2026LY-000010-0000500001 · SICOP 20260902768
Contratación por demanda para obras de Alcantarillado Pluvial en el cantón de Alajuela, cuantía inestimable
Municipalidad de Alajuela
Municipalidad de Alajuela busca contratación por demanda para obras de alcantarillado pluvial en el cantón de alajuela, cuantía inestimable con un presupuesto de ₡6 000,0 millones. Recibe ofertas hasta el 14/10/2026 (en 3 días).
₡6 000,0 millones
Tiempo para ofertar
3 días
cierra el 14/10/2026 09:00
Lotes y líneas
7 líneas
Fechas clave
- Se publicó22/09/2026 15:20 · hace 19 días
- Límite para 02/10/2026 23:59 · hace 9 días
- Límite para 02/10/2026 23:59 · hace 9 días
- Cierre de ofertas14/10/2026 09:00 · en 3 días
- de ofertas14/10/2026 09:01 · en 3 días
- (plazo máximo)≈ 25/11/2026 · en 45 días
3 recibidas, 0 respondidas.
Nota de la institución. Toda solicitud de aclaración de esta contratación debe ser efectuadas por medios electrónicos, a través de SICOP, misma plataforma informática que será utilizado para toda subsanación, dentro del marco normativo que establecen los Artículos 148, 25 RLGCP, dentro del del plazo establecido para el procedimiento de licitación correspondiente,
Contexto
- Municipalidad de Alajuela adjudicó ₡6 111,8 millones en 136 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡5 100,0 millones – ₡6 000,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 60 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,6 puntos.
Qué se compra7 líneas
- Servicio de Instalación y Colocación de Tuberías para Sistema de Captación y Distribución Agua Pluvial1 · ₡53 419 818,051₡53 419 818,05
- Servicio de Instalación y Colocación de Tuberías para Sistema de Captación y Distribución Agua Pluvial1 · ₡6 496 824,311₡6 496 824,31
- Servicio de Instalación y Colocación de Tuberías para Sistema de Captación y Distribución Agua Pluvial1 · ₡1 273 314,781₡1 273 314,78
- Servicio de Instalación y Colocación de Tuberías para Sistema de Captación y Distribución Agua Pluvial1 · ₡5 961 979,851₡5 961 979,85
- Servicio de Instalación y Colocación de Tuberías para Sistema de Captación y Distribución Agua Pluvial1 · ₡626 560 127,071₡626 560 127,07
- Servicio de Instalación y Colocación de Tuberías para Sistema de Captación y Distribución Agua Pluvial1 · ₡35 930,171₡35 930,17
Lo que exige el cartel
- : 50000000 durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 120 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 60 % · EXPERIENCIA 30 % · Visita al Sitio 5 % · CRITERIOS SOCIALES 2,5 % · CRITERIOS AMBIENTALES 2,5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 70 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1.
ADMISIBILIDAD TÉCNICA:
Se considerarán ofertas admisibles únicamente las ofertas que cumplan con los
siguientes puntos (según sea el caso):
a) Las empresas constructoras que cumplan con lo establecido el artículo 9, 12 y 52
de la Ley N° 3663, de 10 de enero de 1966 y sus reformas, Ley Orgánica del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos, calidad de miembros del C.F.I.A.
b) Los profesionales liberales que dentro del ámbito de sus competencias y
facultades que cumplan con lo establecido los artículos 9 y 12 de la Ley N° 3663,
de 10 de enero de 1966 y sus reformas, Ley Orgánica del Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos, calidad de miembros del C.F.I.A.
c) Los oferentes que hayan realizado (al menos) 5 proyectos de construcción de
sistemas pluviales, efectuados como obra pública, en los últimos 10 años de
actividad. Para esto, los oferentes deberán demostrar la ejecución de los
proyectos mediante la información que se indique en el siguiente cuadro:
Este cuadro deberá presentarse mediante DECLARACIÓN JURADA, (cumpliendo con las
formalidades exigidas en el documento de condiciones generales, apartado 7 incisos k y
l), es decir, la declaración jurada deberá contener dicho cuadro, no se refiere a que se
presentan aparte, salvo en caso de que los proyectos hayan sido ejecutados para la
Municipalidad de Alajuela o por organizaciones con recursos provenientes de la
Municipalidad de Alajuela y supervisados por profesionales de esta institución, ya que en
este caso los mismos podrán ser comprobados directamente en nuestros archivos, motivo
por el cual no se requerirá la declaración jurada, pero si deberá enlistarlos.
El cuadro deberá presentarse según se indica en el presente punto y de acuerdo con la
distribución de las columnas establecidas.
En todo caso y aun cuando conste la declaración jurada, la Municipalidad de Alajuela se
reserva el derecho de verificar por el método que considere oportuno los datos aportados
con respecto a la experiencia, a fin de garantizar la elección de la oferta que se considere
más adecuada a los intereses institucionales.
Definición de obra similar: Para el presente cartel de licitación, se establece como obra
similar los proyectos de -al menos- 200 metros en sistemas pluviales, utilizando tuberías
con un diámetro mayor o igual a 450mm y que hayan sido desarrollados estrictamente
como Obra Pública, por lo que no serán considerados proyectos realizados para empresas
privadas.
Para analizar la capacidad financiera de la empresa, el oferente deberá demostrar que
posee la solidez para llevar a cabo la ejecución del contrato en su totalidad, por lo cual
debe cumplir con los siguientes aspectos:
2.1
El oferente debe presentar los siguientes Estados Financieros básicos:
a) Balance General (Estado de Situación).
b) Estado de Resultados (Ganancias y Pérdidas, Ingresos y Gastos) y de Utilidades
Retenidas o Déficit Acumulado.
c) Estado de Origen y Aplicación de Fondos o del Estado de Flujo de Caja.
d) Deben incluirse las correspondientes notas a los Estados Financieros, así como
información relacionada con los cambios en las cuentas patrimoniales y con las
principales políticas y prácticas contables utilizadas en la empresa,
debidamente auditada. Esta información puede presentarse en un estado
separado o como parte de los Estados Financieros.
e) Cálculo de las razones financieras (Liquidez, Rentabilidad y Endeudamiento)
para cada año, de los últimos tres años.
f)
Líneas de crédito Bancarias o Comerciales a ser utilizadas en los proyectos por
al menos ¢ 250.000.000, °° (doscientos cincuenta millones de colones).
g) En el caso de líneas comerciales, estas deberán poseer una antigüedad no
menor a 5 años (anteriores a la apertura de las ofertas) y deberán ser emitidas
por la empresa que otorga el crédito, rendida bajo declaración jurada ante
Notario Público con no más de tres meses de antigüedad. cumpliendo con las
formalidades exigidas en el documento de condiciones generales, apartado 7
incisos k y l.
2.2 Los Estados Financieros indicados en el punto anterior, deben venir debidamente
auditados por una firma de Contadores Públicos o por un Auditor Externo
Independiente. Se entiende como firmas de Contadores Públicos Autorizados o
Auditor Externo Independiente, a aquellas sociedades de profesionales o
profesional independiente que poseen el título de Contador Público. En lo
sucesivo, en este documento, se denominará "Entidad Auditora" a la firma de
Contadores Públicos o al Auditor Externo Independiente.
2.3 En caso de no presentar originales, los mismos deben presentar certificación de
un notario público y cada uno de los folios debe tener la firma original del Notario
y su sello blanco.
2.4 Los servicios de las firmas se ofrecen al público en general y se ejercen sin
relación de dependencia o subordinación, estando orientados primordialmente
al examen de Estados Financieros con el objeto de emitir dictamen sobre la
razonabilidad de los mismos.
2.5 Los auditores en su dictamen deberán opinar sobre la razonabilidad de los
componentes de la estructura del activo circulante, Activo no Circulante y Otros
Activos.
2.6 Los auditores en su dictamen deberán opinar sobre la razonabilidad de los
componentes de la estructura del pasivo circulante, de largo plazo y otros.
2.7 Los Estados Financieros a presentar deben corresponder a los últimos tres
períodos fiscales. Será motivo de rechazo de los Estados Financieros y por ende
de la propuesta, si han transcurrido más de doce meses entre la fecha de cierre
de los Estados Financieros que la empresa presenta como correspondientes al
año más reciente, y la fecha de apertura de las ofertas.
Para calificar en esta licitación la empresa debe obtener un mínimo de 60 Puntos
en la capacidad financiera, en caso contrario la oferta se considerará no
elegible y este solo hecho será motivo para rechazar su oferta.
2.8 En el caso de que la propuesta sea presentada por varias empresas formando
un Consorcio, el análisis será efectuado para cada una de las empresas, y todas
ellas deberán alcanzar una puntuación mínima de 60 puntos, de lo contrario la
agrupación de empresas quedara descalificada financieramente y este solo
hecho será motivo para rechazar su oferta.
2.9 Para empresas con domicilio en el exterior, el dictamen de la entidad de
auditoría deberá venir en original con la firma debidamente autenticada por el
Consulado de Costa Rica en el país donde está domiciliada la compañía y
legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica. Para
empresas nacionales, el dictamen deberá consignar la firma autorizada y el
sello blanco del auditor autorizado por parte de la entidad Auditora.
2.10 Toda la información financiera deberá expresarse originalmente en idioma
español o traducida al español por un traductor oficialmente autorizado.
2.11 Para calificar la capacidad financiera, se aceptará que el licitante haga
referencia a la información presentada en otros procesos licitatorios. Lo anterior
será aplicable sólo si la información suministrada en otros concursos cumple
con los requisitos y especificaciones indicadas en los documentos de licitación
para la presente contratación, y si el año en que se recibió la oferta para esos
concursos no antecede a 2017. Será necesario indicar el número de la
contratación, el nombre y los folios respectivos.
2.12 Si una empresa proponente presenta valores de patrimonio negativos durante
el último ejercicio contable, queda excluida totalmente del proceso de
calificación; si esta empresa participa formando una Agrupación o Consorcio
con otra (s) empresa (s), se analizará la situación de cada una de ellas y de
persistir el problema en ambas, este solo hecho será motivo para rechazar la
oferta de todo el consorcio.
2.13 La calificación final del oferente se asignará de la siguiente manera:
a) Al Estado Financiero presentado por las Empresas, para cada uno de los años
considerados se realiza el cálculo de las razones financieras que se indican en el
Cuadro No. 1.
b) Al resultado de cada razón financiera se le asignará un puntaje de acuerdo con
el Cuadro No. 1.
c) Para cada año se sumarán los puntajes obtenidos por cada una de las razones
financieras.
d) Al total de puntos obtenidos en C) por año, se le aplicará un porcentaje, el cual
será de acuerdo con los siguientes criterios:
• Al año más antiguo se le aplicará un 20 %
• Al año intermedio se le aplicará un 30 %
• Al año más reciente se le aplicará un 50%
e) La calificación final del oferente será el resultado de la suma de los porcentajes
obtenidos en d), debiendo alcanzar al menos sesenta (60) puntos.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
XIX.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES
1)
Controles de Calidad (materiales)
a) Los controles de calidad serán llevados a cabo por el Profesional Responsable de
la Obra, el cual deberá dejar constancia de los mismos dentro del cuaderno de
bitácora que se llevará para cada uno de los proyectos que se desarrollen.
b) Los adjudicatarios deberán cumplir con todas normativas nacionales e
internacionales vigentes que permitan garantizar la calidad de los productos
recibidos.
2) Cemento
a) Será ordinario, Portland Tipo I, designación ASTM C-150 y para pruebas la
designación ASTM C-14. En estructuras especiales podrá especificarse cemento
Portland Tipo II o IV resistente a sulfatos. Todo el cemento deberá ser fresco, al
entregarse en el sitio de la obra. No se permitirá el uso de cemento en bolsa u
otro tipo de empaque que no tenga intacto el sello del fabricante en el momento
de usarlo.
3)
Agregados
a)
b)
c)
El agregado fino será arena natural limpia. Tanto el agregado grueso como el
fino deberán cumplir las especificaciones ASTM C-33 y ASTM C-330. El tamaño
máximo del agregado será de 37.5 mm (1 1/2"); tamaños mayores no podrán ser
usados sin autorización de la Inspección.
Los agregados que no cumplan con las especificaciones anteriores pero que
hayan demostrado por pruebas especiales o por experiencias prácticas que
producen un concreto de resistencia y durabilidad adecuadas pueden utilizarse
cuando lo autorice el Ingeniero Inspector.
No se permitirá agregado contaminado con polvo del quebrador. Los agregados
de diferentes tamaños deberán almacenarse por separado y en lugares que
eviten cualquier contaminación; caso contrario no deberán utilizarse en el
concreto.
4)
Agua
a)
El agua deberá ser limpia y estar libre de aceites, ácidos, álcalis, materiales
orgánicos o cualquier otra sustancia dañina.
5) Acero de refuerzo
a)
Las varillas de refuerzo deberán ser de acero grado 40, salvo que expresamente
se indique otra graduación, para todos los casos, libres de herrumbre,
corrugadas y en buen estado.
6) Refuerzo
a)
b)
c)
d)
e)
f)
El Contratista contará en el sitio, con todas las facilidades para el corte y doblado
del acero para el refuerzo, aun en el caso de que reciba en el sitio la mayoría del
acero cortado y doblado; además, mantendrá suficiente acero nuevo para que
sea trabajado en la forma y cuando la Inspección lo solicite.
Ninguna varilla parcialmente ahogada en concreto deberá doblarse en el
campo, excepto que se indique en los planos o lo permita la Inspección.
Las varillas deben ser dobladas en frio.
Todo el acero para el refuerzo necesario de una sección de estructura de
concreto deberá ser colocado y aprobado antes de que ningún concreto sea
colocado en la sección y deberá mantenerse en posición correcta. Cuando las
varillas de refuerzo necesiten empalmarse, deberán traslaparse en una longitud
no menor de treinta (30) diámetros. Ninguna varilla podrá ser sustituida excepto
con orden escrita de la Inspección.
Para la colocación del acero refuerzo se respetarán los diámetros, formas y
distribución que se indican en los planos y las varillas en cada intersección
deberán ser aseguradas entre sí con alambre o con grapas metálicas
aprobadas y donde se requiera.
Todo el acero deberá mantenerse en posición durante las operaciones de
colado y vibrado; para esto se usarán amarras de alambre negro calibre 16,
soportes, silletas o espaciadores según se requiera. Los desplazamientos del
refuerzo deben estar dentro de las tolerancias permisibles.
7) Mezclado del concreto
a)
b)
c)
d)
Preferiblemente, el concreto deberá proveerse mediante un camión tipo
mezcladora (“chompipa”), con una mezcla preparada en una planta para la
producción del concreto.
En caso de ser necesario y requerir material mezclado en sitio, el mismo deberá
prepararse en una batidora diseñada para tal fin. Todos los materiales para
cada batida de concreto deberán ser mezclados no menos de noventa (90)
segundos, después de que los materiales estén dentro del tambor de la
batidora; durante el mezclado del tambor girara a no menos de catorce (14) ni
a más de veintidós (22) revoluciones por minuto. Todo el contenido deberá ser
removido del tambor antes de que se coloquen los materiales para la siguiente
batida.
Se exigirá el cumplimiento de todos los requisitos para mezclado de concreto en
el sitio y la Inspección tendrá libre acceso a las plantas de mezclado en todo
momento. Los camiones mezcladores usados para el concreto mezclado en
tránsito deberán ser aprobados, con eje horizontal para el tambor giratorio, o
con eje inclinado para tambor giratorio del tipo de descarga superior. Cuando
estén cargados a la capacidad específica, tales vehículos deberán ser capaces
de mezclar los ingredientes del concreto, dentro del tiempo especificado, en una
masa completamente uniforme y deberán descargar el concreto sin que ocurra
segregación. Todos los vehículos mezcladores deberán estar equipados con un
tanque de agua para lavado.
El tanque medidor de agua montado en los vehículos mezcladores deberá ser
fácilmente ajustable y tener bajo todas las condiciones de operación, una
exactitud de 1% de la cantidad requerida de agua. El mezclado deberá iniciarse
inmediatamente después de la carga y continuarse durante no menos de
cincuenta (50) ni más de cien (100) revoluciones del tambor. En ningún
momento la velocidad del mezclado debe exceder de sesenta y ocho (68)
metros por segundo de velocidad periférica en el tambor. Al terminar en número
especificado de revoluciones para el mezclado, la velocidad del tambor podrá
ser reducida a no menos de dos (2) ni más de cuatro (4) revoluciones por
minuto. Cuando la porción final del agua batida se suministra el sitio de trabajo,
el tambor rotara a la velocidad de mezclado por lo menos durante veinte
revoluciones.
e)
Cuando el concreto se mezcle en el sitio de trabajo, los materiales serán
cargados dentro del tambor en tal forma que se preserve su proporción y
calidad durante su transporte.
8) Colocación del concreto
a)
b)
c)
d)
e)
La colocación del concreto en cualquier unidad o sección de una estructura
deberá ser completa entre juntas de construcción, como están indicadas en los
planos y en una sola operación continua. El Contratista debe informar a la
Inspección con suficiente anticipación al colado para que esta realice la
inspección de los encofrados, armadura, sistema a emplear, etc. No se iniciará
ningún colado sin la aprobación de la Inspección.
El concreto que no requiere vibración será colocado en capas horizontales de
nomas de veinte (20) centímetros de espesor. El concreto que será vibrado
deberá ser colocado en capas horizontales de no más de cuarenta (40)
centímetros de espesor.
Cuidado especial deberá tomarse para llenar cada parte del encofrado
depositando el concreto lo más cercano a su posición final; no se permitirá la
colocación de grandes cantidades de concreto en un solo punto para que fluya
por su propio peso o se introduzca a lo largo del encofrado. El concreto deberá
ser manipulado continuamente. El concreto próximo a la formaleta deberá ser
trabajado con pala.
Deberá tenerse el cuidado de colocar el concreto debajo y alrededor de todo el
acero de refuerzo, sin desplazarlo. Todo el concreto deberá ser vibrado de
acuerdo con los siguientes requisitos: El vibrador mecánico deberá ser de un tipo
de diseño aprobados por la Inspección. No deberá fijarse a los encofrados o
refuerzos, y deberá ser capaz de trasmitir una vibración al concreto en
frecuencias no menores de mil (1000) impulsos por minuto. El tamaño del
vibrador deberá ser determinado por la Inspección y cuando se emplee en
concreto, el tamaño del elemento vibrador será gobernado por los espacios en
el sistema de refuerzo. La velocidad de colocación del concreto en los
encofrados será gobernada por el equipo de vibración existente.
Cuando se haya depositado una cantidad suficiente de concreto, la misma será
paleada y vibrada continuamente. El vibrador deberá ser aplicado en distancias
horizontales no mayores de noventa (90) centímetros, inmediatamente después
de que se haya depositado el concreto, y deberá ser movido a lo largo de la
masa, trabajando la misma alrededor del refuerzo y dentro de las esquinas y
ángulos de los encofrados.
f)
g)
h)
Cualquier desplazamiento del acero para refuerzo a causa del vibrador, deberá
ser corregido antes de que continúe la vibración. El vibrador deberá ser
introducido y sacado del concreto lentamente y no dejarse en un sitio mucho
tiempo para que no cause segregación o se formen lagunas de lechada. El
vibrador deberá usarse únicamente para compactar el concreto después de su
correcta formación, y no para acomodar el concreto. Deberá tenerse el cuidado
de que el vibrador no penetre o mueva las capas que se hayan endurecido
parcialmente. Se puede trasmitir vibración por medio de contactos de corta
duración en el sistema de refuerzo localizado en concreto fresco y para asegurar
su emplazamiento, pero en ningún caso se permitirá vibración de una sección
de refuerzo empotrada en concreto parcialmente endurecido, a menos que este
concreto haya sido colocado por lo menos cuarenta y ocho (48) horas antes.
Para reducir el secado prematuro del concreto durante el transporte y colocado,
todas las canoas, formaletas y armaduras de acero deberán enfriarse cuando
sea posible con agua, o bien protegerse de los rayos directos del sol. Si se usa
agua, esta deberá ser eliminada con aire a presión antes de colocar el concreto.
Durante los periodos de lluvia constante, no se permitirá colocar concreto, a
menos que se cubran adecuadamente las pilas de agregados, mezcladoras,
equipos de transporte y el área donde se va a colar el concreto. El tiempo
lluvioso, el Contratista deberá asegurarse de poder concluir rápidamente una
sección dejando previstas de antemano juntas de construcción. No se permitirá
comenzar una sección hasta no terminar anterior. El concreto fresco deberá
cubrirse de alguna manera para protegerlo de la lluvia.
9) Mezcla
a)
b)
c)
d)
El cemento será mezclado en proporción de no menos de siete (07) sacos por
cada metro cubico de concreto (para concreto f´c=210kg/cm²
La relación por peso del agua-cemento para este concreto deberá ser 1:3.
La relación entre la arena y el agregado deberá ser 60 a 40.
Todo el material granular deberá ser lavado. El contenido de humedad de la
arena no deberá exceder el 5% en el momento de su mezcla. La mezcla real será
ajustada con la aprobación de la Inspección, conforme a las características
particulares de la arena usada, para que a los 28 días de una resistencia mínima
a la compresión de 210 kg/cm2. El agua deberá ser limpia y libre de ácidos,
álcalis y materia orgánica.
10) Control de calidad del concreto
a)
b)
c)
La base principal de control será la comparación de los resultados de pruebas
de compresión en cilindros a los 28 días, excepto para cantidades pequeñas de
concreto cuya resistencia pueda derivarse de otra manera y cuyo uso sea
permitido por la Inspección.
Durante el progreso del trabajo, la Municipalidad de Alajuela efectuara pruebas
para determinar si el concreto que se está produciendo cumple los requisitos de
calidad dictados en estas especificaciones.
El máximo revenimiento permisible será como sigue:
• Concreto vibrado: 3 a 8 centímetros.
• Concreto no vibrado: 5 a 10 centímetros.
11) Excavación Mecánica
a)
b)
c)
La excavación se deberá realizar utilizando la maquinaria adecuada, de acuerdo
con las especificaciones técnicas del fabricante, no siendo permitido utilizar
maquinas en labores o para cargas que no fueron las diseñadas.
Se empleará excavador mecánico únicamente si las condiciones del suelo lo
permiten y si es posible instalar el ademe temporal en las zanjas u otras
excavaciones lo suficientemente ajustado para asegurar que el terreno no se
derrumbe, deslice o se desordene.
No se permitirá el uso de excavadores mecánicos donde existan tubos, cables,
conductos u otros servicios o instalaciones que puedan ser dañados en el
proceso de excavación.
12) Excavaciones en exceso
a)
Si cualquier parte de una zanja o fundación fuera excavada erróneamente, más
profunda o ancha de lo necesario, la profundidad o anchura adicional se
rellenará con concreto de 70 kg/cm² o relleno granular seleccionado, aprobado
y compactado hasta su nivel de formación original; todos los gastos correrán
por parte del Contratista tal y como lo requiera la Inspección.
13) Fondo de zanjas
a) El fondo de las zanjas deberá quedar firme, perfectamente parejo, sin piedras o
protuberancias de rocas y libre de lodos.
b) Cuando en el fondo de las excavaciones se encuentren materiales inestables,
como son: basuras, lodos, pantanos, materias orgánicas, etc., estos deberán
removerse y para ello se excavará hasta la profundidad que ordene la
Inspección. La estabilización correspondiente hasta el nivel primitivo se realizará
con material granular dispuesto en capas no mayores de 0.15 m de espesor,
debidamente apisonadas.
c) En igual forma se procederá en el caso de excavaciones que queden a mayor
profundidad que la proyectada, siendo los costos correspondientes, en este
caso, a cargo del Contratista.
d) Cuando el Contratista deba hacer las excavaciones de las zanjas se asegurará
que el material apropiado para el relleno del contorno de la tubería sea
separado para uso posterior. El costo de cernir el material separado para el
relleno se incluirá en los precios ofrecidos para excavación y relleno.
14) Relleno de las excavaciones
a)
b)
c)
El material de relleno, que podrá ser granular o lastre, deberá ser esparcido bajo
el tubo, las superficies niveladas en todos los puntos entre los huecos de las
campanas o uniones de tubos, para proveer un soporte uniforme y continuo
bajo el tubo.
Después que cada tubo haya sido asentado alineado y colocado en su posición
final sobre el material de encamado y metido dentro de la unión recibidora,
suficiente material de encamado deberá ser depositado y compactado debajo
y alrededor de cada lado del tubo y detrás de la campana o final, para mantener
el tubo en la posición y alineamiento debidos durante las uniones de tubos,
encamados y operaciones de relleno subsiguientes.
El material para recubrimiento deberá ser depositado y compactado uniforme
y simultáneamente en cada lado del tubo para evitar desplazamiento lateral del
mismo.
d)
e)
f)
g)
Los materiales serán colocados en capas uniformes de no más de 20 cm de
espesor suelto y deberán tener un contenido óptimo de humedad para obtener
la mayor densidad.
La porción del material colocado a mano directamente sobre el tubo deberá ser
compactado solo ligeramente para evitar golpear el tubo con los pisones.
Los pisones manuales deberán tener caras de madera y ser de suficiente peso
para compactar. El área de la cara de los pisones manuales deberá tener entre
120 y 250 cm2.
Los pisones mecánicos no deberán ser usados para compactar material de
recubrimiento.
15) Relleno Compactado
a)
b)
c)
d)
e)
El relleno compactado será requerido para todo el espesor de la zanja sobre el
recubrimiento del tubo en los siguientes lugares:
Debajo de pavimentos, superficies, entradas de garaje, cordones de caño,
cunetas, aceras u otras construcciones o estructuras en la superficie.
En calles, caminos y espaldones de carretera.
El relleno de zanjas para tuberías deberá cumplir con lo dicho en el artículo
anterior. No se aceptará restauración temporal, por lo que el relleno deberá
ejecutarse de inmediato como definitivo, aplicando las capas uniformes de
material seleccionado de 0.20m de espesor y compactando adecuadamente
con métodos y equipo mecánico aprobados por la Inspección. Esta
compactación deberá cumplir con la exigencia de densidad equivalente a 95%
Proctor Modificado (AASHTO T-180 o ASTM D-1557), para lo cual el Contratista
ordenará efectuar los análisis de laboratorio correspondientes cada tres capas
de relleno y a distancias no mayores de 50 m entre uno y otro o donde lo
determine la Inspección. Posteriormente, una vez llegado al nivel de rasante de
pavimentación, se efectuará el último ensayo 95% Proctor Modificado para
enseguida repavimentar. Si alguna de las pruebas de laboratorio diera
resultados inferiores a los señalados, el Contratista deberá proceder a nuevas
compactaciones o renovación de rellenos hasta obtener los resultados
deseados. No se procederá a rellenar con nuevas capas mientras el resultado
del ensayo de laboratorio de compactación anterior no sea satisfactorio.
La exigencia del 95% Proctor Modificado se aplicará en todas las zanjas que se
excaven en calles o aceras o zonas de tránsito de vehículos.
f)
g)
El costo de los análisis será a cargo del Contratista y estará incluido en los
precios unitarios de los rellenos, pero deberá efectuarlos en laboratorios
aprobados por la Municipalidad de Alajuela.
El relleno y compactación de las zanjas se ejecutarán inmediatamente después
de aceptadas las pruebas de las líneas de tubería por la Inspección.
16) Tubos de concreto
a)
b)
XX.
Los tubos de concreto deberán cumplir con la norma según se indique.
Deberán estar completamente fraguados, sin reventaduras longitudinales o
quebraduras en los bordes.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La Municipalidad de Alajuela, pretende la contratación de una empresa especialista en la
construcción de sistemas pluviales, con la finalidad de llevar a cabo la construcción de las
obras para el mantenimiento y mejoramiento del sistema pluvial en el Cantón Central de
Alajuela. Esta contratación posee un alto impacto en el desarrollo del cantón, puesto que
es necesario actualizar las redes pluviales según las necesidades y crecimiento urbano de
las distintas comunidades en el cantón. Los trabajos se enfocan principalmente en la
instalación de alcantarillado pluvial, construcción de tragantes, pozos, construcción de
cunetas, cordón y caño, construcción de canales y otras obras que resultan
complementarias al momento de la ejecución de obras para el manejo de las aguas
pluviales, de forma que permitan el buen manejo de estas y así brindar un servicio
adecuado, acorde con las necesidades que se presentan en el cantón de Alajuela.
La presente contratación se promueve con el propósito de satisfacer una necesidad
pública debidamente identificada por la Administración Municipal, la cual consiste en
disponer de la capacidad técnica y operativa necesaria para ejecutar obras de
construcción, mantenimiento, mejoramiento, rehabilitación y ampliación de los sistemas
que permiten dar un manejo adecuado a las aguas pluviales en los diferentes sectores
del cantón, de conformidad con las necesidades que sean determinadas y priorizadas por
la Administración durante la vigencia del contrato que finalmente se lleve a cabo.
La contratación se encuentra vinculada con el cumplimiento de los objetivos, metas y
acciones establecidos en el Plan Anual Operativo (PAO), el Plan Quinquenal, así como con
la planificación institucional y la disponibilidad presupuestaria destinada al desarrollo y
conservación de la infraestructura pública cantonal, procurando que la utilización de los
recursos públicos responda de manera efectiva a las necesidades identificadas y
contribuya al cumplimiento de los fines institucionales.
La necesidad que se pretende satisfacer deriva de la existencia de sectores que requieren
intervenciones en los sistemas pluviales, ya sea por insuficiencia de la infraestructura
existente, deterioro de sus componentes, necesidad de ampliación de su capacidad
hidráulica, ausencia de obras adecuadas para la captación y conducción de las aguas
de escorrentía superficial o por la necesidad de construir nueva infraestructura que
permita mejorar las condiciones actuales y futuras.
De conformidad con la naturaleza de las intervenciones requeridas, el objeto contractual
corresponde a obra pública, al comprender la ejecución de obras nuevas y la intervención
de infraestructura existente mediante trabajos de construcción, ampliación, reparación,
conservación, rehabilitación, mantenimiento y demás actividades directamente
asociadas con los sistemas de alcantarillado pluvial.
La utilización de un procedimiento de contratación para la ejecución de estas obras se
considera técnicamente necesaria e idónea, debido a que la capacidad operativa
ordinaria de la Actividad de Alcantarillado Pluvial resulta insuficiente para atender, con
recursos propios y dentro de los plazos requeridos, la totalidad de las necesidades
existentes y las que puedan surgir durante el período de ejecución contractual. Lo anterior
responde, entre otros factores, a la cantidad y diversidad de proyectos que deben ser
atendidos, su distribución geográfica, las características particulares de cada intervención
y la disponibilidad de personal (la cual es sumamente limitada), maquinaria, equipo y
demás recursos necesarios para su ejecución simultánea y oportuna.
En consecuencia, la contratación no pretende sustituir de manera injustificada la
capacidad operativa ordinaria de la Administración, sino complementarla mediante la
incorporación de capacidad adicional de ejecución que permita atender una mayor
cantidad de intervenciones y cumplir oportunamente con los objetivos institucionales
relacionados con el mantenimiento y desarrollo de la infraestructura pluvial del cantón.
Las obras serán requeridas mediante las correspondientes órdenes de pedido, en las
cuales se definirán, según cada intervención, su ubicación, alcance, cantidades,
condiciones particulares, plazo de ejecución y demás requerimientos técnicos aplicables.
Este mecanismo permitirá que la Administración atienda las necesidades conforme sean
identificadas, evaluadas y priorizadas durante la vigencia contractual, sin que ello
implique la obligación de ejecutar la totalidad de las cantidades estimadas.
Cabe destacar que, la aprobación de los presupuestos municipales por parte de la
Contraloría General de la República conlleva al cumplimiento de una serie de requisitos
para la elaboración de proyectos, entre ellos que se cuenten con las fichas de preinversión,
donde se consideran la mayor parte de los aspectos mencionados anteriormente.
La solución contractual planteada procura, además, una utilización eficiente de los
recursos públicos, al permitir que la Administración disponga de capacidad de ejecución
cuando las necesidades efectivamente lo requieran, evitando la incorporación
permanente de recursos humanos, maquinaria y equipo que podrían permanecer
subutilizados en determinados períodos, y permitiendo concentrar los recursos
institucionales en las funciones de planificación, priorización, diseño, coordinación,
supervisión, control y fiscalización de las obras.
La contratación se orienta, por tanto, al principio de valor por el dinero, procurando obtener
el mejor resultado posible en la utilización de los recursos públicos mediante una
adecuada relación entre costo, calidad, oportunidad, eficiencia y satisfacción de la
necesidad pública, sin limitar el análisis exclusivamente al menor precio, sino
considerando la correcta y oportuna ejecución de las obras y su contribución al
cumplimiento de los objetivos institucionales.
Además, la contratación permitirá establecer condiciones técnicas, mecanismos de
control de calidad, obligaciones contractuales, procedimientos de supervisión y
fiscalización y demás medidas necesarias para verificar que las obras ejecutadas
cumplan con las especificaciones establecidas por la Administración y satisfagan
efectivamente la necesidad pública que origina cada intervención.
Por las razones expuestas, se considera que la presente contratación constituye un
mecanismo idóneo, razonable y proporcional para atender las necesidades de
construcción, mantenimiento, mejoramiento, rehabilitación y ampliación de los sistemas
pluviales del cantón, permitiendo complementar la capacidad operativa institucional,
mejorar la oportunidad en la ejecución de los proyectos, optimizar la utilización de los
recursos públicos y contribuir al cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en la
planificación institucional.
En consecuencia, se acredita la existencia de una necesidad pública concreta, debido a
la vinculación de la contratación con la planificación institucional, el Plan Anual Operativo,
el Plan Quinquenal y la insuficiencia de la capacidad operativa ordinaria para atender
integralmente las necesidades identificadas y la idoneidad de la solución contractual
propuesta para satisfacer el interés público, todo de conformidad con los principios y
disposiciones establecidos en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. XXXVII. SANCIONES 1) Multas Por cada día de atraso en la orden de pedido se multará, ya sea por no iniciar en la fecha establecida o finalizar a posterior a los días consignados como plazo de entrega.
Cláusula penal. 2) Cláusula penal El incumplimiento o falta en cualquiera de los servicios, actividad o elementos que a juicio de la Municipalidad se dé por parte del contratista se sancionará con pago según los siguientes montos: a) Un monto de ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones) diarios por suspender la prestación de los servicios contratados sin que medie razón. b) Un monto de ¢100.000,00 (cien mil colones) diarios por el incumplimiento a los lineamientos establecidos para el proyecto, en cuanto a la aplicación de Salud y Seguridad Ocupacional. c) Un monto de ¢120.000,00 (ciento veinte mil colones) diarios por el incumplimiento de las directrices ambientales indicadas por la administración de la regencia ambiental o el administrador de contrato. d) Un monto de ¢200.000,00 (doscientos mil colones) diarios por el retiro de personal asignado (Ingenieros, Arquitectos, Ingeniero Eléctrico o Electromecánico, maestro de obras o encargados de obra), sin justificación y la debida comunicación. e) El monto total correspondiente será deducido de las sumas que se encuentren pendientes a cancelar por parte de la Municipalidad o en su defecto de la garantía de cumplimiento.
Documentos del cartel13
- Condiciones GeneralesPDF · 328 KB
- Código de ÉticaPDF · 5,7 MB
- Matriz de Riesgos Ciclo de ContrataciónXLSX · 543 KB
- Declaración Conflicto de Intereses Adm ContratoPDF · 297 KB
- VB Admisibilidad financieraPDF · 358 KB
- Constancia mantenimiento y operaciónPDF · 287 KB
- Certificación de Validación FinancieraPDF · 358 KB
- Autorización Contenido PresupuestarioPDF · 215 KB
- VB ComunicaciónPDF · 471 KB
- Constancia costo beneficioPDF · 328 KB
- Referencias del Presupuesto detalladoPDF · 553 KB
- Presupuesto detalladoPDF · 481 KB
- Especificaciones técnicasPDF · 1,9 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Lawrence Chacon Soto
Alcantarillado Pluvial
Lawrence Chacon Soto
Alcantarillado Pluvial
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 03/10/2026 07:00. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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