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2026LD-000013-0048700001 · SICOP 20260900524

Contratación de entrenador/a para la disciplina de Taekwondo en la rama masculina y femenina en el CCDR Tibás.

Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Tibás

Sin adjudicarLa licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.

Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Tibás publicó esta compra con un presupuesto de ₡3,6 millones, pero terminó sin adjudicar. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.

La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.

₡3,6 millones

Ofertas recibidas

1

de 1 empresa

Oferta más baja

₡3,5 millones

1,7 % por debajo del presupuesto

Fechas clave

  1. Se publicó03/09/2026 23:31 · hace 38 días
  2. Límite para 07/09/2026 23:59 · hace 34 días
  3. Límite para 07/09/2026 23:59 · hace 34 días
  4. Cierre de ofertas08/09/2026 23:59 · hace 33 días
  5. de ofertas09/09/2026 08:00 · hace 32 días
  6. publicado04/10/2026 23:17 · hace 7 días

1 recibidas, 1 respondidas.

Quién ganó

  • Motivo: InfructuosaSESIÓN EXTRAORDINARIA #36 Miércoles 23 de agosto del 2026 ACUERDO 6: Se declara infructuoso el procedimiento de contratación correspondiente a la disciplina de Taekwondo, debido a la inconsistencia entre la condición jurídica con la que fue presentada la oferta y la forma en que posteriormente se pretendió subsanar. Además, la persona jurídi ca oferente no se encuentra inscrita ante la Caja Costarricense de Seguro Social. Se acuerda promover nuevamente el procedimiento de contra tación, permitiendo que las personas interesadas participen conforme a los requisitos y condiciones que se establezcan en el nuevo procedimie nto. Acuerdo en firme y con carácter de definitivamente aprobado. Votación Aprobación: afirmativos:4, Negativos:0.

Informe de recomendación de Hendrick Jose Rojas Retana, 01/10/2026

Contexto

Qué se compra1 línea

  • Servicios Profesionales de Entrenadores en Diferentes Disciplinas Deportivas12 · ₡3 600 000,00

Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP

  • ₡3,1 millones – ₡3,6 millones

Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).

El precio vale 30 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,3 puntos.

Lo que exige el cartel

  • : no se exige
  • La oferta debe mantenerse 30 días naturales
  • Contrato por 12 meses
  • Ofertar en : no
  • : no
  • : sí
  • Pago por adelantado: no
  • : EXPERIENCIA 30 % · PRECIO 30 % · Licencia 20 % · Formación Academica 15 % · Promoción a Pymes. 5 %
  • Sin experiencia previa se puede llegar a 70 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.

Fuente: SICOP, consultado el 05/10/2026 06:59. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.

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