2026LD-000032-0004611901 · SICOP 20260901017
COMPRA DE PICK UPS PARA DIFERENTES DEPENDENCIAS DE LA MUNICIPALIDAD DE PÉRE ZELEDÓN
Municipalidad de Pérez Zeledón
Municipalidad de Pérez Zeledón está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡56,9 millones. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas el 09/10/2026. La más baja fue de Consorcio Grand Motors - Coricar, ₡33,8 millones (40,6 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡56,9 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡33,8 millones
40,6 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó08/09/2026 15:42 · hace 33 días
- Límite para 09/09/2026 23:59 · hace 32 días
- Límite para 10/09/2026 23:59 · hace 31 días
- Cierre de ofertas09/10/2026 10:00 · hace 2 días
- de ofertas09/10/2026 10:00 · hace 2 días
- (plazo máximo)≈ 23/10/2026 · en 12 días
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 16/09/2026 10:00 → 09/10/2026 10:00
- Apertura de ofertas: 16/09/2026 10:00 → 09/10/2026 10:00
- Límite de observaciones a la apertura: 17/09/2026 23:59 → 12/10/2026 23:59
Nota de la institución. Las aclaraciones serán remitidas a la unidad correspondiente, para su trámite respectivo.
Contexto
- Municipalidad de Pérez Zeledón adjudicó ₡3 176,0 millones en 116 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra4 líneas
- Vehiculo Tipo Pick Up Doble Cabina 4x4, Transmision Manual, Diesel Motor Entre 2000 Cc a 3000 Cc de 5 a 6 Velocidades, Tracción 4 WD, Tanque con Capacidad Entre 75 y 80 L.1 c/u · ₡28 850 000,001 c/u₡28 850 000,00
- Servicio de Mantenimiento Y/o Reparación de Vehículos Livianos1 · ₡2 500 000,001₡2 500 000,00
- Vehículo Pick-up, Doble Cabina, Potencia Mínima 110 Kw Sae Neto, Transmisión Automática de 6 Velocidades, Diesel, Tracción 4x4, Cantidad de Pasajeros 51 c/u · ₡23 078 010,001 c/u₡23 078 010,00
- Servicio de Mantenimiento Y/o Reparación de Vehículos Livianos1 · ₡2 500 000,001₡2 500 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡48,4 millones – ₡56,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 6 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · Galardones o Certificaciones en el área ambiental 10 % · Ubicación física según Licencia Comercial (Patente) 10 % · PYME +declaración jurada de que al menos el 60 porciento de su planilla tiene domicilio en el cantón de Pérez Zeledón 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡456,61 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 75 | Galardones o Certificaciones en el área ambientalmáx. 10 | Ubicación física según Licencia Comercial (Patente)máx. 10 | PYME +declaración jurada de que al menos el 60 porciento de su planilla tiene domicilio en el cantón de Pérez Zeledónmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Grand Motors - Coricar | 75 | 10 | 10 | 5 | 100 |
| Corporacion Grupo Q Costa Rica | 55,8 | 10 | 10 | 0 | 75,8 |
| Purdy Motor | 47,43 | 10 | 10 | 0 | 67,43 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
3.1.1 PATENTE O LICENCIA MUNICIPAL
El oferente en forma individual así como todos los miembros que conformen un consorcio al igual que los sub contratitas de éste, deberán contar y presentar junto con la oferta, copia de la Licencia Municipal bajo su nombre y número de cédula, esto con base a lo estipulado en el artículo 79 del Código Municipal y del artículo 7 del Reglamento para adquisición de bienes y servicios en la Municipalidad de Pérez Zeledón, así como el artículo 40 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 90 de su reglamento. Cabe indicar que la patente municipal deberá ser acorde o similar al objeto contractual en concurso.
Por otra parte, según establece el artículo 40 de la Ley número 8821 Ley de Regulación de Licencias y Patentes de Pérez Zeledón; se indica que para ejercer cualquier actividad lucrativa o productiva el interesado deberá contar con la licencia respectiva y paralelamente cancelar el impuesto de patentes.
Conforme a lo antes citado, debemos tener claro la diferencia que existe entre el concepto de Licencia Municipal que es el derecho de ejercer una actividad lucrativa o productiva otorgado por la Municipalidad y el concepto de Patente Municipal que es el impuesto que se cobra a partir de la tenencia de la Licencia. En esta línea el artículo 64 de la Ley 8821 define las actividades exentas al impuesto donde se extrae textualmente lo siguiente:
ARTÍCULO 64.- Actividades exentas del pago del impuesto
Están exentas del pago del impuesto de patentes de la Municipalidad de Pérez Zeledón, total o parcialmente en la proporción que aquí se indica, las siguientes actividades productivas u organizacionales del cantón:
(…)
c) En cuanto a las actividades de los profesionales liberales estarán exentas. (…)
Como se puede extraer del texto anterior, la Ley 8821 exonera del impuesto de patente a los servicios profesionales que ejerzan de forma liberal, sin embargo en la norma que nos rige, no se exime de la tenencia de la licencia para ejercer la actividad descrita por lo que es criterio de esta dependencia municipal que los profesionales que realicen su profesión de manera liberal eventualmente podrán exonerarse del impuesto de patentes y no así de la obtención de la licencia respectiva.
3.1.2 PÓLIZA DE RIESGOS DE TRABAJO
El oferente debe presentar una certificación emitida por la entidad aseguradora correspondiente, en la que se haga constar que cuenta con un seguro de riesgos del trabajo vigente y que dicho seguro cubre y ampara la actividad adjudicada.
3.1.3 CARTA AUTORIZACIÓN
Como requisito de admisibilidad debe presentar una autorización apostillada por parte del fabricante del vehículo para su distribución y o venta exclusiva, esto con el fin de garantizar una buena post venta. Para demostrar tal condición de representante autorizado de fabricante, se deberá presentar certificado de distribuidor autorizado de la unidad, además el oferente deberá tener como mínimo quince (15) años de representar la marca ofertada.
3.1.4 TALLERES DE SERVICIO
Será requisito de admisibilidad los talleres de servicio técnico disponibles por la empresa oferente, que brinden los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo recomendado por el fabricante.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
4. CAPÍTULO IV. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
4.1 OBJETO
El objeto del presente proceso de contratación es la adquisición de equipos para la Municipalidad de Pérez Zeledón, ya que por la alta demanda que requiere las necesidades del cantón nace la necesidad de adquirir nuevas unidades para brindar un mejor servicio a la ciudadanía del cantón.
4.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista deberá contar cumplir con lo indicado a continuación:
- Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por la Administración se ajuste a las disposiciones de la ley 9986.
- Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al contratista que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 la esta ley 9986.
- Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
- Aportar a la Administración, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre.
- Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
- Entregar los servicios, bienes e insumos solicitados en apego a las condiciones de calidad requeridos.
- De requerirse modificación sobre los plazos de entrega, sobre los bienes o servicios a entregar, dichas gestiones deben ser tramitadas en la plataforma del SICOP, en los sitios habilitados para tales fines y dentro de plazos prudenciales.
- Entregar los servicios, bienes e insumos dentro del plazo ofertado.
- Entregar los servicios, bienes e insumos en óptimas condiciones y nuevos a partir de las reglas del pliego de condiciones.
- Durante el periodo de ejecución contractual el contratista debe mantenerse al día en sus obligaciones ante la CCSS.
- Durante el periodo de ejecución contractual el contratista debe mantenerse al día en sus obligaciones ante el Ministerio de Hacienda.
- Durante el periodo de ejecución contractual el contratista debe mantener vigente a Póliza de Riesgos del trabajo.
- Atender oportunamente las solicitudes de información que puedan solicitarse a través del SICOP.
- Será responsabilidad del Contratista cumplir con todas las disposiciones reglamentarias relativas a la seguridad e higiene de sus trabajadores, atendiendo por su cuenta este tipo de obligaciones.
- El contratista tiene la obligación de entregar, ejecutar, completar y garantizar los servicios contratados objeto de esta contratación, por su propia cuenta y riesgo.
- El contratista tiene la obligación de respetar junto con su personal, todas las medidas y reglas de seguridad que rijan.
- Asimismo, el contratista proporcionará el equipo de seguridad necesario a su personal, quedando la Municipalidad de Pérez Zeledón exenta de esta obligación.
- Bajo ningún motivo se permitirá la permanencia de un trabajador en la obra sin las medidas mínimas de seguridad.
- El contratista será responsable de cualquier riesgo laboral, así como daños en la persona o en las cosas que se produzcan por el trabajo realizado. Por lo anterior el contratista deberá adquirir la correspondiente póliza de riesgo de trabajo del INS, lo mismo que deberá incluir y reportar en la planilla de la C.C.S.S. la mano de obra contratada.
- Por consiguiente, es obligación del adjudicatario hacerles frente a las responsabilidades provenientes de las relaciones de trabajo obrero-patronales, de relaciones civiles y penales y de cualquier índole que se suscriben y originen entre el contratista y sus trabajadores.
- El contratista garantizará a la Municipalidad de Pérez Zeledón el cumplimiento de todo tipo de seguros, pago de planillas, riesgos laborales, seguros de equipo, etc. Por lo que, libera a la Municipalidad de Pérez Zeledón de todo tipo de responsabilidad patrimonial, así como de toda responsabilidad civil, penal y laboral y ante terceros, por este concepto durante la ejecución del trabajo.
- El Contratista será el único responsable por la ejecución del contrato y por los recursos utilizados para este fin (humanos, equipo, maquinaria y materiales).
- El Contratista será responsable por toda pérdida, gasto y reclamo por pérdidas o daños y perjuicios sufridos por los bienes materiales, lesiones y muerte que se produzcan como consecuencia de sus propios actos u omisiones en la ejecución del contrato.
- El contratista deberá construir y al final del servicio demoler las instalaciones temporales que él y sus colaboradores requieran.
- Durante el proceso de trituración, el contratista deberá mantener el lugar de las obras limpio de escombros y basura, en especial en las zonas de paso de personas y/o vehículos.
- Será un requisito indispensable para aceptar el servicio como finalizado, que el sitio de trabajo y sus alrededores queden libres de desechos al momento de realizar la inspección final.
- El contratista deberá velar por la presentación adecuada de su personal. Es obligación del Contratista que todos los trabajadores porten chaleco, ropa y herramientas de protección y seguridad adecuados.
- El personal del contratista mantendrá un comportamiento adecuado de respecto al personal municipal y público en general, de acuerdo con la Ley No. 7476 Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia. El incumplimiento de esta norma por parte de algún trabajador dará derecho a la administración de solicitar al contratista la destitución o remoción inmediata del trabajador en el sitio de obras.
4.3 GARANTÍA DEL BIEN O SERVICIO SOLICITADO
- Para la partida 1 se solicita una garantía de 36 meses o 100 mil kilómetros lo que ocurra primero.
4.4 VIDA UTIL
El oferente deberá indicar en su oferta la vida útil de los bienes por entregar.
4.5 DETALLE DEL BIEN O SERVICIO SOLICITADO
Para este caso se adjunta la distribución en donde se definió una (01) partida conformada de la siguiente manera:
PARTIDA #1, Línea #1, Compra de pick up año 2026 o superior, para realizar labores propias al proceso de Gestión Vial.
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Vehículo: |
Deberá ser completamente nuevo, año 2026 o superior Color Blanco, pintura original de fábrica. |
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Modelo: |
Pick Up, Doble Tracción y Doble Cabina |
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Capacidad y otros: |
Cinco pasajeros. Cuatro puertas más compuerta trasera con tercera luz de freno, Doble Cabina, Dos filas de asientos |
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Dirección: |
Del tipo hidráulica con cremallera, con sistema de bloqueo antirrobo en la columna de dirección. No se admiten sistemas del tipo caja de dirección. |
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Chasis y carga: |
Formado por vigas de acero, del tipo reforzado para servicio pesado uso severo e independiente de la carrocería, protegidos con capa de pintura anticorrosiva, original de fábrica. Chasis independiente de la carrocería. Capacidad de carga en batea de al menos 800 kilos. |
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Transmisión: |
Con caja de velocidades manual de seis cambios de avance mediante palanca al piso y una velocidad de retroceso. Los diferenciales deben ser para servicio pesado. Doble tracción 4x4, con sistema de duplicación electrónica. Además, debe contar con sistema de bloqueo eléctrico para el eje trasero original de fábrica. No se admite únicamente el tipo de bloqueo LSD. En tal caso deberá instalar en el país un sistema de bloqueo eléctrico para el eje trasero e indicarlo así en la oferta. |
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Suspensión |
Suspensión delantera ser independiente de doble horquilla con Barra estabilizadora como mínimo y con resortes espirales fabricados bajo proceso que no reduzca su área en las curvas para mantener su resistencia mecánica. En acero fabricado bajo la norma ISO 9000 de alta tensión X5K como mínimo, con capacidad de carga constante de 120 kg como mínimo, adicionales a la carga de diseño de eje frontal del vehículo. Pintura con proceso térmico de adhesión de polvo al metal, con igual o equivalentes prestaciones de rendimiento de proceso power coat. Debe indicarse el espesor de la capa de pintura depositada en el material será admisible en el rango de los 80 a 100 micrones. Las características de montaje de la suspensión no deben afectar la función de la barra estabilizadora, sistema de dirección u otro del vehículo. Compensador cargado con gas nitrógeno como mínimo, con triple labio de cierre en su retenedor, con resistencia de carga acorde con la capacidad de carga solicitada para los resortes espirales delanteros con las mismas prestaciones de calidad, resistencia y durabilidad. La suspensión trasera debe ser de eje rígido con resortes de hojas semielipticas (ballestas) con compensadores. No se admiten suspensiones con otra configuración que no sean hojas semielípticas considerando el tipo de terreno y cargas a las que se expondrá el vehículo. |
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Motor: |
Será tipo ciclo de cuatro tiempos, combustible diésel, con turboalimentado con intercooler y con turbo de geometría variable, con filtros de aire tipo depurador sistemas equivalentes para ambientes polvorientos, debe incluir un filtro tipo separador de agua en la línea de combustible o tipo "racord (localmente)". Con una cilindrada entre 2.000 cc (con una tolerancia de 55 cc respecto al mínimo) a 3.000 cc como máximo. Cuatro cilindros. 16 Válvulas. Con potencia mínima de 170 hp. El sistema de refrigeración del motor por refrigerante, diseñado para ambientes tropicales, del tipo presurizado. Debe cumplir con los requisitos mínimos establecidos por la Ley de Tránsito para Transporte Terrestre y su Reglamento, en lo que respecta al control de emisiones de gases, para el motor solicitado. |
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Frenos: |
Del tipo servo asistidos por vacío, con dos circuitos independientes. Con frenos delanteros de disco y traseros de tambor con zapata. Con sistema de frenos con ABS, EBD y BA, debido a que el vehículo será utilizado para giras constantes, viajes a San José por zona montañosa de alto riesgo, por lo cual se requiere mayor seguridad en el frenado, especialmente en época lluviosa. |
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Características generales: |
Color Blanco original de fábrica, del tipo pick-up, doble cabina, con parachoques delantero y trasero completos originales de fábrica (no del tipo tubo), provista de mecanismos de seguridad anti-choque, aislamiento acústico y térmico y con tratamiento anticorrosivo del fabricante. Con una capacidad mínima de cinco personas y cuatro puertas de acceso. Debido a que este vehículo también debe ser utilizado para giras para el resguardo policial que incluyen distancias considerables dentro del cantón, se requiere que los asientos delanteros, sean del tipo butaca, en material de buena calidad que permita el uso continuo y la limpieza frecuente, sin que por tal motivo se deteriore más de lo normal. Los mismos deben contar con sus respectivas cabeceras ajustables: dos para los asientos delanteros y tres para los asientos traseros. Debe contar con desempañador del vidrio trasero del tipo hilos eléctricos para mayor seguridad en época lluviosa. Cabina equipada con doble bolsa de aire para chofer y acompañante para mayor seguridad en caso de colisión y con bolsa de aire para rodilla en el caso del conductor y de cortina para los demás ocupantes. La batea debe ser de construcción metálica original de fábrica y con un largo mínimo de 1500 mm, con un ancho mínimo de 1700 mm, y una profundidad mínima de 480 mm. Siendo este el tamaño necesario, previo análisis, para el traslado de los equipos utilizados habitualmente por la Municipalidad como traslados de motocicletas y materiales de otras naturalezas que deben transportarse. Esta batea deberá contar con una cubierta protectora del tipo plástico endurecido igual o similar al llamado comúnmente duraliner, bedliner o similar de fábrica o instalada en el país además debe de tener ganchos para sujetar mercadería. . Con la mayor distancia libre al suelo para asegurar el paso del vehículo por caminos con peñas y piedras, así como por ríos con piedras sueltas. Altura de la carrocería al suelo como mínimo de 284 mm en la parte delantera y trasera. Los faroles delanteros principales serán del tipo "halógeno" sellados o del tipo europeo, contando también con luces traseras de iluminación normal: frenos, marcha trasera y otras y con halógenos integrados al vehículo en la parte delantera. Se solicita al proveedor incluir los siguientes aditamentos: Aire acondicionado original de fábrica. Estribos laterales. Cinturones de seguridad del tipo dinámico. Juego de cobertores (sobre alfombra) de hule para proteger alfombra original del vehículo. Cobertor de alfombras de hule. Sistema de ventilación forzado de varias velocidades. Velocímetro con odómetro. Indicador de combustible. Indicador de temperatura de refrigeración del motor. Luz testigo para indicar baja presión de aceite del motor. Luz testigo para indicar descarga de baterías. Luz testigo para indicar frenos de estacionamiento. Luz testigo para indicar luz alta. Tacómetro e indicador de filtro obstruido. Todos los indicadores deberán ser de lectura en el Sistema Métrico Decimal. Viseras conductor y pasajeros. Cuatro vidrios eléctricos. Al menos una toma de 12 voltios. Espejos eléctricos, con direcciones incluidas. Opción de conductor ECO y POWER Radio AM, FM digital, estéreo con cargador para CD (preferiblemente), dos parlantes y antena. Debe contar con la opción de manos libres para el teléfono o sistema BLUETOOTH para atención de llamadas. Espejo interior. Cámara de retroceso. Volante Ajustable en altura y profundidad. Tapón de Combustible con llave. Pegadero, en tubo cuadrado de 2½”x2½” de al menos ¼” de espesor, con bola de 2”, capacidad de al menos 6.000 libras, debe contar con la respectiva conexión de luces para la carreta (macho y hembra) con las mismas prestaciones de calidad Controles en el volante (audio, multi-información, bluetooth) Capacidad de arrastre con freno de mínimo de 2000 kg. |
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Características específicas: |
Contar con una toma de aire que salga a la altura del techo del vehículo (conocido como snorkel), con su respectivo filtrado de partículas de polvo y protegido contra el ingreso de agua por lluvia. Protección frontal (mata burros) fijada firmemente al chasis mediante tornillería con igual resistencia al esfuerzo cortante que la protección frontal. Todo lo anterior con las mismas prestaciones de calidad, resistencia, durabilidad y certificaciones técnicas de la marca ARB o superior para la serie del vehículo ofertado. Fabricados bajo proceso que no reduzca su área en las curvas para mantener su resistencia mecánica y tubo de espesor de al menos 2.5 mm, con juntas electrosoldado. El bumper debe estar diseñado de fábrica para asegurar la compatibilidad y activación en tiempo real de los componentes SRS, bolsas de aire OEM, de protección para el chofer y su acompañante. Debe aportarse la información del proveedor que demuestre este punto. Debe contar con dos halógenos con las mismas prestaciones de calidad, resistencia, durabilidad y certificaciones técnicas. Con capacidad para soportar la inmersión en el agua, Debe incluirse dos protecciones de tubo unido entre bumper delantero y los dos estribos laterales. Ambos con iguales especificaciones al bumper delantero y homologados a este. Debe contar con planchas protectoras de la parte inferior del vehículo. Debe de aportar winches eléctricos diseñados para arrastrar al menos 8000 LBS, con cables de acero que incluya control remoto. |
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Llantas y aros: |
Las llantas deben ser tipo MT, con aros tipo servicio pesado de aluminio, con aro igual o superior a 17”. Llantas 265-65 R17 o superior. Debe contar con llanta y aro de repuesto. Los aros serán los recomendados por el fabricante para el tipo de vehículo solicitado con su correspondiente medida en llantas. |
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Herramientas: |
Deberá incluir como mínimo: Extintor de aproximadamente 1 Kg. tipo A.B.C., dos triángulos de seguridad, gata, varilla de la gata, varilla para desmontar llanta repuesto, llave rana. |
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Seguridad: |
Mínimo 2 airbags delanteros, mínimo 1 airbag de rodilla, que posea airbags de cortina y laterales. |
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Rotulación: |
La Municipalidad proveerá al adjudicado el escudo y logo de la Municipalidad de Pérez Zeledón. |
PARTIDA #1, LÍNEA #2, Servicio de mantenimiento para el equipo adquirido por el proceso de Gestión Vial
Mantenimiento: Servicio de mantenimiento preventivo para el equipo completo, por separado y totalmente desglosado por un período de 100,000 kilómetros el cual incluirá todos los gastos de acuerdo con el MANUAL DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, considerando que los mantenimientos diarios y semanales los efectuará el operador, previa instrucción por parte del adjudicatario. El mantenimiento podrá ser o no adjudicado.
PARTIDA #1, LÍNEA #3, Compra de pick up año 2026 o superior, para realizar labores propias al proceso de Servicios Ambientales.
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Vehículo: |
Deberá ser completamente nuevo, año 2026 o superior Color Blanco, pintura original de fábrica. |
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Modelo: |
Pick Up, Doble Tracción y Doble Cabina |
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Capacidad y otros: |
Cinco pasajeros. Cuatro puertas más compuerta trasera con tercera luz de freno, Doble Cabina, Dos filas de asientos |
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Dirección: |
Del tipo hidráulica con cremallera, con sistema de bloqueo antirrobo en la columna de dirección. No se admiten sistemas del tipo caja de dirección. |
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Chasis y carga: |
Formado por vigas de acero, del tipo reforzado para servicio pesado uso severo e independiente de la carrocería, protegidos con capa de pintura anticorrosiva, original de fábrica. Chasis independiente de la carrocería. Capacidad de carga en batea de al menos 800 kilos. |
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Transmisión: |
Cada automática de 6 velocidades avance y una velocidad de retroceso. |
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Suspensión |
La suspensión debe ser para servicio pesado, del tipo moderna para transporte confortable, de tal forma que el vehículo se comporte con suavidad por caminos en mal estado. La suspensión delantera debe ser independiente para mayor seguridad y mejor manejo para el chofer y seguridad de los ocupantes. Del tipo horquillas oscilantes dobles o de cualquier otro sistema siempre que sea del tipo independiente. Debe contar al menos con barra estabilizadora delantera. La suspensión trasera debe ser de eje rígido con resortes de hojas semielipticas (ballestas) con compensadores. No se admiten suspensiones con otra configuración que no sean hojas semielípticas considerando el tipo de terreno y cargas a las que se expondrá el vehículo. |
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Motor: |
Será tipo ciclo de cuatro tiempos, combustible diésel, con turboalimentado con intercooler y con turbo de geometría variable, con filtros de aire tipo depurador sistemas equivalentes para ambientes polvorientos, debe incluir un filtro tipo separador de agua en la línea de combustible o tipo "racord (localmente)". Con una cilindrada entre 2.000 cc (con una tolerancia de 70 cc respecto al mínimo) a 3.000 cc como máximo. Cuatro cilindros. 16 Válvulas. Con potencia mínima de 198 hp. El sistema de refrigeración del motor por refrigerante, diseñado para ambientes tropicales, del tipo presurizado. Debe cumplir con los requisitos mínimos establecidos por la Ley de Tránsito para Transporte Terrestre y su Reglamento, en lo que respecta al control de emisiones de gases, para el motor solicitado. |
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Frenos: |
Del tipo servo asistidos por vacío, con dos circuitos independientes. Con frenos delanteros de disco y traseros de tambor con zapata. Con sistema de frenos con ABS, EBD y BA, debido a que el vehículo será utilizado para giras constantes, viajes a San José por zona montañosa de alto riesgo, por lo cual se requiere mayor seguridad en el frenado, especialmente en época lluviosa. |
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Características generales: |
Color Blanco original de fábrica, del tipo pick-up, doble cabina, con parachoques delantero y trasero completos originales de fábrica (no del tipo tubo), provista de mecanismos de seguridad anti-choque, aislamiento acústico y térmico y con tratamiento anticorrosivo del fabricante. Con una capacidad mínima de cinco personas y cuatro puertas de acceso. Debido a que este vehículo también debe ser utilizado para giras para el resguardo policial que incluyen distancias considerables dentro del cantón, se requiere que los asientos delanteros, sean del tipo butaca, en material de buena calidad que permita el uso continuo y la limpieza frecuente, sin que por tal motivo se deteriore más de lo normal. Los mismos deben contar con sus respectivas cabeceras ajustables: dos para los asientos delanteros y tres para los asientos traseros. Debe contar con desempañador del vidrio trasero del tipo hilos eléctricos para mayor seguridad en época lluviosa. Cabina equipada con doble bolsa de aire para chofer y acompañante para mayor seguridad en caso de colisión y con bolsa de aire para rodilla en el caso del conductor y de cortina para los demás ocupantes. La batea debe ser de construcción metálica original de fábrica y con un largo mínimo de 1500 mm, con un ancho mínimo de 1700 mm, y una profundidad mínima de 480 mm. Siendo este el tamaño necesario, previo análisis, para el traslado de los equipos utilizados habitualmente por la Municipalidad como traslados de motocicletas y materiales de otras naturalezas que deben transportarse. Esta batea deberá contar con una cubierta protectora del tipo plástico endurecido igual o similar al llamado comúnmente duraliner, bedliner o similar de fábrica o instalada en el país además debe de tener ganchos para sujetar mercadería. Con la mayor distancia libre al suelo para asegurar el paso del vehículo por caminos con peñas y piedras, así como por ríos con piedras sueltas. Altura de la carrocería al suelo como mínimo de 284 mm en la parte delantera y trasera. Los faroles delanteros principales serán del tipo "halógeno" sellados o del tipo europeo, contando también con luces traseras de iluminación normal: frenos, marcha trasera y otras y con halógenos integrados al vehículo en la parte delantera. Se solicita al proveedor incluir los siguientes aditamentos: Aire acondicionado original de fábrica. Estribos laterales. Cinturones de seguridad del tipo dinámico. Juego de cobertores (sobre alfombra) de hule para proteger alfombra original del vehículo. Cobertor de alfombras de hule. Sistema de ventilación forzado de varias velocidades. Velocímetro con odómetro. Indicador de combustible. Indicador de temperatura de refrigeración del motor. Luz testigo para indicar baja presión de aceite del motor. Luz testigo para indicar descarga de baterías. Luz testigo para indicar frenos de estacionamiento. Luz testigo para indicar luz alta. Tacómetro e indicador de filtro obstruido. Todos los indicadores deberán ser de lectura en el Sistema Métrico Decimal. Viseras conductor y pasajeros. Cuatro vidrios eléctricos. Al menos una toma de 12 voltios. Espejos eléctricos, con direcciones incluidas. Opción de conductor ECO y POWER Radio AM, FM digital, estéreo con cargador para CD (preferiblemente), dos parlantes y antena. Debe contar con la opción de manos libres para el teléfono o sistema BLUETOOTH para atención de llamadas. Espejo interior. Cámara de retroceso. Volante Ajustable en altura y profundidad. Tapón de Combustible con llave. Pegadero, en tubo cuadrado de 2½”x2½” de al menos ¼” de espesor, con bola de 2”, capacidad de al menos 6.000 libras y su respectiva toma eléctrica. Controles en el volante (audio, multi-información, bluetooth) Capacidad de arrastre con freno de mínimo de 2000 kg. Capacidad de |
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Llantas y aros: |
Las llantas deben ser para uso dentro y fuera de la carretera tipo AT, con banda radial con aros tipo servicio pesado de aluminio, con aro igual o superior a 17”. Llantas 265-65 R17 o superior. Debe contar con llanta y aro de repuesto. Los aros serán los recomendados por el fabricante para el tipo de vehículo solicitado con su correspondiente medida en llantas. |
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Herramientas: |
Deberá incluir como mínimo: Extintor de aproximadamente 1 Kg. tipo A.B.C., dos triángulos de seguridad, gata, varilla de la gata, varilla para desmontar llanta repuesto, llave rana. |
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Seguridad: |
Mínimo 2 airbags delanteros, mínimo 1 airbag de rodilla, que posea airbags de cortina y laterales. |
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Rotulación: |
La Municipalidad proveerá al adjudicado el escudo y logo de la Municipalidad de Pérez Zeledón. |
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Mantenimiento: |
Se deberá cotizar el servicio de mantenimiento preventivo para el equipo completo, por separado y totalmente desglosado por un período de 100,000 kilómetros el cual incluirá todos los gastos de acuerdo con el MANUAL DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, considerando que los mantenimientos diarios y semanales los efectuará el operador, previa instrucción por parte del adjudicatario. El mantenimiento podrá ser o no adjudicado. |
PARTIDA #1, LÍNEA #4, Servicio de mantenimiento para el equipo adquirido por el proceso de Servicios Ambientales.
Mantenimiento: Servicio de mantenimiento preventivo para el equipo completo, por separado y totalmente desglosado por un período de 100,000 kilómetros el cual incluirá todos los gastos de acuerdo con el MANUAL DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, considerando que los mantenimientos diarios y semanales los efectuará el operador, previa instrucción por parte del adjudicatario. El mantenimiento podrá ser o no adjudicado.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Serán obligaciones de los oferentes y de los contratistas las siguientes:
a) Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por la Administración se ajuste a las disposiciones de la presente ley.
b) Presentar una oferta completa a partir de las reglas del pliego de condiciones.
c) Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al oferente que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 de esta ley.
d) Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
e) Aportar a la Administración, si resultara adjudicatario, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre. El tratamiento de la información suministrada se regirá por el principio de transparencia, sin perjuicio de la excepción establecida en el artículo 15 de la presente ley.
f) Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
g) Verificar que los subcontratistas se encuentren al día con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
h) Abstenerse de realizar acuerdos colusorios.
En cuanto al Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, deberá cumplir con lo estipulado en el artículo 18 de la LGCP, el cual define:
La Dirección de Contratación Pública conformará, en el sistema digital unificado, un registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas, en el cual se inscribirán todas las personas, físicas o jurídicas, que manifiesten interés en contratar con la Administración o para fungir como subcontratistas. En tal registro se acreditará la declaración jurada del régimen de prohibiciones y sus actualizaciones, la experiencia para prestar el objeto que se llegue a licitar, los antecedentes y las sanciones, el historial de cumplimiento de contrataciones con la Administración Pública, las fusiones o transformaciones de la empresa, entre otros, según lo determine el reglamento de la presente ley.
DECLARACIONES JURADAS
El oferente deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Previo a la participación en todo procedimiento de contratación pública, la declaración jurada deberá formar parte del Registro de Proveedores que conformará la Dirección de Contratación Pública, el cual será de acceso público y estará disponible para su consulta y verificación por parte de cualquier interesado, a través del sistema digital unificado.
b) Para poder participar en los procedimientos de contratación pública es deber de los oferentes, contratistas y subcontratistas mantenerla actualizada.
c) En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en su oferta que la información contenida en la declaración jurada, presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable.
d) Los proveedores y subcontratistas registrados, están obligados a mantener actualizada la información que hayan aportado al momento de solicitar su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas para cada proceso de contratación en el que quieran participar.
e) Además, de generarse cualquier variación en los términos consignados en las declaraciones juradas que constan en ese Registro deberán rendir oportunamente una nueva que deberá constar en el sistema digital unificado.
f) Actualizar cada veinticuatro meses la información suministrada en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas del Sistema Digital Unificado, incluyendo los nuevos documentos vigentes al momento de realizarla.
g) Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser mantenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
h) Declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada acerca de los índices de precios nacionales y detallando en su oferta al menos:
1. El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el
índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
2. El ente público competente que divulga el índice.
3. El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en
donde se accede a la información aportada.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Las multas aplican por defectos en la ejecución del contrato y para que su aplicación resulte procedente deben estar tipificadas en el pliego de condiciones. El monto máximo a cobrar es del 25% del total del acto final y para su aplicación no se requiere la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago.
Cláusula penal. Se determina la cláusula penal de acuerdo con: Art. 46 y 47 LGCP, Art. 116 y 117 RLGCP y Art. 24, 25, 26, 27 y 28 del Reglamento de Adquisiciones de bienes y Servicios de la Municipalidad de Pérez Zeledón. La cláusula penal procede en casos de ejecución tardía o prematura de las obligaciones. El monto máximo a cobrar es del 25% del total del acto final y para su aplicación no será necesaria la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago. Las partes técnicas o administradores designados, serán los competentes para la verificación, instrucción y resolución de los procedimientos que pudieran dar origen a la aplicación de una sanción económica, sea esta una multa o cláusula penal, según corresponda. De conformidad con la LGCP, se determinarán las sanciones económicas de acuerdo con los siguientes parámetros la variación, producidas por defectos de ejecución, días de retraso o premura al completar el entregable: BAJO, MEDIO, MÁXIMO. En cada categoría se aplicarán los porcentajes de sanción que se detallan a continuación: Impacto BAJO: El impacto no detiene la ejecución del proyecto ni pone en riesgo el logro del objetivo general definido. Es un entorpecimiento leve pero asimilable dentro de las acciones de contingencia que puedan implementarse. Sanción: 10% del valor máximo sancionable por Ley. Impacto MEDIO: El impacto tiene consecuencias moderadas en el logro del objetivo en los plazos previstos. Requiere acciones de contingencia que podrían requerir costos adicionales, pero solventables para la corrección de la desviación experimentada en la ruta crítica. Se vislumbra alguna posibilidad de que no se logre cumplir con el plazo previsto para la totalidad del proyecto sin ser ésta una posibilidad inminente. Sanción: 50% del valor máximo sancionable por Ley. Impacto MÁXIMO: El impacto es severo, las consecuencias generan una imposibilidad de lograr el objetivo en el plazo previsto, puede existir una afectación en costos importante, podría indicar la imposibilidad de materializar los beneficios del proyecto y hasta crear pérdidas de recursos. Sanción: 100% del valor máximo sancionable por Ley. SANCIÓN La cantidad máxima de días para aplicar la cláusula penal respectiva será del 30% del plazo para el entregable. Es decir, si debe aplicarse la cláusula penal, la sanción diaria se calculará dividiendo el total de la sanción entre los días resultantes de multiplicar el plazo del entregable por un 30%. El cálculo es el siguiente: Sanción Total = (Sanción máxima / (plazo del entregable * 30%))* días de variación. Este 30% de variación se estima razonable de acuerdo con los principios de buena fe y sana planificación con enfoque preventivo. Una vez superado este plazo se deberá valorar la posibilidad de resolución del contrato. Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como cualquier otra Ley o Decreto aplicable a la materia.
Documentos del cartel1
- Pliego de condicionesPDF · 891 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jean Carlo Ramirez Barrantes
Alcaldía
Jean Carlo Ramirez Barrantes
Alcaldía
Jimmy Arias Davila
Asesoria Legal
Julian Fallas Carvajal
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 11:55. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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