2026LD-000080-0032000702 · SICOP 20260900069
Alquiler de maquinaria equipo y mobiliario
Municipalidad del Cantón de Pococí
Municipalidad del Cantón de Pococí ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡3,0 millones y quedó en firme el 06/10/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡3,0 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡2,7 millones
9,5 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 06/10/2026
- Transportes Ramirez Acuña₡2 714 000,00
Informe de recomendación de Enzo Jose Gonzalez Reyes, 23/09/2026 · adjuntos: SPM-192 -2026 ESTUDIO TÉCNICO DE OFERTAS.pdf, Adjudicación 2026LD-080.pdf, Análisis de Requisitos Legales 2026LD-080.pdf
Fechas clave
- Se publicó01/09/2026 12:31 · hace 40 días
- Límite para 03/09/2026 23:59 · hace 38 días
- Límite para 03/09/2026 23:59 · hace 38 días
- Cierre de ofertas04/09/2026 23:59 · hace 37 días
- de ofertas07/09/2026 08:00 · hace 34 días
- publicado06/10/2026 15:11 · hace 5 días
- Adjudicación 06/10/2026 15:13 · hace 5 días
Nota de la institución. Toda solicitud de aclaración a las disposiciones del pliego de condiciones deben ser efectuadas a través del sistema SICOP, mismo sistema informático que será utilizado para toda subsanación, dentro del marco normativo que establece el artículo 93 Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Contexto
- Municipalidad del Cantón de Pococí adjudicó ₡5 123,0 millones en 225 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Alquiler de Back-hoe118 · ₡2 980 090,00118₡2 980 090,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡2,6 millones – ₡3,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 98 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,98 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días naturales
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 98 % · Criterio Cercanía geográfica 2 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,69 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 98 | Criterio Cercanía geográficamáx. 2 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Transportes Ramirez AcuñaGanó | 98 | 0 | 98 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica la emisión del acto final de adjudicación, mediante el cual se adjudica el procedimiento de contratación a favor de la empresa TRANSPORTES RAMIREZ ACUÑA SOCIEDAD ANONIMA.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
REQUISITOS MINIMOS DE ADMISIBILIDAD.
El oferente deberá tener una Licencia Municipal o Patente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código Municipal, Ley 7794. De conformidad con lo siguiente:
• Los oferentes domiciliados fuera del cantón de Pococí deberán presentar copia de la Patente de su respectivo municipio que los faculte para brindar el servicio requerido y deben aportar una constancia emitida por la municipalidad donde indique que se encuentran al día con el pago de los impuestos municipales y patente.
• Para los oferentes domiciliados en el cantón de Pococí, deberán presentar copia de la Patente que los faculte para brindar el servicio requerido y la administración verificará que se encuentre al día con el pago de los impuestos municipales.
•En cumplimiento con el Decreto Ejecutivo No. 44965-Minae, las empresas que oferten las lineas de maderas deberan aportar la certificación " Madera Legal Costa Rica".
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SERVICIO DE ALQUILER DE BACK-HOE
Para la línea #1 se detallan las siguientes especificaciones.
Mejoramiento del suelo mediante construcción de canales y desagües para una mejor evacuación y salida de las aguas pluviales.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Condiciones generales.
a) Serán oferentes toda(s) persona(s) física(s) o jurídica(s) que somete(n) su propuesta a la Municipalidad dentro del procedimiento de contratación, en apego a los términos establecidos en el pliego de condiciones, mediante el Sistema digital unificado en estricto apego a la Ley No.9986, Ley General de Contratación Pública y su Reglamento (LGCP, RLGCP).
b) Las empresas deben de asegurarse de leer en su totalidad el pliego de condiciones, cualquier detalle o disconformidad posterior se considera como conocido; esto para proteger los intereses de la Municipalidad.
c)Todos los artículos ofrecidos deberán ser nuevos y de primera calidad.
d)Para presentar la oferta, se deberá indicar el precio unitario de los artículos cuando corresponda, incluyendo la respectiva marca o modelo ofertada (en el caso que aplique). Para la valoración económica, se utilizará la suma de los subtotales obtenidos al multiplicar los precios unitarios ofertados por las cantidades de referencia estimadas.
e)Se presumirá la capacidad legal de quien suscribe la oferta en el precitado sistema, además, se requiere contar con aptitud para pactar y no tener impedimento para contratar con la Administración.
f)El interesado en participar en condición de Pequeña y Mediana Empresa (PYME), deberá estar registrado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y acreditado en el Registro de Proveedores de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.
g)El oferente deberá hacer mención en su propuesta del estado de PYME y aportar la certificación respectiva, no resultando necesario el cumplimiento de requisitos adicionales, dado que la Administración verificará la condición con la utilización del Sistema Digital Unificado (SDU) o de requerirse se coordinará lo que correspondiere con el MEIC, salvo, si la situación en la inscripción varía en extremos como: vigencia, tipo de categoría, afinidad con el giro comercial y el objeto de esta contratación, lo cual deberá acreditar con una “Certificación PYME”, emitida por la Dirección General de Pequeña y Mediana Empresa del MEIC. Todo lo anterior de acuerdo con lo establecido por el Artículo 3 de la Ley N° 8262, Artículos 8, 9, 10 del Decreto Ejecutivo N° 3111
-MEIC y el Artículo 23 de la LGCP.
h)Para este concurso no se permiten ofertas alternativas
i)El oferente asumirá todos los costos asociados a la preparación y presentación de su oferta. La Municipalidad no tendrá responsabilidad ni obligación alguna respecto de tales costos, independientemente del desarrollo o resultado del concurso.
j)La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, de anular el proceso de Licitación, y, de rechazar todas las ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna para con los oferentes. Cualquier actuación deberá estar respaldada por resolución basada en temas de interés público o interés institucional.
k)De presentarse alguna circunstancia con la cual el oferente, adjudicatario o contratista llegare a incumplir con el objeto del contrato o el plazo de entrega, invoque o introduzca hechos falsos, se impondrá el régimen sancionatorio aplicable a la etapa del proceso de contratación, y de acuerdo a los hechos, que se den; sin detrimento de las responsabilidades civiles y penales, que, se le pueden endilgar, así como la eventual ejecución de la garantía de cumplimiento, y el monto al descubierto, que, se le adeude a la Municipalidad.
l)Todo oferente deberá ser diligente en la atención de cualquier requerimiento, ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que SICOP le notifique que la Municipalidad emitió los estudios de ofertas, deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 de la LGCP 9986.
m)En consideración a lo indicado por el inciso c) del artículo 8 LGCP 9986, los documentos adjuntos a la oferta NO se deben incluir en SICOP como “Confidenciales”, ya que únicamente aplica cuando se trata de estados financieros o información sensible del oferente y que este sustente dicho estatus respaldado en fundamento jurídico. En caso de realizarlo, el analista a cargo de esta contratación procederá a habilitarlos como “Públicos” o realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta, en apego al artículo 15 LGCP 9986.
n)El oferente firmará digitalmente su oferta y por ende dará por aceptadas las Condiciones y Declaraciones descritas en el Pliego de Condiciones sometiéndose bajo fe de juramento a estas, por lo que con solo la presentación de la oferta da por consentidas las mismas, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones generales, especiales y técnicas, disposiciones legales y reglamentarias vigentes. La sumisión operará de pleno derecho e implicará la incorporación dentro del contenido de la relación contractual de las normas constitucionales, de la LGCP 9986, su Reglamento y el ordenamiento jurídico en general.
o)
El oferente podrá efectuar observaciones únicamente a través de SICOP en el día hábil siguiente al día de apertura de la oferta, las cuales podrán ser valoradas por la Municipalidad, en caso de presentarse fuera de SICOP, no serán tomadas en consideración.
p)Todos los oferentes deberán leer y seleccionar tanto las “Declaraciones Juradas” como las “Condiciones Generales” que aplican para el concurso, lo cual obliga al oferente a actuar bajo el principio de “Buena Fe”, sin que se exima a la Municipalidad de aplicar el inciso v) de la presente cláusula y se expone el firmante ante la eventualidad de rendir información falsa, que se le testimonien piezas ante el Ministerio Público por la violación del artículo 318 del Código Penal, para lo que este Órgano considere pertinente.
q)La Unidad de Contratación Pública de la Municipalidad se reserva el derecho de verificar por sí mismo o por medio de terceras personas y en forma independiente, la veracidad y autenticidad de la información contenida en la oferta. De llegarse a determinar la existencia de información falsa o engañosa, que pueda conducir a equívocos o a una valoración diferente de la oferta que influya en su calificación, ésta se descalificará, sin perjuicio de las acciones legales que puedan corresponder.
r)El oferente debe ajustarse a lo indicado en el presente documento conforme lo establece la Ley General de Contratación Pública 9986, su Reglamento y demás jurisprudencia relacionada.
s)Las aclaraciones o modificaciones que la Municipalidad considere necesario hacer al Pliego de Condiciones, serán anunciadas en el Sistema Digital Unificado – SICOP. Será obligación de los oferentes considerar el contenido de estas aclaraciones o
modificaciones al Pliego de Condiciones, y no podrán alegar desconocimiento de estas, pues forman parte integral del mismo.
t)La omisión en el pliego de condiciones de aquellas obligaciones impuestas por el ordenamiento jurídico a los potenciales oferentes en atención al objeto contractual no exime a éstos de su cumplimiento.
u)La fecha y hora límite para la presentación de ofertas será la indicada en SICOP.
v)La oferta de servicios deberá brindarse completamente en colones costarricenses.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa por entrega tardía. En caso de incumplimiento en la entrega de acuerdo con la fecha de entrega definida para esta contratación, se procederá a cobrar una multa equivalente al 0.5% por cada día hábil de atraso, calculado sobre el monto de los materiales atrasados. Se entenderá por día hábil los días transcurridos entre el lunes y el viernes de cada semana, sin contar días feriados o asuetos de Ley. La multa será aplicada hasta alcanzar un tope del 25%, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual. Para los efectos de este aparte, únicamente se considerará atraso justificado lo siguiente: • Circunstancias no imputables al contratista originadas por caso fortuito, fuerza mayor, condiciones climáticas. • Hechos imputables a la Municipalidad de Pococí debidamente demostrados por escrito (en tiempo y forma – entiéndase “forma” como medios escritos como oficios o correos formales) ante el Administrador del Contrato. El descargo respectivo por parte de la empresa deberá realizarse dentro del impostergable plazo de un (3) días hábiles posterior a la fecha en que debió hacerse efectiva la entrega, de acuerdo con los términos ofertados. Método para cobro de sanciones. El pago de las multas se cobrará reteniendo su equivalente de la facturación, según lo que sea reportado por el funcionario municipal encargado de la ejecución del contrato y su valor se retendrá de la facturación en trámite o bien, del pendiente de pago por parte de la Municipalidad.
Cláusula penal. Clausula penal: Se determina la cláusula penal en apego con el artículo 46 Y 47 de la LGCP y los artículos 116 y 117 del RLGCP. La cláusula penal procede en casos de ejecución tardía o prematura de las obligaciones. Para su aplicación no será necesaria la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago. El atraso en la entrega del servicio dará derecho a la unidad ejecutora a gestionar el trámite de procedimiento de cobro de cláusula penal, de acuerdo con lo indicado en este documento de requerimientos.
Documentos del cartel6
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 3,8 MB
- ESPECIFICACIONES TÉCNICASPDF · 635 KB
- DECISIÓN INICIALPDF · 297 KB
- ESTUDIO DE MERCADOPDF · 481 KB
- CONSTANCIA DE CONTENIDO PRESUPUESTARIOPDF · 379 KB
- CRONOGRAMAPDF · 3,2 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Guisselle Aguilar Barquero
Obra Pública
Guisselle Aguilar Barquero
Obra Pública
Guisselle Aguilar Barquero
Obra Pública
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 08/10/2026 13:42. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamisma institución y producto · 31/10/2024
Municipalidad del Cantón de Pococí · 2 oferentes
Adjudicada por ₡1,3 MM a Constructora Meco
Adjudicadamisma institución y producto · 15/08/2023
Mejoramiento del Camino Perdiz-santa Elena
Municipalidad del Cantón de Pococí · 5 oferentes
Adjudicada por ₡1,1 MM a Constructora Meco
Sin adjudicarmisma institución y producto · 18/10/2023
Municipalidad del Cantón de Pococí · 5 oferentes
Adjudicadamismo producto · 30/09/2026
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias · 2 oferentes
Adjudicada por ₡20,7 M a Transportes y Equipo Pesado Breybre
Adjudicadamismo producto · 30/09/2026
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias · 2 oferentes
Adjudicada por ₡33,8 M a Mad Crosby M & C
Adjudicadamismo producto · 23/09/2026
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias · 2 oferentes
Adjudicada por ₡7,9 M a Algrasa