarán como herramienta de referencia para el estudio de ofertas y análisis de la razonabilidad del precio. Dichas bandas se encuentran documentadas en el expediente de la contratación, del cual se extrae la siguiente tabla:
Tabla N. 1
Umbrales según Bandas de Tolerancia
OBJETO |
Metodología: % razonabilidad ( ) Combinado ( x ) |
||
LÍNEA 1: CEMENTO, TIPO CEMENTO, TIPO UG RTCR 479 2015, RESISTENCIA 280 Kg/cm2 A 28 DIAS, PRESENTACION SACO 50 kg, RESISTENCIA 280 Kg/cm2 A 28 DIAS, PRESENTACION SACO 50 kg |
Moneda CRC |
||
Devest.P |
Mínimo |
Máximo |
|
533,0605 |
6 465,6736 |
7 531,7946 |
|
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites.
3.6.2 A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
3.6.3 Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
- Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
- Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
- Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 21 del Reglamento al título II Ley 8660.
3.6.4 La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera de las bandas, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de multa la suma de 0,5% por cada día natural del valor de la parte incumplida. El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25% del monto total del contrato incluidas sus modificaciones. La aplicación de esta cláusula es conforme al artículo 40 del Reglamento al Título II de la Ley 8660. En caso de que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobro de multas se considerará sobre el valor de cada una y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las obligaciones. Se hará acreedor de cobro por concepto de multa, el contratista que incurra en el siguiente supuesto: Cualquier incumplimiento atribuible al contratista que implique que el cemento gris suministrado no cumpla con las condiciones de calidad, resistencia, desempeño, durabilidad, funcionalidad, garantías o demás requisitos establecidos en el cartel, incluyendo la detección de defectos ocultos, fallas prematuras, incumplimiento de especificaciones técnicas o cualquier otra condición que afecte el uso previsto del material o el adecuado desempeño de las obras en las que sea utilizado." El Administrador del contrato no gestionará el cobro de multa, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas.
Cláusula penal. Si existiera atraso en la entrega del suministro de acuerdo con las condiciones del pliego de condiciones, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal 0,6% según lo indicado en el Anexo 2 " Estimación de cláusula penal" por cada día natural del valor de la parte incumplida.
Documentos del cartel7
- ANEXO 1DOCX · 51 KB
- ANEXO 2DOCX · 92 KB
- ANEXO 3DOCX · 51 KB
- ANEXO 4XLSX · 20 KB
- ANEXO 5PDF · 133 KB
- ANEXO 6DOCX · 82 KB
- ANEXO 7PDF · 389 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Victor Hugo Sanchez Quesada
Dirección Construcción
Victor Hugo Sanchez Quesada
Dirección Construcción
Victor Hugo Sanchez Quesada
Dirección Construcción
Victor Hugo Sanchez Quesada
Dirección Construcción
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 12:24. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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