2026LY-000001-0004100001 · SICOP 20260902154
Transferencia,tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos Ordinarios y No tradicionales generados en el Cantón de Santo Domingo de Heredia
Municipalidad de Santo Domingo de Heredia
Municipalidad de Santo Domingo de Heredia está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡630,0 millones. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa el 08/10/2026. La más baja fue de Empresas Berthier e B I de Costa Rica, ₡43 500 (100 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡630,0 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡43 500
100 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó17/09/2026 11:34 · hace 24 días
- Límite para 29/09/2026 23:59 · hace 12 días
- Límite para 29/09/2026 23:59 · hace 12 días
- Cierre de ofertas08/10/2026 12:00 · hace 3 días
- de ofertas08/10/2026 12:01 · hace 3 días
- (plazo máximo)≈ 19/11/2026 · en 39 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Título: Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos Ordinarios y No tradicionales generados en el Cantón de Santo Domingo de Heredia → Transferencia,tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos Ordinarios y No tradicionales generados en el Cantón de Santo Domingo de Heredia
- Condiciones administrativas / requisitos: texto modificado
Contexto
- Municipalidad de Santo Domingo de Heredia adjudicó ₡1 709,0 millones en 186 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Transporte y Disposición de Residuos Sólidos (no Incluye Recolección)1 · ₡39 375,551₡39 375,55
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡535,5 millones – ₡630,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 76,5 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,77 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 31500440 durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO MINIMO 76,5 % · Factor costo de transferencia municipal (costo de ciclo de vida). 18,5 % · Criterios ambiental 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡457,03 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIO MINIMOmáx. 76,5 | Factor costo de transferencia municipal (costo de ciclo de vida).máx. 18,5 | Criterios ambientalmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Empresas Berthier e B I de Costa Rica | 76,5 | 18,5 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
En caso de ofertarse un relleno sanitario por fuera de la región Central (según MIDEPLAN) y por ello necesariamente se oferte de manera complementaria un Centro de Transferencia, la siguiente documentación requerida y de admisibilidad aplicará tanto para el Centro de Transferencia como para el Sitio de Disposición Final según corresponda conforme a derecho:
a. Contar con permiso de funcionamiento vigente del Ministerio de Salud para las actividades a contratar, efectiva para el presente periodo y que exprese claramente la posibilidad de renovación. El permiso de funcionamiento deberá contar con validez durante la ejecución del contrato.
b. Copia de la licencia municipal que poseen y se encuentran al día con la patente del servicio ofertado.
c. Presentar una DECLARACIÓN JURADA que acredite que la vida útil del relleno sanitario (incluyendo infraestructura y capacidad volumétrica del mismo) al momento de la apertura de ofertas, de manera que el oferente garantice la vida útil para el año y para las 3 prórrogas de ley (bajo premisa de la posibilidad de la municipalidad para ello), en todo caso el oferente para cada prórroga deberá y podrá actualizar la información de vida útil del relleno esto bajo el entendimiento de que las proyecciones de vida útil de un relleno sanitario son estimadas bajo muchas variables y por ello cuenta con dinamismo propio para cada momento de la estimación de conformidad con el cumplimiento o no de las premisas o de capacidad de uso alcanzado para ese momento en específico. Además bajo cumplimiento del deber de planificación (en consideración de las variables técnicas y regulatorias del sector de residuos en la Gran Área Metropolitana (GAM) como los propios hitos de los eventuales permisos de excepción de regionalización bajo potencial otorgamiento del Ministerio de Salud) se requiere dentro de la misma el compromiso de una actualización periódica sobre el estatus de vida útil de su (s) relleno (s) sanitario (s) para contar con certeza material y jurídica de ejecución del objeto contractual en virtud de que es una prerrogativa y obligación de esta Municipalidad blindar el servicio público esencial de recolección y disposición de residuos del cantón bajo la demanda proyectada. Debe acreditarse que su relleno sanitario actualmente cuenta con una vida útil mínima de cuatro (4) años (1 año más tres prórrogas posibles) al momento de la presentación de la oferta y para la gestión de cada prórroga deberá aportar la documentación actualizada para acreditar dicha condición. Por cuanto en los contratos por demanda que contemplan prórrogas ordinarias, la solvencia y capacidad técnica del objeto de contratación debe valorarse de forma proyectada sobre el plazo máximo total de la contratación y no sobre el período inicial.
Podrá además considerarse acá la posibilidad de que algún oferente disponga de más de un relleno sanitario de manera tal que permita asegurar la continuidad del servicio durante el eventual plazo total, ya sea en uno u otro, sin embargo, así deberá hacer constar en su oferta enumerando tanto el relleno sanitario principal como el secundario y aportando la información y documentación requeridos para cada uno de ellos. También podrá aportar como respaldo documentación de sus master-planes para gestión de habilitación o ampliaciones de su (s) relleno (s) sanitario (s) ofertado (s) que permitan asegurar más allá de toda duda razonable la posibilidad de cumplir con el objeto contractual durante su plazo total.
La declaración jurada deberá señalar además que el Permiso Sanitario de Funcionamiento estaría vigente por el plazo máximo que legalmente está otorgando el Ministerio de Salud (para el permiso de excepción municipal en trámite) de manera que se compromete el adjudicatario a presentar las renovaciones respectivas cuando así se requiera para prever la posibilidad de que se otorguen eventualmente prórrogas a dicho permiso o se permita gestionar uno nuevo de no existir nuevas alternativas en su momento para el cumplimiento total del reglamento de regionalización, en ese caso la presente contratación podría cubrir todas las prórrogas anuales permitidas por ley de necesitarse. En el caso que cualquier resolución emitida por la SETENA (ya sea la viabilidad ambiental u otra) y/o el Ministerio de Salud haya indicado formalmente la vida útil del relleno ofertado; el oferente no podrá variar de forma alguna lo señalado por la autoridad competente, en dicho caso, la Municipalidad considerará como real, única y procedente la vida útil indicada por cualesquiera de las autoridades competentes ya señaladas, ello con la finalidad de salvaguardar el interés público que se persigue con la formalización de esta contratación y así garantizar que el servicio no se verá afectado por el cierre del relleno sanitario o sitio de disposición final por parte del Ministerio de Salud o instituciones afines con la supervisión de dicha actividad. Podrá considerarse acá la posibilidad de que algún oferente disponga de más de un relleno sanitario de manera tal que permita asegurar la continuidad del servicio durante el eventual plazo total, ya sea en uno u otro, sin embargo, así deberá hacer constar en su oferta enumerando tanto el relleno sanitario principal como el secundario y aportando la información y documentación requeridos para cada uno de ellos.
Esta declaración debe estar respaldada con los cálculos correspondientes que demuestren lo acreditado por el oferente. Para tal efecto, se debe señalar el volumen total registrado según la bitácora de disposición final del relleno. Como respaldo y medio de comprobación se deben establecer expresamente, como mínimo, los siguientes elementos:
i. Proyecciones de ingreso durante el periodo, incluyendo el material de cobertura.
ii. Levantamiento topográfico de las áreas disponibles donde se determine el volumen disponible, según la cota autorizada.
iii. Área correspondiente a obras complementarias, tales como vías de circulación, oficinas, aislamientos, separación entre celdas y otras.
iv. Densidad de compactación (incluir residuos estabilizados).
d. Presentar la Viabilidad Ambiental emitida por la SETENA para el relleno sanitario y servicio de tratamiento de residuos ofertado y Centro de Transferencia de corresponder complementariamente.
e. Certificación del regente ambiental respectivo y que está actualmente ejerciendo la supervisión sobre el servicio de tratamiento y disposición de residuos.
f. El horario del sitio de disposición ofertado (relleno sanitario o centro de transferencia según corresponda para efectos de traslados municipales hasta el sitio) deberá ser tal que el contratista adjudicado deberá garantizar la continuidad del servicio público de recepción, transferencia y/o disposición final de residuos ordinarios bajo las siguientes condiciones horarias mínimas:
- Rango Operativo General: El centro de transferencia o tratamiento deberá estar habilitado para la recepción de camiones recolectores municipales en un rango comprendido, como mínimo, entre las 05:00 a.m. y las 06:00 p.m. de lunes a sábado. Esto por cuanto no se descarta que durante la vigencia de la contratación podría definirse por parte de la Municipalidad de Santo Domingo rutas de recolección de residuos en horario nocturno.
- Flexibilidad de Rutas Especiales: En caso de que el oferente cuente con un esquema operativo continuo de 24 horas (24/7), el pliego aceptará de pleno derecho dicha disponibilidad para la programación de rutas diurnas o nocturnas.
- Planes de Contingencia en Feriados o Cierre de Vías: El oferente deberá presentar un Plan de Contingencia que demuestre su capacidad logística para recibir de manera regulada o reprogramar los residuos recolectados durante los días domingos, lunes de mantenimiento o días feriados nacionales, asegurando que el servicio de recolección del cantón no sufra parálisis o acumulaciones en vía pública (se exceptúan 1° de enero, Jueves Santo, Viernes Santo y 25 de diciembre).
Para tal efecto, debe presentar una declaración jurada que acredite dicho horario. En el caso que cualquier resolución emitida por la SETENA (ya sea la viabilidad ambiental u otra) y/o el Ministerio de Salud haya indicado formalmente el horario del sitio ofertado; el oferente no podrá variar de forma alguna lo señalado por la autoridad competente, en dicho caso, la Municipalidad considerará como real, único y procedente el horario indicado por cualesquiera de las autoridades competentes ya señaladas.
g. Constancia o documento que acredite se encuentra registrado y vigente en el Ministerio de Salud como Gestor de Residuos.
h. Aportarse por parte del contratista u operador del relleno sanitario el documento legal que demuestre la pertenencia del terreno para la disposición final y tratamiento de los residuos sólidos con todas sus obras complementarias, o bien los que demuestren como está estipulado un convenio o contrato firmado y debidamente legalizado por ambas partes (de ser así por el operador y el propietario), que garantice durante la vigencia del contrato la no existencia de obstáculos para la utilización de las tierras, debe estar debidamente registrada y o catastrada así como cumplir con todos los requisitos del Reglamento sobre Rellenos Sanitarios del 9-10-1998, Decreto Ejecutivo No 27378-S.
i. Incluir en esta declaración que tiene la capacidad de equipo e infraestructura para dar inicio a los servicios contratados en la presente licitación, una vez se encuentre adjudicada en firme a partir del próximo periodo.
j. Mediante certificación llenar la información del siguiente cuadro:
Tabla se encuentra en la decisión inicial. La empresa que no cumpla con todos los requisitos de admisibilidad no será considerada para calificación, de conformidad con los artículos correspondientes de la Ley General de Contratación Pública y su reglamento.
- Asimismo;
- Presentar la estructura de precio
Rubro
Valor absoluto
Porcentaje
Índice de precios
Ente emisor del indice
Costos Directos
Mano de obra
Insumos
Repuestos
Combustibles
Lubricantes
LLantas
Posesión de maquinaria
Posesión de vehiculos
Alquiler de vehiculos
Servicios subcontratados
Otros(segregar)
Costos Indirectos
Mano de obra
Insumos
Imprevistos
Utilidad
Total
- Presentar copia del Certificado de Patente Comercial, vigente a la fecha y hora de apertura de ofertas, el cual debe ser a fin al objeto del contrato y a nombre de la persona física o jurídica que presenta la oferta. Presentar COPIA DEL RECIBO DE PAGO DE LA PATENTE COMERCIAL O CONSTANCIA en el cual se demuestre que no tiene morosidad con el gobierno local correspondiente
- Presentar Póliza de riesgos de trabajo vigente
- Presentar póliza civil vigente
- Se exime del requisito de la licencia comercial a los profesionales liberales que oferten en contrataciones cuyo objeto sea la contratación de su profesión liberal, con fundamento en lo dispuesto por la Sala Constitucional en la resolución Nº.2006-015492 emitida a las diecisiete horas y trece minutos del veinticinco de octubre del dos mil seis, siempre y cuando el concurso sea para tal fin Además, en las contrataciones cuyo objeto contractual NO sea la contratación de Servicios Profesionales Liberales (OBRA Y BIENES); las Personas Físicas NO están exentas de tener LICENCIA COMERCIAL y encontrase al día con el impuesto de PATENTE MUNICIPAL
- En el caso de no contar con el certificado de patente comercial, el oferente deberá indicar expresamente los motivos del por qué no requiere, así como las pruebas que lo demuestren.
- Presentar comprobante del permiso sanitario de funcionamiento.
- Toda la documentación requerida en el pliego de condiciones, que se aporte con la oferta (cartas, constancias, declaraciones juradas, títulos de estudios (incluidas las capacitaciones) y demás documentos) deberá aportarse en un documento en pdf, con firma digital (dispositivo digital de firma el cual se puede verificar con el lector de firmas digitales
- En caso de que se aporten los documentos indicados en el párrafo anterior, con firma estampada a mano o escaneados (se da cuando se escanea un documento firmado con dispositivo de firma digital o es un recorte que se le puso al documento que se está presentando en la licitación para hacer ver que está firmado.), deberán ser AUTENTICADA POR NOTARIO PÚBLICO, con no más de UN MES de emitida. Dicha AUTENTICACIÓN NOTARIAL, deberá cumplir con las formalidades estipulados en el Código Notarial y los lineamientos para el ejercicio y control del Servicio Notarial vigentes. Se solicitan con este requisito ya que por la forma en que se presenta no permite verificar por medios electrónicos su autenticidad.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Favor verificar especificaciones técnicas y todos los aspectos de la decision inicial.
El tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos Ordinarios y No tradicionales generados en el Cantón de Santo Domingo de Heredia (incluye transferencia y transporte de aplicar
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
El adjudicatario, una vez notificado el contrato y brindado el servicio a satisfaccion, al momento de facturación favor para mayor facilidad en el trámite de pago y que se realice mediante transferencia, adjuntar el número de cuenta IBAN de preferencia BCR y BN en la factura.
Declaraciones juradas:
- Las declaraciones deben ser marcadas en el sistema de SICOP según lo solicitado en el pliego de condiciones.
- Presentar declaración de que no les alcanzan ni personalmente, ni a la empresa representada, ni a los personeros, ni a los accionistas de la sociedad que se representa; ninguno de los casos de prohibiciones para contratar con la Municipalidad de Santo Domingo.
- Todo oferente deberá mantener vigente el registro de proveedores en El sistema de compras públicas donde deberá constar las declaraciones juradas en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final en el caso de personas físicas y en el caso de personas jurídicas la una declaración jurada de la naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de las acciones, y a quién pertenecen. Además, cada proveedor oferente también debe presentar, como parte de las declaraciones juradas, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiarios(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
- En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, igualmente deberán tener en el registro de proveedores la declaración jurada señaladas anteriormente
CONDICIONES DE LA OFERTA:
- Conforme las numerales 14 Y 16 de la Ley General de Contratación Pública, toda ofertas deberán presentarse de forma electrónica por medio del Sistema SICOP.
- No se aceptará documentos confidenciales excepto en casos que estipula la norma. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
-
- Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en el constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros.
- Toda oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de evaluación y determinación del adjudicatario.
- Los oferentes podrán solicitar aclaraciones y efectuar observaciones al procedimiento de contratación en forma electrónica por medio de SICOP
- El oferente junto a su oferta debe aportar manuales o documentación técnica en idioma español de los bienes o servicios ofertados, en caso de requerirse en otro idioma se realizará la solicitud directamente al oferente en la etapa de análisis de ofertas
- Los documentos adjuntos el pliego de condiciones electrónico forman parte integral de este, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en la documentación adjunta al pliego de condiciones en SICOP.
- De los documentos que se anexan a la oferta ninguno de ellos debe ser confidencial y en caso de que los suban con esta condición el analista durante el proceso de la apertura los hará públicos, esto con el fin de poder continuar con el estudio de ofertas, con excepción de los estados financieros, cuando el oferente así lo haya dispuesto en su oferta con la justificación requerida en el artículo No. 15 del LGCP
- El oferente está obligado a cotizar todas las líneas de una misma partida.
- El oferente podrá ofertar parcialmente en las partidas de su interés, salvo que la administración indique lo contrario
DERECHO DE ADJUDICAR PARCIALMENTE: La administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea o bien parte de un mismo objeto de conformidad con lo establecido en la decisión inicial, lo cual es aceptado por el oferente con la presentación de su oferta.
SUBCONTRATACIÓN: El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado y con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas, así como el objeto de subcontratación. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. No se considera subcontratación, la adquisición de suministros, aun cuando éstos conlleven su propia instalación, ni tampoco los compromisos asumidos por cada uno de los participantes consorciados o que presentan oferta en conjunto.
PARTICIPACION UNICA: Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una única oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico en los términos establecidos en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública. Lo anterior a excepción de lo establecido en el artículo 133 de este Reglamento.
CONSORCIOS: Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria. Para efecto de los procedimientos será suficiente que una sola de las empresas consorciadas haya sido invitada, para que el grupo pueda participar. Además de lo anterior, se podrá exigir en el pliego de condiciones, los requisitos de capacidad y solvencia técnica y financiera para cada uno de los miembros del consorcio, sin perjuicio de que para cumplir ciertos requisitos se admita la sumatoria de elementos. Para esto se deberá indicar con toda precisión cuáles requisitos deben ser cumplidos por todos y cada uno de los integrantes y cuáles por el consorcio. Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte. En caso de adjudicación, la formalización contractual será firmada digitalmente por todos los consorciados, salvo que se haya conferido poder suficiente a determinada persona, sin perjuicio de que también comparezca una sociedad constituida al efecto, cuando ello haya sido requerido en el pliego de condiciones o las partes así lo hayan solicitado en su oferta. En aquellos casos en que se constituya una sociedad anónima esta responderá de manera solidaria, junto con los integrantes del consorcio, frente a la Administración contratante.
Precio: El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio en número y en letras, prevalecerá este último; salvo caso de errores materiales evidentes en cuyo caso prevalecerá el valor real. Artículo No. 98 del RLGCP. Para la comparación de ofertas expresadas en unidades monetarias diferentes al colón costarricense, se utilizará la siguiente regla de convertibilidad:
- Si los precios están expresados en dólares americanos, éstos se pasarán a colones costarricenses, utilizando como referencia el tipo de cambio interbancario de venta que reporte en Banco Central de Costa Rica al día de la apertura de las ofertas. Si los precios están dados en cualesquiera otras monedas, éstos se pasarán inicialmente a dólares americanos, referenciado el tipo de cambio oficial que para esa moneda reporte el Banco Central de Costa Rica, el día hábil previo a la apertura de las ofertas, y luego, se hará la conversión a colones costarricenses bajo el mismo parámetro del punto anterior.
Desglose de precios:Todo oferente debe adjuntar el desglose de la estructura del precio junto con todos los elementos que lo componen, lo anteriormente expuesto, para que el encargado dé su criterio técnico de manera satisfactoria y tome las ofertas presentadas en consideración.
LA ESTRUCTURA DEL PRECIO
Presentar la estructura de precio (ver la estructura solicitada en el documento de decisión y presentarla como lo indica el administrador de la contratación y contrato)
|
Rubro |
|
Valor absoluto |
Porcentaje |
Índice de precios |
Ente emisor del indice |
|
Costos Directos |
Mano de obra |
|
|
|
|
|
Insumos |
|
|
|
|
|
|
Repuestos |
|
|
|
|
|
|
Combustibles |
|
|
|
|
|
|
Lubricantes |
|
|
|
|
|
|
LLantas |
|
|
|
|
|
|
Posesión de maquinaria |
|
|
|
|
|
|
Posesión de vehiculos |
|
|
|
|
|
|
Alquiler de vehiculos |
|
|
|
|
|
|
Servicios subcontratados |
|
|
|
|
|
|
Otros(segregar) |
|
|
|
|
|
|
Costos Indirectos |
Mano de obra |
|
|
|
|
|
Insumos |
|
|
|
|
|
|
Imprevistos |
|
|
|
|
|
|
Utilidad |
|
|
|
|
|
|
Total |
|
|
|
|
|
Facturación: Con la recepción definitiva debidamente registrada, una vez el sistema le notifique, el proveedor debe remitir la factura electrónica con los dos archivos xml. al correo electrónico facturadigital@munisantodomingo.go.cr y al administrador del contrato dsancho@munisantodomingo.go.cr para su debido trámite de pago. Adicionalmente deberá adjuntar copia de dicha factura en el módulo correspondiente del sistema SICOP en formato pdf (REALIZAR LA GESTION DE RECEPCION EN SICOP y GESTION DE PAGO). No se admiten facturas físicas.La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo No. 18 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y adicionalmente en el nodo “otros”. El Contratista deberá indicar información del número de contrato que se solicita cancelar y el número de procedimiento, la cual debe anotarse de la forma que se ilustra a continuación, es decir sin ningún otro comentario o anotación, en el primer renglón el dato de contrato y en el segundo el dato de la contratación.
Criterio para revisión de ofertas: En caso de que se reciban más de una oferta se puede analizar las tres ofertas de menor precio en orden de mérito para determinar si cumplen administrativa, legal y técnicamente según los requisitos de admisibilidad solicitados en el pliego de condiciones y términos de referencia. Si a partir del análisis realizado se determina que deberán subsanar algún aspecto se realizará la solicitud de subsanación a esas tres ofertas solamente, en caso de que las tres ofertas cumplan con todo lo requerido resultara adjudicado la oferta de mayor puntuación. Si del análisis realizado de las tres ofertas de menor precio se determina que ninguna de ellas cumple con lo requerido y son descalificadas del proceso, se analizará la siguiente oferta de menor precio en orden de mérito y si cumple con todo lo requerido se procederá a adjudicar esa oferta o bien la siguiente por orden de mérito.
Desempate
De conformidad con el artículo 97 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública en el pliego de condiciones deberán fijarse las cláusulas de desempate y en caso de que éste persista, lo definirá la suerte. En este último supuesto, si el pliego de condiciones no definiera otro método, se convocará a los oferentes cuya propuesta tenga la misma puntuación a un sorteo público, el cual se realizará en el lugar, fecha y hora que defina la Administración, utilizando para ello los dados, monedas o cualquier otro sistema que cumpla con el principio de transparencia. De todo ello se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento y posteriormente se adoptará el acto de adjudicación, todo lo anterior deberá constar en el sistema digital unificado.
CRITERIO DE DESEMPATE:
Aunque de conformidad con el artículo 97 de la Ley de Contratación Pública de mantenerse la igualdad, la Administración se debe considerar como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES, se tiene por demostrado del estudio de mercado que, ninguno de los gestores de residuos o potenciales oferentes cumplen por sí mismos con ser PyME, así las cosas, se constata que el servicio de depósito y tratamiento de residuos requiere de altas capacidades técnicas, financieras y de infraestructura que, según los registros del MEIC, no son cubiertas por PYMES activas en este sector específico". Por lo tanto, al no contemplarse la posibilidad de desempate por ser PyME, se establece como mecanismo de desempate lo siguiente:
- Los criterios serán: 1) Menor precio, 2) Factor costo de transferencia municipal (costo de ciclo de vida), 3) Criterios de compra pública estratégica / ambientales reconocimientos ambientales
- Si persiste el empate lo definirá la suerte (según la LGCP)
Acto final del procedimiento: La Municipalidad podrá adjudicar, declarar desierto, infructuoso o revocar el acto final de conformidad con lo establecido en el artículo No. 51 de la Ley General de Contratación Pública, acto que deberá tomarse antes de la firmeza del concurso o previo al vencimiento del plazo otorgado para la audiencia inicial.
FORMALIZACIÓN PARA LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Obligaciones del contratista: Las establecidas en el numeral 14 de la Ley General de Contratación Pública
Presupuesto detallado:
El presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato. En caso de no presentarse se procede a la Re-adjudicación derivada de la declaratoria de insubsistencia del concurso. La Administración, posterior a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, procederá a revisar el presupuesto detallado aportado por el adjudicatario, verificando que sea concordante con la estructura de precio de la oferta, tanto en valores absolutos como en la o las monedas en que cotizó su precio. En caso de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá ajustar el presupuesto a dichos valores. Asimismo, en los casos que procedan la aplicación del reajuste o la revisión de precios, la Administración revisará la pertinencia de los índices oficiales de precios y costos propuestos en la oferta, eso con el propósito de establecer los índices que serán utilizados en la ejecución contractual. El presupuesto detallado corresponde a la memoria de cálculo efectuada y que sustenta el precio cotizado, todo lo cual se refleja en la estructura del precio presentada con la oferta El presupuesto detallado desglosará los componentes de cada actividad o unidad de la obra, unidad del bien, o unidad de servicio, según corresponda, indicando al menos:
- costos directos, que considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales, equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, (costos administrativos)
- costos indirectos,
- utilidad,
- imprevistos.
- Otros
Impuestos: El contratista será responsable por el pago de los impuestos directos e indirectos, cargas sociales, contribuciones o cualquier otro tipo de obligación tributaria que establezca el Ordenamiento Jurídico Costarricense, derivados de la ejecución de la contratación, para lo cual deberá indicar dentro de su oferta el monto y la naturaleza de los impuestos que la afectan. La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por ciento (2%) del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta. La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y derechos, amparada por la Ley 7794, Art. 8.
Terminación del Contrato: El contrato se extinguirá por la vía normal por el acaecimiento del plazo, ejecución del objeto contractual y por mutuo acuerdo. Por la vía anormal, se extinguirá por resolución contractual según los artículos No. 113 y 114 de la LGCP, rescisión según lo artículos No. 115 y 116 de la LGCP, caducidad conforme el artículo No. 112 de la LGCP y su reglamento. Declaratoria de nulidad, muerte del contratista, declaratoria de insolvencia, cesión de contrato, supresión del servicio, rescate del servicios y sentencia penal condenatoria en contra del contratista según los artículos No. 172, 102 y 114 de LGCP.
Resolución de Controversias: Las controversias que puedan surgir durante la ejecución del contrato serán resueltas con base en las previsiones de la LGCP y su reglamento; y con las condiciones reguladas en este documento y adoptadas en el contrato. Aquellas controversias que no pudiesen ser resueltas por medio de negociación directa, se someterán a un comité de expertos con competencia para conocer y resolver cualquier controversia.
Comportamiento ético institucional, de los oferentes y contratistas: El comportamiento ético institucional, de los oferentes se regirá conforme a la nueva Ley General de Contratación Pública, en su numeral 8, donde se define el principio de integridad, asimismo, con el reglamento N° 43808-H, definen el actuar ético y de probidad en la contratación pública, y en su numeral 17, se define el comportamiento de la relación con los proveedores, los cuales son de acatamiento obligatorio en el desarrollo de todo procedimiento de contratación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Sanción: Multa equivalente al valor de 7 toneladas métricas del precio contractual por cada evento): - Inciso C (Diferencia en el pesaje): Presentar discrepancias entre el tonelaje reportado por el contratista y el fiscalizado por la Municipalidad, cuando la diferencia sea igual o mayor al 0.5% en perjuicio de la municipalidad y se encuentre fuera del porcentaje de incertidumbre certificado de la romana. - Inciso D (Manejo deficiente de la báscula): Operación inadecuada o funcionamiento deficiente de la báscula de pesaje que afecte las labores de control, registro y fiscalización del tonelaje diario. - Inciso E (Fallas en equipos técnicos de control): No funcionamiento o funcionamiento defectuoso de los equipos o sistemas informáticos instalados en el sitio de disposición final que sirvan directamente para la fiscalización del servicio y la interconexión con el sistema de facturación. (Sanción: Multa equivalente al valor de 15 toneladas métricas del precio contractual por cada evento): - Inciso F (Incumplimiento de lavado de unidades): Omitir la labor obligatoria de lavado a presión de las unidades de transporte municipal dentro del sitio de disposición final o centro de transferencia tras la finalización de cada viaje de deposición diaria de residuos. - Inciso G (Entorpecimiento de la fiscalización): Ejecutar cualquier acción u omisión atribuible al contratista, sus asociados o colaboradores que impida, limite u obstaculice de forma posterior a la debida coordinación las labores de fiscalización presencial o remota de los funcionarios municipales encargados del contrato. Inciso H (Permisos operativos vencidos): Mantener vencida cualquier patente, licencia comercial, viabilidad ambiental de SETENA o Permiso Sanitario de Funcionamiento del Ministerio de Salud indispensables para la operación de las actividades contratadas. El contratista dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles posteriores al apercibimiento para la corrección definitiva de la falta; su persistencia habilitará la resolución unilateral del contrato por incumplimiento
Cláusula penal. Sanción: equivalente al valor de 3 toneladas métricas del precio contractual por cada evento): - Inciso A (Entrega tardía de informes): No presentar dentro de los plazos establecidos el informe de regencia ambiental, el reporte operacional del sitio de disposición final, el reporte operacional de la planta de tratamiento de aguas residuales, el reporte del análisis perimetral de inmisiones atmosféricas, el certificado de calibración de la romana o el certificado de acreditación de la empresa encargada de calibrar dicha romana. La sanción se aplicará tras el apercibimiento y el otorgamiento de un plazo máximo de cinco días hábiles para su subsanación. -Inciso B (Retraso en tiempos de descarga): Registrar una duración en el proceso de descarga, medido desde el ingreso del camión municipal hasta su salida del sitio de disposición final o centro de transferencia, superior a los 30 minutos establecidos.
Documentos del cartel9
- Condiciones GeneralesPDF · 1,2 MB
- Cronograma del procesoXLSX · 41 KB
- Acuerdo de concejo Inicio de procediimientoPDF · 666 KB
- Constancia presupuestariaPDF · 113 KB
- Estudio de mercadoPDF · 573 KB
- Inicio de procedimientoPDF · 328 KB
- Inicio de procedimientoPDF · 563 KB
- AclaracionesPDF · 870 KB
- Decisión InicialPDF · 717 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Douglas Sancho Oconitrillo
obras y servicios
Maria Celeste Rojas Rodriguez
Encargado del concurso · PROVEEDURIA
Douglas Sancho Oconitrillo
obras y servicios
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 09/10/2026 11:37. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamismo producto · 21/09/2026
Contratación Residuos Sólidos del Cantón de Nandayure
Municipalidad Nandayure · 2 oferentes
Adjudicada a Nivelaciones y Transportes Roljuanjo (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 11/09/2026
Recepción, Pesaje, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos Según Demanda
Municipalidad de Talamanca · 1 oferente
Adjudicada a Empresas Berthier e B I de Costa Rica (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 10/09/2026
Concejo Municipal de Distrito de Peñas Blancas de San Ramon · 1 oferente
Adjudicada a Almorental (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 08/09/2026
Universidad Nacional · 1 oferente
Adjudicada a Empresas Berthier e B I de Costa Rica (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 24/08/2026
Municipalidad de Oreamuno · 1 oferente
Adjudicada a Empresas Berthier e B I de Costa Rica (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 21/08/2026
Gestión de Residuos Coprocesables No Valorizables
Instituto Tecnológico de Costa Rica · 1 oferente
Adjudicada a Holcim (costa Rica) (precios unitarios)