2026LD-000120-0018300001 · SICOP 20260901253
Contratación para capacitación Integración de Bus de Datos para Redes Inteligentes
Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago
Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago publicó esta compra con un presupuesto de ₡7,5 millones, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 16/09/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡7,5 millones
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó09/09/2026 14:00 · hace 33 días
- Límite para 10/09/2026 23:59 · hace 32 días
- Límite para 11/09/2026 23:59 · hace 31 días
- Cierre de ofertas16/09/2026 09:00 · hace 26 días
- de ofertas16/09/2026 09:00 · hace 26 días
- (plazo máximo)≈ 30/09/2026 · hace 12 días
Contexto
- Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago adjudicó ₡14 465,2 millones en 195 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Capacitación Tecnica en Herramientas Digitales Api1 · ₡7 450 000,001₡7 450 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡6,3 millones – ₡7,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 40 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,4 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 6 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 40 % · EXPERIENCIA 15 % · PERSONAL TÉCNICO CERTIFICADO 15 % · PREPARACIÓN ACADÉMICA 15 % · PYME 10 % · CERTIFICACIÓN 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 85 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD.
7.1.1. La oferta deberá suministrar información técnica original en español sobre los servicios de capacitación ofertados, demostrando de manera clara el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el presente pliego de condiciones.
7.1.2. Como alternativa, se permitirá presentar documentación técnica original en idioma inglés acompañada de su respectiva traducción libre al español. Para documentación en otros idiomas, deberá aportarse la correspondiente traducción debidamente legalizada o consularizada cuando corresponda.
7.1.3. La documentación deberá permitir verificar los contenidos, metodología, alcance, modalidad, duración y experiencia del oferente en los temas objeto de la contratación.
7.1.4. De conformidad con la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, el oferente deberá presentar el desglose del precio tanto en valores absolutos como porcentuales.
7.1.5. En caso de discrepancia entre los valores absolutos y porcentuales, prevalecerán los valores absolutos.
7.1.6. El desglose deberá contemplar como mínimo:
- Costos asociados al personal instructor, consultores o especialistas.
- Costos asociados a la preparación y personalización del material de capacitación.
- Costos asociados a plataformas tecnológicas, herramientas de videoconferencia, laboratorios virtuales o ambientes de práctica, cuando aplique.
- Costos asociados a material didáctico, evaluaciones y certificados.
- Costos asociados a desplazamientos, viáticos u hospedaje, cuando la modalidad propuesta sea presencial.
- Cualquier otro costo requerido para la correcta ejecución del servicio.
7.2 REQUISITOS GENERALES.
7.2.1. Experiencia del oferente.
7.2.1.1. El oferente deberá demostrar experiencia comprobada mínima de cinco (5) años en la prestación de servicios de capacitación especializada, consultoría, implementación o asesoría técnica relacionada con interoperabilidad de sistemas, integración empresarial, arquitectura de información o tecnologías aplicables al sector eléctrico, tecnológico o de infraestructura crítica.
7.2.1.2. Para acreditar dicha experiencia deberá aportar una declaración jurada que contemple al menos tres (3) proyectos ejecutados durante los últimos cinco (5) años relacionados con uno o varios de los siguientes temas:
- Common Information Model (CIM).
- MultiSpeak.
- Enterprise Service Bus (ESB).
- Integración de aplicaciones empresariales.
- Arquitectura empresarial.
- Gestión e interoperabilidad de datos.
- Transformación digital en empresas de servicios públicos.
- Redes Eléctricas Inteligentes (Smart Grids).
7.2.1.3. Para cada experiencia aportada deberá indicarse como mínimo:
- Nombre de la organización contratante.
- Descripción del proyecto o servicio ejecutado.
- Alcance de los servicios prestados.
- Fecha de ejecución.
- Cantidad de participantes capacitados, cuando corresponda.
- Persona o entidad de referencia.
- Información de contacto para verificación.
7.2.1.4. La experiencia deberá acreditarse mediante certificaciones, constancias laborales, proyectos ejecutados, publicaciones técnicas, participación en procesos de implementación o cualquier otro documento verificable.
7.2.1.5. Certificaciones y competencias del personal instructor.
Se valorará que los profesionales propuestos cuenten con certificaciones, acreditaciones o formación especializada en temas relacionados con:
- Arquitectura Empresarial.
- EBS o plataformas de integración.
- Gestión de Datos.
- CIM.
- MultiSpeak.
- Smart Grid.
- Gestión de proyectos tecnológicos.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SERVICIOS PROFESIONALES DE CAPACITACIÓN ESPECIALIZADA PARA FORTALECER LAS CAPACIDADES TÉCNICAS EN MATERIA DE INTEROPERABILIDAD, INTEGRACIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS.
- JUSTIFICACION DE LA PROCEDENCIA.
JASEC se encuentra impulsando múltiples iniciativas de modernización tecnológica, transformación digital y evolución hacia el modelo de Redes Eléctricas Inteligentes (REI), las cuales requieren un ecosistema de aplicaciones interoperables capaz de intercambiar información de forma normalizada, segura y eficiente entre las diferentes plataformas institucionales.
Actualmente, la institución dispone de diversos sistemas de información asociados a los negocios de distribución eléctrica, generación, comercialización, gestión de activos, sistemas geográficos (GIS), medición avanzada (AMI), sistemas comerciales (CIS), sistemas de gestión de interrupciones (OMS), sistemas de supervisión y control (SCADA), plataformas de análisis de datos y herramientas corporativas de planificación y gestión. La integración efectiva de dichas plataformas constituye un requisito fundamental para asegurar la calidad de la información, la automatización de procesos y la toma de decisiones basada en datos.
En este contexto, estándares internacionales como el Common Information Model (CIM), el estándar de interoperabilidad MultiSpeak y las arquitecturas de integración basadas en Enterprise Service Bus (ESB) representan elementos estratégicos para garantizar la interoperabilidad entre aplicaciones, la estandarización de modelos de datos, la integración de soluciones de diferentes fabricantes y la evolución hacia arquitecturas empresariales modernas.
Dado el alto nivel de especialización de estos temas, es importe contar con personal capacitado que permita abordar de forma integral el diseño, implementación, administración y gobernanza de estas tecnologías, razón por la cual resulta necesario fortalecer las competencias técnicas institucionales mediante un proceso de capacitación especializada.
La contratación de estos servicios permitirá reducir riesgos asociados a futuras inversiones tecnológicas, mejorar la definición de requerimientos en proyectos de transformación digital, fortalecer la capacidad institucional para evaluar soluciones tecnológicas y generar conocimiento interno que contribuya a la sostenibilidad de los proyectos estratégicos asociados a la interoperabilidad de sistemas y las Redes Eléctricas Inteligentes.
- OBJETIVOS GENERALES/PARTICULARES.
Contratar servicios profesionales especializados de capacitación para fortalecer las capacidades técnicas del personal de JASEC en materia de interoperabilidad, integración de sistemas informáticos y arquitecturas empresariales, mediante la transferencia de conocimientos en los estándares Common Information Model (CIM), MultiSpeak y Enterprise Service Bus (ESB), que permitan apoyar la evolución tecnológica institucional y la implementación de iniciativas asociadas a Redes Eléctricas Inteligentes.
- REQUERIMIENTO DEL BIEN O SERVICIO
El oferente deberá presentar el costo total del curso y deberá asumir por cuenta propia los materiales, equipos y herramientas necesarias para la realización del trabajo, así como el transporte, viáticos, cargas sociales, seguros de riesgos del trabajo y todo tipo de carga social que involucre la prestación del servicio, además de los costos debe incluir el IVA.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD.
7.1.1. La oferta deberá suministrar información técnica original en español sobre los servicios de capacitación ofertados, demostrando de manera clara el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el presente pliego de condiciones.
7.1.2. Como alternativa, se permitirá presentar documentación técnica original en idioma inglés acompañada de su respectiva traducción libre al español. Para documentación en otros idiomas, deberá aportarse la correspondiente traducción debidamente legalizada o consularizada cuando corresponda.
7.1.3. La documentación deberá permitir verificar los contenidos, metodología, alcance, modalidad, duración y experiencia del oferente en los temas objeto de la contratación.
7.1.4. De conformidad con la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, el oferente deberá presentar el desglose del precio tanto en valores absolutos como porcentuales.
7.1.5. En caso de discrepancia entre los valores absolutos y porcentuales, prevalecerán los valores absolutos.
7.1.6. El desglose deberá contemplar como mínimo:
- Costos asociados al personal instructor, consultores o especialistas.
- Costos asociados a la preparación y personalización del material de capacitación.
- Costos asociados a plataformas tecnológicas, herramientas de videoconferencia, laboratorios virtuales o ambientes de práctica, cuando aplique.
- Costos asociados a material didáctico, evaluaciones y certificados.
- Costos asociados a desplazamientos, viáticos u hospedaje, cuando la modalidad propuesta sea presencial.
- Cualquier otro costo requerido para la correcta ejecución del servicio.
7.2 REQUISITOS GENERALES.
7.2.1. Experiencia del oferente.
7.2.1.1. El oferente deberá demostrar experiencia comprobada mínima de cinco (5) años en la prestación de servicios de capacitación especializada, consultoría, implementación o asesoría técnica relacionada con interoperabilidad de sistemas, integración empresarial, arquitectura de información o tecnologías aplicables al sector eléctrico, tecnológico o de infraestructura crítica.
7.2.1.2. Para acreditar dicha experiencia deberá aportar una declaración jurada que contemple al menos tres (3) proyectos ejecutados durante los últimos cinco (5) años relacionados con uno o varios de los siguientes temas:
- Common Information Model (CIM).
- MultiSpeak.
- Enterprise Service Bus (ESB).
- Integración de aplicaciones empresariales.
- Arquitectura empresarial.
- Gestión e interoperabilidad de datos.
- Transformación digital en empresas de servicios públicos.
- Redes Eléctricas Inteligentes (Smart Grids).
7.2.1.3. Para cada experiencia aportada deberá indicarse como mínimo:
- Nombre de la organización contratante.
- Descripción del proyecto o servicio ejecutado.
- Alcance de los servicios prestados.
- Fecha de ejecución.
- Cantidad de participantes capacitados, cuando corresponda.
- Persona o entidad de referencia.
- Información de contacto para verificación.
7.2.1.4. La experiencia deberá acreditarse mediante certificaciones, constancias laborales, proyectos ejecutados, publicaciones técnicas, participación en procesos de implementación o cualquier otro documento verificable.
7.2.1.5. Certificaciones y competencias del personal instructor.
Se valorará que los profesionales propuestos cuenten con certificaciones, acreditaciones o formación especializada en temas relacionados con:
- Arquitectura Empresarial.
- EBS o plataformas de integración.
- Gestión de Datos.
- CIM.
- MultiSpeak.
- Smart Grid.
- Gestión de proyectos tecnológicos.
- ESPECIFICACIONES TÉNICAS DEL SERVICIO.
8.1.1. El servicio consistirá en la prestación de servicios profesionales especializados de capacitación orientados a fortalecer las capacidades técnicas del personal de JASEC en materia de interoperabilidad, integración de sistemas informáticos y gestión de datos para entornos asociados a Redes Eléctricas Inteligentes.
8.1.2. La capacitación deberá desarrollarse bajo un enfoque teórico-práctico orientado a la transferencia efectiva de conocimiento y a la aplicación de los conceptos dentro del contexto operativo de una empresa eléctrica.
8.1.3. El oferente deberá presentar una metodología detallada para la ejecución de la capacitación, incluyendo:
- Estructura del programa.
- Temario.
- Cronograma.
- Modalidad de impartición.
- Estrategia de evaluación.
- Mecanismos de transferencia de conocimiento.
- Material didáctico.
8.1.4. Contenido Temático de las Capacitaciones
Las temáticas descritas a continuación constituyen el alcance mínimo requerido por JASEC. El contratista podrá proponer contenidos complementarios que agreguen valor a la capacitación, sin menoscabo de los temas mínimos establecidos.
8.1.4.1. Common Information Model (CIM). (Mínimo de 10 horas efectivas de capacitación). La capacitación deberá abordar, como mínimo, los siguientes temas:
- Fundamentos del estándar CIM.
- Normas IEC 61968 e IEC 61970.
- Modelado de activos y recursos eléctricos.
- Modelado de redes eléctricas.
- Interoperabilidad entre sistemas.
- Integración de plataformas GIS, OMS, CIS, ERP y AMI.
- Intercambio de información mediante CIM.
- Gobierno y calidad de datos.
- Casos prácticos aplicados al sector eléctrico.
- Aplicación de CIM en proyectos Smart Grid y AMI.
8.1.4.2. MultiSpeak. (Mínimo de 6 horas efectivas de capacitación), La capacitación deberá abordar, como mínimo, los siguientes temas:
- Introducción al estándar MultiSpeak.
- Arquitectura y componentes de MultiSpeak.
- Interoperabilidad en empresas distribuidoras de energía.
- XML y Web Services en MultiSpeak.
- APIs e interfaces de integración.
- Integración entre CIS, OMS, GIS y AMI.
- Pasos de uso para empresas de distribución de energía eléctrica.
- Buenas prácticas de implementación.
- Análisis de escenarios reales de integración.
8.1.4.3. Enterprise Service Bus (ESB). (Mínimo de 10 horas efectivas de capacitación) La capacitación deberá abordar, como mínimo, los siguientes temas:
- Fundamentos de Enterprise Service Bus (EBS).
- Arquitectura orientada a servicios (SOA).
- Integración basada en APIs.
- Servicios web SOAP y REST.
- Mediación y enrutamiento de mensajes.
- Transformación de datos.
- Patrones de integración empresarial.
- Gobierno y monitoreo de integraciones.
- Integración de sistemas GIS, OMS, CIS, ERP, SCADA y AMI.
- Casos prácticos de integración empresarial.
8.1.5. Adecuación a la realidad de JASEC.
El contenido deberá incorporar ejemplos, ejercicios o casos prácticos relacionados con la arquitectura tecnológica, procesos de interoperabilidad y proyectos estratégicos de JASEC, especialmente aquellos vinculados al Proyecto AMI y a los procesos de transformación digital institucional.
Como caso de uso se deberá integrar lecturas, perfiles de carga, mediciones de tensión, estado de los relés entre otros.
8.1.6. Cantidad máxima de participantes por actividad.
Cada actividad de capacitación solicitada por JASEC deberá contemplar la participación de hasta veinte (20) funcionarios, sin que ello genere costos adicionales para la Institución.
La cantidad definitiva de participantes será comunicada por el fiscalizador del contrato al momento de emitir la orden de pedido correspondiente.
En caso de que JASEC requiera una cantidad superior de participantes para una actividad específica, las condiciones correspondientes serán definidas en la respectiva orden de pedido o mediante acuerdo entre las partes.
8.1.7. Los servicios de capacitación deberán coordinarse con el fiscalizador del contrato designado por JASEC.
8.1.8. Cuando las capacitaciones se desarrollen en modalidad virtual, el contratista deberá autorizar y facilitar la grabación de las sesiones para uso exclusivamente interno de JASEC, salvo limitaciones de licenciamiento previamente justificadas.
8.1.9. El contratista podrá asignar uno o varios instructores para la ejecución de las distintas actividades de capacitación, siempre que cada uno de ellos cumpla con los requisitos académicos y de experiencia establecidos en el presente pliego de condiciones para la temática correspondiente. No será requisito que un mismo instructor imparta todas las capacitaciones objeto de esta contratación.
8.1.10. El contratista deberá informar al fiscalizador del contrato, previo al inicio de cada capacitación, el nombre, perfil profesional y experiencia del instructor o instructores que participarán en la actividad programada.
8.1.11. El contratista deberá entregar al fiscalizador del contrato el material didáctico correspondiente a cada capacitación, en formato digital y en idioma español.
8.1.12. Al menos el ochenta por ciento (80%) del material didáctico suministrado deberá encontrarse en idioma español. Cuando, por la naturaleza especializada de la temática, sea necesario utilizar documentación técnica, normas, manuales, artículos o recursos elaborados originalmente en otro idioma, el contratista deberá garantizar su adecuada explicación durante la capacitación y proporcionar, cuando sea posible, los materiales complementarios o resúmenes de apoyo en idioma español.
8.1.13. El contratista deberá procurar que los participantes alcancen los objetivos de aprendizaje establecidos para cada actividad de capacitación. Para ello, podrá aplicar evaluaciones diagnósticas, ejercicios prácticos, estudios de caso, evaluaciones finales u otros mecanismos que permitan medir el nivel de comprensión y la transferencia de conocimiento adquirida por los participantes.
8.1.14. Asimismo, el enfoque metodológico deberá orientarse a la aplicación práctica de los conocimientos en las actividades relacionadas con interoperabilidad, integración de sistemas, Common Information Model (CIM), MultiSpeak, Enterprise Service Bus (ESB), Smart Grid e Infraestructura de Medición Avanzada (AMI).
8.1.15. Desarrollar e impartir los contenidos de capacitación solicitados por JASEC, incluyendo exposiciones, talleres, ejercicios prácticos, análisis de casos y demás actividades que faciliten la transferencia efectiva de conocimiento a los funcionarios participantes.
8.1.16. Emitir informes de ejecución de cada capacitación impartida, los cuales deberán contener como mínimo la temática desarrollada, fechas de ejecución, cantidad de horas impartidas, instructor responsable, cantidad de participantes, materiales entregados, índices de participación, desempeño y observaciones relevantes.
8.1.17. Entregar todos los informes, materiales, registros y demás productos asociados a la contratación en formato digital y en idioma español, a los medios indicados por el fiscalizador del contrato.
8.1.18. Para cada actividad de capacitación impartida, el contratista deberá entregar como mínimo los siguientes productos:
- a) Presentación utilizada durante la capacitación.
- b) Material didáctico, guías, ejercicios prácticos o documentación complementaria utilizada durante la actividad.
- c) Lista digital de asistencia, la cual deberá incluir como mínimo el nombre del participante, fecha de la capacitación, horario de impartición, nombre de la actividad y cualquier otro dato requerido por el fiscalizador del contrato.
- d) Certificados de participación o aprovechamiento, cuando corresponda.
- e) Informe de ejecución de la capacitación.
- f) Evidencia de evaluación aplicada a los participantes, cuando forme parte de la metodología propuesta.
8.1.19. El fiscalizador podrá convocar reuniones de coordinación, seguimiento o evaluación, presenciales o virtuales, relacionadas con la ejecución contractual, las cuales deberán ser atendidas por el representante del contratista o por el instructor asignado a la capacitación correspondiente.
8.1.20. El contratista deberá incluir en la oferta todos los medios electrónicos para notificaciones y coordinación, tales como correo electrónico, teléfono de oficina y número celular de contacto.
8.1.21. Brindar atención a consultas técnicas relacionadas con los contenidos impartidos, durante la ejecución contractual, cuando así sea requerido por el fiscalizador del contrato, dentro de un plazo razonable acorde con la complejidad de la consulta.
5.1.22. El contratista deberá emitir certificados de participación o aprovechamiento para los funcionarios que completen satisfactoriamente las actividades de capacitación, cuando así corresponda.
8.1.23. Los certificados deberán ser entregados en formato digital dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la finalización de la capacitación. Los certificados deberán indicar como mínimo:
- Nombre de la actividad de capacitación.
- Nombre del participante.
- Fecha de realización.
- Cantidad de horas impartidas.
- Nombre del instructor o instructores.
- Nombre de la organización o empresa capacitadora.
- Certificado de aprovechamiento en caso se superar una evaluación superior al 80 por ciento, de lo contrarios sería e participación.
8.1.24. Todos los materiales didácticos, presentaciones, guías, ejercicios, documentos técnicos y demás recursos suministrados por el contratista durante la ejecución de las capacitaciones mantendrán los derechos de propiedad intelectual de sus respectivos autores o titulares.
8.1.25. No obstante, JASEC podrá utilizar dichos materiales para fines internos de consulta, transferencia de conocimiento, capacitación institucional y fortalecimiento de capacidades de su personal, sin fines comerciales y respetando los derechos de propiedad intelectual del contratista.
8.1.26. JASEC podrá conservar los materiales, presentaciones, guías, informes y demás entregables suministrados por el contratista como parte del expediente contractual y utilizarlos posteriormente para actividades internas de consulta, capacitación, transferencia de conocimiento y fortalecimiento de capacidades institucionales, sin fines comerciales y respetando los derechos de propiedad intelectual de sus autores o titulares.
8.1.27. La entrega del material no implicará transferencia de la titularidad de los derechos de autor ni autorización para su comercialización, distribución externa o divulgación a terceros ajenos a JASEC sin la autorización previa del titular de dichos derechos.
8.1.28. El contratista y el personal asignado a la ejecución de la contratación deberán apegarse a las normas de ética profesional y confidencialidad, por lo que no podrán revelar información de carácter técnico, operativo, estratégico o confidencial propiedad de JASEC, sin la autorización previa y escrita de la autoridad competente.
8.1.29. Cuando sea requerido por JASEC, el contratista deberá adaptar los contenidos de las capacitaciones a la realidad institucional, incorporando casos prácticos relacionados con interoperabilidad, integración de sistemas, AMI, Smart Grid, GIS, OMS, CIS, ERP, SCADA y demás plataformas tecnológicas de interés para la organización.
8.1.30. La sustitución de cualquier instructor propuesto en la oferta o asignado para la ejecución de una capacitación requerirá la aprobación previa y por escrito de JASEC, por medio del fiscalizador del contrato.
8.1.31. El contratista deberá aportar la información académica y profesional del instructor sustituto para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el cartel. El instructor sustituto deberá poseer calificaciones, experiencia y conocimientos iguales o superiores a los acreditados por el instructor originalmente propuesto para la especialidad correspondiente.
8.1.32. JASEC se reserva el derecho de rechazar la sustitución cuando el perfil propuesto no cumpla con los requisitos del cartel o cuando se considere que podría afectar la calidad del servicio contratado.
8.1.33. Reprogramación de actividades de capacitación.
JASEC podrá reprogramar cualquier actividad de capacitación previamente solicitada, notificando al contratista con al menos tres (3) días hábiles de antelación a la fecha programada para su ejecución.
La reprogramación deberá coordinarse entre el fiscalizador del contrato y el contratista, procurando definir una nueva fecha dentro de un plazo razonable y sin afectar el cumplimiento de los objetivos de la contratación.
La reprogramación realizada por JASEC conforme a lo indicado en el presente apartado no generará costos adicionales, penalidades, indemnizaciones ni cargos de ningún tipo para la Institución.
8.1.34. Suspensión o reprogramación por fuerza mayor o caso fortuito
La reprogramación, suspensión o interrupción de una actividad de capacitación por razones de fuerza mayor, caso fortuito, emergencias nacionales, condiciones climáticas adversas, fallas de conectividad, indisponibilidad de instalaciones, requerimientos institucionales urgentes o cualquier otra situación debidamente justificada y fuera del control razonable de las partes, no generará penalidades, indemnizaciones, multas ni costos adicionales para JASEC ni para el contratista.
En dichos casos, las partes coordinarán de buena fe una nueva fecha, horario o modalidad de ejecución de la actividad afectada, procurando garantizar la continuidad del proceso de capacitación y el cumplimiento de los objetivos de la contratación.
8.1.35. Aprobación del servicio
Corresponderá al fiscalizador del contrato verificar que la capacitación fue ejecutada satisfactoriamente conforme a lo solicitado por JASEC. La conformidad del servicio será requisito para la tramitación del pago correspondiente.
8.1.36. Recepción de la capacitación
La recepción de cada capacitación se realizará mediante la aprobación del informe de ejecución por parte del fiscalizador del contrato, quien verificará el cumplimiento de los objetivos de aprendizaje, la cantidad de horas impartidas, los entregables requeridos, la lista de asistencia, los certificados emitidos y las demás condiciones establecidas en la respectiva orden de pedido.
Asimismo, el fiscalizador verificará la conformidad de los materiales didácticos, presentaciones, certificados, informes y demás entregables generados durante la capacitación, previo a la aprobación del servicio para efectos de pago.
La aprobación del informe por parte del fiscalizador constituirá la recepción satisfactoria del servicio brindado y será requisito para la tramitación del pago correspondiente.
8.1.37. Seguimiento contractual
JASEC podrá realizar reuniones de seguimiento, evaluación o retroalimentación durante la vigencia contractual, con el propósito de verificar la calidad de los servicios brindados, el cumplimiento de los objetivos de capacitación y la adecuada transferencia de conocimiento a los funcionarios participantes.
8.1.38. Evaluación de satisfacción
JASEC podrá aplicar instrumentos de evaluación o encuestas de satisfacción a los participantes de cada capacitación para valorar la calidad de los contenidos, el desempeño de los instructores, la metodología utilizada y el cumplimiento de los objetivos de aprendizaje definidos para cada actividad.
8.1.39. Acciones correctivas derivadas de la evaluación de satisfacción
Cuando una capacitación obtenga una calificación promedio inferior al ochenta por ciento (80%) de satisfacción, el fiscalizador del contrato podrá solicitar al contratista la implementación de acciones correctivas orientadas a mejorar la calidad de futuras actividades de capacitación, y complementar las capacitaciones y impartidas.
Las acciones correctivas podrán incluir ajustes metodológicos, mejoras en los contenidos, adecuación del material didáctico, fortalecimiento de las actividades prácticas, sustitución del instructor o cualquier otra medida razonablemente relacionada con la mejora del servicio.
La implementación de las acciones correctivas deberá realizarse dentro del plazo que establezca el fiscalizador del contrato, de conformidad con la naturaleza de las observaciones identificadas.
8.1.40. Certificación y cierre
Una vez finalizada la capacitación, el contratista deberá entregar los certificados de participación o aprovechamiento, cuando corresponda, así como toda la documentación asociada a la actividad.
- SOLICITUD Y EVALUACION DE MUESTRAS.
No aplica para este proceso de contratación.
- SISTEMA DE CALIFICACIÓN
10.1. Evaluación de las ofertas
La calificación de las ofertas se realizará de acuerdo con los criterios que se describen en la siguiente tabla:
- Precio ofertado por hora de capacitación especializada (40 puntos)
La asignación de puntaje se realizará mediante la siguiente fórmula:
Puntaje = (Precio menor ofertado / Precio de la oferta en evaluación) × 40
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Donde:
- Precio menor ofertado = Menor precio elegible ofertado.
- Precio de la oferta en evaluación = Precio de la oferta que se está calificando.
- 40 = Puntaje máximo asignado al factor precio.
Donde:
- Precio menor ofertado: corresponde al menor precio elegible ofertado por hora de capacitación especializada.
- Precio de la oferta en evaluación: corresponde al precio por hora de capacitación especializada de la oferta que se encuentra en evaluación.
Para efectos de evaluación, se considerará el precio total ofertado, incluyendo todos los costos asociados, impuestos aplicables, materiales, licencias, plataforma tecnológica, viáticos y cualquier otro gasto requerido para la correcta ejecución del servicio.
Las ofertas que resulten inelegibles o incumplan los requisitos de admisibilidad no serán consideradas para la aplicación de esta fórmula.
- Experiencia del instructor o equipo de instructores en capacitaciones especializadas (25 puntos)
Se otorgarán puntos al oferente según la experiencia acumulada del instructor o equipo de instructores propuesto para impartir las capacitaciones objeto de la contratación.
La experiencia deberá acreditarse mediante currículum vitae, certificaciones, contratos, cartas de referencia u otra documentación idónea, que debe aportarse con los requisitos de admisibilidad, al afectar la evaluación no serán subsanables.
- Experiencia en el sector eléctrico, Smart Grid o AMI (15 puntos)
Se otorgará puntaje al instructor o equipo de instructores que hayan participado en proyectos relacionados con:
- Empresas eléctricas.
- Utilities.
- Smart Grid.
- Infraestructura de Medición Avanzada (AMI).
- Integración de sistemas eléctricos.
- Interoperabilidad entre plataformas GIS, OMS, CIS, SCADA, ERP o equivalentes.
- Formación académica y certificaciones especializadas (10 puntos)
Cuando el oferente presente varios instructores, se considerará para la evaluación el perfil de los instructores asignados a cada especialidad.
- Compra Pública Estratégica (5 puntos)
A los oferentes que presenten en su oferta Copia de certificado vigente de alguna de las siguientes normas ISO 14001, INTE 12-01-06 (carbono neutral), ISO 50001 (gestión de la energía). El certificado debe ser emitido por un Ente Certificador, acreditado con la norma correspondiente, ya sea con el ECA o reconocido por éste, en cumplimiento con la Ley 8279.
Forma de acreditación:
La Administración asignará los puntos de forma acumulativa según los criterios acreditados por el oferente en su propuesta metodológica. Para la obtención del puntaje correspondiente, el oferente deberá demostrar documentalmente el cumplimiento de cada criterio.
La ausencia de evidencia documental o la falta de descripción de alguno de los criterios implicará la no asignación del puntaje correspondiente.
- PYMES (10 puntos)
Se otorgará 10 puntos al oferente que presente una certificación emitida por el MEIC, donde indique que el mismo se encuentra vigente como PYME.
- LUGAR DE ENTREGA DEL BIEN O SERVICIO
Las sesiones podrán impartirse en modalidad presencial, virtual o mixta, según lo defina JASEC.
En caso de sesiones presenciales, estas se realizarán en las instalaciones que designe JASEC o en el lugar previamente acordado entre las partes. Para las sesiones virtuales, el contratista deberá utilizar la plataforma tecnológica que se coordine con el fiscalizador del contrato. Las capacitaciones virtuales podrán realizarse mediante Microsoft Teams, Zoom, Webex o cualquier otra plataforma previamente aprobada por JASEC.
- PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO
Una vez notificada la orden de compra / contrato SICOP, el fiscalizador del contrato o su suplente coordinará con el contratista, mediante correo electrónico, la programación de la capacitación requerida, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles (orden de inicio), el contratista tendrá la obligación de impartir las capacitaciones en un plazo máximo de 20 días hábiles después de dada la orden de inicio.
El plazo de ejecución de cada sesión será aprobado previamente por JASEC en, considerando la complejidad de la actividad, la cantidad de horas requeridas y la disponibilidad institucional.
Dicho plazo se establecerá en días hábiles y comenzará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la notificación de la orden de inicio al contratista.
El contratista deberá coordinar con el fiscalizador del contrato la fecha, horario, modalidad de impartición, instructor asignado y demás aspectos necesarios para la adecuada ejecución de la capacitación solicitada.
La vigencia del contrato será de hasta un (1) año contado a partir de la emisión de la orden de inicio. La ejecución de los servicios se realizará bajo la modalidad de entrega única.
Para efectos de planificación y control contractual, se estima una necesida mínima de veinte seis (26) horas de capacitación especializada, distribuidas entre las temáticas de Common Information Model (CIM) (mínimo de 10 horas efectivas de capacitación), MultiSpeak (mínimo de 6 horas efectivas de capacitación) y Enterprise Service Bus (ESB) (mínimo de 10 horas efectivas de capacitación). No obstante, dicha cantidad constituye la referencia mínima por tema, la cual podría ser más dependiendo de la complejidad del tema a criterio del contratista.
- GARANTÍA.
13.1. Garantía de cumplimiento.
El adjudicatario deberá rendir una garantía de cumplimiento equivalente al 5% del monto total adjudicado, la cual permanecerá vigente durante toda la ejecución contractual y hasta la recepción definitiva de los servicios.
13.2. Garantía del servicio.
No aplica por el tipo de servicio.
- FORMA DE PAGO.
La forma de pago será crédito a 30 días naturales una vez aceptado el Hito correspondiente mediante formulario PARF.PR4.FM1.04 Acta de Recepcion de Servicios.
Para efectos de pago, debe agregarse a su factura el número de cuenta (IBAN) y Banco donde deberá transferirse el monto adjudicado.
La cuenta para la transferencia bancaria respectiva deberá estar a nombre de la persona física o jurídica que se presenta a concurso como oferente.
La facturación deberá realizarse de forma electrónica conforme los lineamientos de la Dirección General de Tributación, deberá enviarse los archivos XML y PDF correspondientes a la dirección de correo electrónico factura.electronica@jasec.go.cr con copia al fiscalizador del contrato.
Los pagos efectuados a empresas extranjeras que se originan de servicios prestados en el territorio nacional generan la obligación de practicar retención.
La tarifa que se debe aplicar depende del concepto a remesar, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
JASEC no reconocerá al contratista gastos que tengan origen en comisiones y transferencias bancarias, o similares, relacionados con el pago de los servicios.
Las facturas deberán ser timbradas, atendiendo la regulación de la Dirección General de Tributación Directa.
Comprobantes Electrónicos
- El comprobante electrónico debe ser emitido a nombre de JASEC, con su respectiva cédula jurídica y debe incluir en su detalle: número de orden de compra, nombre y correo electrónico del fiscalizador.
- El comprobante electrónico para su aceptación tributaria debe ser remitido a la dirección de correo del fiscalizador, como también a la dirección: factura.electronica@jasec.go.cr.
- En caso de inconsistencias en los comprobantes electrónicos el Fiscalizador le notificará al Proveedor el cual deberá emitir las Nota de Débito o Crédito en un plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a su notificación.
- Los proveedores deberán de remitir tres archivos que se mencionan a continuación:
- Factura electrónica (versión gráfica PDF).
- Archivo en formato XML.
- Archivo en formato XML (Aceptación Tributaria).
JASEC cuenta con el contenido presupuestario suficiente para la contratación de servicios de capacitación especializada mediante la reserva presupuestaria N° 24126 en el centro de presupuesto 01-01-14-01-01, partida 01-07-01-00 por un monto total de ₡ 8,418,500.00 IVA Incluido. Este monto reservado es suficiente para cubrir las erogaciones que produzca este proceso de contratación.
- FISCALIZADOR DEL CONTRATO.
El fiscalizador del contrato es Marco Centeno Masís, correo electrónico marco.centeno@jasec.go.cr, teléfono 2550-6800 ext. 7622 y el suplente en caso de ausencia es Mariela Peña Brenes, correo electrónico mariela.brenes@jasec.go.cr, teléfono 2550-6800 ext. 7622.
- DECLARACION JURADA
Se adjunta el formulario PALI.PR1.FM22 - Declaración Jurada.
- CONDICIONES GENERALES O PARTICULARES:
El oferente, debe aceptar declarar la confidencialidad de la información a la cual tenga acceso como parte del presente contrato.
- MULTAS
No hay multas adicionales.
- CLAUSULA PENAL
Este formato está definido por el Departamento Proveeduría para clausulas penales. En el caso de que el técnico requiera cambiar la metodología y porcentajes deberá aportar una amplia justificación incorporando la información de los parámetros y un criterio del Área Financiera que respalde los cálculos.
Por lo anterior se mantendrá la siguiente estimación de cláusula penal:
JASEC define la siguiente forma de cálculo de los porcentajes de la cláusula penal. Se tomará como base la valoración de cuatro (4) factores, que a continuación se describen:
Para cada factor, el área técnica deberá realizar la valoración cualitativa y cuantitativa, la cual se observa en la siguiente Tabla:
Calificación de importancia de la cláusula penal y porcentaje a aplicar
El siguiente cuadro describe el puntaje por asignar por el técnico, estableciendo dos escenarios por parte del Departamento Proveeduría, con el fin de aplicar el porcentaje de clausula penal por día de atraso con una tolerancia prudencial.
En la siguiente Tabla N°2, describe cada factor aplicado la metodología de evaluación, donde se deberá escoger cada caso a aplicar y conjuntamente su puntación.
A continuación, se indican los motivos de la puntuación brindada en cada uno de los factores por parte del usuario técnico:
Obteniendo como resultado el porcentaje de la cláusula penal de 0.45%, por día de atraso.
Factor 1. Plazo o tiempo de ejecución.
El servicio contratado tiene incidencia directa en el fortalecimiento de las capacidades técnicas institucionales, al proporcionar conocimientos especializados en estándares de interoperabilidad, integración de sistemas informáticos y arquitecturas empresariales aplicables a los procesos de transformación digital y Redes Eléctricas Inteligentes que desarrolla JASEC. Una ejecución deficiente o incompleta podría afectar la transferencia efectiva del conocimiento requerido para apoyar la definición de futuras arquitecturas tecnológicas, iniciativas de integración de sistemas y proyectos de modernización institucional. Por lo tanto, el análisis aplica para el caso 3, con 10 puntos.
Factor 2. Riesgos del incumplimiento
El incumplimiento del servicio genera riesgos que afectan el fortalecimiento de las capacidades técnicas institucionales requeridas para la adecuada planificación, diseño, evaluación e implementación de iniciativas relacionadas con interoperabilidad, integración de aplicaciones, gestión de datos y transformación digital. Asimismo, podría limitar la capacidad institucional para formular requerimientos técnicos especializados y evaluar adecuadamente futuras inversiones tecnológicas asociadas a plataformas como GIS, AMI, OMS, DMS, SCADA, CIS y soluciones de integración empresarial. Por lo tanto, el análisis aplica para el caso 2, con 20 puntos.
Factor 3. Consecuencias del incumplimiento.
El incumplimiento tendría un impacto significativo sobre los procesos de fortalecimiento institucional vinculados con la adopción de estándares y buenas prácticas internacionales en materia de interoperabilidad e integración de sistemas. La ausencia de la capacitación limitaría la generación de capacidades internas necesarias para apoyar iniciativas estratégicas relacionadas con el Common Information Model (CIM), MultiSpeak, Enterprise Service Bus (ESB), gobernanza de datos y evolución de la arquitectura tecnológica institucional. Por lo tanto, el análisis aplica para el caso 2, con 20 puntos.
Factor 4. Estimador del monto total a contratar.
El monto estimado de la contratación asciende aproximadamente a 8,418,500.00 CRC con IVA incluido, correspondiente a un programa de capacitación especializada de 20 horas para 20 participantes. Considerando el valor económico de la contratación, el análisis aplica para el caso 1, con 10 puntos.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Esta sección establece las condiciones generales aplicables al procedimiento de licitación tramitado por la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago, en adelante denominada JASEC.
Para una correcta interpretación de estas condiciones generales, se deberá considerar en conjunto lo dispuesto en:
- La Sección II, que detalla las Condiciones Específicas de la contratación, incluidas las especificaciones técnicas. En caso de contradicción entre las condiciones generales y las especificaciones técnicas contenidas en la Sección II, prevalecerá lo dispuesto en estas últimas.
El régimen jurídico aplicable a este procedimiento de contratación se encuentra establecido en los siguientes instrumentos normativos:
- El artículo 5 de la Ley General de Contratación Pública N.º 9986, publicada en el Alcance N.º 109 a La Gaceta N.º 103 del lunes 31 de mayo de 2021.
- El Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, contenido en el Decreto Ejecutivo N.º 43808-H, publicado en el Alcance N.º 258 a La Gaceta N.º 229 del miércoles 30 de noviembre de 2022.
Este pliego de condiciones se estructura en dos secciones principales, que deben ser leídas e interpretadas de forma integral para garantizar el cumplimiento de los requisitos del procedimiento.
- SECCIÓN PRIMERA: CONDICIONES GENERALES DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARA TODO TIPO DE LICITACIONES REDUCIDAS, MENORES Y MAYORES.
CAPÍTULO I
1.- GENERALIDADES
Podrán participar en esta licitación las personas físicas o jurídicas que presenten su oferta, ya sea actuando directamente, por medio de su representante legal, o a través de un representante de casas extranjeras debidamente autorizado.
Por el solo hecho de presentar su oferta, el oferente declara y acepta lo siguiente:
a) Que conoce íntegramente los documentos referentes a esta Licitación y sus modificaciones y que acepta todos los términos y condiciones contenidos en ellos.
- Que se somete a las leyes y Tribunales de Costa Rica en todo lo concerniente a los trámites del presente proceso licitatorio y a la ejecución del contrato. En el caso de oferentes extranjeros, se declara expresamente la renuncia a cualquier intervención o reclamación diplomática en su favor.
- Que acepta la jurisdicción nacional para resolver cualquier controversia directa o indirectamente relacionada con el contrato, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción.
- Que cumple estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social respecto de sus trabajadores.
- Que se encuentra inscrito y al día en la plataforma SICOP. Se aclara que JASEC no realiza pagos a través de dicha plataforma, por lo que, en caso de resultar adjudicatario, el oferente deberá inscribirse en el Registro de Proveedores de JASEC.
- Que, en el caso de oferentes extranjeros, estos podrán participar directamente o mediante un representante de casas extranjeras debidamente autorizado por el principal. Dicho representante también podrá presentar la oferta a nombre de un tercero, siempre que se acredite la existencia de un contrato de representación válido.
- OFERTAS ELECTRÓNICAS
- REQUISITOS DE LAS OFERTAS
Toda oferta deberá ser elaborada y presentada en el Sistema Unificado de Compras Públicas, a más tardar a la hora y fecha señalada en el pliego de condiciones, como cierre de recepción de ofertas.
Las ofertas deberán cumplir los siguientes aspectos:
- La redacción en idioma español. La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español, salvo que en el pliego de condiciones se permitan otros idiomas con la traducción debidamente consularizada o se acepte una traducción libre de su texto.
- Debe ser firmada por persona con capacidad legal.
- El Oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de partidas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar en las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se permite la cotización parcial de una línea.
- Todas las unidades de medidas que se utilicen en la oferta deben estar dadas en el Sistema Internacional (S.I.) de Pesos y Medidas.
- En el pliego de condiciones se indicará cuando se aceptan ofertas alternativas. Se entenderá por oferta alternativa una propuesta distinta a la definida en el pliego de condiciones, respetando el núcleo del objeto y la necesidad a satisfacer, que puede ser conveniente y oportuna para la entidad. La Institución en la sección correspondiente indicará la cantidad máxima de ofertas base y alternativas que se permitirán. Para efectos de presentar varias ofertas, el Oferente deberá registrarlas de forma separada en el Sistema Unificado de Compras Públicas.
- Aportar manuales o documentación técnica como un archivo en PDF o GIF.
- Para las muestras del producto a ofertar, deberá señalarse el lugar de entrega, custodia, análisis y el plazo para la devolución.
- Aportar los tributos que afectan los precios, cuando se omitan se presumen incluidos en el precio cotizado.
- El ofertante nacional o extranjero deberá aportar en la oferta, Declaración Jurada que no le afecta el régimen de prohibiciones establecido en los numerales N°28 y N°29 Ley General de Contratación Pública Nº9986. Además, deberá confirmar si no hay conflicto de intereses con algún funcionario que tramite o realice estudios o criterios en el concurso y la aceptación de la cláusula COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN establecida en la sección segunda.
- CRITERIOS COMPARATIVOS PARA EVALUAR Y ADJUDICAR
En la ponderación de las ofertas, se considerarán los factores que se definen en la sección de especificaciones técnicas.
- Tratándose de contrataciones de objeto múltiple, la evaluación se hará para cada una de las líneas o grupos de líneas definidos en el requerimiento, según se haya establecido en este pliego de condiciones por lo que JASEC podrá acordar la adjudicación parcialmente entre uno o más oferentes según convenga a sus intereses.
- En caso de recibir propuestas en distintas monedas, y únicamente para efectos del estudio comparativo de precios de las ofertas, el Sistema Unificado de Compras Públicas las convertirá a una misma moneda aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la apertura de ofertas.
- Cuando se trate de la adquisición de bienes, el oferente, deberá indicar las normas bajo las cuales se fabricarán y para los repuestos genuinos o la fabricación de piezas que por su aplicación dentro del proyecto pueda tener el carácter de "especial”.
- La Administración se reservará el derecho de adjudicar el concurso a uno o más oferentes en forma total o parcial, por partidas según lo indicado en el pliego de condiciones.
- En caso de que al concurso no se presenten ofertas o las que lo hicieren no se ajusten a los requerimientos sustanciales, la Administración declarará infructuoso el concurso. Cuando, existiendo ofertas elegibles, pero por razones de interés público no se recomiende adjudicar, la Administración mediante acto motivado declarará desierto el concurso.
- La Administración se reservará el derecho de adjudicar al segundo mejor oferente en caso de declarar insubsistente el concurso.
- PLAZO PARA ADJUDICACIÓN
El Acto Final será comunicado a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
Este acto se emitirá dentro del plazo máximo establecido en la Sección Segunda de este pliego de condiciones, contado a partir del día hábil siguiente a la recepción de las ofertas.
JASEC se reserva la facultad discrecional de adjudicar parcialmente o de declarar desierta la presente contratación, según lo estime conveniente a sus intereses institucionales.
En caso de que se ofrezcan bienes sujetos a desgravación arancelaria, y para efectos de comparación de ofertas, JASEC adicionará a aquellas propuestas cotizadas en moneda extranjera —que no incluyan productos desgravados— el valor correspondiente a los impuestos y derechos de importación, en la proporción que corresponda.
- GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO
Las garantías de cumplimiento deberán ser depositadas a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), conforme a los términos y cuentas bancarias de JASEC indicados en dicha plataforma.
En caso de que JASEC se vea en la necesidad de ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario estará obligado a presentar una nueva garantía, de forma que el contrato permanezca debidamente respaldado hasta su total ejecución.
Es responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido formalmente el objeto contractual. Si, un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha gestionado su prórroga, la Administración podrá hacerla efectiva de manera preventiva y mantener los fondos en una cuenta bajo custodia. Dichos fondos servirán como medio de resarcimiento en caso de incumplimiento. En este supuesto, el contratista podrá presentar una nueva garantía que sustituya el monto retenido.
La garantía otorgada por los fabricantes sobre materiales y equipos no podrá ser inferior a doce (12) meses contados a partir de la entrada en operación de los equipos o del uso de los materiales, o veinticuatro (24) meses posteriores a su aceptación por parte de JASEC, lo que ocurra primero.
Cuando el oferente de los materiales o equipos sea un exportador, este asumirá responsabilidad solidaria con el fabricante respecto al cumplimiento de las garantías estipuladas en el presente procedimiento de contratación.
- FORMA DE PAGO
La forma habitual de pago en JASEC es mediante transferencia bancaria, a crédito, con un plazo de treinta (30) días naturales, contado a partir de la verificación satisfactoria del cumplimiento de las obligaciones contractuales.
En caso de requerirse una modalidad de pago distinta, esta deberá ser coordinada previamente con los Departamentos de Tesorería y Proveeduría. JASEC podrá aplicar, según corresponda, las siguientes modalidades de pago:
- Pago por resultados
- Pago por precio-volumen
- Pago en función del uso
Cuando se trate de pagos a empresas extranjeras por servicios prestados dentro del territorio nacional, se generará la obligación de practicar la retención correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. La tarifa aplicable dependerá del concepto específico del pago a remesar, según lo establecido en dicha normativa
Toda oferta que proponga una forma de pago distinta a la establecida será declarada inadmisible.
La factura deberá detallar, por cada línea adjudicada, el porcentaje correspondiente del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable al monto total.
JASEC se reserva el derecho de retener hasta un 5% de las sumas por pagar al adjudicatario en caso de incumplimientos contractuales. Esta retención podrá aplicarse de forma directa o, en su defecto, mediante la ejecución parcial de la garantía de cumplimiento, según lo que resulte más conveniente para la Administración según el artículo 115 Decreto 43808-H.
Retenciones en el pago: JASEC se reserva el derecho de retener hasta un 10% de las sumas a pagar en caso de incumplimientos contractuales por parte del adjudicatario. Esta retención podrá aplicarse directamente o, en su defecto, mediante la ejecución parcial de la garantía de cumplimiento, según lo que resulte más conveniente para la Administración.
En el caso de pagos a empresas extranjeras por servicios prestados dentro del territorio nacional, se generará la obligación de practicar la retención correspondiente, conforme al artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. La tarifa aplicable dependerá del concepto específico del pago a remesar.
Todo pago a cargo de la Administración se realizará una vez efectuada la recepción definitiva de los bienes o servicios contratados. Esta recepción no exime al contratista de su responsabilidad por vicios ocultos, conforme a lo dispuesto en los artículos 284 y 285 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.º 43808-H)
- TRÁMITES DE EXONERACIÓN
JASEC no cuenta con exoneración tributaria ante el Ministerio de Hacienda. Por tanto, en el caso de productos importados cuya empresa oferente esté domiciliada fuera del territorio nacional, los precios deberán cotizarse bajo el término Incoterms 2020: DDP (Delivered Duty Paid) – Bodegas JASEC.
Cualquier oferta que indique un lugar de entrega distinto al señalado será considerada inelegible.
Todo el trámite de nacionalización será de entera responsabilidad del contratista, quien deberá asumir todos los costos asociados, incluyendo, pero no limitándose a:
- Contratación de una agencia aduanal.
- Pago de bodegaje en el almacén fiscal.
- Transporte desde el almacén fiscal hasta el sitio de entrega.
- Descarga del material en el lugar de destino.
- Cualquier otro costo directo o indirecto derivado del proceso de importación y entrega.
JASEC no asumirá, en ninguna circunstancia, el pago de bodegaje, impuestos, tributos ni ningún otro gasto relacionado con la nacionalización de la mercadería.
La entrega se considerará completada únicamente cuando la mercadería haya sido descargada (puesta en el suelo) en el sitio de entrega designado. Solo a partir de ese momento, el contratista quedará liberado de responsabilidad sobre el bien entregado.
- DESGRAVACIÓN ARANCELARIA
Los proveedores que ofrezcan bienes sujetos a beneficios de desgravación arancelaria establecidos en instrumentos bilaterales o multilaterales de comercio suscritos y ratificados por la República de Costa Rica deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Indicar en su oferta la partida, subpartida o fracción arancelaria correspondiente a los bienes ofertados.
- Declarar bajo juramento que los bienes estarán acompañados de los certificados de origen que respalden la información arancelaria proporcionada en la oferta.
El incumplimiento de estos requisitos podrá dar lugar a la descalificación de la oferta o a la aplicación de las sanciones correspondientes, conforme a la normativa vigente.
- TIEMPO Y FORMA DE ENTREGA
En caso de que la oferta incluya materiales o equipos a importar, deberá indicarse expresamente el tiempo estimado para el embarque, conforme a lo establecido en la legislación tributaria costarricense.
El plazo de entrega se contará a partir del día hábil siguiente a la notificación de la Orden de Compra. Dicho plazo deberá ser indicado en la oferta en días naturales o hábiles, según corresponda.
El adjudicatario deberá acompañar cada bulto enviado a JASEC con la documentación correspondiente, la cual deberá detallar de forma precisa:
- Contenido de cada bulto
- Precio unitario
- Lista de empaque
- Precio total de los materiales y equipos
En la parte exterior de cada bulto deberá indicarse claramente el número de pedido y la orden de compra. Asimismo, todos los bultos deberán estar debidamente identificados al momento del embarque. No se permitirá la mezcla de materiales correspondientes a diferentes pedidos en un mismo bulto durante el proceso de empaque y embalaje.
Los materiales o equipos que, al momento de la entrega, presenten defectos evidentes e inaceptables a juicio de JASEC, serán rechazados de inmediato y no se considerarán como recibidos. El adjudicatario deberá suministrar los catálogos técnicos que describan los equipos y accesorios entregados.
Para contrataciones en plaza, la oferta deberá indicar el tiempo y lugar de entrega de los materiales y equipos. En caso de adjudicación, el plazo de entrega se contará a partir de la notificación por fax de la Orden de Compra. La mercadería deberá ser entregada en el Almacén de JASEC ubicado en Barrio Fátima o en el Almacén Birrís, según se indique.
- RECLAMOS DE MERCADERÍA
En caso de que el adjudicatario envíe un artículo que no corresponde a lo adjudicado, o que sea defectuoso, JASEC procederá a su devolución siempre y cuando el adjudicatario cancele los gastos de nacionalización. La firma de la solicitud de exoneración de los bienes sustitutos quedará condicionada a la demostración de la cancelación de los gastos de nacionalización de los bienes originalmente exonerados. En caso de que el contratista no desee nacionalizar los bienes defectuosos o diferentes a lo adjudicado, JASEC podrá autorizar la reexportación de dichos bienes en el entendido de que todos los gastos y trámites asociados correrán por cuenta del contratista.
Solo cuando la totalidad de lo adjudicado se halla entregado a satisfacción, en la Bodega de JASEC, el contratista adquirirá el derecho al pago.
En caso de sobrantes de materiales, estos pasarán a ser propiedad de JASEC.
En el caso de compras de importación, los costos asociados a reclamos por faltantes o errores en la entrega de la mercadería se gestionarán de la siguiente manera:
- Faltantes de mercadería:
Durante la revisión en el Almacén de JASEC, se detecta un faltante de productos que sí fueron incluidos en la factura, el adjudicatario será responsable de cubrir todos los costos relacionados con el envío del faltante, incluyendo:
- Impuestos de nacionalización
- Gastos de desalmacenaje
- Costos de entrega en las bodegas de JASEC
- Errores o defectos en la entrega:
El adjudicatario entrega un artículo que no corresponde a lo adjudicado o que presenta defectos, JASEC procederá a su devolución, el adjudicatario asume los gastos de nacionalización de dichos bienes.
En caso de que el contratista no desee nacionalizar los bienes defectuosos o incorrectos, JASEC podrá autorizar su reexportación, bajo el entendido de que todos los gastos y trámites asociados correrán por cuenta del contratista.
- Condición para el pago:
El contratista adquirirá el derecho al pago únicamente cuando la totalidad de los bienes adjudicados haya sido entregada a satisfacción en la bodega de JASEC.
- Sobrantes de materiales:
Cualquier sobrante de materiales entregado pasará a ser propiedad de JASEC, sin que ello implique un ajuste en el monto a pagar.
- OBLIGATORIEDAD DE LA FICHA TÉCNICA Y DE ALMACENAMIENTO
- FICHA TÉCNICA
Con el objetivo de revisar el flujo de proceso que ha seguido la adquisición de productos, los oferentes que participen en los distintos procedimientos ordinarios de contratación pública deben presentar en sus ofertas, como requisito indispensable, la Ficha Técnica de cada producto. Este documento se utilizará para determinar el cumplimiento de las características del objeto(s) exigidas en el pliego de condiciones, en fase de elegibilidad.
Cuando exista discrepancia con el pliego de condiciones se rechaza la mercadería hasta ajustarse el objeto contractual requerido por la administración.
- FICHA DE ALMACENAMIENTO.
Adicionalmente es requisito indispensable, ya sea en la oferta o bien en el momento de la entrega del objeto, actuando como contratista, presentar Ficha de Almacenamiento a efecto de manipular y conservar de forma correcta los artículos correspondientes a los materiales cotizados o adjudicados.
El Departamento Almacén como área responsable de la conservación y custodia del inventario, ha definido los grupos de artículos para los cuales el contratista deberá suministrar la respectiva Ficha de Almacenamiento:
- Transformadores de Distribución Transformadores de Corriente y Transformadores de Potencia.
- Fibra Óptica.
- Equipo Electrónico.
- Contadores y Colectores de Energía.
- Postes Tubulares y de Concreto
- Recloser y controles.
- Productos químicos y conexos como: combustibles, lubricantes, diluyentes, abonos, fertilizantes, insecticida, fungicidas y similares
- Productos tóxicos.
- Equipo especializado para Subestaciones.
- Equipo especializado para Plantas Hidroeléctricas.
- Cable de Potencia Concéntrico.
Si en la oferta no se presentó la Ficha de Almacenamiento, esta deberá entregarse en el Almacén de JASEC designado en la Orden de Compra, junto con la factura comercial. La omisión de su entrega ocasionará que la recepción del objeto contractual se dé en forma provisional bajo protesta, en los términos del artículo N°284 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública DE Nº43808-H, de forma que quedará en suspenso la Recepción Definitiva y por consiguiente el inicio del plazo para efectuar el pago hasta que se subsane este aspecto por parte del contratista.
La Ficha de Almacenaje deberá contener al menos la siguiente información:
Manipulación: Especificar las precauciones necesarias para garantizar un traslado y manipulación sin peligro, tales como el tipo del equipo de manutención a emplear. Incluir recomendaciones sobre medidas de orden técnico y cualquier otra exigencia o norma específica relativa al bien.
Condiciones de Almacenaje: Especificar las condiciones necesarias para el almacenamiento, por ejemplo: si se requiere un lugar fresco o ventilado, si puede estar expuesto a la intemperie, si debe aislarse del suelo para evitar filtraciones de humedad.
Formas de Almacenamiento: Definir el Patrón de Paletizado, la unidad de carga paletizada a utilizar (dimensiones y peso de la carga y/o características de la paleta que se debe utilizar), cantidades máximas de niveles a estibar; dependiendo del material si se requieren durmientes, así como las normas de uso para bobinas de cable.
Condiciones Especiales de Conservación: Cualquier recomendación e información adicional suministrada por el fabricante o por el distribuidor del material, que permita asegurar la conservación del artículo.
En caso de tratarse de equipos y materiales especializados no incluidos en la categorización indicada anteriormente, JASEC se reserva el derecho de solicitar al Contratista posterior a la recepción provisional de los artículos; la respectiva Ficha de Almacenamiento.
- PENALIZACIÓN
El adjudicatario se obliga a cumplir estrictamente con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública N.º 9986, así como con todas las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y los términos de su oferta.
El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en dichos documentos facultará a la Administración para proceder con la resolución del contrato y la ejecución de la garantía de cumplimiento, previa audiencia otorgada al contratista, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para el resarcimiento de daños y perjuicios en la vía jurisdiccional.
De esta manera, JASEC podrá rescindir la relación contractual derivada del presente procedimiento cuando así lo amerite, siempre que la decisión esté debidamente razonada y fundamentada, conforme a lo establecido en el artículo 288 y siguientes del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.º 43808-H).
En caso de que se incluyan sanciones pecuniarias fijas y predeterminadas en el pliego de condiciones, estas deberán estar debidamente justificadas. Es decir, deberá demostrarse el riesgo o afectación potencial a la Administración, tanto en lo relativo a:
- La cláusula penal por incumplimiento del plazo de ejecución pactado ya sea por ejecución anticipada o tardía.
- Las multas por ejecución defectuosa del objeto contractual.
Estas sanciones deberán incorporarse en la Sección II del pliego, correspondiente a las especificaciones técnicas.
Es importante señalar que la suma de las sanciones aplicables por estos conceptos no podrá exceder el 25% del monto total del contrato, conforme a los límites establecidos por la normativa vigente.
JASEC se reserva el derecho de valorar, además, el cobro de daños y perjuicios derivados de estos incumplimientos. Asimismo, la entrega morosa o el incumplimiento contractual serán considerados en la evaluación del desempeño del proveedor.
En caso de que se determine la existencia de un daño o perjuicio, se procederá a la apertura de un procedimiento administrativo para la eventual imposición de sanciones, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública N.º 9986.
- REAJUSTE Y DESGLOSE DE PRECIOS
Con el fin de asegurar y mantener el equilibrio económico del contrato, JASEC reconocerá ajustes de precios, conforme a lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública. La dependencia técnica correspondiente deberá verificar la fórmula de reajuste o revisión de precios en los casos que así lo ameriten.
Los oferentes deberán incluir en su propuesta de oferta una estructura de precios completa y un presupuesto detallado, que identifique y cuantifique todos los elementos que componen el precio ofertado.
Los reajustes se calcularán únicamente sobre los elementos de costo, utilizando índices de precios oficiales. En ningún caso se reajustarán los rubros correspondientes a utilidad ni imprevistos.
En caso de solicitar un ajuste especial en dólares, el contratista deberá presentar un estudio económico-financiero acompañado de toda la evidencia documental necesaria que respalde el desequilibrio contractual.
La solicitud de reajuste o revisión de precios será admitida únicamente cuando se cumpla con la totalidad de la información y requisitos establecidos en el artículo 61 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
En caso de que la documentación presentada sea incompleta o insuficiente, la Administración podrá prevenir al contratista para que aporte la información adicional requerida, dentro del plazo que se le indique, conforme a lo dispuesto en dicho artículo.
Las fórmulas aplicables para el cálculo de los reajustes serán las siguientes:
Para contratos de obra pública: se aplicará la fórmula matemática establecida en el Artículo 26 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
**Los cálculos se realizarán sobre las estimaciones periódicas de avance aprobadas por la Administración. Para ello, deberá existir un programa de trabajo vigente.
Para los contratos de Bienes y Servicios: se utilizará la fórmula definida en el Artículo 51 Reglamento Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
**En estos casos, el cálculo se basará en la valoración de los pagos por entregas, conforme al cronograma de tiempos vigente.
El derecho a solicitar reajustes o revisiones de precios concluye con el finiquito del contrato.
5.2 DESGLOSE DEL PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 102 y 103 del reglamento citado, el oferente deberá presentar, como parte de su oferta, la estructura del precio en valores absolutos y porcentuales. En caso de discrepancia entre ambos, prevalecerán los valores absolutos, los cuales deberán coincidir con la moneda o monedas en que se presenta la oferta.
A continuación, se presenta un cuadro de ejemplo que ilustra cómo debe estructurarse el presupuesto detallado, el cual constituye la memoria de cálculo que respalda el precio cotizado. Esta información debe reflejarse fielmente en la estructura del precio incluida en la oferta:
El presupuesto detallado debe desglosar los componentes de cada actividad, unidad de obra, bien o servicio, según corresponda, e incluir obligatoriamente al menos los siguientes elementos:
- Costos directos: Son aquellos gastos que, aunque no están directamente vinculados con la producción, resultan esenciales para el funcionamiento operativo de la empresa, que deben contemplar:
- Recursos de materiales
- Mano de obra (con el detalle de cargas sociales)
- Equipos y maquinaria
- Subcontratos debidamente identificados
- Costos indirectos: Son aquellos gastos que, aunque no están directamente vinculados con la producción de bienes o la prestación de servicios, son esenciales para el funcionamiento general de la empresa. Entre ellos se incluyen el alquiler, los servicios públicos, los seguros y otros costos administrativos
- Utilidad: Es la ganancia que obtiene la empresa
- Imprevistos: Son provisiones para cubrir gastos inesperados.
Este desglose es fundamental para la aplicación de la fórmula de reajuste o revisión de precios, conforme a lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 del Decreto 43808-H.
5.3 PRESUPUESTO DETALLADO.
El contratista que resulte adjudicado debe presentar dentro del plazo de ocho días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación, el presupuesto detallado correspondiente a la memoria de cálculo efectuada y que sustenta el precio cotizado.
- ARBITRAJE
Las partes únicamente podrán recurrir al arbitraje cuando exista una autorización previa, expresa y por escrito emitida por la Junta Directiva o por la instancia competente de la institución. Dicha autorización deberá otorgarse conforme a los lineamientos y procedimientos establecidos por la autoridad correspondiente, y deberá constar en el expediente contractual como requisito indispensable para la validez del sometimiento a arbitraje.
- COMPRAS ESTRATEGICAS
La Proveeduría Institucional será responsable de verificar que los pliegos de condiciones incluyan criterios estratégicos, los cuales podrán establecerse como requisitos de admisibilidad o como criterios de evaluación, según su pertinencia y necesidad en cada procedimiento de contratación.
Estos criterios deberán estar alineados con los objetivos de las políticas públicas en los ámbitos social, ambiental y económico, tanto a nivel local como regional, así como con el fomento de la innovación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20 de la Ley General de Contratación Pública. Esta norma establece que las contrataciones públicas deben contribuir al desarrollo social equitativo, la promoción económica de sectores vulnerables, la protección ambiental y la innovación, reconociendo su carácter instrumental para el progreso económico y el bienestar general.
En este sentido, es obligación del gestor de compras incorporar en los pliegos de condiciones criterios estratégicos de corto, mediano y largo plazo, considerando el ciclo de vida del bien o servicio, con el fin de garantizar una contratación pública sostenible, alineada con los principios de eficiencia, eficacia y responsabilidad social.
- CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO
El adjudicatario se compromete a cumplir estrictamente con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública N.º 9986, así como con todas las disposiciones establecidas en el pliego de condiciones y los términos de su oferta.
El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en dichos documentos facultará a la Administración para proceder con la resolución del contrato y la ejecución de la garantía de cumplimiento, previa audiencia otorgada al contratista, sin perjuicio de ejercer las acciones correspondientes en la vía jurisdiccional para el resarcimiento de daños y perjuicios.
Igualmente, JASEC podrá rescindir la relación contractual derivada del presente procedimiento cuando así lo amerite, siempre que la decisión esté debidamente razonada, fundamentada y justificada, conforme a lo establecido en los artículos 90 y siguientes del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.º 43808-H).
- EJECUCIÓN CONTRACTUAL
En contratos cuya ejecución se extienda a lo largo de varios periodos económicos, el fiscalizador o administrador del contrato no está autorizado para solicitar servicios ni comprometer recursos adicionales que excedan la estimación económica adjudicada, independientemente de la variación en el tipo de cambio. La conversión de moneda debe cubrir exclusivamente el monto comprometido, y los saldos a favor generados por diferenciales cambiarios no constituyen recursos disponibles para ampliar el alcance contractual, salvo que exista una modificación contractual debidamente formalizada.
Cuando el fiscalizador o administrador del contrato gestione la apropiación de recursos en la reserva presupuestaria y en la orden de compra, deberá asegurarse de que dicha gestión se enmarque en la planificación presupuestaria plurianual. Además, está obligado a contar con un mecanismo de control documentado que respalde los pagos realizados y permita verificar el uso adecuado de los fondos públicos, conforme a lo establecido en los artículos 38 de la Ley General de Contratación Pública N.º 9986 y 87 del Decreto Ejecutivo N.º 43808-H.
Por su parte, el contratista no podrá alegar desconocimiento de la normativa aplicable, según lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley General de Contratación Pública N.º 9986.
- FINIQUITO
Las partes contratantes están facultadas para acordar la suscripción del finiquito del contrato, el cual podrá formalizarse a través del Sistema Digital Unificado de Compras.
La suscripción del finiquito por parte de quien ostente la capacidad legal correspondiente tendrá efectos liberatorios, impidiendo la formulación de reclamos posteriores, salvo aquellos relacionados con vicios ocultos, cuya responsabilidad subsiste conforme a la normativa aplicable.
- SECCIÓN SEGUNDA: ESPECIFICACIONES TECNICAS, PARTICULARES Y GENERALES
- DOCUMENTACIÓN VERAZ
Toda la documentación que se adjunte a la oferta digital deberá ser fiel, exacta y concordante con los documentos originales. La Administración se reserva el derecho de requerir la presentación de los originales en cualquier etapa del procedimiento, incluida la fase de ejecución contractual.
La inclusión de información falsa o inexacta, comprobada mediante el debido proceso, constituirá causal de resolución contractual, sin perjuicio de la aplicación de otras sanciones administrativas, civiles o penales que correspondan.
- CLÁUSULA COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Las personas físicas o jurídicas que participen en este procedimiento de contratación adquieren el compromiso de cumplir con los principios de integridad, transparencia y buenas prácticas comerciales, conforme a lo establecido en el numeral 24 del Decreto Ejecutivo N.º 43808-H y demás normativa aplicable.
En particular, se comprometen a:
- No suministrar bienes, servicios u obras de calidad inferior a la ofertada.
- No ofrecer ni entregar obsequios, donaciones, dádivas, comisiones, gratificaciones u otros beneficios que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad del procedimiento.
- Abstenerse de ejercer presiones o influencias indebidas sobre funcionarios públicos de la Administración contratante.
- No introducir ni invocar hechos falsos en su oferta ni en ninguna etapa del procedimiento.
- No obtener información de forma ilegal que les otorgue una ventaja indebida.
- No utilizar de forma ilegítima una PYME vinculada a su grupo económico para obtener beneficios contractuales.
- No incurrir en prácticas colusorias o anticompetitivas que distorsionen el mercado y perjudiquen la Hacienda Pública.
Asimismo, se comprometen a no incurrir, directa ni indirectamente, en actos punibles conforme al Código Penal y a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley N.º 8422).
- ESTIMACIÓN ECONÓMICA ADJUDICADA
El fiscalizador o administrador del contrato no está autorizado para comprometer recursos adicionales en la reserva presupuestaria ni en la orden de compra cuando se exceda la estimación económica adjudicada, especialmente si esta fue otorgada en una moneda distinta. En tales casos, el tipo de cambio aplicable deberá garantizar la cobertura total del compromiso contractual.
De esta forma, los saldos a favor que pudieran generarse no otorgan derecho alguno para solicitar servicios adicionales, salvo que exista una modificación unilateral debidamente formalizada del contrato.
Es responsabilidad del fiscalizador o administrador del contrato implementar y mantener un mecanismo de control de pagos efectivo, que permita demostrar el uso adecuado y transparente de los fondos públicos asignados.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. el porcentaje de la cláusula penal de 0.45%, por día de atraso.
Documentos del cartel5
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 666 KB
- ACTA DE VERIFICACIONPDF · 287 KB
- CRONOGRAMAPDF · 225 KB
- ReservaPDF · 563 KB
- DECLARACION JURADAPDF · 256 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Marco Antonio Centeno Masis
Area Redes Inteligentes
Mariela Peña Brenes
Redes Eléctricas Inteligentes
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 27/09/2026 09:58. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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