2026LD-000008-0006000001 · SICOP 20260900039
Servicios de ingeniería de apoyo, consultoría y verificación de la calidad, según demanda, para la ampliación del puente sobre el río Buenavista, Ruta Nacional N.º 242, Rivas de Pérez Zeledón
Consejo Nacional de Vialidad
Consejo Nacional de Vialidad está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡55,7 millones. Se recibieron 5 ofertas de 4 empresas el 16/09/2026. La más baja fue de Diseño Inspeccion y Consultoria en Carreteras y Obras Civiles Diccoc, ₡5,3 millones (90,6 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡55,7 millones
Ofertas recibidas
5
de 4 empresas
Oferta más baja
₡5,3 millones
90,6 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó01/09/2026 14:58 · hace 41 días
- Límite para 04/09/2026 23:59 · hace 38 días
- Límite para 07/09/2026 23:59 · hace 35 días
- Cierre de ofertas16/09/2026 10:00 · hace 26 días
- de ofertas16/09/2026 10:00 · hace 26 días
- (plazo máximo)≈ 30/09/2026 · hace 12 días
10 recibidas, 10 respondidas.
El cartel fue modificado (2 veces). Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 08/09/2026 10:00 → 16/09/2026 10:00
- Apertura de ofertas: 08/09/2026 10:00 → 16/09/2026 10:00
- Límite de observaciones a la apertura: 09/09/2026 → 17/09/2026
Nota de la institución. Las aclaraciones presentadas posteriormente a dicho plazo, podrían ser atendidas por la Administración; pero de no ser así no impedirán la apertura de la oferta señalada. Art 93 RLGCP.
Contexto
- Consejo Nacional de Vialidad adjudicó ₡186 277,9 millones en 113 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Supervision e Inspeccion de Obras Viales1 · ₡55 745 385,041₡55 745 385,04
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡47,4 millones – ₡55,7 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 2787269.25 durante 18 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 180 días naturales
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Pyme 5 % · Políticas de gestión ambiental organizacional 2 % · Inserción laboral personal con edad igual o superior a 45 años 1 % · Igualdad de Género 1 % · Criterio ambiental/Social/Económico 1 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡449,49 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Pymemáx. 5 | Políticas de gestión ambiental organizacionalmáx. 2 | Inserción laboral personal con edad igual o superior a 45 añosmáx. 1 | Igualdad de Géneromáx. 1 | Criterio ambiental/Social/Económicomáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Diseño Inspeccion y Consultoria en Carreteras y Obras Civiles Diccoc | 90 | 5 | 0 | 1 | 1 | 1 | 98 |
| Grupo Lauher | 64,22 | 5 | 2 | 1 | 1 | 1 | 74,22 |
| Compañia Asesora de Construccion e Ingenieria Cacisa | 28,17 | 5 | 2 | 1 | 1 | 1 | 38,17 |
| Vieto y Asociados | 4,07 | 5 | 2 | 1 | 1 | 1 | 14,07 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Según lo señalado que se detalla en los documentos adjuntos de este Pliego de Condiciones.
1.1 ADMISIBILIDAD E INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
- Se admitirá a concurso la oferta que cumpla sustancialmente con las condiciones legales, los requisitos de admisibilidad y las especificaciones técnicas establecidas en el pliego de
- La consignación en cero de los rubros de utilidad o imprevistos no producirá, por sí sola, la inadmisibilidad de la oferta. En ese supuesto, la Administración analizará la estructura del precio y podrá solicitar al oferente la aclaración o justificación correspondiente, así
como su subsanación cuando resulte legalmente procedente, siempre que no implique modificar el precio ofertado ni otorgar una ventaja indebida.
- La oferta solamente podrá declararse inadmisible cuando, mediante análisis técnico debidamente motivado, se determine que la consignación en cero afecta un requisito sustancial, impide comprobar la razonabilidad del precio o provoca que este resulte ruinoso o insuficiente para garantizar el cumplimiento contractual.
4.3 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD.
- En el presente procedimiento de contratación no se permitirá la presentación de ofertas conjuntas, solamente se admitirán ofertas individuales o en consorcio.
- Experiencia del oferente. Para participar en el presente procedimiento de contratación, se requiere que los oferentes cumplan las dos condiciones indicadas a continuación:
- El oferente deberá acreditar experiencia en la prestación de servicios de ingeniería de apoyo, supervisión, consultoría de calidad y/o verificación de la calidad en la construcción, ampliación y/o rehabilitación de al menos tres (3) estructuras tipo puente, cada una con una longitud mínima de cincuenta metros (50,00 m). Únicamente se contabilizarán los proyectos en los que el oferente haya realizado efectivamente alguno de los servicios Esta experiencia deberá acreditarse mediante los Formularios 3 y 4 y la documentación de respaldo correspondiente.
Para efectos de evaluación de la experiencia del oferente, se aplicarán las siguientes consideraciones:
- Se contabilizará únicamente a partir de la debida inscripción y durante los periodos en que se encuentre habilitada la empresa o el profesional ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA) u otra agrupación gremial en caso de oferentes extranjeros.
- En caso de ofertas presentadas en consorcio, la experiencia se contabilizará como la suma de los aportes de las partes del consorcio.
- Se contabilizará la experiencia adquirida desde el 01 de enero de 2006 a la fecha de apertura de las ofertas (ejecutada y recibida a satisfacción en dicho periodo, la experiencia adquirida con anterioridad no será considerada), se reitera que la experiencia se contabilizará conforme a las certificaciones emitidas por la Administración o bien por proyectos acreditados por el CFIA.
- La documentación para la evaluación de la experiencia del oferente deberá ser presentada según el apartado “Requerimientos técnicos”.
- El contratante se reserva el derecho de comprobar, en cualquier etapa del proceso de contratación, la exactitud y veracidad de los datos consignados en la oferta, en caso de que así lo considere necesario.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del RLGCP, en caso de requerirse
certificaciones de experiencia emitidas por el cliente, se exime a los oferentes de aportar certificaciones relativos a la experiencia positiva que haya sido generada en la propia entidad o que consten en los archivos de este Consejo, para lo cual será obligación del oferente señalar de manera clara la experiencia que solicita le sea reconocida y en cual expediente administrativo consta, indicando el número y nombre de la contratación.
- Se debe incluir por parte del oferente, un laboratorio de ensayo debidamente acreditado por el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), lo que es requisito de admisibilidad. Por ello, no se permite establecer el laboratorio mediante subsane, cuando dicha información no se encuentre en la oferta original.
Se deberá aportar certificación original de ECA o copia certificada. El laboratorio deberá estar acreditado a la fecha de presentación de oferta, pero la presentación de la certificación en sí es subsanable. No se aceptarán acreditaciones otorgadas después de la fecha de apertura de ofertas.
- El oferente deberá suministrar, el precio unitario y el precio total de todos y cada uno de los rubros de pago del sumario de cantidades de la oferta, por lo que la omisión de cualquier rubro de pago en la cotización (Formulario 5), acarreará la exclusión de la oferta.
- El oferente deberá adjuntar la estructura de costos de cada renglón de pago y la general (tanto para obra como para servicios), según lo establecido en el sumario de cantidades; documentos que serán incorporados al expediente digital y utilizados por el contratante para la verificación de los precios unitarios de cada renglón de pago (estudio de razonabilidad de precios de la oferta). Formularios No. 6 y 6.2.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Según lo señalado que se detalla en los documentos adjuntos de este Pliego de Condiciones.
La presente contratación tiene como finalidad disponer de servicios profesionales especializados, bajo la modalidad por demanda, para apoyar al Consejo Nacional de Vialidad en la supervisión, control y seguimiento técnico del proyecto denominado “Ampliación del Puente sobre el Río Buenavista, Ruta Nacional N.º 242, Rivas de Pérez Zeledón”.
Los servicios comprenderán la ingeniería de apoyo, la consultoría de calidad y la verificación de la calidad de las obras. El adjudicatario deberá aportar el personal profesional, técnico y de apoyo, así como los equipos, materiales, instalaciones, transporte, instrumentos y demás recursos necesarios para ejecutar adecuadamente las labores contratadas.
La ingeniería de apoyo comprenderá, entre otras actividades, la revisión de planos, especificaciones y cantidades de obra; el seguimiento del avance físico, financiero y contractual; la medición de los trabajos ejecutados; la revisión del programa de trabajo; la elaboración de cálculos, memorias, criterios técnicos e informes; el apoyo en la preparación de órdenes de servicio y modificaciones contractuales; el registro de información en la bitácora correspondiente; y el acompañamiento durante los procesos de recepción y cierre del proyecto.
La consultoría de calidad tendrá a su cargo la coordinación, seguimiento y evaluación de las actividades relacionadas con el control y aseguramiento de la calidad. Deberá revisar el Plan de Autocontrol de Calidad del contratista de la obra, coordinar los muestreos y ensayos requeridos, analizar sus resultados y emitir los criterios, conclusiones y recomendaciones técnicas correspondientes.
La verificación de la calidad incluirá la toma de muestras, la ejecución de los ensayos de laboratorio requeridos, el procesamiento y análisis de los resultados, la elaboración de bitácoras de muestreo e informes técnicos y la comprobación del cumplimiento de las especificaciones aplicables. Los ensayos deberán ser realizados por un laboratorio debidamente acreditado ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), conforme al alcance requerido para esta contratación. El laboratorio encargado de la verificación deberá ser independiente del laboratorio de autocontrol utilizado por el contratista de la obra.
La prestación de los servicios se ajustará a las necesidades reales, al avance y al programa de trabajo del contrato de obra, de conformidad con las instrucciones emitidas por la Unidad Supervisora del Contrato. El adjudicatario deberá presentar un informe inicial, informes mensuales, reportes de visitas, informes de verificación de la calidad y un informe final de cierre, además de cualquier otro producto técnico requerido para el adecuado control y seguimiento del proyecto.
La Administración pagará únicamente los días de servicio, ensayos y demás actividades efectivamente solicitados, ejecutados y recibidos a satisfacción, de acuerdo con los precios unitarios adjudicados. La existencia de cantidades estimadas no implica la obligación de consumirlas o pagarlas en su totalidad.
Todas las labores deberán ejecutarse de conformidad con los planos, las especificaciones técnicas, el contrato de obra, el presente pliego de condiciones, la normativa vigente y las buenas prácticas de la ingeniería, procurando una supervisión eficiente, objetiva y oportuna que permita prevenir desviaciones y asegurar la calidad, funcionalidad y correcta terminación de las obras.
1.1 UBICACIÓN
El proyecto se encuentra ubicado en el puente sobre el río Buenavista, en la Ruta Nacional N.º 242, sección de control N.° 10580, distrito de Rivas, cantón de Pérez Zeledón, provincia de San José.
Los servicios de ingeniería de apoyo, consultoría de calidad y verificación de la calidad se desarrollarán principalmente en el sitio de las obras. No obstante, cuando resulte necesario para el cumplimiento del objeto contractual, también podrán ejecutarse labores en oficinas, laboratorios, fuentes de materiales, plantas de producción, planteles de elementos prefabricados, sitios de disposición de materiales y cualquier otro lugar relacionado con la ejecución del proyecto.
La Administración suministrará al adjudicatario la información institucional disponible relacionada con la ubicación, planos, condiciones y características generales del proyecto. El adjudicatario deberá verificar, complementar y utilizar dicha información bajo su responsabilidad técnica.
El oferente deberá considerar dentro de su precio todos los costos relacionados con traslados, transporte, viáticos, hospedaje, comunicación y demás recursos logísticos necesarios para brindar los servicios en los lugares requeridos, sin que estos conceptos generen cobros adicionales para la Administración.
1.1 ALCANCE DEL CONTRATO
El servicio comprende la prestación integral de servicios de ingeniería de apoyo, consultoría de calidad y verificación de la calidad asociados con la ejecución del proyecto “Ampliación del Puente sobre el Río Buenavista, Ruta Nacional N.° 242, Rivas de Pérez Zeledón”, correspondiente a la Licitación Mayor N.º 2025LY-000014-0006000001.
El alcance abarcará las etapas de preinicio, ejecución, recepción y cierre de las obras. El adjudicatario deberá brindar el personal profesional, técnico y de apoyo, así como los equipos, instalaciones, materiales, instrumentos, transporte y demás recursos necesarios para ejecutar las labores contratadas.
Los servicios comprenderán, entre otras actividades:
- Supervisar y dar seguimiento al avance físico, financiero y contractual de las
- Verificar el cumplimiento de los planos, especificaciones técnicas, diseños, procedimientos constructivos, programa de trabajo y demás obligaciones del contrato de obra.
- Revisar cantidades de obra, mediciones, estimaciones mensuales, facturas y documentación de respaldo para los pagos.
- Elaborar, revisar y validar cálculos, memorias, criterios técnicos, verificaciones estructurales,
diseños y propuestas de solución requeridas durante la ejecución.
- Apoyar la preparación y revisión de órdenes de servicio, órdenes de modificación y demás ajustes contractuales que resulten necesarios.
- Supervisar el cumplimiento de las disposiciones sobre seguridad ocupacional, seguridad vial, manejo del tránsito, ambiente y gestión de residuos.
- Revisar el Plan de Autocontrol de Calidad del contratista de la obra y verificar su adecuada implementación.
- Elaborar y ejecutar el plan de muestreo y ensayos para la verificación de la calidad, de acuerdo con el avance y el programa de trabajo.
- Realizar muestreos, ensayos de laboratorio, análisis de resultados, índices de calidad, informes técnicos y seguimiento de no conformidades.
- Coordinar con la Unidad Supervisora del Contrato, el contratista de la obra, empresas de servicios públicos, entidades fiscalizadoras y demás partes relacionadas con el proyecto.
- Apoyar los procesos de recepción provisional, recepción definitiva, revisión de planos de obra construida y cierre técnico del proyecto.
Las actividades deberán desarrollarse en estricto apego a:
- El Documento de Requerimientos, el contrato de obra, sus modificaciones, aclaraciones, especificaciones especiales, planos y demás documentos contractuales.
- El Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes (CR-2020) y sus actualizaciones aplicables.
- El Manual de Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes de Costa Rica (MC-2002).
- Las Especificaciones de Diseño de Puentes de Carreteras AASHTO LRFD
- El Código de Construcción, el Código de Cimentaciones de Costa Rica y el Código Sísmico de Costa Rica.
- Las normas y métodos de ensayo acreditados ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA).
- Los manuales y especificaciones emitidos por la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA).
- La normativa vigente en materia ambiental, seguridad ocupacional, seguridad vial, control del
tránsito, accesibilidad y demás disposiciones aplicables al proyecto.
Para efectos de esta contratación, se aplicarán las versiones de las normas, manuales y especificaciones establecidas en el contrato de obra y en el presente pliego de condiciones. La aplicación de una versión actualizada no podrá implicar por sí sola una modificación sustancial del objeto contractual ni la incorporación de actividades, productos, costos o plazos no contemplados.
Cuando una modificación normativa genere una variación material en el alcance, costo, plazo o condiciones de ejecución, la Administración deberá justificar técnicamente el ajuste y tramitar previamente la modificación contractual que corresponda.
El adjudicatario actuará como apoyo técnico de la Unidad Supervisora del Contrato y no podrá modificar el alcance de las obras, autorizar trabajos adicionales, ordenar cambios contractuales ni asumir competencias reservadas a la Administración sin contar con la autorización previa y formal correspondiente.
1.1 PERSONAL
La experiencia y formación del personal requerido se describen en el numeral “1. Experiencia y formación del personal requerido”, del apartado “8) Experiencia y formación del personal requerido”, correspondiente al Título E “Especificaciones técnicas”.
Las funciones y obligaciones asignadas al personal se establecen en el numeral “7.2 Obligaciones del personal”, del apartado “7) Obligaciones del contratista”, correspondiente al Título F “Condiciones para la ejecución contractual”.
Si durante la ejecución contractual el contratista requiere sustituir alguno de los profesionales o miembros del personal de apoyo aprobados por la Administración, deberá solicitar previamente la autorización de la Unidad Supervisora del Contrato. Ningún integrante podrá ser retirado, sustituido o reasignado hasta que el reemplazo haya sido aprobado y se encuentre debidamente incorporado al equipo de trabajo.
Para la sustitución del personal deberán cumplirse las siguientes condiciones:
- La Unidad Supervisora del Contrato podrá solicitar, mediante comunicación formal y debidamente motivada, la sustitución de cualquier integrante del equipo de trabajo. La solicitud deberá comunicarse con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba concretarse el cambio.
- Cuando la sustitución sea promovida por el contratista, este deberá comunicarlo a la Unidad Supervisora del Contrato con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha propuesta para el cambio, indicando las razones que lo justifican.
- El personal sustituto deberá cumplir condiciones de formación académica, habilitación profesional y experiencia iguales o superiores a las acreditadas por la persona Cuando la experiencia haya sido objeto de evaluación, el reemplazo deberá mantener, como mínimo, la calificación obtenida por el personal originalmente propuesto.
- El contratista deberá aportar los atestados, certificaciones profesionales, documentos de experiencia, cartas de compromiso y demás información necesaria para demostrar el cumplimiento de los requisitos establecidos para el puesto correspondiente.
- La Unidad Supervisora del Contrato revisará la documentación presentada y podrá rechazar al sustituto propuesto cuando este no cumpla los requisitos En ese caso, el contratista deberá presentar otro candidato que reúna las condiciones exigidas.
- El contratista deberá garantizar la continuidad de los servicios durante el proceso de sustitución. No podrá prescindir del personal profesional o de apoyo aprobado hasta que el sustituto haya sido autorizado e incorporado, salvo una situación excepcional debidamente acreditada y aceptada por la Administración.
- La sustitución de cualquier integrante del equipo de trabajo, independientemente de su causa, no constituirá justificación para atrasos, interrupciones o incumplimientos de los servicios
- La aprobación de la sustitución no libera al contratista de sus obligaciones ni modifica los plazos, precios, productos o demás condiciones establecidas contractualmente.
1.1 ACTIVIDADES DE LOS SERVICIOS A REALIZAR
A continuación, se establecen las actividades mínimas correspondientes a los servicios de ingeniería de apoyo, consultoría de calidad y verificación de la calidad requeridos para el proyecto “Ampliación del Puente sobre el Río Buenavista, Ruta Nacional N.º 242, Rivas de Pérez Zeledón”.
Los servicios se brindarán de acuerdo con las necesidades reales, el avance y el programa de trabajo del contrato de obra. Podrán requerirse en horario diurno o nocturno, según las actividades constructivas programadas y las instrucciones de la Unidad Supervisora del Contrato.
El adjudicatario deberá incluir en sus precios todos los costos relacionados con personal, transporte, viáticos, hospedaje, equipos, instrumentos, materiales, instalaciones, horas extraordinarias y demás recursos necesarios para ejecutar las actividades contratadas.
Las funciones señaladas son mínimas y no limitativas. La Unidad Supervisora podrá solicitar otras labores directamente vinculadas con el objeto contractual, siempre que se encuentren comprendidas dentro del alcance, los renglones de pago y las condiciones establecidas en el pliego.
1.1.1 SERVICIO DE INGENIERÍA DE APOYO
El servicio será brindado por el profesional propuesto y aprobado por la Administración. Este deberá apoyar la supervisión, coordinación, control y seguimiento técnico, administrativo, financiero y contractual de las obras.
Durante la etapa constructiva se prevé una participación aproximada de tres (3) días por semana, combinando labores de oficina y campo e incluyendo, como mínimo, una visita semanal al proyecto. La programación será coordinada con la Unidad Supervisora según el avance y las necesidades de las obras.
El ingeniero de apoyo deberá realizar, como mínimo, las siguientes actividades:
- Revisar los planos, especificaciones técnicas, cantidades, diseños, memorias, programa de trabajo y demás documentos del contrato de obra.
- Verificar que las actividades constructivas se ejecuten de conformidad con los planos, especificaciones, normativa vigente y procedimientos aprobados.
- Dar seguimiento al avance físico, financiero y contractual de las obras, identificando oportunamente atrasos, desviaciones, riesgos e incumplimientos.
- Revisar las cantidades iniciales del contrato de obra y determinar si resultan suficientes para ejecutar los trabajos contemplados en el diseño.
- Realizar mediciones y cálculos de las cantidades ejecutadas, en coordinación con el personal de inspección, topografía y la Unidad Supervisora.
- Preparar, revisar y respaldar las estimaciones mensuales, facturas y demás documentos relacionados con el pago de las obras.
- Elaborar, revisar y validar memorias de cálculo, verificaciones estructurales, diseños, esquemas, dibujos y criterios técnicos requeridos durante la ejecución.
- Analizar problemas técnicos y presentar alternativas de solución debidamente justificadas para valoración y aprobación de la Unidad Supervisora.
- Apoyar la elaboración y revisión de órdenes de servicio, órdenes de modificación y demás ajustes que resulten necesarios en el contrato de obra.
- Revisar las propuestas de modificación presentadas por el contratista de la obra y emitir el criterio técnico correspondiente, incluyendo sus posibles efectos sobre el alcance, costo y
- Verificar el replanteo, alineamientos, niveles, dimensiones, excavaciones, elementos estructurales, accesos, obras de drenaje y demás componentes del proyecto.
- Coordinar las visitas y actividades requeridas del personal de topografía, inspección, laboratorio y otros especialistas.
- Dar seguimiento al personal, maquinaria y equipo utilizado por el contratista de la obra, verificando su correspondencia con las obligaciones contractuales.
- Revisar la implementación del programa de trabajo, el Plan de Manejo de Tránsito, el Plan de Autocontrol de Calidad y los demás planes exigidos al contratista de la obra.
- Verificar el cumplimiento de las disposiciones sobre seguridad ocupacional, señalización, manejo temporal del tránsito, protección ambiental y gestión de residuos.
- Informar inmediatamente a la Unidad Supervisora sobre anomalías, incumplimientos, trabajos defectuosos o condiciones que puedan afectar la calidad, seguridad, costo o plazo del proyecto.
- Preparar los criterios técnicos y documentación necesaria para la atención de reclamos, consultas, solicitudes institucionales o requerimientos de entidades fiscalizadoras.
- Participar en las reuniones de seguimiento y elaborar las minutas, matrices de compromisos y demás documentos requeridos.
- Registrar las actividades, instrucciones, incidencias y avances en la bitácora digital del CFIA, cuando corresponda.
- Recopilar, revisar y consolidar la información generada por el personal de inspección, topografía, consultoría de calidad y laboratorio.
- Preparar el informe inicial, los informes mensuales integrados, los reportes de visitas y el informe final de cierre.
- Revisar los planos definitivos de obra construida o “As Built” y emitir un informe con las observaciones y recomendaciones correspondientes.
- Apoyar a la Unidad Supervisora durante los procesos de recepción provisional, recepción definitiva y cierre técnico y administrativo del contrato de obra.
- Preparar la lista de trabajos pendientes, defectos, correcciones o reparaciones que deban ser atendidos por el contratista antes de la recepción definitiva.
- Atender cualquier otra función relacionada con la supervisión y seguimiento de las obras que le asigne la Unidad Supervisora dentro del alcance contractual.
Método de medición
El servicio de ingeniería de apoyo se medirá por día de servicio efectivamente prestado, previamente coordinado o autorizado por la Unidad Supervisora y debidamente respaldado mediante registros de asistencia, reportes de visita, productos elaborados y el informe mensual correspondiente.
Base para el pago
El pago se realizará aplicando el precio unitario adjudicado por día de servicio efectivamente ejecutado y recibido a satisfacción.
El precio constituirá la compensación total por el profesional, transporte, viáticos, equipos, instrumentos, materiales, comunicaciones, labores de oficina y campo y demás recursos necesarios. No se reconocerán días que no hayan sido requeridos, ejecutados o debidamente acreditados.
1.1.2 SERVICIO DE CONSULTORÍA DE CALIDAD
El consultor de calidad será responsable de coordinar, analizar y dar seguimiento a los aspectos relacionados con el control, aseguramiento y verificación de la calidad de los materiales, productos y procedimientos constructivos.
Durante la etapa constructiva se estima una participación aproximada de dos (2) días por semana, distribuida entre labores de oficina y visitas de campo. La programación será definida con la Unidad Supervisora conforme al avance y las necesidades del proyecto.
El consultor de calidad deberá realizar, como mínimo, las siguientes actividades:
- Revisar el Plan de Autocontrol de Calidad presentado por el contratista de la obra y emitir las observaciones o recomendaciones correspondientes.
- Verificar que el contratista implemente adecuadamente el Plan de Autocontrol y cumpla las frecuencias de muestreo y ensayo establecidas.
- Revisar los informes, resultados y respaldos del laboratorio de autocontrol de calidad del contratista de la obra.
- Elaborar y mantener actualizado el plan de muestreo y ensayos para la verificación de la calidad, conforme al programa de trabajo y las cantidades autorizadas.
- Coordinar con el laboratorio acreditado, el ingeniero de apoyo, el personal de inspección y la Unidad Supervisora la toma de muestras y ejecución de ensayos.
- Realizar visitas al sitio de las obras, plantas de producción, fuentes de materiales y planteles de elementos prefabricados cuando resulte necesario.
- Verificar que los muestreos, preparación de especímenes, transporte, conservación y ejecución de ensayos se realicen conforme a los métodos acreditados.
- Analizar los resultados de los ensayos de verificación y compararlos con los resultados del autocontrol y las especificaciones contractuales.
- Determinar el cumplimiento o incumplimiento de los materiales y trabajos evaluados, emitiendo los criterios técnicos correspondientes.
- Calcular y analizar los índices de calidad requeridos para las actividades del
- Identificar no conformidades y recomendar las medidas correctivas, ensayos adicionales o verificaciones necesarias.
- Dar seguimiento a la corrección y cierre de las no conformidades
- Informar inmediatamente a la Unidad Supervisora cuando existan resultados que puedan comprometer la calidad, seguridad o durabilidad de las obras.
- Revisar certificados de calidad, diseños de mezcla, calibraciones, procedimientos de ensayo y demás documentación técnica relacionada con los materiales.
- Preparar el apartado de calidad correspondiente a los informes mensuales
- Elaborar los criterios e informes requeridos para los procesos de recepción provisional, recepción definitiva y cierre del proyecto.
- Apoyar la atención de consultas, reclamos y solicitudes de entidades internas o externas
relacionadas con la calidad de las obras.
Método de medición
El servicio de consultoría de calidad se medirá por día de servicio efectivamente prestado, previamente coordinado o autorizado por la Unidad Supervisora y respaldado mediante reportes de visita, análisis, criterios técnicos, seguimiento de ensayos y el informe mensual correspondiente.
Base para el pago
El pago se realizará aplicando el precio unitario adjudicado por día de servicio efectivamente ejecutado y recibido a satisfacción.
El precio incluirá todos los costos necesarios para la prestación del servicio. No se reconocerán días que no hayan sido requeridos, ejecutados o debidamente acreditados.
1.1.3 SERVICIO DE VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD (ENSAYOS)
El servicio será brindado por un laboratorio de ensayo acreditado ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), con un alcance vigente que comprenda los ensayos requeridos para el proyecto.
El laboratorio encargado de la verificación deberá ser independiente del laboratorio utilizado por el contratista de la obra para su autocontrol de calidad y no podrá participar simultáneamente en ambas funciones dentro del proyecto.
El servicio comprenderá, como mínimo, las siguientes actividades:
- Disponer del personal profesional, técnico y auxiliar necesario para efectuar los muestreos y ensayos requeridos.
- Mantener disponibles instalaciones, vehículos, equipos, instrumentos y materiales en condiciones adecuadas de funcionamiento.
- Mantener vigentes los certificados de calibración, verificación y mantenimiento de los equipos
- Coordinar la programación de muestreos y ensayos con el consultor de calidad y la Unidad
- Realizar la toma de muestras en el sitio de las obras, fuentes de materiales, plantas de producción o planteles de elementos prefabricados, según corresponda.
- Elaborar las bitácoras de muestreo en sitio y demás registros exigidos para mantener la trazabilidad de las muestras.
- Identificar, transportar, conservar, preparar y custodiar adecuadamente las muestras y especímenes.
- Ejecutar los ensayos establecidos en la tabla de verificación de la calidad, utilizando los métodos acreditados y la normativa aplicable.
- Procesar, validar y analizar los resultados
- Emitir informes de ensayo debidamente firmados por el profesional
- Incluir en los informes la identificación del proyecto, personal responsable, método utilizado, fechas de muestreo y ensayo, resultados, análisis, determinación de cumplimiento, conclusiones y recomendaciones.
- Mantener un registro fotográfico de los muestreos, preparación de especímenes y ensayos
- Comunicar inmediatamente al consultor de calidad y a la Unidad Supervisora los resultados que evidencien posibles incumplimientos.
- Repetir o complementar ensayos cuando exista una justificación técnica y autorización previa de la Unidad Supervisora.
- Suministrar las bases de datos, hojas de cálculo, resultados, fotografías, bitácoras y archivos editables relacionados con los ensayos efectuados.
- Incorporar los resultados de la verificación en el reporte mensual integrado y en el informe final del proyecto.
Método de medición
Los servicios de verificación de la calidad se medirán por ensayo efectivamente ejecutado, informado y recibido a satisfacción, de conformidad con las unidades establecidas para cada renglón de pago.
No serán objeto de pago los ensayos realizados sin coordinación o autorización, los resultados que carezcan de trazabilidad o respaldo documental ni aquellos que deban repetirse por errores atribuibles al laboratorio.
Base para el pago
El pago se realizará aplicando el precio unitario adjudicado para cada ensayo efectivamente ejecutado y aprobado.
El precio unitario deberá cubrir la totalidad de los costos relacionados con personal, instalaciones, desplazamientos, toma de muestras, transporte, conservación y preparación de especímenes, equipos, calibraciones, materiales, instrumentos, procesamiento de información, elaboración de informes y demás recursos necesarios.
La Administración no estará obligada a solicitar o consumir la totalidad de las cantidades estimadas. Únicamente pagará los ensayos efectivamente requeridos, ejecutados y recibidos a satisfacción.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Según lo señalado que se detalla en los documentos adjuntos de este Pliego de Condiciones.
Con la presentación de la oferta, se entiende la aceptación de cláusulas invariables o condiciones obligatorias; su cumplimiento se presume, además no será necesario prevenir la subsanación de aquellas omisiones relacionadas con aspectos exigidos por el pliego de condiciones, que no
requieren una manifestación expresa del oferente para conocer los alcances puntuales de su propuesta, en cuyo caso se entenderá que acepta las condiciones. Según lo establecido en los artículos 91 y 134 del RGCP”.
1.1 GENERALIDADES
- Podrán contratar con el contratante proveedores y subcontratistas que se encuentren debidamente inscritos y activos en el registro electrónico conforme al artículo 31 del RLGCP. En el caso de consorcios, deberá acatar lo dispuesto los Artículos 129 y 130 del RLGCP. Cuando se oferte en consorcio, la oferta deberá presentarse en el SDU con el nombre del consorcio y no como uno de sus miembros.
- Toda persona física o jurídica interesada en participar en esta contratación, deberá concurrir con la utilización de la plataforma electrónica denominada SDU, presentado su propuesta debidamente firmada por quien tenga poder suficiente para ello.
En caso de aportarse poderes especiales, se requiere que estos cuenten con las especificaciones propias de cada mandato conforme la normativa vigente y el número correspondiente a la contratación en la que se participa y para la cual se otorga.
- Se presumirá la capacidad legal de quien suscribe la oferta en el precitado sistema. El contratante verificará en el SDU, la información provista por el oferente sobre el régimen de prohibición.
- El interesado en participar en condición de Pequeña y Mediana Empresa (PYME), incluyendo cooperativas que posean tal condición deberá estar registrado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y acreditado en el Registro de Proveedores en el SDU. La entidad contratante verificará la condición PYME por los medios que el Ministerio de Economía, Industria y Comercio disponga al efecto. De acuerdo al artículo 74 del Lo anterior debido a la reforma del decreto ejecutivo N° 45782, al RLGCP.
- El oferente deberá hacer mención en su propuesta de dicho estado, no resultando necesario el cumplimiento de requisitos adicionales; dado que el contratante verificará la condición con la utilización de SDU de requerirse se coordinará lo que correspondiere con el MEIC, salvo, si la situación en la inscripción varía en extremos como: vigencia, tipo de categoría, afinidad con el giro comercial y el objeto de esta contratación, lo cual deberá acreditar con una “Certificación PYME”, emitida por la Dirección General de Pequeña y Mediana Empresa del MEIC.
Todo lo anterior de acuerdo con lo establecido por el Artículo 3 de la Ley N° 8262, Artículos 8, 9, 10 del Decreto Ejecutivo N° 3111-MEIC y el Artículo 23 de la LGCP y la circular MH-DCoP-CIR-0054-2024 del 22 de julio de 2024 emitida por la Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda.
- De haber considerado dos o más oferentes, participar bajo la figura del consorcio, se dispone que un oferente solo puede participar en un consorcio para este concurso y se recuerda la obligación de estipular en el “Acuerdo Consorcial” la designación de un representante, “…con poder suficiente para actuar durante la fase de estudios de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago”.
Los integrantes del consorcio responderán frente al contratante de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte. En caso de adjudicación, la formalización contractual será firmada digitalmente por todos los consorciados, salvo que se haya conferido poder suficiente a determinada persona, sin perjuicio de que también comparezca una sociedad constituida al efecto, cuando ello haya sido requerido en el pliego de condiciones o las partes así lo hayan solicitado en su oferta.
En aquellos casos en que se constituya una sociedad anónima, esta responderá de manera solidaria, junto con los integrantes del consorcio, frente al contratante.
Las PYMES podrán participar bajo los consorcios previstos en el Artículo 48 de la LGCP, así como también podrán utilizar la figura de los consorcios PYME regulados en la Ley para el Fomento de la Competitividad de la PYME mediante el desarrollo de consorcios, Ley 9576 de 22 de julio de 2018, en cuyo caso, gozará de los mismos beneficios establecidos al amparo de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262 de 2 de mayo de 2002.
No se permitirá que los oferentes de grupos económicos utilicen la figura de PYME para obtener los beneficios para ese tipo de empresas dispuesto en el RLGCP y en leyes especiales, según lo establecido en el Artículo 78 del citado Reglamento.
- La totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas.
El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la LGCP.
De conformidad con el artículo 49 de la LGCP, una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico.
Con base en la normativa expresa, en todos aquellos contratos ejecutados por el CONAVI donde haya subcontratación, el contratante por medio de la unidad supervisora del
contrato verificará que todos los subcontratistas se encuentran al día en el pago de las obligaciones obrero patronales de la CCSS y con FODESAF. Igualmente se verificará que no haya morosidad en la situación tributaria, según consulta ante el Ministerio de Hacienda.
Es obligación del contratista, durante la ejecución, notificar formalmente de manera oportuna cualquier cambio de subcontratista, mismo que deberá ser avalado por la Unidad Supervisora del contrato.
- Se utilizará el Registro de Proveedores y Subcontratistas del SDU, para verificar en el punto anterior; así como, la declaración jurada del régimen de prohibiciones y sus actualizaciones registradas en el Sistema; la experiencia para prestar el objeto que se licita, los antecedentes y las sanciones, el historial de cumplimiento de contrataciones con la Administración Pública, las fusiones o transformaciones de la empresa, según lo indicado en el Artículo 18 de la LGCP.
- Es obligación del oferente, de conformidad con el Artículo 118 del RLGCP, presentar su propuesta en idioma español y en caso de presentación de panfletos o documentación adicional en otros idiomas, ésta deberá ser en forma electrónica y hacerse acompañar mínimo de una traducción libre de su Se recuerda, para el caso de presentación de documentos emitidos en el exterior que, para su validez y eficacia en Costa Rica, deberán ser debidamente legalizados por cualquiera de los procesos de legalización, a saber: consularización, apostillado (conforme con el Tratado Internacional de La Haya de 1961, sobre la Eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros para el Apostillado de Documentos) o certificación notarial.
- No se permite la cotización parcial, ni el cobro separado del transporte, acarreo y/o descarga. Se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el Artículo 41 de la LGCP y el Artículo 98 párrafo del RLGCP.
- El oferente asumirá todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de su oferta, incluyendo, pero no limitándose a, los gastos de investigación, desarrollo, presentación de la oferta y demás costos. El contratante no tendrá responsabilidad ni obligación alguna respecto de tales costos, independientemente del desarrollo o resultado del Para efectos del contrato que se llegue a formalizar, el contratante, no considerará como costos del proyecto, aquellos en los que incurra el contratista antes de la firma del contrato.
- El contratante se reserva el derecho de anular el proceso de contratación o declararlo desierto o infructuoso, mediante acto motivado y emitiendo el acto administrativo correspondiente, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna para con los
- Los interesados en participar deberán abstenerse de realizar acuerdos colusorios. Conforme a lo previsto en el artículo 14, inciso h) de la Ley General de Contratación Pública. El Contratante tendrá la obligación de informar a la Comisión para Promover la Competencia cuando se tenga indicios de actuaciones ligadas a posibles acuerdos colusorios y a cualquier otro tipo de práctica monopolística o anticompetitiva, con el fin de que proceda de conformidad con la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº7472, y a la Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencias de Costa Rica, Ley Nº Asimismo, de detectarse algún indicio, de igual forma se remitirá a la Dirección de Contratación Pública.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Según lo señalado que se detalla en los documentos adjuntos de este Pliego de Condiciones. De conformidad con los artículos 46 y 47 de la LGCP y los artículos 116 y 117 del RLGCP, la Administración podrá aplicar sanciones económicas
Cláusula penal. Según lo señalado que se detalla en los documentos adjuntos de este Pliego de Condiciones. De conformidad con los artículos 46 y 47 de la LGCP y los artículos 116 y 117 del RLGCP, la Administración podrá aplicar sanciones económicas
Documentos del cartel14
- Agenda preoferta virtualICS · 1 KB
- Resolución de inicioPDF · 246 KB
- Formularios financierosZIP · 72 KB
- Formularios de costosZIP · 133 KB
- Estudio de multasPDF · 748 KB
- Estudio de mercadoPDF · 696 KB
- Documento de requerimientosPDF · 1,9 MB
- Programa de trabajoPDF · 717 KB
- Cronograma de la contrataciónPDF · 287 KB
- Certificación de fondosPDF · 3,9 MB
- Acto motivado - PYMEPDF · 317 KB
- Declaración jurada AnalistaPDF · 266 KB
- Declaración Jurada JefaturaPDF · 266 KB
- Enmienda No. 01PDF · 266 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Christopher Calderón Mora
Gerencia de Construccìón de Vias y Puentes
Billy Alexander Guerra Moran
Gerencia de Construcción de Vías y Puentes
Billy Alexander Guerra Moran
Gerencia de Construcción de Vías y Puentes
Jason Pérez Anchía
Gerencia de Conservación de Vías y Puentes
Johaam de los Angeles Piedra Mendez
Gerencia de Adquisiciones y Finanzas
Iran Barquero Mena
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 08:42. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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