2026LD-000312-0000900001 · SICOP 20260901651
MATERIALES PARA FISIOTERAPIA
Universidad de Costa Rica
Universidad de Costa Rica publicó esta compra con un presupuesto de ₡802 900, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 28/09/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡802 900
para todos los lotes
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Suma de las ofertas más bajas
—
Fechas clave
- Se publicó23/09/2026 16:02 · hace 18 días
- Límite para 24/09/2026 23:59 · hace 17 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 16 días
- Cierre de ofertas28/09/2026 09:00 · hace 13 días
- de ofertas28/09/2026 09:00 · hace 13 días
- publicado02/10/2026 15:05 · hace 9 días
- Adjudicación 02/10/2026 15:06 · hace 9 días
Quién ganó cada loteen firme 02/10/2026
- L1Adjudicatario no indicado en el acto finalBanco Giratorio Quirurgico, Acero Inoxidable, Anillo para Descansar Pies, Tubo No Menor 12 Mm Diámetro, Acabado Pulido Sanitario, Diámetro Asiento 30 Cm
- L2Adjudicatario no indicado en el acto finalUnidad de Presión Sanguínea Aneroide (esfigmomanometro) Durashock sin Engranajes, Welch Allyn # de Parte DS44- 11 MC con Brazaletes Flexiport # 9, #10, #11 y # 12. Diseño Integrado Sistema de Insuflacion Libre de Látex. Precisión Certificada de +/- 3 Mmhg. Manómetro Giratoria con Rotación de 360°.
Informe de recomendación de Mariana Cervantes Azofeifa, 28/09/2026
Contexto
- Universidad de Costa Rica adjudicó ₡22 659,3 millones en 928 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas · 2 lotes
- L1Banco Giratorio Quirurgico, Acero Inoxidable, Anillo para Descansar Pies, Tubo No Menor 12 Mm Diámetro, Acabado Pulido Sanitario, Diámetro Asiento 30 Cm7 c/u · ₡592 900,007 c/u₡592 900,00
- L2Unidad de Presión Sanguínea Aneroide (esfigmomanometro) Durashock sin Engranajes, Welch Allyn # de Parte DS44- 11 MC con Brazaletes Flexiport # 9, #10, #11 y # 12. Diseño Integrado Sistema de Insuflacion Libre de Látex. Precisión Certificada de +/- 3 Mmhg. Manómetro Giratoria con Rotación de 360°.10 c/u · ₡210 000,0010 c/u₡210 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡503 965 – ₡592 900
- Lote 2₡178 500 – ₡210 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
CONDICIONES GENERALES PARA COMPRA DE BIENES
- Ficha técnica
El oferente deberá aportar la ficha técnica únicamente del artículo que oferta.
La ficha técnica debe permitir verificar claramente el cumplimiento de las características solicitadas en el pliego de condiciones.
- Elementos necesarios para el funcionamiento del bien
El oferente deberá incluir en su oferta todos los materiales, accesorios, componentes, licencias, instalaciones, configuraciones, adaptaciones o cualquier otro elemento necesario para que el bien funcione correctamente, aunque no se mencionen expresamente en las especificaciones técnicas.
La omisión de estos elementos no dará derecho a cobros adicionales posteriores.
- Representación de marca y respaldo del fabricante
El oferente deberá contar con el respaldo del fabricante o de un distribuidor autorizado para la venta, garantía, repuestos y servicio posventa de los bienes ofertados en el mercado nacional.
Para demostrarlo, deberá aportar una certificación vigente que respalde la autorización correspondiente.
La certificación deberá estar vigente al momento de la apertura de ofertas y mantenerse vigente durante las etapas del concurso, formalización contractual y ejecución del contrato.
Si la certificación vence durante el procedimiento o la ejecución contractual, el oferente o contratista deberá actualizarla de oficio e informar oportunamente a la Administración.
La Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de verificar la autenticidad y vigencia de la documentación presentada.
- Tipos de representación aceptados
Se aceptarán los siguientes tipos de representación, según corresponda:
- a) Representación exclusiva: el oferente deberá aportar certificación del fabricante que indique que es el único distribuidor, representante exclusivo o único autorizado para Costa Rica o para la zona correspondiente.
- b) Representación directa: el oferente deberá aportar certificación emitida por el fabricante que autorice la venta y garantice el respaldo de fábrica, repuestos, garantía y soporte técnico.
- c) Representación autorizada por un distribuidor: cuando el oferente actúe autorizado por un distribuidor intermediario, deberá aportar la certificación del fabricante y la certificación del distribuidor que lo autoriza. La certificación del fabricante deberá permitir la venta a terceros y respaldar la garantía de fábrica, repuestos y soporte técnico.
- Garantía técnica, mantenimiento y repuestos
Para las líneas que corresponda, el oferente deberá otorgar la garantía técnica mínima indicada para cada ítem en el Sistema Digital Unificado.
La garantía deberá cubrir defectos de fabricación, funcionamiento, instalación, componentes y repuestos.
El oferente deberá indicar claramente:
- a) Plazo de garantía.
b) Cobertura de la garantía.
c) Beneficios incluidos.
d) Exclusiones aplicables.
Las exclusiones que no se indiquen expresamente en la oferta no serán válidas.
La garantía empezará a regir a partir del momento en que los bienes estén instalados, funcionando y recibidos definitivamente por la unidad usuaria.
Durante el periodo de garantía, el contratista deberá sustituir, reparar o corregir, sin costo para la Universidad de Costa Rica, cualquier componente o equipo que falle en condiciones normales de uso.
Los repuestos o componentes sustituidos deberán ser nuevos, originales o compatibles según lo aceptado por la Administración. No se aceptarán repuestos usados, reconstruidos o genéricos cuando afecten la calidad, seguridad, garantía o funcionamiento del bien adquirido.
Cuando se sustituya un componente por garantía, el plazo de garantía de ese componente iniciará nuevamente a partir de su sustitución.
- Traslado de equipos para reparación
Si durante el periodo de garantía se requiere trasladar el equipo al taller del contratista, este será responsable del transporte, reparación, custodia y resguardo del bien.
Si el equipo sufre daño, pérdida o siniestro mientras se encuentra bajo responsabilidad del contratista, este deberá repararlo o sustituirlo sin costo para la Universidad de Costa Rica.
- Personal técnico
El contratista será responsable de que el personal asignado para la instalación, mantenimiento, reparación, capacitación o cualquier servicio relacionado con el bien cuente con la experiencia, conocimientos y competencias necesarias.
La Universidad de Costa Rica no asumirá responsabilidad por daños derivados de una mala manipulación, instalación o intervención realizada por personal del contratista.
- Garantía de sustitución
Durante la vigencia de la garantía, cualquier daño causado por defectos de fabricación, mala construcción, fallas de componentes o cualquier otra causa atribuible al fabricante o al contratista deberá ser corregido por cuenta y riesgo del contratista, sin costo adicional para la Administración.
Si el equipo o componente sufre un daño irreparable durante el periodo de garantía, el contratista deberá sustituirlo a la mayor brevedad posible, con el fin de evitar afectaciones en las actividades de la Universidad de Costa Rica.
Cuando el daño sea atribuible al fabricante o al contratista, no se aceptarán reparaciones que disminuyan la calidad, vida útil, seguridad o funcionamiento del bien. En esos casos, el equipo o componente deberá sustituirse por uno nuevo, de igual o superior calidad al originalmente ofertado.
- Información para atención de garantías
El contratista deberá aportar los medios de contacto para la atención de garantías, mantenimientos o servicios correctivos.
Como mínimo, deberá indicar:
- a) Nombre de la persona responsable.
b) Número de teléfono.
c) Correo electrónico.
d) Procedimiento para solicitar atención.
e) Horario de atención.
f) Plazo de respuesta ante reportes o emergencias, cuando corresponda. - Condiciones específicas indicadas en el Sistema Digital Unificado
En el apartado “Información de bien, servicio u obra”, detalle de línea y detalle de partida, se indicarán las condiciones específicas de cada bien, tales como:
- a) Modalidad de entrega.
b) Esquema y modalidad de pago.
c) Pólizas, cuando correspondan.
d) Colegios profesionales, cuando correspondan.
e) Forma de entrega.
f) Lugar de entrega.
g) Plazo de entrega.
h) Garantía técnica.
i) Muestras, cuando se soliciten.
j) Instalación.
k) Mantenimiento.
l) Capacitación.
m) Coordinaciones de entrega.
n) Cualquier otra condición propia de la línea o partida.
Sobre estas condiciones prevalecerá lo indicado en el Sistema Digital Unificado.
- Declaraciones y condiciones generales del sistema
El oferente deberá revisar, leer y aportar, cuando corresponda, los documentos solicitados en el botón de “Declaraciones y Condiciones Generales” del Sistema Digital Unificado.
La presentación de la oferta implica la aceptación de las condiciones establecidas en el pliego y en el Sistema Digital Unificado.
- Patente y permiso de funcionamiento
El oferente deberá indicar en su oferta, según corresponda, una de las siguientes condiciones:
- a) Que cuenta con patente al día vinculada con el objeto de la contratación y permiso de funcionamiento vigente, cuando este resulte aplicable.
- b) Que no cuenta con patente o permiso de funcionamiento al momento de presentar la oferta, pero que, en caso de resultar adjudicatario, aportará dichos documentos antes del inicio de la ejecución contractual, cuando resulten necesarios para ejecutar el objeto contratado.
Cuando el oferente no presente la patente o permiso de funcionamiento con su oferta, se le advierte que, en caso de resultar adjudicatario, deberá aportar dichos documentos antes del inicio de la ejecución contractual, para que la Universidad de Costa Rica verifique el cumplimiento normativo correspondiente.
- Orden de inicio
La orden de inicio corresponderá al día siguiente de la firmeza del acto de adjudicación, salvo que en el Sistema Digital Unificado, en el contrato o en la orden de compra se indique una fecha distinta.
- Precio de referencia, bandas de tolerancia y razonabilidad del precio
Para el análisis de razonabilidad del precio, la Administración utilizará como precio de referencia el resultado del sondeo o estudio de mercado incorporado al expediente y al pliego de condiciones, de conformidad con el artículo 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
El precio de referencia y las bandas de tolerancia aplicables serán las establecidas en el pliego de condiciones.
Se considerará razonable el precio ofertado que se ubique dentro de las bandas de tolerancia definidas por la Administración.
Cuando el precio ofertado se ubique por debajo del límite inferior o por encima del límite superior de la banda de tolerancia, el oferente deberá incluir desde su oferta una justificación clara, razonada y suficiente que permita valorar por qué su precio se aparta del precio de referencia.
La omisión de esta justificación no será considerada un aspecto subsanable, ya que debe ser presentada desde la oferta por el oferente que, conociendo el precio de referencia y las bandas de tolerancia, decida cotizar fuera de dichos rangos.
Lo anterior se establece sin perjuicio de que la Administración pueda realizar la indagatoria correspondiente conforme al artículo 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, cuando proceda.
Durante la indagatoria de precio ruinoso, no remunerativo o excesivo, la Administración no requerirá la presentación total o parcial del presupuesto detallado. No obstante, si el oferente lo aporta voluntariamente, la Administración podrá considerarlo dentro del análisis respectivo.
Si la diferencia del precio ofertado no puede justificarse razonablemente, la Administración podrá declarar el precio inaceptable, excluir la oferta o declarar infructuoso el concurso, según corresponda.
- Subsanación, aclaración de ofertas y plazo para responder prevenciones
La Administración realizará el análisis legal, técnico y presupuestario o financiero de las ofertas recibidas, conforme al artículo 50 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 134 y 135 de su Reglamento.
El plazo para responder la prevención será definido por la Administración en cada caso, según:
- a) El tipo de información solicitada.
b) La complejidad para obtenerla.
c) El tipo de procedimiento de contratación.
d) La etapa en que se encuentre el análisis de ofertas.
El plazo otorgado podrá prorrogarse mediante acto motivado, hasta por un plazo igual al inicialmente concedido.
El plazo otorgado podrá prorrogarse mediante acto motivado, hasta por un plazo igual al inicialmente concedido.
- Estudios que realizará la Administración
Para determinar el cumplimiento de las ofertas y la procedencia de una eventual adjudicación, la Administración podrá realizar los siguientes estudios, según corresponda:
La Administración podrá realizar los estudios que considere necesarios para verificar el cumplimiento de las ofertas, incluyendo la revisión de aspectos legales, administrativos, técnicos, presupuestarios y financieros, así como el análisis de la razonabilidad del precio ofertado respecto del precio de referencia y las bandas de tolerancia establecidas. Asimismo, podrá efectuar indagatorias cuando existan dudas sobre la razonabilidad del precio y revisar muestras cuando estas sean requeridas o resulten necesarias para comprobar la calidad, funcionalidad y cumplimiento de los bienes ofertados.
La Administración podrá realizar cualquier otro estudio necesario para valorar correctamente las ofertas, siempre que esté justificado y sea conforme con el objeto contractual, el pliego de condiciones y la normativa aplicable.
La única estructura del precio valida para efectos de determinar el precio cierto y definitivo será la suministrada por la Administración en el presente pliego de condiciones, por ello, los oferentes deberán incluir cada elemento del precio según lo dispuesto en dicha estructura. Lo anterior, con el objetivo de evaluar las ofertas en igualdad de condiciones en cuanto precio se refiere.
Estructura de precios bienes
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del RLGCP, todo oferente tiene la obligación de presentar la estructura del precio tanto en valores absolutos como porcentuales. Para la presente licitación se establece la siguiente plantilla en la que se debe agregar cada línea en la que se presente una oferta (línea 1, ......Línea 2, Línea 3 y/o Línea 4 etc, según corresponda ), indicando el porcentaje de ponderación de cada componente dentro del precio total y el monto correspondiente.
Instrucciones de llenado:
a) La columna “% Ponderación” debe sumar 100 %.
b) La columna “Monto (₡ / $ u otra )” debe coincidir con el precio total ofertado para la línea correspondiente.
c) Los montos deben incluir todos los costos, cargas, utilidades e impuestos aplicables, conforme a la normativa vigente y lo indicado en SICOP. Impuestos por separado, en caso de no indicarlos se presume que están incluidos; así como indicar si no le afecta el impuesto por el tipo de bien.
d) Si la oferta se presenta en moneda extranjera, utilice el signo correspondiente y observe lo dispuesto en este proceso respecto a tipo de cambio y pagos.
e) Cuando existan subcontrataciones, refleje su costo en el renglón respectivo y asegure consistencia con lo declarado en su oferta técnica y administrativa.
|
Componente |
% Ponderación |
Monto (₡ / $) |
|
Costos directos |
___ % |
___ |
|
Costos indirectos |
___ % |
___ |
|
Utilidad |
___ % |
___ |
|
TOTAL |
100 % |
|
|
|
|
|
Impuestos 2%, u otro justificar cuando corresponda uno distinto
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
|
Partida |
Linea |
Descripción |
|
1 |
1 |
Unidad de presión sanguínea aneroide (esfigmomanometro) manual portátil, de 300mmHG, con brazalete de nylon, de preferencia con marcas de rangos y estuche protector. Sistema de insuflación libre de látex. |
|
2 |
2 |
Banco giratorio quirúrgico, de acero inoxidable, con anillo para descansar los pies, de tubo no menor de 12 mm de diámetro, acabado pulido sanitario, diámetro del asiento 30 cm aproximadamente. |
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
Revisar, leer y aportar los documentos indicados en el botón “Condiciones y Declaraciones” establecidas en el pliego de condiciones del Sistema Digital Unificado.
Documentos del cartel2
- Sondeo mercadoPDF · 461 KB
- CronogramaXLSX · 31 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Geraldy Mora Núñez
Escuela de Tecnologías en Salud
Antonio Francisco Marin Gonzalez
UNIDAD DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN
Randall Gerardo Porras Picado
Unidad de Ejecución Contractual
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 03/10/2026 06:54. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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