2026LD-000033-0001102502 · SICOP 20260901465
COMPRA CONSOLIDADA DE CALZADO DE SEGURIDAD
Caja Costarricense de Seguro Social
Caja Costarricense de Seguro Social está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡29,6 millones. Se recibieron 20 ofertas de 9 empresas en 3 lotes (partidas) el 21/09/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡29,6 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
20
de 9 empresas en 3 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡5,1 millones
82,7 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó11/09/2026 07:17 · hace 30 días
- Límite para 14/09/2026 23:59 · hace 27 días
- Límite para 16/09/2026 23:59 · hace 25 días
- Cierre de ofertas21/09/2026 08:00 · hace 20 días
- de ofertas21/09/2026 08:01 · hace 20 días
- (plazo máximo)≈ 05/10/2026 · hace 6 días
2 recibidas, 2 respondidas.
Nota de la institución. En caso de aclaraciones técnicas la Ing. Hazel Betancourt Quirós y de la parte administrativa la Licda. Graciela Quirós Chaves
Contexto
- Caja Costarricense de Seguro Social adjudicó ₡102 517,7 millones en 3 843 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra16 líneas · 3 lotes
- L1Calzado de Seguridad para Mujer Talla 36, Dieléctrico, Puntera y Plantilla de Seguridad, Impermeable.2 c/u · ₡103 194,002 c/u₡103 194,00
- L1Calzado de Seguridad para Mujer Talla 38, Dieléctrico, Puntera y Plantilla de Seguridad, Impermeable.6 c/u · ₡309 582,006 c/u₡309 582,00
- L1Calzado de Seguridad para Mujer Talla 40, Dieléctrico, Puntera y Plantilla de Seguridad, Impermeable.2 c/u · ₡103 194,002 c/u₡103 194,00
- L2Zapato de Seguridad, Suela Dielectrico, Material Cuero, Talla 396 c/u · ₡393 138,006 c/u₡393 138,00
- L2Zapato de Seguridad, Suela Dielectrico, Material Cuero, Talla 4021 c/u · ₡1 375 983,0021 c/u₡1 375 983,00
- L2Zapato de Seguridad, Suela Dielectrica, Material Cuero, Talla 4122 c/u · ₡1 441 506,0022 c/u₡1 441 506,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡438 575 – ₡515 970
- Lote 2₡9,2 millones – ₡10,8 millones
- Lote 3₡3,0 millones – ₡3,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 28 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días naturales
- Contrato por 2 años
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Incentivo por producción nacional 10 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡449,24 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Calzado de Seguridad para Mujer Talla 36, Dieléctrico, Puntera y Plantilla de Seguridad, Impermeable. +26 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Incentivo por producción nacionalmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Afalpi Medica | 90 | 10 | 100 |
| Inversiones Centroamericanas Incen | 45,07 | 0 | 45,07 |
| Compañia de Seguridad Industrial Cruz Verde | 35,52 | 0 | 35,52 |
| All Fire Products | 35,52 | 0 | 35,52 |
| Invotor | 21,16 | 0 | 21,16 |
| Global Supply | 19,99 | 0 | 19,99 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Zapato de Seguridad, Suela Dielectrico, Material Cuero, Talla 39 +79 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Incentivo por producción nacionalmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Equipos de Salud Ocupacional | 90 | 0 | 90 |
| Afalpi Medica | 48,5 | 10 | 58,5 |
| Inversiones Centroamericanas Incen | 58,29 | 0 | 58,29 |
| Compañia de Seguridad Industrial Cruz Verde | 45,94 | 0 | 45,94 |
| Priscilla Gabriela Montero Ramirez | 28,55 | 10 | 38,55 |
| Invotor | 31,09 | 0 | 31,09 |
| T e C Tecnologia en Calzado | 30,1 | 0 | 30,1 |
| All Fire Products | 24,41 | 0 | 24,41 |
| Global Supply | 21,16 | 0 | 21,16 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Zapato Tipo Tennis para Hombre, Talla 40, Bota Corta, con Cordones, Diseño y Color a Escoger, Material Sintético, Suela de Hule Antideslizante y Cosida +45 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Incentivo por producción nacionalmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Inversiones Centroamericanas Incen | 90 | 0 | 90 |
| Afalpi Medica | 71,84 | 10 | 81,84 |
| All Fire Products | 50,85 | 0 | 50,85 |
| T e C Tecnologia en Calzado | 47,28 | 0 | 47,28 |
| Global Supply | 44,92 | 0 | 44,92 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Desglose del precio
|
Componente |
Valor absoluto |
Valor porcentual |
Moneda origen de costos |
Índice y fuente de información del precio |
|
Mano de obra directa ü Salarios. |
0,00 |
00,00% |
|
|
|
ü Cargas sociales y aportes patronales |
|
|
|
|
|
ü Prestaciones legales. |
|
|
|
|
|
ü Incentivos, bonificaciones. |
|
|
|
|
|
ü Otros |
|
|
|
|
|
Mano de obra indirecta ü Salarios de Supervisores de planta. |
0,00 |
00.00% |
|
|
|
ü Personal de limpieza. |
|
|
|
|
|
ü Personal administrativo |
|
|
|
|
|
ü Otros |
|
|
|
|
|
Insumos directos ü Materias primas principales. |
0,00 |
00.00% |
|
|
|
ü Materiales de empaque directo. |
|
|
|
|
|
ü Componentes de ensamblaje. |
|
|
|
|
|
ü Otros. |
|
|
|
|
|
Insumos indirectos ü Alquileres. |
0,00 |
00.00% |
|
|
|
ü Salarios del personal administrativo u otros empleados. |
|
|
|
|
|
ü Gasto servicios públicos. |
|
|
|
|
|
ü Insumos y materiales de oficina. |
|
|
|
|
|
ü Pólizas de seguro. |
|
|
|
|
|
ü Impuestos. |
|
|
|
|
|
ü Patente. |
|
|
|
|
|
ü Limpieza y mantenimiento |
|
|
|
|
|
ü Transporte. |
|
|
|
|
|
ü Otros |
|
|
|
|
|
Subcontrataciones |
0,00 |
00.00% |
|
|
|
Imprevistos |
0,00 |
00.00% |
No aplica |
|
|
Utilidad |
0,00 |
00.00% |
No aplica |
|
|
TOTAL |
0,00 |
100.00% |
|
|
Notas:
- La sumatoria porcentual y absoluta debe totalizar 100.00%, con dos decimales.
- Los oferentes deberán considerar en los componentes de la estructura anteriormente descrita, todos sus rubros. Los rubros aquí expuestos son a modo de ejemplo.
- Los índices deberán ser concordantes con la moneda en que se presentó la oferta
- En el caso de productos importados, el proveedor deberá asignar el Valor en Aduanas (entendiéndose como el costo del producto, seguro, flete internacional, entre otros asociados
- OFERTA EN COLONES
En el caso de indicadores aplicables a ofertas en moneda nacional, el oferente deberá aportar los siguientes elementos:
- El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
- Ente público competente que divulga el índice.
- El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada.
- OFERTA EN DOLARES U OTRA MONEDA
En caso de que la oferta se haya realizado en moneda extranjera, y cuyos costos directos e indirectos de la estructura de precio sea de origen extranjero y cotizados en la misma moneda de ese país, los índices de precios a utilizar se regularán conforme a lo establecido en el artículo 12 del RRRP. Los elementos que deben presentarse son:
- El país de origen y unidad monetaria de los costos.
- El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios oficial de los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
- La periodicidad con que se determina el valor de cada índice
- El ente competente que publica el índice
- El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice, en donde se accede a la información aportada.
- Fórmula matemática para revisión de precios en el nuevo formato de acuerdo con el RRP
Todo lo anterior deberá ser aportado por el oferente mediante una declaración jurada en la oferta donde acrediten la veracidad de la información aportada, donde se indiquen los aspectos regulados en los artículos 12 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
2 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS
2.1 OBJETO DE CONTRATACIÓN
2.2 CONDICIONES GENERALES TÉCNICAS
Se especifica las condiciones técnicas para la adquisición de Compra Consolidada de Calzado de Seguridad, para ser utilizado por los diferentes Servicios del Hospital Dr. Enrique Baltodano Briceño y Área de Salud de Liberia.:
2.3 GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO
Los productos deben ser nuevos y libres de defectos, fabricados con materiales de primera calidad. No deben tener defectos que menoscaben la apariencia y durabilidad de este, el plazo de garantía será por un período de 12 meses a partir de la recepción técnica definitiva conforme debe venir debidamente sellados y empacados, con identificación del artículo.
2.4 FORMA DE EJECUCION Y MODALIDAD DE CONTRATACION
Este procedimiento se realizará bajo la modalidad de Entrega Según Demanda: Entiéndase la facultad que tiene la Unidad usuaria de adquirir en el momento y en las cantidades que se requiera, según las condiciones establecidas en este cartel, los artículos previamente seleccionados, todo conforme al Artículo 195, del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, Por lo tanto, se solicita cotizar precios unitarios. Las cantidades solicitadas deben entenderse como aproximadas, los pedidos estarán sujetos a la necesidad y condicionados a la disponibilidad presupuestaria.
2.5 HISTORIAL DE CONSUMO Y PROYECCIÓN
Respecto al consumo histórico de los tres últimos años, las cantidades indicadas en el ANEXO N°2 corresponden al consumo histórico del HEBB y proyección del ASL, según establece el artículo 195 del RLGCP.
Se advierte a los oferentes que las cantidades estimadas, son únicamente para efectos informativos y no asegura al adjudicatario ningún volumen mínimo de consumo, las cantidades podrán ser menores o mayores a las estimadas, sin que estas variaciones le den derecho a modificar los precios ni la calidad del producto, el contratista debe entregar según la demanda real del servicio.
"Al tratarse de un procedimiento bajo la modalidad de entrega según demanda, las cantidades indicadas son de carácter estimativo y podrán variar en cada período o pedido. En este contexto, los requerimientos podrían incrementarse, especialmente en caso de que sea necesario abastecer a otras Áreas de Salud."
2.6 SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD
El control de calidad se realizará inspeccionando los bienes entregados, al amparo del Art 37 LGCP y Art 198 RLGCP
Para efectos de control de calidad se realizará una revisión, inspección y conteo por el encargado del servicio o quien este designe y o la persona que lo sustituya, al ingreso en la Sub-Área de Almacenamiento y Distribución, también al momento de ser utilizadas en algún procedimiento.
El incumplimiento en cualquiera de las características técnicas solicitas en el pliego de condiciones, será valorado por el Administrador del Contrato, utilizando criterios técnicos, para determinar si se excluye el producto de la recepción o se realiza el debido proceso de recepción.
2.7 CALIDAD DEL SERVICIO E INSUMOS SOLICITADOS
Conforme a lo establecido en el artículo 198 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada sobre la adecuada prestación de los servicios, pudiendo ordenar o realizar por sí misma verificaciones, controles de calidad y revisiones en cualquier etapa del servicio, para dictar las disposiciones que considere oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
Sin excepción, los servicios ofertados y ejecutados deben realizarse con personal capacitado, bajo condiciones de dignidad, respeto y confidencialidad, y utilizando insumos adecuados, nuevos y libres de defectos que garanticen su correcto funcionamiento, seguridad e higiene.
El contratista debe manifestar, garantizar y pactar que cuenta con la capacidad, el personal, los equipos y la experiencia para ejecutar los servicios solicitados con la mayor diligencia, apegándose sin condición tanto a las normas técnicas y profesionales del gremio al que pertenece, como a las disposiciones legales y normas éticas vigentes.
El contratista será el responsable directo ante el Hospital y Area de Salud de Liberia por cualquier incumplimiento, vicio, defecto u omisión en la prestación de los servicios contratados, estando obligado a subsanar sin costo alguno para el Hospital todos aquellos problemas que se detecten durante la ejecución contractual.
El adjudicatario debe garantizar la prestación oportuna y continua de los servicios solicitados, previendo los aspectos logísticos y operativos que puedan afectar la correcta ejecución, tales como disponibilidad de personal, transporte, condiciones de seguridad, restricciones de acceso o cualquier otro factor que pueda incidir en la adecuada y puntual prestación de los servicios.
3 CONDICIONES ADMINISTRATIVAS
3.1 BANDAS DE TOLERANCIA Y RAZONABILIDAD DE PRECIOS.
Para la estimación monto de la contratación que forma parte del Pliego de condiciones (adjunto) se construyen las bandas tomando en cuenta el precio promedio y la desviación estándar resultado de las fuentes de información disponibles al inicio de la contratación (referencia de precios suministrados por las empresas en estudio de mercado, precios históricos de compras institucionales y registros del banco de precios (SICOP) y son la base fundamental para posteriormente durante el proceso de contratación realizar la razonabilidad de los precios ofertados).
Las bandas de precios establecidas en la herramienta para la estimación monto de la contratación representan el precio máximo y precio mínimo a pagar por un bien, servicio, a través del cual se define un rango de precios razonables; por lo que, las ofertas cuyo precio se ubique por encima o debajo de las bandas se considera de manera preliminar como sujeto de exclusión puesto que se presume que puede representar un precio excesivo o ruinoso.
El estudio de Razonabilidad de los Precios en la etapa de análisis de ofertas será realizado por el área de Financiero Contable de conformidad con la “Guía para la Elaboración de Estudios de Razonabilidad de Precios en las Compras que tramita la CCSS”, en caso de precios que resulten ruinosos en el Análisis de Razonabilidad, el proveedor puede proceder de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 101 del RLGCP “Artículo 101. Línea de crédito en caso de duda sobre la razonabilidad del precio. En el supuesto de que la Administración presente dudas acerca de la razonabilidad del precio cotizado en la oferta, en el caso específico que dude sobre su ruinosidad y ese sea el único factor determinante para seleccionar al contratista, podrá adjudicar la contratación siempre y cuando el oferente presente, de previo a la adjudicación, una línea de crédito o garantía que asegure que cuenta con medios para cumplir con el bien, la obra o el servicio, sin que la Administración corra el riesgo de quedar desabastecido por abandono del contrato por falta de solvencia, conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública.” Si el proveedor no está anuente a cumplir con dicha línea de crédito para la partida o partidas que tengan la condición de precio ruinoso, según las bandas de tolerancia del análisis de razonabilidad, se excluirán en el análisis financiero.
3.2 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA
Con base en lo establecido en los artículos 38 de la LGCP y Articulo 87 del RLGCP sobre el Contenido presupuestario la Dirección Administrativa Financiera acredita que, para iniciar esta contratación, se cuenta con los recursos presupuestarios suficientes y disponibles en el presupuesto ordinario 2026 del HEBB y Área de Salud de Liberia.
Así mismo se acredita el compromiso de que previo a dictar el acto de adjudicación se contara legalmente con la reserva presupuestaria suficiente, disponible y aprobada por quien corresponda para cubrir la erogación que genere esta contratación durante ese periodo presupuestario.
Además, se certificará el compromiso de reserva, para que en el momento que se cuente con el presupuesto al año siguiente, se realice la separación legal de los montos que correspondan a ese periodo y al de los periodos siguientes, el monto necesario y suficiente para cubrir la erogación que genere esta contratación.
3.3 DE LOS REJUSTES DE PRECIOS
A) DESGLOSE DEL PRECIO OFERTADO
De conformidad con el artículo 42 de la Ley de General de Contratación Pública y el artículo 102 de su Reglamento, así como el artículo 15 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, los oferentes deberán presentar con la oferta la siguiente estructura, tanto para productos y/o servicios de producción nacional como aquellos productos y/o servicios importados y aplica para moneda nacional o extranjera, tanto en valores absolutos como porcentuales:
Notas:
1-La sumatoria porcentual y absoluta debe totalizar 100.00%, con dos decimales.
2-Los oferentes deberán considerar en los componentes de la estructura anteriormente descrita, todos sus costos.
3-En el caso de productos importados, el proveedor deberá asignar el Valor en Aduanas (entendiéndose como el costo del producto, seguro, flete internacional, entre otros asociados
4- Los índices deberán ser concordantes con la moneda en que se presentó la oferta
Definiciones:
•
Mano de Obra Directa: Son las cargas laborales directamente involucrada en la transformación de materia prima en un producto terminado o bien que estén estrictamente relacionados con la prestación del servicio.
•
Mano de Obra Indirecta: son las cargas laborales del personal que no trabaja directamente relacionado con la producción o la prestación del servicio, sino que realizan tareas de apoyo, administrativas o de gestión.
•
Insumos directos: son todos los componentes o materiales que se pueden identificar plenamente con el producto o servicio y transforman parte intrínseca de éste.
•
Insumos indirectos: son componentes o materiales que se consumen durante el proceso de producción o prestación del servicio, pero no forman parte del producto final y se deben asignar a través de método de costeo.
•
Subcontrataciones: son los costos de los servicios, trabajos y obras que una empresa contrata a terceros para ejecutar una parte de su bien o servicio principal.
•
Imprevistos: monto destinado a cubrir gastos inesperados que surgen durante la ejecución del contrato, de forma tal que pueda mitigar riesgos y asegurar que pueda afrontarlos sin poner en peligro la entrega del bien o servicio.
De conformidad con la circular GL-DABS-1718-2025 de fecha 18 de septiembre del 2025, en las contrataciones de medicamentos e insumos médicos se excluye del desglose de precios el rubro de imprevistos, bajo los siguientes argumentos:
1. La previsibilidad y estandarización del objeto contractual.
2. La existencia de mecanismos normativos para revisión de precios.
3. La aplicación de principios de eficiencia y buen uso de fondos públicos.
4. El respaldo normativo y jurisprudencial que valida esta decisión.
B) EQUILIBRIO ECONÓMICO
El mantenimiento del equilibrio económico de la presente contratación se regirá conforme lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) así los numerales 107 y 109 del Reglamento a dicha Ley (RLGCP), el Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (RRRP), así como el Voto 6432-98 emitido por la Sala Constitucional.
Adicionalmente al elemento de la estructura porcentual, cada oferente deberá presentar lo siguiente:
Índices y fuentes de información:
El oferente deberá aportar en la oferta la información de todos los índices de precios oficiales, ya sean específicos o similares, de los costos directos e indirectos de la estructura de precio, los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir.
Los índices deberán ser concordantes con la moneda en que se presentó la oferta.
En el caso de indicadores aplicables a ofertas en moneda nacional, el oferente deberá aportar los siguientes elementos:
•
El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
•
Ente público competente que divulga el índice.
•
El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada.
En caso de que la oferta se haya realizado en moneda extranjera, y cuyos costos directos e indirectos de la estructura de precio sea de origen extranjero y cotizados en la misma moneda de ese país, los índices de precios a utilizar se regularán conforme a lo establecido en el artículo 12 del RRRP. Los elementos que deben presentarse son:
•
El país de origen y unidad monetaria de los costos.
•
El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios oficial de los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
•
La periodicidad con que se determina el valor de cada índice.
•
El ente competente que publica el índice.
•
El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice, en donde se accede a la información aportada.
Todo lo anterior deberá ser aportado por el oferente mediante una declaración jurada en la oferta donde acrediten la veracidad de la información aportada, donde se indiquen los aspectos regulados en los artículos 12 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
Si la información se encuentre en un idioma distinto al español, se requerirá que el oferente bajo su responsabilidad aporte una traducción libre al español de dicha información, dicha traducción únicamente para corroborar la información aportada por el oferente.
La no objeción de estos índices será brindada por la Subárea Contabilidad de Costos Industriales, una vez que se cuente con la adjudicación en firme del concurso. Dicho trámite será efectuado a través de una solicitud de información en el sistema SICOP.
Que según el Artículo 3. Exclusiones de la aplicación del presente reglamento. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 108 y 175 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se excluyen del alcance del presente reglamento aquellas contrataciones de obra pública, suministro de bienes y servicios que por las particularidades del contrato, los riesgos deben ser asumidos, proyectados, cubiertos e incorporados como parte del precio ofertado, independientemente de la moneda en que se pacte el precio, estos riesgos deben ser asumidos por el contratista y no serán objeto de reajustes o revisión de precios.
Según lo dispuesto en el Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, “Artículo 61: Las solicitudes de cobro por reajustes o revisión de precios que presente el contratista para trámite ante la Administración, serán admitidas para su respectivo análisis, siempre y cuando cumplan con la totalidad de la información prevista en el presente reglamento, conforme a los deberes dispuestos en el artículo 14 inciso c) de la Ley General de Contratación Pública.
3.4 PRESUPUESTO DETALLADO
En el plazo de los 8 días hábiles posteriores a que la adjudicación quede firme. el adjudicatario deberá presentar el presupuesto detallado que corresponde a la memoria de cálculo o desglose por cada rubro que compone el precio cotizado, con el fin de conocer de forma precisa todos los costos directos e indirectos que afectan el precio. Lo anterior se podrá efectuar considerando como referencia los elementos siguientes:
•
Productos de fabricación, distribución o ensamblaje nacional:
Según aplique en cada rubro, es necesario que se indiquen las cantidades y costos, así como que se especifiquen las unidades de medida que correspondan. Adicionalmente, se podrán contemplar otros costos directos e indirectos que afecten el precio ofertado.
Nota: *Entiéndase Valor en Aduana como la Base imponible del Valor Aduanero a nivel del Sistema Aduanero Nacional Costarricense, en concordancia con el Art. 254 del Reglamento a la Ley General de Aduanas.
• Según aplique en cada rubro, es necesario que se indiquen las cantidades y costos, así como que se especifiquen las unidades de medida que correspondan. Adicionalmente, se podrán contemplar otros costos directos e indirectos que afecten el precio ofertado.
1.1. MEJORA DE PRECIOS
Para el presente procedimiento es posible la aplicación de mejora del precio o descuento, al amparo del Art 41 LGCP y Art 99 Y 195 RLGCP, cabe aclara que la mejora de precios es de aplicación discrecional para la Administración.
❖
Los oferentes que hayan hecho propuestas elegibles podrán mejorar sus precios para efectos comparativos y también deberán ser sometidos al respectivo análisis de razonabilidad del precio.
❖
El precio que se tomará para efectos de calificación será el último que propongan los respectivos oferentes.
❖
El oferente que ofrezca descuentos y mejoras en los precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además, de la estructura del precio sin descuento.
❖
El oferente se encuentra obligado a justificar con toda claridad las razones que justifican la disminución de su precio.
❖
Las mejoras del precio no deben implicar una disminución de cantidades o desmejora de la calidad del objeto originalmente ofrecido y tampoco puede otorgar ventajas indebidas a quienes lo proponen, tales como convertir su precio en ruinoso o no remunerativo.
❖
Una vez realizado el análisis administrativo, técnico y financiero, se procederá a solicitar la Mejora de Precios en el Sistema Digital Unificado, donde se establecerá la fecha y hora límite para presentar la mejora.
❖
Vencidas la fecha y hora de la mejora, los precios mejorados se encontrarán disponibles en el Sistema Digital Unificado, por lo que la administración procederá a continuar con la comparación y nuevo estudio de razonabilidad del precio a los precios mejorados.
❖
Se seleccionará y adjudicará el mejor precio luego de la mejora realizada y Se confeccionará el contrato y la ejecución contractual considerando el precio mejorado.
3.5 TIPO DE ADJUDICACIÓN
La institución se reserva el derecho de efectuar adjudicaciones totales, parciales y por partida si así lo determina la ponderación contemplada en este legajo.
Por la naturaleza de los servicios solicitados se recomendará la adjudicación por partida, por tanto, los oferentes deben ofertar todas las líneas que componen la partida y para determinar la oferta ganadora se realizará la sumatoria considerando el precio de todas las líneas, esto para obtener un único precio el cual será el factor para comparar entre ofertas.
3.6 SISTEMA DE EVALUACIÓN
La ponderación se ampara en el Art 96 RLGCP, además, tomando en cuenta las políticas en cuanto a Contratación pública estratégica incorporando criterios sociales, económicos, ambientales y de innovación, factores y criterios indagados mediante el estudio o lectura del mercado Art 20 al 22 LGCP y Art 55 al 59 del RLGCP.
En relación con el sistema de evaluación para verificación de cumplimiento de las especificaciones técnicas, cada una de las características solicitadas por el cartel son excluyentes, en donde la ponderación, se le realizará únicamente a la oferta que cumpla con todas las especificaciones solicitadas, aspectos administrativos y legales del pliego de condiciones:
La oferta con menor precio obtendrá el mayor puntaje, las ofertas con precio mayor se calificarán de manera proporcional, de la siguiente manera:
Producción Nacional 10%: Se otorgará un 10% a los bienes manufacturados en el territorio nacional, los oferentes deberán adjuntar Constancia de Producción Nacional emitida por el MEIC, conforme lo normado en el Art 23 LGCP y Art 72 al 79 RLGCP.
Metodología de desempate: En caso de empate en ofertas con el mismo precio, se realizará desempate según lo previsto en el Art 97 RLGCP en el siguiente orden:
a.
Se tomarán en cuenta las ofertas de las empresas que cumpla a cabalidad con las especificaciones técnicas, administrativas y legales solicitadas en el pliego de condiciones.
b.
Se considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que demostrado su condición a la Administración.
c.
En caso de continuar el empate en ofertas con el mismo precio, se realizará un método de suerte mediante rifa, para el desempate según lo previsto en el Art 97 RLGCP, tomando en cuenta las ofertas de las empresas que cumplan a cabalidad con las especificaciones técnicas y administrativas solicitadas en el pliego de condiciones.
d.
En caso de que el representante de un proveedor no pueda asistir, será sustituido por un funcionario del hospital que designe el Área de Gestión de Bienes y Servicios.
e.
El día de la rifa se elaborará un acta en la cual se evidencie los detalles del acto administrativo.
f.
El procedimiento para la rifa será asignando un papel a cada participante donde uno indique “X”, el que saque la “X”, será el recomendado técnicamente.
4 PERFECCIONAMIENTO, FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN CONTRACTUAL
4.1 PERIODO DE LA CONTRATACIÓN
El periodo de contratación será por un periodo de dos años, prorrogable por un periodo igual y sucesivo, hasta cumplir los 4 años opera la prórroga sí la administración no notifica su deseo de darlo por terminado con sesenta días naturales de anticipación, todo con base en la experiencia y ejercicio del contrato, a juicio exclusivo de la Administración.
4.2 AUTORIZACIÓN DE POSIBLES PORROGAS
La administración comunicará con un plazo de 60 días naturales previos al vencimiento del contrato su deseo prorrogar o dar por terminado el contrato, Para efectos de la anuencia de las prórrogas es importante respaldar y acreditar previo a la aprobación, lo establecido en el apartado No. 7 de las “Condiciones generales para la Contratación Publica en la CCSS”, que estipula entre otros aspectos:
•
Que no se haya generado incumplimiento grave en las condiciones y plazo pactado.
•
Que la necesidad persiste y las condiciones técnicas que amparan la contratación no han variado (en caso de que varíen deberá considerar iniciar un nuevo procedimiento
•
Que las condiciones de compra y de precio no resulten excesivas en relación con el mercado.
•
Que se cuenta con el contenido presupuestario suficiente.
•
En caso de contrataciones exceptuadas de concurso, se debe acreditar que persiste esta.
Es responsabilidad del servicio realizar las gestiones antes indicadas con la antelación suficiente de manera que su compra no caiga en una prórroga automática.
4.3 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Para respaldar la correcta ejecución del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 110 del Reglamento a la Ley de General Contratación Pública, se solicita presentar garantía de cumplimiento de un 5% del monto adjudicado por el periodo de la contratación (24 meses) y en apego al artículo 114 del Reglamento a la Ley de General Contratación Pública, la vigencia mínima de la garantía de cumplimiento será de 28 meses.
4.4 EFICACIA DEL CONTRATO (CUANDO POR MONTO CORRESPONDA)
La eficacia del contrato se encuentra sujeta al otorgamiento de Refrendo Interno de la Dirección Jurídica institucional, para lo cual se debe formalizar en SICOP la partida que se llegara a adjudicar.
4.5 INICIO DE LA CONTRATACIÓN
La fecha de inicio de la contratación será de forma inmediata 1 día hábil, una vez que se haya notificado el contrato en la plataforma SICOP.
4.6 PLAZO DE ENTREGA
Las solicitudes de pedido serán según demanda de acuerdo con las necesidades del servicio, el plazo máximo de entrega será de 15 días hábiles posterior a la notificación de la orden de pedido
por la plataforma SICOP.
4.7 METODOLOGÍA DE PEDIDOS
•
El servicio según su necesidad y disponibilidad presupuestaria procederá a realizar la orden de pedido a través de SICOP.
•
Las ordenes de pedido se realizarán cada tres meses de acuerdo con las necesidades del servicio, se aclara que en casos de emergencia el servicio podrá realizar ordenes de pedido de los equipos que necesite en ese momento.
•
Si la mercadería entregada no cumple con lo establecido en la orden de pedido, el oferente contara con 5 días hábiles para realizar la entrega correcta de lo solicitado.
•
Las cantidades de insumos solicitados deben entenderse como aproximadas, las mismas podrán aumentar o disminuir según necesidad del Servicio (incremento en la demanda, cantidad de pacientes, etc.), por lo que los pedidos pueden variar, lo anterior considerando que es una compra bajo la modalidad de entrega según demanda, en apego al artículo 195 RLGCP.
El fiscalizador de cada unidad o quien les sustituya será responsables de realizar las ordenes de pedido cuando corresponda.
4.8 TRANSPORTE
El trasporte debe respetar las condiciones de conservación del fabricante (temperatura y humedad), desde su fabricación hasta la entrega a la Institución. Los vehículos empleados deben proveer la protección necesaria para evitar exposición de los productos a grados inaceptables de temperatura, luz, humedad, lluvia u otra condición adversa que pueda atentar contra su integridad, debe colocar la carga siguiendo indicaciones de manipulación, por ejemplo: cantidad máxima de estibación, flechas que indican el sentido en que debe colocarse la caja, frágil, protéjase de la lluvia, entre otros. Queda terminantemente prohibido el transporte de productos en conjunto con sustancias peligrosas o cualquier otro material que pueda contaminar. Los gastos por concepto de transporte deben de ser asumidos por la empresa adjudicada quien debe entregar la mercadería en el área de proveeduría del hospital.
Los gastos por concepto de transporte deben de ser asumidos por la empresa adjudicada quien debe entregar la mercadería en el área de proveeduría de cada unidad.
4.9 RECEPCION PROVISIONAL Y DEFINITIVA:
Los proveedores adjudicados, deben realizar la entrega en la Sub-Área de Almacenamiento y Distribución del hospital, y los responsables en verificar provisionalmente que los artículos ingresen de acuerdo con las características solicitadas se detallan a continuación:
Salud/ Hospital
Recepción provisional
Recepción definitiva
Hospital Dr. E.B. B
Douglas Barberena Rodriguez
Ing. Hazel Betancourt Quirós
Área de Salud de Liberia
María Granados Gomez
Licda. Andrea Espinoza Jiménez
4.10 CLAUSULAS PENALES
De acuerdo con lo establecido en los artículos 47 de la LGCP y el artículo 117 del RLGCP y de conformidad con lo estipulado en las Condiciones Generales de la C.C.S.S se aplicarán las cláusulas penales conforme a la “Guía para la Determinación de la Cláusula Penal” y su memoria de cálculo en anexo 1:
Por Incumplimiento o atraso los servicios contratados que no hayan realizado en la fecha de entrega solicitada se les cobrará un monto de 1.19 % por cada día de atraso hasta un tope máximo de un 25% del monto total de la factura en donde se evidencie atraso en dicha entrega, lo anterior calculado mediante la herramienta de análisis y estudio técnico para la determinación de cláusulas penales, (ver anexo Determinación de Cláusulas Penales)
En caso de que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo de la sanción económica se considerará sobre el valor de cada línea y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las obligaciones.
Todo según lo estipulado en el artículo 47 de la Ley General de Contratación Pública se menciona el procedimiento a seguir para la aplicación de multas y cláusulas penales, el cual se deberá seguir en estricto apego. Asimismo, en concordancia con el artículo 117 del Reglamento a la ley de Contratación Pública 9986. Cabe señalar que una vez que lleve a cabo el “Acto Motivado para la Aplicación de Clausula Penal y de la Multa” en la plataforma SICOP y este quede en firme, se procederá al rebajo de la multa o clausula penal, la cual será deducida del pago de la factura que se presente a cobro.
El fiscalizador de cada unidad será responsable de realizar el trámite de aplicación de clausula penal cuando corresponda.
4.11 FISCALIZADORES DE CONTRATO
Para los efectos legales téngase en cuenta lo que advierte el artículo 283 del Reglamento a la Ley General de Contratación Publica en cuanto al derecho de fiscalización que le asiste a la Administración sobre el Cumplimiento de este. El Contratista será responsable ante la Caja por el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas del siguiente contrato, e independientemente del derecho que le asiste a esta de reclamar judicialmente los daños y perjuicios que su incumplimiento pudiera irrogarle.
Los fiscalizadores de esta contratación serán responsables de verificar que el contrato se ejecute de acuerdo con las especificaciones y condiciones del cartel y de realizar los reportes en caso de incumplimiento del contratista.
La ejecución de este contrato deberá realizarse de conformidad con el cartel, la oferta adjudicada y los responsables de verificar que el contrato se ejecute de acuerdo con las especificaciones y El fiscalizador de cada unidad será responsable de realizar el trámite de aplicación de clausula penal cuando corresponda
4.12 LUGAR DE ENTREGA
Los proveedores adjudicados, deben realizar la entrega de mercadería con factura proforma que debe indicar N° de lote, fecha de fabricación y fecha de vencimiento, De lunes a jueves en horario de las 7:00 a las 11:00 y de 13 horas a 15 horas, viernes de 7 horas a 11 horas en la siguiente dirección:
Se realizará el pago correspondiente de acuerdo con el Art. 18 inciso a) del RLGCP:
Debido a que la CCSS ha implementado el sistema SAP-ERP, es indispensable cumplir con los siguientes requisitos y realizar los siguientes pasos para poder gestionar el pago de facturas generadas:
•
Entregar la mercadería en bodegas del HEBB, con factura proforma que debe indicar N° de lote, fecha de fabricación y fecha de vencimiento
•
Una vez entregada la mercadería, el contratista debe solicitar mediante la plataforma SICOP las recepciones provisional y definitiva.
•
Indicar en la factura electrónica el código 8430.0 de la actividad económica de la CCSS.
•
Subir factura en el sistema de facturación (SIFE)
•
Realizar la solicitud de pago en SICOP.
Cada unidad realizará la orden de pedido según necesidad, por lo que el contratista deberá facturar a nombre de la unidad que realizo el pedido, quien será responsable del trámite de pago.
La CCSS cuenta con 30 días naturales para realizar el trámite de pago que rigen a partir de la recepción técnica a satisfacción, al cumplimiento de los puntos anteriores y la presentación completa y sin errores de la factura.
En caso de cesión de pago de facturas a terceros, es responsabilidad de la empresa interesada, realizar el trámite directamente ante Tesorería CCSS, de la unidad correspondiente.
En caso de cesión de pago de facturas a terceros, es responsabilidad de la empresa interesada, realizar el trámite directamente ante las sucursales de fondo rotatorio de la CCSS, de la unidad correspondiente.
4.14 CAUSAS DE RESOLUCION CONTRACTUAL
Cualquier incumplimiento en las especificaciones técnicas establecidas en el presente pliego de condiciones, serán valorados por el Servicio solicitante, para el inicio de un posible proceso de resolución contractual al amparo del Art. 113 al 116 LGCP, Art 293 RLGCP.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
1.1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
Compra Consolidada de: calzado de seguridad para ser utilizados por los funcionarios del Área de Ingeniería y Mantenimiento, Bodegas del Hospital Dr. Enrique Baltodano Briceño y el Área de Salud de Liberia.
1.2. NORMATIVA APLICABLE
La CCSS de acuerdo con las atribuciones que le confiere la LGCP, así como el siguientes y concordantes del RLGCP, promueve el presente concurso para seleccionar a la(s) empresas con la(s) cual(es) se realizará la formalización contractual de acuerdo con los requerimientos contenidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
El presente concurso se rige por la normativa costarricense y todo oferente deberá someterse a las condiciones del pliego de condiciones, las condiciones generales para la contratación administrativa institucional de bienes y servicios desarrollada por todas las unidades de la Caja Costarricense de Seguro Social vigentes y parametrizadas en SICOP, disposiciones legales y reglamentarias vigentes. La sumisión operará de pleno derecho, e implicará la incorporación dentro del contenido de la relación contractual de las normas constitucionales, de la LGCP, el RLGCP, el RUSICP, Condiciones Generales de la CCSS publicada en gaceta N°59 del 04/04/2024 y el presente documento.
El pliego de condiciones y todos sus anexos constituyen el reglamento específico de la presente contratación, en lo no regulado expresamente en el presente documento, aplicará la normativa en materia de contratación pública y supletoriamente lo establecido en la Ley General de Contratación Pública.
1.3. ALCANCE DE LA CONTRATACIÓN
La presente contratación será tramitada y ejecutada por el Hospital Dr. Enrique Baltodano Briceño y el Área de Salud Liberia. Se aclara que en el momento que la institución cuente con un convenio marco o compra regional, esta contratación se dejará sin efecto o no se prorrogará.
1.4. DE LA DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON LA CONTRATACIÓN
La CCSS realizará toda notificación relacionada con este procedimiento de contratación por medio del Sistema Digital Unificado, entendido este como SICOP.
Todo trámite relacionado con este proceso se deberá realizar mediante el sistema SICOP, según lo dispuesto en el “TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES, CAPÍTULO III CONTRATACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA” del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, así como los lineamientos que la Dirección de Contratación Pública, como administrador del sistema emita al respecto.
En caso de que algún oferente presente documentos por correo electrónico, u otro, los mismos no serán tramitados ni incluidos en el expediente digital de SICOP por parte de la Administración, ya que es responsabilidad del oferente realizar el trámite por medio de dicho sistema.
1.4.1. Documentos confidenciales
1.
Se solicita NO comprimir documentos confidenciales con documentos públicos. Se consideran documentos confidenciales los siguientes: - Fórmula cualitativa-cuantitativa - Informe Periódico de Seguridad - Declaraciones Juradas
2.
Con base en el artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública, todo documento confidencial debe estar debidamente motivado y sustentado jurídicamente, en caso contrario, con base en el criterio emitido por la Contraloría General de la Republica en su oficio 05187 (DCA-1662) y con fundamento en el artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 30 de su reglamento, se procederá a convertir todos los documentos clasificados como confidenciales a documentos públicos.
1.4.2. Presentación de la oferta
a)
El proveedor debe cotizar las partidas establecidas en el presente pliego de condiciones.
b)
Todo documento firmado o enviado desde fábrica debe presentarse como mínimo autenticado por un abogado, como copia fiel. Asimismo, las notas, certificaciones, constancias y cualquier otro tipo de documentos solicitados en el pliego deberán presentarse en idioma español o inglés con una traducción libre de texto al español y con firma digital.
c)
La CCSS se reserva el derecho de verificar la autenticidad de cualquier documento aportado en la oferta mediante el método que sea necesario y de solicitar al oferente pruebas documentales adicionales que verifiquen lo ofrecido, cuando se detecten documentos falsos se descalificará la oferta para todas las partidas.
d)
El precio debe estar libre de impuesto de ventas.
e)
Los oferentes deberán presentar sus cotizaciones en precios unitarios, firmes y definitivos para todas las líneas.
1.4.3. ACLARACIÓN
Para la presente contratación, se toman en consideración la ficha técnica en el Sistema de Gestión y Suministros (SIGES) y en el Sistema Integrado de Comparas Publicas (SICOP), las cuales son valoradas y se adecuaron a las necesidades de la presente compra.
Pese a que puedan existir diferencias entre las dimensiones de algunos códigos SICOP y la ficha técnica plasmada por el servicio; en apego a lo regulado por la Gerencia logística de la CCSS mediante la versión 2 del “Manual para el uso del sistema de compras públicas (SICOP) en la CCSS (código GL-ARE-MA-001)”, sobre el tema se justifican dichas variaciones y se exponen las siguientes consideraciones según lo plasmado en el manual en marras (…)
a. Cuando se requieran cambios en las medidas que no superen +/-10%, se podrá utilizar el mismo código institucional e identificador asignado por la administración de Catálogo de RACSA, sin detrimento de indicar que la gobernanza de los bienes y servicios adquiridos por la Institución se sigue gestionando por medio del Catálogo General de Bienes y Servicios, por lo que por ningún motivo podrán gestionarse compras de códigos en SICOP que no sean parte de una homologación con la codificación de la CCSS.
b. Detalles en la descripción que no alteren el producto final, siendo que los campos de caracteres de SICOP con respecto al SIGES no son los mismos y pese a tener una descripción más amplia los atributos esenciales responden a los mismos requeridos según bien o servicio a contratar. (…)
Por lo anterior se aclara a los potenciales oferentes que ante pequeñas diferencias entre la descripción de cada línea mostrada en SICOP y la descripción de cada línea detallada en el pliego de especificaciones técnicas, prevalecen estas últimas, tomar en cuenta para la presentación de ofertas y evitar que puedan ocasionar la exclusión técnica de las ofertas.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Las cláusulas penales se aplicarán conforme a la “Guía para la Determinación de la Cláusula Penal a incluir en los Procedimientos de Contratación Administrativa en la CCSS”, indicado en el anexo, y su memoria de cálculo se realizará de acuerdo con la plantilla adjunta. Todo bajo el amparo de la guía antes indicada.
Documentos del cartel1
- Pliego de condicionesPDF · 604 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Hazel Betancourt Quirós
Dirección Médica
Graciela de los Angeles Quiros Chaves
Encargado del concurso · Área de Gestión de Bienes y Servicios
Elena Maria Sotela Salas
Financiero Contable
Hazel Betancourt Quirós
Dirección Médica
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 29/09/2026 03:12. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Sin adjudicarmisma institución y producto · 12/08/2026
Calzado de Seguridad para el Personal del HGMMV
Caja Costarricense de Seguro Social · 5 oferentes
En evaluaciónmisma institución y producto · 06/08/2026
Compra de Equipo de Proteccion Personal
Caja Costarricense de Seguro Social · 7 oferentes
Adjudicadamismo producto · 18/09/2026
Compra de Equipo de Protección (seguridad y Resguardo).
Municipalidad de San Isidro de Heredia · 7 oferentes
Adjudicada a Enviroment, Health & Safety (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 08/09/2026
Compra de Utiles y Materiales de Resguardo y Seguridad para la Municipalidad de Upala 2026.
Municipalidad de Upala · 4 oferentes
Adjudicada por ₡526 000 a 3-101-937099 y 1 más
Adjudicadamismo producto · 03/09/2026
Compra de 6 Zapatos de Seguridad para el Personal del Muelle de Golfito INCOP
Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico · 6 oferentes
Adjudicada por ₡199 827 a Enviroment, Health & Safety
Adjudicadamismo producto · 02/09/2026
Contratación de Implementos y Equipo de Seguridad, para la Municipalidad de Palmares
Municipalidad de Palmares · 4 oferentes
Adjudicada a Sondel (precios unitarios)