2026LD-000031-0003700001 · SICOP 20260902007
Contrat serv profesional bajo modalidad según demanda, según Arancel del Colegio de Abogados y Abogadas, en áreas de Derecho Laboral, Derecho Notarial y Derecho Urbanisco
Municipalidad de San Pablo de Heredia
Municipalidad de San Pablo de Heredia está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡8,0 millones. Se recibieron 7 ofertas de 4 empresas en 3 lotes (partidas) el 30/09/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡8,0 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
7
de 4 empresas en 3 lotes
Suma de las ofertas más bajas
—
Fechas clave
- Se publicó22/09/2026 13:10 · hace 19 días
- Límite para 24/09/2026 23:59 · hace 17 días
- Límite para 24/09/2026 23:59 · hace 17 días
- Cierre de ofertas30/09/2026 10:00 · hace 11 días
- de ofertas30/09/2026 10:01 · hace 11 días
- (plazo máximo)≈ 12/10/2026 · mañana
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 28/09/2026 10:00 → 30/09/2026 10:00
- Apertura de ofertas: 28/09/2026 10:01 → 30/09/2026 10:01
Nota de la institución. Toda solicitud de aclaración de esta contratación deben ser efectuadas por medios electrónicos, a través de SICOP, misma plataforma informática que será utilizado para toda subsanación, dentro del marco normativo que establecen el RLGCA y las estipulaciones contenidas en el Decreto Ejecutivo #38830-H-MICITT, denominado “La Creación del Sistema Integrado de Compras Públicas como Plataforma Tecnológica de Uso Obligatorio de la Administración Central para la Tramitación de los Procedimientos de Contratación Administrativa, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 19 del 28 de enero del 2015. Las solicitudes presentadas fuera del plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas señalada de acuerdo con lo indicado en el RLGCA.
Contexto
- Municipalidad de San Pablo de Heredia adjudicó ₡533,2 millones en 77 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra3 líneas · 3 lotes
- L1Servicios Legales en Derecho Administrativo Y/o Publico1 · ₡90 750,001₡90 750,00
- L2Servicios Legales en Derecho Administrativo Y/o Publico1 · ₡90 750,001₡90 750,00
- L3Servicios Legales en Derecho Administrativo Y/o Publico1 · ₡90 750,001₡90 750,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡77 138 – ₡90 750
- Lote 2₡77 138 – ₡90 750
- Lote 3₡77 138 – ₡90 750
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 7 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Experiencia 70 % · Formación académica 10 % · Criterios económicos Pyme 10 % · Experiencia profesional en el sector público 10 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 30 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡458,43 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Servicios Legales en Derecho Administrativo Y/o Publico3 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Experienciamáx. 70 | Formación académicamáx. 10 | Criterios económicos Pymemáx. 10 | Experiencia profesional en el sector públicomáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Marcos Javier Salazar Picado | 70 | 10 | 10 | 10 | 100 |
| RJM Abogados | 70 | 10 | 10 | 10 | 100 |
| BDS Asesores Juridicos | 70 | 10 | 10 | 5 | 95 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Servicios Legales en Derecho Administrativo Y/o Publico3 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Experienciamáx. 70 | Formación académicamáx. 10 | Criterios económicos Pymemáx. 10 | Experiencia profesional en el sector públicomáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| RJM Abogados | 70 | 10 | 10 | 10 | 100 |
| Marcos Javier Salazar Picado | 70 | 10 | 10 | 10 | 100 |
| Luis Diego Delgado Vargas | 70 | 10 | 10 | 10 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Servicios Legales en Derecho Administrativo Y/o Publico0 ofertas
Sin ofertas admitidas.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.
El oferente, o el profesional propuesto cuando se trate de una persona jurídica, deberá cumplir con los siguientes requisitos generales:
- El oferente deberá encontrarse al día en todas sus obligaciones patronales y fiscales incluidas la patente municipal.
- La Vigencia de la Oferta deberá ser igual o mayor de 45 días hábiles a partir de la apertura de las ofertas.
- Contar con Licenciatura en Derecho, debidamente acreditada mediante el título o certificación correspondiente.
- En las líneas que así lo requieran, acreditar los respectivos estudios de posgrado exigidos para la especialidad, específicamente Maestría en Derecho Laboral para la Línea 1 y Maestría en Derecho Urbanístico para la Línea 3.
- Encontrarse debidamente incorporado y habilitado para el ejercicio profesional ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, debiendo aportar certificación electrónica o documento idóneo emitido por dicho Colegio Profesional que acredite su condición de incorporación y habilitación vigente.
La certificación deberá indicar, cuando corresponda, la fecha de incorporación y la condición de habilitación profesional.
- Encontrarse al día en las obligaciones que correspondan ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, acreditándolo mediante certificación o documento idóneo vigente.
- Presentar currículo vitae del profesional propuesto, acompañado de los atestados académicos y demás documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente pliego.
- Acreditar un mínimo de cuatro años de experiencia profesional directamente relacionada con la especialidad objeto de la línea correspondiente, de conformidad con las condiciones establecidas en las especificaciones técnicas. La experiencia deberá encontrarse debidamente acreditada mediante certificaciones, constancias, referencias profesionales u otros documentos idóneos que permitan verificar el período y naturaleza de los servicios prestados.
- La experiencia profesional será valorada en función de su pertinencia y relación directa con la especialidad contratada, independientemente de que haya sido adquirida en el sector público, sector privado, ejercicio liberal de la profesión, consultoría, asesoría, litigio u otras modalidades de ejercicio profesional legalmente válidas.
- Cuando se trate de la Línea 2 – Derecho Notarial, además de los requisitos generales, el profesional propuesto deberá encontrarse debidamente autorizado y habilitado para el ejercicio del Notariado Público, conforme al ordenamiento jurídico vigente.
- Para la Línea 2, el profesional deberá aportar la documentación correspondiente que permita acreditar su condición de habilitación vigente para el ejercicio del Notariado Público, así como el cumplimiento de las obligaciones profesionales que resulten exigibles.
- En caso de participar en la Línea 2, el profesional deberá presentar declaración jurada no protocolizada mediante la cual manifieste que no se encuentra comprendido dentro de las limitaciones o impedimentos establecidos por el artículo 7 y 8 del Código Notarial vigente, cuando resulte aplicable.
- Asimismo, para la Línea 2 deberá acreditarse, mediante certificación emitida por la Dirección Nacional de Notariado o documento idóneo, la condición que corresponda respecto del ejercicio profesional del Notariado, de conformidad con la normativa aplicable.
Conflicto de intereses
El oferente, o el profesional propuesto cuando corresponda, deberá declarar bajo juramento que no mantiene procesos judiciales, administrativos o arbitrales pendientes a título personal contra la Municipalidad de San Pablo de Heredia, ni ejerce la representación, patrocinio o asesoría profesional de terceros en asuntos que impliquen un conflicto de intereses directo con la Municipalidad.
Esta condición deberá entenderse sin perjuicio de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de impedimentos, incompatibilidades, conflictos de intereses y deberes éticos profesionales. Asimismo, durante la ejecución contractual, el profesional deberá informar oportunamente a la Administración cualquier situación sobrevenida que pueda generar un conflicto de intereses respecto de los asuntos que le sean encomendados.
Disponibilidad para atención presencial
El oferente deberá presentar declaración jurada no protocolizada mediante la cual manifieste que el profesional propuesto cuenta con disponibilidad para desplazarse al cantón de San Pablo de Heredia cuando, por la naturaleza del servicio solicitado, resulte necesaria su presencia física en las instalaciones municipales, reuniones de trabajo, inspecciones, audiencias u otras diligencias relacionadas directamente con el objeto contractual.
La disponibilidad de desplazamiento constituirá una condición de ejecución del servicio y no un factor de evaluación, por cuanto lo relevante para la selección será la idoneidad, formación y experiencia directamente relacionadas con la especialidad contratada.
El reconocimiento y pago de los honorarios profesionales se realizará únicamente respecto de los servicios efectivamente solicitados y prestados conforme a las condiciones establecidas en el contrato y el pliego de condiciones, de acuerdo con la modalidad de contratación según demanda.
Persona física:
Si se trata de una persona física, se debe consignar claramente todas las calidades (el nombre completo, estado civil, número de cédula de identidad, número de carné correo electrónico, dirección exacta y números telefónicos).
Persona jurídica:
Si es una persona jurídica, deberá aportar una certificación de personería que consigne: denominación o razón social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. La propiedad de las acciones o cuotas debe hacerse con base en el Registro de Accionistas que al efecto lleva la sociedad; la restante información deberá darse con vista de la inscripción existente en el Registro Público. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de entrega de las ofertas. Las certificaciones deberán cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial. En caso de participar como Persona Jurídica, el oferente deberá proporcionar los atestados del profesional ofrecido, así como la respectiva certificación de que el profesional se encuentra en planilla de la CCSS a nombre de la Sociedad.
Licencia municipal:
El oferente deberá presentar una certificación emitida por la Municipalidad del lugar donde se encuentre su oficina abierta al público, donde se indique que cuenta con licencia municipal para la actividad que se está contratando y que se encuentra al día en el pago del impuesto. Esto según el artículo 88 del Código Municipal. Si bien la Sala Constitucional declaro inconstitucional el cobro de patente municipal para el ejercicio liberal de la profesión, esta acción solo exonera el pago del impuesto por patente y no así de la obtención de una licencia de funcionamiento. Por tanto, todo oferente deberá aportar certificación emitida por la Municipalidad de su oficina, en la que haga constar que cuenta con la respectiva licencia de funcionamiento, o en su defecto que indique que en dicha institución no se exige dicho requisito.
Permiso de funcionamiento de Ministerio de Salud:
Al requerir oficina abierta al público, es necesario presentar el respectivo permiso de funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
La presente contratación se estructura en tres líneas independientes, correspondientes a servicios profesionales especializados en Derecho Laboral, Derecho Notarial y Derecho Urbanístico, cada línea responde a una necesidad técnica y jurídica diferenciada de la Administración Municipal, por lo que los requisitos de idoneidad, experiencia y funciones se establecerán de acuerdo con la naturaleza particular de cada especialidad.
La participación y eventual adjudicación de las líneas se realizará de manera independiente, por lo cual las personas oferentes podrán participar en una o varias líneas, siempre que acrediten, para cada una de ellas, el cumplimiento de los requisitos académicos, profesionales y de experiencia establecidos. En caso de personas jurídicas, deberán identificarse expresamente los profesionales propuestos para la ejecución de cada línea, acreditando respecto de cada profesional las condiciones de idoneidad exigidas para la especialidad correspondiente.
La experiencia profesional requerida deberá encontrarse directamente relacionada con el objeto y especialidad de la línea respectiva, de manera que permita acreditar la idoneidad técnica del profesional para atender los servicios requeridos, dicha experiencia podrá haber sido adquirida en el ejercicio profesional independiente, en el sector público o privado, mediante servicios de asesoría, consultoría, litigio, representación, elaboración de criterios, atención de procedimientos u otras actividades profesionales sustancialmente relacionadas con la materia objeto de contratación.
LÍNEA 1. PROFESIONAL EN DERECHO LABORAL
Requisitos académicos y profesionales
La persona profesional propuesta para la ejecución de esta línea deberá cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
- a) Licenciatura en Derecho.
- b) Maestría en Derecho Laboral.
La exigencia de formación especializada se fundamenta en la necesidad institucional de contar con un profesional con conocimientos jurídicos avanzados para atender asuntos de especial complejidad relacionados con la aplicación e interpretación de la normativa laboral, incluyendo la Ley Marco de Empleo Público, Ley N° 10159, así como otros instrumentos normativos, criterios jurisprudenciales y disposiciones aplicables a las relaciones de empleo dentro del sector público y particularmente, en el ámbito municipal.
Esta formación especializada permitirá a la Administración contar con criterios jurídicos técnicamente fundamentados para la atención de asuntos laborales complejos, la emisión de recomendaciones y la prevención de contingencias jurídicas, administrativas y económicas derivadas de las decisiones que adopte la Municipalidad en materia de relaciones laborales, régimen disciplinario, derechos y obligaciones de las personas servidoras públicas y demás asuntos comprendidos dentro de la especialidad.
- c) Incorporación vigente al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
- d) Encontrarse debidamente habilitado y al día en las obligaciones correspondientes ante el colegio profesional.
- e) Contar con conocimientos acreditables o experiencia profesional en la aplicación de la normativa laboral y de empleo público aplicable al régimen municipal.
- f) Se valorará como formación complementaria, cuando corresponda, la participación en cursos, seminarios, programas de actualización o capacitación relacionada con:
Ley Marco de Empleo Público.
Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Derecho laboral en el sector público.
Régimen disciplinario.
Resolución y manejo de conflictos laborales.
Jurisprudencia laboral y administrativa.
Experiencia profesional
La persona profesional deberá acreditar:
- a) Experiencia profesional mínima de cuatro años en asesoría, consultoría, litigio o atención de asuntos relacionados directamente con Derecho Laboral.
- b) Experiencia en la atención y análisis de procedimientos administrativos y/o judiciales relacionados con materia laboral.
- c) Experiencia en elaboración de criterios, informes, recomendaciones, análisis jurídicos o documentos relacionados con la materia laboral.
- d) Experiencia en aplicación e interpretación de normativa de empleo público, cuando corresponda al objeto específico del requerimiento formulado por la Administración.
Para efectos de acreditación, la experiencia deberá corresponder a servicios efectivamente prestados y estar respaldada mediante certificaciones, constancias, referencias profesionales u otros documentos idóneos que permitan verificar, como mínimo, el período de prestación, la naturaleza de los servicios y las funciones desarrolladas.
Funciones principales
El profesional contratado podrá ser requerido, según las necesidades de la Administración, para desarrollar las siguientes actividades:
- a) Brindar asesoría jurídica especializada en materia laboral y de empleo público.
- b) Elaborar criterios, informes, estudios y recomendaciones jurídicas.
- c) Analizar y asesorar respecto de procedimientos administrativos de naturaleza laboral o disciplinaria.
- d) Brindar asesoría en materia de relaciones laborales, derechos y obligaciones de las personas servidoras públicas y régimen disciplinario.
- e) Analizar e interpretar la normativa laboral, de empleo público y demás disposiciones aplicables a la Administración Municipal.
- f) Asesorar en la prevención, atención y resolución de conflictos laborales y demandas judiciales.
- g) Brindar acompañamiento y asesoría en audiencias administrativas y judiciales, cuando la naturaleza del servicio y las condiciones contractuales así lo permitan.
- h) Analizar jurisprudencia, criterios administrativos y demás fuentes jurídicas relevantes para la atención de los asuntos sometidos a conocimiento del profesional.
- i) Emitir recomendaciones orientadas a prevenir contingencias jurídicas, administrativas y económicas para la Municipalidad.
- j) Cualquier otra actividad profesional directamente relacionada con el Derecho Laboral que sea requerida por la Administración y se encuentre comprendida dentro del objeto contractual.
LÍNEA 2. PROFESIONAL EN DERECHO NOTARIAL
Requisitos académicos y profesionales
La persona profesional propuesta para la ejecución de esta línea deberá cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
- a) Licenciatura en Derecho.
- b) Título y habilitación vigente para el ejercicio del Notariado Público en Costa Rica.
- c) Incorporación vigente al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
- d) Encontrarse debidamente habilitado y al día en el ejercicio del Notariado Público.
- e) Conocimiento y experiencia en la aplicación del Código Notarial y demás normativa que regule el ejercicio de la función notarial.
- f) Conocimiento de la normativa relacionada con el Régimen Municipal, en cuanto resulte aplicable a los actos y documentos que deban ser formalizados por la Administración.
- g) Tener al día la póliza de Garantía Notarial. (Presentar comprobante).
Experiencia profesional
La persona profesional deberá acreditar:
- a) Experiencia profesional mínima de cuatro años en el ejercicio del Notariado Público, contabilizada conforme a la normativa aplicable y a partir de la fecha de habilitación para el ejercicio profesional.
- b) Experiencia en elaboración y formalización de escrituras públicas.
- c) Experiencia en elaboración de certificaciones, autenticaciones y actas notariales.
- d) Experiencia en trámites e inscripciones ante el Registro Nacional y demás instituciones competentes.
- e) Experiencia en análisis y revisión de documentación jurídica necesaria para la formalización de actos notariales.
- f) Experiencia en atención de requerimientos notariales vinculados con actos administrativos o jurídicos de entidades públicas, cuando corresponda.
La experiencia deberá acreditarse mediante documentos idóneos que permitan verificar el período de ejercicio profesional y la naturaleza de los servicios prestados.
Funciones principales
El profesional contratado podrá ser requerido para:
- a) Formalizar actos jurídicos mediante escrituras públicas.
- b) Elaborar y emitir certificaciones notariales.
- c) Realizar autenticaciones de documentos.
- d) Levantar actas notariales.
- e) Gestionar trámites e inscripciones ante el Registro Nacional y demás instituciones competentes.
- f) Revisar la documentación necesaria para la adecuada formalización de los actos notariales solicitados por la Administración.
- g) Asesorar a la Administración respecto de los requisitos y condiciones jurídicas necesarios para la formalización de actos notariales.
- h) Atender los requerimientos notariales formulados por la Administración Municipal, de acuerdo con las necesidades efectivas que se presenten durante la ejecución contractual.
- i) Cumplir las obligaciones, deberes y responsabilidades inherentes al ejercicio del Notariado Público.
- j) Cualquier otra actividad directamente relacionada con la función notarial que sea requerida por la Administración y se encuentre comprendida dentro del objeto contractual.
LÍNEA 3. PROFESIONAL EN DERECHO URBANÍSTICO
Requisitos académicos y profesionales
La persona profesional propuesta para la ejecución de esta línea deberá cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
- a) Licenciatura en Derecho.
- b) Maestría en Derecho Urbanístico.
La exigencia de formación especializada responde a la necesidad institucional de contar con conocimientos jurídicos avanzados para atender los asuntos derivados de las competencias municipales en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, particularmente ante la aplicación del Plan de Ordenamiento Territorial de San Pablo de Heredia y la atención de consultas, trámites y procedimientos relacionados con el uso del suelo, planificación urbana, permisos constructivos, desarrollos urbanísticos y demás materias vinculadas con la regulación territorial.
La especialización requerida permitirá fortalecer las capacidades jurídicas institucionales para analizar asuntos de mayor complejidad, emitir criterios jurídicos técnicamente sustentados, asesorar a las dependencias municipales y contribuir a la prevención de contingencias administrativas o judiciales relacionadas con la aplicación de la normativa urbanística.
- c) Incorporación vigente al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
- d) Encontrarse debidamente habilitado y al día en las obligaciones correspondientes ante el Colegio profesional.
- e) Conocimiento especializado en:
Ordenamiento territorial.
Planificación urbana.
Uso del suelo.
Permisos constructivos.
Desarrollo y regulación urbanística.
Plan de Ordenamiento Territorial de San Pablo de Heredia.
Procedimientos administrativos relacionados con materia urbanística.
Experiencia profesional
La persona profesional deberá acreditar:
- a) Experiencia profesional mínima de cuatro años en asesoría, consultoría o atención de asuntos jurídicos directamente relacionados con Derecho Urbanístico.
- b) Experiencia en análisis y atención de asuntos relacionados con usos de suelo.
- c) Experiencia en análisis jurídico de permisos constructivos y procedimientos administrativos relacionados con materia urbanística.
- d) Experiencia en análisis de expedientes relacionados con desarrollos urbanísticos, fraccionamientos, construcciones y demás actividades reguladas por la normativa urbanística.
- e) Experiencia en elaboración de criterios jurídicos, informes, recomendaciones o estudios relacionados con ordenamiento territorial y planificación urbana.
- f) Experiencia en interpretación y aplicación de normativa urbanística y administrativa relacionada con las competencias de las entidades públicas.
Para efectos de acreditación, la experiencia deberá corresponder a servicios efectivamente prestados y demostrarse mediante certificaciones, constancias, referencias profesionales u otros documentos idóneos que permitan verificar el período y naturaleza de los servicios.
Funciones principales
El profesional contratado podrá ser requerido para:
- a) Brindar asesoría jurídica especializada en materia de Derecho Urbanístico, ordenamiento territorial y planificación urbana.
- b) Emitir criterios jurídicos relacionados con usos de suelo, planificación urbana, permisos constructivos y aplicación del Plan de Ordenamiento Territorial de San Pablo de Heredia.
- c) Analizar expedientes administrativos vinculados con desarrollos urbanísticos, fraccionamientos, construcciones y demás actividades reguladas por la normativa urbanística.
- d) Atender consultas formuladas por las diferentes dependencias municipales en materia urbanística y territorial.
- e) Elaborar informes, recomendaciones y criterios técnico-jurídicos relacionados con procedimientos urbanísticos.
- f) Analizar la normativa aplicable y jurisprudencia relacionada con ordenamiento territorial y desarrollo urbano.
- g) Brindar asesoría jurídica en asuntos que involucren la interpretación y aplicación del Plan de Ordenamiento Territorial de San Pablo de Heredia.
- h) Participar en reuniones, inspecciones, sesiones de trabajo y actividades técnicas cuando la naturaleza del asunto requiera su intervención profesional.
- i) Brindar acompañamiento jurídico en procedimientos administrativos relacionados con materia urbanística.
- j) Cualquier otra actividad directamente relacionada con el Derecho Urbanístico que sea requerida por la Administración y se encuentre comprendida dentro del objeto contractual.
Disposición común para las tres líneas
En todas las líneas, los servicios serán requeridos según demanda, de conformidad con las necesidades efectivas de la Administración Municipal y dentro del ámbito de especialidad correspondiente. La solicitud de los servicios deberá ser realizada por la dependencia municipal autorizada, indicando la naturaleza del asunto, el servicio requerido, los antecedentes e insumos disponibles y cuando corresponda, el producto esperado.
El profesional contratado deberá prestar los servicios con independencia técnica, diligencia profesional, confidencialidad y observancia del ordenamiento jurídico aplicable, los servicios deberán limitarse estrictamente al ámbito de la especialidad para la cual fue contratado, sin perjuicio de aquellas actividades conexas que resulten necesarias para la adecuada atención del requerimiento.
La contratación de profesionales externos tendrá carácter complementario respecto de las capacidades institucionales existentes y no implicará el traslado de funciones ordinarias, permanentes o propias de los funcionarios municipales al contratista. La Administración podrá requerir los servicios de una, dos o hasta las tres especialidades, de acuerdo con las necesidades que se presenten durante la vigencia contractual y conforme a las condiciones establecidas en el respectivo pliego de condiciones.
En caso de que una misma persona oferente participe en más de una línea, deberá acreditar de manera independiente el cumplimiento de los requisitos académicos, profesionales y de experiencia correspondientes a cada especialidad, dicha experiencia acreditada deberá guardar relación directa con la línea en la cual se pretenda participar y no podrá utilizarse para acreditar automáticamente el cumplimiento de requisitos correspondientes a una especialidad distinta.
NOTA IMPORTANTE: Para la presentación de criterios, recomendaciones o dictámenes jurídicos, informes, entre otros, una vez entregados todos los insumos por parte de la Administración Municipal al contratista, este tendrá máximo 15 días hábiles para entregar el producto final requerido, a excepción de algún caso que requiera un plazo mayor para ser resuelto, como por ejemplo los asuntos notariales.
Plazo del contrato
El contrato se formalizará por un plazo de siete meses.
El monto estimado para la contratación es de ₡7.986.000,00 (siete millones novecientos ochenta y seis mil colones), la cual se distribuye entre las especialidades requeridas, tomando como referencia la cantidad de horas estimadas para los servicios de Derecho Laboral y Derecho Urbanístico, de la siguiente manera:
|
Especialidad |
Cantidad de horas |
Monto |
|
Derecho Laboral |
40 |
¢3.630.000,00 |
|
Derecho Urbanístico |
20 |
¢1.815.000,00 |
Adicionalmente, la contratación contempla la prestación de servicios notariales, cuyo costo no puede determinarse de manera anticipada, debido a que los honorarios dependen de la naturaleza, características y cuantía de cada trámite que sea requerido por la Administración.
Por lo tanto, los servicios notariales serán reconocidos y cancelados por cada trámite efectivamente realizado, de conformidad con los honorarios establecidos en el Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado vigente, y previa presentación de la documentación correspondiente que permita acreditar la prestación efectiva del servicio.
El monto correspondiente a los servicios notariales será considerado como un componente de cuantía variable, sujeto a los requerimientos que formule la Administración durante la vigencia de la contratación y a la disponibilidad presupuestaria correspondiente.
Procedimientos de control de calidad que se requieren
Criterio de evaluación de desempeño.
La evaluación del desempeño se realizará de manera trimestral con base en los siguientes criterios:
|
Criterio |
Ponderación |
Descripción |
|
Calidad de los informes |
60% |
Grado de fundamentación jurídica, claridad y precisión de los criterios emitidos, así como la correcta elaboración, formalización y tramitación de los instrumentos y actuaciones notariales requeridos. |
|
Puntualidad en la entrega |
30% |
Cumplimiento de los plazos establecidos para la atención |
|
|
|
de consultas, informes y demás gestiones asignadas. |
|
Ética y confidencialidad |
10% |
Manejo adecuado de la información confidencial y apego a los principios éticos del servicio público. |
La puntuación mínima para la continuidad del contrato será del 80% en cada período de evaluación.
Cronograma de la evaluación del desempeño:
|
Periodo de evaluación |
Fecha de aplicación |
Responsable de la evaluación |
|
Primer periodo |
Setiembre-octubre 2026 |
Dirección de Asesoría Jurídica |
|
Segundo periodo |
Noviembre-diciembre 2026 |
Dirección de Asesoría Jurídica |
|
Tercer trimestre |
Enero-febrero 2027 |
Dirección de Asesoría Jurídica |
|
Cuarto trimestre |
Marzo 2027 |
Dirección de Asesoría Jurídica |
Metodología de la evaluación
La evaluación se realizará con base en la revisión de los informes, criterios y documentos elaborados por el profesional durante el periodo evaluado.
- Se aplicarán listas de verificación con base en los criterios ponderados, donde se valorarán los aspectos de calidad, oportunidad, confidencialidad y cumplimiento de funciones.
- El resultado de cada evaluación trimestral se comunicará por escrito al contratista, indicando los aspectos destacados y las áreas de mejora.
- En caso de que la evaluación no alcance la puntuación mínima establecida, se concederá al contratista un periodo de 30 días naturales para la mejora de los aspectos señalados, previo a la decisión sobre la continuidad del contrato.
Recursos Humanos
La Municipalidad de San Pablo de Heredia cuenta con una Dirección de Asesoría Jurídica conformada por dos profesionales en Derecho, quienes atienden las diferentes necesidades jurídicas derivadas del ejercicio de las competencias municipales y cuentan con áreas de especialización que corresponden a las funciones ordinarias de la Dirección.
No obstante, se han identificado necesidades institucionales específicas que requieren la intervención de profesionales con conocimientos, experiencia y formación especializada en Derecho Laboral, Derecho Notarial y Derecho Urbanístico, materias que no corresponden a las áreas de especialización del personal que conforma la Dirección de Asesoría Jurídica.
Debido a que la necesidad de estos servicios se presenta de manera variable y de acuerdo con los asuntos concretos que surjan durante la gestión municipal, se considera pertinente recurrir a una contratación bajo la modalidad según demanda, permitiendo requerir los servicios profesionales especializados únicamente cuando sean necesarios y en función de los requerimientos efectivamente identificados por la Administración.
Conflicto de intereses
El oferente, o el profesional propuesto cuando corresponda, deberá declarar bajo juramento que no mantiene procesos judiciales, administrativos o arbitrales pendientes a título personal contra la Municipalidad de San Pablo de Heredia, ni ejerce la representación, patrocinio o asesoría profesional de terceros en asuntos que impliquen un conflicto de intereses directo con la Municipalidad.
Esta condición deberá entenderse sin perjuicio de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de impedimentos, incompatibilidades, conflictos de intereses y deberes éticos profesionales. Asimismo, durante la ejecución contractual, el profesional deberá informar oportunamente a la Administración cualquier situación sobrevenida que pueda generar un conflicto de intereses respecto de los asuntos que le sean encomendados.
Disponibilidad para atención presencial
El oferente deberá presentar declaración jurada no protocolizada mediante la cual manifieste que el profesional propuesto cuenta con disponibilidad para desplazarse al cantón de San Pablo de Heredia cuando, por la naturaleza del servicio solicitado, resulte necesaria su presencia física en las instalaciones municipales, reuniones de trabajo, inspecciones, audiencias u otras diligencias relacionadas directamente con el objeto contractual.
La disponibilidad de desplazamiento constituirá una condición de ejecución del servicio y no un factor de evaluación, por cuanto lo relevante para la selección será la idoneidad, formación y experiencia directamente relacionadas con la especialidad contratada.
El reconocimiento y pago de los honorarios profesionales se realizará únicamente respecto de los servicios efectivamente solicitados y prestados conforme a las condiciones establecidas en el contrato y el pliego de condiciones, de acuerdo con la modalidad de contratación según demanda.
En la Línea 1 y en la Línea 3; el profesional debe coordinar y presentar una estimación previa de las horas de trabajo de una solicitud de consulta o un criterio y deberá presentar una bitácora para ser revisada por la Dirección de Asesoría Legal
Persona física:
Si se trata de una persona física, se debe consignar claramente todas las calidades (el nombre completo, estado civil, número de cédula de identidad, número de carné correo electrónico, dirección exacta y números telefónicos).
Persona jurídica:
Si es una persona jurídica, deberá aportar una certificación de personería que consigne: denominación o razón social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. La propiedad de las acciones o cuotas debe hacerse con base en el Registro de Accionistas que al efecto lleva la sociedad; la restante información deberá darse con vista de la inscripción existente en el Registro Público. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de entrega de las ofertas. Las certificaciones deberán cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial. En caso de participar como Persona Jurídica, el oferente deberá proporcionar los atestados del profesional ofrecido, así como la respectiva certificación de que el profesional se encuentra en planilla de la CCSS a nombre de la Sociedad.
Licencia municipal:
El oferente deberá presentar una certificación emitida por la Municipalidad del lugar donde se encuentre su oficina abierta al público, donde se indique que cuenta con licencia municipal para la actividad que se está contratando y que se encuentra al día en el pago del impuesto. Esto según el artículo 88 del Código Municipal. Si bien la Sala Constitucional declaro inconstitucional el cobro de patente municipal para el ejercicio liberal de la profesión, esta acción solo exonera el pago del impuesto por patente y no así de la obtención de una licencia de funcionamiento. Por tanto, todo oferente deberá aportar certificación emitida por la Municipalidad de su oficina, en la que haga constar que cuenta con la respectiva licencia de funcionamiento, o en su defecto que indique que en dicha institución no se exige dicho requisito.
Permiso de funcionamiento de Ministerio de Salud:
Al requerir oficina abierta al público, es necesario presentar el respectivo permiso de funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud.
Procedimientos de control de calidad:
La fiscalización por parte de la Municipalidad la realizará el funcionario Lic. Luis Fernando Vargas Mora, Director, Departamento de Asesoría Jurídica, correo electrónico: lfvargas@sanpablo.go.cr, teléfono: 2277-07-09
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. DOCUMENTOS LEGALES QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA OFERTA
- Declaraciones Juradas: La oferta deberá contener las siguientes declaraciones juradas del oferente:
- La declaración debe establecer que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en el artículo 28 de la LGCP. De encontrarse en algunos de los supuestos hay que indicar que cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el art 30 de la LGCP.
- Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones que prevén los artículos 28 de la LGCP y 32 del RLGCP
- Que se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales según lo dispuesto en el artículo 14 de la LGCP.
- Declaración de que el oferente se encuentra al día en el pago de las obligaciones obrero-patronales con la C.C.S.S, o bien que tiene arreglo de pago aprobado por esta y vigente al momento de la apertura de las ofertas
- Declaración jurada de que se encuentra el día con FODESAF o bien que tiene arreglo de pago suscrito con esta entidad, lo anterior de conformidad con el artículo 22 de la Ley 8783, que reformó la Ley 5662.
- Que se encuentra al día en el pago del impuesto a personas jurídicas, de conformidad con la Ley 8024, si así corresponde.
- Estar inscrito y al día como Patrono o trabajador independiente, de conformidad con el artículo 14 inciso f) de la Ley de General Contratación Pública, (esta información será validada en línea en la página de consulta respectiva).
- De acuerdo con la Directriz Presidencial No.34 de la Gaceta No. 153. Que cumple estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad social, incluyendo el salario mínimo establecido en el decreto de Salarios Mínimos.
- Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas, según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones y a quién pertenecen. Además, cada proveedor también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el (los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
- Si el oferente subcontrata el servicio a terceros, deberá indicarlo expresamente en su oferta y presentar una constancia y dar fe del tipo de contrato que se tiene para con estos terceros. Igualmente, los subcontratados deberán presentar (al igual que el oferente), una declaración jurada de los artículos 14 y 28 de la Ley General de Contratación Pública, además de encontrarse al día con el pago de los impuestos nacionales, contar con licencia comercial que lo habilite a ejercer la actividad por la que está ofertando, dicho subcontratista debe encontrarse inscrito en la respectiva plataforma SICOP. Adicionalmente, dicha subcontratación deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 14 del este mismo cuerpo normativo.
- El oferente deberá comprometerse en un actuar ético y un compromiso anticorrupción, según lo establecido en el artículo 24 inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
- La administración queda en potestad de verificar la información aportada por los oferentes respectivos y en caso de detectar inconsistencias se las hará saber al oferente.
- Póliza de Riegos de trabajo: El OFERENTE deberá presentar junto con su oferta la siguiente póliza vigente al momento de la apertura esto aplica a cualquier objeto contractual:
- El OFERENTE deberá presentar junto con su oferta la Póliza Riesgos de Trabajo que cubra la actividad ofertada, según lo establecido en el artículo 194 del Código de Trabajo, la cual deberá estar vigente al momento de la apertura y mantenerla vigentes durante toda la ejecución de la contratación de resultar adjudicado
- Póliza de Seguros de Garantía Notarial: El oferente deberá aportar de forma obligatoria, junto con su oferta, el comprobante de emisión y vigencia de la Póliza de Responsabilidad Civil Profesional para Notarios Públicos, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 10057 y las directrices de la Dirección Nacional de Notariado (DNN). El incumplimiento en la presentación de este documento será motivo de exclusión de la oferta.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En caso de que la contratista brinde bienes y/o servicios que no cumplan con lo requerido en este pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado, se procederá a cobrar una multa equivalente al 2% (dos por ciento) sobre el monto de la factura por cada día hábil de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento) sobre el valor de la línea en la que haya disconformidad por parte de la Administración, de acuerdo con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la LGCP, así como, lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de su Reglamento.
Cláusula penal. En caso de atraso en el plazo de entrega de los bienes y/o servicios objeto de la presente contratación, que sea imputable a la contratista, éste autoriza a la Municipalidad de San Pablo para que por concepto de cláusula penal, rebaje del pago respectivo la suma equivalente al 2% (dos por ciento) sobre el monto de la factura por cada día hábil de atraso en la entrega de los bienes y/o servicios con respecto al plazo establecido, hasta un máximo de un 25% (veinticinco por ciento) del importe total de la factura, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento de esta contratación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la LGCP, así como, lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de su Reglamento.
Documentos del cartel7
- Estudio de MercadoPDF · 471 KB
- AnexoPDF · 287 KB
- CronogramaXLSX · 20 KB
- Certificación PresupuestariaPDF · 399 KB
- Acto de InicioPDF · 594 KB
- AnexoDOCX · 10 KB
- Pliego de CondicionesPDF · 1,5 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Luis Fernando Vargas Mora
Legal
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 01/10/2026 08:53. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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