2026LD-000025-0006700001 · SICOP 20260901834
Equipos de red (Switches)
Tribunal Registral Administrativo
Tribunal Registral Administrativo ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡2,9 millones y quedó en firme el 07/10/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡2,9 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
—
Quién ganóen firme 07/10/2026
- Acuerdo Continex - Global Net TraNo era la más barata (2.ª de 2)$5 525,07
Informe de recomendación de Jeffrey Alonso Ureña Garita, 29/09/2026
Fechas clave
- Se publicó14/09/2026 12:29 · hace 28 días
- Límite para 16/09/2026 23:59 · hace 26 días
- Límite para 17/09/2026 23:59 · hace 25 días
- Cierre de ofertas22/09/2026 16:00 · hace 20 días
- de ofertas22/09/2026 16:00 · hace 20 días
- publicado29/09/2026 13:47 · hace 13 días
- Adjudicación 07/10/2026 13:28 · hace 5 días
1 recibidas, 1 respondidas.
Contexto
- Tribunal Registral Administrativo adjudicó ₡317,9 millones en 54 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Switch de 24 Puertos (fortiswitch 124e)10/100/1000 RJ45, Memoria Ram: 1 GB, Voltaje: 120 V, Frecuencia: 60 Hz2 c/u · ₡2 900 000,002 c/u₡2 900 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡2,5 millones – ₡2,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 85 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,85 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días naturales
- Contrato por 1 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 85 % · Política Ambiental 5 % · Plan de Manejo de Residuos 5 % · PYME 5 %
Recursos presentados1
Recurso de Revocatoria
ARLYN DAYANNA GOMEZ ALVARADO · 01/10/2026 · Resuelto
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 85 | Política Ambientalmáx. 5 | Plan de Manejo de Residuosmáx. 5 | PYMEmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Componentes el Orbe | 85 | 5 | 5 | 0 | 95 |
| Acuerdo Continex - Global Net TraGanó | 73,45 | 5 | 5 | 5 | 88,45 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto de adjudicación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Serán admisibles aquellas ofertas que cumplan legal, técnica y económicamente con este pliego de condiciones y la normativa correspondiente.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Deberá el oferente aportar toda aquella información técnica que sirva para verificar que el bien ofertado corresponde a lo establecido en el pliego de condiciones e indicar descripción completa marca y modelos de los bienes y detallar todas aquellas características solicitadas.
La administración se reserva el derecho de adjudicar una mayor o menor cantidad de una misma línea de conformidad con las necesidades de la administración, así como con el contenido económico con el que cuente.
Todas las especificaciones que seguidamente se señalan, son las mínimas para ser tomadas en cuenta, sin perjuicio de las mejoras que puedan ofrecer los eventuales oferentes.
|
Línea 1: |
Equipos de red (Switch) |
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Cantidad: |
2 |
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Código SICOP |
4322261292326720 |
|
Especificaciones técnicas 1. Se requiere 2 switches de 24 puertos igual o similar al modelo 1024G-FPOE en alta disponibilidad, estos equipos deben permitir ser gestionados y administrados por el firewall Fortinet con que cuenta la administración. 2. 24 puertos RJ45 (2,5G/1G/100M) 3. 8 puertos PoE 802.3bt (90 W) 4. 16 puertos PoE 802.3af/at (30 W) 5. 6 puertos SFP+/SFP (10G/1G) 6. 1 puerto de consola RJ45. 7. Límite máximo de salida PoE de 780 W con control inteligente de ventilador y temperatura. 8. Se deben incluir los cables necesarios para su funcionamiento. 9. Se debe incluir la instalación y configuración de los dos equipos así como la capacitación requerida para el uso diario operativo. 10. Los equipos ofrecidos debe estar en línea de producción (no descontinuado) y deben ser de la última línea o familia de productos desarrollados por el fabricante, ser nuevo, de la misma marca, estar libre de defectos, garantizar el soporte de todos y cada uno de los componentes por parte del fabricante al menos por 1 año, no debe tener defectos que menoscaben la apariencia, funcionamiento o durabilidad, además debe cumplir con las normas aprobadas internacionales para este tipo de instalaciones y componentes. 11. Los equipos deberán contar garantía de 1 año y con un servicio de soporte directo del fabricante durante el período de la contratación que garantice el suministro de repuestos para el equipo y asistencia técnica en el sitio en caso de presentarse alguna falla, esto por periodo de 1 año.
12. Se debe garantizar que los equipos deben gestionarse y ser administrados mediante una sola dirección IP, mediante la plataforma con que cuenta la administración. 13. Todos los equipos deben tener las últimas versiones de software instaladas e incluir las nuevas versiones en el periodo del contrato de tres años. 14. Para la ejecución del proyecto, la entrega del servicio y la cobertura de soporte el oferente debe contar con personal especialista en redes y soporte y especialista en la marca de equipos Fortinet. Para lo anterior el oferente debe enviar evidencia del cumplimiento de lo solicitado aportando el currículo vitae y las certificaciones respectivas. 15. El proveedor debe ser un Partner del fabricante en Costa Rica. Para validar lo anterior debe presentar una carta emitida por el fabricante donde lo indique. |
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Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
- Administrador del Contrato
El funcionario designado por la Dirección Administrativa como responsable del cumplimiento de las condiciones del contrato el señor Ronald Vargas Bermúdez cédula 0111800507, encargado de TI de este Tribunal y será el administrador del contrato durante el plazo que dure su ejecución.
- Horario, plazo y lugar de entrega de los bienes:
- Los bienes deberán ser entregados en las instalaciones del Tribunal Registral Administrativo ubicadas en San José, Zapote, 50 m Norte de Plaza del Castillo, en un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles posteriores a la notificación del contrato electrónico.
- Los bienes deben ser entregados en horario de lunes a viernes de 08:00 am a 15:00 horas.
- Precio y Forma de pago:
- Los precios serán considerados firmes, definitivos y en plaza.
- El Tribunal NO se encuentra exento del impuesto al valor agregado IVA por lo tanto deberá el oferente contemplarlo en el precio ofertado.
- Deberá el oferente presentar el desglose detallado de la Estructura del Precio precio ofertado indicando todos los costos asociados al bien ofertado, de conformidad con lo indicado en el artículo 102 del RLGCP.
- Estructura del precio
El oferente debe presentar un desglose de la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
En caso de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá ajustar el presupuesto a dichos valores.
En los contratos en los que procede la aplicación del reajuste o revisión de precios, de conformidad con lo regulado en los artículos 102, 103, 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el oferente deberá aportar la información de los índices oficiales de precios y costos asociados con los costos directos e indirectos de la estructura de precio. Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio de oferta y los valores absolutos de la estructura de precio.
En caso de que no exista un índice oficial para determinado costo directo, el oferente deberá advertirlo así en la oferta y aportar la documentación pertinente a efectos de que las partes puedan aplicar el método contemplado en los artículos 102, 103, 107, 108 o 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, según corresponda. Sino existe un índice oficial para determinado costo indirecto, el oferente deberá advertirlo así en la oferta y podrá proponer un índice oficial general de precios para el reajuste o revisión de dicho costo.
Para lo cual deberá seguir y completar el siguiente formato:
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Componente |
Monto en la moneda ofertada |
Porcentaje |
Índice para eventual reajuste o revisión de precios |
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Costos Directos |
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*Indicar el índice respectivo |
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Costos Indirectos |
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*Indicar el índice respectivo |
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Imprevistos |
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No aplica |
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Utilidad |
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No aplica |
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TOTAL |
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*Ejemplos de índices de referencia del Banco Central de Costa Rica:
- Índice de precios al consumidor (IPC)
- Indicadores de inflación subyacente (IIS)
- Índice de precios al productor de la manufactura (IPP-MAN)
- Índice de precios al productor de servicios (IPP-S)
- Índice de precios de insumos para la construcción (IPi-CTR)
- Índice de precios de insumos para el transporte público (IPi-TRP)
- Índice de precios internacionales de materias primas importadas (IP-MPi)
- Índice de salarios mínimos nominales (ISMN) y reales (ISMR)
Fuente: https://www.bccr.fi.cr/indicadores-economicos/%C3%ADndices-de-precios
- Reajuste de precios
- El oferente tendrá como medio principal por el cual se garantiza a las partes contratantes el derecho al mantenimiento del equilibrio económico ante las variaciones en los costos directos e indirectos en los contratos de bienes y servicios, realizados al amparo de la Ley General de Contratación Pública, el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y el presente reglamento.
- La anterior obligación no excluye la posibilidad de que el Tribunal solicite información adicional atinente al cálculo de los precios contemplados en la oferta cuando ello resulte necesario. Podrá subsanarse la omisión del desglose de la estructura de precios únicamente si ello no genera una ventaja indebida para el oferente que no cumpla.
- Para las solicitudes de revisión de precio, se aplicará según lo normado en el Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN, que se refiere al Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, publicado en el Alcance N° 46 de la GACETA N° 64 del 03 de abril de 2025.
- Queda a criterio del Tribunal, durante el plazo de estudio de las ofertas, requerir a los participantes la ejecución de las pruebas, explicaciones y aclaraciones que se consideren necesarias.
- El Tribunal se reserva el derecho de verificar si la información brindada por el oferente se ajusta a la realidad.
- En la aplicación del principio de eficiencia, el Tribunal pedirá subsanar en cualquier momento los errores materiales o aritméticos que se detecten, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 siguientes y concordantes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y concordantes.
- Documentación adicional
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen. Además, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial. En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
- En caso de actuar mediante poder especial, se deben detallar claramente los actos jurídicos específicos para los cuales se faculta al apoderado, con la indicación expresa del número de contratación para la cual se le está otorgando el mandato, conforme lo establecido en el artículo 1256 del Código Civil.
- No se admitirán documentos denominados “Poder Especial” cuando en estos se otorguen facultades propias de poderes generales o generalísimos, dado que el tipo de poder no lo define el título o denominación que se le asigne al documento, sino las facultades otorgadas en él.
- Para acreditar la validez de los poderes que se otorguen con el fin de participar en este procedimiento de contratación administrativa, verificará, si el poderdante está facultado para otorgar el poder con o sin limitaciones, (por ejemplo en cuanto a suma o facultades) o si para su otorgamiento se requiere la firma conjunta de dos o más mandantes y las especificaciones propias de cada mandato conforme la normativa vigente.
- El oferente deberá encontrarse al día con:
- CCSS
- INA
- IMAS
- FODESAF
- Tributación Directa
- Impuesto a personas jurídicas
- Impuestos municipales (deberá aportar comprobante de encontrarse al día con la municipalidad correspondiente).
- Bandas de Tolerancia
- A efectos de determinar la razonabilidad del precio ofertado se indica que, con fundamento en el sondeo de precios realizado por la administración, se definen las siguientes bandas como rangos de tolerancia para todas las partidas:
|
Banda inferior |
2,900,000 |
|
Banda superior |
2,300,000 |
Los precios que se encuentren fuera de las bandas indicadas serán descalificados de conformidad con lo establecido en los artículos 44 y 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Se aclara además que el Tribunal no se encuentra exento del IVA por lo tanto deberá el oferente incluirlo en su oferta.
La factura deberá ser tramitada por medio del módulo de recepción de SICOP.
- Sanciones por atraso o incumplimiento
- Se aplicarán cláusula penal en caso de atraso en la entrega de los bienes o en el caso de que se dé que los bienes no correspondan a los solicitado las especificaciones técnicas de este pliego de condiciones, de conformidad con la METODOLOGÍA PARA LA DEFINICIÓN Y ESTIMACIÓN DE LAS PENALIZACIONES A APLICAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA adjunta.
- El tope máximo de multa será de 25% del monto de la factura, una vez superado este porcentaje se iniciarán los procedimientos sancionatorios correspondientes.
- Para los efectos de este aparte, se considerarán justificados atrasos en la entrega, únicamente por circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor o hechos de la propia Administración debidamente demostradas por escrito ante el Área Administrativo, dentro del impostergable plazo de cinco (05) días hábiles posteriores a la fecha en que se detectó el problema, de acuerdo con los términos ofertados.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. 8.1. Se aplicarán cláusula penal en caso de atraso en la entrega de los bienes o en el caso de que se dé que los bienes no correspondan a los solicitado las especificaciones técnicas de este pliego de condiciones, de conformidad con la METODOLOGÍA PARA LA DEFINICIÓN Y ESTIMACIÓN DE LAS PENALIZACIONES A APLICAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA adjunta. 8.2. El tope máximo de multa será de 25% del monto de la factura, una vez superado este porcentaje se iniciarán los procedimientos sancionatorios correspondientes. 8.3. Para los efectos de este aparte, se considerarán justificados atrasos en la entrega, únicamente por circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor o hechos de la propia Administración debidamente demostradas por escrito ante el Área Administrativo, dentro del impostergable plazo de cinco (05) días hábiles posteriores a la fecha en que se detectó el problema, de acuerdo con los términos ofertados.
Documentos del cartel1
- CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICASPDF · 512 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ronald Esteban Vargas Bermudez
Informática
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 08/10/2026 11:44. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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