2026LD-000087-0019800001 · SICOP 20260901617
Compra de Sillas Ergonómicas
Asamblea Legislativa
Asamblea Legislativa busca compra de sillas ergonómicas con un presupuesto de ₡9,1 millones. Recibe ofertas hasta el 12/10/2026 (mañana).
₡9,1 millones
Tiempo para ofertar
mañana
cierra el 12/10/2026 09:00
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó06/10/2026 14:35 · hace 5 días
- Límite para 07/10/2026 23:59 · hace 4 días
- Límite para 08/10/2026 23:59 · hace 3 días
- Cierre de ofertas12/10/2026 09:00 · mañana
- de ofertas12/10/2026 09:01 · mañana
- (plazo máximo)≈ 22/10/2026 · en 11 días
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 20/10/2026 09:00 → 12/10/2026 09:00
- Apertura de ofertas: 20/10/2026 09:01 → 12/10/2026 09:01
- Límite de observaciones a la apertura: 20/10/2026 11:00 → 12/10/2026 11:00
- Plazo del acto final: 10 → 8
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 5,9 oferentes.74 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Asamblea Legislativa adjudicó ₡1 501,0 millones en 160 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡7,7 millones – ₡9,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Qué se compra1 línea
- Silla Ergonomica, Material Respaldo y Cabecera en Malla, Asiento Espuma Moldeada Cubierta en Tela, Capacidad 160 Kg, Dimensiones Altura Total 113-119,5, Altura Respado 74,7 Cm, Ancho del Asiento 65-70,5 Cm.44 c/u · ₡9 055 860,0044 c/u₡9 055 860,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 90 % · CRITERIO AMBIENTAL 5 % · CRITERIO ECONÓMICO 5 %
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1.6.- El precio: Deberá ser cierto y definitivo, en caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes. El oferente podrá cotizar en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica. En caso de recibir propuestas en diferentes monedas, la Administración las convertirá a una misma moneda (colones) para efectos de comparación, aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la apertura de la oferta.
1.6.1 Precio inaceptable. Se estimarán inaceptables y no formarán parte de las ofertas aquellas que contengan precios inaceptables en los términos del artículo 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Se considerarán inaceptables los precios ruinosos o no remunerativos, excesivos, aquellos que superen la disponibilidad presupuestaria institucional y los que sean producto de prácticas colusorias o anticompetitivas. Previo a su exclusión, la Administración solicitará las justificaciones y documentación que considere necesarias para verificar la razonabilidad del precio ofertado.
1.7.- La oferta: Deberá elaborarse con precios unitarios y totales. Si la sumatoria de los precios unitarios excede el precio total, la oferta se comparará con el mayor precio.
En caso de precios unitarios, la Administración se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
En el precio para la partida y línea, se deberá indicar por separado el impuesto al valor agregado (IVA). En el caso de ofertas con más de dos decimales, tanto para los precios unitarios y totales ofertados, al momento de confeccionar la orden de pedido en el sistema SIAF de la institución, se tomarán los dos primeros decimales sin aplicar redondeo.
En caso de ofertas en dólares, el oferente deberá autorizar desde la oferta un redondeo hacia abajo, para que, al momento de aplicar el tipo de cambio a efectos de pago, el precio no contenga más de dos decimales.
La oferta deberá redactarse en idioma español. La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español.
1.7.1.- Los oferentes deberán encontrarse al día con el pago de las cuotas obrero-patronales de la CCSS y de FODESAF.
1.7.2.- Deberá mantener actualizada, en el Registro de Proveedores del Sistema Digital Unificado, declaración jurada de que no les afecta el régimen de prohibiciones, especificando la naturaleza y propiedad de las acciones e indicación del beneficiario final. Dicha obligación aplica para el oferente, contratista y subcontratistas.
El oferente deberá presentar declaración jurada en la que indique, que la información del registro de proveedores se encuentra vigente.
De conformidad con el art. 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública la Administración contratante verificará el estado de las obligaciones del oferente y subcontratista señaladas en el pliego de condiciones. En caso de no contar con la información en el SDU se realizará la consulta en línea en el sitio web de cada entidad competente en la materia.
El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
El oferente deberá presentar declaración jurada en la que indique, que la información del registro de proveedores se encuentra vigente.
De conformidad con el art. 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública la Administración contratante verificará el estado de las obligaciones del oferente y subcontratista señaladas en el pliego de condiciones. En caso de no contar con la información en el SDU se realizará la consulta en línea en el sitio web de cada entidad competente en la materia.
El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
1.7.3.- El contratista deberá adquirir y mantener por la duración de la contratación, la siguiente póliza emitida por algún ente asegurador avalado por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE).
- Póliza de Riesgos del Trabajo, que corresponda con la actividad económica del objeto contractual, de modo que cubra a todo su personal empleado en la realización del servicio, tal como lo señalan los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo donde se declara obligatorio, universal y forzoso el seguro contra riesgos del trabajo, estableciéndose, por tanto, la imposición del patrono de asegurar a los trabajadores contra este tipo de riesgos.
El monto de la póliza será de acuerdo con la planilla que presente para la ejecución de este contrato y una certificación donde claramente se demuestre que quienes brindan el servicio a la Asamblea Legislativa se encuentran debidamente incluidos y al día en dicha póliza; con los siguientes datos:
- Nombre y número de cédula de la empresa adjudicada.
- Nombre del representante y número de teléfono.
- Actividad económica o servicio que presta.
- Detalle exacto del lugar de los trabajos.
- Cantidad de empleados con nombre, Nº de cédula y salario reportado.
- Monto de la licitación.
- Número de póliza de Riesgos del Trabajo que ampara a los trabajadores.
El administrador del contrato será el encargado de verificar el cumplimiento de lo anterior.
1.7.4.- Subcontratación: En la oferta se deberá indicar el listado de los subcontratistas, así como el objeto de subcontratación, con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. La totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas.
El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Una persona física o jurídica, únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico. (Artículo 49 de la L.G.C.P.).
1.7.5.- La oferta económica deberá ser acorde con los requerimientos y especificaciones técnicas contenidas en el pliego de condiciones electrónico y documento complementario a dicho pliego.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- Partida # 1, Línea # 1: “Compra de sillas ergonómicas”
Cantidad: 44 unidades.
Código SICOP: 56112102 92470541
Código Presupuestario: 5.01.04.050.013
Solicitud de Pedido: 260278
2.1.1.- Características Generales:
2.1.1.1.- Sistema de ajuste por teclas o botones de fácil acceso a los lados del asiento, mediante sistema de cables, permitiendo su fácil acceso, a las personas usuarias.
2.1.1.2.- Con tratamiento de repelencia a líquidos y polvo.
2.1.1.3.- Deberá contar con un diseño que incorpore las medidas antropométricas, biomecánicas y ergonómicas de los usuarios cuya altura esté comprendida entre los 1.50 y 1.90 metros de altura.
2.1.1.4.- Cabecera: Opcional, puede tener o no cabecera.
2.1.1.4.1.- De estructura plástica resistente.
2.1.1.4.2.- Deberá ser con tapizado en malla de nylon, antideslizante y transpirable.
2.1.1.4.3.- Que sea ajustable en altura y ángulo.
2.1.1.5.- Respaldar:
2.1.1.5.1.- Estructura plástica extra-resistente de polipropileno con molde ergonómico, bordes redondeados.
2.1.1.5.2.- Con tapizado en malla de nylon de alta resistencia, transpirable, antideslizante, liviano, firme y retardante al fuego y de color negro.
2.1.1.5.3.- El respaldo deberá ser reclinable en al menos 3 posiciones, con sistema de bloqueo multisyncro, con sistema de seguridad follow me.
2.1.1.5.4.- El sistema de reclinado con capacidad de soporte de más de 120.000 ciclos.
2.1.1.5.5.- Con ajuste de tensión por medio de barra extensible debajo del asiento.
2.1.1.5.6.- Con diseño anatómico, el cual permite una postura ergonómica.
2.1.1.5.7.- Con sistema de acople para cabecera.
2.1.1.5.8.- Medidas del respaldo: 50 cm., de ancho y 60 cm., de alto, +/-5 cm.
2.1.1.6.- Soporte Lumbar:
2.1.1.6.1.- Estructura plástica elaborada en polipropileno.
2.1.1.6.2.- Con ajuste en altura.
2.1.1.6.3.- De material firme, confortable con bordes redondeados.
2.1.1.6.4.- Medidas: 30 cm., de ancho y 12 cm., de alto, +/- 5 cm.
2.1.1.7.- Descansabrazos:
2.1.1.7.1.- Diseño ergonómico con función de ajuste tipo 3D o 4D o superior.
2.1.1.7.2.- Estructura plástica resistente elaborada en polipropileno, con almohadilla acolchado y suave al tacto, de 24 cm., de largo y 9 cm., de ancho, +/- 2 cm.
2.1.1.7.3.- Deberán ser ajustables en altura por medio de botón.
2.1.1.7.4.- Movimiento pivote de hasta 15°.
2.1.1.7.5.- Deberá contar con ajuste horizontal hacia adentro y hacia afuera de +/-5 cm., permitiendo un adecuado espacio según la contextura del usuario.
2.1.1.7.6.- Deberá contar con ajuste tipo slider (hacia adelante y hacia atrás) con desplazamiento de 3 y 5 cm., que permita un adecuado espacio apoyo de los codos.
2.1.1.8.- Asiento:
2.1.1.8.1.- Estructura plástica extra resistente, elaborada en polipropileno.
2.1.1.8.2.- Deberá ser de espuma con tela de malla tipo mesh o malla de nylon color negro, de alta resistencia que permita el paso de líquidos, transpirable, antideslizante, liviano, firme y retardante al fuego.
2.1.1.8.3.- Con borde redondeado y caído, con una curvatura anatómica diseñada para el soporte de la pelvis, no se aceptarán asientos planos. El borde frontal de la silla deberá ser tipo cascada, no se permitirá acabado en ángulo recto.
2.1.1.8.4.- Asiento ergonómico ajustable en altura, mediante pistón de gas.
2.1.1.8.5.- Medidas del asiento al suelo: de 45 cm., mínimo en su punto bajo de 60 cm., en su punto alto, +/- 5 cm.
2.1.1.8.6.- Deberá contar con profundidad ajustable, tipo slider (hacia adelante y hacia atrás) que le permita separarse o acercarse horizontalmente al respaldar.
2.1.1.8.7.- Medidas del asiento: 50 cm., de ancho como mínimo y 50 cm., de profundidad +/- 5 cm.
2.1.1.9.- Aspa y Rodines:
2.1.1.9.1.- Aspa de aluminio pulido de 65 cm., de diámetro con 5 brazos reforzados.
2.1.1.9.2.- Rodines omnidireccionales de doble rueda libre de alto tránsito, con espiga metálica reforzada.
2.1.1.9.3.- Diámetro de los rodines de 60 mm.
2.1.1.10.- Mecanismo Operativo:
2.1.1.10.1.- Con mecanismo de accionadores compactos por medio de cables, diseñados para el ajuste de la silla en altura, respaldo y slider (hacia adelante y hacia atrás) desde la posición del usuario.
2.1.1.10.2.- Ajuste de la tensión del respaldo reclinable.
2.1.1.10.3.- Ajuste de la tensión del respaldo reclinable por medio de palanca retráctil.
2.1.1.10.4.- Pistón CLASE #4.
2.1.1.10.5.- Soporte mínimo de peso de 145 Kilos.
2.1.1.10.6.- Mecanismo suabe de rotación 360°.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Descripción de la justificación:
La adquisición de sillas ergonómicas se justifica como una medida necesaria para fortalecer las condiciones de salud ocupacional y seguridad en el trabajo de las personas funcionarias que desempeñan labores en la Institución. Este mobiliario contribuye a brindar un soporte adecuado durante la jornada laboral, favoreciendo una postura correcta y reduciendo el riesgo de molestias o afectaciones musculoesqueléticas en la población legislativa. En atención al criterio técnico de Salud Ocupacional, la compra de estos bienes resulta necesaria para prevenir, mitigar y atender situaciones que puedan incidir en el bienestar, la continuidad del servicio y el adecuado desempeño de las funciones institucionales.
- Aplicación de criterio de Contratación Pública Estratégica: Se incorporaron criterios estratégicos, en el punto 3.1.2. del sistema de evaluación del presente documento.
- Presupuesto:
|
Partida: |
Línea: |
Código Presupuestario: |
Subpartida: |
Solicitud de Pedido: |
Monto Presupuestado: |
|
1 |
1 |
5.01.04.050.013 |
5.01.04 |
260278 |
¢ 9,075,000.00 |
La estimación presupuestaria para esta contratación es de ¢ 9,075,000.00 (nueve millones setenta y cinco mil colones) que corresponden a la partida presupuestaria 5.01.04, contando con dicho monto en el presupuesto ordinario 2026.
1.4.- Bandas de tolerancia:
Según el estudio de mercado, se determinaron las siguientes bandas de tolerancia:
Línea 1
|
MARGEN |
MONTO |
CANTIDAD |
ESTIMACIÓN TOTAL |
|
Precio de referencia |
₵205,518.00 |
44 |
₵9,055,879.36 |
|
Margen inferior |
₵162,442.23 |
44 |
₵7,147,458.09 |
|
Margen superior |
₵249,188.65 |
44 |
₵10,964,300.63 |
1.5.- La Proveeduría de la Asamblea Legislativa será el departamento encargado de tramitar el procedimiento de contratación y proporcionará cualquier información adicional necesaria respecto a las especificaciones y documentación relacionada con esta contratación, previa coordinación con la Unidad Técnica responsable, en este caso, la "Gerencia Administrativa".
1.7.3.- El contratista deberá adquirir y mantener por la duración de la contratación, la siguiente póliza emitida por algún ente asegurador avalado por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE).
- Póliza de Riesgos del Trabajo, que corresponda con la actividad económica del objeto contractual, de modo que cubra a todo su personal empleado en la realización del servicio, tal como lo señalan los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo donde se declara obligatorio, universal y forzoso el seguro contra riesgos del trabajo, estableciéndose, por tanto, la imposición del patrono de asegurar a los trabajadores contra este tipo de riesgos.
El monto de la póliza será de acuerdo con la planilla que presente para la ejecución de este contrato y una certificación donde claramente se demuestre que quienes brindan el servicio a la Asamblea Legislativa se encuentran debidamente incluidos y al día en dicha póliza; con los siguientes datos:
- Nombre y número de cédula de la empresa adjudicada.
- Nombre del representante y número de teléfono.
- Actividad económica o servicio que presta.
- Detalle exacto del lugar de los trabajos.
- Cantidad de empleados con nombre, Nº de cédula y salario reportado.
- Monto de la licitación.
- Número de póliza de Riesgos del Trabajo que ampara a los trabajadores.
El administrador del contrato será el encargado de verificar el cumplimiento de lo anterior.
1.7.4.- Subcontratación: En la oferta deberá indicarse el listado de subcontratistas, el objeto de la subcontratación y el porcentaje que asumirá cada uno. La subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50 %) del monto total del contrato ni comprender prestaciones esenciales vinculadas con los aspectos que determinaron la selección del contratista. No se considerarán subcontratación los contratos de aprovisionamiento de bienes o servicios necesarios para la ejecución contractual. La sustitución de un subcontratista requerirá el visto bueno de la Administración y la verificación de que el sustituto cumple los mismos requisitos exigidos al anterior. La subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado.
El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Una persona física o jurídica, únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico. (Artículo 49 del L.G.C.P.).
1.7.5.- La oferta económica deberá ser acorde con los requerimientos y especificaciones técnicas contenidas en el pliego de condiciones electrónico y documento complementario a dicho pliego.
1.8.- Garantía de cumplimiento: De conformidad con el artículo 44 de le Ley General de Contratación Pública y articulo 110 de su reglamento, siendo la presente contratación una Licitación Reducida, se manifiesta de forma expresa que no se requiere de garantía de cumplimiento.
1.9.- Tributos: Si el oferente no señala los tributos que afectan su propuesta, se presume que el monto total cotizado los contiene, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local (Artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública).
La Asamblea Legislativa se encuentra exonerada conforme a:
- La Ley N° 641 de 23 de agosto de 1946, modificada en su artículo primero por la Ley N° 174 de 21 de setiembre de 1948: Las importaciones.
- La Ley N° 7293 Reguladora de Todas las Exoneraciones Vigentes, su Derogatoria y sus Excepciones, Articulo 15: Impuesto sobre la Renta; Artículo 30: Impuesto Selectivo de Consumo.
Para el trámite de exoneración, la Asamblea Legislativa requiere conocer el detalle de las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que recaen en las obras, bienes o servicios objeto de esta licitación.
1.10.- El oferente deberá indicar en la oferta; todas las características del bien o servicio cotizado, marca, modelo y demás características técnicas.
1.11.- Precio C.I.F. Almacén de la Proveeduría de la Asamblea Legislativa. (En caso de que el bien sea sujeto de importación).
1.12.- Forma de pago:
Se realizará un solo pago, una vez recibido a satisfacción el objeto contractual por parte del administrador del contrato.
Deberá aceptar la forma de pago de la institución: Para que la Asamblea Legislativa cancele las obligaciones contraídas, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
- Visto bueno del acuerdo de pago por parte de la Gerente General y Gerente del Departamento Financiero.
- Transferencia electrónica por medio del sistema Web Banking del Ministerio de Hacienda.
- El oferente deberá indicar en la oferta el número de cuenta IBAN en colones, donde se le depositará el pago, en caso de ser adjudicado.
- El plazo máximo para que la Asamblea Legislativa pague será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente de la fecha de la presentación de la factura comercial, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo contratado.
- En contratos de bienes y servicios deberá mediar un acta de recepción del objeto contractual, conforme a los parámetros de calidad establecidos en la decisión inicial y en el pliego de condiciones.
Toda persona física o jurídica que realice gestiones de pago con la Asamblea Legislativa deberá indicar en la factura comercial el número de cuenta IBAN en colones, donde se le depositará el pago, así mismo, deberá aportar una impresión de la entidad bancaria respectiva que indique el número de cuenta IBAN en colones. De igual forma, deberá informar cuando realice un cambio en el número de cuenta IBAN en colones.
1.13.- Trámite de factura electrónica:
- Deberá contar con la notificación del contrato a través del SDU, junto con la orden de pedido aprobada del Sistema Integrado de Administración Financiera de la institución (SIAF).
- Asamblea Legislativa, cédula jurídica: 2-200-042153.
- Se deberá enviar al siguiente correo electrónico: facturaelectronica@asamblea.go.cr; con un mínimo de dos días hábiles de anticipación a la fecha de entrega, para poder realizar las revisiones respectivas; previo a realizar la gestión de recepción en el módulo de pago del Sistema Digital Unificado.
- Si la oferta fue presentada en dólares, deberá facturar en dólares sin excepción; caso contrario, no se podrá tramitar el pago respectivo.
- Contacto: Sonia Vega Solano, jefa Área de Gestión y Control.
- Dirección: San José, Cantón Central, Distrito El Carmen, entre Avenida Central y Avenida Primera, entre calles 17 y 19, costado sureste del Parque Nacional, Edificio Sion, segundo piso.
Nota: Para el trámite de pago respectivo, se debe incluir en la factura: número de la orden de pedido SIAF de la institución, número de cuenta IBAN en colones del proveedor, el número de actividad económica es: 8411.0. (Actividades de la administración Pública en general) y el porcentaje de IVA correspondiente según normativa vigente por cada línea contratada.
1.14.- La adjudicación: La Asamblea Legislativa recibirá ofertas totales. La Administración se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente la oferta que más convenga a sus intereses y a la disponibilidad presupuestaria, o bien rechazarlas todas y declarar desierto o infructuoso el concurso, de acuerdo con el artículo 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
1.15.- Entrega de bienes actualizados: De conformidad con el artículo 287 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el contratista está obligado en el momento de realizar la entrega, a entregar bienes en las mejores condiciones y actualizados.
1.16.- El oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se admitirá la cotización parcial de una línea Art. 123. “Integralidad de la oferta”, del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. 6. Cláusula penal: Debido a repercusiones de un eventual incumplimiento por parte de la adjudicataria, el servicio que se brinda en el Departamento de Servicios de Salud puede verse afectado, por lo tanto, se aplicará una cláusula penal del 0.5%. Ver Anexo N° 1 “Tabla Estimación de Cláusula Penal”
Documentos del cartel5
- Cronograma detallado de plazos para los procedimientos ordinarios 1PDF · 358 KB
- Clausula penal sillas ergonómicas 2026DOCX · 195 KB
- Estudio Mercado Sillas Ergonomicas 2026DOCX · 594 KB
- Documento complementario Pliego de condiciones Sillas ergonómicasPDF · 399 KB
- SP 260278 Compra de sillas ergonómicasPDF · 471 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Karen Artavia Herrera
Gerencia Administrativa
Karen Artavia Herrera
Gerencia Administrativa
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 08/10/2026 06:28. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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