2026LD-000063-0034100002 · SICOP 20260900544
20335 - CADENAS TIPO TABLILLA
Consejo Nacional de Producción
Consejo Nacional de Producción ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡3,4 millones y quedó en firme el 02/10/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡3,4 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡3,3 millones
3,3 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 02/10/2026
- Equipos para Embotellado Equipemsa₡3 315 973,70
Informe de recomendación de Denia Isabel Calvo Rojas, 30/09/2026
Fechas clave
- Se publicó04/09/2026 10:50 · hace 37 días
- Límite para 07/09/2026 23:59 · hace 34 días
- Límite para 08/09/2026 23:59 · hace 33 días
- Cierre de ofertas11/09/2026 10:00 · hace 30 días
- de ofertas11/09/2026 10:00 · hace 30 días
- publicado02/10/2026 10:35 · hace 9 días
- Adjudicación 02/10/2026 10:36 · hace 9 días
Nota de la institución. Todas las aclaraciones serán atendidas únicamente por medio del SICOP
Contexto
- Consejo Nacional de Producción adjudicó ₡7 095,7 millones en 144 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra3 líneas
- Cadena Tablilla Acetalica, Tipo Modular Recta, Paso de 38,1 Mm, Ancho de Cadena 82,55 Mm, Diametro del Pasador 6,35 Mm, en Acero Inoxidable, Espesor de 4mm, Largo de 3,05 M12 c/u · ₡454 599,0012 c/u₡454 599,00
- Cadena Tablilla Acetalica, Tipo Modular Recta, Paso de 38,1 Mm, Ancho de Cadena 114,3mm, Longitud del Pasador 6,35 Mm, en Acero Inoxidable, Espesor de 4mm, Largo de 3,05m.12 c/u · ₡940 386,0012 c/u₡940 386,00
- Cadena Tablilla en Acero Inoxidable, Tipo Modular Recta, Paso de 38,1 Mm, Ancho de Cadena 82,55mm, Diametro del Pasador 6,35 Mm, en Acero Inoxidable, Espesor de 4mm, Largo de 3,05m.25 c/u · ₡2 032 587,5025 c/u₡2 032 587,50
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡2,9 millones – ₡3,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 96 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,96 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 96 % · Criterio de Pymes o MIPYMES 2 % · Criterios Ambientales (SI/NO) 2 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡450,06 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 96 | Criterio de Pymes o MIPYMESmáx. 2 | Criterios Ambientales (SI/NO)máx. 2 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Equipos para Embotellado EquipemsaGanó | 96 | 2 | 0 | 98 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se recomienda la adjudicación por cumplir con las especificaciones técnicas solicitadas en el pliego de condiciones y ofrecer el mejor precio, lo cual es conveniente para los intereses de la Institución. Según lo dispuesto en el oficio de Recomendación de Adjudicación DM-0194-2026, suscrito por el Ing. Isaac Quesada Zumbado, Departamento de Mantenimiento. La adjudicación fue aprobada por Adrián Díaz Gómez, Gerente General del Consejo Nacional de Producción y con visto bueno del MBA. LUIS G. ARRIETA ROJAS Administrador General de FANAL.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Se debe de adjuntar la ficha técnica de la cadena ofertada.
- Ser distribuidor autorizado o representante de la marca de la cadena ofertada.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- REQUERIMIENTOS TECNICOS
Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones generales, condiciones específicas, las especificaciones técnicas y los aspectos legales solicitados.
Para el trámite y atención de las solicitudes de aclaración al pliego de condiciones se indica que deberán ser solicitadas únicamente por medio del SICOP, en el apartado correspondiente para este fin.
Para la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas siguientes, así como la futura fiscalización del contrato, se nombra a, como administrador (a) del contrato, por lo cual, el oferente deberá de dirigirse en primera instancia a ellos:
Sebastián Durán Castro, Teléfono 2444-3473, correo mantenimiento.fanal@cnp.go.cr
Isaac Quesada Zumbado, Teléfono 2444-3473, correo mantenimiento.fanal@cnp.go.cr
Jorge Rojas Arcía, Teléfono 2444-3473, correo mantenimiento.fanal@cnp.go.cr
|
PARTIDA |
LÍNEA |
CANTIDAD |
ARTÍCULO SOLICITADO |
CÓDIGO SICOP |
|
1 |
1 |
1 |
Mantenimiento preventivo y correctivo de etiquetadora |
7515180292376340 |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
- Cadena de tablilla de acetal ancho de 3.25"- Cantidad 12 cajas
Especificaciones técnicas mínimas
- Tipo de cadena: Cadena modular de tablilla recta.
- Material de las tablillas: Acetal (POM) de alta resistencia al desgaste.
- Material del pin: Acero inoxidable AISI 304 o superior.
- Ancho nominal de la cadena: 3,25 pulgadas.
- Color: Natural o blanco.
- Paso: Compatible con el diseño del fabricante de la cadena.
- Superficie lisa para facilitar el desplazamiento de productos.
- Resistente a humedad, agentes químicos de limpieza y lubricantes utilizados en la industria alimentaria.
- Baja fricción y bajo nivel de ruido durante la operación.
- Apta para operación continua en transportadores industriales.
- Compatible con ruedas dentadas (sprockets) para el mismo paso y ancho de cadena.
- Temperatura de operación aproximada: -40 °C a +90 °C o superior.
- Resistencia a la corrosión mediante el uso de pin inoxidable.
- Presentación: Caja de 3.05 metros.
- Cadena de tablilla acetalica ancho de 4.5" - Cantidad 12 cajas
Especificaciones técnicas mínimas
- Tipo de cadena: Cadena modular de tablilla recta.
- Material de las tablillas: Acetal (POM) de alta resistencia al desgaste.
- Material del pin: Acero inoxidable AISI 304 o superior.
- Ancho nominal de la cadena: 4.5 pulgadas.
- Color: Natural o blanco.
- Paso: Compatible con el diseño del fabricante de la cadena.
- Superficie lisa para facilitar el desplazamiento de productos.
- Resistente a humedad, agentes químicos de limpieza y lubricantes utilizados en la industria alimentaria.
- Baja fricción y bajo nivel de ruido durante la operación.
- Apta para operación continua en transportadores industriales.
- Compatible con ruedas dentadas (sprockets) para el mismo paso y ancho de cadena.
- Temperatura de operación aproximada: -40 °C a +90 °C o superior.
- Resistencia a la corrosión mediante el uso de pin inoxidable.
- Presentación: Caja de 3.05 metros.
- Cadena de tablilla de acero inoxidable – Ancho 3.25" - Cantidad 25 cajas
Especificaciones técnicas mínimas
- Tipo de cadena: Cadena de tablilla metálica.
- Material de las tablillas: Acero inoxidable AISI 304 o superior.
- Material de los pines: Acero inoxidable.
- Ancho nominal de la cadena: 3.25”.
- Alta resistencia mecánica y al desgaste.
- Excelente resistencia a la corrosión.
- Superficie lisa para facilitar el transporte de envases y materiales.
- Apta para operación continua en transportadores industriales.
- Compatible con ruedas dentadas del mismo paso y especificación.
- Resistente a humedad, vapor, agentes de limpieza y productos químicos de uso industrial.
- Temperatura de operación apta para procesos industriales y lavado.
- Presentación: Caja de 3.05 metros.
- EVALUACIÓN DE OFERTAS
Una vez que se determine cuáles son las ofertas que cumplen con los aspectos formales, técnicos, legales y financieros que serán obligatorios para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la evaluación respectiva, para conocer la calificación final bajo los siguientes factores:
|
PARÁMETRO |
VALOR ASIGNADO % |
|
Precio |
96% |
|
C. Sustentable |
2% |
|
PYMES |
2% |
|
Total |
100% |
a) Precio (P):
Al menor precio entre las ofertas se le asignará un puntaje de 96%, a las demás ofertas se les asignará de acuerdo con la fórmula:
% Precio = Precio menor por partida x 96%
Precio oferta a evaluar por partida
b) Criterio Sustentable: Se le otorga un 2% a la empresa que presente inscripción a un programa de Gestión integral de residuos.
c) PYMES: Se le otorga un 2% a la empresa que cuente con la certificación pymes, al día y vigente.
Se adjudicará la oferta con el puntaje más alto de acuerdo con la metodología de evaluación aplicada. En caso de empate, se asignará un puntaje adicional a la oferta que logre demostrar que es una PYME, en caso de existir un empate entre empresas PYMES se considera la siguiente puntuación: PYME de industria 5 puntos, PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos o PYME de comercio 2 puntos. Si aún persiste el empate se convocará a las partes para decidir la adjudicación mediante la suerte y se levantará un acta al respecto.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- CONDICIONES GENERALES
1. La Fábrica Nacional de Licores, conocida por sus siglas con el nombre de Fanal, institución estatal adscrita como una división del Consejo Nacional de Producción, cédula jurídica 4-000-042146, recibirá ofertas de manera electrónica, por medio de la plataforma SICOP, para la Adquisición de Cadenas tablilla acetálica y en acero inoxidable
2. La oferta debe estar redactada en forma clara y concisa, debe presentarse en idioma español o con su respectiva traducción, ofertar preferiblemente en moneda nacional en colones costarricenses y firmada o autorizada por la persona con facultades legales.
3. Cuando la Administración lo considere necesario para verificar la existencia de prohibiciones para contratar, conflictos de interés, la integración de la estructura societaria o cualquier otro aspecto relevante para la correcta tramitación del procedimiento, podrá solicitar al oferente la presentación de una certificación notarial vigente que acredite la naturaleza jurídica de la sociedad y la propiedad de las acciones o cuotas que conforman su capital social, así como cualquier otra documentación complementaria que resulte pertinente. Esta solicitud se realizará únicamente cuando la información no pueda ser verificada por medio del Registro de Proveedores de SICOP, el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales u otros registros oficiales disponibles.
4. Para efectos de notificaciones, el oferente se compromete a mantener actualizado el registro en SICOP donde deberá indicar claramente el nombre o razón social, cédula de identidad o cédula jurídica, dirección postal, dirección electrónica, números de teléfono y dirección de sus oficinas o sucursales.
5. La fecha y hora límite para el cierre de recepción de ofertas es el día 11 Setiembre del 2026 a las 10:00 horas. Posteriormente se procederá con el acto de apertura de ofertas que estará habilitado por medio de SICOP a los proveedores interesados.
6. El plazo de adjudicación de esta licitación será de 10 días hábiles, vence el día 28 Setiembre del 2026, con opción de prórroga por un plazo mayor por motivos de fuerza mayor o interés público, para lo cual se dejará constancia en el expediente mediante resolución motivada.
7. Si algún oferente tiene dudas referentes al pliego de condiciones, encuentra contradicciones u omisiones, deberá notificarlo por escrito en SICOP, durante el primer tercio del plazo señalado para recibir ofertas. Si no fueran presentadas dentro de ese plazo quedará entendido que el oferente formulará la oferta considerando la condición o interpretación más favorables para Fanal.
8. La Fábrica Nacional de Licores, por sí mismo o a solicitud de un oferente podrá introducir aclaraciones, correcciones o modificaciones a este pliego de condiciones, las que se comunicarán por los mismos medios en los que fue publicada la convocatoria de esta licitación, hasta dos días hábiles antes de la fecha señalada para la apertura de las ofertas. Si a juicio de Fanal una modificación introdujere una alteración importante en la concepción original del objeto de esta licitación, el plazo señalado para recibir ofertas se ampliará conforme lo establece la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
9. Dos o más personas, físicas o jurídicas, pueden complementar sus antecedentes y experiencia, por medio de la presentación de una oferta en consorcio, aportando copia certificada con fecha cierta del acuerdo consorcial. Ese documento contendrá, al menos, los términos que regularán las relaciones entre las partes y sus relaciones con la Administración. La responsabilidad entre las partes de este acuerdo será solidaria y le podrá ser reclamada indistintamente a cualquiera de ellos, en su totalidad.
10. Declaraciones juradas: La oferta deberá contener las siguientes declaraciones juradas por parte del oferente:
- Que la información del Registro de Proveedores de SICOP se encuentra actualizada, vigente y al día según lo solicitado en artículo 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública N°9986. (No será necesario aportar los documentos nuevamente si lo indica en la oferta).
- Encontrarse inscrito, activo y al día en los pagos correspondiente a las cuotas obrero-patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Fondo de Desarrollo Social Asignaciones Familiares (FODESAF) y Tributación con el Ministerio de Hacienda. FANAL realizará las verificaciones correspondientes en las plataformas en línea.
- Estar al día con todo tipo de impuestos nacionales.
- Que no le alcance ninguna de las prohibiciones para contratar con el Consejo Nacional de Producción división Fábrica Nacional de Licores, según lo establecido en el artículo 28 de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Que no se encuentre inhibido para contratar con el Consejo Nacional de Producción división Fábrica Nacional de Licores, según lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción.
- El oferente debe indicar de forma expresa el o los beneficiarios finales, tal y como se reconoció en el registro de SICOP, debe indicar si dicho registro está vigente y actualizado, para su respectiva verificación. (No será necesario aportar los documentos nuevamente si lo indica en la oferta).
- Que se acepta en el caso de proveedor extranjero, someterse a los Tribunales y Leyes de Costa Rica, en todo lo concerniente a los trámites del procedimiento licitatorio; la ejecución del contrato y los reclamos por responsabilidad que se derivan del mismo, con renuncia expresa de su jurisdicción.
Si se faltara a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
11. Forma de pago: 30 días naturales, una vez entregado el bien o servicio a entera satisfacción en las instalaciones de Fanal, dicha entrega deberá contar con un recibido a conformidad por parte del administrador del contrato el cual puede ser un sello, firma del responsable, un oficio, un correo o un acta de recepción definitiva, todo de acuerdo con los términos del pliego de condiciones. Una vez que el contratista obtenga el recibido a conformidad a través de la plataforma SICOP, presentará la factura electrónica correspondiente por medio del SICOP y al correo facturas.fanal@cnp.go.cr
12. Vigencia de la oferta: Debe ser mínimo de 30 días hábiles a partir de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas.
13. La Fecha de inicio será el día hábil siguiente a la notificación del contrato en SICOP.
14. Plazo de entrega: El contratista al cual se le comunique el contrato hará entrega del producto en un plazo máximo de 30 días hábiles.
15. Vigencia del contrato: 3 meses.
16. Garantía técnica: Resistente a humedad, vapor, agentes de limpieza y productos químicos de uso industrial. Temperatura de operación apta para procesos industriales y lavado. Presentación: Caja de 3.05 metros.
17. En caso de contrataciones que contemplen prórrogas, Fanal comunicará de forma escrita a la adjudicataria su decisión de no prorrogar la contratación, dos meses antes del vencimiento de cada período. Las prórrogas no son obligatorias, FANAL decide si operan o no.
18. En caso de que el proveedor sea una pequeña o mediana empresa, se validará dicha condición por medio de la plataforma SICOP, conforme lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262 del 02 de mayo de 2002, y su Reglamento.
19. La Fábrica Nacional de Licores exigirá, como requisito indispensable para los pagos que realice a personas físicas y jurídicas constituidas en Costa Rica, que las facturas que presenten como documentos justificantes estén debidamente autorizadas por la Dirección General de la Tributación Directa del Ministerio de Hacienda, de acuerdo con el sistema de autorización para comprobantes de ingresos, publicado en La Gaceta # 186 del 30/09/96.
20. Para la presente licitación no se están solicitando documentos que puedan catalogarse como información sensible o confidencial, por lo que se les solicita a los oferentes no registrar en SICOP documentos confidenciales a menos de tener un fundamento jurídico suficiente. Lo anterior con único objetivo de garantizar la transparencia del proceso de contratación.
21. La Administración se reserva el derecho de adjudicar conforme a la disponibilidad presupuestaria existente, así como declarar desierta o infructuosa la licitación cuando determine, con fundamento en el interés público, que ninguna de las ofertas presentadas satisface de manera conveniente los intereses institucionales.
Asimismo, se reserva la facultad de realizar adjudicaciones parciales, incluso respecto de una misma línea, cuando ello resulte técnica, financiera y administrativamente procedente para la adecuada satisfacción del interés público, siempre que ello no afecte la funcionalidad del objeto contractual.
De igual forma, la Administración podrá aplicar, al momento de dictar el acto final, las facultades previstas en el artículo 51 de la Ley General de Contratación Pública N.° 9986 y en el artículo 139 de su Reglamento, así como lo dispuesto en el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, según corresponda.
22. Resolución de controversias: Si durante la ejecución del contrato surgen una o varias controversias que no puedan resolverse mediante negociación directa entre las partes, estas podrán someterse a un comité de expertos, sin que la ejecución del contrato se suspenda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley General de Contratación Pública y las demás disposiciones aplicables de su Reglamento.
23. Forma de cotizar: El oferente debe cotizar el precio unitario de cada partida o línea que corresponda y el total del bien o servicio solicitado. El precio debe incluir el impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente debido a que Fanal no es exento. Los precios deben ser firmes y definitivos. Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y esta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local.
24. Al adjudicatario se le retendrá el 2% del total de pagos a efectuar, como adelanto del Impuesto sobre la Renta, según artículo 23 inciso g) de la Ley del Impuesto sobre la Renta No. 7092.
25. Revisiones de precio. La oferta económica total deberá ser desglosada de conformidad con la siguiente estructura mínima:
|
Estructura del precio |
Valor absoluto |
Valor porcentual |
|
Costos Directos (Insumos, Mano de Obra, Subcontrataciones etc.) |
% |
|
|
Costos Indirectos (Costos complementarios etc.) |
% |
|
|
Imprevistos (obligatorio) |
% |
|
|
Utilidad |
% |
|
|
Precio sin IVA |
100% |
|
|
Impuestos (según corresponda) |
0% - 1% - 2% - 4% - 10% - 13% |
|
|
Precio TOTAL |
|
|
26. Si la licitación se trata de la contratación de un servicio, en la estructura de precios debe incorporarse algún monto por imprevisto, no puede ser 0%, descalificaría la oferta. Lo anterior según resolución R-DCP-SICOP-01324-2025.
27. El presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
28. Para el cálculo del reajuste o la revisión de precios del contrato, se deberá contar con la documentación de soporte suficiente, válida y pertinente, conforme lo define el artículo 6 del Reglamento para el reajuste precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios.
29. En casos excepcionales, en que se aplique el método analítico-documental, la documentación probatoria (factura con su respectivo depósito o transferencia) que acredite la compra o la adquisición del insumo, así como aquella documentación presentada en la oferta (factura preforma o documento equivalente) que da sustento al precio cotizado.
30. Cualquier otra documentación adicional que FANAL requiera para el cálculo. Se cuenta con dos meses para emitir la resolución de aceptación o rechazo de la solicitud. En todo trámite de reajuste el Departamento Financiero realizará el análisis correspondiente para el reconocimiento del reajuste mediante resolución motivada.
31. El Adjudicatario debe presentar patente al día dentro del plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. (cuando corresponda)
32. La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con la Fábrica Nacional de Licores, entidad adscrita al Consejo Nacional de Producción, lo anterior con pleno sometimiento a las normas de la Ley General de Contratación Pública y de su Reglamento, así como a las condiciones generales y especiales del pliego de condiciones o cualquier otra disposición reglamentaria pertinente para el trámite de la presente licitación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 10% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP. Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
Cláusula penal. En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 10% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP. Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
Documentos del cartel2
- PLIEGO DE CONDICIONES 2026LD-63PDF · 451 KB
- Cronograma 2026LD-000063-0034100002PDF · 307 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Isaac Alejandro Quesada Zumbado
Mantenimiento
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 07/10/2026 12:02. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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