2026LY-000002-0011900001 · SICOP 20260900729
“MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA RED VIAL DE LIBERIA, BAJO LA MODALIDAD DE ENTREGA SEGÚN DEMANDA”
Municipalidad de Liberia
Municipalidad de Liberia busca “mantenimiento y mejoramiento de la red vial de liberia, bajo la modalidad de entrega según demanda”. Recibe ofertas hasta el 16/10/2026 (en 4 días).
₡0
Tiempo para ofertar
4 días
cierra el 16/10/2026 09:15
Lotes y líneas
38 líneas
Fechas clave
- Se publicó07/09/2026 09:11 · hace 35 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 17 días
- Límite para 18/09/2026 23:59 · hace 24 días
- Cierre de ofertas16/10/2026 09:15 · en 4 días
- de ofertas16/10/2026 09:16 · en 4 días
- (plazo máximo)≈ 27/11/2026 · en 46 días
3 recibidas, 3 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 29/09/2026 09:15 → 16/10/2026 09:15
- Apertura de ofertas: 29/09/2026 09:16 → 16/10/2026 09:16
- Límite de observaciones a la apertura: 30/09/2026 09:15 → 19/10/2026 09:15
Nota de la institución. La Administración no tramitará aclaraciones fuera del tiempo indicado. ES IMPORTANTE INDICAR QUE TODA CONSULTA, ACLARACIÓN O RECLAMO SE HACE MEDIANTE SICOP, DENTRO DE LOS PLAZO QUE SE ESTABLECEN, NO SE HACEN ACLARATORIAS POR CORREO ELECTRÓNICO. *Por favor presentar patente municipal, póliza de RT y contar con la Declaración Jurada indicada en el Articulo 29 de la Ley General de Contratación Pública 9986
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 3,1 oferentes.69 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Municipalidad de Liberia adjudicó ₡1 259,6 millones en 157 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra38 líneas
- Servicio de Contrucción, Reparación y Mantenimiento de Vías de Comunicación Terrestre11
- Servicio de Contrucción, Reparación y Mantenimiento de Vías de Comunicación Terrestre11
- Servicio de Contrucción, Reparación y Mantenimiento de Vías de Comunicación Terrestre11
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- Servicio de Contrucción, Reparación y Mantenimiento de Vías de Comunicación Terrestre11
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Lo que exige el cartel
- : 10000000 durante 48 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 4 años
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 65 % · MODELO DE LA UNIDAD 15 % · EXPERIENCIA 15 % · CRITERIO AMBIENTAL 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 85 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Para que la oferta sea analizada la misma deberá cumplir con todos y cada uno de los aspectos solicitados en esta contratación, de lo contrario no se realizará le respectivo análisis y se registrará como “NO CUMPLE” en el sistema de Compras Públicas. Para ser sujetas de evaluación, las empresas oferentes deberán demostrar, como mínimo, las siguientes condiciones:
1.
Estructura de precio
Para efectos de evaluar la razonabilidad del precio ofertado, el oferente deberá presentar la estructura de precio de su oferta, desglosada tanto en valores absolutos como porcentuales, de manera que se identifiquen claramente los componentes de sus costos.
La estructura del precio deberá incluir, como mínimo, los rubros establecidos en el apartado Estructura de Precio del presente cartel y deberá presentarse conforme al formato indicado en dicho apartado.
En caso de discrepancia entre los valores absolutos y porcentuales, prevalecerán los valores absolutos.
Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 102 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
La no presentación de la estructura de precios en la forma requerida implicará la inadmisibilidad de la oferta.
2.
Cotización completa de partidas
El oferente deberá cotizar la totalidad de las líneas que conforman cada partida incluida en el presente procedimiento de contratación.
No se admitirán ofertas parciales sobre una misma partida. La omisión de una o más líneas que integran una partida implicará la inadmisibilidad de la oferta para dicha partida.
3.
Personal técnico y profesional mínimo
Las empresas oferentes deben presentar un personal técnico y profesional para este concurso, la experiencia mínima que debe cumplir el personal es como se describe a continuación:
DIRECTOR TÉCNICO:
El oferente deberá proponer un profesional que cumpla con los siguientes requisitos mínimos:
•
Profesional en Ingeniería Civil y/o Ingeniería en Construcción, o su equivalente en caso de profesionales extranjeros, con grado académico mínimo de bachiller universitario.
•
Experiencia profesional mínima de diez (10) años, contados a partir de su debida inscripción y habilitación ante el CFIA, en proyectos de construcción, rehabilitación o mejoramiento de obras viales.
•
Experiencia específica en dirección técnica de obras viales nuevas (no conservación), que cumpla al menos una de las siguientes condiciones:
o
Haber dirigido al menos una (1) obra de construcción de carreteras de cinco (5) kilómetros o más
o
Haber dirigido varias obras cuya suma de longitudes sea igual o superior a Díez (10) kilómetros de carreteras similares
•
Deberá estar debidamente incorporado y habilitado ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos (CFIA) previo al inicio de las obras
SUPERINTENDENTE DE OBRA
•
Experiencia mínima de cinco (5) años en la ejecución, supervisión o control de obras viales, incluyendo construcción, rehabilitación, mejoramiento o mantenimiento de carreteras
•
Experiencia de por lo menos 10 km de carreteras similares ya sea con un proyecto o varios sumados.
TOPÓGRAFO
•
Grado académico que lo habilite para el ejercicio de la topografía, conforme a la normativa vigente.
•
Experiencia mínima de cinco (5) años en labores de topografía aplicada a proyectos de infraestructura vial, contabilizados a partir de la fecha de obtención del título correspondiente.
•
Experiencia comprobada en levantamientos topográficos, replanteo, control geométrico de obras, cálculo de volúmenes, nivelaciones y elaboración de planos de obras viales.
•
Deberá estar debidamente incorporado y habilitado ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA), cuando corresponda.
La experiencia deberá acreditarse mediante certificaciones, constancias de experiencia, referencias de proyectos, currículum respaldado documentalmente o cualquier otro documento idóneo que permita verificar las funciones desempeñadas.
4.
Experiencia mínima del oferente
El oferente deberá acreditar experiencia específica en la ejecución de obras viales de construcción, rehabilitación, mejoramiento o conservación vial.
Como requisito mínimo de admisibilidad, deberá demostrar la ejecución de al menos cinco (5) proyectos de obra vial, ejecutados conforme al CR-2010, CR-2020, o normativa equivalente aplicable a obras públicas.
Asimismo, deberá acreditar las siguientes cantidades mínimas acumuladas de obra ejecutada:
DESCRIPCIÓN
UNIDAD
Experiencia Mínima
Colocación de materiales granulares para Sub-base o Base en estructura de pavimento
M3
50.000
Colocación Mezcla Asfáltica en Caliente, Carpeta
ton
10.000
Bacheo Mezcla Asfáltica en caliente
ton
8.000
Construcción de tratamiento superficial bituminoso
M2
20 000
Suministro y Construcción de infraestructura para evacuación pluvial en concreto (cabezales, cajas de registro, tragantes y cordón y caño)
M3
500
Construcción de pasos de tubería de concreto reforzado
ML
500
Las cantidades mínimas podrán acreditarse mediante uno o varios proyectos ejecutados y recibidos a satisfacción
La experiencia se contabilizará a partir de la debida inscripción y durante los períodos en que la empresa haya permanecido habilitada ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA) o entidad equivalente en caso de oferentes extranjeros.
Para proyectos ejecutados para instituciones públicas deberá indicarse el número del procedimiento de contratación correspondiente.
Para proyectos ejecutados para entidades privadas deberá aportarse el número de contrato registrado ante el CFIA o documentación equivalente que permita verificar la ejecución de la obra.
El oferente deberá presentar un cuadro resumen de experiencia y la documentación de respaldo que permita verificar tanto los proyectos ejecutados como las cantidades acreditadas. (ANEXO 5)
La Administración podrá verificar en cualquier momento la exactitud y veracidad de la información presentada y solicitar aclaraciones o documentación adicional cuando lo considere necesario.
5.
Subcontratación
En caso de que el oferente pretenda subcontratar actividades objeto de la presente contratación, deberá indicarlo expresamente en su oferta mediante el Anexo 6, señalando las actividades a subcontratar y los subcontratistas propuestos.
La subcontratación se regirá por las condiciones establecidas en el apartado "Subcontratación" del presente cartel.
6.
Capacidad operativa
El oferente deberá demostrar su capacidad operativa para atender múltiples órdenes de servicio de forma simultánea mediante la presentación de una Declaración Jurada suscrita por su representante legal, en la que manifieste que cuenta con la organización, personal, maquinaria, equipo y capacidad logística necesarios para habilitar y operar al menos tres (3) frentes de trabajo independientes de manera simultánea, cuando así lo requieran las necesidades de la Administración.
Cada frente de trabajo deberá contar con recursos suficientes para operar de manera autónoma y ejecutar las actividades propias del contrato.
La Administración podrá verificar, en cualquier momento durante la ejecución contractual, la disponibilidad y operatividad de los recursos declarados, así como requerir la habilitación simultánea de los frentes de trabajo comprometidos cuando las necesidades del servicio así lo demanden.
7.
Disponibilidad inmediata
El oferente deberá presentar una declaración jurada en la que se comprometa a atender las órdenes de servicio dentro de los plazos establecidos por la Administración.
Una vez aprobado el cronograma de trabajo y emitida la orden de inicio, el contratista deberá contar con la capacidad operativa necesaria para iniciar los trabajos en un plazo máximo de diez (10) días hábiles.
En el caso de actividades de bacheo, el inicio de los trabajos deberá realizarse en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la orden de inicio.
8.
Programa de control de calidad
El oferente deberá presentar, como parte de su oferta, un Programa de Control de Calidad para las actividades objeto de la contratación, elaborado de conformidad con los requisitos de muestreo, ensayo, control y aceptación establecidos en el CR-2020.
El programa deberá identificar, como mínimo, los ensayos a realizar, las frecuencias de muestreo, los criterios de aceptación, los procedimientos de control en campo y laboratorio, así como los responsables de su ejecución para cada actividad aplicable.
Dicho programa deberá ser consistente con las especificaciones técnicas del cartel y no exime al contratista del cumplimiento de las frecuencias mínimas de control de calidad establecidas en el CR-2020 o de aquellas que la Administración determine durante la ejecución contractual.
Asimismo, deberá aportar una carta compromiso emitida por un laboratorio acreditado ante el ECA, indicando que realizará los ensayos y controles de calidad requeridos en caso de adjudicación.
El laboratorio deberá contar con alcances acreditados para los ensayos propuestos.
Adicionalmente, deberá acreditar una experiencia mínima de dos (2) años en la realización de ensayos de control o verificación de calidad de obras viales, mediante certificaciones, constancias o referencias emitidas por entidades públicas o privadas.
9.
Diseño de mezcla asfáltica
El oferente deberá presentar el diseño de mezcla asfáltica con tamaño máximo nominal de 12,7 mm, emitido por un laboratorio acreditado ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA).
El informe deberá tener una antigüedad no mayor a seis meses respecto a la fecha de apertura de las ofertas.
10.
Maquinaria y equipo mínimo
a)
Listado de maquinaria
El oferente deberá demostrar la disponibilidad de la maquinaria y equipo mínimo requerido para la ejecución de las obras objeto de la contratación, mediante la presentación de un listado que incluya como mínimo:
-
Tipo de maquinaria o equipo.
-
Marca.
-
Modelo.
-
Número de identificación o matrícula, cuando aplique.
-
Año de fabricación.
-
Estado operativo.
Asimismo, deberá indicarse la condición del equipo (propio, arrendado o de terceros).
Para los equipos que así lo requieran, deberá aportarse documentación que demuestre que cuentan con:
-
Revisión Técnica Vehicular (RTV) vigente.
-
Derechos de circulación (marchamo) al día.
Todos los equipos deberán cumplir con los requerimientos técnicos definidos por la Administración.
b)
Maquinaria mínima por tipo de intervención
El oferente deberá garantizar la disponibilidad de la maquinaria mínima requerida para la ejecución de las actividades contempladas en el presente contrato, conforme al siguiente cuadro:
Maquinaria mínima requerida por actividad (Requisito de admisibilidad)
Actividad
Renglones CR-2020 asociados
Maquinaria mínima requerida Movimiento de tierras y excavaciones CR.204, CR.209 1 Excavadora de 20 ton o superior; 1 Back-Hoe mínimo 50 kW; equipo de acarreo
Drenaje menor (cunetas, canales y zanjas)
CR.663.01, CR.608
1 Back-Hoe mínimo 50 kW o 1 Excavadora de 20 ton o superior; equipo de acarreo Alcantarillas y tuberías CR.602, CR.603, CR.604, CR.725 1 Excavadora de 20 ton o superior; 1 Back-Hoe mínimo 50 kW; compactador de suelos mínimo 10 ton
Rellenos estructurales y material de préstamo
CR.204.05, CR.209
1 Compactador de suelos mínimo 10 ton; 1 Tanque de agua móvil de al menos 5.000 galones con aspersores; equipo de acarreo Reacondicionamiento y escarificación CR.303.04 1 Motoniveladora mínimo 100 kW; 1 Compactador de suelos mínimo 10 ton; 1 Tanque de agua móvil de al menos 2.000 galones con aspersores
Subbase y base granular
CR.300
1 Motoniveladora mínimo 100 kW; 1 Compactador de suelos mínimo 10 ton; 1 Tanque de agua móvil de al menos 2.000 galones con aspersores; mínimo 8 vagonetas Tratamientos superficiales asfálticos CR.411 1 Distribuidor de asfalto con sensor de punto de riego automático y capacidad mínima de 2.000 galones; 1 Distribuidor mecánico de agregados (chip spreader); 1 Compactador llanta de hule; 1 Compactador de rodillo para asfalto (mínimo 8 ton); 1 Barredora automatizada (mínimo 50 kW)
Riegos de imprimación y liga
CR.413, CR.414
1 Distribuidor de asfalto con sensor de punto de riego automático y capacidad mínima de 2.000 galones; 1 Barredora automatizada mínimo 50 kW Material de secado CR.703.13 Distribuidor mecánico de agregados (chip spreader); 1 Compactador llanta de hule; 1
Compactador de rodillo para asfalto (mínimo 8 ton); 1 Barredora automatizada (mínimo 50 kW)
Mezcla asfáltica en caliente
CR.405
1 Pavimentadora o Finisher mínimo 100 kW; 1 Distribuidor de asfalto con sensor de punto de riego automático y capacidad mínima de 2.000 galones; 1 Compactador llanta de hule; 1 Compactador de rodillo para asfalto mínimo 8 ton; 1 Barredora automatizada mínimo 50 kW; mínimo 8 vagonetas Perfilado o fresado de capa asfáltica CR.503.06 Equipo de perfilado o fresado; 1 Barredora automatizada mínimo 50 kW; equipo de acarreo
Resumen de Maquinaria Mínima Requerida (Requisito de Admisibilidad)
Con base en las actividades objeto de la contratación, el oferente deberá acreditar la disponibilidad de la siguiente maquinaria y equipo mínimo:
Equipo
Cantidad mínima Pavimentadora o Finisher (mínimo 100 kW) 1
Distribuidor de asfalto con sensor de punto de riego automático y capacidad mínima de 2.000 galones
1 Distribuidor mecánico de agregados (Chip Spreader) 1
Compactador de llanta de hule
1 Compactador de rodillo para asfalto (mínimo 8 ton) 1
Barredora automatizada (mínimo 50 kW)
1 Motoniveladora (mínimo 100 kW) 1
Back-Hoe (mínimo 50 kW)
1 Excavadora de 20 toneladas o superior 1
Compactador de suelos (mínimo 10 ton)
1 Tanque de agua móvil con capacidad mínima de 2.000 galones y sistema de aspersión 1
Equipo de perfilado o fresado de pavimento asfáltico
1 Equipo de acarreo (vagonetas) Mínimo 8 unidades
Nota: Justificación técnica de la cantidad mínima de equipo de acarreo
Se establece como requisito mínimo la disponibilidad de al menos ocho (8) unidades de acarreo (vagonetas), considerando la naturaleza de la presente contratación bajo la modalidad de entrega según demanda y la necesidad de ejecutar las órdenes de servicio en el menor plazo posible.
La Administración estima rendimientos mínimos de producción y colocación para actividades tales como conformación de capas granulares, suministro de material de préstamo, tratamientos superficiales y colocación de mezcla asfáltica en caliente, por lo que resulta necesario contar con una flota de acarreo suficiente para garantizar la continuidad de los procesos constructivos, evitar tiempos improductivos de la maquinaria principal y asegurar un flujo constante de materiales desde las fuentes de abastecimiento o plantas de producción hasta el frente de trabajo.
La cantidad requerida busca garantizar la capacidad operativa mínima necesaria para atender simultáneamente las diferentes actividades contempladas en la contratación y cumplir con los plazos establecidos por la Administración, sin constituir una restricción indebida a la participación.
c)
Acreditación de disponibilidad
La disponibilidad de la maquinaria deberá demostrarse mediante:
-
Documentos de propiedad.
-
Contratos de arrendamiento.
-
Cartas de compromiso cuando se trate de maquinaria perteneciente a terceros.
Las cartas de compromiso deberán:
-
Ser específicas para el presente procedimiento.
-
Identificar claramente el equipo comprometido.
-
Garantizar su disponibilidad durante la vigencia contractual.
-
Estar debidamente firmadas por el propietario o representante autorizado.
d)
Certificación de condición operativa
El oferente deberá presentar una certificación emitida por un profesional competente, en la que se haga constar que la maquinaria ofertada se encuentra en condiciones adecuadas de operación.
La certificación presentada no sustituye la facultad de la Administración de verificar el estado real de la maquinaria antes o durante la ejecución del contrato.
La Administración podrá verificar:
-
La existencia del equipo.
-
Su disponibilidad.
-
Sus condiciones operativas.
e)
Disponibilidad efectiva durante la ejecución
El adjudicatario deberá garantizar la disponibilidad efectiva de la maquinaria ofertada cuando sea requerida por la Administración mediante las respectivas órdenes de servicio.
La maquinaria deberá encontrarse operativa y en cantidad suficiente para garantizar la continuidad de los trabajos y el cumplimiento de los plazos establecidos.
f)
Sustitución de equipo
Cualquier sustitución de maquinaria deberá contar con autorización previa de la Administración.
El equipo sustituto deberá cumplir condiciones iguales o superiores a las originalmente ofertadas.
g)
Incumplimiento
La falta de disponibilidad de la maquinaria comprometida, la utilización de equipo en condiciones inadecuadas o la no correspondencia entre la maquinaria ofertada y la efectivamente disponible durante la ejecución contractual constituirá incumplimiento contractual y podrá dar lugar a la aplicación de las sanciones establecidas en el presente cartel.
La presentación de información falsa o inexacta respecto de la maquinaria ofrecida podrá dar lugar a la inadmisibilidad de la oferta, la revocatoria de la adjudicación o la aplicación de las medidas contractuales correspondientes.
La maquinaria declarada deberá ser congruente con la capacidad operativa, los frentes de trabajo ofertados y los rendimientos mínimos exigidos en el presente cartel.
11.
Romana camionera
El oferente deberá acreditar la disponibilidad de una romana camionera calibrada con una vigencia máxima de seis (6) meses al momento de la apertura de las ofertas.
La romana deberá contar con:
•
Sistema electrónico de emisión de comprobantes.
•
Registro de tara, peso bruto y peso neto de los materiales transportados.
No se admitirán comprobantes elaborados manualmente.
La certificación deberá indicar expresamente la capacidad nominal de producción de la planta en toneladas por hora
12.
Planta asfáltica
El oferente deberá aportar la siguiente documentación relacionada con la planta de producción de mezcla asfáltica:
•
Patente municipal de funcionamiento vigente.
•
Permiso sanitario de funcionamiento vigente.
•
Viabilidad ambiental vigente, debidamente aprobada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA).
•
Permiso de almacenamiento de asfalto emitido por la Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustibles del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE).
Asimismo, deberá presentar:
•
Declaración jurada autenticada por notario público en la que indique que dispone de una planta asfáltica propia o de un tercero y se compromete a garantizar el suministro de mezcla asfáltica durante la ejecución del contrato.
•
Cuando la planta sea propiedad de un tercero, deberá aportarse carta de compromiso emitida por su propietario, garantizando la disponibilidad de la planta durante la vigencia contractual.
•
Certificación emitida por un profesional en ingeniería mecánica, electromecánica o mantenimiento industrial, debidamente incorporado al CFIA, en la que se haga constar que la planta se encuentra en condiciones adecuadas de operación y cumple con los requisitos establecidos en la Sección 401.04 del CR-2020 y la norma AASHTO M-156.
La certificación deberá encontrarse vigente al momento de la apertura de las ofertas.
13.
Disponibilidad de transporte de mezcla asfáltica
El oferente deberá acreditar la disponibilidad de unidades de transporte suficientes para garantizar el suministro continuo de mezcla asfáltica.
El oferente deberá demostrar documentalmente que cuenta con la capacidad logística y operativa necesaria para producir, transportar y colocar al menos 200 toneladas de mezcla asfáltica por día.
14.
Disponibilidad de transporte de material granular
El oferente deberá acreditar la disponibilidad de unidades de transporte suficientes para garantizar el acarreo de materiales granulares.
Asimismo, deberá demostrar capacidad logística para asegurar el suministro de al menos 200 m³ de material granular por día, en condiciones normales de operación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ITEM
DESCRIPCION
Especificaciones
CR-2020
Unidad
1
Eliminación de estructuras, servicios existentes y obstáculos
CR. 203
m³
2
Excavación en la vía
CR.204
m³
3
Reacondicionamiento de Cuneta
CR.303.03-04
Ml (m)
4
Excavación para otras estructuras, alcantarillas y obras de arte
CR.209
m³
5
Relleno para estructuras, alcantarillas y obras de arte
CR.209
m³
6
Tubería de Concreto Reforzado clase III – C 76, diámetro 400 mm
CR.602
Ml (m)
7
Tubería de Concreto Reforzado clase III – C 76, diámetro 600 mm
CR.602
Ml (m)
8
Tubería de Concreto Reforzado clase III – C 76, diámetro 800 mm
CR.602
Ml (m)
9
Tubería de Concreto Reforzado clase III – C 76, diámetro 900 mm
CR.602
Ml (m)
10
Tubería de Concreto Reforzado clase III – C 76, diámetro 1000 mm
CR.602
Ml (m)
11
Tubería de Concreto Reforzado clase III – C 76, diámetro 1200 mm
CR.603
Ml (m)
12
Tubería de Concreto Reforzado clase III – C 76, diámetro 1500 mm
CR.604
Ml (m)
13
Construcción Canal revestido
CR.608
M2
14
Suministro, acarreo, colocación, compactación y acabado final Material de Préstamo
CR 204.05
m³
15
Reacondicionamiento, escarificación 150 mm de espesor
CR.303.04
M2
16
Suministro, acarreo, colocación, compactación y acabado final Sub Base granular, espesor a definir
CR.300
m³
17
Suministro, acarreo, colocación, compactación y acabado final Base granular, espesor a definir
CR.300
m³
18
Tratamientos superficiales triples
CR.411.06 (c)
m2
19
Tratamientos superficiales triples (Emulsión asfáltica Suministrada por la Municipalidad)
CR,411
M2
20
Material de secado
CR.703.1
m³
21
Riego Emulsión Asfáltica
CR.414
l
22
Suministro, acarreo, colocación y acabado final de mezcla asfáltica en caliente y emulsión respectiva para Carpeta Asfáltica y respectiva compactación, espesor a definir
CR.402
ton
23
Suministro, acarreo, colocación y acabado final de mezcla asfáltica en caliente y emulsión respectiva para carpeta asfáltica y respectiva compactación, espesor a definir (Asfalto PG 64-22 y emulsión asfáltica suministrados por la Municipalidad)
CR.402
ton
24
Bacheo Menor, suministro, acarreo, colocación y acabado final de mezcla asfáltica en caliente y emulsión respectiva.
CR.402 y CR.405
ton
25
Perfilado de capa asfáltica
CR.415
M2
26
Concreto estructural clase A para otras estructuras y obras de arte, fc´= 210 kg/cm2
CR.552
m³
27
Concreto estructural clase A para otras estructuras y obras de arte, fc´= 250 kg/cm2
CR.552
m³
28
Concreto estructural clase A para otras estructuras y obras de arte, fc´= 280 kg/cm2
CR.552
m³
29
Concreto estructural clase A para otras estructuras y obras de arte, MR 45
CR.553
m³
30
Cordón de concreto de cemento hidráulico
CR.609
Ml (m)
31
Acera
CR.615
M2
32
Suministro y colocación Loseta táctil
Normativa INTE /
Ley 7600
un
33
Acero de Refuerzo grado 40
CR.554
kg
34
Acero de Refuerzo grado 60
CR.554
kg
35
Suministro e instalación de Tubería PVC Pluvial 75mm
CR. 725.15
m
36
Suministro e instalación Tubería PVC Pluvial 100mm
CR. 725.15
m
37
Suministro y colocación de conjunto de tapa redonda y marco para alcantarillado pluvial diámetro de tapa:600mm espesor de tapa: 2,5 cm +/- 0,05 cm inscripción de tapa: “alcantarillado pluvial municipal”, con 4 mm de relieve
CR.604
un
38
Suministro y colocación de conjunto de parrilla para tragante y marco con bisagra para alcantarillado pluvial medidas 580 mm x 460 mm grosor mínimo: 25mm (± 1 mm).
CR.604
Un
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Para la ejecución de la presente contratación, el contratista deberá cumplir con las siguientes condiciones:
1.
Los materiales y actividades constructivas deberán cumplir con los requerimientos técnicos establecidos en el cartel y las especificaciones aplicables.
2.
El contratista deberá colocar, al inicio y al final de cada proyecto, un rótulo informativo conforme a las dimensiones y detalles indicados en el Anexo 3, el cual deberá ser retirado una vez finalizadas las obras.
3.
Mantener una Bitácora de Obra debidamente registrada en el CFIA, conforme a la normativa vigente.
4.
Disponer de un libro de actas para el registro diario de inspección, en cada frente de trabajo, el cual deberá estar disponible para la Administración en todo momento.
5.
Presentar y ejecutar un Plan de Manejo de Tránsito, de conformidad con la normativa aplicable.
6.
PÓLIZAS: El contratista deberá mantener vigentes durante toda la ejecución del contrato las siguientes pólizas:
•
Seguro de Riesgos del Trabajo: Será obligación del contratista contar y mantener vigente una póliza que cubra los riesgos del trabajo de todo su personal, de conformidad con la legislación vigente.
•
eguro de Responsabilidad Civil: El contratista deberá contar y mantener vigente una póliza de responsabilidad civil que cubra los daños materiales, lesiones o muerte de terceros que puedan derivarse de la ejecución de las obras.
En caso de contar con subcontratistas autorizados, estos deberán mantener vigentes, como mínimo, las siguientes pólizas:
•
Seguro de Riesgos del Trabajo: Será obligación de cada subcontratista contar con una póliza que cubra los riesgos del trabajo de todo su personal durante la ejecución de las actividades subcontratadas.
La falta de vigencia de cualquiera de las pólizas exigidas constituirá un incumplimiento contractual.
La contratación y mantenimiento de las pólizas exigidas no limitará ni reducirá la responsabilidad contractual, civil, administrativa o legal del contratista por daños ocasionados durante la ejecución de las obras.
El contratista será responsable de verificar y garantizar que sus subcontratistas mantienen vigentes las pólizas exigidas durante toda la ejecución contractual.
Previo al inicio de cualquier orden de servicio, el contratista deberá presentar evidencia de la vigencia de las pólizas requeridas y mantenerlas vigentes durante todo el plazo de ejecución de la respectiva orden de servicio.
7.
Presentar la lista de maquinaria y equipo a utilizar en el proyecto, adjuntando la documentación que demuestre que se encuentran al día en el pago de marchamos, derechos de circulación y revisiones técnicas, según corresponda.
8.
Elaborar e implementar un Plan de Control de Calidad, conforme a las especificaciones del cartel.
9.
Implementar un Plan de Muestreo Aleatorio, para la verificación de materiales y procesos constructivos.
10.
Presentar documentación que respalde que los materiales y agregados cumplen con las especificaciones técnicas establecidas en el cartel.
11.
Aportar documentación que acredite que las fuentes de materiales se encuentran vigentes, autorizadas y en cumplimiento de la normativa aplicable.
12.
Personal: A continuación, se establecen las funciones principales que debe cumplir el personal designado por el Contratista y para la ejecución del Contrato.
DIRECTOR TÉCNICO:
•
Será el responsable, por parte del Contratista, de planificar, programar y coordinar todas las actividades relacionadas con la construcción y supervisión de las obras.
•
Asumirá la responsabilidad civil y profesional de la dirección técnica y construcción de la obra, conforme a la Ley Orgánica del CFIA y lo establecido en el artículo 83 de la Ley de Construcciones.
•
Garantizará que las obras se ejecuten de acuerdo con los planos, especificaciones técnicas aprobadas, el cartel y la normativa vigente.
•
Deberá velar por el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en el presente cartel, así como por las condiciones de seguridad, eficiencia, funcionamiento y calidad de las obras.
•
Será responsable de coordinar con la Administración del contrato, atendiendo las instrucciones técnicas, requerimientos operativos y disposiciones emitidas por los funcionarios municipales.
•
El contratista deberá realizar todos los trámites y gestiones necesarias ante el CFIA y demás instituciones competentes para que las obras queden bajo su responsabilidad.
•
Deberá realizar anotaciones periódicas en la bitácora de obra como mínimo una (1) vez por semana. y efectuar visitas de supervisión.
•
Será el responsable de la programación y coordinación de las labores de los Superintendentes de Obra y de la coordinación con el Consultor de Calidad del Contratista, de los procesos de seguimiento y control de la calidad de la obra y de asegurar el cumplimiento del Plan de Control de Calidad que se llegue a aprobar.
•
Será el responsable, por parte del Contratista, de verificar la implementación del plan de manejo de tránsito y del cumplimiento de las medidas ambientales del proyecto.
•
El profesional propuesto deberá estar debidamente incorporado y habilitado ante el CFIA previo al inicio de las obras.
SUPERINTENDENTE
•
Será el responsable de la coordinación operativa y ejecución de las actividades en campo, conforme a los planos, especificaciones técnicas y las instrucciones del Ingeniero Residente.
•
Deberá organizar y dirigir las cuadrillas de trabajo, coordinar el uso de maquinaria y equipo, y asegurar la continuidad de los trabajos en los frentes de obra.
•
Será responsable de coordinar directamente con la Administración en campo, garantizando la correcta ejecución de las órdenes de servicio y el cumplimiento de las disposiciones técnicas y operativas establecidas.
•
Deberá permanecer en obra a tiempo completo mientras se desarrollen los frentes de trabajo que tenga asignados
13.
Reuniones de seguimiento y coordinación: Con el propósito de dar seguimiento al avance de los proyectos, coordinar las actividades programadas, revisar aspectos técnicos, de calidad, seguridad, ambiente y resolver oportunamente situaciones que puedan afectar la ejecución de las obras, el contratista deberá participar en reuniones de coordinación con la Administración.
Como mínimo, se realizará una (1) reunión semanal entre el director técnico designado por el contratista y el funcionario que designe la Municipalidad como responsable de la administración e inspección del contrato.
La Administración podrá convocar reuniones adicionales cuando las condiciones de la obra o las necesidades del servicio así lo requieran. Los acuerdos adoptados deberán quedar debidamente documentados mediante minutas, actas, bitácora u otro medio definido por la Administración.
14.
Medidas de verificación y control: La Municipalidad de Liberia ejercerá la inspección, supervisión, verificación y control de calidad de las obras ejecutadas al amparo del presente contrato, sin perjuicio de las responsabilidades técnicas y contractuales que corresponden al contratista.
a)
La Administración del contrato designará al personal técnico responsable de la inspección de las obras, quien verificará que los trabajos se ejecuten conforme a las especificaciones técnicas, planos, CR-2020, normativa aplicable y demás condiciones establecidas en el presente cartel.
Asimismo, la Administración podrá designar personal de apoyo para la recepción, registro y control de materiales, con el propósito de verificar las cantidades ingresadas al proyecto y llevar los controles administrativos correspondientes. Dicho
personal no sustituye las funciones de inspección técnica ni de control de calidad de la obra.
b)
La Administración podrá realizar inspecciones, mediciones, verificaciones y controles en cualquier momento durante la ejecución de las obras, mediante visitas programadas o aleatorias.
c)
Para cada entrega de materiales, el contratista deberá aportar la documentación de respaldo correspondiente, incluyendo cuando aplique tiquetes de romana, guías de acarreo, remisiones, certificados de calidad y cualquier otra documentación requerida por la Administración.
d)
La recepción y registro de materiales por parte de la Municipalidad tendrá fines administrativos y de control de cantidades, y no constituirá aceptación definitiva de los materiales ni de las actividades ejecutadas.
e)
La Administración podrá tomar muestras y realizar ensayos de verificación de calidad sobre los materiales y trabajos ejecutados cuando lo considere necesario.
f)
En caso de detectarse incumplimientos de las especificaciones técnicas, diferencias en las cantidades reportadas, inconsistencias en la documentación aportada o resultados de laboratorio no conformes, la Administración podrá:
•
Solicitar aclaraciones o documentación adicional.
•
Ordenar la corrección o reposición de los trabajos.
•
Aplicar los factores de pago correspondientes conforme al CR-2020.
•
Aplicar las multas y sanciones establecidas en el contrato.
•
Iniciar los procedimientos administrativos que correspondan cuando se determine la existencia de incumplimientos graves.
g)
La Administración se reserva el derecho de verificar la autenticidad de cualquier documento, certificación, constancia, informe, ensayo o acreditación aportada por el oferente o contratista durante cualquier etapa del procedimiento o de la ejecución contractual.
15.
El material generado por el movimiento de tierras deberá disponerse en un sitio autorizado para tal fin.
El sitio receptor deberá contar con el permiso emitido por la Municipalidad de Liberia, de conformidad con la normativa y los procedimientos municipales aplicables, incluyendo el Plan Regulador Cantonal.
Asimismo, cuando por la magnitud o el potencial impacto ambiental de la actividad corresponda, deberá contar con la viabilidad o autorización ambiental otorgada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA).
Lo anterior, conforme a lo dispuesto en la Ley de Construcciones N.° 833, el Manual de Evaluación de Impacto Ambiental para movimientos de tierras (Decreto Ejecutivo N.° 33959-MINAE), el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (Decreto Ejecutivo N.°43898-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC), y demás normativa ambiental vigente.
16.
Costo de reparaciones: El contratista será responsable de reparar, a su costo, cualquier pérdida o daño que sufran las obras o los materiales destinados a incorporarse a las mismas, durante el período comprendido entre la orden de inicio y la recepción de las obras, cuando dichos daños sean imputables a sus actos u omisiones.
Asimismo, el contratista deberá ejecutar las reparaciones necesarias de manera inmediata, conforme a las disposiciones de la Administración y sin derecho a reconocimiento de costos adicionales.
17.
Terminación de las Obras: Una vez concluidas las obras, el contratista deberá solicitar a la Administración la verificación de los trabajos ejecutados.
La Administración, a través de la inspección designada, procederá a evaluar si las obras han sido ejecutadas conforme a las condiciones contractuales, especificaciones técnicas y normativa aplicable.
En caso de verificarse el cumplimiento de lo anterior, la Administración emitirá el acta o certificación de terminación de las obras
18.
Recepción de las Obras: La recepción de las obras se realizará una vez que el contratista haya concluido los trabajos conforme a las condiciones contractuales y haya obtenido la aceptación por parte de la Administración.
El funcionario responsable de la inspección emitirá el acta o certificación de terminación correspondiente, a partir de la cual la Administración procederá a la recepción de las obras dentro de un plazo máximo de siete (10) días hábiles.
19.
Terminación del Contrato: La Administración o el contratista podrán dar por terminado el contrato en caso de que la otra parte incurra en un incumplimiento grave o esencial de las obligaciones contractuales.
Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes:
a)
el Contratista suspende los trabajos por más de 10 días hábiles cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por la Administración.
b)
El contratista incumple la corrección de defectos señalados por la inspección en el plazo establecido, pese a haber sido apercibido formalmente.
c)
El contratista no mantiene vigente la garantía de cumplimiento exigida en el contrato.
d)
El contratista incurre en atrasos que agotan el monto máximo aplicable por concepto de multas o penalidades.
e)
El contratista abandona los trabajos o no mantiene la capacidad operativa mínima, personal técnico o maquinaria comprometida para la ejecución del contrato.
La Administración podrá dar por terminado el contrato por razones de interés público o conveniencia, conforme a la normativa vigente.
En caso de terminación del contrato, el contratista deberá:
•
Suspender de inmediato los trabajos
•
Adoptar todas las medidas de seguridad necesarias en el sitio de las obras
•
Retirar el personal, maquinaria y equipo en un plazo razonable
•
Dejar el sitio en condiciones seguras y ordenadas
•
La terminación del contrato no exime al contratista de las responsabilidades ni de la aplicación de sanciones derivadas de los incumplimientos incurridos.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. MULTAS Y PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO La Administración aplicará multas y penalidades al contratista en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, las cuales serán determinadas con base en los informes de la inspección debidamente documentados en el expediente administrativo. Las multas se aplicarán sobre el monto de la orden de servicio, actividad específica o frente de obra afectado, según corresponda, y serán independientes para cada orden de servicio. Se considerarán incumplimientos sujetos a sanción, entre otros, los siguientes: 1. Incumplimientos en ejecución Incumplimiento Multa Atraso en inicio de orden de servicio 0,50% diario del monto de la orden Atraso en ejecución de obras 0,50% diario del monto de la actividad afectada Suspensión injustificada de trabajos 1,00% diario del monto de la orden Incumplimiento del cronograma 0,50% diario 2. Incumplimientos de calidad Los renglones en los que aplique la evaluación de calidad conforme al apartado 107.05 del CR-2020 estarán sujetos a la determinación del factor de pago correspondiente. La evaluación de la calidad de los trabajos, así como la determinación del factor de pago, se realizará conforme a lo establecido en el apartado 107.05 “Evaluación estadística del trabajo y determinación del factor de pago (valor del trabajo)” del CR-2020. Los rangos de aceptación, criterios de evaluación, muestreo, métodos de análisis y factores de pago aplicables serán los definidos en dicha normativa. En función de los resultados obtenidos en los ensayos de laboratorio y controles de campo, se determinará el factor de pago correspondiente, el cual será aplicado sobre el monto de la estimación respectiva. Cuando el factor de pago resultante sea inferior al cien por ciento (100%), el monto a reconocer al contratista será ajustado proporcionalmente. En caso de que los resultados no cumplan con los valores mínimos establecidos en el CR-2020, la Administración podrá rechazar los trabajos ejecutados, sin derecho a pago, y ordenar su reposición por cuenta del contratista. La aplicación del factor de pago por calidad no excluye la aplicación de multas y sanciones establecidas en el contrato, cuando correspondan por incumplimientos contractuales. Sin perjuicio de lo anterior, se considerarán incumplimientos de calidad los siguientes: Incumplimiento Sanción Material no conforme Rechazo total + reposición (sin pago) Mezcla asfáltica con resultados fuera de los valores objetivo establecidos en el CR-2020 Aplicación del Factor de Pago conforme al apartado 107.05 del CR-2020 Mezcla asfáltica que no cumpla los límites mínimos de aceptación establecidos en el CR-2020 Rechazo total y reposición sin derecho a pago Defectos constructivos Corrección obligatoria sin costo No corrección en plazo 0,75% diario del monto afectado El factor de pago total (PT) se determinará mediante la siguiente expresión: PT = PAQ + PAC Donde: PAQ = Factor de pago ajustado por calidad de mezcla asfáltica PAC = Factor de pago ajustado por compactación en sitio Cada componente será ponderado conforme a la siguiente distribución: • 70% correspondiente a la calidad de la mezcla •30% correspondiente a la compactación PAQ=0,7*CM*PU*FPQ PAQ=0,3*CM*PU*FPC El valor final del pago se aplicará como porcentaje sobre el monto de la estimación correspondiente Este mecanismo será aplicable principalmente a los renglones relacionados con: • Mezcla asfáltica en caliente (CR.402) • Bacheo asfáltico (CR.402 y CR.405) 3. Maquinaria y recursos Incumplimiento Multa No disponibilidad de maquinaria mínima Suspensión + 0,75% diario Uso de equipo inadecuado 0,50% por evento Incumplimiento de disponibilidad en orden de servicio 0,50% diario 4. Señalización y tránsito Incumplimiento Multa Falta de señalización Suspensión inmediata Incumplimiento Plan de Tránsito 0,50% por evento No garantizar paso vehicular 0,75% por evento No colocación de rótulos 0,25% por frente 5. Incumplimientos en materia ambiental, social y de seguridad Incumplimiento Multa / Medida No cumplimiento de medidas de control de polvo 0,25% por evento Vehículos de acarreo sin cobertura (toldo) 0,25% por evento Generación excesiva de polvo sin mitigación 0,50% por evento Obstrucción de drenajes naturales o alcantarillas 0,75% por evento Vertido de material en cauces o zonas protegidas 1,00% por evento No limpieza de cauces o drenajes afectados 0,75% por evento Uso de fuentes de materiales no autorizadas 1,00% por evento Disposición de materiales en sitios no autorizados 1,00% por evento Falta de control de derrames de combustibles o emulsiones 0,75% por evento No contar con medidas para control de derrames 0,50% por evento Manejo inadecuado de residuos sólidos 0,50% por evento No delimitación de áreas de trabajo 0,25% por evento No implementación de medidas de manejo de tránsito 0,50% por evento Falta de señalización en frentes de trabajo Suspensión inmediata No atención de contingencias sociales 0,50% por evento No limpieza de ruedas de vagonetas 0,25% por evento No mantenimiento de caminos de acceso 0,50% por evento Daños a servicios públicos (líneas, tuberías) Reparación + multa Incumplimiento de normativa de ruido 0,50% por evento No uso de equipo de protección personal 0,10% por trabajador Condiciones inseguras de trabajo Suspensión inmediata No póliza de riesgos vigente del personal Suspensión inmediata 6. Administrativo Incumplimiento Multa No bitácora CFIA 0,25% por día No presentación de documentación 0,25% por evento Pólizas vencidas Suspensión inmediata No acatar instrucciones inspección 0,50% por evento 7. Seguridad Incumplimiento Multa Falta de EPP 0,10% por trabajador Condiciones inseguras Suspensión inmediata Falta de vallas 0,25% por frente LÍMITE DE MULTAS El monto acumulado de las multas aplicadas a una Orden de Compra u Orden de Servicio no podrá exceder el veinte por ciento (20%) del monto de dicha Orden de Compra. Alcanzado este límite, la Administración podrá considerar el incumplimiento como grave e iniciar el procedimiento de resolución contractual correspondiente, sin perjuicio de la ejecución de la garantía de cumplimiento y demás acciones legales que resulten procedentes.
Cláusula penal. CLÁUSULAS OPERATIVAS • Las multas serán acumulativas y se aplicarán de forma independiente para cada orden de servicio • La aplicación de multas no exime al contratista del cumplimiento de sus obligaciones ni de la reparación de los daños causados. • La determinación y aplicación de multas corresponderá a la Administración, con base en los informes de la inspección.
Documentos del cartel2
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 1,2 MB
- RESERVA PRESUPUESTARIAPDF · 236 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Dorian Ulate Elizondo
Unidad Técnica de Gestión Vial
Dorian Ulate Elizondo
Unidad Técnica de Gestión Vial
Maria Laura Angulo Bonilla
UNIDAD TECNICA DE GESTION VIAL
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 06:11. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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