2026XE-000752-0000400001 · SICOP 20260901469
S.E.- Licitación Abreviada - Adquisición compresora para gobernador PH Miguel Dengo (DG-2230-2026)
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad busca s.e.- licitación abreviada - adquisición compresora para gobernador ph miguel dengo (dg-2230-2026) con un presupuesto de ₡223,9 millones. Recibe ofertas hasta el 18/10/2026 (en 7 días).
₡223,9 millones
Tiempo para ofertar
7 días
cierra el 18/10/2026 23:59
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó18/09/2026 13:46 · hace 23 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 16 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 16 días
- Cierre de ofertas18/10/2026 23:59 · en 7 días
- de ofertas19/10/2026 07:30 · en 8 días
- (plazo máximo)≈ 14/12/2026 · en 64 días
Nota de la institución. Se entiende por aclaraciones, aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 1,8 oferentes.17 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución. Poca competencia esperada.
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡190,3 millones – ₡223,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra1 línea
- Compresor para Aire, Voltaje 460 V, Potencia 29,83 Kw, Amperaje 38 A, Frecuencia 60 Hz, Presion 4,6 Mpa, Revoluciones 1800 RPM3 c/u · ₡223 875 389,553 c/u₡223 875 389,55
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 9 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 80 días hábiles
- Contrato por 7 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
DECLARACIONES JURADAS:
- Se deben presentar las declaraciones juradas establecidas en el Anexo # 1.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL OFERENTE:
Partida No. 1
El oferente deberá presentar junto con la oferta lo siguiente:
1.- Todo oferente deberá suministrar la información técnica mediante fichas técnicas, catálogos, afiches y/o manuales que permita su análisis, estudio comparativo y verificación del cumplimiento de lo ofertado, para efectos de adjudicación, haciendo referencia al ítem solicitado respetando el orden en que se presenta en el cartel. Todos los documentos aportados en otro idioma que no sea español deben de ser presentados mediante una traducción Libre al español de su texto (Reglamento al Título II Ley N° 8660 Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones SECCIÓN VII La Oferta Artículo 49.- Generalidades).
2.- El oferente deberá presentar junto con su oferta documentación oficial donde demuestre la capacidad técnica, operativa y el respaldo del fabricante para el suministro de 3 compresores, similar o superior a la marca Sauer & Sohn – Passat Series WP66L requerido para el proyecto.
A.- Certificación del fabricante y representación autorizada:
El oferente deberá aportar certificación vigente emitida por el fabricante del compresor, indicando expresamente que:
- Es distribuidor o representante autorizado en Costa Rica.
- Cuenta con el respaldo directo del fabricante para la venta, soporte técnico y provisión de repuestos del equipo ofertado.
- Está autorizado para gestionar garantías y brindar asesoría técnica especializada.
B.- Cartas de recomendación y experiencia demostrada:
El oferente deberá presentar tres (3) cartas de recomendación emitidas por clientes anteriores que demuestren experiencia en el suministro de compresores industriales o equipos de características similares o superiores.
Cada certificación deberá incluir como mínimo:
- Nombre, dirección, teléfono y sitio web de la empresa.
- Nombre completo y correo del contacto responsable.
- Fecha del suministro.
- Indicación expresa de si los resultados fueron satisfactorios.
C.- Experiencia mínima en el mercado nacional
El oferente deberá demostrar que ha operado en el mercado nacional durante al menos tres (3) años, suministrando bienes de características similares a los requeridos en este procedimiento.
Para ello deberá adjuntar documentación de respaldo como:
- Certificaciones comerciales.
- Historial de suministros a entidades industriales.
- Registros formales de actividad relacionados con compresores o equipos de aire/gas.
D.- Garantía Técnica
Todo compresor ofertado deberá contar con una garantía escrita, emitida por el distribuidor o representante local del fabricante, indicando claramente:
- El plazo de garantía del equipo, el cual debe ser por un periodo de doce (12) meses.
- Disponibilidad de soporte técnico y asesoría en el país.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES DE DESEMPEÑO O TÉCNICAS
El presente procedimiento contempla el suministro de compresores de gobernador necesarios para garantizar la operación confiable de las unidades generadoras de la Planta Hidroeléctrica Miguel Dengo. Dichos equipos incluyen los compresores principales para el correcto funcionamiento del sistema de regulación de la central.
Deberán ser nuevos, similar o superior a la marca Sauer & Sohn – Passat Series WP66L, y estar libres de defectos, deberán cumplir íntegramente con:
- Las especificaciones técnicas detalladas en este documento.
- Los estándares y recomendaciones del fabricante de cada equipo.
- La normativa técnica aplicable vigente para materiales, seguridad y desempeño.
Debe cumplir con las especificaciones técnicas descritas en los códigos SICOP y las siguientes indicaciones:
Partida No. 1
Artículo # 1 – Código # 40151601 - 92468536
Adquisición de compresores de gobernador – Planta Hidroeléctrica Miguel Dengo.
Suministro de 3 compresores de gobernador completo, similar o superior al modelo WP66L, de la marca Sauer & Sohn, Passat Series.
El oferente deberá suministrar compresores, con las siguientes características:
- Compresor similar o superior Sauer & Sohn, Passat Series, modelo WP66L.
- Motor eléctrico: 1 800 RPM +/- 2%, 460 V, NEMA, 29,83 KW (40 HP).
- Operación continua 24/7.
- Entrada de aire con filtro silenciador.
- Interenfriadores y posenfriadores.
- Separadores de agua y aceite en cada etapa.
- Válvula de alivio de seguridad en cada etapa.
- Electroválvulas de drenaje automático (115 V / 60 Hz).
- Sistema de alivio de arranque sin carga.
- Sistema automático de drenaje de condensado.
- Desempañador de condensado con contenedor incluido.
- Montajes resistentes con mangueras de drenaje y salida de aire/gas.
- Válvula de retención en manguera de salida de aire/gas.
- Sensor de control de aceite.
- Sensor de apagado por alta temperatura de aire/gas.
- Sensor de presión final (suministrado suelto).
- Sistema de control del compresor – 460 V.
- Arranque/parada del compresor.
- Monitoreo de temperatura y presión de salida.
- NEMA 4, UL508A.
- Arrancador suave (soft starter).
- Bastidor: paquete completo cableado y montado en patín.
- Método de enfriamiento: aire forzado.
- Tipo de transmisión: acoplamiento directo.
- Número de etapas/cilindros: 3/3.
- Nivel de ruido: 84–88 dB(A) a 1 m.
- Disipación térmica: 17,9–26,3 kJ/s (60 900–89 600 Btu/hr).
- Requerimiento de aire de enfriamiento: 2 200–3 240 cfm (3 740–5 500 m³/h).
- Contenido residual de aceite en salida: ≤5 mg/m³ (sin filtración adicional).
- Rango de temperatura ambiente operacional: 0–55 °C (32–131 °F).
- Capacidad de cárter de aceite: 10,5 L (11,1 qt).
- Dimensiones bloque + motor: 1 390 × 940 × 913 mm (55 × 37 × 36 pulg.).
- Peso bloque + motor: 465 kg (1 030 lbs).
- Módulo ethernet para conexión del compresor con el sistema Scada de la planta.
Datos de operación (según hoja técnica WP66L):
- Presión mínima de operación: 40 barg (580 psig).
- Presión máxima de operación: 80 barg (1 160 psig).
- Caudal a 50 barg (725 psig): 98 m³/h (57,7 scfm).
- Caudal a 60 barg (870 psig): 97 m³/h (57,1 scfm).
- Caudal a 70 barg (1 015 psig): 96 m³/h (56,5 scfm).
- Caudal a 80 barg (1 160 psig): 95 m³/h (56,0 scfm).
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Condiciones Generales (SICOP)
Las Condiciones Generales que regirán para los procedimientos de contratación administrativa, tramitadas por el Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, Institución Autónoma de la de la República de Costa Rica, domiciliada en San José y con cédula jurídica N.º 4-000-042139-02, son las CONDICIONES GENERALES DEL CAPITULO 1 DEL CARTEL TIPO DE CONDICIONES PARA PROCESOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA, publicadas en el Alcance No.161 a La Gaceta No.174 del 19 de setiembre del 2024.
Estas condiciones pueden ser accedidas por medio de la siguiente dirección electrónica: https://apps.grupoice.com/PEL/
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato corresponde a presupuestos de años futuros, la División Generación incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la dependencia se compromete a dotar el debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria.
La composición presupuestaria se distribuye de la siguiente manera:
Partida No. 1: Período 2028 un monto de 462 246,84 USD equivalente a 223 875 389,55 CRC, considerando el tipo de cambio institucional establecido por el ICE para el período 2028, el cual es de 484,32 CRC por 1,00 USD.
DECLARACIONES JURADAS:
Con la oferta se deberán presentar las siguientes declaraciones bajo fe de juramento:
Las declaraciones juradas solicitadas en el Capítulo I, apartado 4 (todos sus incisos) y el apartado 5 (Compromiso Anticorrupción) del cartel tipo; el cual pueden descargar del link indicado en el capítulo I del presente cartel.
Estas condiciones pueden ser accedidas por medio de la siguiente dirección electrónica: https://apps.grupoice.com/PEL/
CRITERIOS DE COMPRA PÚBLICA ESTRATÉGICA (CRITERIOS SOSTENIBLES):
Criterios sostenibles ambientales:
1.- Todo Oferente debe presentar declaración jurada que en caso de resultar adjudicatario o adjudicado los bienes deberán tener un embalaje de cartón u otro material reciclable o biodegradable o compostable para su transporte y almacenamiento que garanticen su perfecto estado al momento de su recepción.
Criterios sostenibles sociales:
1.- Todo oferente debe presentar declaración jurada de que en caso de resultar contratista, al momento de presentarse al ICE para entrega o retiro de productos o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea pertinente.
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN:
1 Con la oferta presentar declaración jurada que conoce la Política Integrada para la Gestión del Negocio de Electricidad (Ver Anexo # 7).
2 Con la oferta presentar declaración jurada que cumplirá la Política de Sostenibilidad del Grupo ICE, establecida en la Sesión 6637 del 11 de julio del 2024 (Ver Anexo # 8), ó ver siguiente enlace:
Marco Corporativo para la Sostenibilidad del Grupo ICE
ESTRUCTURA DEL PRECIO:
1.- El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta. Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar (Ver Anexo # 10). Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
Forma de presentar la estructura de precios en la oferta:
- Para el caso de contratación de bienes en cantidad definitiva la estructura de precios se solicitará por partida.
Forma de presentar el Presupuesto detallado:
- En los procedimientos de bienes el Presupuesto Detallado deberá ser presentado por el adjudicatario y sustenta la estructura de precio presentada en la oferta, desglosando detalladamente los componentes de cada rubro. Se anexa el formato a utilizar (Ver Anexo # 11).
El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
REAJUSTE DE PRECIOS:
Reajuste y revisión de precios: Con el fin de garantizar el mantenimiento del equilibrio económico del contrato, los reajustes o revisión de precios se calcularán con la fórmula adjunta. (Ver Anexo # 6.)
CLAUSULA PRECIOS EN DAP:
1.- El contratista deberá asegurar la mercancía desde el lugar de origen hasta el sitio final de entrega establecido.
2.- El pago de impuestos, tasas y sobretasas asociados a la nacionalización de las mercancías y la correspondiente obtención del Documento Único Aduanero (DUA) correrá por cuenta del ICE. Adicionalmente que la descarga en el sitio final de entrega corre por cuenta del ICE tal como establecido en el Incoterm DAP.
CLAUSULA DE DESEMPATE:
1.- En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los posibles adjudicatarios, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente.
2.- Para definir el desempate se utilizará la moneda.
3.- De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento presencial, el cual se incluirá en el Sistema Digital Unificado.
PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO:
1.- La garantía de cumplimiento debe ser rendida dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación en Sistema Digital Unificado-SICOP.
2.- Es obligación del Contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido a satisfacción el objeto del contrato. En este caso el Contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero.
3.- La garantía de cumplimiento deberá estar vigente durante todo el plazo de la ejecución contractual y hasta que la totalidad de los bienes objeto del Contrato haya sido recibida a entera satisfacción por parte del ICE, según la verificación y aceptación emitida por el Administrador del Contrato. La devolución de la garantía se realizará dentro de los treinta (30) días naturales posteriores a la emisión del recibido a satisfacción correspondiente de la totalidad contratada.
- La garantía de cumplimiento será de nueve (9) meses a partir de la firmeza del acto de adjudicación en SICOP, el contratista se compromete a mantener vigente dicha garantía durante todo el plazo de ejecución.
- El porcentaje de la Garantía de Cumplimiento será de un 5% del monto del contrato.
- La cuenta bancaria aplicable para el deposito de la Garantía de la Gerencia Electricidad es la siguiente:
Banco de Costa Rica
Colones CR95015201001005816660
Dólares CR07015201001016447504
AUDIENCIA PARA DESCUENTOS (MEJORA DE PRECIOS):
1.- De conformidad con el artículo 67 el Reglamento al Título II de la Ley No. 8660, la Administración podrá otorgar una audiencia posterior al acto de apertura a fin de que aquellas ofertas elegibles, tengan oportunidad de otorgar un descuento a su propuesta. Este descuento será considerado en la calificación de las ofertas. En cada cartel se dispondrá las reglas para la aplicación de descuentos.
2.- La Proveeduría citará a los proponentes que cumplan técnica y legalmente, concediéndole el plazo establecido en la tabla de plazos vigente comunicada por la Dirección Proveeduría, fijándose la fecha y hora para presentar el descuento por medio del Sistema Digital Unificado conforme con lo que disponga el cartel, sin que se afecten los demás términos de la propuesta efectuada. El descuento no podrá ser mayor a la utilidad establecida en el precio original.
3.- Junto con la mejora de precios se deberá de presentar la nueva estructura de precio y la justificación de la disminución del precio.
4.- El descuento debe estar exento de condicionamientos para que sea sujeto de aceptación y no debe ser mayor al porcentaje de utilidad de la oferta original.
5.- El oferente que ofrezca descuentos o mejoras en los precios, deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además de la estructura del precio sin descuento, asimismo en caso de presentar una mejora del precio, deberá justificar la disminución del precio.
6.- La mejora aplica sobre el subtotal del precio, sin considerar impuestos de ninguna clase.
VISITA AL SITIO:
El ICE dará al oferente acceso programado y con coordinación previa a la Planta Hidroeléctrica Miguel Dengo, asegurando las condiciones necesarias para el ingreso seguro al área de trabajo.
El ICE recomienda a los posibles oferentes realizar una visita al sitio Planta Hidroeléctrica Miguel Dengo para conocer el sistema de aire comprimido del gobernador, con el fin de aclarar dudas respecto al sistema instalado.; se realizará una única visita al sitio con los oferentes interesados dos (2) días hábiles después de la publicación del concurso, a las 10 a.m. en la Planta Hidroeléctrica Miguel Dengo ubicada en el cantón de Cañas, provincia Guanacaste. Los funcionarios de contacto para coordinar el acceso a sitio serán: encargado técnico Ing. Yohnny A. Sánchez Solís, teléfono 2000-3230, dirección electrónica: YSanchezSo@ice.go.cr. Las personas que lleven a cabo la visita deben ser funcionarios reconocidos directamente por la empresa ofertante, por lo que se deberá presentar los atestados.
OTRAS CLÁUSULAS:
SOBRE LA ENTREGA DE BIENES:
1.- Previo a la entrega de los bienes, el contratista debe elaborar en la plataforma SICOP la correspondiente “solicitud de recepción”.
2.- Se deberá adjuntar en la solicitud de recepción la “Hoja de Entrega de bienes o servicios” (HEBS) (Ver Anexo N°2) incluida en este cartel, debidamente completada con la información que se solicita.
3.- En caso de no adjuntarse la hoja de entrega de materiales sugerida, el contratista puede utilizar otro documento similar, siempre y cuando contenga los datos de la información de la HEBS.
4.- Junto con la entrega de los bienes en el sitio indicado en el contrato, se debe entregar físicamente la HEBS o documento similar el cual será utilizado para realizar la recepción provisional de bienes.
5.- La recepción de bienes se hará contra la HEB o su similar y una vez recibido de conformidad se da visto bueno para que se emita la factura electrónica.
6.- El contratista debe de contar con dos personas necesarias para la descarga de los artículos, o con un número mayor cuando las características del equipo, peso o volumen del producto lo ameriten.
7.- Se establece el plazo máximo para la recepción provisional y la recepción definitiva, conforme a lo dispuesto en el Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones.
8.- Las personas que realicen la entrega en sitio deberán portar su identificación, y contar con pantalón largo, camisa con mangas, zapatos de seguridad o cerrados, suela de goma y tacón bajo, así como casco de seguridad).
SOBRE LA FACTURACIÓN:
1.- Luego de la entrega de los bienes en el lugar indicado en el contrato, el ICE procederá a realizar la revisión cuantitativa y cualitativa de los bienes. De existir bienes que no cumplan con algún aspecto del contrato, se levantará un reclamo al contratista para que éste solucione el incumplimiento.
2.- La factura deberá ser electrónica, emitida conforme a la legislación fiscal vigente. Durante la entrega de los bienes en el lugar indicado en el contrato, el ICE procederá a realizar la revisión cuantitativa y cualitativa de los bienes. De existir bienes que no cumplan con algún aspecto del contrato, se levantará un reclamo al contratista para que éste solucione el incumplimiento.
3.- Cuando el ICE dé por aceptados los bienes recibidos, se le notificará al contratista mediante un correo electrónico emitido por administrador del contrato, el detalle de los bienes aceptados según el procedimiento de compra. La facturación de los bienes entregados deberá realizarse por el contratista hasta recibir la notificación en el correo electrónico. El ICE se reserva el derecho de recibir facturaciones sin la respectiva aceptación definitiva de los bienes.
4.- Para el envío de las facturas electrónicas, el contratista debe indicar:
- Número de pedido (MM), N° contrato, N° de procedimiento SICOP, Modalidad de la compra.
- Descripción detallada del bien entregado.
- Unidad de medida, cantidad, precio unitario y Monto total.
- Condiciones de pago pactadas.
- Cédula jurídica: 4-000-042139
- Razón social: Instituto Costarricense de Electricidad.
- Nombre comercial (ICE)
- Domicilio: San José, San José, Mata Redonda, Sabana norte, Avenida Las Américas, frente al boulevard, avenida principal.
- Código de actividad económica: 3510.0 Generación y/o distribución de energía eléctrica (hidráulica, convencional, térmica, etc.)
5.- La factura deberá ser enviada electrónicamente al correo facturasice@ice.go.cr, y de forma simultánea se deberá realizar la solicitud de pago en el módulo de SICOP establecido para tal fin, anexando la factura emitida. De no completar este paso no se procederá con el registro del pago. Las solicitudes de pago donde no se anexe la factura serán rechazadas de oficio.
6.- El ICE realizará el pago en un plazo no mayor a treinta (30) días naturales a partir de la recepción a entrega a satisfacción por parte del Responsable Técnico en el sitio de entrega pactado, y una vez emitida el acta de recepción definitiva por parte del Administrador de Contrato.
SOBRE LA EMISIÓN DE NOTAS DE CRÉDITO:
De conformidad con el Reglamento de Comprobantes Electrónicos (Decreto Ejecutivo N° 44739-H) y la normativa tributaria vigente, las notas de crédito y débito constituyen documentos electrónicos que modifican los efectos fiscales y contables de las facturas electrónicas previamente emitidas, cuya procedencia debe responder a la realidad de la transacción y a las condiciones acordadas entre las partes.
En virtud de lo anterior, se establece que la emisión de notas de crédito deberá entenderse como un acuerdo entre el contratista y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), por lo que el contratista se compromete a no emitir este tipo de comprobantes de manera unilateral sin la previa coordinación y validación del ICE o de su representante autorizado en el proceso de compra.
Lo anterior tiene como finalidad asegurar la correcta trazabilidad, registro y respaldo de las operaciones, así como prevenir inconsistencias en la información reportada ante la Administración Tributaria. En caso de emitirse comprobantes que no correspondan con la realidad de la transacción o sin la debida coordinación, el contratista deberá gestionar oportunamente su corrección mediante los mecanismos establecidos (como la emisión de notas de débito u otros que correspondan), sin perjuicio de las responsabilidades y ajustes que pudieran derivarse conforme a la normativa tributaria aplicable.
Las partes acuerdan mantener una coordinación permanente para la adecuada gestión de los comprobantes electrónicos, en resguardo del cumplimiento normativo y la correcta ejecución contractual.
PORTACIÓN DE CARNÉ Y CONDUCTA EN INSTALACIONES ICE:
1.- Es obligación del contratista, sea persona física o jurídica, que el personal de su empresa porte el carné de su organización siempre visible al momento que ingresen a las instalaciones de las empresas del Grupo ICE durante la ejecución del contrato. Este carné debe contener al menos el nombre de la empresa contratista, nombre completo del trabajador y su fotografía, la revisión de este requisito se realizará al ingreso de las instalaciones por parte del personal de vigilancia.
2.- El contratista deberá entregar al Administrador de Contrato mediante correo electrónico con 5 días hábiles de anticipación a la entrega del bien, el formulario adjunto al cartel DG-00-FO-81-002 (Ver Anexo No.3) “Solicitud de ingreso a particulares a instalaciones de la División Generación”. El contratista deberá presentar al momento de ingreso el documento debidamente autorizado por el ICE, de lo contrario, por directriz de la administración superior el personal de vigilancia (institucional o privada) en el puesto de ingreso no le permitirá el acceso.
3.- Durante la permanencia en las instalaciones del ICE, el contratista estará sujeto a lo estipulado en el procedimiento DG-00PR-81-002 (Ver Anexo # 4) “Ingreso a instalaciones de la División de Generación”. El incumplimiento al procedimiento faculta al ICE a solicitar corregir cualquier discrepancia con el personal del contratista que está haciendo la entrega y en casos de gravedad se puede incluso solicitar la salida de las instalaciones del ICE.
4.- El costo de cualquier daño a los bienes del ICE, causado por personal o equipo del contratista, correrá por cuenta de este último.
5.- Dentro de las instalaciones de la Institución, está PROHIBIDO FUMAR.
6.- No podrán ingresar a las instalaciones ICE, aquellos vehículos que: tengan fugas, no tengan la revisión vehicular por el emisor del servicio contratado por el Estado al día, o permiso de circulación este vencido. Esto será revisando por los oficiales de seguridad en el puesto de vigilancia en sitio.
7.- El personal del contratista es responsable de su propia seguridad y tendrá cuidado en prevenir lesiones a sus compañeros. Este personal siempre estará acompañado de personal de la Institución que lo guiará sobre el procedimiento que se debe cumplir al ingreso de las instalaciones, procedimiento DG-00PR-81-002 (Ver Anexo # 4) ingreso a instalaciones de la División de Generación.
8.- El contratista debe indicar las condiciones del embalaje de los materiales, dimensiones, así como si requiere que el ICE le suministre maquinaria especial, herramienta, o equipo de protección personal adicional para el descargo; de no requerir, deberá confirmar que lo va a aportar, para coordinar con el encargado de Seguridad y Salud en el trabajo (SST) para su revisión y cumplimiento. El ICE se reserva el derecho de rechazar, al momento del recibo de los bienes, aquellos que no hayan dado aviso y que incumplan los requisitos estipulados, sin costo adicional para el ICE.
9.- El ICE dará al contratista acceso programado y con coordinación previa a la Planta Hidroeléctrica Miguel Dengo, asegurando las condiciones necesarias para el ingreso seguro al área de trabajo.
METODOLOGÍA PARA LA RAZONABILIDAD:
Partida No. 1
Debido a que no se establecieron bandas de tolerancia, se indica lo siguiente: Cuando exista una diferencia entre el monto estimado y el monto ofertado en un ±15%, será obligatorio justificar dicha variación. Esta justificación deberá presentarse de forma detallada y documentada, en atención a lo dispuesto en el artículo 42, inciso f), del Reglamento Interno de Contratación Administrativa (RICA).
PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE CALIDAD AL MOMENTO DE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES:
Para que el lote sea aceptado, la totalidad de los bienes deben encontrarse en perfectas condiciones, libre de daños, defectos o incumplimientos de las Especificaciones Técnicas y los Requisitos y funcionalidad establecidos.
Si, durante la inspección de los bienes, se detecta algún bien que no cumple con las condiciones de calidad, funcionalidad, presentación o especificaciones técnicas (es decir, no se encuentran en perfectas condiciones), se procederá de la siguiente manera:
Sustitución de Bienes Defectuosos: Todos los bienes que, tras la inspección total, se determinen como dañados, defectuosos o no conformes con las Especificaciones Técnicas del cartel y el contrato, deberán ser sustituidos en un plazo no mayor de 20 días hábiles. Los bienes de sustitución deben ser completamente nuevos y garantizar el total cumplimiento de todas las condiciones y especificaciones técnicas originales, sin implicar costo adicional ni prórroga en el plazo de entrega.
Reinspección: La aceptación final del bien solo se producirá una vez que se haya verificado que todos los bienes sustituidos cumplen cabalmente con las especificaciones técnicas.
Recepción Provisional (Inspección) Objeto: La Recepción Provisional constituye la fase de control de calidad y la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas. Se aplicará el Procedimiento de Control de Calidad al Momento de la Recepción de los Bienes descrito en este cartel.
Acta Provisional: Al recibir físicamente los bienes, el ICE levantará un Acta de Recepción Provisional, en la cual se consignará la fecha y hora de la entrega, la cantidad recibida y la conformidad o disconformidad preliminar de los bienes respecto a las especificaciones y la ausencia de daños visibles.
Bienes Rechazados: Si durante la inspección se detectan bienes dañados, defectuosos o no conformes, el Contratista deberá realizar la sustitución de estos, según lo estipulado en la sección de Procedimiento de Control de Calidad “Sustitución de Bienes Defectuosos”.
Plazo para Sustitución: El Contratista se obliga a reemplazar los bienes defectuosos al término del plazo indicado por el ICE para la sustitución según el procedimiento de control de calidad “Sustitución de Bienes Defectuosos”, sin costo adicional.
Sustitución con plazo mayor por fabricación. Cuando la sustitución implique procesos de fabricación y de importación cuyo plazo exceda los veinte (20) días hábiles antes indicados, el contratista deberá presentar al ICE, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles contado a partir de la notificación realizada por el Administrador del Contrato, una nota formal en la que justifique la imposibilidad de cumplir con la sustitución dentro del plazo ordinario, así como un cronograma detallado de las actividades a ejecutar, indicando de manera expresa el plazo final de entrega de los bienes que deberán sustituir.
Recepción Definitiva: La Recepción Definitiva se formalizará únicamente cuando la totalidad de los bienes entregados y, en su caso, los sustituidos, hayan sido inspeccionados y se haya verificado su cabal y estricto cumplimiento con todas las Especificaciones Técnicas, las características de calidad, presentación y funcionalidad establecidas en el cartel.
Acta Definitiva: Una vez cumplida la condición anterior, el ICE suscribirá el Acta de Recepción Definitiva en SICOP, la cual formaliza la recepción de los bienes a satisfacción y marca el inicio del periodo de garantía contractual.
PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA TÉCNICA
La garantía técnica será de 12 meses y se ejecutará conforme al siguiente procedimiento:
1.- Detección de la falla o defecto. Si durante el período de garantía se detectan defectos, fallas de funcionamiento, vicios ocultos, deterioros anormales o cualquier incumplimiento respecto de las especificaciones técnicas, calidad, presentación o funcionalidad exigidas contractualmente, el ICE documentará la situación por medio del Administrador del Contrato, identificando los bienes afectados y la naturaleza del defecto, falla o incumplimiento presentado.
2.- Notificación al contratista. Una vez verificada la existencia del defecto o falla, el Administrador del Contrato notificará formalmente al contratista, remitiendo el detalle de la situación detectada y requiriéndole el análisis técnico correspondiente, a fin de que determine la causa de la falla, el alcance de la afectación y la medida correctiva aplicable.
3.- Análisis técnico por parte del contratista y fabricante. Recibida la notificación, el contratista junto con el fabricante deberá realizar el análisis técnico respectivo sobre los bienes reportados y comunicar formalmente al ICE el resultado de dicho análisis, indicando de manera fundamentada la causa de la falla o defecto, su incidencia sobre el funcionamiento del bien, la solución técnica propuesta y si procede o no la sustitución del bien afectado.
4.- Procedencia de la sustitución. Cuando del análisis realizado se determine que el defecto, falla, vicio oculto, deterioro anormal o incumplimiento es atribuible a la calidad, fabricación, materiales, diseño, embalaje, transporte o a cualquier otra causa imputable al contratista o al bien suministrado, procederá la sustitución del bien afectado. En caso de que el contratista considere que no procede la sustitución, deberá justificar técnica y documentalmente su posición ante el ICE dentro del plazo indicado en el punto 5 y 6. En todo caso, corresponderá al ICE, por medio del Administrador del Contrato, valorar lo indicado por el contratista y resolver lo que corresponda en resguardo del interés público y del cumplimiento contractual.
5.- Plazo de sustitución. Cuando proceda la sustitución, el contratista deberá efectuarla en un plazo máximo de sesenta y cinco (65) días hábiles, contado a partir de la notificación realizada por el Administrador del Contrato.
6.- Sustitución con plazo mayor por fabricación. Cuando la sustitución implique procesos de fabricación y de importación cuyo plazo exceda los sesenta y cinco (65) días hábiles antes indicados, el contratista deberá presentar al ICE, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles contado a partir de la notificación realizada por el Administrador del Contrato, una nota formal en la que justifique la imposibilidad de cumplir con la sustitución dentro del plazo ordinario, así como un cronograma detallado de las actividades a ejecutar, indicando de manera expresa el plazo final de entrega de los bienes sustituidos.
7.- Valoración y seguimiento por parte del ICE. El ICE, por medio del Administrador del Contrato, evaluará el análisis técnico, las justificaciones y el cronograma presentados por el contratista, con el fin de verificar que estos se encuentren fundamentados, sean coherentes con las condiciones contractuales y técnicamente viables. Dicha evaluación permitirá determinar, de manera expresa, la procedencia o improcedencia de la sustitución solicitada, así como establecer los plazos y criterios aplicables para la reposición de los bienes. Asimismo, el ICE dará seguimiento al cumplimiento de las actividades aprobadas y al plazo final definido para la reposición, conforme al cronograma validado, sin que dicha valoración implique aceptación automática de lo propuesto por el contratista.
8.- Costos asociados. Todos los costos asociados a la sustitución, incluyendo fabricación, transporte, entrega y retiro, cuando corresponda, correrán por cuenta exclusiva del contratista, sin que ello genere costo adicional alguno para el ICE.
9.- Verificación del cumplimiento. Una vez realizada la sustitución, el ICE verificará que los bienes repuestos cumplan integralmente con las especificaciones técnicas, condiciones de calidad y funcionamiento exigidas contractualmente. En caso de persistir el incumplimiento, el ICE podrá requerir nuevamente la sustitución correspondiente, sin perjuicio de la aplicación de las medidas contractuales, administrativas y legales procedentes.
10.- Responsabilidad del contratista. La ejecución de la garantía técnica no limita la potestad del ICE de reclamar daños y perjuicios ni de adoptar las acciones contractuales, administrativas o legales que correspondan en caso de incumplimiento, esto previo al debido proceso.
11.- Regla de comunicación del contratista. Toda gestión, respuesta, análisis, justificación, cronograma o manifestación que deba emitir el contratista en el marco de la ejecución de la garantía técnica deberá ser notificada formalmente al ICE dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado a partir de la notificación realizada por el Administrador del Contrato.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
Partida No. 1
1.- Los bienes deben venir debidamente identificados de fábrica con su respectivo número de parte; no se aceptará etiquetados que no sean de fábrica, ni rotulaciones manuales, ni empaques no originales con respecto a la marca ofertada.
2.- Los bienes deberán tener un embalaje de cartón u otro material reciclable o biodegradable o compostable para su transporte y almacenamiento que garanticen su perfecto estado al momento de su recepción.
3.- Los bienes tienen que ser nuevos, de la marca indicada en la oferta, no se recibirán con partes oxidadas, defectos de pinturas, golpes, deformaciones y/o cualquier otro daño o defecto que haga dudar de las buenas condiciones de los elementos. En caso de que los bienes no sean entregados en perfectas condiciones de embalaje podrías ser considerada como una razón para rechazar los bienes entregados y solicitar su reemplazo.
4.- El contratista quedará comprometido a reponer, por su cuenta y riesgo, incluyendo el transporte y cualquier otro gasto adicional, el material, partes o equipos que se pruebe se han dañado durante el periodo de garantía como consecuencia de defectos de fabricación, oxido, descuadres, variaciones de medidas, golpes, diferentes especificaciones, mala calidad de los materiales empleados, deficiente embalaje o por cualquier otra causa que se compruebe de la responsabilidad del contratista.
5.- El contratista está en la obligación de reemplazar los bienes entregados en caso de que se detecte algún fallo de funcionamiento, un defecto de fabricación o daño estructural, reemplazarlo según consta en el apartado PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE CALIDAD AL MOMENTO DE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES, inciso "Sustitución de Bienes Defectuosos".
6.- En caso de que, durante el periodo de garantía, se presenten defectos o fallas en los bienes suministrados, el administrador del contrato notificará al contratista mediante correo electrónico, para tales efectos se debe seguir el. “PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA TÉCNICA".
7.- Una vez entregados los equipos y durante el periodo de la Garantía Técnica, el contratista deberá dar soporte técnico al personal del ICE en el arranque de los equipos, así como espacio para las aclaraciones y consultas ya sea con el contratista o el fabricante.
8.- Requisitos generales de calidad y documentación
- Conformidad técnica: Los compresores de gobernador deberán cumplir con las dimensiones, materiales, tolerancias y especificaciones indicadas, garantizando plena compatibilidad con las condiciones hidráulicas, mecánicas y térmicas de las unidades generadoras de la Planta Hidroeléctrica Miguel Dengo.
- Documentación mínima para entregar por cada ítem:
- Fichas técnicas completas y certificados de material.
- Instrucciones de instalación y mantenimiento.
- Estado de entrega: Los equipos deberán ser 100% nuevos.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. En caso de atraso en la entrega de la obra, suministro o la prestación del servicio se cobrará un 0,5% por concepto de clausula penal por cada día natural de atraso, según lo establecido en el artículo 41 del Reglamento a la Ley 8660. (Ver Anexo # 5)
Documentos del cartel11
- ANEXO # 11 - FORMATO PRESUPUESTO DETALLADO BIENES Y SERVICIOSXLSX · 20 KB
- ANEXO # 10 - FORMATO ESTRUCTURA DE PRECIOS BIENES Y SERVICIOSDOCX · 51 KB
- ANEXO # 9 - POLÍTICA CORPORATIVA PARA LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓNPDF · 389 KB
- ANEXO # 8 - MARCO CORPORATIVA PARA LA SOSTENIBILIDAD DEL GRUPO ICEPDF · 645 KB
- ANEXO # 7 - POLITICA INTEGRADA PARA LA GESTION DEL NEPDF · 3 MB
- ANEXO # 6 - CLAUSULA REAJUSTE-REVISION DE PRECIOSDOCX · 51 KB
- ANEXO # 5 - TABLA DE ESTIMACION DE CLAUSULA PENALPDF · 123 KB
- ANEXO # 4 - DG-00PR-81-002 INGRESO A INSTALACIONES DE LA DGPDF · 266 KB
- ANEXO # 3 - DG-82-FO-81-002 SOLICITUD DE INGRESODOCX · 82 KB
- ANEXO # 2 - HOJA DE ENTREGA DE BIENES O SERVICIOSXLSX · 10 KB
- ANEXO # 1 - DECLARACIONES JURADAS Y CERTIFICACIONESPDF · 205 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Yohnny Alberto Sanchez Solis
División Generación
Yohnny Alberto Sanchez Solis
División Generación
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 30/09/2026 06:46. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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