2026XE-000819-0000400001 · SICOP 20260901769
S.E. LICITACION ABREVIADA// ADQUISICIÓN DE TUBERIA DE HIERRO GALVANIZADO CEDULA 80 /GE-056. P.E.
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad busca s.e. licitacion abreviada// adquisición de tuberia de hierro galvanizado cedula 80 /ge-056. p.e con un presupuesto de ₡406,9 millones. Recibe ofertas hasta el 30/10/2026 (en 19 días).
₡406,9 millones
Tiempo para ofertar
19 días
cierra el 30/10/2026 23:59
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó02/10/2026 15:23 · hace 9 días
- Límite para 09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- Límite para 09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- Cierre de ofertas30/10/2026 23:59 · en 19 días
- de ofertas02/11/2026 07:30 · en 22 días
- (plazo máximo)≈ 28/12/2026 · en 78 días
Nota de la institución. Todas las aclaraciones serán atendidas cuando no cambie el objeto del negocio, ni constituyan una variación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Compras parecidas de esta institución recibieron en promedio 2 oferentes.3 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años. Poca competencia esperada.
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡345,9 millones – ₡406,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra1 línea
- Tubo de Acero Galvanizado , de 152,4 Mm de Diametro X 6 M de Largo, Cedula 80, Acople Liso1 c/u · ₡262 185,001 c/u₡262 185,00
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 36 meses
- : sí
- La oferta debe mantenerse 80 días hábiles
- Contrato por 36 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
OBLIGACIONES DEL OFERENTE:
A. Declaración bajo la fe del juramento:
Que la tubería de hierro galvanizado cédula 80 ofertada en el presente proceso de contratación es nueva, sin uso previo, sin remanufactura, sin reconstrucción y sin reparación, libre de cualquier defecto de fabricación, material o acabado que pueda comprometer su funcionalidad, integridad estructural o vida útil esperada.
B. Declaración Jurada de Experiencia
De conformidad con lo establecido en el cartel, el oferente deberá presentar una declaración jurada en la que manifieste expresamente el cumplimiento del requisito de experiencia, demostrando que ha ejecutado o se encuentra ejecutando al menos tres (3) contratos —con entidades públicas y/o privadas— relacionados con el suministro de bienes iguales o superiores a los requeridos en la presente contratación, dentro del período comprendido en los últimos tres (3) años a la fecha de apertura de ofertas.
Para efectos del presente requisito, se aceptarán contratos que se encuentren aún vigentes y en ejecución al momento de la presentación de la oferta.
La declaración jurada deberá incluir, para cada contrato reportado, como mínimo la siguiente información:
- Nombre del proyecto o contrato.
- Año de ejecución.
- Nombre del propietario de la obra o del contratante.
- Persona de contacto, indicando número de teléfono y/o correo electrónico.
- Descripción de los bienes suministrados.
- Marca y modelo de los bienes suministrados.
C. El oferente deberá suministrar la información técnica en español (Fichas técnicas, catálogos, panfletos, certificación de calidad de fábrica), (se debe resaltar la información de interés indicando número de página) completa en el momento de presentar la oferta, que permita su análisis, estudio comparativo y verificación del cumplimiento de lo ofertado, para efectos de recomendación, haciendo referencia a cada uno de los ítems solicitados.
D. Declaración bajo la fe del juramento:
Que la tubería de hierro galvanizado cédula 80 ofertada cumple con la totalidad de los requerimientos técnicos establecidos en el cartel.
E. Con la presentación de la oferta, todo oferente nacional debe indicar el monto del impuesto del precio cotizado en la casilla correspondiente en SICOP. En caso de no incluir el rubro de impuestos, se deberá adjuntar la documentación correspondiente que demuestre que su precio está exento de impuestos. En el caso de oferentes extranjeros el precio cotizado debe incluir todos los impuestos que corresponden incluyendo las retenciones sobre las remesas.
F. El oferente deberá cotizar los precios unitarios y los costos por acarreo para cada ítem y para efectos comparativos y de recomendación, se multiplican los precios unitarios totales por las cantidades totales.
G. El oferente deberá aportar los certificados de calidad de origen de la tubería, en el que se especifique los requerimientos dimensionales, mecánicos y de composición química, que serán utilizados para el galvanizado en caliente”.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
REQUERIMIENTO
- Tubería sin costura de sección
- Fabricada a partir de acero al carbono con recubrimiento galvanizado por inmersión en caliente.
- Extremos lisos.
- Diámetro nominal 6 pulgadas.
- Longitud de 6 metros.
- Debe de cumplir con las siguientes
Normas aplicables: ASTM A123: Especificación estándar para recubrimientos de zinc (galvanizado) en productos de hierro y acero.
ASTM A53: Especificación estándar para tubería de acero, negra y galvanizada por inmersión en caliente, soldada y sin costura.
ISO 1461: Recubrimientos de zinc aplicados por inmersión en caliente en hierro y acero - Especificaciones y métodos de ensayo.
UNE-EN ISO 1461: Recubrimientos de zinc aplicados por inmersión en caliente en hierro y acero - Especificaciones y métodos de ensayo (norma europea).
- Adherencia: El recubrimiento de zinc debe adherirse firmemente a la superficie del metal base.
- Uniformidad: El recubrimiento de zinc debe ser uniforme y no presentar defectos visibles.
- Resistencia a la corrosión: El recubrimiento de zinc debe proporcionar una buena resistencia a la corrosión en ambientes corrosivos.
- Se deben incluir certificados de calidad de fabricación.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
LAS CONDICIONES GENERALES: que regirán para los procedimientos de contratación administrativa, tramitadas por el Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, Institución Autónoma de la de la República de Costa Rica, domiciliado en San José y con cédula jurídica Nº 4-000-042139-02, son las CONDICIONES GENERALES DEL CARTEL TIPO CAPITULO I DE CONDICONES PARA PROCESOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA, publicadas en el Alcance No. 161 a La Gaceta No. 174 del 19 de setiembre del 2024.
Estas condiciones pueden ser accedidas por medio de la siguiente dirección electrónica: https://apps.grupoice.com/PEL/
OBJETO:
El Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, institución autónoma de la República de Costa Rica, domiciliada en San José y con cédula jurídica N.º 4-000-042139-02, invita a participar en la contratación para la “S.E. LICITACION ABREVIADA// ADQUISICIÓN DE TUBERIA DE HIERRO GALVANIZADO CEDULA 80 OBR/GE-056. P.E.
EROGACIONES DE AÑOS FUTUROS:
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato que corresponde a presupuestos de años futuros, la DISA incluirá en las cifras de formulación presupuestaria de año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la DISA se compromete a dotar del debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO:
La garantía de cumplimiento será por un monto equivalente al porcentaje del 5% del valor total adjudicado, con vigencia durante la ejecución del contrato (treinta y seis (36) meses) contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, además de las prórrogas en caso de que se establezcan.
La garantía de cumplimiento debe ser rendida electrónicamente a través del Sistema Digital Unificado SICOP.
El Contratista se compromete a mantener vigente la garantía de cumplimiento durante todo el contrato, misma que se devolverá dentro de los treinta (30) días naturales posteriores a la fecha en que se tengan por emitidos, tanto el Acta de Recepción Definitiva del Objeto Contractual, como el Acta de Recibo Conforme de la Documentación y Planos.
Para todos los efectos de la Garantía de Cumplimiento, deberá referirse a lo establecido en el Reglamento Interno de Contratación Administrativa del ICE, en su versión 13, así como con lo establecido en el Reglamento al Título II de la Ley 8660.
CRITERIOS SOSTENIBLES:
a) Criterios ambientales:
- Todo material que se utilice para el embalaje deberá ser de material reciclable y deberá ser retirado de las instalaciones por parte del contratista al finalizar la labor.
- Debe asumir la responsabilidad administrativa, civil y penal por los residuos generados en caso de no ser material reciclable, en dado caso el contratista será responsable de su disposición final. b) Criterios sociales:
- El personal del contratista, al momento de presentarse al ICE para entrega o retiro de productos o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea pertinente.
CLÁUSULA DE DESAMPATE:
En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los posibles adjudicatarios, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente.
Para definir el desempate se utilizará la moneda.
De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento.
MEJORA DE PRECIOS:
De conformidad con el artículo 66 el Reglamento al Título II de la Ley N°.8660, la Administración podrá otorgar audiencias posteriores al acto de apertura a fin de que aquellas ofertas elegibles, tengan oportunidad de otorgar un descuento a su propuesta. Este descuento será considerado en la calificación de las ofertas. En cada cartel se dispondrá las reglas para la aplicación de descuentos.
La Proveeduría citará a los proponentes que cumplan técnica y legalmente, concediéndole el plazo establecido en la tabla de plazos vigente comunicada por la Dirección Proveeduría, fijándose la fecha y hora para presentar el descuento por medio del Sistema Digital Unificado, sin que se afecten los demás términos de la propuesta efectuada.
Junto con la mejora de precios se deberá de presentar la nueva estructura de precio y la justificación de la disminución del precio.
El descuento debe estar exento de condicionamientos para que sea sujeto de aceptación.
El descuento no podrá ser mayor a la utilidad establecida en el precio original
No se aceptarán propuestas de descuento que no hubiesen sido presentadas en la audiencia fijada por la Proveeduría del ICE al efecto.
El oferente que ofrezca descuentos o mejoras en los precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además de la estructura del precio sin descuento, asimismo en caso de presentar una mejora del precio, deberá justificar la disminución del precio.
La mejora aplica sobre el subtotal del precio, sin considerar impuestos de ninguna clase.
ESTRUCTURA DE PRECIOS BIENES Y SERVICIOS
Disposiciones para presentación de la oferta:
El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta. Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar. Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
Forma de presentar la estructura de precios en la oferta:
Para el caso de contratación de bienes en modalidad entrega según demanda la estructura de precios se solicitará por partida.
Forma de presentar el presupuesto detallado:
En los procedimientos de bienes el Presupuesto Detallado deberá ser presentado por el adjudicatario y sustenta la estructura de precio presentada en la oferta, desglosando detalladamente los componentes de cada rubro. Se anexa el formato a utilizar.
El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN:
La ADQUISICIÓN DE TUBERIA DE HIERRO GALVANIZADO CEDULA 80 OBR/GE-056. P.E.
La contratación se realizará bajo modalidad por demanda, sin obligación de consumo mínimo por parte de la Administración.
Las cantidades indicadas en el procedimiento corresponden a estimaciones para efectos presupuestarios y de planificación.
CONTROL DE CALIDAD:
Durante la ejecución contractual, la Administración podrá verificar que los bienes entregados correspondan a lo ofertado y cumplan las especificaciones técnicas establecidas.
- Revisar documentación técnica del bien.
- Rechazar bienes que no cumplan especificaciones técnicas.
- La verificación se realizará en el momento de recepción del producto o durante la ejecución contractual.
- Para tales efectos, el ICE dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del recibido del material, para la ejecución de dichas pruebas.
- La aceptación definitiva del material quedará sujeta a la obtención de resultados satisfactorios en la inspección visual. Hasta tanto no se cuente con dicha verificación, no se considerará recibido conforme para efectos de pago.
FORMA DE PAGO:
El pago se hará efectivo dentro de los treinta días naturales, contados a partir del visto bueno de la recepción definitiva del bien.
FACTURACION
Para facturar el pedido debe de incorporar en su factura, en el espacio de “referencia”, creado exclusivamente para ingresar el número interno: Ejemplo: MM-45000xxxx (sin espacios). El numero MM debe ir en el espacio correspondiente de lo contario la factura no se podrá visualizar.
Para obtener este número interno (MM-45000xxxx), el proveedor deberá obligatoriamente aceptar el pedido notificado en SICOP.
Las opciones para obtener este número interno (MM-45000xxxx) e indicarlo en la factura, el proveedor tendrá estas opciones:
a) Solicitar el número interno al elaborador del pedido, PREVIO a la entrega de material o servicio.
b) Realizar la entrega con una guía de despacho o boleta en las instalaciones indicadas por el gestor y una vez incorporado el material se le notificará automáticamente al correo registrado el número interno y POSTERIOR podrá presentar la factura ya con el número.
Las facturas y el XML se deben enviar al correo facturasice@ice.go.cr
No se deberá facturar previo a la entrega de los materiales contratados. Esta facturación será rechazada y deberá elaborarse la nota de crédito.
La facturación deberá realizarse hasta que el contratista gestione la “solicitud de pago” en SICOP. Para facturar el pedido debe de incorporar en su factura, en el espacio de “Información de referencia”, creado exclusivamente para ingresar el número interno: Ejemplo: MM-450xxxx (sin espacios). Para obtener este número interno (MM-45000xxx), el proveedor deberá solicitarlo al Administrador de Contrato: Electrónico: gbrenesse@ice.go.cr. Geraldine Brenes Sequeira.
Las facturas y el XML se deben enviar al correo facturasice@ice.go.cr
- El pago de los bienes y servicios se realizará a 30 días naturales, una vez estos sean recibidos a satisfacción por la administración y el contratista remita la solicitud de pago vía SICOP.
Se informa que, conforme a la versión 4.4 del Reglamento de Comprobantes Electrónicos emitida por la Dirección General de Tributación, a partir de su entrada en vigencia únicamente serán aceptados comprobantes electrónicos (facturas, notas y recibos de pago) generados bajo este formato actualizado. Por lo tanto, les solicitamos asegurarse de que sus sistemas de facturación estén debidamente ajustados, ya que los comprobantes emitidos en versiones anteriores no podrán ser recibidos ni procesados.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
a. REPOSICIÓN Y REEMPLAZO DE BIENES DURANTE EL PERÍODO DE GARANTÍA:
El contratista quedará comprometido a reponer o reemplazar, por su exclusiva cuenta y riesgo —incluyendo el transporte, la logística asociada y cualquier otro gasto adicional que se derive—, los bienes que durante el período de garantía presenten daños, problemas de desempeño o cualquier inconformidad con las especificaciones contractuales establecidas en los Requerimientos y Especificaciones Técnicas del presente cartel, cuando dichas situaciones sean consecuencia de alguna de las siguientes causas imputables al contratista:
| N° | Causa imputable al contratista |
|---|---|
| a) | Defectos de fabricación |
| b) | Mala calidad de los materiales empleados en la fabricación del bien |
| c) | Funcionamiento defectuoso del bien entregado |
| d) | Deficiente embalaje o condiciones inadecuadas de transporte |
| e) | Faltantes de fábrica |
| f) | Cualquier otra causa atribuible al contratista, conforme a lo establecido en los Requerimientos y Especificaciones Técnicas del presente cartel |
Ante cualquiera de estos supuestos, el contratista deberá efectuar el reemplazo del bien no conforme dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación formal de rechazo o del reclamo documentado por la Administración, lo que ocurra primero.
La entrega y recepción de los bienes reclamados y sus reemplazos se documentará mediante acta, con indicación de las cantidades, el estado del bien devuelto y la conformidad del bien recibido en sustitución.
b. PERÍODO DE GARANTÍA SOBRE BIENES REPUESTOS O REEMPLAZADOS:
Nuevo período de garantía
Todo bien que sea repuesto o reemplazado por el contratista durante la ejecución contractual, en cumplimiento de la obligación establecida en el punto a. del presente cartel, quedará sujeto a un nuevo período de garantía de treinta (30) días hábiles, equivalente al período de garantía original establecido en el cartel.
Este nuevo período comenzará a regir a partir de la fecha de recepción a satisfacción del bien repuesto o reemplazado por parte del ICE, la cual quedará debidamente acreditada mediante el acta de recepción que al efecto se levante, suscrita por el Administrador de Contrato o el funcionario competente designado por el ICE.
c. DEFECTOS DETECTADOS DURANTE EL NUEVO PERIODO DE GARANTIA:
Si durante el nuevo período de garantía de treinta (30) días hábiles el bien repuesto o reemplazado presentara nuevamente daños, problemas de desempeño, inconformidad con las especificaciones contractuales o cualquier otra situación atribuible al contratista, este quedará obligado a realizar una nueva reposición o reemplazo, bajo las mismas condiciones y términos establecidos en la cláusula de Reposición y Reemplazo de Bienes, iniciándose con ello un nuevo período de garantía sobre el bien que se entregue en esta segunda instancia, en los mismos términos descritos en la presente cláusula.
d. COSTOS DEL NUEVO PERIODO DE GARANTIA:
Todos los costos asociados a la reposición o reemplazo de bienes durante el nuevo período de garantía —incluyendo el valor del bien, transporte, logística, instalación cuando corresponda y cualquier otro gasto adicional— correrán por exclusiva cuenta y riesgo del contratista, sin que el ICE deba reconocer suma alguna por dichos conceptos.
e. OBLIGACIONES DE ENTREGA DEL CONTRATISTA
- El contratista deberá efectuar la entrega de los bienes dentro del plazo, en el lugar y bajo las condiciones establecidos en el cartel. Para tal efecto, el contratista deberá:
- Notificar al Administrador de Contrato del ICE, con al menos dos (2) días hábiles de anticipación, la fecha prevista de entrega, con el fin de coordinar las condiciones logísticas y técnicas para la recepción. Correo gbrenesse@ice.go.cr teléfono 2001-2661.
- Garantizar que los bienes sean entregados en condiciones de empaque y transporte adecuadas, de modo que lleguen al punto de entrega sin daños físicos, deformaciones, corrosión superficial u otros deterioros atribuibles al traslado o almacenamiento.
- Entregar, junto con cada lote de bienes, la documentación técnica de respaldo requerida en el cartel.
- Todos los costos relacionados con la entrega inicial —incluyendo transporte, embalaje, seguros y logística— se regirán por lo dispuesto en el apartado A del presente capítulo, en lo que corresponda a la entrega inicial de los bienes.
CLÁUSULA BANDAS DE TOLERANCIA:
Para el presente procedimiento de contratación, el ICE define bandas de tolerancia a partir de los insumos obtenidos mediante el Sondeo/Estudio de Mercado, las cuales aplicarán como herramienta de referencia para el estudio de ofertas y análisis de la razonabilidad del precio. Dichas bandas se encuentran documentadas en el expediente de la contratación, del cual se extrae la siguiente tabla:
|
4. Cálculo de Bandas de Tolerancia |
|
||||
|
Objeto |
Método Combinado |
Cantidad requerida |
Monto estimado/consumo anual CRC |
||
|
Moneda CRC |
|||||
|
Devest.P |
Mínimo |
Máximo |
|||
|
Línea 1 |
40 268,32 |
221 916,68 |
302 453,32 |
1552 |
406 911 120,00 |
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites.
A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
- Precio excesivo:es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
- Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
- Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 21 del Reglamento al título II Ley 8660.
La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera de las bandas, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
Para esta partida se aplicará el método combinado de las bandas de tolerancia.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Si existiera atraso en la entrega del suministro o la prestación del servicio de acuerdo con las condiciones del contrato, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal 0,6% (según lo indicado en el Anexo “CLAUSULA PENAL” por cada día natural de atraso del valor de la parte incumplida.
Documentos del cartel6
- POLITICA CORPORATIVA PARA LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓNPDF · 389 KB
- FORMATO DE PRESUPUESTO DETALLADO.XLSX · 20 KB
- ESTRUCTURA DE PRECIOSDOCX · 51 KB
- ESTIMACION DE CONSUMOXLSX · 31 KB
- ESTIMACIÓN CLÁUSULA PENALDOC · 72 KB
- CLÁUSULA DE REAJUSTE DE PRECIOSDOCX · 51 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Geraldine Brenes Sequeira
Gestión de Adquisiciones Cadena de Abastecimiento DGSNR
Geraldine Brenes Sequeira
Gestión de Adquisiciones Cadena de Abastecimiento DGSNR
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 05/10/2026 05:38. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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