2026LD-000005-0014200001 · SICOP 20260901476
Compra de vehículo tipo pick up doble cabina 4x4
Sistema Nacional de Educación Musical
Sistema Nacional de Educación Musical ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡15,5 millones y quedó en firme el 30/09/2026. Se recibieron 4 ofertas de 4 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡15,5 millones
Ofertas recibidas
4
de 4 empresas
Oferta más baja
—
Quién ganóen firme 30/09/2026
- Vehiculos Internacionales VeinsaLa más barata de 4$37 900,01
Informe de recomendación de Marinet Piedra Esquivel, 25/09/2026 · adjuntos: DF-045-26 5.02.01 Compra de vehículo 4 x 4 doble cabina (1).pdf, Consultas de morosidad 25-09-2026-firmado.pdf, ANÁLISIS TÉCNICO - COMPRA 1 VEHICULO 4X4.pdf, Análisis Integral Compra de Vehículo-firmado.pdf, Revisión de las ofertas compra de vehículo-firmado.pdf
Fechas clave
- Se publicó10/09/2026 15:43 · hace 31 días
- Límite para 16/09/2026 23:59 · hace 25 días
- Límite para 17/09/2026 23:59 · hace 24 días
- Cierre de ofertas21/09/2026 23:59 · hace 20 días
- de ofertas22/09/2026 08:00 · hace 19 días
- publicado25/09/2026 12:07 · hace 16 días
- Adjudicación 30/09/2026 09:15 · hace 11 días
El cartel fue modificado (2 versiones publicadas).
Nota de la institución. Las solicitudes de aclaración y los recursos que se presenten serán tramitados conforme a la normativa aplicable y remitidos al área técnica competente cuando correspondan a aspectos de su competencia. La presentación de la oferta implica la aceptación plena del presente pliego de condiciones y de la normativa legal y reglamentaria aplicable.
Contexto
- Sistema Nacional de Educación Musical adjudicó ₡89,0 millones en 8 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Vehículo, Tipo Pick-up con Doble Cabina, Potencia 136 Kw (185 HP), Transmisión Automática, Combustible: Diesel, Tracción Doble (4x4), 5 Pasajeros1 c/u · ₡15 515 000,001 c/u₡15 515 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡13,2 millones – ₡15,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 85 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,85 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 3 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : sí
- : no
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 85 % · Experiencia 10 % · Criterios sociales 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 85 | Experienciamáx. 10 | Criterios socialesmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Vehiculos Internacionales VeinsaGanó | 85 | 10 | 5 | 100 |
| Cori Motors de Centroamerica | 80,65 | 10 | 5 | 95,65 |
| Consorcio Grand Motors - Coricar | 78,64 | 10 | 5 | 93,64 |
| Corporacion Grupo Q Costa Rica | 70,78 | 10 | 5 | 85,78 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se publica el resultado del acto final correspondiente al procedimiento de Licitación Reducida N.° 2026LD-000005-0014200001, denominado ‘Compra de vehículo tipo pick up doble cabina 4x4’, de conformidad con el análisis integral de las ofertas y la decisión adoptada por la Administración. El detalle de la adjudicación y su respectiva fundamentación constan en el acto final incorporado al expediente electrónico en SICOP.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Las ofertas que se presenten a concurso para ser elegibles para ser evaluadas deben tenerlos siguientes requisitos:
▪ Estar inscritos en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
▪ Estar al día con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
▪ star al día con el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF).
▪ La persona oferente debe contar con taller de servicio autorizado por la persona fabricante para brindar servicios de mantenimiento de los vehículos cotizados, y/o cualquier reparación atribuible a la garantía de los vehículos, debe presentar carta con membrete de la persona fabricante que autorice al taller(es) a realizar estas labores. El oferente deberá contar con taller autorizado por el fabricante para la atención de garantías y mantenimiento.
▪ Es requisito de admisibilidad que los talleres de servicio técnico disponibles estén certificados por fábrica, y que brinden los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo recomendado por el fabricante, así como atender cualquier reclamo por garantía de funcionamiento en un plazo máximo de 3 días hábiles. En la oferta brindarse la información de la ubicación exacta, características generales de las instalaciones, número de teléfono y contacto.
▪ La persona oferente debe contar con una experiencia mínima de 5 años en la importación y comercialización de vehículos nuevos en Costa Rica. La experiencia mínima de 5 años es con el fin de adquirir vehículos de trayectoria reconocida en el país y que cuenten con el suficiente respaldo postventa, en aras de resguardar el interés público, además, es relevante considerar que el oferente este consolidado en ventas de esa clase de vehículos. Para verificar la experiencia deberán de aportar una certificación de la casa matriz donde se indique: Nombre del importador, marca del vehículo, antigüedad de la marca en el mercado nacional.
▪ La Administración aclara que el requisito de cinco años de comercialización no se refiere necesariamente al año-modelo específico ofertado, sino a la permanencia comprobada en el mercado de la línea o plataforma vehicular correspondiente, o bien a la trayectoria comercial de la marca fabricante. El objetivo del requisito es garantizar respaldo técnico, disponibilidad de repuestos, continuidad comercial y experiencia comprobada del producto en el mercado, evitando riesgos asociados a vehículos de introducción reciente sin historial de desempeño suficiente.
▪ La persona adjudicataria se compromete a suplir repuestos por un plazo mínimo de 7 años a partir de la entrega del vehículo a satisfacción, y la institución se reserva el derecho de verificar la existencia de repuestos por los medios que considere pertinente. Toda reparación cubierta por garantía deberá iniciarse en un plazo máximo de 3 días hábiles desde el reporte. Las personas oferentes deben contar con repuestos en el país y contar con un sistema eficiente de importación de repuestos para suplirlos en un plazo máximo de 25 días hábiles al precio normal de lista. Teniendo disponibilidad inmediata de repuestos críticos como: filtros, pastillas, discos, amortiguadores, sensores y componentes electrónicos.
▪ La cobertura de garantía del equipo deberá ser de 3 (tres) años o 100.000 (cien mil) km, lo que ocurra primero, en condiciones normales de uso, mantenimiento y conservación, de acuerdo con lo recomendado por el fabricante. Las garantías ofrecidas inician en el momento que la unidad sea recibida satisfactoriamente por el SiNEM, la cual debe realizarse mediante declaración jurada.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
La persona oferente deberá revisar detalladamente el documento de Pliego de Condiciones adjunto, el cual forma parte integral del formulario del cartel, y cumplir con la totalidad de los requisitos, condiciones, especificaciones, plazos y demás disposiciones allí establecidas.
El cumplimiento de dichos requerimientos será verificado durante el análisis técnico e integral de las ofertas y, posteriormente, durante la entrega y ejecución contractual, según corresponda. La verificación y seguimiento de los requerimientos durante la ejecución estará a cargo del señor Esteban Rojas Fernández, administrador del contrato.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
El oferente debe acatar las condiciones generales, indicar y aportar lo que corresponda en cada uno de los puntos de este pliego de condiciones.
a) Para realizar el registro de la oferta en SICOP, se deberá considerar, según cada punto, los siguientes aspectos:
a.1. Se debe presentar únicamente la oferta base, según las condiciones del presente pliego (no se aceptan ofertas alternativas); su sola presentación se entiende como la manifestación de voluntad de contratar con pleno sometimiento al ordenamiento jurídico, a las condiciones definidas por la Administración y además cumplir con las obligaciones de la seguridad social, lo cual deberá mantener durante la ejecución del contrato.
a.2. Con la entrega de la oferta en tiempo, se entiende aceptado el plazo de vigencia de la oferta establecido en el pliego de condiciones y durante las diferentes etapas del procedimiento.
a.3. Los documentos no se deben incluir como “Confidenciales”, ya que únicamente aplica cuando se trata de estados financieros. Toda información adjunta a la oferta deberá ser pública; a menos que la parte interesada considere que la información aportada para un procedimiento de contratación es de carácter confidencial, deberá indicarlo en el sistema digital unificado con sus motivos y sustento jurídico, con la finalidad de cumplir lo preceptuado en el artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública, salvo solicitud de la Contraloría General de República, la Procuraduría General de la República o cualquier autoridad judicial que por sus competencias, requieran a la Administración contratante la visualización de dicha información. (Art. 30 RLGCP).
a.4. Cada documento que conforma la oferta se debe adjuntar de forma individual (favor no incluir documentos agrupados).
a.5. El nombre de cada documento incluido en la oferta debe identificar claramente su contenido.
a.6. Se debe verificar que las firmas digitales que consten en los documentos sean válidas en el portal WEB de servicios financieros del Banco Central de Costa Rica.
a.7. Los documentos escaneados y firmados en físico o en manuscrito, deberán presentarse juntamente con la certificación emitida por notario público, donde se haga constar que es copia fiel y exacta de su original, de conformidad con el artículo 295 de la LGAP. No aplica en caso de que la firma corresponda a quien aprueba la oferta en SICOP.
a.8. El oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.
De conformidad con el art. 49 de la ley General de Contratación Pública y el art. 133 de su Reglamento, junto con la propuesta se aportará un listado de los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar. Asimismo, se debe aportar una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas.
Según el artículo 18 de la LGCP todo subcontratista debe estar inscrito en el sistema digital unificado.
De conformidad con el artículo 29 de la LGCP, todo interesado en participar como subcontratista, en cualquier procedimiento de contratación pública, deberá rendir una declaración jurada, esta deberá formar parte del Registro de Proveedores que conformará la Dirección de Contratación Pública, el cual será de acceso público y estará disponible para su consulta y verificación por parte de cualquier interesado, a través del sistema digital unificado. Para poder participar en los procedimientos de contratación pública es deber de los oferentes, contratistas y subcontratistas mantenerla actualizada. De generarse cualquier variación a los términos consignados en la declaración que consta en el registro, deberán rendir oportunamente una nueva que deberá constar en el sistema digital unificado, a efectos de que la información sea completa, actual y fidedigna.
En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en su oferta que la información contenida en la declaración jurada, presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable.
Cada subcontratista también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el (los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial. Lo anterior de conformidad con el artículo 32 del Reglamento a la ley General de Contratación Pública y artículo 5 de la Ley N° 9416 denominada “Ley para Mejorar la lucha contra el fraude fiscal”, de fecha 14 de diciembre de 2016.
No se considera subcontratación la adquisición de suministros, aún cuando éstos conlleven su propia instalación, ni tampoco los compromisos asumidos por cada uno de los participantes de una oferta en consorcio.
De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, las obligaciones que corresponden con dicha Institución, también se extienden a terceros subcontratados por el contratista, quien será solidariamente responsable por su inobservancia. En virtud de lo anterior, en la ejecución del contrato el contratista debe velar porque la empresa o persona física subcontratada, mantenga regulada su condición con la C.C.S.S.
a.9. Se prevé la posibilidad de subsanar los defectos que contenga la oferta, bajo las reglas estipuladas en el artículo 50 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 134 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, siendo que en la etapa de revisión de ofertas se prevé un subsane consolidado por oferta, se les solicita a los oferentes presentar su oferta en el mismo orden en que está descrito el pliego de condiciones y adjuntar la prueba documental completa solicitada.
a.10. De conformidad con el artículo 134 del RLGCP, serán excluidas del concurso, las ofertas que incumplan aspectos esenciales de las bases de la contratación o que sean sustancialmente disconformes con el ordenamiento jurídico.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa por defectos en la ejecución contractual Se aplicará una multa equivalente al uno por ciento (1 %) por cada día hábil, calculada sobre el valor de la parte incumplida, cuando se determinen defectos en la ejecución contractual. En particular, procederá la multa cuando el adjudicatario entregue el bien contratado con defectos que no sean corregidos o cuando este no reúna las características y funciones mínimas establecidas en el pliego de condiciones. Cobro y excepciones El cobro de las multas y/o de la cláusula penal podrá efectuarse con cargo a las retenciones del precio que se hubieren practicado y a los saldos pendientes de pago. El administrador del contrato no gestionará el cobro de la multa y/o cláusula penal únicamente cuando el incumplimiento del contratista obedezca a caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración, siempre que dichas circunstancias se encuentren debidamente comprobadas y se haya seguido el procedimiento correspondiente. Deben considerarse las multas que pueden imponerse en razón de recursos temerarios, según la Ley General de Contratación Pública artículo 93. Para todo lo no previsto expresamente en este apartado respecto del procedimiento de aplicación, cobro, eximentes y demás aspectos relacionados con las multas y cláusulas penales, se estará a lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y demás normativa aplicable.
Cláusula penal. Cláusula penal por atraso en la entrega En caso de que exista atraso en la entrega del vehículo respecto del plazo establecido en el pliego de condiciones y en la oferta, el contratista deberá pagar al Sistema Nacional de Educación Musical, por concepto de cláusula penal, un uno por ciento (1 %) por cada día hábil de atraso, calculado sobre el valor de la parte incumplida. El porcentaje máximo de la sanción por concepto de cláusula penal será del veinticinco por ciento (25 %). Justificación de la cláusula penal La cláusula penal se establece debido a que la entrega tardía del vehículo afectaría el cumplimiento de las funciones institucionales, al impedir o dificultar el traslado de las personas servidoras que deben atender funciones propias de su cargo y representar a la Institución en las actividades y territorios donde el Sistema Nacional de Educación Musical debe tener presencia. Asimismo, el atraso podría generar un incremento en los gastos económicos y en el tiempo requerido para los traslados, debido a la necesidad de utilizar transporte público.
Documentos del cartel2
- Pliego de CondicionesPDF · 399 KB
- modificacion de pliegoPDF · 471 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Esteban Rojas Fernandez
SERVICIOS GENERALES
Esteban Rojas Fernandez
SERVICIOS GENERALES
Esteban Rojas Fernandez
SERVICIOS GENERALES
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 09:29. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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