2026XE-000147-0001101142 · SICOP 20260900718
Calcio iónico 300mg (equivalente 750mg carbonato de calcio) o Calcio iónico 600mg (equivalente 1,5g carbonato de calcio) Tabletas. Cód: 1-10-43-0280 (COMPRA URGENTE Art 66 LGCP 9986).
Caja Costarricense de Seguro Social
Caja Costarricense de Seguro Social ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡216,0 millones y quedó en firme el 29/09/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡216,0 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
—
Quién ganóen firme 29/09/2026
- NovopharmaLa más barata de 2$516 000,00
Informe de recomendación de Maricela Sancho Vargas, 24/09/2026 · adjuntos: Documentos previos adjudicar.pdf, Documentos previos adjudicar 25-09-2026.pdf
Fechas clave
- Se publicó07/09/2026 10:15 · hace 34 días
- Cierre de ofertas08/09/2026 10:30 · hace 33 días
- de ofertas08/09/2026 10:30 · hace 33 días
- publicado29/09/2026 07:09 · hace 12 días
- Adjudicación 29/09/2026 07:10 · hace 12 días
Contexto
- Caja Costarricense de Seguro Social adjudicó ₡102 517,7 millones en 3 843 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Calcio Ionico 300 Mg (equivalente a Carbonato de Calcio 750 Mg) o Calcio Ionico 600 Mg (equivalente a Carbonato de Calcio 1,5 G) Tabletas Recubiertas, Administración Oral, (precalificado)12 000 000 c/u · ₡216 000 000,0012 000 000 c/u₡216 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡183,6 millones – ₡216,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 10 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 6 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Incentivo por producción nacional 10 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Incentivo por producción nacionalmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| NovopharmaGanó | 90 | 0 | 90 |
| Panamedical de Costa Rica | 82,34 | 0 | 82,34 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se procede a comunicar el acto final de adjudicación
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Condiciones administrativa versión 16, anexa al pliego de la presente compra.
En toda compra urgente, la Administración podrá adjudicar total o parcialmente a una sola o varias de las ofertas interesadas en tanto cumplan los requisitos técnicos y financieros por lo que se reserva la posibilidad de valorar otras propuestas de entrega que ofrezcan los interesados según sean las condiciones y contexto del mercado para el medicamento o insumo en fase de adquisición.
La garantía de cumplimiento que se debe rendir para esta contratación corresponde al 5% del monto total adjudicado y se debe presentar en un día hábil posterior a la solicitud.
Al tratarse de una compra urgente las ofertas que soliciten Art.117 LGS, serán descalificadas. Siendo que la tramitología para gestionar ante el MINSA la aplicación del art. 117 provocaría el no cumplimiento del plazo para compras urgentes. Dado el plazo de caducidad (1 mes) en que la Administración se encontraría. No es aplicable el art 117 de la Ley General de Salud.
El análisis económico y comparabilidad de ofertas, la estimación del monto se fundamenta en la cantidad total de miligramos (mg) requeridos, homologando las distintas presentaciones a una unidad común y aplicando el precio referencial por (mg) obtenido del sondeo de mercado.
Segun DFE-AMTC-0837-2026 Dos presentaciones (300mg y 600 mg) equivalente 2:1 Actualmente, la institución recibe el producto en la presentación de 600 mg, por lo que la proyección de necesidad y la programación de entregas se estructuran con base en dicha presentación. No obstante, en caso de que se presenten ofertas en la presentación de 300 mg, las cantidades, indicadas deberán duplicarse (quedando así cantidad adquirir de 24000000 UD de esa presentación 300mg), conforme a la equivalencia señalada; deberán ajustarse conforme a la equivalencia establecida (relación 2:1), de manera que se garantice el suministro de la misma cantidad total de principio activo.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Condiciones administrativa versión 16, anexa al pliego de la presente compra.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
(1). Al presentar la Oferta, deberá atender y presentar lo dispuesto, a los requisitos señalados en los diferentes puntos de la presente Ficha Técnica incluida en el pliego.
(2). Aportar Declaraciones Juradas: Según art 28 y 29 Ley 9986 LGCP. De presentar documentación confidencial aténgase a lo dispuesto en LGCP Art. 15 y 30 de su reglamento.
(3). CLÁUSULA DE DESEMPATE: Procedimiento en caso de empate en puntuación de ofertas: En caso de empate, se convocará a los oferentes cuyas propuestas hayan obtenido la misma puntuación a un sorteo público, el cual se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP). No obstante, la unidad solicitante podrá establecer previamente alguna otra variable de desempate, en cuyo caso se aplicará en primera instancia dicha cláusula.
(4)-CONDICIONES ADMINISTRATIVAS VERSIÓN 16- Punto 18- DESGLOSE DE LA ESTRUCTURA DEL PRECIO: Para procedimientos de compra de Medicamentos e Insumos Médicos la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios de la CCSS, mediante oficio GL-DABS-1718-2025 fechado 18 de setiembre 2025 respecto del desglose del precio señala *EXCLUSION DEL RUBRO DE IMPREVISTOS EN CONTRATOS DE MEDICAMENTOS E INSUMOS MÉDICOS, para el presente pliego de condiciones.
(5). GL-DABS-1301-2025 / DABS-AABS-0929-2025: CASO DE PRODUCTOS CON EXIMENTES DE CUMPLIMIENTO DURANTE LA ETAPA DE EJECUCION CONTRACTUAL: “Es obligación de los contratistas cumplir a cabalidad con las característica requeridas del bien contratado, por lo que, en caso de solicitar a la administración la exención de algún requisito, tales como variaciones en los meses de caducidad, cambio en requisitos de embalajes, empaques y necesidad de otros insumos para el consumo de los productos, entre otros, deberá comprometerse a reponer el producto en caso de materializarse riesgos asociados a dicho exención así como aportar y/o reponer los accesorios y/o bienes adicionales que se requieran para el consumo del mismo o en su defecto, reconocer los costos adicionales en los que incurra la institución”
(6). En los casos de INCOTERM DDP, la posibilidad de entregar en el Almacén regional según se indique en la orden de pedido o bien en los protocolos de ejecución contractual.
(7). DABS-AABS-1365-2025 (GL-DABS-1017-2025, GL-DABS-1349-2025 y GL-1310-2025). Además, el oficio DABS-AABS-1058-2026 modifica un detalle del DABS-AABS-1365-2025, elimina del punto c) Centro de Distribución Regional (Puntarenas); el texto: “…sin perjuicio de que, en casos debidamente justificados, se establezca la entrega en sitio o en otra sede institucional que se encuentre debidamente habilitada para la recepción del producto.”
Cláusula de las entregas instruyó que “(…) se retoma el planteamiento realizado por esa instancia y se propone la siguiente recomendación de clausulado:
Lugar de entrega y modalidad logística
La entrega de los bienes objeto de contratación se efectuará bajo condiciones INCOTERM DDP (Delivered Duty Paid), en el lugar que determine la Administración en la orden de pedido o en los protocolos de ejecución contractual.
La Administración podrá, según sus necesidades operativas, requerir la entrega de los productos en cualquiera de los siguientes centros logísticos institucionales:
a) Centro de Distribución Central (San Francisco de Dos Ríos);
b) Centro de Distribución Especializado Frigorífico (La Uruca); o
c) Centro de Distribución Regional (Puntarenas).
La determinación del punto de entrega no constituye una modificación de las condiciones contractuales, sino el ejercicio de una facultad administrativa orientada a la eficiencia logística y al adecuado funcionamiento de la cadena de abastecimiento institucional.
En caso de que la Administración disponga entregas en sedes distintas al Centro de Distribución Central, se aplicarán los protocolos técnicos y administrativos específicos que regulen la recepción, muestreo, análisis y liberación de productos, los cuales serán definidos con el contratista. El oferente deberá considerar cualquiera de los puntos de entrega señalados, de forma que se garantice el cumplimiento integral de las condiciones pactadas...”.
(8) La Administración se reserva la posibilidad de valorar otras ofertas propuestas por los interesados, mismas que serán sometidas a evaluación de los órganos respectivos a fin de resolver la necesidad inmediata del abastecimiento.
A su vez, según el punto 1.7 de las Condiciones Generales para la Contratación Pública en la C.C.S.S. y el mismo punto de las Condiciones y Declaraciones, en las Declaraciones Juradas que acepta y firma el oferente al momento de presentar la oferta, rige la siguiente condición: “La C.C.S.S. se reserva el derecho de adjudicar, total o parcialmente a uno o más oferentes, cuando la necesidad institucional o el interés público lo justifique y las características del objeto contractual lo permitan
(9) Condiciones de entrega en Compras Urgentes
El oferente declara y se compromete a que, en caso de resultar adjudicatario, la entrega de los bienes objeto del procedimiento se realizará en las condiciones que requiera la Administración o las que se oferten, bajo los siguientes términos:
- Plazo solicitado por la Administración en el pliego de condiciones:
El oferente al realizar las propuestas de entrega deberá incluir de forma detallada todos y cada uno de los costos asociados para hacer efectiva su propuesta en el plazo de entrega cotizado, dado que, por las características de este procedimiento, no serán de recibo como eximentes justificaciones de atrasos en el plazo de entrega, por ejemplo, cambios en el medio de transporte.
En caso de cotizar entrega inmediata, se debe ajustar a lo siguiente:
- Plazo de entrega inmediata
Los bienes serán entregados físicamente en el lugar que designe la Administración en un plazo máximo de 10 días naturales, contados a partir de la fecha de notificación de la orden de compra.
- Uso de transporte aéreo para cumplir la entrega inmediata
En caso de que, a efecto de garantizar el cumplimiento de los plazos indicados como entrega inmediata y el oferente se viera obligado a utilizar transporte por vía aérea, éste deberá adoptar todas las previsiones logísticas necesarias para que los bienes arriben dentro de los plazos comprometidos. A su vez, deberá incluir de forma detallada todos y cada uno de los costos asociados para hacer efectiva su propuesta con entrega inmediata. La utilización de otros medios de transporte más lentos (por ejemplo, transporte marítimo) no podrá invocarse como justificación de eventuales atrasos.
- Entregas parciales
- a) El oferente puede ofrecer la posibilidad de realizar entregas parciales, debidamente coordinadas con la Administración, siempre que se mantenga el cumplimiento en los casos de entrega inmediata, de la cantidad mínima necesaria para no afectar la continuidad del servicio.
- b) La(s) parcialidad(es) inicial(es) destinada(s) a cubrir la necesidad inmediata se realizará(n) utilizando transporte vía aérea, de forma tal que llegue(n) dentro de los plazos señalados.
- c) Las parcialidades subsiguientes podrán entregarse utilizando otro tipo de transporte, respetando en todo momento los cronogramas de entrega que se acuerden con la Administración. Cualquier esquema de entregas parciales deberá ser previamente aceptado por la Administración y se entenderá que forma parte de las condiciones de la oferta
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. NO APLICA; en razón de que su aplicación se da únicamente para los casos en los que el órgano técnico competente así lo solicite, lo cual no se dio en el presente concurso.
Cláusula penal. Rige lo establecido en carpeta “Cláusulas Penales” documentos Anexos al Pliego de Condiciones
Documentos del cartel1
- 1. Pliego de CondicionesZIP · 14 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Maylith Morales Delgado
Subarea de Programacion de Bienes y Servicios
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 02:25. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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