2026LD-000020-0000900008 · SICOP 20260900294
Servicio de preparación física, técnica y táctica y dirección de competencias del grupo de baloncesto de la Sede del Pacífico.
Universidad de Costa Rica
Universidad de Costa Rica ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡17,0 millones y quedó en firme el 28/09/2026. Se recibieron 2 ofertas de 1 empresa en 2 lotes (partidas). En todos los lotes ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡17,0 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
2
de 1 empresa en 2 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡22 000
99,9 % por debajo del presupuesto
Quién ganó cada loteen firme 28/09/2026
- L1Juan Carlos Espinoza RamirezServicio Profesional de Entrenador de Baloncesto.₡11 000,01
- L2Juan Carlos Espinoza RamirezServicio Profesional de Entrenador de Baloncesto.₡11 000,01
Informe de recomendación de Yontil Villalobos Mora, 22/09/2026 · adjuntos: Consulta pública de situación tributaria 22-9-2026.pdf
Fechas clave
- Se publicó02/09/2026 16:22 · hace 39 días
- Límite para 03/09/2026 23:59 · hace 38 días
- Límite para 04/09/2026 23:59 · hace 37 días
- Cierre de ofertas09/09/2026 10:00 · hace 32 días
- de ofertas09/09/2026 10:00 · hace 32 días
- publicado23/09/2026 14:28 · hace 18 días
- Adjudicación 28/09/2026 12:24 · hace 13 días
Contexto
- Universidad de Costa Rica adjudicó ₡22 659,3 millones en 928 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas · 2 lotes
- L1Servicio Profesional de Entrenador de Baloncesto.1 · ₡11 250,001₡11 250,00
- L2Servicio Profesional de Entrenador de Baloncesto.1 · ₡11 250,001₡11 250,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡9 563 – ₡11 250
- Lote 2₡9 563 – ₡11 250
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 6 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 80 % · Experiencia 20 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 80 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡452,56 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Servicio Profesional de Entrenador de Baloncesto.1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 80 | Experienciamáx. 20 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Juan Carlos Espinoza RamirezGanó | 80 | 20 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Servicio Profesional de Entrenador de Baloncesto.1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 80 | Experienciamáx. 20 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Juan Carlos Espinoza RamirezGanó | 80 | 20 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Acto final licitación 2026LD-000020-0000900008
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Requisito indispensable
La persona contratista debe contar con certificación y/o titulación a nivel nacional que la acredite como: a) preferiblemente educador físico; b) persona acreditada como entrenador de la disciplina en la que participe; c) persona acreditada en el campo de preparación física, técnica y táctica en la disciplina deportiva indicada.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Partida #1
Entrenador de BALONCESTO MASCULINO
Especificaciones:
El servicio solicitado consiste en la preparación física, técnica y táctica, así como la dirección de los procesos competitivos y la gestión administrativa requerida del grupo deportivo de BALONCESTO MASCULINO en torneos y campeonatos universitarios y regionales.
Requisitos mínimos de las personas oferentes:
- La persona oferente debe tener como mínimo 1 año de experiencia comprobada en la dirección de grupos deportivos de la disciplina solicitada. Presentar Documento firmado
- La persona oferente debe encontrarse al día con el pago de sus obligaciones de la Caja Costarricense del Seguro Social.
- La persona oferente debe aportar copia de la Póliza de riesgos del trabajo debidamente al día.
- Licencia de la federación de baloncesto (FECOBA)
- Licencia categoría B a nivel nacional.
- Documento de comprobación domiciliar, mediante recibos preferiblemente residir en las zonas de: Esparza, Puntarenas Centro y Miramar; esto por cuanto los entrenamientos tienen diferentes horarios y están condicionados a la disponibilidad de horario estudiantil.
Estimación Presupuestaria
Hora de entrenamiento ¢11.250,00
Tope estimado anual: ¢ 2.126.250
*Solo se pagarán horas efectivamente impartidas de entrenamiento.
Partida #2
Entrenador de BALONCESTO FEMENINO
Especificaciones:
El servicio solicitado consiste en la preparación física, técnica y táctica, así como la dirección de los procesos competitivos y la gestión administrativa requerida del grupo deportivo de BALONCESTO FEMENINO en torneos y campeonatos universitarios y regionales.
Requisitos mínimos de las personas oferentes:
- La persona oferente debe tener como mínimo 1 año de experiencia comprobada en la dirección de grupos deportivos de la disciplina solicitada. Presentar Documento firmado
- La persona oferente debe encontrarse al día con el pago de sus obligaciones de la Caja Costarricense del Seguro Social.
- La persona oferente debe aportar copia de la Póliza de riesgos del trabajo debidamente al día.
- Licencia de la federación de baloncesto (FECOBA)
- Licencia categoría B a nivel nacional.
- Documento de comprobación domiciliar, mediante recibos preferiblemente residir en las zonas de: Esparza, Puntarenas Centro y Miramar; esto por cuanto los entrenamientos tienen diferentes horarios y están condicionados a la disponibilidad de horario estudiantil.
Estimación Presupuestaria
Hora de entrenamiento ¢¢11.250,00
Tope estimado anual: ¢ 2.126.
*Solo se pagarán horas efectivamente impartidas de entrenamiento.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
LICITACIÓN Reducida (POR DEMANDA)
2026LE-000020-0000900008
“CONTRATACIÓN DE SERVICIO PARA LA PREPARACIÓN (FÍSICA, TÉCNICA Y TÁCTICA) Y DIRECCIÓN DE PROCESOS DE COMPETICIÓN DEPORTIVA Y GESTIONES ADMINISTRATIVAS DE el
grupo DE LA DISCIPLINA de baloncesto TIENE LA SEDE DEL PACÍFICO”
ESTIMACIÓN PRESUPUESTARIA
Tope estimado anual: ¢ 4.252.500
Tope estimado con tres (3) posibles prórrogas: ¢ 12.757.500
|
FECHA DE APERTURA: 9-82026 |
HORA: 10:00 horas |
- En el apartado [ 11. Información de bien, servicio u obra] detalle de línea y detalle de partida, se indica la información de modalidad de entrega, esquema y modalidad de pago, pólizas, colegios profesionales, forma de entrega, lugar de entrega, plazo de entrega, garantía técnica, muestras y en el apartado de observaciones de entrega: instalación, mantenimiento, capacitación, coordinaciones de entrega. Sobre estas condiciones, prevalece lo indicado en SICOP.
- En el apartado [7. Condiciones de contrato] se indica la información de cláusula penal y multas.
Para efectos de cotizar se deben considerar estas especificaciones, las del Código SICOP son únicamente como referencia.
NOTA: Revisar, leer y aportar los documentos indicados en los apartados de “DECLARACIONES” y “CONDICIONES GENERALES”, en SICOP.
- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La Universidad de Costa Rica requiere la contratación de una persona físicas o jurídicas para brindar el servicio de preparación (física, técnica y táctica) y dirección de procesos de competición deportiva y gestiones administrativas de el grupo deportivos de la diciplina de baloncesto femenino y masculino que tiene la Sede del Pacífico para la población estudiantil.
- 3. DEBERES DE LOS CONTRATISTAS
3.1 El trabajo realizado se evaluará mensualmente mediante el suministro de las bitácoras tipo lista de asistencias con el nombre, firma y carné de las personas estudiantes que asisten a cada entrenamiento y competencia. Así como un breve resumen de las actividades realizadas durante el mes. Lo anterior con el objetivo de realizar el pago de las horas trabajadas durante el mes.
3.2 De ser el oferente una persona jurídica, deberá notificar de manera inmediata y digitalmente a la unidad usuaria, en caso de que se deba realizar el cambio en el personal por enfermedad, vacaciones, renuncia o despido. Por lo anterior, el personal deberá ser sustituido por una persona que cumpla con todos los requisitos del adjudicatario.
3.3 De ser el oferente una persona jurídica, deberá contar con una póliza de Riesgos del trabajo, que cubra a todo su personal empleado en la realización del servicio contratado. En caso de que el oferente sea una persona física, igualmente deberá contar con la póliza de Riesgos del Trabajo.
3.4 El contratista referente a conductas de hostigamiento sexual tiene el deber de:
La persona profesional contratada hará sus mejores esfuerzos por cumplir con las obligaciones de este contrato a favor de la Universidad de Costa Rica sea capacitado en cuanto a las disposiciones del Reglamento de la Universidad de Costa Rica Contra el Hostigamiento Sexual (en adelante el Reglamento). En caso de recibirse por parte de las Autoridades Universitarias una denuncia formal en contra de cualquier persona que brinde servicios subcontratados o tercerizados dentro de la Universidad de Costa Rica, se pondrá en conocimiento de la persona física o jurídica contratada, a la cual se obliga a realizar el procedimiento respectivo, de acuerdo con lo ordenado en la ley 7476 en Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia. La persona física o jurídica contratante se obliga a remitir un informe con todo lo actuado dentro del proceso disciplinario incluyendo la eventual imposición de sanciones, dentro del plazo estipulado en la ley 7476. En caso de incumplimiento de tanto de la ejecución del procedimiento disciplinario o la omisión de informar oportunamente del resultado de tal procedimiento, la empresa o persona contratada por cualquier clase de vínculo, dará lugar a la resolución del presente contrato y a la no contratación por parte de la Universidad de Costa Rica, se compromete a someterse al procedimiento administrativo establecido en el respectivo Reglamento y en caso de ser tenido como autor de las faltas denunciadas mediante acto final en firme, a recibir las sanciones estipuladas en el artículo 49 inciso c) del Reglamento.
- DERECHOS, FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
4.1 Los trabajadores contratados para prestar el servicio serán contratados para la prestación como servicios profesionales, no tendrán ninguna relación laboral con la Universidad de Costa Rica, por tanto, todos los salarios, cargas sociales, beneficios y garantías sociales regulados por Ley deberán ser pagados puntualmente por el contratista, en un todo con el ordenamiento jurídico nacional.
4.2 En caso de contratista jurídico, la Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de solicitar el cambio inmediato de algún profesional, por razones de seguridad, prestigio, conveniencia y oportunidad institucional o cuando alguno cometa un acto ilícito ante actuaciones que desprestigie o exponga a la institución, los estudiantes y/o funcionarios. Así como en caso de robo, hurto, ultraje sexual contra algún (a) funcionario (a) o estudiante, actos de voyeurismo, consumo de drogas, daños contra los bienes de la Institución. Y en caso de persona física es causal de resolución de contrato.
4.3 El responsable de fiscalizar el servicio contratado será la encargada de la Unidad de Deporte, quien debe reportar de forma digital e inmediata a la Coordinación de Vida Estudiantil cualquier anomalía que se detecte en el servicio. La Universidad a través de la unidad usuaria (coordinación de Vida Estudiantil de la Sede Regional del Pacifico), podrá realizar inspecciones y supervisiones sorpresa en cualquier momento durante la ejecución del contrato, para verificar el cumplimiento y la calidad del servicio brindado en las unidades académicas y administrativas de la Institución.
4.4 Si como resultado de una evaluación o supervisión sorpresa, o bien, el reporte de la unidad usuaria se detectan incumplimientos en cuanto al servicio, la Universidad dará inicio al debido proceso.
Los aspectos relacionados con el contrato, incumplimientos, informes y reportes varios, aprobación del pago de facturas, prórrogas, términos del contrato, entre otros, deberán ser coordinados por la Licda. Maureen Rodríguez González, Promotora Deportiva en la Sede y/o con el Coordinador de Vida Estudiantil, mediante vía correo electrónico deportes.sp@ucr.ac.cr y vidaestudiantil.sp@ucr.ac.cr o mediante vía telefónica al 2511-7426 y luego trasladadas a la Oficina de la Unidad Especializada de Compra de la Sede, tomar en consideración que, para el pago de las facturas se deberá contar todos los meses con el visto bueno por parte del Promotor Deportivo, indicando que, el servicio se recibió a conformidad. Para cualquier notificación y el envío de la documentación se le brindará al contratista el correo electrónico destinado para este fin.
4.5 Deberá coordinarse cualquier situación especial o de emergencia, con la Licda. Maureen Rodríguez González, Encarga de la Unidad Deportiva de la Sede y/o con el Coordinador de Vida Estudiantil, mediante vía correo electrónico deportes.sp@ucr.ac.cr , teléfono 2511-7426 y vidaestudiantil.sp@ucr.ac.cr o mediante vía telefónica al 2511-7418.
- PROCEDIMIENTO DE PREPARACIÓN Y CONDUCCIÓN DE PROCESOS DEPORTIVOS Y ADMINISTRATIVOS
5.1 Son los distintos procesos que se llevan a cabo para que las personas estudiantes de los equipos de las diferentes disciplinas puedan recibir la guía, la preparación y el apoyo requerido para la práctica de la disciplina indicada y la participación en competencias universitarias, regionales, nacionales e internacionales.
5.2 La persona contratista se compromete a presentar los siguientes productos (documentos): 1) un plan de trabajo al inicio de período de contratación, 2) reportes de participación y permanencia de las personas estudiantes participantes, de manera mensual y 3) un informe final a presentar el 30 de noviembre de cada año.
5.3 La persona contratista se compromete a realizar un proceso de reclutamiento para la elección de las personas deportistas(semestralmente), según las indicaciones y en las fechas que se definan por la Encarga de la Unidad de Deportes de la Sede y/o el Coordinador de Vida Estudiantil de la Sede Regional del Pacífico.
5.4 La persona contratista se compromete a acompañar al equipo correspondiente a todas las actividades de representación a nivel competitivo, recreativo y artístico.
5.5 La persona contratista se compromete a llevar el control y orden en el inventario de implementos deportivos y vestimenta del grupo deportivo, recreativo y artístico, velando por su buen uso y resguardo.
5.6 El horario general para la prestación del servicio se solicitará el día y la hora del entrenamiento según la demanda, según la conveniencia institucional tomando en cuenta la disposición horaria de las instalaciones deportivas y de la población estudiantil participante. Estas horas serán trabajadas entre los lunes, martes, miércoles, jueves, viernes y sábado, según la disponibilidad de la población estudiantil y previa coordinación con la Unidad de Deportes de la Sede.
- DISPOSICIONES EN CUANTO A LAS INSTALACIONES Y BIENES INSTITUCIONALES
6.1 El contratista será responsable de cualquier daño que cause a los bienes propiedad de la Universidad de Costa Rica o espacios alquilados por la Universidad. Debe ser reportado de inmediato a partir del hecho generado, para que el contratista reporte a la Encargada de la Unidad de Deportes Licda. Maureen Rodríguez González en la Sede y/o el Coordinador de Vida Estudiantil de la Sede Regional del Pacífico, mediante vía correo electrónico deportes.sp@ucr.ac.cr y vidaestudiantil.sp@ucr.ac.cr para que de esta manera la unidad usuaria proceda a reportar el incidente de manera inmediata a la Jefatura Administrativa.
- DISPOSICIONES EN CUANTO A SALUD OCUPACIONAL
7.1 El contratista deberá conocer y cumplir con todas las disposiciones legales y sus reglamentos y el Código de Trabajo en referencia a Salud Ocupacional, así como normas de orden internacional.
- GARANTÍA DEL SERVICIO
9.1 La persona adjudicataria queda obligada a velar por la estabilidad y buen manejo de la preparación física y dirección técnica solicitada en el pliego de condiciones, durante la vigencia del contrato suscrito.
La evaluación de desempeño de los servicios profesionales brindados se realizará de conformidad al plan de trabajo presentado por el adjudicatario, y mediante un formulario preparado para tal efecto, el cual será enviado por correo electrónico y plataforma Teams a los estudiantes matriculados en la disciplina correspondiente. Dicha evaluación se realiza por ciclo lectivo, según sea primero o segundo ciclo.
9.2 Cuando exista disconformidad o queja por parte de las personas estudiantes integrantes del grupo Deportivo, en cuanto al trato o atención que se le brinda, la encargada de la Unidad de Deportes realizará el traslado de la denuncia a la persona contratista para la busca de la solución en conjunto con las partes. Esta intervención debe ser posterior al reclamo realizado por la persona estudiante y de acuerdo con la situación dada.
- CONDICIONES INVARIABLES
10.1 El servicio debe ser brindado en el espacio de instalaciones deportivas Cocal o Nances en Esparza de la Sede Regional del Pacífico. Cualquier consulta comunicarse con la Licda. Maureen Rodríguez González, Encargada de la Unidad de Deportes en la Sede y/o con el Coordinador de Vida Estudiantil, mediante vía correo electrónico deportes.sp@ucr.ac.cr , teléfono 2511-7426 y vidaestudiantil.sp@ucr.ac.cr o mediante vía telefónica al 2511-7418.
10.2 Fecha de inicio: después de notificado el contrato por medio de SICOP, la Encargada de la Unidad de Deportes de la Sede Regional del Pacífico en conjunto con la coordinación de Vida Estudiantil determinará la fecha de inicio y se le notificará a la persona contratista.
10.3 Vigencia del contrato: La vigencia del contrato será de un año con posibilidad de prórrogas, contados a partir de la orden de inicio. El servicio de entrenamiento será requerido según la demanda institucional, por lo que la prestación efectiva de los entrenamientos podrá realizarse de manera intermitente durante el período de vigencia, sin que ello implique una obligación de consumo mínimo de horas.
10.4 En caso de que asista únicamente un estudiante al entrenamiento, se brinda el entrenamiento normal, el contratista deberá cumplir con el horario establecido.
(…) Capítulo 8 Normativa de ingreso y permanencia de personas deportistas en equipos deportivos, representativos de la Sede, artículo 38.2 Los entrenamientos iniciarán la hora exacta por lo tanto las personas deportistas deben estar presentes con su respectiva indumentaria de entrenamiento a la hora indicada por la persona entrenadora (…)
En caso de que no asista ningún estudiante la persona entrenadora dará un tiempo prudencial de 15 minutos y posteriormente, entregará a la Unidad de Deportes el reporte correspondiente. En este caso se reconocerá una hora.
10.5 La persona oferente no debe estar sujeto al Régimen de prohibiciones de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, establecido en el artículo 28 y 29 LGCP
10.6 En caso de enfermedad, incapacidad u otra situación de fuerza mayor, la persona contratista deberá contar con una sustitución, en caso de no presentarse el personal asignado ni su sustituto, únicamente se reconocerá el pago de las horas efectivamente impartidas de entrenamiento.
10.7 El irrespeto de las Normas Universitarias, faculta a la Administración a solicitar el retiro de la persona contratista, sin responsabilidad alguna para la Institución.
10.8 Es obligación de la persona contratista apegarse estrictamente al pliego de condiciones, la oferta y demás normas supletorias de la contratación pública.
10.9 Toda la información relacionada será por la plataforma Sicop.
El contratista se compromete a mantener la confidencialidad de la información propiedad de la Universidad de Costa Rica.
- FORMA DE PAGO
11.1 El contratista enviará durante los tres primeros días del mes siguiente de la contratación, la factura en formato digital, autorizada por el Ministerio de Hacienda, correspondiente al pago mensual del mes anterior.
La factura debe incluir las horas de participación en giras de acuerdo con el siguiente cuadro, las mismas serán pagadas con el siguiente criterio: Para aquellas actividades que requieran dos o más horas de traslado, únicamente se contabilizará para efectos de pago el 50% del total de las horas de viaje, desde la sede respectiva Cocal, Nances en Esparza versus lugar de destino. (Ver anexo 1)
11.2 El procedimiento para el trámite de cobro de las facturas electrónicas consiste en que, una vez recibidas por la Unidad de Deportes, hace llegar la factura con el visto bueno a la coordinación de Vida Estudiantil.
11.3 Deberá encontrarse al día con todas las obligaciones tributarias.
11.4 Para realizar el pago correspondiente es indispensable presentar a la Administración lo siguiente:
- a) Envío de factura digital con los siguientes datos:
Razón Social: Universidad de Costa Rica
Cédula Jurídica: 4-0000-42149
Provincia:
Cantón:
Distrito:
Barrio:
Dirección Exacta:
Nombre del Representante Legal: Dr. Carlos Araya Leandro.
Concepto: Preparación (física, técnica y táctica) y dirección de procesos de competición deportiva y gestiones administrativas del grupo deportivo de (indicar la disciplina).
- b) Correos electrónicos para el despacho de la(s) factura (s): sp@ucr.ac.cr y suministros.sp@ucr.ac.cr
- MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Leves: se aplicará una multa del 2% sobre el valor diario en el que se dio el incumplimiento específico verificado, por las siguientes faltas:
- No presentarse a realizar las actividades para las cuales la persona fue contratada, sin informar previamente a la Unidad de Deportes mediante correo electrónico con al menos 24 horas antes.
- Si durante alguna inspección y/o evaluación sorpresa del contrato, se determina algún incumplimiento al pliego de condiciones.
Graves: se aplicará una multa del 5% sobre el valor diario en el que se dio el incumplimiento específico de cada una de las siguientes situaciones verificables, durante la inspección y/o evaluación mensual del contrato, asumiendo la responsabilidad por los siguientes incumplimientos:
- Utilizar lenguaje soez o discriminatorio hacia las personas integrantes del grupo deportivo o de la comunidad universitaria.
- La no presentación de los productos y/o documentos indicados en el punto 5.2. de este cartel.
- Detectar que el contratista no tiene la póliza de riesgos del trabajador
- Presentarse a realizar sus tareas bajo los efectos de alguna sustancia ilícita, así como bajo los efectos del alcohol.
- Ausencias injustificadas.
- SISTEMA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas elegibles se evaluarán de la siguiente forma:
Precio 80%
Experiencia adicional comprobada 20%
TOTAL, PUNTAJE 100%
13.1 Precio: 80%
Se asigna el puntaje máximo al adjudicatario que ofrezca el precio menor, siempre y cuando, este cumpla con todo lo estipulado en el pliego de condiciones. El puntaje mínimo se le asigna al adjudicatario que ofrezca el mayor precio y para los demás adjudicatarios se le asigna en forma proporcional.
Dónde: P₁ = PΜ /Pο*P
P1 = Puntaje obtenido por la oferta en estudio.
PM = Precio de la oferta más barata.
PO = Precio de la oferta en estudio.
P = Porcentaje de precio que se aplicará en el estudio.
13.2 Experiencia comprobada: 20%
Se evalúa la experiencia profesional en la prestación de servicios de preparación (física, técnica y táctica) y la dirección de procesos de competición deportiva y gestiones administrativas de grupos deportivos . Deberá aportar una constancia, contrato o facturas de las instancias respectivas de los años o períodos servidos.
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Años de servicio |
Puntuación máxima 20% |
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1 año y un día a 2 años |
10% |
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2 años y un día a 3 años |
15% |
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3 años y un día en adelante |
20% |
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Criterio de desempate:
En caso de presentarse empate en la calificación total de varias ofertas, se utilizará como criterio para el desempate el puntaje mayor de la evaluación de manera independiente y de acuerdo con el siguiente orden:
- EMPRESA PYMES, deberá presentar la respectiva certificación.
- De persistir el empate decidirá la suerte, según lo establecido en el artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública), de lo actuado se consignará un acta que se incorporará al expediente de la contratación.
- CONDICIONES GENERALES
- Presentación de la oferta
- Toda contratación realizada en medios electrónicos, la información y cumplimiento de requisitos se verificarán en línea, utilizando para ello las herramientas tecnológicas y bases disponibles; aplicando en todo momento el principio de equivalencia funcional y demás normativa aplicable en la materia incluyendo la Ley de Certificados, firmas digitales y Documentos Electrónicos.
- El artículo 40 del Reglamento de El SICOP (Decreto Ejecutivo 41438-H), establece que cada una de las propuestas participará únicamente en el concurso para el que fue presentada, asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria.
DECLARACIONES JURADAS. El oferente debe manifestar mediante declaración jurada, lo siguiente:
- Que no alcanzan las prohibiciones contenidas en el artículo 28 de la Ley de Contratación Pública.
- Impuestos Nacionales: estar al día con las obligaciones obrero-patronales de la CCSS, FODESAF y, según lo estipula el Reglamento a la Ley de Contratación Pública; así como de las cargas tributarias en el Ministerio de Hacienda (Artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios / Gestión de trámites estatales) y PERSONA JURÍDICA según Ley N° 9428 del Impuesto a las Sociedades.
- El Adjudicatario deberá mantenerse al día con sus compromisos tributarios desde la apertura de ofertas y hasta la generación del contrato.
- De existir alguna morosidad, el oferente deberá poner al día la situación o por consiguiente aportar el correspondiente arreglo de pago que deberá estar vigente para la adjudicación y generación del contrato.
- La Universidad de Costa Rica, se reserva el derecho de verificación de esta información en cualquiera de las etapas del concurso.
- Los proveedores deberán de aportar lo indicando textualmente
“Documentos a aportar. Toda oferta presentada por un proveedor nacional contendrá las siguientes declaraciones y certificaciones de conformidad al artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública, sin perjuicio de cualquier otra documentación de la misma naturaleza, que la Administración, requiera en el pliego de condiciones. En el caso de las declaraciones, se harán bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante notario público, salvo que así razonablemente lo requiera la Administración en el cartel. Estas serán admisibles en documento separado o bien como parte del texto de la propuesta (…)
“Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
1.7 Todo Oferente de manera obligatoria, deberá verificar que la propuesta presentada para la partida o partidas ofertadas coincidan tanto en el detalle del “Código del producto del proveedor / Descripción del Bien/Servicio: Nombre del producto del proveedor” indicado en SICOP, con los documentos adicionales aportados como adjuntos o anexos.
Dando especial relevancia a la marca señalado en el tanto constituyen una característica fundamental del objeto, por lo que, ante una inconsistencia en esas descripciones, y sin que se logre determinar con certeza absoluta la Marca intencionados, se tendrá como insubsanable al tenor del Reglamento a la Ley de Contratación Pública (RLCP). Derivando en la inadmisibilidad de la plica de cada partida que así se logre evidenciar la circunstancia descrita.
1.8 Finalmente, debido al principio de igualdad, se apercibe a los oferentes que, de conformidad con lo establecido por la Contraloría General de la República en su resolución R-DCA-471-2007 y reafirmado mediante oficio DJ-1420-2010, la manifestación genérica de sometimiento a la oferta requerida en SICOP, de ninguna manera constituye una declaración concreta, puntual y precisa. Ello ante eventuales contradicciones entre la oferta, y lo establecido por la Administración en el pliego de condiciones.
- Impuestos:
Los oferentes deberán indicar por separado el Impuesto del Valor Agregado, considerando la tarifa reducida (2%) según lo estipula el art. 11.2.d de la Ley 9635 "Fortalecimiento de las Finanzas Públicas".
En caso de no presentarse el desglose, se aplicará lo indicado en el Reglamento a la Ley de Contratación Pública y se presumirá que el monto total cotizado los contempla, incluyendo las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local. No se exonerarán materiales o servicios adquiridos por subcontratistas.
En caso de que el bien ofertado esté exento o tenga una tarifa diferenciada del monto del VA, indicar cuál es la excepción que le aplica. (Ley, Reglamento, Exoneración, otro).
2.1 Los oferentes deben indicar el precio total con los impuestos que afectan los bienes según lo dispuesto en la Ley 9635 de Fortalecimiento de la Finanzas Públicas y las resoluciones emitidas por el Ministerio de Hacienda.
La Universidad de Costa Rica se encuentra exenta de cualquier impuesto de importación, para lo cual el oferente debe presentar el desglose de tributos que le afecten a cada partida. Si el oferente requiere trámite de exoneración de impuestos de importación, deberá indicar en su oferta el plazo en que presentará los documentos necesarios para realizar la exoneración y el plazo que tardará en desalmacenar y entregar la mercadería.
En caso de que algún oferente no indique el monto de los impuestos, se presumen incluidos según lo estipula el Reglamento a la Ley de Contratación Pública. No se exonerarán materiales o servicios adquiridos por subcontratistas.
En los casos en que la oferta adjudicada sea libre de impuesto de consumo y/o venta correspondiente a mercancía ya nacionalizada, la exoneración no se gestiona a través de la Unidad de Importaciones. En estos casos, el adjudicatario o contratista tiene que nacionalizar y cancelar los impuestos; entregar los bienes en el lugar convenido y posteriormente gestionará la exoneración de impuestos ante la Oficina que determine la Unidad de contratación.
3.CLÁUSULA DE REVISIÓN DE PRECIOS EN BIENES Y SERVICIO.
Estructura del precio:
El oferente de presentar el desglose del precio, conforme al artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y al 102 de su Reglamento, dicho desglose debe tener la siguiente estructura mínima, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, dicho desglose debe ser en valores absolutos y porcentuales, tanto para el precio total cómo para los precios unitarios de cada partida o línea de pago, según corresponda:
- Mano de obra directa.
- Costos directos.
- Mano de obra indirecta
- Costos indirectos
- Costos de subcontratación
- Imprevistos
- Utilidad
- FÓRMULA DE REVISIÓN DE PRECIOS
Para realizar la revisión de precios, se utilizará la fórmula matemática establecida en el artículo 51 del Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, la cual se muestra a continuación:
En donde,
𝑅pc: Representa el monto de la revisión del precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago en un mes calendario específico, conforme a la moneda ofertada.
𝑃𝐶: Representa el monto del precio unitario contractual de la línea o del renglón de pago.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra directa.
Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos directos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la ponderación en valor porcentual de los costos por subcontrataciones, multiplicada por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), respectivo del país de origen del costo. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del IPC de un mes calendario específico entre el valor del IPC del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra indirecta. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos indirectos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Para efectos de la aplicación de la fórmula, cada ponderación en valor porcentual de los costos deberá ser expresada en forma decimal con aproximación a la cifra diezmilésima, esto es que la cifra numérica tendrá cuatro dígitos después de la coma.
Índices de precio utilizables
De conformidad con el Capítulo II del Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (artículos del 8 al 14), los oferentes deberán aportar el detalle de los índices de precios representativos para cada uno de los elementos de la estructura previamente solicitada, con los siguientes parámetros:
- El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
- Ente público competente que divulga el índice
- El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada.
Para los índices de precios en moneda extranjera:
- El país de origen y unidad monetaria de los costos.
- El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios oficial de los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
- La periodicidad con que se determina el valor de cada índice, d) el ente competente que publica el índice.
- El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice, en donde se accede a la información aportada
Para lo anterior los oferentes deberán presentar una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada.
No objeción
De conformidad con el artículo 7 y 17 Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, las personas responsables de emitir las no objeciones son:
La pertinencia de los índices aportados en la oferta, la persona encargada de emitir dicho acto es: (jefe del Área que gestiona el procedimiento o analista responsable).
Al programa de trabajo, la persona encargada de emitir dicho acto es: (usuario técnico). Instancia responsable del reajuste o revisión de precios.
En la Universidad de Costa Rica, la instancia pertinente de realizar los reajustes y revisiones de precios, así como de emitir la no objeción para la pertinencia de la documentación probatoria para aplicar el método analítico documental, cuando sea procedente, es la Unidad de Ejecución Contractual.
- APORTE DE COPIAS DE PATENTE, PAGO IMPUESTOS MUNICIPALES y PERMISO DE FUNCIONAMIENTO:
Todo oferente deberá incluir en su propuesta un apartado titulado: “Patente y permiso sanitario de
funcionamiento”, en el cual el oferente debe manifestar según corresponda:
- a) Que cuenta con patente al día vinculada al objeto de la licitación y permiso de funcionamiento al día. En acuerdo al Código Municipal en su Artículo 88, a la Ley General de Salud y el Reglamento para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento otorgados por el Ministerio de Salud para establecimientos industriales, comerciales y de servicios para la operación en el territorio nacional, según sea la actividad, el oferente deberá aportar con la oferta:
- Copia de la patente domiciliada al día.
- Copia del comprobante de pago de los impuestos municipales al día o su respectivo arreglo de pago en caso de mora.
- Copia del Permiso de Funcionamiento Sanitario vigente del Ministerio de Salud.
- b) Que no cuenta con patente vinculada con el objeto de la licitación, ni con permiso de funcionamiento al día. Pero que, en caso de resultar adjudicado, presentará los documentos de previo al inicio de la ejecución, de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones.
Cuando los oferentes no presenten la patente o permiso de funcionamiento con su oferta, se advierte que, en caso de resultar adjudicatarios, deben aportar dicho documento de previo al inicio de la ejecución del contrato, para la verificación del cumplimiento normativo por parte de la Universidad.
Este pliego de condiciones se rige bajo la Ley de Contratación Pública y su Reglamento.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Si existiera atraso imputable al contratista en la entrega de los bienes, se aplicará por concepto de Cláusula Penal la suma correspondiente al 1,50% por cada día hábil de atraso en la entrega del bien o servicio (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento), según lo estipulado en el art. 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Si el atraso fuera mayor a este porcentaje se tendrá como incumplimiento grave imputable al contratista y se podrá dar inicio al proceso de resolución del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 293 Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Documentos del cartel5
- anexo 2PDF · 461 KB
- anexo1PDF · 51 KB
- clausula penalPDF · 266 KB
- sondeoPDF · 225 KB
- CircularPDF · 184 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jonathan Salas Alvarado
Acción Social
Maureen Patricia Rodriguez Gonzalez
unidad de deportes y recreación
Yontil Villalobos Mora
Encargado del concurso · Unidad Regional de Compras Sede del Pacífico
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 29/09/2026 10:14. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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